Agosto de 2016 ENTIDADES TÉCNICAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - ETFA Sección de Autorización y Seguimiento a Terceros División de Fiscalización
Contenido Definiciones Generalidades Líneas de acción de las ETFA Ámbitos de aplicación Subcontratación de actividades Programa de seguimiento y control Modelo de operación Sistema actual y visión a futuro Autorizaciones ETFA Incompatibilidades e inhabilidades
Definiciones Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA): Persona jurídica autorizada para realizar actividades de fiscalización ambiental, según el alcance de la autorización que le ha otorgado la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en el reglamento ETFA (D.S. 38/2013 MMA). Actividades de Fiscalización Ambiental: Medición,análisis y muestreo; Inspección (en terreno); Verificación (Examen de información); Inspector Ambiental (IA): Persona natural autorizada por la Superintendencia para realizar actividades de fiscalización ambiental, según el alcance de la autorización que le ha otorgado la Superintendencia de acuerdo a las normas del reglamento ETFA, y a las instrucciones de carácter general y obligatorio que dicte al efecto. Autorización: Permiso otorgado por medio de una resolución fundada del Superintendente, para realizar actividades de Fiscalización Ambiental, dentro de los alcances que se indiquen, en todo el territorio nacional. Alcances de la autorización: Áreas técnicas para las cuales se concede la autorización.
Generalidades Ley Orgánica de SMA (Art.2): La SMA tendrá por objeto ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de: Resoluciones de Calificación Ambiental, Medidas de los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, Contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, Planes de Manejo, cuando corresponda, y Otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley.
Generalidades Fiscalización directa de la SMA Superintendencia del Medio Ambiente Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA) Organismos Sectoriales (OS)
Generalidades LOSMA Artículo 3 letra c) Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental ETFA Muestreo Medición Análisis Inspección Verificación D.S.38/2013 MMA Reglamento ETFA
Líneas de acción de las ETFA Deberán ejecutar todas las actividades de muestreo, medición y análisis para las que exista autorización, que reporten los titulares de proyectos a la SMA (D.S.38/2013 MMA; Res. N 1.194/2015 SMA). ETFA Podrán ser contratadas por la SMA para ejecutar actividades de fiscalización ambiental: Medición Análisis Muestreo Inspección Verificación
ETFA: Ámbitos de aplicación Resoluciones de Calificación Ambiental Normas de Emisión y de Calidad Planes de Prevención y de Descontamina ción Programas de Cumplimiento Medidas Provisionales Medidas Urgentes y Transitorias Otros Actividades de Fiscalización Ambiental ordenadas y contratadas por la SMA Directrices Técnicas obligatorias de la SMA Otros instrumentos de carácter ambiental de competencia de la SMA Artículo 21 Reglamento ETFA (D.S. 38/2013 MMA)
Subcontratación de actividades por parte de la ETFA (Resolución N 1.194/2015 SMA) ETFA podrá subcontratar servicios a otra ETFA autorizada en el mismo alcance, o en alcances no autorizados. En el caso de subcontratación en alcances autorizados, debe estar debidamente justificado y no deberá ser superior a 6 meses. En todos los casos, el titular deberá manifestar expresamente su acuerdo por escrito.
Programa de Seguimiento y Control de ETFA PSC Objetivo Asegurar la confiabilidad técnica de los resultados emitidos por la ETFA. Realizar seguimiento del comportamiento en el tiempo de las ETFA, para detectar incumplimientos de obligaciones administrativas y técnicas: medidas como suspensión autorización, revocación, entre otros.
Programa de Seguimiento y Control de ETFA (PSC) ENSAYOS DE APTITUD PSC
Ensayos de Aptitud Prueba técnica orientada a evaluar el desempeño de las ETFA autorizadas En agua: Al, As, Cd, Cr, Cu, Fe, Ni, Pb, Se, Zn, Mn, Mo, Hg En calidad del aire: SO2 http://www.sma.gob.cl/index.php/documentos/ensayos-de-aptitud
La SMA está acreditada a nivel internacional bajo la norma ISO/IEC 17043:2010 como Proveedores de Ensayos de Aptitud Competencia técnica demostrada
Programa de Seguimiento y Control de ETFA (PSC) ENSAYOS DE APTITUD PSC AUDITORÍAS Convenio INN-SMA FISCALIZACIONES
Contrata a Informe de resultados Modelo de Operación Fiscaliza Instrumento de Gestión Ambiental Titular Informes de Seguimiento SMA Norma Emisión Norma Calidad RCA PDA / PPDA OTROS ETFA Autoriza, controla y contrata Muestreo Medición Análisis Inspección Verificación Actividades Fuentes Procesos Otros Titular
Sistema actual Empresas sin acreditación (INN) ni Autorización (OE) Empresas Acreditadas (INN) y/o Autorizadas (OE) (Res. 37/2013 SMA) ETFA 1 Octubre 2016 Deberán ejecutar todas las actividades que sean parte de los alcances incluidos en el Registro ETFA. Pueden operar sólo en el caso de que no exista una ETFA autorizada para los actividades requeridas. Cuando no existan ETFA ni empresas acreditadas (INN) o autorizados (OE) para ejecutar una actividad requerida, se podrá utilizar una empresa sin acreditación o autorización INN: Instituto Nacional de Normalización OE: Organismo del Estado
Visión a Futuro Empresas sin acreditación (INN) ni Autorización (OE) Empresas Acreditadas (INN) y/o Autorizadas (OS) (Res. 37/2013 SMA) ETFA ETFA ETFA Ampliar los alcances de las ETFA a otras áreas ambientales, tales como calidad del aire, medio humano y biodiversidad, entre otros. Incorporar a todos los laboratorios y empresas que desarrollan actividades de muestreo, medición, análisis, inspección y verificación en el Registro de ETFA de la SMA. Establecer un estándar de calidad común a quienes prestan servicios ambientales en el país.
