a) El PRINCIPIO DE LEGALIDAD. Este principio nos indica que los actos relacionados con el trabajo por cuenta ajena son de interés para el

Documentos relacionados
6. El Estatuto Básico del Empleado Público se aplica, en lo que proceda, al personal laboral al servicio de:

PROGRAMA PREPARATORIO DERECHO LABORAL

TEMA IV LOS PODERES EMPRESARIALES EN EL TRABAJO SUBORDINADO

ASESORÍA LABORAL DE EMPRESA

CAPÍTULO I EL PROBLEMA. Las empresas fabricantes de empaques plásticos flexibles están

I.- EL DERECHO: NOCIONES GENERALES

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL

regulación legal Mauricio Lenis Gómez

QUÉ ES LA ORIENTACIÓN PARA EL EMPLEO

EL CASO FORTUITO EN EL DESPIDO LABORAL. Héctor Humeres Noguer UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO 25 de mayo de 2010

que el trabajo es tu digno laurel

POLÍTICA DE INCENTIVOS

Política de Incentivos

ADECUACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS DE TRABAJO. V. Hurtado Muñoz

Estrategias a nivel funcional

GUIA ANALISIS INTERNO

CONTRATO DE PRESTACIÓN SERVICIO

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE RISARALDA ESTUDIOS PREVIOS SELECCIÓN ABREVIADA INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA

MODULO GESTION DE TALENTO HUMANO

Obligaciones de prevención de riesgos laborales respecto de los trabajadores desplazados al extranjero.

TEMA 1: LA NATURALEZA DE LA ORGANIZACIÓN

REGÍMENES ESPECIALES DEL IGV Y PRINCIPIOS TRIBUTARIOS. César Gamba Valega

Índice. Capítulo I Fundamento y naturaleza del

Prof. Claudio Palavecino

Concepto del Contrato de Concesión en la Ley 80 de Concepto de APP en la Ley 1508 de 2.012

CONTENIDO E INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION PR. DR. JUAN J. BONILLA SÁNCHEZ

DERECHO LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DJ de mayo del Señor: MSc. Javier Cascante Elizondo, Superintendente Superintendencia de Pensiones.

PROGRAMA SUPERIOR EN. Gestión Laboral

LOTTT: RELACIÓN DE TRABAJO Y RÉGIMEN SALARIAL

LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I)

Auditoría de Tecnologías de la Información

Nuevas formas de empleo. Financiado por la Unión Europea

CONTADOR PÚBLICO. Plan 2013

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)

Unidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo

EMPLEADORES Y A.R.P. Responsabilidad y competencia frente al Sistema General de Riesgos Profesionales

Subcontratación y Servicios Transitorios

LA DELINCUENCIA ORGANIZADA. Delimitaciones conceptuales.

Introducción a la Ley de Carrera Administrativa Municipal

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD

HERRAMIENTAS FINANCIERAS PARA LA TOMA DE DECISIONES. 7. Estudio de los métodos de análisis e interpretación de estados financieros

NUEVOS DESARROLLOS DE LA OBRA CREADA POR ENCARGO MARÍA CAROLINA URIBE CORZO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

PROGRAMA INSTRUCCIONAL DERECHO LABORAL

SEMANA 2 LA CONFIGURACION DEL ESTADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS UAPA CARRERA LICENCIATURA EN CONTABILIDAD EMPRESARIAL PROGRAMA DE LA ASIGNATURA LEGISLACIÓN LABORAL

DESCRIPCIÓN DE LOS EJERCICIOS. Variables del estudio

Transferencia Monetaria: Bono Trabajo Mujer

ANEXO XVI «SECCIÓN D ECUADOR

Las Medidas de Promoción de la Participación de Capital Nacional en la Industria de los Hidrocarburos Gaseosos

Comité de Ética del IMP. Resultados de la encuesta 2013 para evaluar la aplicación del Código de Conducta IMP

LEGISLACIÓN Y RELACIONES INDUSTRIALES. Curso Semestral Año Dr. Jorge Rosenbaum Rimolo Mail:

POLÍTICA DE INCENTIVOS A CLIENTES

LEYES ORGÁNICAS DEL PODER POPULAR

REVISIÓN N DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION DE PROFESIONALES EN SALUD. Experiencia Comparada en Cinco Países Seleccionados Agosto de 2013

REACTIVOS SOBRE LEY GENERAL DE EDUCACION] Ley General de Educación PROFESOR(A):

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO CATEDRATICO LIC. MENFIL FUENTES

TAREAS CAPITULO I LIBRO TEORIA ORGANIZACIONAL

Conferencista: Miguel Ángel Chevez Presidente de MACH Consultores. Teléfono

CURSO PRÁCTICO DE CONTRATACIÓN LABORAL DESCRIPCIÓN

PASANTÍAS UNIVERSITARIAS

DE GOBIERNO CORPORATIVO

UNIVERSIDAD RICARDO PALMA VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIÓN

CONTRATO DE OUTSOURCING. Conclusiones foro 17

LISTA DE COMPROMISOS DE NUEVA ZELANDA PARA LA ENTRADA TEMPORAL DE PERSONAS DE NEGOCIOS

Modulo 3. Sistema de relaciones laborales y Derecho del Trabajo: cambios y tendencias.

