Gerencia de asesoría y servicios de crédito

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Recuerde que para utilizar Fondo en Línea es necesario habilitar los puertos 8081 y 8082.

Transcripción:

Gerencia de asesoría y servicios de crédito Identificación de cambios Fecha Descripción de la modificación Diciembre de 2007 Revisión general y cambio de formato 17 de Julio de 2008 Revisión general y actualización Agentes Inmobiliarios. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 1 de 10

Objetivo General Al finalizar el curso el participante identificará los lineamientos establecidos en materia de créditos de vivienda y con ello asesorar a los derechohabientes de la mejor opción para adquirir su vivienda. Una vez que la inscripción de la Solicitud de Crédito es exitosa, el siguiente paso consiste en la Dictaminación Jurídica que hace el notario en el Sistema de Titulación e Inscripción (STI), así como la escrituración y confirmación de la misma. El notario además de ser responsable de los procesos de titulación e inscripción, también tiene la obligación de asesorar y aclarar todas las dudas de los derechohabientes. Una vez realizado el dictamen notarial el personal del Infonavit podrá generar la orden del pago del crédito. Es importante que como Asesor de Crédito Certificado conozca el proceso para resolver cualquier duda que le surgiera al Trabajador para guiarlo en su trámite. Antes de iniciar este trámite es necesario que el Trabajador cuente con la Carta de Autorización de Crédito y los documentos de la vivienda que requiere el notario. Recuerda que en el caso de adquisición de una vivienda de oferta registrada, el oferente es quien deberá entregar todos los documentos requeridos por el notario, y que cuando se trate de la adquisición de una vivienda de mercado abierto individual, el derechohabiente deberá hacerle llegar al notario los documentos que éste le solicite, en este caso recomienda al derechohabiente que esté localizable, al igual que el vendedor de la vivienda. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 2 de 10

Una vez que el notario cuenta con todos los documentos necesarios, realizará la dictaminación jurídica del crédito, que consiste en los siguientes pasos: 1) Asesorar al Derechohabiente sobre los trámites a realizar. 2) Verificar en el STI la asignación de la notaría. 3) Recibir los documentos y entregar al Trabajador la carta Respuesta del Notario. 4) Informar al Derechohabiente o a su representante, los resultados de la dictaminación y capturar el monto a pagar por los conceptos de impuestos y derechos. 5) Emitir la Carta de Instrucción Notarial. 6) Imprimir y entregar el Aviso para la Retención de Descuentos. 7) Programar la fecha de la firma de escrituración. 8) Estar presente en la fecha de la firma de escrituración y asegurarse que todos los datos estén correctamente asentados en la escritura. 9) Entregar al Derechohabiente una copia simple de las escrituras 10) Inscribir la escritura en el Registro Público de la Propiedad (RPP). 11) Entrega escrituras al ANEC (Archivo Nacional de Expedientes de Crédito). Asesoría del notario al Trabajador sobre los trámites a realizar El notario debe informar al Derechohabiente o al oferente (según sea el caso) los documentos que debe entregar. En el caso de que el Derechohabiente requiera tramitar algunos documentos, el notario le indicará el lugar en donde los podrá tramitar y el tiempo estimado en que le serán entregados. Si el Derechohabiente lo prefiere, el notario podrá realizar estos trámites indicando al Trabajador el costo y tiempo para su entrega, así como el costo por gestoría de los trámites que realice, debiendo ser ésta una decisión exclusiva del Derechohabiente. Cuando el Derechohabiente contrate los servicios de gestoría con el notario, este último debe entregar al Derechohabiente el recibo de honorarios correspondiente. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 3 de 10

El costo por la obtención y gestión del Certificado de Libertad de Gravamen actualmente es de $350.00 más IVA a nivel nacional según Acuerdo de la Comisión Especial de Revisión del Procedimiento, suscrito con la Asociación Nacional de Notariado el 24 de febrero de 2004 y deberá ser pagado por el Derechohabiente. Verificación de asignación El notario ingresa al sistema y verifica que el Número de Seguridad Social del Trabajador le haya sido asignado; de ser correcto recibe los documentos del Trabajador y de la vivienda y emite la "Carta de Respuesta del Notario" misma que le entregará al Derechohabiente. En esta carta se indica: La fecha de recepción de los documentos. La fecha en la que el notario informará del resultado de la revisión de los documentos presentados. La fecha límite para la firma o formalización del crédito, siempre que el trámite proceda. El notario no podrá continuar con el trámite cuando, al ingresar al sistema para consultar la información del Derechohabiente se presente el siguiente mensaje: "El Número de Seguridad Social XXXXXXXXXXX del Derechohabiente no está asignado a usted, el Derechohabiente deberá verificar en la documentación expedida por el Infonavit el notario designado a él. En este caso deberás indicarle al derechohabiente, con qué notario debe presentarse, con el de fin de evitar pérdida de tiempo. En el caso de que la Carta de Autorización de Crédito contenga el nombre del notario que está realizando la verificación y aún así se presente este mensaje, el notario deberá repórtalo a Casia al teléfono: 01800-910-0911 ó 01800-503-3239. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 4 de 10

