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Transcripción:

ORIENTACIONES PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2013 EN INSTITUCIONES I. FINALIDAD EDUCATIVAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE EDUCACIÓN BÁSICA. Normar la finalización de las acciones pedagógicas, institucionales y administrativas del año lectivo 2013 en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica de la Dirección Regional de Educación de Cajamarca. II. OBJETIVOS 2.1. Establecer los niveles de responsabilidad en la aplicación de procedimientos y plazos para la ejecución de acciones relacionadas con la finalización del Año Escolar 2013 en las II.EE. públicas y privadas. 2.2. Evaluar las acciones pedagógicas, institucionales y administrativas efectuadas en el año escolar 2013 en las instituciones educativas públicas y privadas. 2.3. Sistematizar los informes de gestión que permitan la toma de decisiones oportunas y pertinentes. III. BASE LEGAL - Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes Nº 28123, Nº 28302, Nº 28329 y Nº 28740. - Ley de Reforma Magisterial Nº 29944. - Ley Nº 26549, de los Centros Educativos Privados. - Ley Nº 28628, que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas. - Ley N 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. - Decreto Supremo Nº 004-98-ED Reglamento de infracciones y sanciones para instituciones educativas privadas. Modificado por Decreto Supremo Nº 011-98-ED y Decreto Supremo N 002-2001-ED y ampliado por el Decreto Supremo Nº 005-2002- ED. - Decreto Supremo N 033-2005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. - Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N 28044, Ley General de Educación. - Decreto Supremo Nº 04-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial. - Ordenanza Regional N 016-2011-GRCAJ-CR, que aprueba el Plan Cuatrienal de Educación de la Región Cajamarca 2011-2014. - Resolución Ministerial Nº 1225-85-ED, que aprueba las normas sobre la determinación de los cinco estudiantes que han obtenido los más altos promedios generales al concluir la Educación Secundaria. - Resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED, aprueba Directiva Nº 004/VMGP-2005 sobre evaluación de los aprendizajes y su modificatoria, la R.M.N 0387-2005-ED. - Resolución Ministerial Nº 0431-2012-ED que aprueba Directiva N 014-2012- MINEDU/VMGP denominada Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación Básica. 1

- Resolución Directoral N 0908-2010-ED, que aprueba las orientaciones del Acompañamiento Pedagógico en el marco del Programa Estratégico Logros de Aprendizaje al finalizar el III ciclo de EBR. - Resolución Directoral Regional N 1757-2013-ED/CAJ., que aprueba el Plan Anual de Trabajo de la DRE Cajamarca. - Resolución Directoral Regional N 3053-2013-ED/CAJ., que aprueba el Plan Regional Anual de Supervisión, Monitoreo y Asesoría Pedagógica de la DRE Cajamarca. IV. ALCANCE 4.1 Instituciones educativas públicas y privadas - Educación Básica Regular (Niveles: Inicial, Primaria, Secundaria). - Educación Básica Alternativa (Ciclos: Inicial/Intermedio, Avanzado). - Educación Básica Especial (Niveles: Inicial, Primaria). 4.2 Redes Educativas. 4.3 Promotores Educativos Distritales. 4.4 Instituciones Educativas de Gestión Privada. 4.5 Unidades de Gestión Educativa Local. 4.6 Dirección Regional de Educación de Cajamarca. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. Los directores de las II.EE. públicas y privadas para la emisión de sus informes deberán tener en cuenta la Directiva N 014-2012-MINEDU/VMGP aprobada con Resolución Ministerial N 0431-2012-ED., particularmente relacionado con los Momentos de la Movilización Nacional por la Transformación de la Educación. 5.2. Las II.EE. son responsables de realizar la evaluación curricular, respecto de la planificación, ejecución, evaluación y resultados. Asimismo; están obligadas a evaluar sus instrumentos de gestión y su plan de supervisión y monitoreo. Estos resultados se constituirán en el indicador para reajustar los instrumentos de gestión y el trabajo pedagógico para el año 2014. 5.3. Los directores brindarán información a los padres de familia sobre el monto legal considerado como cuota de APAFA. Por ningún motivo debe exceder al 1.5 % de la UIT. 5.4. Los directores efectuarán en el mes de diciembre y en forma automática la ratificación de la matrícula de los estudiantes promovidos. 5.5. Antes de finalizar el año escolar, el (la) Director (a) revisará rigurosamente el cumplimiento de las horas efectivas mínimas de trabajo pedagógico de acuerdo con el cronograma oficial establecido; por lo tanto, la clausura del año escolar estará sujeta al estricto cumplimiento de las 40 semanas obligatorias de clases efectivas. En las II.EE que se desarrollaron normalmente las labores educativas y cumplieron las horas mínimas de clase establecidas por norma pueden clausurar su año lectivo a partir del 20 de diciembre del presente año. Las horas mínimas de clase para cada nivel, modalidad y forma son las siguientes: 2

