PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS: DISPOSICIONES GENERALES PREVIAS.

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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS: DISPOSICIONES GENERALES PREVIAS. OBJETO El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es establecer las condiciones que aseguren la calidad e inocuidad de los alimentos y bebidas suministrados para ser consumidos por los enfermos hospitalizados en el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla. CARACTERÍSTICAS GENERALES. 1.- Los artículos a suministrar son los especificados en las disposiciones específicas. 2.- Para que las ofertas sean válidas se ajustarán al modelo del Anexo 2 del Pliego de Prescripciones Técnicas, y se ofertarán todos los artículos de cada lote. 3.- Los artículos a suministrar se servirán tal como indica el Pliego de Prescripciones Técnicas para cada artículo. Aquellos artículos en los que no existan Prescripciones Técnicas, se ofertarán teniendo en cuenta lo siguiente: a) Nombre del producto, especie, variedad, tamaño o calibre, categoría comercial, origen y cuando sean productos manufacturados se indicará marca comercial. b) Forma de presentación, envasado y transporte. c) La denominación del producto se hará de forma que no pueda inducir a error como en los casos de sucedáneos, fiambres, etc.

d) En aquellos productos que carezcan de Normativa o Legislación específica se deberá acompañar además su composición cualitativa, y se exigirán, por parte del Servicio de Bromatología y Seguridad Alimentaria del Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla, todo lo que se establece en la siguiente normativa: Directiva 89/397/CEE del Consejo de 14 de junio (LCEur 1993/2254), por la que se establecen normas generales de higiene de los productos alimenticios en sus fases de preparación, fabricación, transformación, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación y sus modalidades para la verificación de la observancia de dichas normas. Real Decreto 2207/95 de 28 de diciembre del Ministerio de la Presidencia, sobre Normas de Higiene de los Productos Alimenticios, que recoge la Directiva anterior adaptándola a la ordenación legislativa española. Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las Normas de Higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios. Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. Orden Ministerial 11/2013, de 19 de febrero, sobre actuaciones en materia de higiene y seguridad alimentaria en el ámbito de las Fuerzas Armadas. 4.- El contratista se someterá, además de lo establecido en el presente Pliego. A lo dispuesto en el Plan de Alimentación para los Hospitales Militares, según lo aprobado por Orden de 14 de diciembre de 1.982, y a lo dispuesto en las diferentes normas legales de ámbito europeo, nacional, autonómico y local, así como a lo estipulado en la Resolución ResAP(2003)3 del Comité de Ministros del Consejo de Europa de 12 de noviembre de 2003 sobre Alimentación y Atención Nutricional en Hospitales. 5.- En todos los productos que se suministren al Hospital será exigible todo lo estipulado en el REGLAMENTO (CE) núm. 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los

requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria. (DO. Serie L núm. 31 de 1 de febrero), y especialmente lo indicado en el CAPITULO II "LEGISLACIÓN ALIMENTARIA GENERAL" que en su Sección 4 sobre "PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA", en el Artículo 18 trata sobre la TRAZABILIDAD, sus etapas, sistemas, procedimientos y etiquetado de todos los productos alimenticios. 6.- Para la oportuna inspección bromatológica de los productos alimenticios, los licitadores deberán entregar, a fondo perdido, muestras de los mismos al Servicio de Bromatología y Seguridad Alimentaria (especificadas previamente por éste), en el periodo, dentro de la celebración de la Mesa de Contratación, que va del término de Apertura de Documentación Administrativa al inicio de Apertura de Ofertas Económicas. En la valoración de la Calidad de las muestran que se reciban, únicamente serán aceptadas las que cumplan estrictamente con las características contenidas en el presente PPT, con lo que la medición y valoración Bromatológica será únicamente CUMPLE o NO CUMPLE. 7.- Cualquier discrepancia técnica que pueda surgir en cuanto se refiere a la calidad de los artículos, se resolverá por el Órgano de Contratación, previo informe razonado del Servicio de Bromatología de este Hospital, 8.- En caso de informe negativo se iniciarán los trámites para la anulación del Contrato. 9.- Será también motivo de la resolución del Contrato, el incumplimiento por parte del Adjudicatario de las prescripciones relativas a la Legislación Alimentaria. Para la resolución definitiva será necesario el informe de la Subdirección de Gestión Económica. No obstante, el órgano de Contratación podrá suspender provisionalmente este suministro, hasta que se realice este informe, si estimara que hay razones de seguridad e higiene que así lo aconsejen. 10.- El Hospital se reservará la facultad de inspección, vigilancia y examen del proceso de elaboración de los bienes relativos a cada uno de los lotes descritos, por medio del personal previamente designado por el Excmo. Sr. General Médico Director del Centro. 11.- Plazo máximo de entrega de los suministros solicitados por Alimentación será de 24 ó 48 horas a contar desde el momento de la petición. 12.- La entrega de géneros se realizará en el muelle de cocina entre las 8,30 y las 13,00 horas a petición de la misma.