Causas de suspensión del trámite de crédito ante notario El notario podrá suspender la Solicitud de Inscripción de Crédito, cuando el sistema STI, le presente alguno de los siguientes mensajes: "El Derechohabiente no cuenta con la última aportación registrada" En caso de que el Trabajador desee aclarar sus aportaciones debe acudir cuanto antes a la Delegación Regional o CESI más cercano o comunicarse a Infonatel a los siguientes teléfonos: 9171-5050 en la Ciudad de México ó 01800-008-3900 en el interior de la Repúlbica Indique al Derechohabiente que esta aclaración la deberá realizar antes de la fecha de vencimiento de recursos indicada en la Carta de Autorización de Crédito. "El Derechohabiente ha cambiado de patrón y percibe un salario menor" Si el Derechohabiente desea iniciar un nuevo trámite de Solicitud de Inscripción de Crédito, deberán realizar una precalificación para determinar la puntuación que alcanza el Trabajador y en el caso de tener los puntos suficientes, deberá inscribir una nueva Solicitud de Crédito en las oficinas que les corresponda. "Ha vencido la fecha limite para el ejercicio del crédito" Si tu Derechohabiente desea iniciar un nuevo trámite de Solicitud de Inscripción de Crédito, deberán realizar una precalificación para determinar la puntuación que alcanza el Trabajador y en el caso de tener los puntos suficientes, deberá inscribir una nueva Solicitud de Crédito en las oficinas que les corresponda. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 5 de 10

"No ha efectuado el depósito de la cantidad registrada como ahorro voluntario" Explica al Derechohabiente que para continuar con el trámite de escrituración, es obligatorio que realice el depósito exacto de la cantidad de ahorro voluntario que registró en el trámite de inscripción, así mismo debe recordarle que es necesario hacerlo por lo menos cinco días antes de la fecha de vencimiento de recursos. Mensajes de validación de las CLABE s bancarias estandarizadas Cuando el notario ingresa el Número de Seguridad Social del Derechohabiente para iniciar la escrituración, el Sistema de Titulación e Inscripción (STI) puede presentar el resultado de la validación de las CLABE s (Clave Bancaria Estandarizada) que se capturaron en la inscripción. En el caso de que la cuenta esté validada y aprobada el sistema no presenta mensaje. En el caso de que la cuenta no esté aprobada, el sistema presenta alguno de los siguientes mensajes, de los cuales se explica la recomendación para la posible solución. "Tiene una (s) cuenta (s) de vendedor en proceso de validación". Explica al Derechohabiente que para continuar con el trámite de escrituración, es necesario que la cuenta esté validada y que el proceso de validación es de cinco días, por lo que deberá acudir con el notario una vez transcurrido este tiempo. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 6 de 10

"La cuenta del vendedor y/o Agente Inmobiliario en su caso es incorrecta" / "Tiene cuentas inválidas". Si la Solicitud de Inscripción de Crédito es de oferta registrada, deberá acudir con el área encargada de administrar el Sistema de Registro de Oferta e informarles que la CLABE es incorrecta, solicitando su corrección indicándoles que debe estar corregida antes de la fecha de vencimiento de recursos. Si la Solicitud de Inscripción de Crédito es de mercado abierto individual, para realizar la corrección de la CLABE de transferencia bancaria del vendedor, el Derechohabiente debe presentar el formato de consentimiento de abono en cuenta debidamente elaborado y copia del estado de cuenta bancario que indique claramente el nombre del beneficiario de pago y la CLABE. Recuerde siempre verificar que el nombre del titular del estado de cuenta que presente el Derechohabiente debe ser el mismo que se anotó en la Solicitud de Inscripción de Crédito, en la sección datos para abono en cuenta de crédito Procedencia de escrituración Una vez que el notario revisa la documentación, emite una respuesta, si la respuesta es que no procede la autorización de crédito, es responsabilidad del notario explicar al Trabajador los motivos. Si la escrituración procede el notario deberá informarles: La cantidad a pagar por la operación de compra-venta. La cantidad a pagar por impuestos y derechos. El notario solicita al vendedor en su caso, los montos que corresponden a cada beneficiario de pago (vendedor y Agente Inmobiliario) para identificarlos en la carta de instrucción notarial. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 7 de 10