Educación Básica Regular En Educación Inicial como mínimo 900 horas pedagógicas. En Educación Primaria como mínimo 1100 horas pedagógicas. En Educación Secundaria como mínimo 1200 horas pedagógicas. En Educación Básica Especial de acuerdo con el Nivel Inicial y Primaria de la EBR. En Educación Básica Alternativa como mínimo 950 horas pedagógicas en la forma presencial y 580 horas pedagógicas en la forma semipresencial, por periodo promocional. 5.6. Actas de Evaluación Las II.EE. de Educación Básica presentarán al término del año escolar las actas de evaluación generadas por el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa SIAGIE para la presentación y aprobación de las actas de evaluación, la UGEL solicitará un reporte de asistencia del último mes, generados por el SIAGIE. Las actas de evaluación final de los CEBA se llenarán de acuerdo con el formato oficial 2013 de la modalidad respectiva. Las actas serán impresas en tinta negra en calidad normal. A efectos de poder cumplir con lo que señala la Ley General de Educación N 28044 cuando expresa que a todos los egresados de la Educación Básica se les otorgará un diploma con mención en un área técnica, con el objeto de permitirles insertarse en el mercado laboral, el Director deberá hacer llegar el informe pertinente con estadística básica de todos los egresados indicando la formación ocupacional certificable. 5.7. Los estudiantes con necesidades educativas especiales, asociadas a discapacidad, incluidos en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo, son promovidos de grado, tomando en cuenta el logro de los aprendizajes establecidos en relación con las adaptaciones curriculares previstas y su edad normativa de escolarización. Su permanencia se flexibiliza hasta un máximo de dos años sobre la normatividad correspondiente. 5.8. En las II.EE. públicas de EBR, la matrícula y el traslado son gratuitos y se efectúan de conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley N 28044 Ley General de Educación y su Reglamento; así como los Lineamientos para el Proceso de Matrícula Escolar en las IE públicas de Educación Básica, aprobado por la R.M. N 0516-2007-ED. La matrícula no está condicionada a ningún pago de la cuota por Asociación de Padres de Familia (APAFA), ni de otra índole, bajo responsabilidad del director de la I.E. Este pago se efectuará posterior a la matrícula, en consecuencia queda prohibido los cobros por inscripción. 5.9. Los certificados de estudios en la EBR se expedirá de acuerdo a la Directiva Nº 004/VMGP-2005, aprobada por R.M. Nº 0234-2005-ED y su modificatoria, la R.M.N 0387-2005-ED. 5.10. Los directores de las II.EE. reportarán resultados de las acciones de supervisión, monitoreo y asesoría pedagógica realizados a sus docentes en el presente año. Así 3

