DECRETO NÚMERO POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA CIUDAD VICTORIA
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- David Poblete Toledo
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1 LA ALCALDESA DE PEREIRA, EN EJERCICIO DE SU POTESTAD REGLAMENTARIA OTORGADA POR EL ARTICULO 91, LITERAL A, NUMERAL 6º, DE LA LEY 136 DE 1994 DE REGLAMENTAR LOS ACUERDOS MUNICIPALES; LEY 388 DE 1997, ARTÍCULO 19 Y TENIENDO EN CUENTA LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 508, DEL ACUERDO 18 DE 2000 La ciudad y lo urbano no se constituye a partir de los signos de la ciudad, de los semantemas de lo urbano, y eso que la ciudad es un conjunto significativo. La ciudad no es únicamente un lenguaje, sino una práctica Lefebvre, El derecho de la ciudad, p. 118 CONSIDERANDO: Que la ley 388 de 1997, en su artículo 19, consagró como instrumento de planificación los planes parciales, los cuales desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento para áreas determinadas del suelo urbano, las cuales deben desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística. El acuerdo 18 de 2000 (Plan de Ordenamiento Territorial) en el artículo 508, consagró los planes parciales que pueden desarrollarse en el Centro Tradicional, sede regional de las instituciones públicas y colectivas; lugar para las representaciones y manifestaciones culturales diversas; espacio público urbano muy importante por su simbología y representatividad a escala municipal; lugar atractivo para la residencia y el turismo; zona comercial y de servicios muy diversa, generadora de múltiples usos del ámbito metropolitano y centro financiero regional. El sector de la Antigua Galería se encuentra determinado en el Acuerdo 18 de 2000 como zona de expansión del centro tradicional, que presenta un progresivo deterioro físico, social, económico y ambiental requiriendo de unas acciones que buscan la renovación urbana y el redesarrollo de algunas zonas permitiendo detener y recuperar la obsolescencia que se ha venido presentando. De igual forma señala este acuerdo, en su artículo 514 como macroproyectos al interior del Plan de Ordenamiento Territorial la Recuperación urbanística del Centro tradicional de la ciudad y "La Recuperación Integral del Colector Egoyá y su área de influencia (Sector de la Antigua Galería Central, Olaya Herrera, San Jerónimo y Turín). 1
2 Con el plan parcial, se propone recuperar la vigencia urbanística y funcional del sector de la antigua Galería, a partir de cuatro (4) estrategias que recogen los postulados del Acuerdo 18 del 2000 (Plan de Ordenamiento) y del Acuerdo 25 de 2001 (Plan de Desarrollo ): a) Incrementar y cualificar el espacio público. b) Propiciar una mayor densidad en el uso del suelo. c) Dignificar la vida de los habitantes de la ciudad, refundar la ciudad y consolidar la gobernabilidad. d) Posibilitar la reactivación económica del sector, de la ciudad y de la región. DECRETA: TÍTULO I ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1º. OBJETO. Propiciar acciones integrales (políticas, sociales, físicas, económicas y ambientales) que detengan el deterioro y generen la renovación urbana, con el fin de devolverle al centro tradicional su dinámica económica y funcionalidad, recuperando el patrimonio arquitectónico y su carácter de polo comercial atractivo para la ciudad. ARTICULO 2º. CRITERIOS DE INTERVENCIÓN: Teniendo en cuenta que es una intervención integral debe estar enmarcada dentro de los siguientes criterios: A. Criterio Político: 1. Consolidar la gobernabilidad generando un ambiente de confianza de los distintos actores del proyecto, fortaleciendo la credibilidad en lo público. 2. Ejecutar el proyecto del Plan Parcial como una visión compartida de ciudad. 3. Establecer una cultura de planificación y gestión urbana que permita seguir construyendo y consolidando otros sectores de la ciudad a través de piezas urbanas. B. Criterio Social: 1. Respetar los derechos de las personas, concientizandolas a su vez de las obligaciones que tienen con la ciudad. 2. Crear espacios que permitan la recuperación integral de la estructura social de la población. 3. Mantener el respeto por los derechos fundamentales. 2
