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CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

Carrera Nº 4.554/12. CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

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CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

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Buenos Aires, 24 de octubre de Carrera Nº /10

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Buenos Aires, 22 de febrero de Carrera Nº /10

Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE:

Buenos Aires, 22 de Febrero de Carrera Nº 3.882/09

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" Año del Trabajo Decente, de la Salud y Seguridad de los Trabajadores" 1

Buenos Aires, 04 de julio de Carrera Nº /10

Carrera Nº 4.617/13. CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

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Transcripción:

1 RESOLUCIÓN N : 212/09 ASUNTO: Acreditar la carrera de Maestría en Salud Mental y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Lanús, Departamento de Salud Comunitaria, que se dicta en la localidad de Remedios de Escalada, prov. de Buenos Aires. Buenos Aires, 27 de abril de 2009 Carrera Nº 3.742/07 VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Maestría en Salud Mental y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Lanús, Departamento de Salud Comunitaria, que se dicta en la localidad de Remedios de Escalada, Prov. de Buenos Aires y lo dispuesto por la Ley 24.521, la Resolución del Ministerio de Cultura y Educación Nº 1168/97, la Ordenanza N 045 - CONEAU y la Resolución N 640 - CONEAU - 06, y CONSIDERANDO: 1. Características de la carrera La carrera de Maestría en Salud Mental y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Lanús (UNLa), Departamento de Salud Comunitaria, se inició en el año 1997 y se dicta en la localidad de Remedios de Escalada, Prov. de Buenos Aires. Propone una modalidad presencial y su dictado es de carácter continuo; su plan de estudios es estructurado. Cuenta con reconocimiento oficial y validez nacional del título (R.M. Nº 1068/98). Las carreras de grado que se dictan en la unidad académica son Licenciatura en Enfermería (con reconocimiento oficial del título por R.M. Nº 2111/98), Ciclo de Licenciatura en Enfermería (con reconocimiento oficial del título por R.M. Nº 2111/98), Ciclo de Licenciatura en Educación Física (con reconocimiento oficial del título por R.M. Nº 0100/00), Licenciatura en Trabajo Social (con reconocimiento oficial del título por R.M. Nº 1385/98) y Ciclo de Licenciatura en Trabajo Social (con reconocimiento oficial del título por R.M. Nº 1471/98). Las carreras de posgrado que se dictan en la unidad académica son Doctorado en Salud Mental Comunitaria, acreditado como proyecto por Res. CONEAU (Res.) Nº 648/05, Maestría en Salud Mental Comunitaria (acreditada con categoría Bn por Res. Nº 642/99),

Especialización en Abordaje Integral de las Problemáticas Sociales en el Ámbito Comunitario (no acreditada aún por CONEAU), Maestría en Epidemiología, Gestión y Políticas de Salud (acreditada con categoría Bn por Res. CONEAU Nº 610/99), Especialización en Gestión de Salud (no acreditada aún por CONEAU), Especialización en Epidemiología (cuenta con dictamen favorable) Se presenta la siguiente normativa: Resolución Rectoral Nº 82/97 que aprueba el plan de estudios, Resolución del Consejo Superior (Res. CS) Nº 13/07 que designa al Director de la carrera, Res. CS Nº 159/06 que aprueba el Reglamento de Posgrado. No se adjunta el acto resolutivo que aprueba el Reglamento General de la carrera. La estructura de gobierno está conformada por un Director, una Coordinadora y una Comisión de Maestría. Las funciones del Director incluyen atender y supervisar la marcha del programa, mantener la relación del posgrado con la Secretaría Académica. Las funciones de la Comisión de Maestría incluyen evaluar, a propuesta del Director, los candidatos a ingresar a la carrera; intervenir en la evaluación de las actividades, en la designación de los directores de tesis, en la designación de los integrantes de los jurados de tesis, evaluar el desempeño docente y proponer a los docentes de cada curso. No se detallan las funciones y responsabilidades de la Coordinadora. El plan de estudios fue aprobado en el año 1997, por Resolución Nº 82/97 de la Rectora Organizadora. La duración de la carrera es de 24 meses, con un total de 702 horas obligatorias (558 teóricas y 144 prácticas), a las que se agregan 240 horas de actividades de investigación y 200 horas destinadas a otras actividades complementarias estipuladas en el plan de estudios. Los requisitos de admisión incluyen poseer una carrera universitaria de 4 años o más. Son títulos exigidos: Psicólogo, Sociólogo, Médico, Trabajador Social, Enfermero, Terapia Ocupacional y Musicoterapia. Asimismo, es condición el desempeño en alguna institución de salud mental o dirección de programas comunitarios y/o función académica, pública o privada y contar con un año de experiencia en este tipo de tareas. La modalidad de evaluación final consiste en una tesis. El plazo para la presentación de la tesis es de 36 meses, una vez finalizadas las actividades curriculares previstas. El jurado evaluador debe estar compuesto por 4 miembros, 3 titulares y un suplente, por lo menos uno de los miembros titulares debe ser externo a la institución. Los ingresantes a la carrera, desde el año 1998 hasta el año 2005, han sido 97. El número de alumnos becados asciende a 3 y las 2

fuentes de financiamiento son la UNLa y la Organización Panamericana de la Salud. Los graduados, desde el año 2000, han sido 7. Se anexan 2 tesis y 5 índices de tesis. No se anexan fichas de tesis o trabajos finales. El cuerpo académico está formado por 15 integrantes estables. De ellos, 7 poseen título máximo de magister, 2 título de especialista, 3 título de especialista otorgado por instituciones no universitarias y 3 título de grado. Los integrantes del cuerpo académico han desarrollado su trayectoria en las áreas disciplinares de Psiquiatría, Trabajo Social, Salud Mental, Planificación y Gestión de la Salud y Derecho. En los últimos cinco años 6 han dirigido tesis de posgrado, 8 cuentan con producción científica y 13 han participado en proyectos de investigación; 4 tienen adscripción a organismos de promoción científico tecnológica y 3 han desarrollado experiencia en el ámbito no académico, tanto en el ámbito privado como en el ámbito público. Se informan 1 actividad de investigación y 1 de transferencia desarrolladas en el ámbito de la carrera, de las cuales participan docentes de la carrera. La carrera ha sido ha sido evaluada anteriormente por la CONEAU, resultando acreditada con categoría Bn por Res. Nº 642/99. En dicha resolución se recomendó crear un programa de becas para los alumnos que no estén en condiciones de sostener el arancel, impulsar la adquisición de bibliografía pertinente y concretar la participación de los alumnos en los proyectos de investigación. 2. Evaluación global de la carrera La carrera se encuentra significativamente vinculada a otras carreras de grado y de posgrado, evidenciándose una articulación coherente entre las mismas. Se dictan en la unidad académica, diversas carreras que responden a una visión social de la problemática de la salud mental. En el ámbito de la unidad académica se dictan, también, la Especialización y el Doctorado en Salud Mental Comunitaria, por lo que se deduce una coherencia en lo que respecta al desarrollo de esta temática. Las líneas de investigación que se desarrollan en la institución se centran en los problemas de salud comunitaria y en la relación entre la universidad y la sociedad. Dentro de este marco, proyectos de investigación refieren a la gestión de servicios de salud, problemas y herramientas epidemiológicas, políticas de salud, políticas sociales, evaluación de tecnologías sanitarias, resiliencia, adultos mayores, violencia y salud y Equidad en Salud, entre otras. Hay 3

una evidente coherencia entre las líneas de investigación desarrolladas institucionalmente y la temática de la carrera. La estructura de gestión de la carrera es adecuada. La división de responsabilidades es clara y no existe una superposición de funciones entre los distintos integrantes. El perfil de los responsables es coherente en su formación en docencia, investigación, gestión y formación de recursos humanos y resultan idóneos para las tareas que realizan. La carrera cuenta con una normativa pertinente para su funcionamiento, ya que contempla los aspectos centrales para su desarrollo. Los convenios firmados por la unidad académica resultan pertinentes para los objetivos de la Maestría y garantizan la realización de las actividades prácticas planificadas. Entre los convenios cabe destacar el suscrito con la Red Maristán, que fomenta la cooperación académica entre departamentos de psiquiatría de universidades de América Latina y la Unión Europea. Dicho convenio es particularmente valioso dado que permite la colaboración con instituciones que se encuentran a la vanguardia de la Salud Mental Comunitaria. El plan de estudios contempla una formación teórica inicial que se torna más compleja a lo largo de la carrera. La distribución de las actividades prácticas es progresiva en el tiempo y pertinente a los contenidos teóricos. La carga horaria total es compatible con las exigencias y objetivos propuestos. Los contenidos académicos planteados son actuales, y conducen a producciones académicas relevantes en la temática de la Maestría. Los contenidos curriculares responden a las exigencias y nivel académico de una maestría. Las evaluaciones previstas para las actividades curriculares son adecuadas. Al finalizar cada módulo, los alumnos deben presentar una monografía sobre la temática del módulo, que sirve para evaluar el desempeño de los alumnos en la materia. Se encuentran previstas actividades prácticas en modalidad de taller, las cuales son coherentes con los objetivos planteados. Por otra parte, los alumnos deben concurrir a una unidad de salud mental durante el desarrollo de la maestría con la finalidad de realizar actividades de observación, de análisis de las modalidades de admisión, de demanda y atención. Estas actividades tienen por objeto diseñar un proyecto de investigación, el cual se comparte, utiliza e integra en la institución de referencia. 4

La carrera asegura los mecanismos de nivelación a través de la concurrencia a unidades de salud mental a solicitud del Director y la realización de cursos de nivelación previos al comienzo de la cursada. Los requisitos de admisión se consideran suficientes. Hay una muy adecuada correspondencia entre la formación recibida y la asignatura a su cargo. El cuerpo académico cuenta con experiencia en actividades de investigación; resultando muchas de ellas en publicaciones de alto impacto. El cuerpo docente acredita experiencia en la dirección de tesis de posgrado en la cantidad suficiente como para dar cuenta de las necesidades de los ingresantes. Por lo tanto, se considera que la Maestría cuenta con un cuerpo docente apropiado a sus necesidades. La mayoría de los alumnos se desempeñan profesionalmente en servicios de salud mental de unidades sanitarias, programas de drogadependencia, hospitales psiquiátricos, entre otros. En su mayoría los alumnos son psiquiatras, aunque también cuentan con enfermeras, sociólogos, terapistas ocupacionales y licenciados en musicoterapia. Se mantiene en las distintas cohortes un promedio de ingresantes de entre 25 y 30 alumnos. Existe un sistema de becas para los profesores de la UNLa que cubre el total del arancel, en tanto que los profesores contratados cuentan con un 50% de descuento. La infraestructura edilicia de la Maestría es adecuada para sus requerimientos, tanto en lo que respecta a las aulas como a los recursos didácticos a disposición de los alumnos. Los centros de salud a los que tienen acceso los alumnos para las prácticas profesionales, brindan la cantidad de pacientes y patologías para garantizar el proceso de formación. La biblioteca cuenta con suficiente material bibliográfico específico y 23 suscripciones a revistas especializadas, lo que se considera suficiente. El equipamiento informático es suficiente. La modalidad de evaluación final elegida es una tesis, que en todos los casos debe responder a un trabajo de campo. Este requisito se considera adecuado, ya que aumenta la cantidad de intervenciones en un campo que no se encuentra plenamente desarrollado en el país. La composición del jurado evaluador es apropiada. La calidad de las tesis refiere al progreso y desarrollo de la disciplina objeto de estudio. Las tesis reflejan el abordaje de temáticas vigentes con propuestas superadoras de diferentes áreas de la Salud Mental Comunitaria, lo que se considera adecuado. 5

La actividad de investigación refiere a la modalidad de investigación- acción, reflejando de este modo un enriquecimiento en la práctica y en la teoría. El vínculo que se produce con las prácticas genera una producción científica que, por un lado, favorece la formación de recursos humanos, y por el otro aporta calidad a las producciones en la temática. Las actividades de investigación se consideran adecuadas. Las actividades de transferencia se encuentran garantizadas, ya que los alumnos deben asistir e integrarse al trabajo en una unidad de salud mental a lo largo de toda la maestría. En las cohortes 1997 y 2000, se observa un progreso en el número de egresados, aunque la tasa de graduación sigue siendo baja. La supervisión de la actividad docente es llevada adelante por el Director y la Comisión de posgrado, mediante reuniones mensuales con los docentes de la carrera. Por otra parte, se administra a los alumnos un cuestionario donde evalúan la actividad docente. Si bien la Maestría no declara poseer un sistema de seguimiento de los graduados, muchos de ellos se han insertado en la Red Maristán, lo que garantiza el seguimiento de su desempeño profesional. La efectividad de los mecanismos de supervisión se ve relejada en las tesis de los egresados, las que han sido admitidas en publicaciones de relevancia. 6 Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- ACREDITAR la carrera de Maestría en Salud Mental y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Lanús, Departamento de Salud Comunitaria, que se dicta en la localidad de Remedios de Escalada, Prov. de Buenos Aires, por un periodo de 6 años. ARTÍCULO 2º.- CATEGORIZAR la mencionada carrera como B. ARTÍCULO 3º.- RECOMENDAR: - Se implementen mecanismos tendientes a revertir la baja tasa de graduación. - Se incluyan las funciones del Coordinador en la normativa de la carrera.

ARTÍCULO 4º.- Al vencimiento del término expresado en el Art. 1º, la institución deberá solicitar una nueva acreditación, conforme a las convocatorias que establezca la CONEAU. La vigencia de esta acreditación se extiende hasta que se resuelva al respecto. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, archívese. 7 RESOLUCIÓN Nº 212 - CONEAU 09