mismo; las UGEL consolidarán dichos resultados en una Base de Datos para ser remitidos a la DRE Cajamarca. 5.11. Los directores de las II.EE. bilingües y las que hayan incluido en su plan de estudios la enseñanza de las lenguas originarias quechua, y awajún, harán llegar a la respectiva UGEL el correspondiente informe consolidado de gestión anual. 5.12. Los directores de los CEBA privados deberán presentar a la UGEL una fotocopia legalizada o autenticada de la Resolución de autorización y funcionamiento, de ampliación y de cambio de local, donde se indique la resolución emitida por la Dirección Regional de Educación Cajamarca. 5.13. Los Directores de las II.EE. públicas y de gestión privada tienen entre otras, las siguientes responsabilidades: - Presentar personalmente en forma obligatoria y bajo responsabilidad a la instancia correspondiente la documentación técnico-pedagógica y administrativa dentro de los plazos establecidos y de conformidad con lo normado en la presente Directiva. - Ratificar la matrícula en el mes de diciembre en forma automática, de los estudiantes promovidos. En caso de necesidad de recuperación, la ratificación de la misma se realizará previa verificación de los resultados de evaluación antes del inicio del año escolar. Este procedimiento se puede realizar sin presencia de los padres de familia o apoderado, bajo responsabilidad del director de la I.E. - Garantizar que la matrícula y ratificación no esté condicionado a pago alguno, incluidas las cuotas de APAFA. 5.14. Los directores de los CEBE y PRITE públicos y privados tienen, entre otras, las siguientes responsabilidades: - Precisar los niveles de responsabilidad y el plazo de entrega de la documentación de fin de año, que el profesor debe entregar a la dirección antes del acto de clausura, a fin de ser sistematizado y luego remitido a la UGEL de su jurisdicción. - Presentar personalmente en forma obligatoria y bajo responsabilidad, la documentación técnico-pedagógica y administrativa a la instancia correspondiente dentro de los plazos establecidos y de conformidad con lo normado en la presente Directiva. 5.15. Los Directores de las Oficinas Diocesanas de Educación Católica ODEC del ámbito de la Región Cajamarca presentarán a la UGEL respectiva el Informe de Gestión Anual con la información relevante acerca de los logros, dificultades, experiencias exitosas, y actividades desarrolladas en el 2013. 5.16. Los directores de las II.EE. que cuenten con aulas de innovación pedagógica (AIP), centros de innovación pedagógica o centros de recursos tecnológicos (CRT) (II.EE. beneficiadas con laptops XO Segunda Etapa) deberán presentar un informe detallando los siguientes rubros, de acuerdo con lo que corresponda: - Avance del cumplimiento del Plan Anual de Trabajo del DAIP (docente del aula de innovación pedagógica). - Relación de material educativo elaborado con TIC por docentes y estudiantes. 4

- Número de docentes capacitados en el uso de las TIC, así como también los docentes capacitados en el marco del Programa una Laptop por Niño y otras capacitaciones realizadas en el AIP. - Operatividad de los recursos y servicios tecnológicos: antenas V-SAT, servidores, computadoras, proyector multimedia, paneles solares, etc. - Base de datos del AIP, docente del aula de innovación pedagógica (DAIP) y del encargado del CRT (según formato 01: Base de datos del DAIP). - Número de laptops XO recibidos, operativos y deteriorados. Los directores de las II.EE. son los responsables de velar por la seguridad de los equipos y recursos tecnológicos que forman parte del inventario de la institución; por tal motivo deberán realizar todas las gestiones necesarias para garantizar el cuidado y custodia de los equipos del AIP como del CRT. Al término del año escolar 2013, las laptop XO deberán ser almacenadas en sus respectivas cajas, tal como fueron recibidas; previamente se asegurarán de extraer la batería del equipo a fin de evitar que este sufra daño alguno. 5.17. Los directores de las II.EE. de Educación Básica tienen la responsabilidad de emitir en forma virtual la información del resultado del ejercicio educativo 2013, de acuerdo con los formatos establecidos por la Oficina de Estadística del MED que a continuación se indica y que serán recabados del área de Estadística Educativa de la DRE Cajamarca: 1B Inicial Escolarizado, 2B Inicial No Escolarizado, 3B Primaria y Secundaria, 4B Básica Alternativa, 5B Superior Pedagógica, 6B Superior Tecnológica, 7B Formación Artística, 8B Básica de Educación Especial y 9B Técnico-Productiva 5.18. En lo concerniente a Tutoría, las UGEL informarán a la DRE Cajamarca, acerca de: - la organización y funcionamiento de los Comités de Tutoría y Convivencia Escolar Democrática. - el porcentaje de los comités de tutoría que hayan sido reconocidos resolutivamente. - la organización y funcionamiento de los municipios escolares en concordancia con la RVM N 0067-ED. - la organización y funcionamiento de las defensorías escolares del niño y del adolescente. - La celebración de la semana democrática. 5.19. Las II.EE. privadas para la entrega de la información de finalización del año escolar, en lo que corresponda, se sujetarán a lo establecido en la presente directiva. 5.20. Los directores de las II.EE. y directores de UGEL que no presenten oportunamente la documentación solicitada o contravengan lo dispuesto en la presente serán pasibles de sanción de acuerdo a la Ley N 29944. 5.21. Son responsables de la recepción y presentación de documentos de fin de año la instancia correspondiente de acuerdo con el cronograma establecido. Los docentes al director de la I.E. hasta un día antes de la clausura y el director de la I.E a la UGEL hasta el 10 de enero del 2014 y La UGEL presentará la documentación correspondiente a la DRE Cajamarca del 24 al 31 de enero de 2014. 5

