REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR.

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ESCUELA ALIRO LAMAS CASTILO DIEGO DE ALMAGRO. REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo de Educación N º 511 de 1977 y sus modificaciones :Decreto 107 del 2003, Decreto N º 158 de 1999 y al Decreto de Planes y Programas de Estudio: N º 240, N º 232 y N º 625 del MINEDUC; y considerando la evaluación como un proceso continuo y permanente en el quehacer escolar, entregando información oportuna sobre el logro de objetivos educacionales propios de cada nivel; para apoyar a los alumnos en los aspectos deficitarios del aprendizaje para la aplicación de acciones de retroalimentación mejorando sus aprendizajes, apoyados por la Evaluación Diagnóstica, formativa y sumativa. La escuela está comprometida con los aprendizajes de todos sus alumnos aplicando una evaluación permanente y que la información obtenida debe ser utilizada convenientemente por los profesores, directivos superiores, directivos técnicos, alumnos y Padres y Apoderados. El presente reglamento apunta al compromiso entre profesor y alumno, para que en un esfuerzo mancomunado, se logren aprendizajes de calidad, evitando en lo posible, la repitencia escolar. Sin embargo, si esta repitencia se produce, se debe dar la oportunidad para que el alumno repita en nuestro establecimiento. Este reglamento nace en el seno del E.G.E basado en el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar base y propuesto al Consejo General de Profesores y aprobado por dicho estamento, que regirá en el año escolar respectivo sujeto a reformulación anualmente siguiendo los pasos descritos anteriormente. Este Reglamento se le entrega una copia a los Padres y Apoderados en el período de Matrícula y en la 1º reunión de SubCentro se analiza por los Profesores Jefes. El Consejo General de Profesores será un organismo consultivo y resolutivo de este Reglamento de Evaluación. DISPOSICIONES GENERALES I. DE LA EVALUACION 1.- En nuestro Establecimiento se aplicará una Evaluación de régimen semestral. 2.- Los docentes deben realizar una evaluación diagnóstica en cada una de los sectores del Plan de Estudio respectivo, al inicio de año escolar para conocer el nivel de los objetivos de aprendizaje de sus alumnos (as) y se deben registrar los resultados en el Libro de Vida del Curso. 3.- Los aprendizajes esperados de los C.M.O., de los alumnos serán calificados en todos los sectores, utilizando la escala numérica del 2 al 7 hasta con un decimal. La nota mínima de aprobación es 4,0. El nivel de exigencia de aprobación en las evaluaciones será de 55 % para la nota cuatro. Los Objetivos Fundamentales Transversales ( O.F.T.) se expresarán en Conceptos o escalas de apreciación. Dichos OFT se evaluarán en la Pauta de Desarrollo Personal y Social del Alumno(a) que será entregada con la Libreta de Notas y Calificaciones en los respectivos semestres a los padres y Apoderados El Subsector de Religión se expresará en Conceptos : M.B. ; B ; S y I, y no tendrá incidencia en el promedio general ni en la promoción de los alumnos, como lo indica el Reglamento de Evaluación vigente.

4.- Los alumnos del 1º ciclo (1º a 4º año básico) deberán tener en los Subsectores de Lenguaje y Comunicación, y Educación Matemática cinco notas parciales como mínimo. Y en los restantes Subsectores deberán tener cuatro notas como mínimo. 5.- Los alumnos del 2º ciclo (5º a 8º año básico), deberán tener 6 notas parciales en Lenguaje y Comunicación y E. Matemática y los restantes Subsectores 5 notas como mínimo, excepto en Inglés, que deberá tener a lo menos cuatro. 6.- Especialmente en el 2º ciclo, los alumnos podrán ser evaluados con calificaciones coeficiente 2, cuando el producto de un trabajo que exija una elaboración especial o prueba escrita de síntesis que se aplique al término de una unidad, proyecto de curso, etc., valorándose la calificación con dos notas en el respectivo Subsector de aprendizaje. 7.- Las notas semestrales, anuales y finales de cada Subsector se calcularán al principio con dos decimales, aproximando el segundo decimal a la décima superior, si es igual o mayor a 0,05. Ej.: 4,05; 4,1. 8.- Los alumnos deberán conocer los resultados oportunamente de los procedimientos evaluativos realizados, Dicha información le permitirá al alumno conocer sus competencias, sus capacidades y limitaciones permitiéndole mejorar y superar sus déficit y afianzar sus aciertos y bondades. 9.- Se entregarán Informes Parciales Escritos de Evaluaciones en los respectivos semestres en reuniones de Subcentro programadas con anterioridad. 1º Semestre: última semana del mes de abril. 2º Semestre: última semana del mes de septiembre. 10.- En caso, que la situación lo amerite el Profesor del Subsector con el Profesor Jefe, podrán citar a los Padres y Apoderados para informarles sobre situación evaluativa de los alumnos. 11- El Profesor Jefe de un curso del 2º ciclo podrán citar a reunión de su Sub-Centro al docente de cualquier Subsector, para comunicar el estado de competencias de los aprendizajes y las toma de decisiones adecuadas. 12.- Las Libretas de Notas se entregarán al término de cada semestre en reuniones de Subcentro. 13- Finalizado el año escolar, aquellos alumnos que no hayan obtenido nota anual de promoción en cualquier o todos los Subsectores, y están en situación de repitencia tendrán derecho a una Prueba Especial para tratar de aprobar el o los Subsectores deficitarios. En caso de aprobarlo (s) la nota máxima será 4,0. En situación contraria esa nota final del Subsector, no podrá ser inferior a la que tenía antes de someterse a la Prueba Especial. La Prueba Especial en los Subsectores Científico-Humanista será una Prueba Escrita y en los Subsectores Técnico- Artística será un trabajo práctico. Previo a la Prueba, el profesor entregará un temario a los alumnos, dicha Prueba será visada por la Unidad Técnica Pedagógica. 14.- A los alumnos que presenten dificultades para cursar en forma transitoria o permanente un Subsector de Aprendizaje del respectivo Plan de Estudios, deberá aplicárseles procedimientos evaluativos especiales, coherente con las características del problema de aprendizaje que presenta el alumno. Estos serán administrados en forma temporal o permanente de acuerdo a los antecedentes del alumno(a).

