Por la cual se conforma el Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad del Valle GICUV- y se dictan otras disposiciones

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Transcripción:

UNIVERSIDAD DEL VALLE R E C T O R Í A RESOLUCIÓN Nº 847 Marzo 4 de 2008 Por la cual se conforma el Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV- y se dictan otras disposiciones EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE, en uso de sus atribuciones, en especial las que le confiere el literal q) del Artículo 25 del Estatuto General, en aplicación de la normatividad descrita en la parte motiva de esta Resolución y en uso de las facultades que le fueron conferidas por el Consejo Superior en la Resolución No. 076 del 12 de Diciembre del 2005, y C O N S I D E R A N D O: 1. Que la Ley 489 del 29 de diciembre de 1998 dictó normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades gubernamentales, expidió las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en la Constitución Política y definió el Sistema de Desarrollo Administrativo SISTEDA-; 2. Que el Decreto 3622 del 10 de Octubre del 2005, emanado de la Presidencia de la República, adoptó las políticas de desarrollo administrativo y se reglamentó el capítulo cuarto de la Ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de Desarrollo Administrativo SISTEDA-; 3. Que mediante la Resolución Nº. 031 del 13 de Junio del 2002, el Consejo Superior de la Universidad, creó el Programa Institucional de Autoevaluación y Calidad, como dimensión inherente a las funciones académicas, docentes, investigativas, de bienestar y de gestión, en concordancia con el proyecto Institucional de la Universidad, definiendo sus objetivos y conformación y estableciendo

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 2 la estructura y funciones de los organismos encargados de su ejecución; 4. Que el Programa Institucional de Autoevaluación y Calidad, se ha venido desarrollando cumpliendo los postulados, estructura y objetivos por los que fue creado; 5. Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1599 de mayo 20 de 2005 "por el cual se adopta el modelo estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, MECI 1000:2005", con el objetivo general de fortalecer los procesos institucionales y el desarrollo de una función administrativa pública, integral, eficiente, visible ante la sociedad y de una gran responsabilidad frente al cumplimiento de su finalidad social, adicionando nuevos elementos de control. Igualmente se estableció en su artículo 1.- la obligación para las Entidades del Estado de adoptar el MECI 1000:2005; 6. Que mediante la Resolución Nº. 076 del 12 de Diciembre del 2005, el Consejo Superior de la Universidad adoptó en la Universidad el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 y su estructura establecida en el Decreto N.- 1599 del 20 de mayo de 2005, emanado de la Presidencia de la República. 7. Que la Ley 872 de 2003 "... Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del poder público y en otras entidades prestadoras de servicios...", señala la obligatoriedad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar un sistema de Gestión de Calidad en las Entidades Públicas Estatales, como herramienta de gestión sistemática y transparente que le permita evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a su cargo; 8. Que el Decreto No. 4110 del 9 de Diciembre del 2004, emanado de la Presidencia de la República, reglamentó la Ley 872 del 2003 y adoptó la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004, mediante la cual se determinan las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 3 Sistema de Gestión de la Calidad en los organismos, entidades y agentes obligados a implementarlo; 9. Que el Artículo 40.- de la Resolución Nº. 076 del 12 de Diciembre del 2005, emanada del Consejo Superior de la Universidad, define...métodos Y PROCEDIMIENTOS DE CONTROL INTERNO. La Universidad, en cumplimiento de las normas vigentes y de la presente Resolución, expedirá a través de Acto Administrativo emitidos por el Rector, las políticas, directrices, métodos y procedimientos específicos mediante los cuales deberán implementarse los diferentes subsistemas, componentes y elementos de control del Sistema de Control Interno, así como los procedimientos, guías, formatos, y métodos para su evaluación, elaboración, ejecución de los planes de mejoramiento y cumplimiento de obligaciones de información y documentación. Para estos efectos adoptará los métodos y procedimientos conforme a las directrices emanadas del Departamento Administrativo de la Función Pública para las entidades del Estado, de conformidad con el artículo 3 del Decreto N.- 1599 del 20 de mayo del 2005, emanado de la Presidencia de la República... ; 10. Que la Universidad, en búsqueda del mejoramiento de sus procesos, ha acogido las iniciativas de calidad que las diferentes dependencias académico-administrativas han asumido para el mejoramiento de su gestión y la continuidad en la prestación de servicios a la comunidad en general y las ha articulado con los modelos de gestión enunciados anteriormente, con el objeto de crear un modelo de gestión integral y establecer unos parámetros básicos de trabajo: 11. Que se hace necesario incorporar todos los elementos enunciados en un sistema único de calidad en la Universidad, con el fin de ajustarlo a las normas citadas y tendencias modernas de la gestión, para que su ejecución sea efectiva, eficiente y eficaz,