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR E B R I 6.1.1. EDUCACIÓN INICIAL A. De la matricula La matrícula para los niños del Nivel Inicial en la zona rural y urbana se realizará antes de las evaluaciones y clausura de fin de año. Las directoras de las II.EE. presentarán las nóminas de matrículas del año 2014 antes de finalizar el presente año; por ningún motivo se dejará de presentar la documentación indicada, su incumplimiento dará lugar a una sanción. B. De la presentación de documentos Las directoras de las II.EE. de educación inicial y las coordinadoras de los Programas no Escolarizados PRONOEI y PIETBAF deberán presentar a la UGEL los siguientes documentos: - Actas consolidadas de evaluación de acuerdo con las especificaciones técnicas descritas en el SIAGIE del MED. - Cuadros estadísticos de logros de aprendizajes de los alumnos, en los que se indique el área, programa y nivel educativos. Los documentos deberán estar elaborados teniendo en cuenta el resultado de los procesos evaluativos y en estricta concordancia con el SIAGIE, a excepción del nivel de Educación Inicial por no existir evaluación. - Informe consolidado de logros con estadística básica, en concordancia con los documentos de evaluación, matrícula y asistencia de las niñas y niños registrados en el SIAGIE. - Informe de gestión anual, logros y dificultades con estadística de alumnos de acuerdo con el modelo publicado en el portal de la DRE Cajamarca indicado anteriormente. - Inventario de bienes patrimoniales y título de propiedad a la oficina de patrimonio de la UGEL y la DRE Cajamarca. - A la oficina de tesorería, el informe del movimiento económico de la APAFA con su respectivo libro de caja. - Las II.EE. que hayan participado en el PELA realizarán su informe de sus logros, a través de evidencias; así como también las II.EE. de la EBR de Educación Inicial. - Las docentes del nivel de Educación Inicial a cargo de aula presentarán informe sobre la implementación y ejecución de las Rutas de Aprendizaje con evidencias. - Los directores de las II.EE. que tienen carácter de PRIVADO, deberán presentar la R.D.R de autorización para brindar el servicio educativo en el nivel correspondiente. Así como, de la ampliación de la cuna jardín. 6

E B R P 6.1.2. EDUCACIÓN PRIMARIA A. De la evaluación de los aprendizajes De la Escala de Calificación. Esta es literal y descriptiva, de acuerdo con la siguiente tabla: - AD logro destacado - A logro previsto - B en proceso y - C en inicio B. De los resultados El calificativo anual del Área o Taller Curricular, considerando que la evaluación es un proceso, es el mismo que obtuvo el estudiante en el área o taller en el último trimestre. Todas las áreas Curriculares, incluidos los talleres que se crean como parte de las horas de libre disponibilidad, se evalúan y califican de la misma manera. C. De los requisitos de promoción, repetición y recuperación de la evaluación En cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 004/VMGP-2005, Normas de Evaluación del estudiante de la EBR, la promoción y repetición de los estudiantes de educación primaria se efectúa de la siguiente manera: Promoción al grado superior a. Los estudiantes del primer grado son promovidos al grado superior en forma automática. b. Serán promovidos los estudiantes que al término del año escolar obtengan A en todas las áreas curriculares y talleres. c. Asimismo, serán promovidos los estudiantes de 2 a 4 que obtengan A en las áreas de C y M, y B en las otras áreas o talleres. d. Finalmente, serán promovidos los estudiantes de 5 y 6 que obtengan A en las Áreas de C, M, PS, C y A, y B en las otras áreas o talleres. Repetición a. Repiten el grado automáticamente los estudiantes de 2 al 6 grado que al término del año escolar obtengan C en dos áreas: Matemática y Comunicación. b. Asimismo, repiten el grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación de Recuperación no alcanzaron los calificativos requeridos tal como se dispone en los incisos c y d del acápite anterior. Programa de recuperación a. Las direcciones de las II.EE. están facultadas para programar, organizar y ejecutar el Programa de Recuperación Pedagógica (PRP) en el período vacacional, de conformidad con el D.S. N 11-2012-ED b. La información a los padres de familia sobre el Programa de Recuperación debe hacerse de manera oportuna y detallada, a fin de 7