EXPEDIENTE 445.- FRUTAS, VERDURAS, HORTALIZAS Y TUBÉRCULOS. 1.- HORTALIZAS Y VERDURAS 1.1.- HORTALIZAS Y VERDURAS FRESCAS Se admitirán todas las clases y variedades que cumplan lo especificado en las Normas de Calidad correspondiente para la categorización de cada una de las hortalizas y verduras indicando en la oferta:. -Denominación del producto. -Variedad. -Categoría comercial. -Calibre. -Origen. -Envasados en los admitidos por la legislación y etiquetados. En las hortalizas y verduras que a continuación se describen, se presentarán en el momento de la recepción en envases etiquetados y de acuerdo con la legislación vigente figurarán los siguientes datos: producto y variedad, calibre, categoría comercial, origen, peso neto, lugar de producción y nombre de la central hortofrutícola o el de la empresa envasadora. Además se exigirán las siguientes prescripciones técnicas: 1.1.1.-AJOS SECOS.- Presentación: en cabezas con el tallo cortado. Variedad: blanco. Calibre: mínimo 50 mm. (superflor). Envasados: en saco de malla y / o cajas normalizadas con un contenido neto mínimo de 7-5 Kg. 1.1.2.- ALCACHOFAS.- Calibre: número 5 (diámetro 6,0-7,5 cm.). Presentación: en capas Envasado: en cajas normalizadas de 10-12 Kg. de peso neto.

1.1.3.- APIO VERDE.- Categoría comercial: Primera o segunda. Calibre: pequeños (P de 150 a 500 g.). o P-5, P-6, P-7. Presentación: en manojos y / o encajados. Envasados: categoría I, en cajas de cartón parafinado. Categoría II, en cajas de 6 Kg. de contenido neto. 1.1.4.- BERENJENAS.- Color: negra y / o jaspeada. Categoría comercial: primera y / o segunda. Tipos: globosa Calibre: por peso, mediana (M) de 300 a 500 g., grande (G) de 500 a 750 g. Presentación: en dos capas. Envasado: cajas normalizadas de 10 Kg. de peso neto. 1.1.5.- CALABACINES.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Calibre: por peso, mediano (M) de 101-225 g., y/o grande (G) de 225-450 gr Envasado: cajas normalizadas de 5 y / o 10 Kg. de peso neto. 1.1.6.- CEBOLLA.- Categoría comercial: Segunda. Calibre: clave 3 (90-105 mm.) y / o clave 2 (105-120 mm. de diámetro). Variedades: babosa, grano de oro. Envasado: sacos de malla con 25 kg. de peso neto. 1.1.1.7.- COLES DE BRUSELAS PREPARADAS.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Calibradas. Envasado: cajas normalizadas de 10 Kg. de peso neto. 1.1.8.- COLIFLORES CORONADAS.- Calibre: 6 unidades con un peso neto de 10-12 Kg. mínimo. Envasado: caja de cartón de cartón con un contenido neto de 10-12 Kg. mínimo. 1.1.9.- JUDÍAS VERDES (VARIEDADES APLASTADAS).- Calibre: tendrán preferencia las calibradas, extra (muy fina: máximo 6 mm.) y primera (muy fina y fina: máximo 9 mm.).