3 C. Criterio Económico: 1. Facilitar los procesos de inversión pública y privada. 2. Buscar equidad en las negociaciones que se den en la zona, teniendo siempre como referente las condiciones del mercado. 3. Reconocer el deterioro de la zona, la fragmentación de la propiedad y la necesidad de aplicar estímulos a la inversión. D. Criterio Físico-Ambiental: 1. Garantizar una relación directa y armónica con los distintos hechos urbanos que se realicen en la zona del Colector Egoyá. E. Criterio Cultural: 1. Recuperar como parte esencial el sentido de pertenencia ciudadana para que los Pereiranos asuman su misión dentro del plan de desarrollo. 2. Generar escenarios de participación ciudadana que propicien acciones de manera concertada. ARTICULO 3º. OBJETIVOS GENERALES: La ejecución del plan, estará directamente relacionada con la aplicación de los siguientes objetivos: A. SOBRE LO POLITICO: Confrontar los hechos de ciudad con la realidad que se anhela en el Plan de Ordenamiento y Plan de Desarrollo, a través de la siguiente estrategia: 1 Realizar de manera conjunta el proyecto urbano, basados en los elementos estructurantes del plan de ordenamiento en sus sistemas: ambiental, de espacio público, de equipamiento colectivo, de servicios públicos, de vías, de tránsito y de transporte. B. SOBRE LO SOCIAL: Realizar el acompañamiento e intervención social a los habitantes y grupos vulnerables que laboran y conviven en el sector de la antigua galería, intentando contribuir al mejoramiento de sus condiciones de vida, a través de las siguientes estrategias: 1. Realizar el acompañamiento social al plan parcial, posibilitando el acercamiento y reconocimiento de la población, llevando a cabo las intervenciones necesaria para minimizar el impacto producido por las actuaciones físicas en los grupos más vulnerables del sector. 3
4 2. Realizar la atención integral a los grupos vulnerables. 3. Generar procesos de rehabilitación socio-laboral y ofrecer alternativas laborales diferentes a las que ofrece el sector. 4. Ejercer la coordinación interinstitucional con las entidades de carácter gubernamental y no gubernamental que ejecutan programas de bienestar social en el sector. 5. Identificar los grupos poblaciones más vulnerables como base del trabajo social. C. SOBRE LO ECONÓMICO: Habrá reparto equitativo de cargas y beneficios, así como estímulos municipales para garantizar la inversión en la zona. a) Las cargas estarán representadas en: 1. Las obras de urbanismo se expresarán en términos de parques, vías e infraestructura, que deben asumir los desarrollos inmobiliarios. 2. En obras sociales proyectadas para la intervención y recuperación de la población que labora y residen en la zona. b) Los beneficios estarán representados en el potencial de desarrollo que se da a través de las normas para cada uno de los predios resultantes del reajuste de tierras. La distribución entre cargas y beneficios se basa en el reparto equitativo de los mismos, donde las cargas son las obligaciones y los beneficios representan los derechos potenciales a edificar. D. SOBRE LO FÍSICO-AMBIENTAL: Generar un entorno de alta calidad y eficiencia urbana que garantice una dinámica tanto diurna como nocturna en la zona de intervención, fortaleciendo la vocación del centro tradicional y potenciando sus ventajas estratégicas, en cuanto a localización y accesibilidad. Este objetivo se cumplirá de acuerdo con las siguientes estrategias: 1. Definir áreas dedicadas a usos institucionales, culturales, comerciales, recreativos y de vivienda, propiciando su continuidad y articulación a través del espacio público, evitando la generación de conflictos por impactos negativos entre usos no compatibles. 2. Potenciar la ubicación de cada uso y actividad, de tal manera que se den ventajas competitivas y se eleve la rentabilidad de los proyectos, al tiempo que se eviten impactos negativos. 3. Establecer márgenes de flexibilidad y ajuste en cuanto a las tipologías específicas de uso en cada uno de los proyectos, con el fin de que estos se ajusten a las condiciones comerciales del momento en que se vayan a ejecutar. 4
5 4. Plantear rangos de ajustes de la edificabilidad y tipologías de productos inmobiliarios, estableciendo un tope máximo a construir en cada proyecto por encima del escenario medio, de forma que cada proyecto pueda ser ajustado en el momento de su ejecución. 5. Consolidar la construcción del Parque Lineal Bulevar Egoyá, basados en elementos ambientales preexistentes, de tal forma que se inicie la noción de éste espacio como parque público. 6. Brindar las condiciones necesarias para que el Centro Cultural, eje del equipamiento colectivo, se implante con la mayor representatividad para la ciudad en el área de operación del plan parcial. E. SOBRE LO CULTURAL: Consolidar el área de expansión del centro Tradicional como una zona cívica, cultural y comercial de gran representatividad para la ciudad, a través de las siguientes estrategias: 1. Establecer amplios espacios públicos que soporten la demanda de actividades cívicas de la ciudad. 2. Posibilitar las áreas de desarrollo público y privado, que cuenten con espacios públicos de recorrido y estancia que permitan el encuentro del habitante urbano. 