PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA



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REGISTRO DE PROVEEDORES INSTITUCIONAL Los trámites para integrar el Registro de Proveedores de la Institución serán a través de la plataforma de compras públicas Merlink, todo proveedor que se registre en este sistema automáticamente queda formando parte del registro de proveedores del PANI; por lo que no es necesario registrarse en este Departamento. Para contrataciones directas que no se realizan a través de la plataforma Merlink, tales como: pautas publicitarias, reparaciones mecánicas de vehículos, capacitaciones abiertas, oferentes únicos, bienes y servicios artísticos o intelectuales, comunicación social, suscripciones y material bibliográfico, deberán llenar el siguiente formulario y presentarlo en el Departamento con los requisitos que se indican a continuación: 1. Nombre o razón social: 2. Cédula Física o Jurídica: 3. Número de Teléfono: 1. 2. - 4. Número de Fax: 1. 2. 5. Correo Electrónico: 6. Apartado Postal: 7. Dirección Física Provincia Cantón Distrito Otras señas: 1/5

8. Impuesto sobre la renta Exento Gravado 9. En caso de Sociedades: Datos de los Representante(s) Legal(es) de las personas jurídicas a. Número de Identificación: b. Nombre: c. Tipo de poder o representación Generalísimo General Especial a. Número de Identificación: b. Nombre: c. Tipo de poder o representación d. Generalísimo General Especial 10. Medio para recibir notificaciones: 11. PYMES: NO SI Categoría: 12. País de Origen: 13. Bienes o Servicios que ofrece (puede adjuntar hojas con mayor detalle). 2/5

DECLARO BAJO JURAMENTO NO ENCONTRARME SUJETO AL RÉGIMEN DE PROHIBICIONES DE LOS ARTÍCULOS 22 Y 22 BIS DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y 19 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS NACIONALES Y CON LAS OBLIGACION ES OBRERO-PATRONALES. FIRMA DEL O LOS REPRESENTANTES FECHA 3/5

PARA LA INCRIPCION EL(LA) INTERESADO(A) DEBE PRESENTAR CON ESTE FORMULARIO LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS LEA CUIDADOSAMENTE LOS REQUISITOS YA QUE LA OMISIÓN DE ALGUNO DE ELLOS SERÁ MOTIVO PARA NO RECIBIR PROVISION ALMENTE LOS DOCUMENTOS DE INSCRIPCIÓN. NO OPERARÁ EL REGISTRO DEL OFERENTE HASTA QUE ESTÉN TODOS LOS DOCUMENTOS COMPLETOS. 1. Llenar completamente y firmar el formulario de inscripción sin tachaduras o borrones. 2. Fotocopia de la cédula jurídica y cédula de identidad de los representantes legales tratándose de empresa, o de la cédula de identidad o identificación en caso de personas físicas. 3. Para personas jurídicas presentar certificación original de la propiedad de las acciones con vista en el Libro de Registro de Accionistas. 4. Para personas jurídicas presentar certificación de personería jurídica original y con no menos de un mes de emitida 5. Para personas jurídicas presentar certificación original de la naturaleza de las acciones con vista al Registro Público o al Libro de Accionistas de la Empresa. 6. Para personas jurídicas, presentar carta firmada por el representante legal donde indique la lista de las personas con nombre completo, número de cédula y puesto que ocupa dentro de la empresa, que autorice para firmar ofertas y todo tipo de documento relacionado con el tema. Es responsabilidad del proveedor mantener esta lista actualizada. 7. Para personas jurídicas, presentar carta firmada por el representante legal donde indique la lista de las personas con nombre completo, número de cédula y puesto que ocupa dentro de la empresa, que autorice para retirar cheques y todo tipo de documento relacionado con el tema. Es responsabilidad del proveedor mantener esta lista actualizada. 8. Documento emitido por la entidad financiera donde indique el número de cuenta cliente en colones a nombre de la persona física o jurídica que está inscribiéndose como proveedor. 9. Nota firmada por la persona física o por el representante legal, en caso de persona jurídica, que indique el número de la cuenta cliente en colones, donde el PANI le puede realizar el depósito del pago de facturas. Dicho número debe coincidir con el que emitió la entidad financiera. 10. Las empresas consultoras y asociaciones de profesionales en ciencias económicas, deben estar debidamente inscritas y habilitadas por el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, por lo anterior deben aportar certificación del citado colegio que indiquen estar activa y al día con el pago de sus obligaciones. 11. Acreditar su actividad comercial por medio de cualquiera de los siguientes documentos: inscripción en el Tributación Directa de la actividad comercial o copia de la patente municipal al día. 12. En caso de PYMES aportar certificación expedida por el Ministerio de Economía que demuestre su categoría. 4/5

13. Las personas físicas como jurídicas, deberán tener facturas que estén debidamente autorizadas por la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, de lo contrario en caso de contratación, el PANI no tramitará pago alguno. 14. Acreditar con los documentos necesarios que es exento del pago del impuesto sobre la renta. 15. De conformidad con el artículo 65, inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 74 de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, para ser proveedores(as) de esta institución deben estar inscritos como patrono o trabajador independiente en la C.C.S.S., y estar al día en el pago de las obligaciones Obrero-Patronales. Este requisito se verificará electrónicamente en el sistema correspondiente en el momento en que se aporte la documentación y cada vez que participe de un proceso de contratación. 16. Toda persona física o jurídica que desee inscribirse como proveedor del PANI, deberá presentar certificación de FODESAF en la que se indique estar al día con el pago de sus obligaciones, conforme lo estipulado en el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. Notas importantes 1. Los interesados deben velar porque los cambios en su información básica sean reportados y acreditados, a este Departamento. 2. Una vez recibida la documentación en el Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, se procederá a su revisión, en caso de que exista un incumplimiento o inconsistencia se procederá a comunicar por escrito a la parte interesada otorgándole un plazo máximo de cinco días hábiles para que subsane y le prevendrá que de no subsanarse los puntos indicados, la solicitud se rechazará sin más trámite. No obstante lo anterior, cualquier proveedor al que le sea rechazada su inscripción, podrá presentar nuevamente su solicitud para su estudio respectivo. 3. El PANI no asumirá ninguna responsabilidad por la exactitud o veracidad de la información que se le suministre, de frente al propio solicitante o terceros, ni con respecto al uso de patentes, marcas, derechos de uso y distribución de bienes o servicios, de modo que se asume que el solicitante cuenta con los requisitos legales en el país o en el extranjero para inscribirse en las categorías correspondientes. Después de 15 días hábiles de presentados los documentos en forma completa, los interesados podrán verificar su correcta inclusión al Registro de Proveedores, por medio de consulta telefónica o por correo electrónico a la persona encargada de la administración y Control del Registro de Proveedores Institucional. 4. Por vencimiento o expiración del plazo de inscripción (24 meses), la Administración podrá excluir al proveedor del Registro. 5. No se tramitarán solicitudes enviadas por fax, ni por correo electrónico. 6. Las consultas se atenderán a los teléfonos 2523-0874 o al correo electrónico carce@pani.go.cr de Carlos L. Arce V., Analista de Contratación Administrativa y Encargado de la administración y control del Registro de Proveedores Institucional 5/5