Envasado: cajas normalizadas de 5 y / o 6 Kg. de peso neto. 1.1.10.- PEPINO.- Naturaleza del producto: pepino de aire libre (en verano). Calibre: 18 a 20 unidades en 5 Kg. ( unidad de 225 a 275 g.). Envasado: caja normalizada de 5 Kg. y /o de 10-12 Kg. de peso neto. 1.1.11.- PIMIENTOS DULCES VERDES.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Variedades: pimiento largo picudo (pimiento italiano) y pimiento de forma cuadrada despuntada (pimiento amullo). Calibre. alargado, de 30 a 50 mm. o (PP, P) y cuadrado, de 70 a 90 mm. (MM, M) Envasado. cajas normalizadas de 5, 6, 7, 9 ó 10 a l2 kg. de peso neto. 1.1.12.- PUERROS.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Calibrados por el diámetro ( de 10 a 25 mm). Presentación: alineados regularmente en el envase y / o manojos presentados dentro del envase, indicando el número de manojos. Envasado: cajas normalizadas de 10 a 12 Kg. de peso neto. 1.1.13.- REPOLLO.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Calibrados por la masa neta, 6 piezas en 12-14 Kg. peso neto. Envasado: cajas normalizadas de 12-14 Kg. de peso neto. Variedades: se indicará en la oferta. 1.1.14.- LOMBARDA.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Calibrados por la masa neta, 6 piezas en 8-10 kg. Envasado: en cajas normalizadas de 8-10 Kg. de peso neto.. 1.1.15.- ZANAHORIAS SIN HOJAS.- Categoría comercial: primera y / o segunda. Calibre: Variedades (tipo A), tempranas (primores) y de raíz pequeña de 10-35 mm., variedades (tipo B) de cosecha normal y de raíz grande de 20 a 45 mm. Envasado: sacos de 15 Kg. máximo, sin lavar. 1.1.16.- CHAMPIÑONES CORTADOS, CERRADOS Y DE COLOR BLANCO.-

Calibre: mediano (M). Envasado: en cajas normalizadas de 3,5-4,5 Kg. de peso neto. 1.1.17.- SETAS CULTIVADAS.- Categoría comercial: primera. Calibradas Envasado: en cajas o bandejas normalizadas de 3,5-4,5 Kg. de peso neto. Cuando no se puedan cumplir estas prescripciones técnicas por razón de mercado, para algunos de estos productos se indicará en la oferta que éstos son a granel. 1.2.- HORTALIZAS Y VERDURAS LISTAS PARA CONSUMIR O COCINAR (4ª GAMA) Cumplirán lo especificado en las Normas de Calidad correspondientes para la categorización de cada una de las hortalizas, verduras y frutas que se soliciten en la oferta. Procediendo como mínimo de la categoría comercial primera. Por razones de mercado en este Grupo se ofertarán las patatas frescas peladas, enteras o troceadas en las formas que se soliciten. En la documentación técnica se relacionarán además de las características de calidad, la lista de aditivos utilizados. Estas prescripciones técnicas no se desarrollan por no utilizarse en la actualidad. Será obligatorio que la presentación se realice en embalajes normalizados, de acuerdo con la legislación vigente, y que las dimensiones de la base permitan el máximo aprovechamiento de las paletas unificadas europeas. Etiquetados con los siguientes datos: - Denominación del producto. - Variedad. - Temperatura de conservación. - Fecha de envasado - Fecha de caducidad. - Forma de presentación (rodajas, aros, rallada, cortes, gajos, etc) e indicando los tamaños en los casos que procedan. - Origen del producto. - Lista de ingredientes - Contenido neto - Identificación de la empresa elaboradora. Todos los datos anteriores junto a la ficha técnica de los productos ofertados se remitirán en el sobre de documentación técnica.

El transporte se realizará en vehículos frigoríficos A la recepción los productos cumplirán las siguientes exigencias: - Temperatura: 0-4ºC ( 2ºC) - El tiempo transcurrido desde su fabricación será como máximo de 3 días. - Normas microbiológicas: Aerobios mesófilos totales/ g. n c m M - Día de fabricación 5 2 5x10 5 5x10 6 - Día de caducidad 5 2 1x10 5 1x10 7 Aerobios psicrotróficos totales/ g. 5 2 1x10 5 1x10 6 Enterobacteriacias totales 5 2 1x10 4 1x10 5 Coliformes fecales ( 44,5ºC) / g. 5 2 1x10 2 1x10 3 Escherichia Coli / g. 5 2 1x10 2 1x10 3 Salmonella - Shigella / 25 g. 5 0 0 --- Staphylococcus enterotoxigenicos / g. 5 1 1x10 2 1x10 3 Clostridium sulfito reductores / g. 5 2 1x10 2 1x10 3 Listeria monocytogenes / 25 g. 5 0 0 0 Envases: serán de material (OPP, etc) cuya permeabilidad limite las degradaciones fisiológicas (oscurecimiento) adecuado a la naturaleza y cantidad del producto y presentación (cortes, rallado, etc.) para los de 1 kg. o superiores. Cuando sean de menor tamaño llevarán atmósfera modificada (N2/ CO2) para evitar el oscurecimiento, si procede. Además de las prescripciones técnicas generales anteriores los productos que a continuación se describen cumplirán las que se especifican para cada uno de ellos: 1.2.1.- LECHUGA Variedad: Iceberg. Presentación: troceada. Tamaño del corte: ancho 20 mm ± 5 mm. y largo: menor de 70 mm. Tolerancia de los defectos: Tamaño de las hojas: ancho: menor de lo especificado máximo 30% y mayor en ancho y largo 10%. Insectos: 0%