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 4 R E S U E L V E: TÍTULO I SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA GICUV- ARTÍCULO 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y REGULACIÓN: La presente Resolución será aplicable a nivel Institucional, de cada una de sus dependencias y de sus partes interesadas (usuarios), y su reglamentación de orden operativo se realizará por medio de Actos Administrativos emitidos por el Rector, mediante los cuales se adopten los conceptos, metodologías, guías e instrumentos de aplicación así como los manuales e instrumentos que le sean inherentes. ARTÍCULO 2.- Confórmase el SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA GICUVal cual se incorporan los requerimientos del Sistema de Desarrollo Administrativo, del Programa Institucional de Autoevaluación y Calidad, del Modelo Estándar de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad. Así mismo, las iniciativas que en materia de calidad inicien las dependencias se deberán enmarcar bajo las directrices de la presente Resolución. ARTÍCULO 3.- OBJETO DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA GICUV- Alinear los sistemas de gestión de manera conjunta, con el Plan de Desarrollo Institucional, con el Plan de Acción y con la dirección estratégica de la Universidad, incorporando y haciendo operativos y complementarios los requisitos de las normas de gestión de la calidad, del control interno, y del desarrollo administrativo; con el fin de garantizar la eficiencia, eficacia, transparencia, efectividad y optimizando los recursos y procesos. El Sistema, además de mantener el reconocimiento del Ministerio de Educación Superior como una Universidad de Alta Calidad, busca establecer mecanismos que le ayuden a mejorar la gestión, crear

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 5 conciencia de mejora continua, y medir la equidad, pertinencia y calidad de los servicios de la Institución en términos cuantitativos y cualitativos durante todo el ciclo de obtención y aplicación del conocimiento científico, técnico y humanístico. ARTÍCULO 4.- ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA GICUV- Este Sistema le permite a la Universidad incorporar, desarrollar, implementar y mantener en operación los siguientes elementos: a) Sistema de Desarrollo Administrativo SISTEDA-; establecido en la Ley 489 de 1998, como un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional. b) Programa Institucional de Autoevaluación y Calidad, establecido mediante la Resolución Nº. 031 del 13 de Junio del 2002, emanada el Consejo Superior de la Universidad, como dimensión inherente a las funciones académicas, docentes, investigativas, de bienestar y de gestión, en concordancia con el proyecto Institucional de la Universidad. c) Sistema de Control Interno con base en el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005: el cual busca unificar criterios y parámetros básicos de Control Interno, procurando construir la mejor forma de armonizar los conceptos de control, eliminando la dispersión conceptual existente, permitiendo una mayor claridad sobre la forma de desarrollar la función administrativa del Estado. d) Sistema de Gestión de la Calidad con base en la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004:

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 6 Entendido como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios; e) Sistemas de Calidad adoptados por las Unidades Académico Administrativas necesarios para la continuidad en la prestación de los servicios: Las Unidades Académico Administrativas, como los Laboratorios, las Sedes Regionales y las Unidades especializadas en prestación de servicios a la comunidad en general, ven la necesidad de implantar herramientas de certificación de calidad que les permita continuar con la prestación de sus servicios y ser reconocidos en el medio en el cual se desenvuelven. Algunas de estas herramientas gerenciales son: ISO 9001:2000 (Sistema de Gestión de Calidad), ISO 22000 (Sistema de Gestión en Seguridad Alimentaría), ISO 14000 (Sistema de Gestión Ambiental), ISO 27001 (Sistema de Gestión en Seguridad de la Información), ISO / IEC 17025:2005 (Requisitos para la Certificación de Laboratorios de Ensayo y Calibración), entre otras normas. ARTÍCULO 5.- ARTICULACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA GICUV- La Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional llevará a cabo la articulación y la integración de cada uno de los elementos del Sistema de Gestión Integral de Calidad GICUV partiendo de los resultados del proceso de Autoevaluación y Acreditación Académica en cada uno de sus factores y características (teniendo en cuenta que la institución ya fue acreditada) y cruzándolos con los requisitos de los demás elementos del Sistema. Así mismo, identificará los requisitos, componentes y elementos que son comunes en cada uno de los elementos del GICUV con el objeto de llevar a cabo su articulación en el diseño e implantación de los resultados o productos. ARTÍCULO 6.- PLAN DE IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE GICUV-. La Rectoría mediante Resolución establecerá el Plan de implantación del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 7 GICUV-, como un instrumento en el que se determinan los programas, proyectos, acciones, actividades, responsables e indicadores para el mejoramiento de la gestión de la Institución, en el marco de las Políticas constitutivas de cada uno de sus elementos. El Plan de Implantación deben obedecer a criterios de integralidad que involucren orientaciones concretas para el cumplimiento de los objetivos de cada componente y el mejoramiento de la capacidad administrativa y el desempeño institucional de la Universidad. En el Plan de Implantación se deben identificar cuales son los resultados o productos específicos del Sistema de Gestión Integral de Calidad GICUV y cuál es el impacto de éstos para la institución. El Plan de Implantación del Sistema de Gestión Integral de Calidad GICUV podrá ser ajustado de acuerdo con el comportamiento del mismo y con la dinámica institucional con el objeto de garantizar su efectividad. Sus modificaciones deberán ser aprobadas por el Comité Coordinador de Control Interno. ARTÍCULO 7.- GRUPO DIRECTIVO DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE GICUV- Y RESPONSABILIDADES. El Grupo Directivo del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-, estará conformado por los integrantes del Comité de Coordinación de Control Interno de la Institución, el cual asumirá las funciones de coordinación, ejecución y control normativos para cada uno de los componentes del Sistema. Serán responsabilidades del Comité de Coordinación de Control Interno como Grupo Directivo del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-, las siguientes: 1) Establecer el alcance de implantación del Sistema; 2) Proponer las políticas y objetivos para la ejecución del Sistema;