Esta evaluación diferenciada quedará registrada en el Certificado Anual de Estudios. Todos los alumnos integrantes del PIE serán evaluados diferenciadamente, según lo establece el Decreto Nº 170 Los docentes del PIE junto con los docentes de los sectores de Lenguaje y Comunicación y Matemáticas elaborarán los procedimientos evaluativos para los alumnos que pertenezcan al PIE. En los otros sectores estos alumnos tendrán un nivel de aprobación de 40% en las evaluaciones para la nota 4. 15.- La aplicación de la evaluación diferenciada de los alumnos (as) con necesidades educativas especiales será monitoreada por la coordinadora del PIE, para que su uso sea criterioso y los procedimientos flexibles de evaluación de los aprendizajes sean tomados como medida de apoyo a estos alumnos (as). Los instrumentos convencionales de evaluación y/o aplicación de los procedimientos de los mismos, deben ser modificados de manera de adaptarlos a las características particulares de los alumnos y alumnas que los requieran con el objeto de que el tipo de instrumentos no sea una variable que atente contra la demostración de los aprendizajes adquiridos por los alumnos(as) y con ellos se respete su diversidad. 16.- Los docentes especialistas del PIE definirán los criterios y procedimientos para la realización de las evaluaciones diagnósticas o especializadas de los alumnos con necesidades educativas especiales que en forma transitoria o permanente presenten impedimentos que le dificulten trabajar los subsectores del Plan de Estudio. Los alumnos con las características descritas anteriormente, serán evaluados según los siguientes criterios: Aquellos alumnos(as) que son atendidos en el Proyecto de Integración (P.I.E.), serán evaluados por el respectivo profesor de curso y/o subsector de acuerdo a las instrucciones dadas por la U.T.P. conjuntamente con la docente especialista del programa. Aquellos alumnos (as) con diagnóstico de problemas de específicos de aprendizaje, atendidos por docentes especialistas del PIE, serán evaluados por el respectivo profesor del curso, según los procedimientos que determine el especialista del PIE. Tales procedimientos evaluativos serán comunicados a la U.T.P., profesor del subsector y del Curso. Aquellos alumnos (as) diagnosticados con problemas específicos de aprendizaje que se encuentran en espera de atención en Grupos Diferenciales de Establecimiento, serán atendidos y evaluados por el respectivo profesor de curso y/o subsector de acuerdo con las instrucciones de la U.T.P. conjuntamente con el (la) especialista del P.I.E que dispone el Establecimiento. Aquellos alumnos (as) que presenten algún tipo de problema general del aprendizaje, según observación del respectivo profesor de curso o subsector, serán evaluados por dichos docentes en un porcentaje estimativo de los objetivos formulados para el curso, considerando aquellos Contenidos Mínimos Obligatorios, comunicando dicha acción a la U.T.P.