3. Generar espacios comunitarios al interior de los proyectos inmobiliarios, para el uso, goce y disfrute de las comunidades que los habiten y utilicen. 4. Ejecutar acciones culturales que logren la recuperación de la zona y su área de influencia. ARTICULO 4º. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN PARCIAL: Con los siguientes objetivos se pretende complementar los propósitos planteados en el objetivo general: A. ESPECÍFICO SOBRE LO POLITICO 1 Implementar el plan de ordenamiento a través de los instrumentos establecidos en el acuerdo 18 de Generar referentes de planificación urbana, con el fin de crear una cultura de gestión. 3 Fortalecer la presencia institucional en los procesos tendientes al desarrollo y mejoramiento físico del territorio. 4 Cumplir los compromisos señalados en el plan de desarrollo dentro del programa de recuperación integral de la antigua galería. B. ESPECÍFICO SOBRE LO SOCIAL: 1. Construcción de un proyecto colectivo de ciudad, a partir de la apropiación espacio - temporal y sociocultural de la zona de renovación urbana por parte de la administración, para dignificar la 5
6 vida de los habitantes del sector de la galería, refundar la ciudad y recuperar la gobernabilidad de un sector para al ciudad. 2. Proceso de gestión articulado a instancias sociales y físicas. 3. Consolidar un modelo de acompañamiento al plan parcial con soluciones sostenibles en el tiempo. 4. Fortalecimiento del trabajo social de la administración y de las organizaciones no gubernamentales en favor de la población vulnerable. C. ESPECÍFICO SOBRE LO ECONÓMICO: 1. Posibilitar un proceso de reactivación económica, habilitando el alto potencial comercial de la zona. 2. Efectuar el reparto de cargas proporcional al beneficio de cada proyecto. 3. Definir las diferentes unidades de gestión a desarrollarse en el plan parcial, de acuerdo con los diferentes proyectos a efectuar y con la estructura del reparto de cargas y beneficios. 4. Proponer diferentes alternativas de gestión para el plan parcial, tanto para la coordinación general del mismo como para el desarrollo de cada unidad de gestión, adelantando procesos de gestión inmobiliaria donde se den las condiciones para la interacción pública y privada. 5. Crear condiciones urbanas que hagan viable económicamente los proyectos arquitectónicos a ejecutarse D. ESPECÍFICO SOBRE LO FISICO-AMBIENTAL: 1. Generar manzanas con una estructura normativa clara, jurídicamente saneada, que respondan a las nuevas actividades económicas y sociales de la zona. 2. Formular y presentar proyectos urbanísticos estratégicos, que permitan inyectar una dinámica económica, social, física y ambiental al sector a intervenir. 3. Incentivar el desarrollo de proyectos inmobiliarios de vivienda que permitan atender la demanda del mercado, acorde con el área de actividad cotidiana señalada en el decreto 3991 de Identificar un escenario de edificabilidad y usos medios para que, con base en él, se efectúe el reparto de las cargas de espacios e infraestructuras públicas. 5. Establecer márgenes de flexibilidad y ajuste a las tipologías específicas de usos en cada uno de los proyectos que componen el plan parcial permitiendo que éstos se adecuen a las condiciones comerciales del momento en que se vayan a ejecutar. 6. Consolidar el espacio público del Parque Bulevar Egoyá, respetando y aprovechando su propia restricción. 7. Aumentar el espacio público libre por habitante en el centro tradicional. 6
7 8. Adelantar la construcción de la Plaza Cívica prevista en el decreto 3991 de 2000, que optimice la localización del Centro Cultural y potencie la nueva imagen urbana del centro de la ciudad. 9. Reponer las redes de servicios públicos del área de intervención, acordes con las áreas receptoras de desarrollo. 10. Implementar una infraestructura moderna de andenes, vías y amoblamiento. TITULO II ÁREA DE PLANIFICACIÓN ARTICULO 5º. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE INTERVENCIÓN: Comprende el siguiente sector: Partiendo en sentido occidente oriente desde la carrera novena entre las Calles 18 y la 14; siguiendo con dirección norte sur por el tramo de la calle 14 entre carreras novena y la Avenida del Ferrocarril; por la Avenida del Ferrocarril hasta el cruce con la carrera 12 continuando en la misma dirección oriente-occidente por el tramo de la carrera 12 comprendido entre la Avenida del Ferrocarril y la calle 18; girando por esta calle 18 en sentido sur-norte entre las carreras 12 y la novena hasta llegar al punto de partida. Se ha dividió en tres tipos: áreas de manejo especial, área de intervención a renovar y área receptora de cargas urbanísticas (Ver plano Nº 1). AREA A PLANIFICAR AREA DE MANEJO ESPECIAL AREA DE INTERVENCIÓN A RENOVAR AREAS RECEPTORA DE CARGAS Preexistencias Patrimonio Arquitectónico Área Cultural Unidad Gestión A Unidad Gestión B Unidad Gestión C Unidad Gestión D Unidad Gestión E Unidad Gestión F Áreas de espacio Público Esquema Nº 1 7