Tallos, suciedad y materiales vegetales extraños: 0%. Hojas dañadas, decoloradas, o manchadas: máximo 3%. Tronchos (cubos > de 12,5 mm): máximo 5 en 1 Kg. Humedad libre: 0% Arena: máximo 0,1%. Caducidad: a la recepción la fecha de consumo será como mínimo de 5 días. Envase: máximo de 1 Kg. de peso neto y embaladas en cajas con un contenido neto máximo de 10 Kg. 1.2.2.- ACELGA Variedad: preferentemente amarilla y en 2º lugar la de penca blanca ancha. Presentación: troceada. Tamaño del corte: ancho: 25-35 mm. Porcentaje de penca: menor de 50 % (p/p) Tolerancia de los defectos: Tamaño de las hojas: máximo 25% Insectos: 0% Tallos, suciedad y materiales vegetales extraños: 0%. Hojas dañadas, decoloradas o manchadas: máximo 3%. Humedad libre: 0% Arena: máximo 0,1%. Caducidad: a la recepción la fecha de consumo será como mínimo de 2 días. Envase: máximo de 5 Kg. de peso neto y embaladas en cajas con un contenido neto máximo de 10 Kg. Oferta: se hará en euros/ kilogramo y/o unidad comercial (que se detallará). 1.2.3.- PATATA Procederán de patatas que cumplan las condiciones establecidas en el Grupo VIII. Envase: máximo de 25 Kg de peso neto. Caducidad: a la recepción la fecha de consumo será como mínimo de 5 días. 1.2.4.- CEBOLLAS Procederán de cebollas que cumplan las mismas condiciones establecidas para las cebollas frescas en cuanto a variedad, categoría comercial y calibre. Envase: máximo de 25 Kg de peso neto. Caducidad: a la recepción la fecha de consumo será como mínimo de 5 días. 1.2.5.- AJOS Procederán de cebollas que cumplan las mismas condiciones establecidas para las ajos secos en cuanto a variedad, categoría comercial y calibre. Envase: máximo de 10 Kg de peso neto.

Caducidad: a la recepción la fecha de consumo será como mínimo de 5 días. 1.3.- HORTALIZAS Y VERDURAS DESHIDRATADAS Y/O LIOFILIZADAS Se admitirán todas las clases y variedades que cumplan lo especificado en las Normas de Calidad correspondientes para la categorización de cada una de las hortalizas y verduras ofertadas, y siempre que en su procedencia se ajusten como mínimo a la categoría comercial "I". Será obligatorio que la presentación se realice en envases normalizados, con arreglo a la legislación vigente, y etiqueta en la que al menos consten los siguientes datos: - Denominación del producto. - Variedad o tipo. - Identificación de la empresa. - Origen del producto. Todos estos datos se remitirán con la oferta, bien en el cuadro correspondiente o adjuntando las etiquetas. Igualmente se remitirá con la oferta, la cantidad de agua necesaria para su rehidratación, así como las instrucciones para una correcta utilización en el uso del producto. A la recepción del producto cumplirán las siguientes exigencias: - Garantización de una completa y correcta rehidratación. - Humedad... máximo 8%. - Cenizas... las propias del producto. - Norma microbiológica: n c m M Aerobios mesófilos totales/g... 5 2 1x10 5 1x10 6 Enterobacteriáceas totales/g... 5 2 1x10 2 1x10 3 Escherichia coli/g... 5 2 1x10 1 1x10 2 Salmonella-Shigella/25 g... 5 0 0 0 Staphylococcus aureus enterotox./g... 5 2 1x10 1 1x10 2 Streptococos grupo D de Lancefield/g.. 5 2 1x10 1 1x10 2 Anaerobios sulfito-reductores/g... 5 2 1x10 1 1x10 2 Mohos y levaduras/g... 5 2 1x10 1 1x10 2 Envases: los admitidos en la legislación vigente.

