El uso de vivienda como retribución en especie: aspectos salariales y de cotización a la Seguridad Social

Documentos relacionados
Real Decreto 637/2014, de 25 de Julio

COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones Servicio de Ordenación

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Prof. Álvaro Salas Suárez

Normativa laboral y de organización de las relaciones laborales en la empresa

A continuación se desglosa lo más destacable de la nueva redacción del referido Art. 23 del Reglamento general de cotización a la Seguridad Social:

Ejerce los derechos y cumple las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, reconociéndolas en los diferentes tipos de contratos.

PROGRAMA DE DERECHO LABORAL TEMA 1.- EL DERECHO DEL TRABAJO, CONCEPTO, OBJETO Y SIGNIFICACIÓN.

EVALUACIÓN 6 UNIDADES 13 Y 14

2.2 (ANTIGUO) Percentiles de salarios. Trabajadores en función de su ganancia anual respecto al Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

SUPUESTO 1. Horas extraordinarias no estructurales

PRESTACIÓN POR DESEMPLEO DURACIÓN: Período de ocupación cotizada en los 6 últimos años. Duración de la prestación. Desde 720 hasta 899 días

CONCEPTOS INCLUIDOS Y EXCLUIDOS DE LA BASE DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

EL SALARIO. El salario o remuneración salarial es el pago que recibe en forma periódica

4. PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

RELACIONES LABORALES FRANCIA DURACIÓN LEGAL DEL TRABAJO Y HORAS EXTRAORDINARIAS

RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Horari de tutoria i lloc Las tutorías se impartirán en el aula II, los días y en horario señalado en el calendario confeccionado a tal efecto.

Abdón Pedrajas Moreno Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Socio Director Abdón Pedrajas Abogados y Asesores Tributarios

Ficha Técnica de la Actividad

CURSO DE NOMINAS Y SEGUROS SOCIALES

HORAS EXTRAORDINARIAS

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO

ASESORÍA LABORAL DE EMPRESA

El empleado interno dispone de dos horas de descanso para las comidas principales, no computable como tiempo de trabajo.

ENCUESTA ANUAL DE COSTE LABORAL

Guía del Curso Gestión auxiliar de personal. ADGD Actividades de gestión administrativa

CIRCULAR LABORAL 12/2016. Está contenida en los artículos 607 y 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Duración del contrato y periodo de prueba

En relación a los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, se introducen los siguientes cambios.

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL 2016

RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR SEGURIDAD SOCIAL

Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios

PROGRAMA SUPERIOR EN. Gestión Laboral

Reforma Laboral. Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores. Juan Carlos Trujillo Ortiz

DGT: N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO:

Dirección General de la Función Pública. ANGEL MELCHOR CELADA Subdirector General de Relaciones Laborales

Reforma de la Seguridad Social

José María Marco Lázaro Economista Colegiado nº 341 Miembro del REFor,REAF, RASI y ECIF. Febrero 2011

Cómo se hace un contrato?: Forma del contrato

PARTES DEL CONTRATO LABORAL

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

MÓDULO FORMATIVO 3 Denominación: Gestión auxiliar de personal. Código: MF0980_2. Duración: 90 horas. Nivel de cualificación profesional: 2.

SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo

Percepciones de carácter salarial y extrasalarial (art. 109 LGSS)

DESCANSOS CALENDARIO LABORAL PERMISOS RETRIBUÍDOS SALARIO Y NÓMINA

ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.

CURSO PRÁCTICO DE CONTRATACIÓN LABORAL DESCRIPCIÓN

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción

MINISTERIO DE HACIENDA SEGUNDA REFORMA DEL IRPF

HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES Y SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN

PROTECCION POR DESEMPLEO

NORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB 24/05/2016)

FRANCIA. Ayudas al empleo en el sector de la hostelería, cafetería, restauración (HCR)

Cuadro explicativo de los cambios introducidos, a lo largo de este verano, en materia de extinción del contrato y prestaciones por desempleo

Aspectos tributarios de la internacionalización n empresarial. En Oviedo, 15 de mayo de 2014

Titulación Tipo Curso Semestre Contabilidad y Finanzas OT 4 0. Uso de idiomas

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.

La pensión de jubilación parcial

INFORMACIONES DE TEMAS LABORALES Y ECONÓMICOS

CONTRATACIÓN ESCRITA. Un trabajador que presta servicios por horas en varios hogares debe tener tantos contratos como casas en las que trabaja.

Prueba de control (4). Derecho de la Seguridad Social. Temas 1 a 11.