8 ARTÍCULO 6º AREA DE MANEJO ESPECIAL: Son áreas de manejo especial las conformadas por inmuebles patrimoniales y edificaciones con alto grado de consolidación (Ver Plano Nº 2). a) PREEXISTENCIAS: Son aquellas edificaciones que se encuentran dentro de la zona previamente delimitada y que pueden continuar con su estructura predial y morfología actual. No obstante, deben ceñirse a determinantes específicas de nuevas normas mínimas para inmuebles señalados como de manejo especial definidos en el artículo 29 de este decreto. b) PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO: Son los inmuebles que se encuentran dentro de la zona del plan parcial y que de acuerdo al plan de ordenamiento territorial son consideradas de patrimonio arquitectónico. c) AREA CULTURAL CENTRO CULTURAL METROPOLITANO: Se ubicará en la manzana 131, que comprende un área de cuatro mil doscientos veintiséis con 89 ( metros cuadrados), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, así: Punto 13 (E 1' , N 1' ). Punto 14 (E 1' , N 1' ). Punto 15 (E 1' , N 1' ). Punto 16 (E 1' , N 1' ). ARTÍCULO 7º. AREA RECEPTORA DE CARGAS: Son áreas que se deben consolidar mediante el reparto de cargas y beneficios y que se asumen como obligaciones urbanísticas, la cual, se identifica como el Parque Lineal Egoyá, que es la franja del parque comprendida para el plan parcial, entre las calles 14 a la 18 y entre las carreras 11 bis, Avenida del Ferrocarril y tramo de la carrera 12 y que incluye a su zona de protección. ARTICULO 8º. AREAS DE INTERVENCIÓN A RENOVAR: Se entienden como áreas a renovar las unidades de gestión incluidas en la delimitación descrita en el artículo 5º. del presente decreto. ( Ver Esquema Nº 1). ARTÍCULO 9º. UNIDADES DE GESTIÓN: Son Unidades de Gestión, las operaciones o proyectos urbanísticos que constituyan en sí mismos una unidad ejecutable de manera autónoma en el predio o predios que la conforman y, en la que se aplicará el principio de reparto equitativo de cargas y beneficios y podrán contener a su vez diferentes etapas por proyectos, sin constituirse de manera obligatoria en Unidades de Actuación Urbanísticas. 8
9 ARTÍCULO 10º. UNIDADES DE ACTUACIÓN URBANÍSTICAS: De conformidad con él articulo 39 de la ley 388 de 1997, se entiende como Unidad de Actuación Urbanística las áreas de planeamiento urbanístico que deben ser construidas y/o desarrolladas como una unidad de planeamiento con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios. ARTÍCULO 11º. Podrá ser objeto de unidad de actuación urbanística cada una, varias o todas las unidades señaladas en el siguiente cuadro: Unidad A Unidad B Unidad C Unidad D1 Unidad D2 Unidad E Unidad F Manzana 130 Manzana 132 Manzana 133 Manzana 158 Manzana 184 Manzana 160 Manzana 159 A1 : Vivienda B1 : Vivienda C1 Vivienda D1 D2 comercio Comercio Plaza Cívica Institucional tipo dos A2 : Vivienda B2 : Vivienda C2 Vivienda Parqueaderos B3:Institucion C3 Vivienda al C4 Vivienda PARAGRAFO: Los usos referidos en el este artículo corresponden al carácter predominante de cada unidad de gestión y se amplían en el articulo 26º del presente decreto. TITULO IV PROYECTO DE REAJUSTE DE TIERRAS ARTICULO 12º. PROYECTO DE REAJUSTE DE TIERRAS: Para el desarrollo del plan parcial, que plantea una nueva estructura urbanística, es necesario entrar a modificar la conformación predial actual a través del reajuste de tierras que permita establecer el reparto de cargas y beneficios, de conformidad con el artículo 45 de la ley 388 de ARTÍCULO 13º. VALORACION DE LOS PREDIOS: El precio de adquisición estará determinado de acuerdo con los lineamientos establecidos en el decreto 1420 del 24 de julio 1998, ley 9 de 1989 y 388 de
10 ARTÍCULO 14º. FORMA DE PAGO: La forma de pago del precio de adquisición de predios, podrá ser en dinero o en especie, en títulos valores, en derechos de participación en el proyecto, en permuta o las demás que permitan las prácticas comerciales. ARTÍCULO 15º. CONFORMACIÓN DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN: La nueva conformación predial estará integrada por un total de trece (13) unidades de gestión: Unidad de Gestión A: Esta unidad de gestión, la conforman treinta y seis (36) predios; dicha unidad se divide en 3 partes, así: Unidad de Gestión A1: Integrada actualmente por diez (10) predios los, cuales conformarán un solo globo de terreno. Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación A % 9, % 11, % 10, % 4, % 8, % 6, % 24, % 15, % 5, % 3,39 100,00 La unidad tendrá un superficie de dos mil ciento veinticinco con setenta y cuatro metros cuadrados ( ), que comprende las siguientes puntos de coordenadas, así: A partir del punto 1 (E 1' , N 1' ). Punto 2 (E 1' , N 1' ). Punto 3 (E 1' , N 1' ). Punto 4 (E 1' , N 1' ). Punto 5 ( E 1' , N 1' ). Punto 6 (E 1' , N 1' ). 10