LOPD E N L A E M P R E S A

REGIMEN DE SUBCONTRATACION Y CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS. ASIMET 8 de Septiembre de 2006

LA LABOR SUPERVISORA QUE SE REALIZA DEL CUMPLIMIENTO DE

FUNCIONES ESPECIFICAS POR DEPENDENCIA SECRETARIA DE GOBIERNO

GRUPO DE TECNOLOGÍA CIBERNÉTICA, S.A. DE C.V. CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EN NEGOCIOS

NORMALIZACIÓN Y NORMATIZACIÓN

CONTABILIDAD PARA NEGOCIOS TURÍSTICOS. Clase 4: Administración del Recurso Humano

SISTEMAS INTEGRADO DE GESTIÓN E INDICADORES DE GESTIÓN

Módulo IV: Elementos del contrato de fideicomiso

CUESTIONARIO GUIA PRUEBA DE CONOCIMIENTOS GENERALES CONCURSO DE PROMOCION PROFESIONALES Y DIRECTIVOS DE CARRERA

Especificar las relaciones de autoridad, responsabilidad, y obligación entre las funciones y los puestos.

INDICE. 1.- Objeto. 2.- Ámbito de Aplicación. 3.- Nuestros Principios. 4.- La ética en nuestras relaciones

RECTORÍA EN SALUD EN COSTA RICA MINISTERIO DE SALUD COSTA RICA 2005

echa:07/10/ :58 PARLAMENTARIO A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

REGIMEN DE GARANTIAS Y SEGUROS EN EL DCTO 222 DE 1983

Ficha Técnica de la Actividad

LEY DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES EN SU ATENCIÓN EN SALUD

LISTA DE COMPROMISOS DE CHILE PARA LA ENTRADA TEMPORAL DE PERSONAS DE NEGOCIOS

MATRIZ DE CONTROL INTERNO COMPONENTES Y NORMAS

Doctrina de la protección integral de los derechos de la infancia, derechos humanos y legislación nacional

Manual de usuario Portal Bolsa Nacional de Empleo

RESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011

GESTIÓN POR COMPETENCIAS

Formación Ocupacional Canaria S.L. Instituto FOCAN. Esquema memoria 300+ o 400+

Definiciones y explicaciones

Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. 10 de Febrero de 2012

DERECHO LABORAL INDIVIDUAL

Evaluación Integral Sostenible

LA PROTECCIÓN N DE LOS DATOS RECOGIDOS POR EL ESTADO RESPECTO DE LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES: LA EXPERIENCIA CHILENA.

Planes y Programas 2013.

1.1.1 Área Fiscal: II CURSO ESPECIAL EN ASESORÍA DE EMPRESAS

Santiago, 15 de Julio de NATURALEZA JURIDICA DE SERCOTEC

LINEAMIENTOS PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL

Transcripción:

a) El PRINCIPIO DE LEGALIDAD. Este principio nos indica que los actos relacionados con el trabajo por cuenta ajena son de interés para el ordenamiento jurídico, regulándolos y protegiéndolos. El principio de legalidad es el sometimiento a la ley de los actos ejecutados por las personas. Los actos sin legalidad podrían ser desconocidos, es decir, no ser eficaces, ya sea, por vía de inexistencia, nulidad o tener aparejadas sanciones de carácter compulsivo, como multas, y en el peor de los casos sanciones penales.

a) PRINCIPIO DE CERTEZA, Es imprescindible para el equilibrio de una organización que el elemento humano conozcan de manera anticipada las condiciones en que prestará el servicio. Determinar las partes de esta relación, su rol, la contra prestación que los vincula, bajo qué modalidad o régimen jurídico se rigen, y en general todos los elementos de la relación, diferenciando, de esa forma, el régimen jurídico aplicable. Así, si los servicios son prestados para el Estado, el régimen aplicable será el derecho público, como ocurre con los empleados públicos; o de lo contrario, si el servicio regido por el derecho privado, donde diferenciamos los contratos civiles y los contratos de trabajo.