asegurar la asistencia y participación de los estudiantes que no han logrado los aprendizajes previstos durante el año escolar regular. c. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos no hubieran podido rendir la evaluación de recuperación en su I.E. de origen, la podrán rendir en otra I.E. siempre y cuando tengan obligatoriamente la autorización expedida por la Dirección de la I.E. de procedencia u origen. D. De la presentación de documentos Del Profesor de aula o área curricular al director de la I.E: - Registro de Evaluación y Asistencia. - Informe Técnico Pedagógico indicando logros, dificultades, alternativas de solución del año 2013 y sugerencias para el año 2014. Los docentes acompañados incorporarán al informe acciones desarrolladas en el marco del PELA. - Actas Consolidadas de Evaluación correctamente elaboradas, en original y por triplicado. - Informe sobre mis Progresos para su firma y posterior entrega a los estudiantes y/o padres de familia en el momento de la clausura. - Relación de estudiantes que pasan al período de recuperación. De los docentes que aplican el PRIE (Proyecto Red Integral de Escuelas al Director) - Informe pedagógico de la organización, funcionamiento y evaluación de la propuesta del PRIE indicando logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. - Experiencias significativas en Comunicación y Matemática. Del Director de la I.E. a la UGEL - Actas de Evaluación originales y por triplicado. - Informe de Gestión Anual 2013, indicando logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. Incluir al PELA, en el caso de que su I.E. haya llevado dicho programa. - Relación de estudiantes que pasan al período de recuperación. - Información Básica de la Institución Educativa a diciembre 2013. - Informe ejecutivo sobre la organización y funcionamiento del Proyecto Red Integral de Escuelas, indicando logros, dificultades y alternativas de solución. (I.E. donde se aplica el Proyecto). Adjuntar experiencias significativas de C y M. - Informe del cumplimiento del plan anual de supervisión y acompañamiento. - Base de datos del AIP (docente del aula de innovación pedagógica (DAIP) y del encargado del CRT). boletas de información y reporte de asistencia. - Informe del cumplimiento del Plan Anual de Trabajo del DAIP (docente del aula de innovación pedagógica). - Relación de material educativo elaborado con TIC por docentes y estudiantes. De la Especialista del Centro de Recursos a la UGEL 8

- Inventario de material educativo recibido y producido los años 2010, 2011, 2012 y 2013. - Informes de las líneas de trabajo del CRA y CREBE en forma independiente y documentada, considerando en cada línea de trabajo logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencia para el año 2014. - Proyectos de Investigación. - La Información del CRA y CREBE cómo se la transfiere al usuario. - Las Capacitaciones que realiza. - Orientaciones en el uso manejo y elaboración de materiales educativos distribuidos por el MINEDU, GORE, DRE, PELA, UGEL y otros que estén a disposición de las II.EE. - El CRA y el CREBE y su Proyección a la comunidad. - Presentación y sistematización de experiencias exitosas. - Ampliación de cobertura en los niveles de educación Inicial, Primaria y Secundaria. En los informes se considerarán, en cada Línea de Trabajo, logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el 2014. Los informes documentados del CREBE pueden ser presentados a la DRE o UGEL respectivamente, según el Art. 5.3 de la Resolución Directoral N 0650-2008-ED. De la UGEL a la DRE. - Informe consolidado de la Gestión Anual 2013 (ejecución de los planes de trabajo de la UGEL). - Informe consolidado de la organización y funcionamiento de las Redes Educativas. - Informe consolidado de la organización y funcionamiento del Proyecto Red Integral de Escuelas, indicando logros, dificultades y alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014 (II.EE. que aplican el Proyecto). - Informe del Record de asistencia y permanencia de los Acompañantes Pedagógicos a diciembre 2013. - Informe consolidado de la distribución de materiales educativos MED, Módulos educativos de la GRDS y material fungible del PELA. De coordinador de Red Educativa Institucional a la UGEL - Informe ejecutivo de la organización y funcionamiento de la Red Educativa Institucional, indicando logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. - Expediente para reconocimiento de su Red, en el caso de que no esté reconocida. De los Directores de las II.EE focalizadas del PELA a la UGEL/AGP - Informe consolidado de las acciones del acompañamiento pedagógico realizado en su I.E. indicando logros dificultades y sugerencias en las cuatro formas de intervención (visitas de aula, talleres, micro talleres y pasantías), además la entrega de materiales para el trabajo pedagógico (Material fungible y módulos en 9