11 Unidad de Gestión A2: Integrada actualmente por diecinueve (19) predios, los cuales conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación A % 5, % 3, % 7, % 7, % 4, % 22, % 8, % 9, % 5, % 12, % 3, % 1, % 1, % 1, % 1, % 1, % 1, % 1, % 1,05 La unidad tendrá un superficie de dos mil cuatrocientos treinta y siete con ochenta y ocho metros cuadrados (2437,88), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, así: A partir del punto 7 (E 1' N 1' ). Punto 8 (E 1' N 1' ) Punto 6 (E 1' , N 1' ) Punto 5 (E 1' , N 1' ). Punto 4 (E 1' , N 1' ). Punto 9 (E 1' , N ). Punto 10 (E , N 1' ). Punto 11 (E 1' , N ). Punto 12 (E 1' , N 1' ). PARAGRAFO : La tercera parte de esta unidad está referida en las preexistencias señaladas en el artículo 30º del presente decreto. 11
12 Unidad de Gestión B: Esta unidad de gestión, la conforman por diecinueve (19) predios; dicha unidad se divide en tres (3) partes, así: Unidad de Gestión B1: Integrada actualmente por tres (3) predios los cuales conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación B % 63, % 26, % 9,94 La unidad tendrá un superficie de setecientos noventa y cuatro con veintiocho metros cuadrados (794.28), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, a partir de: Punto 17 (E 1' , N 1' ). Punto 18 (E 1' , N 1' ). Punto 19 (E 1' , N 1' ). Punto 20 (E 1' , N 1' ). Unidad de Gestión B2: Integrada actualmente por nueve (9) predios, los cuales conformará un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación B % 28, % 12, % 17, % 3, % 6, % 7, % 12, % 2, % 7,25 La unidad tendrá un superficie de setecientos cincuenta y cinco con ochenta y dos metros cuadrados 12
13 (755.82), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, a partir de: Punto 21 (E 1' , N 1' ). Punto 22(E 1' , N 1' ). Punto 23 (E 1' , N 1' ). Punto 24 (E 1' , N 1' ). Unidad de Gestión B3. Integrada actualmente por siete (7) predios, los cuales conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación B % 2, % 1, % 0, % 21, % 2, % 2, Preexistencia 69,77 100,00 La unidad tendrá un superficie de tres mil ciento sesenta con setenta y cuatro metros cuadrados ( ), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, a partir Punto 20 (E 1' , N 1' ). Punto 23 (E 1' , N 1' ). Punto 25 (E 1' , N 1' ). Punto 26 (E 1' , N 1' ). Unidad de Gestión C: Esta unidad de gestión, la conforman treinta y siete (37) predios; dicha unidad se divide en 4 partes, así: Unidad de Gestión C1: Se integra actualmente por once (11) predios los cuales conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación C % 8, % 13, % 14,40 13
14 % 10, % 9, % 9, % 11, % 9, % 1, % 3, % 6,60 100,00 La unidad tendrá un superficie un mil trescientos veinticuatro con cincuenta y un metros cuadrados ( ), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, a partir Punto 27 (E 1' ,N 1' ). Punto 28 (E 1' , N 1' ). Punto 35 (E 1' , N 1' ). Punto 34 (E 1' , N 1' ). Unidad de Gestión C2: Integrada actualmente por siete (7) predios, los cuales conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación C % 30, % 17, % 9, % 11, % 12, % 16, % 2,32 La unidad tendrá un superficie de un mil trescientos veintidós con noventa y nueve metros cuadrados (1322,99), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, así: a partir Punto 28 (E 1' , N 1' ). Punto 29 (E 1' , N 1' ). Punto 30 (E 1' , N 1' ). Punto 35 (E 1' , N 1' ). 14
15 Unidad de Gestión C3: Integrada actualmente por ocho (8) predios los cuales conformaran un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación C % 10, % 24, % 11, % 4, % 5, % 5, % 19, % 18,13 100,00 La unidad tendrá un superficie de un mil doscientos ochenta y uno con setenta y siete metros cuadrados ( ), que comprende los siguientes puntos de coordenadas: a partir Punto 35 (E 1' , N 1' ). Punto 30 (E 1' , N 1' ). Punto 31 (E 1' , N 1' ).Punto 32 (E 1' , N 1' ). Unidad de Gestión C4: Conformada actualmente por doce (12) predios los cuales conformaran un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación C % 4, % 8, % 5, % 3, % 3, % 3, % 1,32 15