Oferta: se hará en euros/kg. o euros/unidad comercial, que se detallará. 2.- FRUTAS 2.1.- FRUTAS FRESCAS Se admitirán todas las clases y variedades que cumplan lo especificado en las Normas de Calidad correspondiente para la categorización de cada una de las frutas, de acuerdo a la época del año, indicando en la oferta los siguientes datos:. -Denominación del producto. -Variedad. -Categoría comercial. -Calibre. -Origen. -Envasados en los admitidos por la legislación y etiquetado.. -Conservación: cuando sean frutas conservadas en cámara (C) y / o cámaras de atmósfera controlada (At. C) se indicará en la oferta a continuación de la variedad, con las iniciales indicadas entre paréntesis. -Grado de madurez: para aquellos frutas delicadas en la recolección y transporte (peras, chirimoyas, etc.) el grado de madurez a la recepción de estos productos, será tal que permitirá su utilización en condiciones óptimas de consumo en un plazo máximo de 3 días y/o se indicará color. En las frutas que a continuación se describen, se presentarán en el momento de la recepción en envases etiquetados y de acuerdo con la legislación vigente figurarán los siguientes datos: producto y variedad, calibre, categoría comercial, origen, peso neto, lugar de producción y nombre de la central hortofruticola o el de la empresa envasadora. Además se exigirán las siguientes prescripciones técnicas: 2.1.1.- AGUACATES.- Calibre: código 16 (236-265 g.). Envasado: en cajas normalizadas de 4 Kg. de peso neto. Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.2.- ALBARICOQUES.- Calibre: 8 S (54-59 mm. de diámetro) Envasado: en cajas o bandejas normalizadas de 5-10 Kg. de peso neto.

Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.3.- CEREZAS Y PICOTAS.- Calibre: - Picotas: 24 mm y + ó 25 mm y + - Cerezas: extra 20 mm. de diámetro mínimo, y primera 17 mm. de diámetro mínimo. Envasado: cajas normalizadas de 2, 5 y 10 Kg. de peso neto. Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.4.- CIRUELAS.- Calibradas según variedad: Gruesas (G): diámetro mínimo para extra 40 mm, para primera 35 mm.; Medianas (M): diámetro mínimo para extra 35 mm, para primera 30 mm; Pequeñas (P): diámetro mínimo para extra 30 mm, para primera 25 mm. Envasado: en cajas normalizadas de 5 y / ó 10 Kg. de peso neto. Variedad: Gruesas (Japonesas, Arandana y Claudia Tolosa), Medianas (Fresa, Reina claudia verde y Reina claudia de Bavay) y Pequeñas (Reina claudia de fruto pequeño). La seleccionada se indicará en la oferta. 2.1.5.- MANDARINAS CLEMENTINA.- Calibre: I-X (63-74 mm. de diámetro) y/o XXX (78 mm y más ) Tipo: sin semillas. Presentación: alineadas en capas regulares. Envasado: cajas normalizadas de 10-12 Kg. de peso neto, que contenga de 80 a 90 frutos. Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.6.- NARANJAS.- Calibre: 4 (77-88 mm. de diámetro). Presentación: alineadas en capas regulares. Envasado: cajas normalizadas de 15, 20, 22 Kg. u otras de peso neto, que contengan para 15 Kg. 56 unidades, para 20 y 22 Kg. 100 unidades o sus equivalentes. Variedad: Navelina, Navel y Valencia Late. 2.1.7.- LIMONES.- Categoría comercial: primera.

Calibre: 4 (58-67 mm. de diámetro). Presentación: alineadas en capas regulares. Envasado: en cajas normalizadas de 10-14 Kg. de peso neto que contengan 83 unidades aproximadamente. Variedad: Verna, Fino, según estación. Estas o cualquier otra variedad se indicará en la oferta. 2.1.8.- CHIRIMOYAS.- Calibre: código 3 para las extra (401-550 g.) y código 6 para primera (176-225 g.) Presentación: alineadas en una sola capa. Envasado: cajas normalizadas de 6-8 Kg. de peso neto máximo. Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.9.- FRESONES- Categoría comercial: extra y /o primera. Calibre: Extra más de 25 mm y Primera más de 18 mm. Envasado: cajas normalizadas de 4 Kg. máximo Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.10.- KIWIS O ACTINIDIAS.- Calibre: peso en g. unidad, extra de 90-120 g. y primera de 70-90 g. Madurez: 6,5º Brix Presentación: extras: en una sola capa y separados unos de otros, primera: dispuestos regularmente en una sola capa. Envasado: cajas normalizadas con un contenido neto máximo de 6 Kg. 2.1.11.- MELOCOTONES.- Calibre: AA (73-80 mm. de diámetro). Presentación: en alveólos. Envasado: cajas o bandejas normalizadas de 4 Kg. de peso neto que contengan 20 unidades. Variedades: se podrán ofertar de carne blanca, amarilla y roja, suministrándose aquella que sea optima por su grado de maduración y calidad en el momento de su remisión. 2.1.12.- PAVIA reunirán las mismas condiciones de calibre, categoría comercial, etc. descritas para el melocotón.