El notario deberá emitir y entregar al Derechohabiente o su representante los siguientes documentos: La Carta de Instrucción Notarial: Es necesario que el Derechohabiente sepa que el contenido de la carta cambia de acuerdo con el producto y destino del crédito y que ésta información deberá estar claramente expresada en este documento. Aviso para Retención de Descuentos: En este documento se deberá revisar que los datos coincidan con los del Derechohabiente, como este documento en esta etapa del proceso estará disponible en el Sitio de Internet, el asesor o el Derechohabiente podrán imprimirlo con el fin de validar los datos con anticipación. Cuando el Derechohabiente ya cuente con el Aviso de Retención de Descuentos y los datos son correctos, el Derechohabiente deberá entregarlo a su patrón para ser sellado y firmado y entregarlo al notario a más tardar el día de la firma de la escritura. Es importante que sepa que el Aviso de Retención de Descuentos no se genera en el caso de tramitar créditos en Cofinanciamiento o con Apoyo Infonavit. Firma y entrega de la escritura En esta parte del proceso el notario debe: Solicitar la fecha probable de firma al Infonavit e informarla al Derechohabiente o a su representante. Confirmar a las partes involucradas; el lugar, la fecha y la hora de la firma, con por lo menos tres días hábiles de anticipación a la fecha de la firma de la escritura. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 8 de 10

La firma podrá realizarse en la oficina del Infonavit o en algún local apto para este evento. Las personas que deben acudir a la firma son: El notario El vendedor El Derechohabiente El representante legal del Infonavit Antes de firmar la escritura cada uno de los participantes debe revisar lo siguiente en la Carta de Instrucción Notarial y en las escrituras: El Derechohabiente: Que su nombre y el de su cónyuge (en su caso) sean los mismos que están registrados en la escritura. Que el domicilio de la vivienda a adquirir sea exacto, validando el nombre y número de la calle, la colonia o fraccionamiento y el código postal. Que las condiciones de crédito sean las aceptadas en la Solicitud de Inscripción de Crédito. Monto del crédito. Aplicación del Saldo de Subcuenta de Vivienda. Monto del ahorro voluntario (en su caso). Diferencias a pagar al vendedor. Tasa de interés del crédito. Monto de descuento mensual. El vendedor y el Agente Inmobiliario en su caso debe(n) verificar lo siguiente: La cantidad a depositar por el Infonavit. El número de cuenta o CLABE. El monto que corresponde a cada uno de los beneficiarios de pago, en monto que recibirá el segundo beneficiario o Agente Inmobiliario que se deriva de la prestación de sus servicios al vendedor. El representante legal del Infonavit debe verificar lo siguiente: Que la Carta de Instrucción Notarial y la escritura correspondan al producto y destino del crédito. Que el contrato tipo sea el correcto. Que las condiciones de crédito establecidas en la Carta de Instrucción Notarial y en la escritura sean iguales y correctas. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 9 de 10

El notario debe realizar lo siguiente: Si el Trabajador no ha entregado el Aviso de Retención para Descuentos deberá suspender la escrituración. Solicitar la identificación a las partes que intervienen en la operación y recabar las firmas de cada una de ellas en la escritura pública. Sugerir al Derechohabiente que cuidadosamente revise que todos los datos de la escritura sean correctos. Indicar al Derechohabiente la fecha probable de la entrega de su escritura, la cual ya estará inscrita en el Registro Público de la Propiedad. Entregar una copia simple de la escritura al Acreditado. Si por algún motivo no se llevó a cabo la firma de la escritura, y este motivo tiene solución, el notario deberá programar una nueva fecha, siempre y cuando se encuentre dentro del plazo de asignación de recursos. Pago del crédito Posterior a la firma de la escritura se realiza la autorización de instrucción de pago, una vez que el representante legal del Infonavit haya firmado la escritura, el personal de Infonavit deberá capturar la autorización de instrucción de pago en el STI. Con esta acción el sistema permitirá al notario la captura de los datos de la escritura pública y como resultado se generará el pago para que el notario pueda continuar con el proceso de titulación. Entrega de escrituras originales al Trabajador Una vez que la Escritura Pública se encuentre inscrita en el Registro Público de la Propiedad el Notario Público deberá entregarla al Trabajador sin costo adicional. El Trabajador deberá revisar que la escritura contenga sellos del registro así como hologramas. Una vez que el Trabajador obtiene su escritura original, se ha concluido con el proceso. INFONAVIT SGC/GCC/GASC/M/TPI/11-08--08 página 10 de 10