16 % 6, % 31, % 8, % 12, % 11,78 100,00 La unidad tendrá un superficie de un mil doscientos ochenta y tres con veintinueve metros cuadrados ( ), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, así: Punto 35 (E 1' , N 1' ). Punto 32 (E 1' , N 1' ). Punto 33 (E 1' , N 1' ). Punto 34 (E 1' , N 1' ) Unidad D1: Integrada actualmente por once (11) predios los cuales conformarán solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación D % 14, % 16, % 9, % 7, % 7, % 17, % 1, % 6, % 11, % 5, % 2,00 100,00 La unidad tendrá una superficie de tres mil doce con catorce metros cuadrados ( ), que comprende los siguientes puntos de coordenadas, así: Punto 36 (E 1' , N 1' ). Punto 37 (E 1' , N 1' ). Punto 38 (E 1' , N 1' ). Punto 39 (E 1' , N 1' ). Punto 40 (E 1' N 1' Punto 41 (E 1' , N 1' ). Punto 42 (E 1' , N 1' ). Punto 43 (E 1' , N 16
17 1' ). Unidad D2: Integrada actualmente por quince (15) predios, los cuales, conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación D % 1, % 6, % 4, % 4, % 4, % 3, % 2, % 2, % 14, % 5, % 7, % 1, % 11, % 1, % 29,54 100,00 La unidad tendrá un superficie de cinco mil ochocientos cuarenta y nueve con setenta y cinco metros cuadrados ( ) que comprende los siguientes puntos de coordenadas: a partir Punto 44 (E 1' , N 1' Punto 45 (E 1' , N 1' ). Punto 46 (E1' , N 1' ). Punto 47 (E1' , N 1' ). Unidad E: Conformada actualmente por setenta y siete (77) predios los cuales conformarán un solo globo de terreno, así: 17
18 Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación E % 3, % 0, % 2, % 1, % 0, % 0, % 2, % 0, % 0, % 1, % 1, % 1, % 0, % 1, % 1, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 1, % 2, % 1, % 0, % 0,26 18
19 % 1, % 0, % 0, % 0, % 0, % 1, % 0, % 1, % 13, % 1, % 1, % 2, % 0, % 4, % 1, % 0, % 1, % 1, % 2, % 0, % 1, % 0, % 1, % 1, % 0, % 0, % 0, % 0, % 1, % 1, % 2, % 2, % 0,73 19
20 % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 4, % 5,27 100,00 La unidad tendrá un área de dieciocho mil ochocientos ochenta y uno con treinta y cinco metros cuadrados ( ), que comprende los siguientes puntos de coordenadas: A partir del Punto 52 (E 1' , N 1' Punto 53 (E 1' , N 1' ). Punto 54 (E1' , N 1' ). Punto 55 (E1' , N 1' ). Punto 56 (E1' , 1' ). Unidad F Parqueaderos: Integrada actualmente por diecinueve (19) predios, conformarán un solo globo de terreno, así: los cuales, Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación F % 30, % 9, % 17, % 0, % 0, % 1, % 1,53 20
21 % 0, % 1, % 2, % 2, % 1, % 1, % 6, % 6, % 4, % 5, % 1, % 6,70 100,00 La unidad tendrá un superficie de seis mil cuatrocientos cinco con cero cuatro metros cuadrados ( ) que comprende los siguientes puntos de coordenadas: A partir del Punto 48 (E 1' , N 1' Punto 49 (E 1' , N 1' ). Punto 50 (E1' , N 1' ). Punto 51 (E1' , N 1' ). Parque Lineal Egoyá : Conformada actualmente por veintiocho (28) predios, los cuales, conformarán un solo globo de terreno, así: Ficha Catastral Porcentaje del Predio Porcentaje de participación Parque Lineal Egoyá % 3, % 4, % 0, % 0, % 7, % 6, % 6, % 1, % 2,24 21
22 % 2, % 1, % 1, % 1, % 1, % 1, % 1, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 0, % 18, % 6, % 16, % 8,92 100,00 PARÁGRAFO : Una vez se ejecute el proceso de Reajuste de tierras, se solicitará al Instituto Geográfico Agustín Codazzi y al municipio la asignación de la nueva nomenclatura de manzanas en el sector del plan parcial. ARTICULO 16º. SUSTITUCIÓN DE ESPACIO PUBLICO. Para la conformación de las unidades de gestión relacionadas en el artículo 15 y que en su conformación ocupen áreas con afectación de espacio público, deberán sustituirse en vías peatonales y áreas que conformen el parque lineal bulevar Egoyá (Ver Plano Nº 9). DIRECCIÓN TRAMO ÁREA A SUSTITUIR EN Calle 15 Carreras 10 a ,40 m2 Parque Lineal Bulevar Egoyá Calle 15 Carreras 11 a 11 bis 172,74 m2 Parque Lineal Bulevar Egoyá Calle 15 Carrera 11 a Av. del Ferrocarril 258,10 m2 Parque Lineal Bulevar Egoyá Carrera 11 Calles14 a ,63 m2 Parque Lineal Bulevar Egoyá 22
23 Carrera 11 Calles 16 a ,33 m2 Parque Lineal Bulevar Egoyá Carrera 11 Calles17 a ,05 m2 Vía peatonal Carrera 11 bis Calles 14 a ,92 m2 Parque Lineal Bulevar Egoyá TOTAL 4.466,17 m2 Para cuantificar el valor de la tierra se deberá tener en cuenta el promedio del valor del suelo donde se aplicará la sustitución de espacio público; es decir, en la zona del parque lineal. PARÁGRAFO: La desafectación de estas áreas será presentada ante el Concejo Municipal, según lo dispuesto en el artículo 4º del decreto 1504 de TITULO V DIRECTRICES URBANÍSTICAS ARTICULO 17º. ESTRUCTURA URBANA: La nueva conformación morfológica del área de operación la conformarán: 1. La retícula ortogonal tradicional de la ciudad. 2. Trazado Parque Bulevar Egoyá, según decreto 3991 de Secciones de vías dadas por el Acuerdo 18 de 2000 y las especificaciones que requiera el Sistema de Transporte Masivo. 4. Preexistencias soportadas por el Patrimonio Arquitectónico y edificaciones en alto grado de consolidación. 5. Potencial de uso de centros de manzana. 6. Conectividad del sector San José con la zona del plan parcial. 7. Creación de espacios de encuentro o relacionales. Los anteriores elementos definen los siguientes componentes urbanos: 1. PARQUE LINEAL EGOYÁ: Es el espacio caracterizado por mayores áreas verdes sobre áreas duras y de recreación pasiva. Se encuentra limitando el Plan Parcial en su sector sur y, a su vez, permite mitigar el impacto de alto uso que presenta la Avenida del Ferrocarril y soporta la demanda de espacio público requerido por los usos proyectados en el plan. 23
24 2. PLAZA CÍVICA: Es el espacio caracterizado por un mayor aprovechamiento de áreas duras, en donde se expresan las manifestaciones cívicas de masa o de gran número de personas. Será el espacio público más representativo del plan, que dignifica el uso cultural e institucional del Centro Cultural y posibilita un eficiente intercambio comercial de los usos dados en las manzanas que la circundan. 3. PARQUEADEROS PÚBLICOS: Se plantean subterráneos, bajo la plaza cívica dando cobertura a la zona del plan y su área inmediata, mitigando el acceso del vehículo al centro tradicional de acuerdo con los criterios trazados en el Plan de Ordenamiento Territorial. 4. MANZANAS TRADICIONALES: Sustentan en un alto porcentaje el uso de vivienda y permiten a través de su renovación, articular la dinámica del centro tradicional con las nuevas actividades proyectadas en el Plan Parcial. Se propone el centro de manzana, como el lugar de encuentro de escala barrial para la vivienda que lo rodea, de manera consecuente con la estructura y el uso de la manzana tradicional. 5. SUPER MANZANAS: Ofrecen un mayor aprovechamiento del uso del suelo, dando cabida a proyectos de gran escala que aumenten el desarrollo comercial, favoreciendo la ubicación de nuevas ofertas de servicios para la ciudad y la región. 6. PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO: Se protege el patrimonio arquitectónico incorporándolo a la nueva estructura predial de la manzana y respetando su imagen urbana, potenciándolo para su uso. 7. VÍAS PEATONALES: Se optimizan los flujos peatonales a través de vías de carácter único con secciones amplias y calidades espaciales adecuadas que conducen a los espacios públicos de gran afluencia. 8. VÍAS VEHÍCULARES: Se respetan las vías de carácter prioritario que relacionan la ciudad en los sentidos norte-sur y oriente-occidente, equilibrando los accesos y salidas en el área del Plan. ARTÍCULO 18º. NORMA ESTRUCTURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL: En concordancia con lo estipulado en el Acuerdo 18 de 2000, el Plan Parcial de Renovación Urbana de la zona de la Antigua Galería reconoce los siguientes sistemas como norma estructurante del plan: 24
25 1. SISTEMA VÍAS, TRÁNSITO Y TRANSPORTE: (Ver Plano Nº 9) a) Avenida del Ferrocarril. En la sección comprendida en el tramo norte entre la intersección de la Carrera 12 hasta la Calle 14. Esta vía es señalada en el Acuerdo 18 de 2000, en su artículo 123 y en el numeral del documento técnico soporte como Corredor de Transporte Masivo Metropolitano. b) Calle 17. El plan parcial contiene este eje vial estructurante en la sección que comprende, desde la Carrera 12 hasta la Carrera 9. El decreto 3991 de 2000, artículo 6 y plano vial Nº 3 del mismo, señala esta vía bajo la categoría de VAS 2 Especial del Centro. Sobre este eje se efectúan los accesos de carácter regional al Plan Parcial, de rutas provenientes de los municipios localizados al sur de Pereira. c) Calle 14. Es el borde oriental del Plan Parcial entre las carreras 9 y Avenida del Ferrocarril y el decreto 3991 de 2000, artículo 6 y plano vial Nº 3 del mismo, señala esta vía bajo la categoría de VAS 2 especial del centro. Esta vía permite dar salida desde el Plan Parcial hacia la zona sur oriental de la ciudad y conectarlo con la zona occidental a través de la Avenida del Ferrocarril. 2. SISTEMA AMBIENTAL: (Ver Plano Nº 6) Zona de Protección del Colector Egoyá, regulada por Acuerdo 18 de 2000 en su artículo 140 y especificado en el plano 14 B. 3. SISTEMA SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS: Se acogen los artículos 7 y 8 del decreto 3991 de 2000 que incluye el plano 25 de la zona de protección del colector Egoyá. TÍTULO VI DISEÑO URBANO ARTICULO 19º. SISTEMA DE ESPACIOS PÚBLICOS: El sistema de espacios públicos, estará integrado por los siguientes elementos (Ver Plano Nº 4). 1. Parque Lineal Bulevar Egoyá: Parque de escala municipal que limita por el norte con la carrera 11 Bis, al sur con la carrera 12 y la Avenida del Ferrocarril, al oriente con la calle 14, y por el occidente con la calle 18. Comprende un área de metros cuadrados de los metros cuadrados planteados en el acuerdo 18 de 2000 y vinculado a la zona de protección del colector 25