2.1.13.- NECTARINAS Y BRUÑONES.- Calibre: AA (73-80 mm. de diámetro). Presentación: en alveólos. Envasado: cajas o bandejas normalizadas de 4 Kg. de peso neto que contengan 20 unidades. Variedad: se indicarán en la oferta, suministrándose aquellas que sean optimas por su grado de maduración y calidad en el momento de su remisión. 2.1.14.- MELONES.- Categoría comercial: primera. Calibrados en peso: para cajas de 4, la unidad pesará de 2,200 a 2,900 Kg. y de 5, la unidad entre 1,800-2,200 Kg. Envasado: cajas normalizadas de 10 Kg. de peso neto. Variedad: Piel de Sapo, si fuera otra se indicará en la oferta. 2.1.15.- NÍSPEROS.- Categoría comercial: extra y / o primera Calibre: GG (46 a 53 mm. de diámetro). Envasado: cajas normalizadas de 10 Kg. de peso neto Variedad: se indicará en la oferta. 2.1.16.- MANZANAS.- Calibre: 80-85 mm. de diámetro. Color: Golden 3,5-4,0; Starking 4,0. Presentación: en alvéolos o alineadas en una o varias capas. Envasado: cajas normalizadas Busel de 9 Kg. que contengan 32-36 piezas y para otros envases sus equivalentes. Variedad: Se ofertarán únicamente: Golden delicious, Starking y Red delicious. 2.1.17.- PERA.- Calibre: 65-70 mm. de diámetro ó ( 0 0 ). Presentación: en alveólos. Envasado: cajas normalizadas de 4 Kg. de peso neto que contengan 24 unidades, en alvéolos. Variedad: Blanquilla y/o Conferencia. 2.1.18.- PIÑA O ANANÁS.- Según el Codex Stan 182-1993

Categoría comercial: Extra y/o primera. Calibre: E ( mas de 1800 g.). 6 piezas 12 Kg. Grado de madurez: color número 3. Envasado: cajas normalizadas de 12 Kg. Origen: se indicará en la oferta (Costa Marfil, etc.) 2.1.20.- PLÁTANOS.- Categoría comercial: extra. Calibre: dedo mediano situado en la fila exterior de la mano, longitud de la parte convexa mínimo 18 cm. y grosor mínimo 35 mm. Presentación: en manos. Envasado: cajas normalizadas de 12 y/o 15 Kg. de peso neto. Origen: Canarias. 2.1.21.- UVA BLANCA DE MESA.- Calibre: extra: racimos de mas de 200 g. y primera: mas de 150 g. Envasado: cajas normalizadas de 5 ó 10 Kg. de peso neto. Variedad: Moscatel español, Moscatel italiano (Rossetti) y al finalizar éstas su presencia en el mercado las correspondientes a la temporada, que se indicarán en la oferta. 2.1.22.- TOMATE FRESCO (ENSALADA).- Madurez: mínimo anaranjado 6 Calibre: Asurcados GG (77 a 87 mm. de diámetro) y / o G (67-77 mm.), Semiasurcado G (67-82 mm. de diámetro) y / o M (57-67 mm.) si se utiliza el calibre internacional, si se utiliza el español G (67-82 mm. de diámetro). Presentación: en una o dos capas alineadas. Envasado: cajas o bandejas normalizadas de 5, 6, 7 y 10 Kg. de peso neto. Variedad: de las pertenecientes a las Asurcadas y Semiasurcadas, se indicará en la oferta. Oferta: en euros / Kg. 2.2.- FRUTAS Y SEMILLAS SECAS Y DESECADAS Se admitirán todas las clases y variedades que cumplan lo especificado en las Normas de Calidad correspondientes para su categorización.