comunicación y matemática). Indicar el desempeño alcanzado por los estudiantes de 2 grado en comprensión lectora y matemática. - Inventario de materiales recibidos por el PELA. - Informe de asistencia y permanencia de los acompañantes pedagógicos. De los Acompañantes Pedagógicos al director de la UGEL - Informe pedagógico de la organización, funcionamiento del Programa Estratégico Logros de Aprendizaje, de acuerdo a las finalidades trabajadas, considerando logros, dificultades y alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. Incluir información de los micro talleres realizados precisando el aspecto económico (Ver formato 03). Copia del informe se alcanzará al Director de la I.E. De los formadores locales PELA al director de UGEL - Informe ejecutivo y consolidado de la organización, funcionamiento y gestión del Programa Estratégico Logros de Aprendizaje de acuerdo a las finalidades trabajadas, considerando logros, dificultades y alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. Incluir el aspecto económico y monitoreo. (De acuerdo a formato). - Experiencias pedagógicas exitosas en Comunicación, Matemática y trabajo con padres de familia. De la UGEL a la DRE. - Informe ejecutivo y consolidado de la organización, funcionamiento y gestión del Programa Estratégico Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo de la EBR, de acuerdo a las finalidades trabajadas, considerando logros, dificultades y alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. Incluir el aspecto económico y monitoreo. - Experiencias pedagógicas exitosas en Comunicación, Matemática y trabajo con padres de Familia. De los formadores regionales PELA al Coordinador Regional. - Informe ejecutivo y consolidado de la organización, funcionamiento y gestión del Programa Estratégico Logros de Aprendizaje de acuerdo a las finalidades trabajadas, considerando logros, dificultades y alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. Incluir el aspecto económico y monitoreo. (De acuerdo a formato). - Experiencias pedagógicas exitosas en Comunicación, Matemática y trabajo con padres de familia. Del coordinador regional PELA al Director de DGP de la DRE. - Informe ejecutivo sobre la organización, funcionamiento y gestión del Programa Estratégico Logros de Aprendizaje 2013, de acuerdo a las finalidades trabajadas, considerando logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014, incluir el desarrollo de talleres a nivel regional y acciones de acompañamiento y monitoreo. - Experiencias pedagógicas exitosas en Comunicación, Matemática y trabajo con padres de familia del ETL y acompañantes pedagógicos. 10

E B R S 6.1.3. EDUCACIÓN SECUNDARIA A. De la gestión institucional y pedagógica Los directores de las II.EE. públicas y privadas de Educación Secundaria tienen las siguientes responsabilidades: a. Precisar los niveles de responsabilidad y el plazo de entrega de la documentación de fin de año que el profesor debe entregar a la Dirección antes del acto de clausura, a fin de ser sistematizado y luego remitido a la UGEL de su jurisdicción. (Ver propuesta de informe de docente de área a director). b. Presentar la documentación de fin de año al Órgano Intermedio correspondiente, bajo responsabilidad, en el plazo de diez (10) días hábiles, posteriores a la clausura del año escolar 2013. Según el siguiente detalle: - Tres (03) ejemplares de Actas Consolidadas de Evaluación Final generadas por el SIAGIE, las mismas que serán presentadas, a cada UGEL, previa visación del especialista del nivel. - Informe de Gestión Anual del Año Escolar 2013, que comprende aspectos sustantivos de carácter pedagógico, institucional y administrativo, según detalle en el Art. 139 del D.S. Nº 011-2012-ED. - Cuadro de Resultados de Evaluación de Aprendizajes de Matemática y Comunicación. - Cuadro E stadístico del Promedio de Eficiencia Educativa por áreas y grados. - Información Básica al término del año escolar. - Informe sobre las acciones y funcionamiento de los Comités de Tutoría y Convivencia y Disciplina Escolar Democrática y las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente (DESNA). - Entregar el Acta de los diez primeros puestos a la UGEL. - Calendarización del año escolar 2014. c. Entregar en el acto de clausura y bajo responsabilidad la documentación personal de los estudiantes que culminan sus estudios del nivel, de conformidad con la normatividad vigente; asimismo, a los estudiantes que ocupen los cinco primeros lugares de rendimiento académico se les entregará el Acta de los cinco primeros puestos y la constancia respectiva. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL NIVEL 7.1. Las II.EE. que desarrollan la variante técnica y que hasta la fecha no obtuvieron la autorización para diplomar, otorgarán, a los estudiantes que culminaron su Educación Secundaria en forma satisfactoria las Certificación y Diploma con mención en la Especialidad Ocupacional, de acuerdo con los módulos específicos aprobados en el II Ciclo de Educación Secundaria, indicando el nivel de 11

