BOLETÍN 003 RESPECTO AL OPERATIVO MOCHILA EN EL ESTADO 02.02.2017 El llamado Operativo Mochila, o cualquier otra denominación que se le quiera dar, implementado desde hace más de 15 años en el estado de Hidalgo, se puso en marcha para brindar seguridad a las y los alumnos de educación básica e inculcarles la cultura de la prevención en el interior de las escuelas, lo anterior a través de la detección de objetos o sustancias que al introducirlos a los planteles educativos, puedan lastimarlos física, mentalmente o poner en riesgo su integridad y salud. La CDHEH siempre ha estado a favor de la aplicación del Operativo Mochila, por tal motivo, a invitación de la SEPH, durante el 2016, participó como observadora en 230 operativos en diversos planteles del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Hidalgo (CECYTEH) y del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo (COBAEH) ubicados en 67 municipios de la entidad, los cuales, fueron realizados en estrecha colaboración y coordinación con la Secretaría de Educación Pública del Estado (SEPH) y la Secretaría de Seguridad Pública estatal y municipal, así como con los padres y madres de familia. Cabe destacar, que la CDHEH ha dado respaldo a esta actividad porque estamos convencidos que además de brindar seguridad a las y los alumnos, ayudamos a prevenir posibles actos de violencia en el ambiente escolar que en un futuro podamos lamentar, con ello se genera conciencia entre las y los adolescentes sobre los problemas sociales y legales a los que se pueden enfrentar en caso de introducir al plantel objetos que los pongan en riesgo.
La CDHEH está publicando en esta misma fecha el Protocolo Actualizado que contiene lineamientos que de ser tomados en cuenta en la realización de estos operativos, salvaguardarán los derechos humanos de los estudiantes. En dicho documento se enfatiza el interés superior de la infancia, principalmente en el respeto a su integridad y dignidad, también se establece la importancia de que este proceso inicie desde el hogar con la supervisión de los padres. Sabemos que alguien podría decir que la realización de los Operativos Mochila, viola el derecho a la intimidad de los menores, lo cual, es de tomarse en consideración, pero, en este caso, lo que se trata de defender es la vida y la integridad física de dichos menores, por lo cual, cuando existe un conflicto de derechos, se tienen que tomar en cuenta los que protegen valores superiores, lo que en la técnica de aplicación de derechos humanos se llama ponderación. Otro aspecto para salvaguardar la intimidad y dignidad del alumnado es que las alumnas sean supervisadas por mujeres y que el alumno o alumna que sea sorprendido con algún objeto o sustancia prohibida, no sea exhibido públicamente. Es importante aclarar que la CDHEH tiene personal suficiente en todo el estado para supervisar en forma aleatoria los operativos mochila en virtud de que no somos nosotros quienes realizamos el procedimiento, ya que nuestra labor es la de estar atentos para evitar que se vulneren los derechos de niñas, niños y adolescentes. La CDHEH considera que el operativo mochila debe llevarse a cabo en forma permanente, para ello, es indispensable una mayor participación de padres y
madres de familia, maestros y las instituciones pertinentes. Como se había mencionado, dichos operativos deben ser organizados por las propias instituciones educativas con la participación del personal docente y de las asociaciones de padres de familia, siguiendo los lineamientos emitidos por la SEPH y la CDHEH, de esta manera, tendrán mejores resultados, además de contribuir a mantener un clima de seguridad al interior de las escuelas, el cual deberá ser reforzado con campañas de información orientadas al respeto, la solidaridad, la comunicación, la solución pacífica de conflictos, la no discriminación, así como el alto a la violencia escolar. PROTOCOLO ACTUALIZADO PARA LA REVISIÓN DE MOCHILAS EN PLANTELES EDUCATIVOS. La revisión de mochilas es una acción preventiva hacía las y los estudiantes que consiste en detectar y resguardar objetos de uso peligroso y sustancias que pongan en riesgo la seguridad y/o la salud de la comunidad educativa. Lo anterior teniendo especial cuidado a efecto de no vulnerar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, sugiriendo realizarlo bajo las siguientes consideraciones: 1. La implementación debe ser realizada, previo consenso con los padres de familia y/o tutores así como con el personal directivo y administrativo del plantel educativo. Indicándoles la importancia de su implementación y el objetivo del mismo.
2. Debe elaborarse una minuta especificando la hora en que inicia y termina, quiénes participan en dicha actividad (mismos que deberán firmar el acta) asentando todos aquellos objetos de uso peligroso y sustancias que sean incautadas, las cuales quedarán bajo resguardo de la dirección, quien se encargará de entregarlas posteriormente a los padres de familia y/o tutores de los menores, explicándoles el motivo del resguardo y el por qué los estudiantes no deben llevarlos al plantel educativo. 3. La realización podrá llevarse a cabo de forma sorpresiva, motivo por el cual no deberá proporcionarse información previa del evento. Aunado a que de preferencia se sugiere que, con el fin de no perder el factor sorpresa, no sea realizada todos los días. 4. Se sugiere llevarlo a cabo una vez que las y los estudiantes se encuentren en sus aulas y de forma simultánea en los salones y áreas que se designen. 5. De ser posible deberá contarse con la presencia de personal de la Secretaría de Seguridad Pública (municipal o estatal), cuya única intervención será en caso de que se detecte un arma de fuego o alguna sustancia presuntamente ilícita. 6. En caso de encontrar un objeto o sustancia presuntamente ilícita no se dará a conocer a la comunidad estudiantil el nombre del alumno, la información debe ser manejada con la mayor discreción posible, informando inmediatamente al padre de familia y/o tutor.
7. Los padres de familia tendrán bajo su responsabilidad directa la revisión de las mochilas del alumnado, la cual realizarán mujeres en el caso de las niñas y las adolescentes y hombres cuando se trate de niños y jóvenes. 8. La revisión deberá realizarse, de ser posible, de forma separada del resto de las y los estudiantes, lo anterior a efecto de no evidenciar a aquellos que porten el objeto o sustancia prohibidos con la comunidad escolar. Lo anterior para salvaguardar su dignidad e integridad. 9. La revisión corporal se sugiere realizarse con la utilización de detectores de metales, y de ser necesario, solicitar al alumno o alumna saque de sus bolsillos los objetos que pudiera traer. En caso de que alguna alumna o alumno se rehúse a que se realice la revisión de sus pertenencias, deberá asentarse en el acta, debiendo la autoridad del plantel ponerse en contacto con sus padres o tutores inmediatamente para informar lo sucedido, reiterándoles el motivo de la implementación de la actividad y su finalidad para que ante su presencia se revise la mochila del estudiante. 10. La seguridad en los planteles educativos inicia desde los hogares, por lo que la participación de los padres y madres de familia debe ser permanente.