UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO

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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO Que, Ia Constitucion de Ia Republica en el Art. 355, reconoce a las universidades y escuelas politecnicas autonomia acadernica, administrative, financiera y organica, acorde con los objetivos del regimen de desarrollo y los principios establecidos en Ia Constituci6n; Que, Ia Ley Organica de Education Superior, publicada en el Registro Oficial N 298, del 12 de octubre del 2010, en el Art. 17 dice: "Reconocimiento de Ia autonomia responsable.- El Estado reconoce a las universidades y escuelas politecnicas autonomia academica, administrative, financiera y organica, acorde con los principios establecidos en Ia ConstituciOn de Ia RepOblica.(...)"; Que, el Art. 18 de Ia Ley Organica de Educci6n Superior, dispone: "Ejercicio de la autonomia responsable.- La autonomia responsable que ejercen las universidades y escuelas politecnicas consiste en: (...) c) La libertad en la elaboracion de sus planes y programas de estudio en el marco de las disposiciones de la presente Ley; (...) e) La libertad para gestionar sus procesos internos; (...)"; Que, el H. Consejo Universitario de Ia Universidad Nacional de Chimborazo, en sesion ordinaria d fecha 26 de julio del 2005 y mediante ResoluciOn No.0202-HCU : Con sujecici..) a lo establecido por el Articulo 18, numeral 5 y la DisposiciOn Transitoria Octave del Estatuto Institucional vigente, en forma unanime, resuelve crear el Vicerrectorado de Postgrado e Investigacion en Ia UNACH. Que, el H. Consejo Universitario como 6rgano academic superior, constituye la maxima autoridad de Ia Universidad Nacional de Chimborazo; En ejercirio d3 sus atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto vigente, aprueba y expide el siguiente: REGLAMENTO INTERN() DEL VICERRECTORADO DE POSTGRADO E INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CAPITULO I DE LA BASE LEGAL Art. 1.- La Universidad Nacional de Chimborazo es una institution de educacion superior en docencia e investigacion, con personeria juridica, sin fines de lucro, autonoma, de derecho publico, creada mediante Ley No. 98, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 771 del 31 de agosto de 1995, su domicilio principal es Ia ciudad de Riobamba; sus siglas son UNACH. Se rige por la ConstituciOn de la Republica del Ecuador, Ia Ley Organica de Educacion Superior, su Reglamento, otras (eyes conexas, su Estatuto, los Reglamentos y Resoluciones que expidan el Consejo de Educaci6n Superior y la Universidad. Art. 2.-El Vicerrectorado de Postgrado e Investigacion es parte de la estructura del Gobierno Institucional. 898

2 CAPITULO II MISION, VISION, POLiTICAS Y VALORES Art. 3.- DE LA MISION.- La vision del Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn, es ser lider y referente en ciencia, tecnologia e innovacion, dentro de un marco de principios y valoresfundamentales del ser humano. Art. 4.- DE LA VISION.- El Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn de la Universidad Nacional de Chimborazo tiene como mision, desarrollar programas de postgrado con excelencia acadernica, fomentar la culture de la investigacion cientifica y tecnologica e implementar alternatives de solucion a los problemas de la colectividad, para promover el desarrollo integral del pais. Art. 5.- POLiTICAS.-Son politicas del Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn: a. La priorizacion de Ia Investigacien Cientifica en la Institucion, con la Implementacion del Sistema de Ciencia, Tecnologia, Innovacion y Saberes Ancestrales, UNACH; b. La generaci6n y aplicacion de normativas para la elaboracion y evaluacion de Proyectos de InvestigaciOn; c. La distribucion del tiempo de los profesores con porcentaje adecuado para investigacion en funci6n de lo que estipula la LOES; d. La generacion de reglamentos que establezcan estimulos a los profesores que desarrollan investigacion; e. La evaluacion periodica de la capacidad, alcance y experiencia institucionales en investigacion; f. El analisis bianual de las lineas de investigacion de las carreras que oferta Ia institucion; g. La oferta de programas de postgrados, centrados en la investigacion formative y generativa; h. La incorporacion al ICITS de profesionales con grado PhD para apoyar el desarrollo de las lineas de investigacion institucionales; i. La organizacien de eventos cientificos con la participacion de especialistas al más alto nivel; La participacion del personal academico en eventos cientificos a nivel local e internacional; k. La difusion de las actividades y productos de investigacion, desarrollo e innovacion cientifica y tecnologica de la instituci6n; I. La vinculacion de la oferta institucional con la demanda social de ciencia, tecnologia, innovacion y saberes; m. La gestion de recursos economicos internos y externos, para Ia investigacion cientifica y tecnologica; n. La incorporacion del sector estudiantil a las actividades de investigacion; o. La creacion de instrumentos que normen los procesos de planificacion, ejecucion y evaluacion de programas y proyectos de ExtensiOn Universitaria, en los siguientes campos: academico, cultural-recreativo, de trabajo comunitario y otros; para las diferentes facultades, escuelas, modalidades y niveles (pregrado y posgrado), mediante Ia interacci6n de Ia Universidad y la comunidad; p. La atenci6n permanente a las necesidades del entorno social especialmente de los sectores vulnerables y marginales de la poblacion en centros de atencion gratuita con el fin de impulsar el desarrollo socioeconomico de la ciudad, Ia provincia y la region para mejorar Ia calidad de vide de la colectividad; q. La implementacion de un programa institucional permanente de seguimiento a los egresados de la Universidad y su insercion en el mercado laboral; 899