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 8 3) Analizar y tomar las decisiones pertinentes, relacionadas con los informes de Auditoría e indicadores de desarrollo del Sistema; 4) Definir la estructura del Sistema; 5) Estudiar las propuestas de inversión y solicitar recursos financieros para su ejecución; 6) Fortalecer la orientación del Sistema; 7) Revisar periódicamente el desempeño del Sistema y rendir los informes correspondientes. 8) Aprobar los programas de sensibilización, divulgación e interiorización del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-. 9) Presentar informes de avance y tomar las decisiones pertinentes con relación a los componentes del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-. PARÁGRAFO: El Jefe de la Oficina de Control Interno ejercerá la Secretaría Técnica del Comité de Coordinación de Control Interno en su calidad de Grupo de Directivo de la Universidad del Valle. ARTÍCULO 8.- REPRESENTANTE DE LA ALTA DIRECCIÓN EN EL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE CALIDAD DE LA GICUV- Desígnase al Director de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional como representante de la Alta Dirección para efectos de garantizar el desarrollo de las acciones conducentes a la implantación y mejoramiento continuo del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-, quien basado en la normatividad que regula cada uno de sus componentes, actuará bajo las políticas establecidas por el Consejo Superior, el Rector y el Comité de Coordinación de Control Interno de la Institución El Rector, mediante actos administrativos, podrá designar representantes de la Dirección para los diferentes elementos que componen el Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-, quienes

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 9 actuarán bajo la orientación del Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional. Así mismo, el Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional conformará el Equipo de Trabajo en su Oficina que se encargará de coordinar las actividades necesarias para el correcto diseño e implantación de cada uno de los requisitos, componentes y elementos del Sistema de Gestión Integral GICUV -. TÍTULO II INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN Y COMPETENCIAS ARTÍCULO 9.- COMITÉ DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO. Para armonizar el funcionamiento y los propósitos del Sistema de Desarrollo Administrativo SISTEDA-, se conformará el Comité de Desarrollo Administrativo el cual está integrado por los miembros del Comité Interno de la Vicerrectoría Administrativa, el cual asumirá las funciones de coordinación, ejecución y control normativos para cada uno de los requisitos del SISTEDA. Este Comité está integrado por el Vicerrector Administrativo, quien lo preside; el Jefe de la División Financiera; el Jefe de la División de Recursos Humanos; el Jefe de la División de Administración de Bienes y Servicios o por las Dependencias que hagan sus veces y por el Coordinador Administrativo de la Vicerrectoría Administrativa, quien hará las veces de Secretario del Comité y actuará con voz pero sin voto. Al Comité Interno de la Gestión Administrativa en su calidad de Comité de Desarrollo Administrativo le corresponde: 1) Elaborar diagnósticos sobre el estado de las políticas de desarrollo administrativo institucional, a fin de proponer nuevas orientaciones. 2) Formular propuestas de diseño del Plan de Desarrollo Administrativo.