RESUMEN ANÁLISIS EXHAUSTIVO DEL REAL DECRETO- LEY 16/2013: MODIFICACIONES EN LA COTIZACIÓN: IMPACTO EN LA EMPRESA

3. Recientes Novedades Legales en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia.

confederación sindical de comisiones obreras Fernández de la Hoz, Madrid. Tel.:

Integración laboral de las personas con discapacidad

TEMA 8. PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

INDICE. Introducción... 7

NOVEDADES LEGISLATIVAS PUBLICADAS CON ENTRADA EN VIGOR PARA EL AÑO 2015 (Resumen de las novedades más destacables en temática laboral)

CONVENIO DOBLE IMPOSICIÓN: VERTIENTE ESPAÑA VS COLOMBIA. Bilbao, 29 de abril de 2013

Tema 17 La nómina: confección, documentación y tramitación

PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES LABORALES.

Nuevo Régimen de Servicio del Hogar Familiar

TU ASESOR LABORAL PRESENTA NUEVO CURSO: COMO CONFECCIONAR NÓMINAS Y SEGUROS SOCIALES PRESENTACIÓN Y OBJETIVOS

INICIO DE LA ACTIVIDAD. 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA

El contrato de trabajo

TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO

MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS

FEDERACION ESPAÑOLA DE ENFERMEDADES RARAS PARA MÁS INFORMACIÓN CONTACTAR CON SERVICIO DE ASESORIA JURÍDICA:

I. DEVENGOS IMPORTE TOTALES 1.Percepciones Salariales: Salario Base ,00 Complementos Salariales A.TOTAL DEVENGADO... 1.

ENTRE LINEAS DE LA REFORMA LABORAL 2012

Conceptos computables en la base de cotización según criterios de la Seguridad Social. 18 de diciembre de 2014 Patricia Caro Gracia

Comentarios a las Normas de cotización a la Seguridad Social 2016

Unidad 4: La nómina. Profesor: Antonio J. Guirao Silvente

O R D E N A N Z A N U M. 18

1.1.1 Área Fiscal: II CURSO ESPECIAL EN ASESORÍA DE EMPRESAS

CONTRATO INDEFINIDO. Cláusulas específicas. IRYNA TSUPRA ANA TAMARIT

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL (FOL)

servicio del hogar familiar

Cotizaciones Sociales y Salario Mínimo Interprofesional durante el año 2012

Relación Laboral vs Relación Mercantil. Dª Cristina Rincón Sánchez Abogada.

Grado en Ingeniería Informática

4-La nómina. Supuestos prácticos.

Relación laboral de carácter. familiar. Jordi García Viña Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Universidad de Barcelona

SUPUESTO 1. Horas extraordinarias no estructurales

1.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR UTILIZACION DEL CENTRO DE DIA Y POR EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, 2014

Nuevo Régimen Empleados de Hogar

Extinción del Contrato

Transcripción:

El uso de vivienda como retribución en especie: aspectos salariales y de cotización a la Seguridad Social J. Eduardo López Ahumada Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social 20 de Abril de 2017

-Delimitación del uso de vivienda de la empresa: Circunstancias. -La empresa es propietaria y le cede el uso gratuitamente o a precio inferior al de mercado. -La empresa es arrendadora, paga la renta y cede el uso al trabajador. -El trabajador es arrendador y la empresa paga la renta - Alquiler de vivienda. Tiene como finalidad el pago mensual del alquiler de la vivienda. Es necesario que el pagador de la renta alquiler sea la empresa, aunque el contrato se haya hecho entre arrendador y trabajador.

Concepto legal (26.1 ET): - Se considera salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo. - Salario en especie: - Entrega de bienes o servicios valorables económicamente.

- Se trata de una presunción iuris tantum: - Probará el que alegue el carácter extrasalarial. - Presunción que afecta a las prestaciones dinerarias y en especie. - Tiene gran repercusión en los pagos en especie y es una fuente de conflictividad laboral. Presunción iuris tantum: STS 25 de octubre de 1988 (RJ 1988, 8152) de 12 de mayo de 1985 5 de marzo de 1985 (RJ 1985, 1463), y 25 de marzo de 1986 (RJ 1986, 1385).

Los criterios establecidos son: Salvo prueba en contrario, la regla general es que cualquier cuantía abonada se considera salario, excepto que la regulación jurídica lo excluya directamente. Es irrelevante la denominación, forma de retribución, devengo o calificación salarial realizada por la empresa, lo relevante es la relación directa que tenga con el trabajo prestado. Salario aunque no figure en los recibos de salarios. STSJ de la Rioja de 11 de mayo de 2006 (AS 2006\1884)

El Salario en Especie no puede ser impuesto unilateralmente por el empresario. - El pago en dinero es una norma imperativa. - El empresario sólo podrá obligar al trabajador a aceptar una parte del salario en especie siempre que esté autorizado por una norma legal o convencional. - La retribución tendrá 2 niveles: el obligatorio abonado en dinero y el pactado voluntariamente, abonable en especie.

- No podrá exceder del 30 % de las percepciones del trabajador, ni minorará la cuantía del SMI. - El trabajador puede cobrar parte de su salario en especie, pero éste nunca puede superar el 30% de las percepciones salariales. Disfrute de vivienda y vehículo superación del 30% de las percepciones salariales. STSJ Murcia 27 de febrero 2006 (AS 2006\981). - El salario recibido en metálico nunca podrá ser inferior al indicado en el convenio colectivo que le es de aplicación, y en su defecto, el Salario Mínimo Interprofesional.

