CASOS PRÁCTICOS. 1 CASO PRÁCTICO RESUELTO Nº 1 El trabajador Alfredo García trabaja en la empresa ELIDOS S.A. desde mayo del año 1 con contrato indefinido, con grupo de cotización de oficial de 3ª. Durante el mes de mayo de 7 tiene un accidente laboral el día 17 y permanece de baja durante todo el mes. En el mes de abril su base de cotización por contingencias comunes fue de 1.184,00. Durante el año inmediatamente anterior Alfredo realizó 72 horas extraordinarias. La remuneración pactada por hora extra es de 6 /hora. La retención aplicable es de un 11,42%. La jornada anual es de 1780 horas. Salario base: 30 /día. Plus de actividad: 2,50 /día Plus transporte: 2,40 /día 2 pagas extraordinarias/año de 30 días de salario base SE PIDE: 1. Confeccionar el recibo de salarios.
CASOS PRÁCTICOS. 2 SOLUCIÓN El grupo de cotización de oficial de 3ª es el grupo 8 y, por tanto, salvo pacto en contrario, su retribución es diaria. Los pasos que tenemos que dar para confeccionar la nómina son los que a continuación se indican: 1.- CÁLCULO DE LAS RETRIBUCIONES POR DÍAS EN ACTIVO DEL MES DE MAYO: Días en activo: 17 (incluido el día de la baja). Salario Base: 30 /día x 17 = 510,00 Plus de actividad: 2,50 x 17 = 42,50 Plus transporte: 2,40 x 17 = 40,80 Total retribuciones: 593,30 2.- CÁLCULO DE LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL: Al tratarse de una baja por accidente, la prestación de la seguridad social será de un 75% de la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior (abril) a partir del día siguiente al de la baja. A la base de contingencias comunes del mes de abril hay que sumarle la parte que corresponda por horas extraordinarias para obtener la base por contingencias profesionales. Si el trabajador realizó 72 horas extraordinarias durante el año anterior el promedio diario es de las 72 horas es el siguiente: 72 / 365 = 0,20 horas/día. Mes de abril = 0,20 x 30 =6,00 horas 6 horas x 6,00 /hora = 36,00
CASOS PRÁCTICOS. 3 Con estos parámetros ya tenemos todos los datos para calcula la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, que serían los que a continuación se indican: BASE REGULADORA = Base mes anterior Contingencias Comunes + Promedio horas extras / 30 (carácter diario) = BASE DIARIA por contingencias profesionales (1.184,00 + 36,00): 30 = 40,67 PRESTACIÓN A CARGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (al ser la Incapacidad Temporal derivada de accidente del trabajo el trabajador percibe la prestación desde el primer día): Días 18 a 31 de mayo percibirá 40,67 x 75% = 30,50 30,50 x 14 días = 427,00 3.- CÁLCULO BASES DE COTIZACIÓN EN DIAS EN ACTIVO: A) MENSUAL: Salario Base: 510,00 Plus de actividad: 42,50 Plus de transporte: 40,80 Total retribuciones computables: 593,30 B) PARTE PROPORCIONAL DE PAGAS EXTRAORDINARIAS: 30 x 30 días = 900 x 2 pagas = 1.800 1.800 / 365 días (carácter diario) = 4,93 4,93 x 17 días = 83,81 C) BASE DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES POR DÍAS EN ACTIVO: 593,30 + (83,81) prorrata pagas = 677,71
CASOS PRÁCTICOS. 4 D) BASE DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS PROFESIONALES POR DÍAS EN ACTIVO: Coincide con la de contingencias comunes al no haber en este mes horas extraordinarias. 4.- CÁLCULO BASES DE COTIZACIÓN EN INCAPACIDAD TEMPORAL: A) La base de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes será: En primer lugar, tendremos que calcular la base diaria de cotización del mes anterior a la baja médica, que se calculará dividiendo la base de cotización mensual entre el número de días que tiene el mes: BASE COTIZACIÓN DEL MES ANTERIOR = 30 días de abril (Carácter diario) = BASE DIARIA Contingencias Comunes = 1.184,00 / 30 = 39,47 Una vez que hemos calculado la base diaria del mes de abril para calcular la base de cotización del mes de mayo tendremos que multiplicar la base de cotización diaria por el número de días durante los que el trabajador ha permanecido en situación de Incapacidad Temporal: BASE DE INCAPACIDAD TEMPORAL (Contingencias Comunes) = BASE DIARIA x Nº de días en IT (31-17) = 39,47 x 14 = 552,58 B) La base de Incapacidad Temporal por Contingencias Profesionales será: A la base hallada anteriormente hay que sumarle la parte que corresponda por horas extraordinarias para obtener la base por contingencias profesionales. Si el trabajador realizó 72 horas extraordinarias durante el año anterior el promedio diario es de 72 / 365 = 0,20 horas/día Mes de abril = 0,20 x 30 =6,00 horas 6,00 x 6 /hora = 36,00
CASOS PRÁCTICOS. 5 Base mes anterior Contingencias Comunes + Promedio horas extras / 30 (carácter diario) = BASE DIARIA por contingencias profesionales (1.184,00 + 36,00): 30 = 40,67 BASE DIARIA x Nº de días en IT (18-31) = BASE DE INCAPACIDAD TEMPORAL (Contingencias Profesionales) = 40,67 x 14 = 569,38 5.- CÁLCULO DE LAS DEDUCCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL: Base de cotización contingencias comunes = Base días en activo + Base días en IT = 677,71 + 552,58 = 1.229,89 Base de cotización contingencias Profesionales = Base días en activo + Base días en IT = 677,71 + 569,38 = 1.246,49 Contingencias comunes: 1.229,89 x 4,70% = 55,88 Desempleo: 1.246,49 x 1,55% = 19,32 Formación Profesional: 1.246,49 x 0,10% = 1,25
CASOS PRÁCTICOS. 6 6.- CONFECCIÓN RECIBO DE SALARIOS: