CONTENIDOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL GRUPO REPSOL
1. EL ACUERDO MARCO. 2. EL CONVENIO COLECTIVO DE REPSOL PETRÓLEO.
1. EL ACUERDO MARCO: 1.1. Ámbito de aplicación n y disposiciones Generadas. 1.1.1. Incremento Salarial. 1.1.2. Antigüedad: Reconocimiento de periodos previos y Tiempo de permanencia: 2 años a en el nivel de entrada.
1.2. Plan de igualdad de oportunidades en el Grupo Repsol. 1.2.1. Objetivos: Incrementar el porcentaje de mejoras en las plantillas de las empresas del Grupo. 1.2.2. Medidas de conciliación n de la vida personal, familiar y laboral: Lactancia, Reducción n de jornada por motivos familiares, Baja de maternidad, Permiso de paternidad, Excedencia por cuidados familiares, Permisos, Teletrabajo. 1.2.3. Protocolo de prevención n contra el acoso.
1.3. Empleo: 1.3.1. Garantía a de Estabilidad. 1.3.2. Análisis de las plantillas objetivo. 1.3.3. Cobertura de vacantes: Definitivas, Temporales, Bolsas de Empleo. 1.3.4. Movilidad Inter-empresas empresas en el Grupo Repsol como vía v a de recolocación n del Personal disponible.
1.4. Jornada: 1.4.1. Jornada anual: En el quinto Acuerdo Marco se pacta una reducción n de jornada para las Empresas con más m s de 1.710 horas anuales. Jornada Intensiva todos los viernes para el personal de jornada ordinaria y 15 semanas ininterrumpidas entre Julio y Septiembre. 1.4.2. Flexibilidad de Entrada y salida: Hora de entrada: 8 horas (Flexibilidad 7:30h a 9h Hora de salida: Ajuste con flexibilidad 14h 30minutos. 1.4.3. Horas extraordinarias: Compromiso de reducirlas al máximo. m
1.5. Planes de Pensiones y Beneficios Sociales: 1.5.1. Seis meses de antigüedad para acceder a las condiciones de participes. 1.5.2. Bonificación n de intereses de los créditos hipotecarios. Hasta 65.803,30 Euros a 10 años: a 20% cuota de interés.
1.6. Formación. 1.6.1. Políticas de Formación: para mejor desempeño o del puesto, nuevas tecnologías, desarrollo profesional, elaboración n de Planes de Formación. 1.6.2. Participación n sindical. 1.6.3. Formación n del personal disponible. 1.6.4. Permisos individuales de formación.
1.7. Prevención n de Riesgos Laborales. 1.7.1. Ley de Prevención n de Riesgos Laborales: protección n de la salud de los trabajadores a través s de la prevención. n. 1.7.2. Disposiciones especiales: Convenio Repsol Química y Repsol Butano. Se mantienen sus textos. Se consideran como Centros Únicos de Trabajo a Edificios de Madrid y Barcelona. Se constituye Comité de Salud Laboral en Campsa Red.
8.1. Seguridad y Salud Laboral 8.1.1. L.P.R.L. : la protección n de la salud de los trabajadores es objetivo básico b y prioritario de las partes firmantes. 8.1.2. La Acción n Preventiva. 8.1.3. Planificación n de la Prevención. n. 8.1.4. Protección n a la maternidad. 8.1.5. Protección n a los menores. 8.1.6. Delegados de Prevención. n. 8.1.7. Comité de Seguridad y Salud. 8.1.8. Medio Ambiente.
9.1. Comisión n de Información n y Seguimiento en materia de Política Industrial. 9.1.1. Funciones 9.1.1.1. De la Comisión. 9.1.1.2. De los miembros. 9.1.1.3. El Secretario. 9.1.2. Reuniones.
10.1. Solución n Extrajudicial de los Conflictos Laborales. 10.1.1. Acuerdo sobre solución extrajudicial de conflictos laborales. 10.1.2. Procedimiento. 10.1.2.1. Intervención n de Comisiones Paritarias de Empresas. 10.1.2.2. Intervención n de Comisión n de Seguimiento del Acuerdo Marco. 10.1.2.3. Mediación n (SIMA). 10.1.2.4. Arbitraje.
11.1. Derechos Sindicales Se dotará a los Sindicatos firmantes del Acuerdo Marco de los medios necesarios para realizar el correcto seguimiento del mismo.
2. EL CONVENIO COLECTIVO DE REPSOL PETRÓLEO ASPECTOS MAS SIGNIFICATIVOS
Titulo III. Sistema de Clasificación Grupos Profesionales Profesional Nivel Entrada Básico Desarrollo Técnicos Superiores 9 8 7 al 4 Técnicos Medios 10 9 8 al 5 Mandos Intermedios 11 10 9 al 7 Técnicos ayudantes 13 12 11 al 8 Administrativos 14 13 12 al 8 Oficial cualificado 14 13 12 al 9 Operario 15 14 13 al 11
Acta Comisión n Delegada de la Negociadora de 16 Marzo de 2001. Nivel Típico T de Desarrollo Salario Anual Bruto Nivel de entrada 14 21.425,65 A los 2 años a Nivel 13 A 27.086,84 A los 4 años a Nivel 13 B 28.117,36 A los 6 años a Nivel 12 A 28.824,06 A los 8,5 años a Nivel 11 A 30.642,98 A los 9,5 años a nivel 10 A 32.780,25
Art. 24. Objetivo de desarrollo de carreras profesionales. - Favorecer y estimular la promoción profesional, a través s del propio trabajo, respetando los derechos profesionales del trabajador. - Potenciación n de competencias profesionales - Motivación n personal y laboral a través s del desarrollo profesional. En función n de las necesidades existentes en la Empresa.
Art. 33. Jornadas y horarios. 1695 horas efectivas de trabajo al año a o y 1691 en el Centro de Trabajo de Madrid. Tres meses y tres semanas de Jornada Intensiva en todos los Centros, excepto en el de Puertollano que es de todo el año. a
Art. 33 letra e) Jornadas Flexibles. 45 días d al año, a de los que 11 máximo m pueden ser en fines de semana y festivos. 3 Supuestos: - Paradas y puestas en marcha. - Periodos punta (Producción). - Reparaciones urgentes de Equipos que afecten a la Seguridad o al Medio Ambiente (Primero con Retén n de Mantenimiento).
Art. 33 Letra f ) En Grandes Paradas o Reparaciones. - Jornadas de 2 o 3 Turnos de 8 horas. 30 días d efectivos de trabajo por persona y año, a de los que 8 podrán n ser en sábados, s domingos o festivos.
Art. 33 Apartado 2. Trabajo a Turnos Rotativo. Los cuadrantes se ajustan al principio de año. Existen Grupos de Apoyo para realizar las incidencias del turno. Horarios, cuadrantes y calendarios del personal de 3 turnos, se fijan en cada Centro de Trabajo, para garantizando el cumplimiento de la jornada anual pactada.
Titulo IV. Régimen R Económico. Art.38. Sueldo Base. Tabla de sueldos a percibir en los 12 meses del año. a Art.39. Gratificaciones Extraordinarias. Se abonan en los meses de Junio y Noviembre, equivalente a una mensualidad.
Art. 40. Compensación n por beneficios. Cantidad equivalente a 1,4 del sueldo base mensual. El 50% en el mes de Julio y el 50% restante en el mes de Diciembre. Art.41. Paga de Vinculación. n. Se fija en 892,26 Euros con efectos 1 de Enero. Los nuevos ingresos la cobran a partir del tercer año a o de antigüedad.
Art. 43. Plús s de asistencia. Art. 44. Plús s Global del Turno. Art. 45. Plús s de Nocturnidad. Art. 46. Compensación n horas extras para los trabajadores clasificados en los niveles 4,5,6,7 y 8. Art. 47. Horas Extraordinarias. Art. 48. Plús s de Equipo Permanente. Art. 40. Plús s de Grupo de Apoyo o Grupo de Reserva.
Art. 50. Plús s de Retén n y Llamada. Art. 51. Incentivos a la Formación. Art. 52. Complemento de puesto (CPT), Flexibilidad y Polivalencia. Beneficios Sociales: : Grupo de Empresa; Seguro; Ayuda disminuidos físicos f y mentales; Préstamos; Bonificación n préstamos hipotecarios; Ayuda escolar y Becas; Ayuda sanitaria; Subvención n comida Madrid; subvención n comida Cartagena y Tarragona; Capitalización n beneficios sociales (viudas jubilados y disminuidos).
TITULO IX. DERECHOS SINDICALES. Art. 73. Ejercicio de los derechos sindicales. 1. Secciones Sindicales (LOLS) Reconocidas en Centros de Trabajo con mas de 200 trabajadores. Local; Material; Medios informáticos. 2. Delegado Sindical de Centro (200 Trabaj.). 3.- Secciones Sindicales Intercentros (10% de representatividad). Art. 74. Ejercicio de los Derechos de Representación n (ET.) Comités s de Empresa.
TITULO XI. PROCEDIMIENTOS VOLUNTARIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS. Art. 84. Procedimiento de solución extrajudicial de conflictos laborales (29-3-96 96 suscripción n acta de adhesión n Empresa/Sindicatos). Acuerdo sobre Resolución Extrajudicial de Conflictos Colectivos (ASEC). *Quedan excluidas las reclamaciones económicas y de clasificación n profesional de carácter cter individual.
Procedimientos del Convenio Colectivo 1). Intervención n de la Comisión n de Garantías as del Convenio. 2). Intervención n de la Comisión n de Seguimiento del Acuerdo Marco. 3). Mediación n (SIMA). 4). Arbitraje.
A N E X O 6 Política de Formación. Para un mejor desempeño o del puesto de trabajo. Para la adecuación n y/o actualización n de los RRHH a los cambios organizativos y tecnológicos. Para el desarrollo de un adecuado estilo de Dirección. Para la ampliación n de posibilidades de desarrollo profesional.
Para la integración n de todos los empleados en los objetivos de la empresa. Para la elevación, en su caso, del nivel profesional, especialmente, del personal de menor cualificación. La Formación n es uno de los Ejes estratégicos en materia de Recursos Humanos.