Condiciones del Servicio Conectividad Local Subgerencia de Empresas y Gobierno Empresa de Telecomunicaciones de Pereira S.A N : SNE 002-2015 Fecha publicación: (esta fecha que pone jurídica) ELABORADO POR CARGO FECHA Lina Maria Zapata C Coordinadora de Mercadeo 21-09-2015 James Cifuentes Maldonado Secretario General 21-09-2015 REVISADO POR CARGO FIRMA FECHA Monica Sierra D Subgerente de Negocios Empresariales 25-09-2015 1. SERVICIO CONECTIVIDAD ETP. Es un servicio que brinda a los clientes empresariales una solución que permite establecer conexiones entre redes LAN, permitiendo proveer servicios dedicados de telecomunicaciones con calidad y confiabilidad, a velocidades que escalan desde los 64 Kbps, formando una Red Privada Virtual, mejorando la comunicación al interior de las empresas, a nivel local, donde exista cobertura, permitiendo realizar transmisión y comunicaciones integradas de voz, datos y vídeo, entre otras. 2. OFERTA DE PLANES DE SERVICIO DE ACCESO A CONECTIVIDAD. MEDIO VELOCIDAD UNIDAD XDSL 64 Kbps XDSL 128 Kbps XDSL 256 Kbps XDSL 512 Kbps XDSL 1 Mbps XDSL 2 Mbps
FIBRA OPTICA METRO 512 Kbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 1 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 2 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 3 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 4 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 5 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/ GPON 6 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 7 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 8 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 9 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 10 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 11 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 12 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 13 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 14 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 15 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 16 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/ GPON 17 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 18 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 19 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 20 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 22 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 24 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO / GPON 25 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 26 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 28 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/ GPON 30 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 32 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 34 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/ GPON 35 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 36 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 38 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 40 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 42 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 44 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/ GPON 45 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 46 Mbps
FIBRA ÓPTICA METRO 48 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 50 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 60 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 70 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 80 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 90 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO 96 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 100 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 110 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 120 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 130 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 140 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/GPON 150 Mbps FIBRA ÓPTICA METRO/ GPON 200 Mbps Nota: Los anteriores son planes con acceso en cobre (xdsl), y red de Fibra Óptica en las áreas de cobertura con infraestructura propia de UNE - ETP. El servicio en Fibra Óptica incluye máximo 1.000 metros de Fibra Óptica. Si es superior a 1.000 metros se debe trabajar a través de Modelo Financiero con el Ingeniero de Soluciones. 3. Soporte Técnico: Se presta el servicio en el sitio que disponga el cliente siempre y cuando se halle ubicado en el área de cobertura y presencia de UNE -ETP. El cobro depende de la factibilidad. 4. Servicios en Demostración Y Temporales. 4.1. Servicios En Demostración: Para los servicios en demostración, se debe tener la autorización de la Subgerencia de Negocios Empresas y Gobierno. No se autoriza el servicio en demostración si esto implica la construcción de tramos de acceso en Fibra Óptica o equipos adicionales diferentes al CPE. 4.2. Servicios Temporales: Para servicios temporales se debe cobrar el cargo de instalación completo y la mensualidad prorrateada por los días de servicio. 4.3. Incrementos Temporales de Ancho de Banda: Los incrementos temporales de ancho de banda por días, están sujetos a factibilidad y podrían aplicarse, siempre y cuando sea con infraestructura propia y no se requiera realizar cambio de medio o de equipos. El periodo de aumento es de mínimo de un (1) día y máximo de treinta (30) días. No puede realizarse más de una ampliación por mes. 5. Servicios Ocasionales.
5.1. Traslados RUBRO Traslado de acceso en Cobre Traslado de acceso en Fibra Óptica Traslado de acceso en GPON Para solicitar un cambio de tipo de acceso de fibra óptica a cobre, el cliente debe haber cumplido con la permanencia mínima que se haya negociado. Para solicitar un cambio a un ancho de banda menor, el cliente debe haber cumplido con la permanencia mínima que se haya negociado. Si se renueva el contrato por 12 meses o más se otorga un 100% de descuento en el valor del traslado. 6. CONDICIONES PARA EL SERVICIO DE CONECTIVIDAD. Servicio sujeto a viabilidad técnica y cobertura. El servicio de conectividad no podrá empaquetarse con otros productos del portafolio. El precio aplica para servicios IP. El transporte del servicio es sobre la red MPLS. Los precios incluyen equipo de acceso en calidad de comodato. Los metros adicionales para los accesos en fibra deberán ser asumidos por el cliente y su valor dependerá del resultado de la factibilidad. Los precios no incluyen equipos adicionales para la red interna del cliente. Los precios no incluyen costos de obra civil. Los precios no incluyen construcción de canalizaciones, ductos y postes. De acuerdo con las condiciones de la negociación con los clientes, podrán presentarse precios diferentes a las aquí indicadas. Para solicitar un cambio de tipo de acceso (Fibra óptica a XDSL/ HFC) el cliente debe haber permanecido con el servicio por lo menos un (1) año. En caso tal que se realice este cambio, se cobraran los derechos de conexión proporcional a los meses que le falten por cumplir la permanencia mínima. 7. SOLUCIONES A LA MEDIDA. Para la configuración de precios de soluciones a la medida para clientes de la Subgerencia de Negocios Empresas y Gobierno, se podrán otorgar descuentos comerciales diferentes a los establecidos en el presente documento para las diferentes modalidades del servicio, siempre que haya sido evaluada con un modelo financiero. 8. EQUIPOS.
Los equipos terminales necesarios para el funcionamiento del servicio serán entregados al momento de la instalación del servicio a título de comodato. En caso de daño total, hurto o pérdida de los equipos terminales entregados al cliente para la prestación del servicio, se podrán generar cobros que equivalen al costo del equipo menos la depreciación, de acuerdo con el tiempo de servicio del mismo. 9. PERMANENCIA MINIMA No habrá lugar al pago de Derecho de Conexión, cuando se firme con permanencia mínima de doce (12) meses. En caso de retiro anticipado, el cliente deberá pagar a título de indemnización el valor del Derecho de Conexión, proporcional a los meses que le falten por cumplir la permanencia mínima. En caso de contrato abierto, el cliente debe pagar el valor definido por Derecho de Conexión y en caso de retiro no habrá lugar a cobro de compensación. 10. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Para la suspensión del servicio y su respectiva reconexión, ya sea por mora o por mutuo acuerdo aplican las políticas vigentes dispuestas por la empresa. Las solicitudes de suspensión por mutuo acuerdo se podrán realizar por un plazo máximo de dos (2) meses continuos o discontinuos, por cada año de servicio. 11. FINANCIACION DE SERVICIOS. Los servicios se financiaran en los montos, plazos y tasas de financiación definidas en las disposiciones internas vigentes. 12. VIGENCIA. Las presentes condiciones aplican a partir de la fecha de su divulgación y reemplaza lo estipulado en la Directiva 016-2013. Historial de Versiones Versión Fecha de Cambio Descripción Aprobada por V1 21 09-2015 Creación del documento Lina Zapata Cardona