SECTOR PRODUCTIVO PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL (PSC) (ENSAYOS DE APTITUD / AUDITORÍAS / FISCALIZACIÓN) ORGANISMOS DE INSPECCIÓN ENTIDADES TÉCNICAS ISO/IEC 17020 ACREDITACIÓN SISTEMA INTERNACIONAL LABORATORIOS DE ENSAYOS ISO/IEC 17025 ENTIDADES TÉCNICAS LABORATORIOS DE CALIBRACIÓN Calibración de equipos
Autorizaciones ETFA: Distribución por matriz Residuos 5% Sedimentos 7% Suelos 7% Lodos y compost 7% Aguas 46% 5.031 alcances autorizados Aire 28% Ejemplo de alcance Actividad Aplicación Matriz Sub área Método Parámetro Análisis Emisor Agua Agua residual NCh2313/10.Of.96 Cobre
ETFA autorizadas
Contacto Sección de Autorización y Seguimiento a Terceros: Correo electrónico: registroentidades@sma.gob.cl
Incompatibilidades e Inhabilidades Fiscalía Junio de 2016
Incompatibilidades La incompatibilidad absoluta entre el ejercicio de actividades de Fiscalización Ambiental y el ejercicio de actividades de consultoría para la elaboración de Declaraciones o Estudios de Impacto Ambiental.
Incompatibilidades Una misma persona jurídica no podrá tener autorización como Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental y a la vez estar inscrito en el Registro Público de Consultores Certificados que establece la letra f) del artículo 81 de la ley Nº19.300, ni podrá desarrollar de cualquier otra forma actividades de consultoría para la elaboración de Declaraciones o Estudios de Impacto Ambiental.
Incompatibilidades No podrá tener participación alguna, directa e indirecta, en la propiedad y administración de una persona jurídica inscrita en el Registro Público de Consultores Certificados que establece la letra f) del artículo 81 de la ley Nº 19.300.
Incompatibilidades Se considerará que existe participación, sin ser una lista taxativa, en los siguientes casos: 1. Si una de ellas tiene, directa o indirectamente, la propiedad, el control o la posesión de acciones o títulos en circulación de la otra; 2. Si una de ellas controla o administra, directa o, indirectamente, a la otra; 3. Si ambas son controladas, directa o indirectamente, por una misma tercera persona, natural o jurídica.
Inhabilidades Inhabilidad para efectuar actividades de fiscalización ambiental, respecto de un proyecto, sistema, actividad o fuente, con cuyo titular esté o haya estado en una relación directa o indirecta, mercantil o laboral, o si existen vínculos familiares.
Inhabilidades Se considerará que existe relación directa o indirecta, mercantil o laboral, sin ser una lista taxativa, si al momento de comenzar a efectuar las actividades de fiscalización ambiental en un proyecto, sistema, actividad o fuente, la Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental y/o el o los Inspectores Ambientales que participan en estas actividades, por una parte, y el titular del proyecto, actividad, sistema o fuente, por la otra, se encuentran en los siguientes casos:
Inhabilidades 1. Si están o han estado en los últimos dos años legalmente reconocidas como asociadas en negocios; 2. Si alguna de las partes tiene o ha tenido en los últimos dos años, directa o indirectamente, la propiedad, el control o la posesión de acciones o títulos en circulación de la otra parte; 3. Si una de ellas controla o ha controlado en los últimos dos años, directa o indirectamente a la otra; 4. Si ambas son o han sido controladas en los últimos dos años, directa o indirectamente, por una misma tercera persona.
Inhabilidades Se considerará que existe vínculo familiar si entre, por una parte, los propietarios y/o los representantes legales del sujeto fiscalizado, y por otra, los propietarios y/o representantes legales de la Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental o el Inspector Ambiental, existe vínculo familiar de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Inhabilidades Consanguinidad Titular / ETFA
Inhabilidades Afinidad Titular / ETFA
Consultas
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