17- El Director del Establecimiento, previa consulta al Profesor Jefe de Curso y/o Consejo de Profesores según corresponda, podrá autorizar la eximición de un Subsector a los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje problemas de salud debidamente fundamentados D.S.E. de Educación N º 158/1999. 18.- Los alumnos que obtengan calificaciones limítrofes en todos los sectores de aprendizajes, tendrán derecho a una Prueba Especial para obtener la nota mínima de aprobación. II DE LA PROMOCION 1.- Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los Subsectores de Aprendizaje de sus respectivos Planes de Estudio. (Art. N º 11, 1 a, del D.S. de E. N º 511/1997). 2.- Serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado 1 (un) Subsector de Aprendizaje, siempre que su promedio anual sea 4,5 o superior, incluido el Subsector no aprobado. (Art. 11,1 b. D.S.E. N º 511/1997). 3.- Serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado 2 (dos) Subsectores de Aprendizaje, siempre que su promedio anual sea 5,0 o superior, incluido los Subsectores no aprobados. (Art. 11, 1 c, del D.S.E. N º 511/1997). 4.- Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras debidamente justificadas, el Director y el Profesor Jefe y/o Consejo de Profesores cuando corresponda, podrán autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia (Art. 11, 2 y 3 del D.S. E. N º 511/1997). El Establecimiento dictará una Resolución Interna para autorizar dicha promoción. 5.- El Establecimiento apoya íntegramente a sus alumnas cuando estén en período de ingravidez para terminar su año lectivo escolar. - Las alumnas embarazadas y aquellas que son madres gozarán de todos los privilegios otorgados por el escolar a los estudiantes en conformidad a la normativa vigente. ( Ley N º 19.688/2000 y Reglamento Nº 79/2004). La Dirección será la encargada de aplicar esta normativa, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones : - El derecho a ingresar y a permanecer en la Educación Básica. - No cambiarla de curso ni modalidad de Enseñanza. - El porcentaje de asistencia no incidirá en su Promoción - No ser objeto de ningún tipo de discriminación. III DISPOSICIONES ESPECÍFICAS NUEVAS 1.- DE LA EVALUACIÓN DE LOS TALLERES DE LIBRE ELECCIÓN DE LA J.E.C.D. Para que el proceso escolar sea más eficiente, nuestro establecimiento evaluará los talleres de la siguiente forma.

Taller de : 1 º semestre 2 º semestre ENLACES LENGUAJE Y COMUNICACIÓN E. MATEMATICA OLEO E. ARTISTICA / A. VISUALES E. ARTISTICA / A. VISUALES CICLISMO E. FISICA E. FISICA FOLKLORE E. FISICA E. ARTISTICA / A. MUSICALES ORQUESTA ESCOLAR E. ARTISTICA / A. MUSICALES E. ARTISTICA / A. MUSICALES INGLES (3 º y 4 º años ) LENGUAJE Y COMUNICACIÓN LENGUAJE Y COMUNICACIÓN E. ARTISTICA ( 3 º A 6º AÑOS ) ; A. VISUALES ; A. MUSICALES ( 7º y 8º AÑOS ) Si se insertan nuevos talleres en los años escolares siguientes, se evaluarán en los Subsectores más a fin con el taller realizado. 2.- DE LA TUTORÍAS. Nuestro Establecimiento implementará el Sistema de Tutorías ha aquellos alumnos (as) que por diferentes motivos interfieran en e sistema normal del funcionamiento del colegio, ya sea por exceso de edad, indisciplina, retraso pedagógico y otra causal. 1.- La tutoría será solicitada por el Profesor Jefe del alumno a la Dirección del Establecimiento (citado al Apoderado (a) con la presencia de la U.T.P.), esta solicitud habida consideración de sus fundamentos, será resuelta por el Consejo de Coordinación, de accederse a ella, la decisión será informada en forma oral por la dirección del establecimiento al alumno (a) y apoderado (a), en una reunión en la que participarán también: el(la) profesor(a) jefe y otro miembro del equipo de coordinación. La U.T.P. calendarizará el horario de clase de los educandos en tutoría. Las tutorías se realizarán al educando con guías de aprendizaje. El (la) educando debe asistir con uniforme escolar y sus textos y cuadernos escolares de los respectivos sectores de aprendizajes. Las tutorías se implementarán en el 2º Ciclo del Colegio con los respectivos docentes de las asignaturas del alumno (a); si éstos tuvieran horas disponibles. De no ser así este sistema recurrirá a la Ley Sep. Las tutorías se desarrollarán en el 2º Semestre a contar del mes de Septiembre a Noviembre. La tutoría se desarrollará en los subsectores científico-humanista con el siguiente Plan de Estudios: Lenguaje y Comunicación; y E. Matemática 4 horas semanales; Inglés, C. Naturales y C. Sociales e Historia 2 horas semanales. Los profesores tutores informarán al profesor jefe, la situación pedagógica y evaluativa del educando mensualmente. 2.- La tutoría orientada a los alumnos (as) de buen rendimiento para adelantar a un nivel superior donde se encuentra. Las tutorías se implementarán en todos los cursos del Establecimiento. La tutoría será solicitada por el profesor Jefe del alumno a la Dirección del Establecimiento citando al Apoderado (a) con la presencia de la U.T.P. La tutoría será entregada en forma paralela al Programa de Estudio, los días miércoles y viernes, durante 1º Semestre.

Al finalizar el 1º Semestre el alumno será sometido a una evaluación diagnóstica con los C.M.O. del curso. Si la evaluación es igual o superior al 60% de nivel de exigencia el alumno ingresará en el 2º Semestre al curso superior. Al finalizar el año escolar, si el alumno (a) ha demostrado que ha obtenido los C.M.O. ingresará al curso superior. Si no aprueba los C.M.O. el alumno (a) se mantiene en el nivel anterior (inicial). Juan Muñoz A. Ana Salfate S. Comisión Análisis Reglamento Docente Comisión Análisis Reglamento Docente Eduardo Hernández P. Juan Arce R. Comisión Análisis Reglamento Evaluador Presidente E.G.E Director