E B E competencia logrado. 6.2. EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL A. De la Matrícula Los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad severa y multidiscapacidad son ubicados en los Centros de Educación Básica Especial, de acuerdo a sus respectivas edades normativas y a la evaluación psicopedagógica que orientará las decisiones para la respuesta educativa más pertinente, la cual será periódicamente revisada. La matrícula en el Programa de Intervención Temprana se realiza en cualquier época del año. B. De la evaluación de los estudiantes con discapacidad severa y con multidiscapacidad a. La evaluación de los estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad será de acuerdo al logros de: habilidades funcionales para su autonomía (desplazamiento, comunicación) en el contexto de la vida diaria. hábitos relacionados con la alimentación, higiene, vestido, control de esfínteres. habilidades ocupacionales para la vida. b. La evaluación con fines de promoción se hará de acuerdo con las adaptaciones curriculares individuales, considerando los indicadores de logros previstos para capacidad adaptada. c. El egreso de los estudiantes de los CEBE se produce por: alcanzar los niveles de desarrollo que les permitan acceder a una educación inclusiva o a otros entornos de tipo laboral. tener 20 años de edad cronológica o 10 años de permanencia en la institución educativa. C. De la Certificación Los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad severa y multidiscapacidad, al finalizar su escolaridad en la institución de Educación Básica Especial, recibirán un certificado estableciendo los logros educativos alcanzados para su integración familiar y social. Esta certificación se complementa con el informe psicopedagógico que registra las capacidades, conocimientos y actitudes adquiridos en forma articulada y que precisa las acciones de asesoramiento y las recomendaciones pertinentes. D. De la presentación de documentos Del profesor de aula o área curricular al Director del CEBE y PRITE Registro de Evaluación y Asistencia. Informe Técnico Pedagógico indicando logros, dificultades, alternativas de solución año 2013 y sugerencias para el año 2014. Actas Consolidadas de Evaluación correctamente elaboradas, en originales y por triplicado. Informe sobre mis Progresos para su firma y posterior entrega a los estudiantes y/o Padres de Familia en el momento de la clausura. Del profesional no docente al coordinador del SAANNE Informe final de labor realizada con alumnos, profesores y padres de familia: logros, dificultades y sugerencias. Relación de alumnos evaluados y tratamiento respectivo. Del coordinador del SAANEE al Director del CEBE 12

Informe final de las acciones de apoyo realizadas en las II.EE. inclusivas y en los CEBE. Informe del cumplimiento de su Plan de Trabajo, considerando, logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el 2014. Registro de las II.EE. inclusivas. Relación de los estudiantes con discapacidad atendidos en su jurisdicción. Del director del CEBE y PRITE a la UGEL Informe de Gestión Anual 2013, indicando logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el año 2014. Resultados de las acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento, realizado a sus docentes en el presente año. Actas de evaluación original y por triplicado. Relación de alumnos incluidos, a la fecha, en los niveles de Inicial, Primaria, Secundaria, EBA y Educación Técnico-Productiva, consignando nombres y apellidos completos, edad, grado, sección, tipo de necesidad educativa especial y denominación de la Institución Educativa. Relación de alumnos con necesidades educativas especiales que deben integrarse el próximo año a la Educación Básica Regular. Situación final de los alumnos incluidos en Inicial, Primaria, Secundaria, ETP y EBA. Información Básica 2013. La directora del CREBE de Cajamarca presentará a la DRE Cajamarca el Informe del cumplimiento de su Plan de Trabajo, considerando, logros, dificultades, alternativas de solución 2013 y sugerencias para el 2014; así mismo: - Inventario de bienes patrimoniales y título de propiedad a la oficina de patrimonio. - A la oficina de tesorería, el informe del movimiento económico de la APAFA y Recursos Directamente Recaudados con su respectivo libro de caja. De la UGEL a la DRE. Informe consolidado de la Gestión Anual de los CEBE y PRITE. Informe consolidado de las acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento reportados por los directores de CEBE y PRITE. Relación de alumnos incluidos, a la fecha, en los niveles de Inicial, Primaria, Secundaria, EBA y Educación Técnico-Productiva, consignando nombres y apellidos completos, edad, grado, sección, tipo de necesidad educativa especial y denominación de la Institución Educativa. Actas de evaluación. E. De las fechas de recepción y presentación de los documentos de fin de año El responsable de la recepción de la documentación de fin de año en los CEBE y PRITE es el director, de acuerdo con el cronograma establecido. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE LA MODALIDAD 7.1. El Director de la DRE, los directores de UGEL y de los CEBE y PRITE son responsables de asegurar el estricto cumplimiento de la presente directiva. 7.2. Las Unidades de Gestión Educativa Local, así como los Directores de los CEBE y PRITE, en el marco de la descentralización, podrán emitir normas específicas para la finalización del año escolar sobre la base de la presente Directiva. 7.3. Lo no contemplado en la presente Directiva será resuelto por la Dirección Regional de Educación y la Unidad de Gestión Educativa Local, según corresponda. 13