Además de las exigencias propias de cada producto en los casos que se considere oportuno se podrá pedir muestra previa para comprobación de la composición especificada o de los caracteres organolépticos mediante un panel de catadores bajo la dirección del Servicio de Bromatología del Hospital, cuyo dictamen se tendrá en cuenta para la adjudicación del producto. Envases: los admitidos en la legislación vigente y etiquetados. En aquellas ocasiones en que la presentación se vaya a realizar de una forma especial, se especificará en la oferta. En las frutas y semillas secas y desecadas que a continuación se describen, se presentarán en el momento de la recepción en envases etiquetados y de acuerdo con la legislación vigente figurarán los siguientes datos: producto y variedad, calibre, categoría comercial, origen, peso neto, lugar de producción y nombre de la central hortofruticola o el de la empresa envasadora. Además se exigirán las siguientes prescripciones técnicas: 2.2.1.- CASTAÑAS.- Categoría comercial: extra y /o primera. Calibre: mínimo M (mediana), de 65-80 frutos por Kg. o AA (60-80 frutos/kg.) Envasado: cajas normalizadas de cartón de 6 Kg. y/o en bolsas de malla de 25 Kg. máximo. Origen: Galicia y/o Asturias. 2.2.2.- CASTAÑAS SECAS.- Categoría comercial: primera. Calibradas. Envasado: en saco de malla de 5-10 Kg. de peso neto. Tolerancia para impurezas (cáscara, etc.) máximo 0,5 % 2.2.3.- ALMENDRAS DULCES EN GRANO REPELADAS O PELADAS CALIBRADAS O CRIBADAS.- Categoría comercial: extra. Calibre: grandes (G, 14 mm. y más). Tipo comercial: Marconas Envasado: bolsas de material autorizado por la legislación de 1 Kg de peso neto. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 % 2.2.4.- ALMENDRA MARCONA.- Presentación: Fritas Tostadas

En la composición de las fritas tendrán preferencia las de aceite de girasol. Calibre: grandes (G, 14 mm y más) Origen: España. Envasado: en bolsas normalizadas de 0,250 y/o 0,500 Kg. Tendrán preferencia las ofertadas en atmósfera modificada. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.5.- AVELLANAS EN GRANO O DESCASCARADAS ENTERAS.- Categoría comercial: extra. Calibradas. Envasado: bolsas de material autorizado por la legislación de 1 Kg. de peso neto. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.6.- AVELLANAS PELADAS Y TOSTADAS.- Origen: España. Envasado: en bolsas normalizadas de 0,5 y/o 1 Kg. Tendrán preferencia las ofertadas en atmósfera modificada. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.7.- UVAS PASAS SIN SEMILLA.- Categoría comercial: extra (denominadas extra Corinto o extra Seedless). Envasado: cajas normalizadas de 6,25 Kg. de peso neto. 2.2.8.- UVAS PASAS DE MÁLAGA EN GRANOS SUELTOS.- Categoría comercial: super extra (Sup. extr.), Reviso o Cinco Coronas y /o extra(extr.), medio Reviso o Cuatro Coronas. Calibre: super extra (Sup. Extr: 55 pasas máximo en 100 g.), extra (Ext: 56 a 70 pasas en 100 g.). Envasado: cajas normalizadas de 5 y 10 Kg. 2.2.9.- CACAHUETES 2/4 GRANOS.- Presentación: Crudo Tostado con sal Tostado sin sal En la oferta se indicará la variedad (Virginia, Runner, etc.) y origen (Brasil, EE.UU., etc.). Envasado: en bolsas normalizadas de 1 y/o 5 Kg. Cuando sea en atmósfera modificada se indicará en la oferta.

2.2.10.- CACAHUETES PELADOS.- Presentación: Fritos con piel. Fritos y salados En la oferta se indicará la variedad (Virginia, Runner, etc.) y origen (Brasil, EE.UU., etc.). Envasado: en bolsas normalizadas de 0,5 y/o 1 Kg. Tendrán preferencia los ofertados en atmósfera modificada. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.11.- PIÑONES PELADOS CRUDOS.- Categoría comercial: extra. Calibrados. Origen: España. Variedad: Castilla Envasado: bolsas de material autorizado por la legislación alimentaria de 1 Kg. de peso neto. Tendrán preferencia los ofertados en atmósfera modificada. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.12.- PIÑONES TOSTADOS.- Origen: España. Variedad: Castilla Envasado: en bolsas normalizada de 0,250 y/o 0,500 Kg. Tendrán preferencia los ofertados en atmósfera modificada 2.2.13.- ALBARICOQUES DESECADOS (OREJONES).- Categoría comercial: extra y /o primera. Presentación: mitades y/o enteros, el elegido se indicará en la oferta. Calibre: muy grandes (M.G.: menos de 200 mitades por Kg.), y/o grandes (G: de 200 a 260 mitades por Kg.). En los enteros el número por kilogramo será entre 100 y 130 mínimo. Uniformidad: máximo 1,5 Envasado: cajas normalizadas de l Kg. de peso neto. 2.2.14.- CIRUELAS PASAS.- Presentación: Con hueso Sin hueso Calibre: Con hueso: entre 70 y 110 piezas por kilogramo. Sin hueso: entre 110 y 170 piezas por kilogramo