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 10 3) Diseñar el Plan de Desarrollo Administrativo. 4) Desagregar las grandes orientaciones de políticas definidas por el Comité de Coordinación de Control Interno para que sean incluidas en el Plan de Acción de la universidad. 5) Colaborar en el desarrollo e implementación de las políticas de desarrollo administrativo. 6) Presentar informes de avance sobre el diseño e implantación de las políticas de desarrollo administrativo al Comité de Coordinación de Control Interno en su calidad de Grupo Directivo del GICUV. ARTÍCULO 10.- COMITÉ MECI - CALIDAD. Para armonizar el funcionamiento y los propósitos del Modelo Estándar de Control Interno - MECI- y la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCGP1000 -, se conformará el Comité MECI - CALIDAD. El Equipo MECI CALIDAD tendrá bajo su responsabilidad adelantar los procesos de diseño, apoyo y coordinación con las diferentes dependencias organizacionales de la Institución, para lograr una óptima implementación del MECI 1000:2005 y la NTCGP1000. Posteriormente a la implantación, los integrantes de dicho equipo deberán asumir el rol de facilitadores en sus respectivas dependencias, apoyando el adecuado funcionamiento de los elementos de control y los requisitos de calidad. El Equipo cumplirá los siguientes roles y responsabilidades: 1. Adelantar el proceso de diseño e implantación del MECI y de la NTCGP1000 bajo las orientaciones del representante de la dirección. 2. Capacitar a los servidores de la entidad. 3. Asesorar a las áreas de la entidad en el diseño e implantación.

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 11 4. Revisar, analizar y consolidar la información para presentar propuestas de diseño e implantación al representante de la dirección, para su aplicación. 5. Trabajar en coordinación con los servidores designados por área en aquellas actividades requeridas para el diseño e implantación. 6. Presentar informes de avance sobre el diseño e implantación de los Componentes y Elementos del MECI y de los Requisitos de la NTCGP1000 al Comité de Coordinación de Control Interno en su calidad de Grupo Directivo del GICUV, donde se evidencia el Seguimiento al Sistema de Gestión de Calidad. El Comité MECI CALIDAD estará integrado por el representante de la Vicerrectoría Administrativa, por el representante de la Vicerrectoría Académica, por el representante de la Vicerrectoría de Investigaciones, por el Representante de la Vicerrectoría de Bienestar Universitario, por Profesores delegados de la Decanatura de la Facultad de Ciencias de la Administración, por delegados de las Facultades e Institutos Académicos de la Universidad, por un representante del Sistema de Regionalización, por el Coordinador del Área de Capacitación de la División de Recursos Humanos, por un Profesional de la Oficina de Control Interno con voz pero sin voto, por dos representantes del Sindicato y por los integrantes del Área de Calidad y Mejoramiento de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional, quienes realizarán las actividades operativas de funcionamiento del Comité. Cuando lo considere conveniente, el Equipo MECI CALIDAD, podrá invitar a sus reuniones a otros funcionarios de la Universidad o a personas ajenas a la Institución, con el fin de hacer claridad sobre asuntos específicos relacionados con los asuntos de su incumbencia o para que se hagan aportes importantes al proceso de implantación. ARTÍCULO 11.- COMITÉ INSTITUCIONAL DE AUTOEVALUACIÓN Y CALIDAD ACADÉMICA. Creado por Resolución del Consejo Superior N 031 de 2002. Con miras a garantizar la ejecución de las políticas definidas por los cuerpos de dirección del sistema y para darle

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 12 desarrollo operativo a las acciones y procesos se define EL Comité Institucional de Autoevaluación y Calidad orientado y presidido, por el Rector o en su reemplazo por el Vicerrector Académico, y cuya función principal consiste en definir los planes y proyectos para el desarrollo de la política de autoevaluación en la que tienen asiento: El Vicerrector Académico o su delegado El Vicerrector de Investigaciones o su delegado El Director de la Oficina de Planeación El Director de Autoevaluación y Calidad Académica Un Decano seleccionado por el Consejo Académico Uno de los Representantes profesorales ante el Consejo Académico Uno de los Representantes estudiantiles ante el Consejo Académico El Coordinador de Autoevaluación y Calidad El Comité Institucional de Autoevaluación y Calidad tendrá como funciones: 1. Planificar, dirigir, coordinar, organizar y orientar las acciones y actividades del Programa. 2. Coordinar y orientar los grupos de Autoevaluación. 3. Definir el enfoque general de las estrategias de autoevaluación y mejoramiento. 4. Definir una metodología y una estrategia para la promoción de procesos de autoevaluación y mejoramiento, involucrando una amplia participación de los diferentes estamentos de la comunidad universitaria. 5. Precisar los factores, características y áreas objeto de procesos de autoevaluación. 6. Aprobar los planes y programas específicos de autoevaluación y de mejoramiento institucional.