E B A 7.4. Se deja sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por la presente Directiva. 6.3. EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA A. De los profesores a la dirección del CEBA - Informe de Gestión Pedagógica al término del año académico 2013. - Actas de evaluación final en formatos oficiales actualmente disponibles en la pág. Web del MED; Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado, de acuerdo con el nivel de logro de aprendizaje que se expresa en los estudiantes, puntualizando en el ciclo avanzado que es de acuerdo con la escala literal con la respectiva equivalencia en la escala numérica, debidamente llenados y firmados. - Informe de los tutores locales sobre el rendimiento académico de los estudiantes, logros, dificultades, avances y sugerencias. - Informe estadístico referente a la situación de los estudiantes. - Informe de los tutores locales de capacitación a distancia. B. De los directores a la UGEL - Actas de evaluación según el SIAGIE por triplicado, por ciclo y por grado. (Centro Referencial y periféricos). - Informe de gestión anual (contiene la evaluación del Plan Anual de Trabajo y la aplicación del Reglamento Interno). - Informe de las acciones de monitoreo y acompañamiento realizadas en los tres ciclos y periférico. - Informe estadístico consolidado de estudiantes. - Informe de la organización y aplicación del Plan Lector. - Funcionamiento de centros periféricos. - Metas de atención 2013 por ciclo y grado (Centro Referencial y periféricos). - Informe de la Escuela de Padres. - Las UGEL remitirán una copia de las actas a la DRE en el tiempo previsto. C. De las fechas de recepción y presentación de los documentos de fin de año - El responsable de la recepción de la documentación de fin de año en la II.EE. es el director de acuerdo con el cronograma establecido. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE LA MODALIDAD 7.1 Los Directores de las UGEL y de los CEBA dispondrán lo conveniente a fin de garantizar el cumplimiento de la presente Directiva. 7.2 La Dirección Regional de Educación de Cajamarca, a través de la Dirección de Gestión Pedagógica, Gestión Institucional y Gestión Administrativa, absolverán los aspectos no previstos o considerados en la presente Directiva. 7.3 Las UGEL complementarán mediante norma específica las orientaciones y plazos específicos para la recepción de la documentación de fin de año. 14

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES 7.1. En las UGELES donde se haya implementado los Promotores Educativos, presentarán un informe documentados del accionar del mismo a la DRE Cajamarca. 7.2. Distritales El director de la DRE y los directores de UGEL y de II.EE. son responsables de asegurar el estricto cumplimiento de la presente directiva. 7.3. Las Unidades de Gestión Educativa Local, así como los directores de las II.EE., en el marco de la descentralización, podrán emitir normas específicas para la finalización del año escolar, sobre la base de la presente Directiva. 7.4. Lo no contemplado en la presente Directiva será resuelto por la Dirección Regional de Educación Cajamarca (DGP) o UGEL (AGP), según corresponda. 7.5. Se dejan sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por esta Directiva. 7.6. Las II.EE. privadas deben adjuntar la respectiva R.D.R. de autorización para brindar el servicio del Nivel y/o la R.D.R. de ampliación; así como la R.D.R. de designación del Director de la Institución Educativa, quien firma los documentos administrativos y la de aprobación de metas. 7.7. Los Directores de las II.EE. que tienen carácter de PRIVADO, deberán presentar la R.D.R de autorización para brindar el servicio educativo en el nivel correspondiente. Así como la de designación del director. 7.8. Los aspectos no contemplados en la presente Directiva serán resueltos por las UGEL y la Dirección Regional de Educación, según corresponda. Cajamarca, noviembre 2013 FJSU/D.DRE. VCF/D.DGP. EQ/EE. ORIGINAL FIRMADO Lic. FÉLIX JOSÉ SILVA URBANO Director Regional de Educación CAJAMARCA C. Archivo. 15