Peso mínimo unidad: Con hueso: 5,5 gramos. Sin hueso: 4,0 gramos Uniformidad: máximo 2. Humedad: comprendida entre 21-23%. Tolerancia de defectos: graves: máximo 7% y muy graves máximo 0,5%. Origen: se indicará en la oferta (California, etc.) Envasado: normalizado de 2,5 y / o 5 Kg. 2.2.15.- NUECES.- Variedad: Jumbo, Hartley (California) y/o Mollares (España). Calibre: peso mínimo unidad 8 gramos Origen: se indicará en la oferta (España, EE.UU., etc.) Envasado: en sacos cosidos con certificado de garantía de 25 Kg. de peso neto y/o envases de 300 g. en plástico en atmósfera modificada. 2.2.16.- NUECES PELADAS.- Presentación: enteras y mitades Variedad: Se indicará en la oferta: Payne Large (California), etc. Origen: Se indicará en la oferta: EE.UU., etc. Envasado: en bolsas normalizadas de 0,500 y/o 1 Kg., latas de 1,36 Kg.mínimo Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.17.- PISTACHOS.- Presentación: enteras y mitades Variedad: Se indicará en la oferta. Origen: Se indicará en la oferta: Envasado: en bolsas normalizadas de 0,500 y/o 1 Kg. Tolerancia para impurezas (cáscaras, etc.) máximo 0,5 %. 2.2.18.- HIGOS SECOS.- Variedad: se admitirán: Cuello dama y/o granito. La elegida se indicará en la oferta. Calibre: de 100 a 120 unidades por kilogramo. Peso mínimo unidad: 4,0 gramos Uniformidad: máximo 3,5 Envasado: en bolsas o cajas de 0,400 y/o 1 Kg. 2.2.19.- DÁTILES.- Según Codex Stan 143-1985 Variedad: se indicará en la oferta: de azúcar de caña (Deglet Nour, etc.) y/o de azúcar invertido (Halawy, etc.)

Presentación: con hueso, se indicará si son prensados o sueltos. Otras características de elaboración se indicarán en la oferta. Calibre: grande (G: menos de 80 unidades en 500 gramos) Peso mínimo unidad: 5,0 gramos. Uniformidad: máximo 1,5 Envasado: en bolsas o cajas de 0,500 y/o 1 Kg. Oferta: se hará en euros/kilogramo y/o unidad comercial que se detallará. 3.- MERMELADAS Y PRODUCTOS AFINES Envases: sólo se admitirán individuales, excepto cuando vaya a ser empleada en usos de repostería. Se indicarán las características de la estructura del envase. Oferta: en euros/unidad comercial y/o euros/kg. 3.1.- CONFITURAS DE: ALBARICOQUE, CIRUELA, FRESA Y MELOCOTÓN. Contenido mínimo en fruta: 50 % Contenido mínimo en azúcar: 63 % Con una graduación mínima de 63º Brix. Categoría comercial: extra. Envase de aluminio: ración individual de 30 gr. de peso neto. La oferta se hará en euros/unidad comercial. 4.- TUBÉRCULOS Y DERIVADOS. 4.1.- PATATAS Se admitirán las ofertas de las siguientes variedades - Origen España: Bintje, Kenebec, Deesirée, Nagore, Flamenco, Draga,, R. Pontiac, Jaerla, Spunta, Monalisa, Fenix, Turia,Claustar. - Otros países: Se indicará la variedad y el país. - Composición química: - Sustacia seca: Mínimo 17%, máximo 23%. - Azucares reductores: Máximo 0,8% en fresco.

- Proteínas: Mínimo 2%. - Pertenecientes a cualquiera de los grupos: Primor, Calidad y Común. - Calibre: Primor mínimo 40 mm., Calidad de 40 a 80 mm. y Común más de 55 mm. Envases: los admitidos en la legislación vigente, precintados o cosidos mecánicamente, incluyendo en este cosido la etiqueta en el que figurará: patata de consumo (primor, calidad y/o común), variedad, origen, calibre, contenido neto, fecha de envasado y razón social del envasador y/o de la central hortofrutícola; con un contenido neto máximo de 25 Kg.