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 13 7. Presentar y proponer al Consejo Académico y al Consejo superior los desarrollos reglamentarios que requiera el funcionamiento del sistema de autoevaluación y mejoramiento. 8. Presentar al Consejo Superior, por intermedio del Consejo Académico, al principio de cada año una propuesta de plan de mejoramiento para el año. 9. Designar pares evaluadores en los procesos de evaluación interna de programas o de determinadas áreas. 10. Conceptuar sobre los Informes de Autoevaluación previo a su envío al Consejo Nacional de Acreditación. 11. Organizar los grupos de trabajo técnico o asesores que se requieran para apoyar los procesos en las distintas áreas y Facultades, convocando profesores y empleados de la Universidad que se hayan distinguido por su formación o experiencia e interés de trabajar en procesos de mejoramiento. ARTÍCULO 12.- RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Los Servidores Públicos son responsables de la operatividad eficiente de los procesos, actividades y tareas a su cargo; por la supervisión continua a la eficacia de los controles y parámetros de calidad integrados. Así mismo, por desarrollar la autoevaluación permanente a los resultados de su labor, como parte del cumplimiento de las metas previstas por la dependencia o unidad administrativa a la cual pertenecen. PARÁGRAFO: El Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional, en su calidad de Representante de la Dirección ante el GICUV, podrá conformar los Equipos de Trabajo necesarios para llevar a cabo el Diseño e Implantación de cada uno de los requisitos, componentes y elementos del Sistema de Gestión Integral de Calidad. Estos Equipos de Trabajo estarán conformados por funcionarios docentes y administrativos con conocimiento y experiencia en el tema a desarrollar.

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 14 Una vez se haya realizado el diseño e implantación de los requisitos, componentes y elementos del GICUV estos equipos de trabajo se disolverán y la responsabilidad por el cumplimiento de los estándares implantados recae sobre la Unidad Académico Administrativa encargada estructuralmente. TÍTULO III SEGUIMIENTO Y ACCIONES DE MEJORAMIENTO EN LA IMPLANTACIÓN DEL GICUV. ARTÍCULO 13.- SEGUIMIENTO.- El Jefe de la Oficina de Control Interno, durante la respectiva vigencia, efectuará seguimiento periódico al Plan de Implantación del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV- y de cada uno de sus componentes de forma integral, así mismo realizará una evaluación anual final al mismo dentro de los últimos 30 días del año, el cual deberá ser presentado para aprobación en el Comité de Coordinación de Control Interno y posterior publicación en la página web de la Universidad, con el fin de facilitar su consulta y divulgación. PARÁGRAFO: La Oficina de Control Interno deberá informar a las entes de control, que así lo soliciten, sobre el avance en el diseño e implantación de cada uno de los elementos del Sistema de Gestión Integral de Calidad GICUV, en coordinación con el Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional. ARTÍCULO 14.- ACCIONES DE MEJORAMIENTO.- Como resultado del seguimiento realizado por la Oficina de Control Interno sobre el cumplimiento del Plan de Implantación del Sistema de Gestión Integral de Calidad GICUV, el Grupo Directivo deberá establecer un Plan de Mejoramiento que contemple las acciones para la solución de los hallazgos encontrados.

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 15 Este Plan de Mejoramiento deberá ser objeto de seguimiento por parte de la Oficina de Control Interno. TÍTULO IV APOYO A INICIATIVAS DE IMPLANTACIÓN DE NORMAS DE CALIDAD ARTÍCULO 15.- INICIATIVAS DE IMPLANTACIÓN. Las Unidades Académico Administrativas que dentro de su Plan de Trabajo contemplen el cumplimiento con alguna norma de aseguramiento de la calidad deberán presentar propuesta de la misma ante el Consejo o Comité de la Unidad para que esta sea aprobada por el mismo. Posteriormente deberá presentar la propuesta a la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional para que esta Oficina lleve a cabo la articulación de la misma con el Sistema de Gestión Integral de Calidad GICUV y oriente el proceso de ejecución. TÍTULO V DISPOSICIONES VARIAS. ARTÍCULO 16º. - La Rectoría la Universidad, en la medida que se vayan desarrollando e implantando los diferentes elementos del Sistema de Gestión Integral de Calidad de la Universidad GICUV-, adoptará los conceptos, metodologías, guías e instrumentos de aplicación, así como los manuales e instrumentos que le sean inherentes. ARTÍCULO 17.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

RESOLUCIÓN No 847 08 - Rectoría Página N. 16 Dada en Santiago de Cali, a los 4 días del mes de Marzo del año 2008. IVAN ENRIQUE RAMOS CALDERON Rector OSCAR LOPEZ PULECIO Secretario General