Definición legal es demasiado genérica: La consideración de salario en especie viene determinado por los siguientes aspectos: STSJ de 11 de febrero de 1997, (RJ 1997, 2240): destino objetivo. - Carácter patrimonial, es decir, puede ser convertible en dinero. - Existe periodicidad en el cobro, es decir tiene una continuidad en el pago por parte de la empresa. Es una partida fija que se entrega de forma periódica al trabajador. - Las prestación será apropiadas para que el trabajado haga un uso personal de ellas. Bienes o servicios apropiados para uso personal del trabajador y su familia - Debe suponer un concepto individualizable que suponga un aumento del patrimonio del trabajador acorde con el trabajo realizado.

- Aplicable a relaciones laborales ordinarias y especiales. - Contrato de alta dirección: supuesto especial. - Contrato ordinario: ejemplos, empleado de finca urbana, guardeses, aparcería rural, etc. Coincidencia uso de vivienda con puesto de trabajo. No mejora. STSJ de Andalucía de 17 de febrero de 2001 (AS 2011\956).

Jurisprudencia: condición más beneficiosa: SSTS 25 de julio de 2007 (RCUD 3115/06) ( RJ 2007, 7116); 20 de mayo de 2002, recurso 1235/2001 ( RJ 2002, 6794), 11 de marzo de 1998 (recurso 2616/97) ( RJ 1998, 2562) STS 21 de febrero de 1994 ( RJ 1994, 1216), 31 de mayo de 1995 ( RJ 1995, 4012) y 8 de julio de 1996 ( RJ 1996, 5758)

Posibilidades de exclusión: mínimas. La Ley establece que los concepto no salariales puedes ajustarse a dos supuestos: 1) Pagos que compensen o indemnicen los gastos directos derivados del desarrollo de actividad profesional. 2) Indemnizaciones por traslados, despidos o suspensiones.

Las empresas utilizan como concepto extrasalariales para eludir la obligación de cotización y evitar derechos que se adquieren por parte del trabajador cuando estas cuantías son salario. Las empresas no son libres a la hora de fijar el salario a sus trabajadores. La doctrina ha consagrado el principio de irrelevancia de la denominación, prevaleciendo la causa que determina la retribución.

Jurisprudencia la que ha ido estableciendo determinados criterios para indicar que es y que no es salario El problema del salario en especie es su valoración económica, para el cual normalmente se utiliza los criterios fijados por la normativa fiscal reguladora del impuesto de la renta de las personas físicas o el precio de mercado.

El valor del uso de vivienda se incluye en : La base de cotización a la Seguridad Social. La base imponible a efectos de tributación. La cuantía de la indemnización en casos de extinción de la relación laboral. No computar el salario en especie para el cálculo de la indemnización por despido podrá suponer la nulidad del mismo. No olvidemos que para el IRPF de 2015 se ha establecido un mínimo exento de 180.000.- a partir del cual tributarán las indemnizaciones por despido. La cuantía de los medios de protección que garantizan el estado de bienestar, esto es prestación por desempleo, jubilación, etc. Ejemplo: Deducción IT salario especie TSJ País Vasco (Sala de lo Social, Sección Única), sentencia de 21 enero 2003

ASPECTOS RELATIVOS A LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL USO DE VIVIENDA COMO CONCEPTO RETRIBUTIVO INCLUIDO EN LA COTIZACIÓN Delimitación a efectos de Cotización: base de cotización Todo salario cotizará a la seguridad social, dentro de los topes establecidos para cada tarifa de cotización. Reforma 2014: Real decreto en virtud del cual se incluyen en las bases de cotización las retribuciones en especie, una decisión duramente contestada desde las patronales empresariales y con importantes implicaciones para el trabajador.

ASPECTOS RELATIVOS A LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Art. 23 del RGC delimita el concepto de percepción o retribución en especie, La utilización, el consumo o la obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, Establece unas reglas de valoración de las mismas, a los efectos de la inclusión de la misma en la base de cotización a la Seguridad Social, A efectos de la inclusión en la base de cotización a la Seguridad Social, las percepciones o retribuciones en especie se toman por su importe,

ASPECTOS RELATIVOS A LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL CRITERIOS DE VALORACIÓN Se valorarán por el coste medio (resultado de dividir los costes totales que suponga para la empresa la entrega de un bien, derecho o servicio directamente imputables a dicha retribución entre el número de perceptores potenciales de dicho bien, derecho o servicio) que suponga para el empresario la entrega del bien, derecho o servicio objeto de percepción, salvo en los supuestos siguientes: El uso de una vivienda propiedad o no del empresario o la utilización o entrega de vehículos automóviles se ha de valorar en los términos previstos para estos bienes en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (art. 43).

ASPECTOS RELATIVOS A LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL