SEGURO DE ESCOLARIDAD CON ADICIONAL DE ENFERMEDADES GRAVES
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- María Carmen Navarrete Rubio
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1 SEGURO DE ESCOLARIDAD CON ADICIONAL DE ENFERMEDADES GRAVES Seguro de Vida por UF 150 Seguro de Invalidez 2/3 UF 150 UF 150 ($ , por DIAGNOSTICO DE EGRA (Enfermedades Graves) Este último consiste en un pago único de UF 150 por única vez, si al sostenedor se le diagnostica por primera vez, una de las siguientes enfermedades: Cáncer Infarto al Miocardio Accidente Vascular Encefálico o Cerebral Insuficiencia Renal Crónica Enfermedades de las Coronarias que requiere cirugía. ASEGURADOS Apoderados responsables de la colegiatura de sus hijos estudiantes. Este seguro, asegura el pago de UF 150 anual por la colegiatura de los alumnos en caso de fallecimiento o invalidez 2/3 del sostenedor. Este pago se emite directamente a la institución y cubre hasta los 6 años de universidad del almuno. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Edad Límite de Ingreso Edad Límite Cobertura Vida ( para sostenedores padre o madre) Invalidez 2/3 ( para sostenedores padre o madre) CONDICIONES ESPECIALES Cuando el sostenedor no sea el padre o la madre la edad tope de cobertura es de 70 años para fallecimiento y 65 años para la ITP 2/3 Si el fallecimiento o INV 2/3, fuera a causa de una enfermedad diagnosticada, con anterioridad al ingreso al seguro, esta no se cubrirá.
2 SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES (BENEFICIARIO ALUMNOS) Reembolso de Gastos Médicos (UF 60) Desmembramiento (UF 400) REEMBOLSOS DE GASTOS MÈDICOS (UF 60) En virtud de esta cobertura, la compañía aseguradora reembolsara al asegurado, los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria en que este incurra como consecuencia de un accidente, hasta el monto anual indicado. CONDICIONES DE COBERTURA REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS a) El alumno, deberá en primera instancia hacer uso de su sistema de salud previsional (Isapre o Fonasa), y posteriormente sus sostenedor, solicitara el reembolso a la compañía aseguradora. b) En caso de no contar con sistema de salud el reembolso será el 50% sobre el total efectivamente incurrido por el asegurado. DESMEMBRAMIENTO (UF 400) En virtud de esta cobertura cuando la lesión sufrida a consecuencia de un accidente no ocasione el fallecimiento del alumno, sino que produzca alguna de las pérdidas que a continuación se indican, y siempre que éstas, se manifiesten antes de los noventa (90) días siguientes a la fecha de ocurrencia del siniestro. 100% en caso de pérdida total de los dos ojos, o de ambos miembros superiores (brazos), o de las dos manos, o de ambos miembros inferiores (piernas), o de los dos pies, o de un miembro inferior (pierna) y de una mano o un brazo; 50% por la pérdida de uno de los miembros superiores (brazos), o uno de los miembros inferiores (pierna), o de una mano o por la sordera completa de ambos oídos, por la ceguera total de un ojo en caso de que el Asegurado ya hubiera tenido ceguera total del otro antes de contratar este seguro; 40% por pérdida de un pie; 35% por la ceguera total de un ojo; 25% por la sordera completa de un oído en caso de que el Asegurado ya hubiera tenido sordera completa del otro, antes de contratar este seguro; 20% por la pérdida de un pulgar; 15% por la pérdida total del índice derecho e izquierdo. 13% por la sordera completa de un oído; 5% por la pérdida total de cualquiera de los demás dedos de la mano;
3 3% por la pérdida total de un dedo del pie; La pérdida de cada falange se calculará en forma proporcional. La indemnización por la pérdida total o parcial de varios dedos, se determinará sumando el porcentaje asignado a cada uno de los dedos o falanges perdidos. La pérdida funcional total y absoluta de cualquier miembro se considerará como pérdida efectiva del mismo.
4 Contactar a ejecutiva Jocelin Díaz Salazar de la Corredora de Seguros Global Corp Fono : , o bien enviando mail a siniestrossalud@globalcorpchile.cl. Se le indicará los documentos que debera reunir para presentar ante la compañia. Una vez juntado los documentos, se deben entregar en Cochrane 635 Torre A, oficina 904, Concepcion Plazo de Liquidación de gastos de aprox. 15 días habiles. Una vez transcurrido este plazo se emitira el pago, junto con una liquidación. Este pago se coordinara con el sostenedor Nota: Plazo de presentación de Gastos médicos 60 días ambulatorios y 120 Hospitalarios con solicitud de prórroga.
5 BENEFICIOS ADICIONALES DE COMPAÑÍA SURA. SURA Asistencia. Nuevos Beneficios para ti. Solo por ser asegurado de compañía Sura, cuentas con los siguientes beneficios. Desde Teléfonos fijos Desde Celulares BENEFICIOS FARMACIA SALCOBRAND Nuestra exitosa alianza con Salcobrand aporta con nuevos y especiales beneficios, que les permitirá a nuestros asegurados y sus familias disfrutar de atractivos descuentos en medicamentos y otros productos:
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