3 r. La capacitation y el perfeccionamiento continuo de los recursos humanos institucionales orientando sus acciones a Ia solucion de Ia problematica social, a traves de proyectos, programas y acciones de ExtensiOn Universitaria; s. La prepared& de recursos humanos de Ia más alta calificacion cientifica, academica y profesional, basicamente a &ayes de la investigacion; y, t. La formaci6n profesionales de curto nivel que contribuyan al desarrollo sustentable del pais mediante el planteamiento de alternatives de solucion a los diferentes problemas de orden cientifico, tecnico social y economico. Art. 6.- PRINCIPIOS.- Constituyen Principios del Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn: a. Principio de Calidad.- Este basado en las actividades de investigacion, de vinculacion con la sociedad y los procesos de formaci6n profesional de postgrado que responden a un criterio de planificacion y evaluation permanente e integral para su acreditacion Institutional; b. Principio de Pertinencia.- Se basa su lineamiento en desarrollar actividades tendientes der solucion a los problemas locales, regionales y nacionales, enmarcados enmarcado en el Plan Nacional del Buen Vivir; c. Principio de Excelencia en sus actividades de: formaci6n de postgrado, investigacion y vinculacion con la sociedad a fin de asegurar el mejoramiento continuo; y, d. Principio de Sostenibilidad Cientifica, Ambiental y Academic, en el marco del respeto y el desarrollo de ciencia y tecnologia como base fundamental del desarrollo de un pais. Art. 7.- FItTES.- Son fines del Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn: a Foinentar y ejecutar programas de investigacion de caracter cientifico, tecnologico y pedagogico que promuevan el desarrollo sustentable, local, regional y nacional; b. Contribuir al desarrollo de la production cientifica y a la promocion de las Lransferencias e innovaciones tecnologicas; c. Constituirse en promotora del desarrollo sostenible, mediante la generaci6n de conocimientos y tecnologias que contribuyan a superar la pobreza y las desigualdades sociales. d. Propiciar la excelencia en el desarrollo de las funciones investigacion y de vinculacion con Ia colectividad; e. Contribuir, promover, difundir y ejecutar acciones de vinculacion con la Sociedad, que propendan a resolver las necesidades de desarrollo del entorno, Ia region y el pais; f. Involucrar a la comunidad universitaria, para que aporte con respuestas pertinentes a la solucion de los problemas de la Sociedad; g. Participar en los planes de desarrollo institutional, local, regional y nacional, con propuestas de VinculaciOn con Ia Sociedad, dirigida a los sectores sociales sobre todo de los más vulnerables; y, h. Atender Ia demanda de formaci6n academica de cuarto nivel. Art. 8.- OBJETIVOS.-Son objetivos del Vicerrectorado de postgrado e investigacion: a. Desarrollar conocimientos cientificos y tecnologicos, promoviendo y privilegiando las lineas de investigacion, para enfrentar con oportunidad los problemas y necesidades de la sociedad; b. Normar los procesos de formulation, seleccion, priorizacion y ejecucion de los pi oyranias y proyectos de investigacion, asi como su seguimiento, difusi6n y transferencia de resultados; 900

4 c. Fomentar la investigacion cientifica y tecnologica en la UNACH, en beneficio de la corn unidad; d. Estimular la participacion de la comunidad universitaria en el desarrollo de programas y proyectos de investigacion cientifica y tecnologica; e. Fomentar Ia formacion de equipos de investigacion para que trabajen en la solucion de problemas de Ia sociedad ecuatoriana; f. Fomentar Ia participacion de los docentes de Ia UNACH en congresos, simposios y otros eventos de caracter cientifico; g. Promover la publicacion de articulos cientificos y tecnicos en revistas internacionales, nacionales o institucionales; h. Estimular y participar en la formaci6n de la red de investigadores a nivel nacional e internacional; i. Promover la creatividad intelectual y el desarrollo de la investigacion cientifica, en funcion de la problematica local y nacional, al nivel de postgrado; j. Vincular las funciones Universitarias: docencia, investigacion y vinculacion a traves de proyectos, programas y acciones de ExtensiOn Universitaria; k. Desarrollar actividades de interaccion social a traves de vinculacion con la colectividad: extension acadernica, asistencia tecnica, prestacion de servicios, capacitacion, consultoria y asesoria para mejorar la calidad de vida de la comunidad; I. Involucrar a la Universidad Nacional de Chimborazo en los procesos de desarrollo sostenible de nuestra provincia y pais a traves de programas, proyectos y acciones de Vinculacion con la Sociedad buscando que la poblacion alcance lo que propone el buen vivir o sumakkausay, en la Constitucion de Ia RepOblica; m. Velar por el cumplimiento de los lineamientos del seguimiento de egresados, que contemplan en el plan de desarrollo de Ia Universidad Nacional de Chimborazo y en las guias o instrumentos de planificacion, evaluacion y acreditacion de los organismos de control de Ia educacion superior ecuatoriana; n. Fomentar la participacion y actividades de asociacion entre los egresados a traves de eventos acadernicos, culturales, sociales organizados al interior y exterior de la Universidad; o. Formar recursos humanos al nivel de postgrado: Especialista. Magister y Doctor Phd considerando las tendencias del mundo moderno y el desarrollo cientifico tecnologico, mediante procesos que impliquen la docencia con la investigacion, la gesti6n y la vinculacion con Ia colectividad; y, p. Promover la creacion y difusion del conocimiento cientifico a traves de los programas de postgrado. CAPITULO Ill DE LA ORGANIZACION Art. 9.- El Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn, esta conformado de la siguiente manera: a. El Vicerrector de Postgrado e InvestigaciOn b. Instituto de Postgrado; c. lnstituto de Ciencia, InnovaciOn, Tecnologia y Saberes Ancestrales (ICITS); d. Comisi6n de VinculaciOn con la Sociedad; e. H. Consejos Directivos de postgrado; f. El Consejo de InvestigaciOn; g. El Centro de Transferencia y Tecnologia (CTT); h. El Centro de Emprendimiento y Desarrollo Empresarial (CEDE); i. La Secretaria; y, j. El personal Auxiliar de Servicios. 901

5 El Instituto de Postgrado; Instituto de Ciencia, InnovaciOn, Tecnologia y Saberes Ancestrales (ICITS), la ComisiOn de vinculacion con la sociedad, el Centro de Transferencia y Tecnologia (CTT), El Centro de Emprendimiento y Desarrollo Empresarial (CEDE), estan presididos por el Vicerrector de Postgrado e InvestigaciOn, su estructura, asi como los deberes y atribuciones de su personal se determinan en sus reglamentos respectivos. CAPITULO IV DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL Art Del Vicerrector de Posgrado e Investigaciem.- Son Deberes y Atribuciones del Vicerrector de Postgrado e InvestigaciOn las contempladas en el Estatuto Universitario y este Reglamento: a. Cumplir y hacer cumplir la Constituci6n de la RepOblica, la Ley Organica de Educacion Superior, sus Reglamentos, el Estatuto, los Reglamentos Internos y las Resoluciones de los organismos de la Universidad; b. Presentar el Plan Estrategico del Vicerrectorado; c. Presidir los Consejos Directivos de Postgrado y el Instituto de Ciencia, InnovaciOn, Tecnologia y Saberes Ancestrales (ICITS); d. Dirigir, supervisar y evaluar el cumplimiento de las politicas de desarrollo en investigacion y de postgrado; e. Dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo de los Equipos de Docentes Investigadores de la institucion; f. Coordinar con las unidades academicas, la formulacion de proyectos de investigacion cientifica y tecnologica de pregrado y postgrado, para atender los requerimientos institucionales y de la comunidad; g. Planificar, coordinar con las unidades acadernicas y supervisar Ia elaboracion de areas y lineas de investigacion; h. Planificar y coordinar con las unidades acadernicas, Ia innplementacion de programas de postgrado, acordes con los perfiles de egreso de sus estudiantes; i. Reemplazar al Vicerrector Administrativo en su ausencia temporal o definitiva; j. Dirigir y administrar las Unidades Acadernicas de Postgrado e InvestigaciOn y es el responsable del funcionamiento administrativo y academic de las mismas; k. Supervisar y coordinar con las unidades acadernicas, Ia designacion de los docentes que integren los Equipos de Investigadores; I. Fomentar, coordinar e impulsar la ejecucion de programas y proyectos de investigacion y de postgrado, con instituciones pdblicas y/o privadas nacionales e internacionales; m. Cumplir y ejercer las funciones que le sean asignadas por delegacion del Rector; n. Presentar al Rector el informe anual de actividades; y, o. Las demas que sefialen Ia Ley Organica de Educaci6n Superior, sus Reglamentos, este Estatuto y los Reglamentos Internos. Art. 11.-De Ia Secretaria del Vicerrectorado de Postgrado e Investigacion.- Para ser Secretaria del Vicerrectorado de Postgrado e InvestigaciOn se requiere: a. Estar en pleno ejercicio de los derechos previstos en Ia ConstituciOn de Ia Repdblica y la Ley para el desemperio de una fund& ptiblica; y, b. Poseer titulo Academic() Universitario en el area de Secretaria. La Secretaria del Vicerrectorado desemperiara sus funciones a tiempo completo, siendo estas las siguientes: a. Sera encargada de la recepcion de comunicaciones, registros, redaccion y envio de comunicaciones, informes y dernas documentacion que maneja el Vicerrectorado, bajo 902

6 la supervision del Vicerrector; Ilevar actas, archivos de la oficina y, de las Comisiones en las que el senor Vicerrector participa, manejo de la agenda de actividades; Atenci6n al public en general; b. Velars por el fiel cumplimiento de sus funciones, acorde con las necesidades del Vicerrectorado Acadarnico; y, c. Las demas que sean designadas por las Autoridades correspondientes y las contempladas en el Estatuto, organic funcional Institucional, y demas Leyes y Reglamentos que rijan su funcion. Art Del Auxiliar de Servicios del Vicerrectorado de Postgrado e Investigacion.- Son funciones del Auxiliar de Servicios del Vicerrectorado de Posgrado e InvestigaciOn: a. Sera designado por Ia autoridad nominadora de la institucion, conforme las disposiciones del COdigo de Trabajo y Ia reglamentacion interna. b. Desemperiara sus funciones a tiempo cornpleto; c. Sera encargado del aseo y limpieza de los ambientes y enseres de Ia oficina; d. Responsable del cuidado y mantenimiento de Ia oficina; e. Responsble de entregar Ia correspondencia emanada del Vicerrectorado de Posgrado e InvestigaciOn; y, f. Las demas que sean designadas por las Autoridades correspondientes y las contempladas en el Estatuto, organic funcional Institucional, reglamentos que rijan su funcion. Razor': Certifico que en sesion de Ia Comision Juriclica de fecha 29 de noviembre del 2012, fue discutido y aprobado el Reglamento que antecede. Certifico: Dr. Franklin Ocaria V. Procurador General de Ia UNACH Secretario de Ia Comision Juridica RAZON: Registro como tal que, el presente Reglamento fue estudiado y aprobado en SEGUNDA Y DEFINITIVA INSTANCIA, por el H. Consejo Universitario, en sesion de fecha 04 de enero del Lo certifico: Dr. Arturo Guerrero H., SECRETARIO GENERAL 903

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