) PRINCIPIO DE LA FORMACIÓN O CAPACITACIÓN. Este principio se pone en juego una vez que se ha seleccionado al trabajador más óptimo. Las Organización de Recurso o Empresa, buscando la eficiencia del elemento humano, por lo que orienta sus lineamiento a la consecución y logro de los fines u objetivos, buscando, en este sentido, que el personal se capacite, buscando mejorar su conocimientos y sus habilidades. Es sabido que una organización, sin importan el fin que persiga, se encuentra inserta en un entorno en constante cambio, siendo el tecnológico uno de los que más rápido cambia, renovándose y exigiendo una constante reducación de quienes conforman la empresa si desea subsistir.

d) PRINCIPIO DE LA PERMANENCIA Partiendo del principio anterior, este principio nos indica que el recurso humano permanecer en su prestación del servicio el que solo terminará cuando sobrevengan circunstancias previamente señaladas en el contrato u en la ley, como la causa justa. Este principio tiene por finalidades otorgar estabilidad y continuidad a la relación de trabajo, proteger a las partes contra arbitrariedades, proporcionando una garantía de seguridad. Es muy frecuente subdividir la permanencia en dos clases de estabilidad, la absoluta y la relativa. La primera de ella, es aquella que no depende directamente de la voluntad de una de las partes para que se produzca el término del vínculo contractual de prestación de servicios. La segunda, por el contrario, entrega a una de las partes el término del vínculo contractual, por la sola voluntad, es decir, la garantía de continuidad es más precaria que la absoluta. La estabilidad relativa permite la figura del despido arbitrario como ocurre en el contrato a honorarios.

e) PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN DEL INTERÉS PARTICULAR AL GENERAL Deben prevalecer los intereses de la empresa por sobre las individualidades. Siempre se debe buscar el beneficio sobre la mayoría. Este principio como se verá más adelante es fundamental para diferenciar una relación laboral bajo contrato de trabajo de otros sistemas de prestación de servicio o manos de obra.

F) EL PRINCIPIO DE LA DIVISIÓN DEL TRABAJO La correcta delimitación y división de funciones es primordial para el buen funcionamiento de la empresa. Se debe explicar claramente el trabajo que cada colaborador debe desempañar. Además, se debe aprovechar la especialización del personal para aumentar la eficiencia. Características de la división del trabajo:

VENTAJA DE LA DIVISIÓN DEL TRABAJO Ahorro de capital: cada obrero no tiene que disponer de todas las herramientas que necesitaría para las distintas funciones. Ahorro de tiempo: el operario no tiene que cambiar constantemente de herramienta. Los trabajos a realizar por cada operario son más sencillos, con lo que el error disminuye. Simplicidad de las funciones a realizar, personal con menos experiencia puede incorporarse al mercado laboral. Invención de nuevas máquinas

EL PRINCIPIO DE JERARQUÍA Este principio no solo se relaciona con el organigrama y jerarquía de cargos de una empresa, ya los roles debe estar claramente definidos y expuestos respecto de la función de cada trabajador. La existencia de un gerente a jefes de sección, todos deben conocer a su superior directo y se debe respetar la autoridad de cada nivel, conocer sus atribuciones y limitaciones. Este principio, como se verá más delante se instrumentaliza para el caso de la prestación de servicios bajo contrato de trabajo.

EL PRINCIPIO DE JUSTA REMUNERACIÓN Y PROTECCIÓN. Todo prestador de servicio y recibidor de servicio debe tener clara noción de la contra prestación a la que está obligado, particularmente el precio del servicio o remuneración, la cual puede ser asignada de mutuo acuerdo o de acuerdo al valor del trabajo realizado. El valor del servicio recibido se determinan por factores como los beneficios que ese ese trabajo entrega de la empresa y se valor se calcula beneficios finales alcanzados. Este beneficio, cundo se trabaja bajo contrato de trabajo, deben ser compartidos por todos los trabajadores. La remuneración del personal constituye el precio del servicio prestado. Debe ser equitativa y, en todo lo que sea posible, dar satisfacción a la vez al personal y a la empresa, al empleador y al empleado."

I) PRINCIPIO DE RESPECTO Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR La protección de los derechos de los trabajadores, por el solo hecho de ser persona, seres humanos, entes volitivos ontológicamente autorrealizable. En ese sentido Nietzsche dirá Cuando me encuentro con una criatura, encuentro voluntad de poder. Por ello, en la búsqueda del respeto a lo esencial de todo ser humano, el reconocimiento que hace el derecho de la vida, salud e integridad física de las personas, la privacidad, la honda y el honor, el derecho de asociación, el derecho a ejercer actividad remunerada, entre otros, trasunta hasta a la persona e invade el ámbito laboral, sea o no producto de un contrato de trabajo.

El principio protector contiene tres reglas: Regla de la norma más favorable. Cuando existe concurrencia de normas, debe aplicarse aquella que es más favorable para el trabajador. Regla de la condición más beneficiosa. Una nueva norma no puede empeorar las condiciones que ya tiene un trabajador. Regla in dubio pro operario. Entre interpretaciones que puede tener una norma, se debe seleccionar la que más favorezca al trabajador.