26 Egoyá. Está concebido con el 80% de área verde arborizada con especies nativas. 2. Plaza Cívica: Plaza de característica municipal, localizada entre el Parque Lineal Bulevar Egoyá y la carrera 10, entre las calles 16 y 17. Su área comprende metros cuadrados, que sumados el Parque Lineal, permiten reducir el déficit de metros cuadrados libres por habitantes en la Comuna Centro, acercándose al de 1,7 metros cuadrados por persona, establecido en el acuerdo 18 de La plaza está conformada por distintos niveles, aprovechando la topografía que desciende hacia el Parque Lineal. Franjas arborizadas que acompañan la movilidad peatonal entorno al perímetro de la plaza. Continuidad de la circulación. Localización de elementos de amoblamiento urbano. 3. Áreas libres en el Centro de la Manzana: Son áreas en el centro de las manzanas residenciales, que cumplen las funciones de parque de barrio. (Ver Plano Nº 5). Estas áreas contienen dos tipos de superficies: 1. Área verde apta para arborización. 2. Área dura apta para amoblamiento interno soportada por la estructura del piso inferior. 4. Los Andenes se estructuran bajo las siguientes consideraciones: Andén Tipo de 5 metros: ( Ver Plano Nº 5) a) Con una altura mínima de 25 centímetros desde el nivel de la calzada. b) Sardinel prefabricado autónomo, de la superficie circulable; la superficie para la circulación conformada por piezas removibles que faciliten posibles acciones de mantenimiento de redes de infraestructura. c) A una distancia de 1 metro desde el borde del sardinel inmediato a la calzada, se establece el eje en el cual se localizaran los elementos de amoblamiento. d) Cada esquina desarrolla dos rampas para minusválidos según lo determinado por la ley 361 de 1997, la rampa tendrá un desarrollo de un metro e) La continuidad entre andenes se indica por medio de franjas peatonales marcadas por medio de texturas de pisos. f) Se determina una pendiente mínima de 2% hacia las calzadas. g) Las esquinas deben contener nomenclatura y señalización urbana y de tránsito. h) Los semáforos deben estar localizados antes de las franjas de cruces peatonales. 5. Amoblamiento Urbano: Para garantizar una correcta imagen urbana durante periodos de tiempo amplios, se determinan los siguientes criterios para la materialidad del 26
27 amoblamiento: a) Considerar la durabilidad y escaso mantenimiento de los materiales del mobiliario. b) Fácil desmonte, en caso de mantenimiento o deterioro extremo. c) Materiales resistentes y poco atractivos para daños intencionales. d) Optimización de elementos verticales para señalización, luminarias, canecas y otros. e) La altura y características de los elementos del mobiliario urbano deben permitir ser usados por personas con limitaciones físicas. f) Luminarias. 1. Altura de 6 metros 2. Distancias mínimas entre luminarias, según localización del plano urbanístico del Plan Parcial. 3. Arborización. Para andenes y vías peatonales I. Árboles de mediano porte y follaje esbelto. II. Raíces contenidas en protectores. III. Arboles de larga vida, escaso mantenimiento y crecimiento rápido. IV. Sobre el costado sur de la carrera 10 entre 14 y 16 vegetación de gran altura y follaje amplio. Para parque y áreas verdes de plaza I. Árboles de gran porte y follaje amplio. II. Árboles con floración periódica. 4. Señalización de Tránsito a) Semáforos localizados en áreas previas a las franjas de cruce peatonal. b) Señalización de regulación de tránsito y nomenclatura en los extremos de las esquinas (Ver plano Nº 5) ARTICULO 20º. SERVICIOS PÚBLICOS: Para efectos de desarrollo de la renovación urbana se optimizará la infraestructura de los servicios públicos. El plan parcial resolverá todos los aspectos relacionados con las servidumbres existentes en la zona de tal forma que se asegure la prestación de los servicios públicos, solo a través de redes construidas en espacios públicos. Los constructores públicos o privados deberán cumplir con las normas de construcción vigentes para cada servicio. La distribución de redes secundarias se indica en los planos respectivos del Plan Parcial y que hacen parte integral del presente decreto (Ver Planos Nº 11, 12 y 13). 27
28 ARTICULO 21º. SISTEMA VIAL Y DE TRANSPORTE: El área de formulación del Plan Parcial soporta rutas de transporte masivo de carácter metropolitano y municipal, que inciden en las relaciones de flujos y determinan la necesidad de minimizar los puntos de cruces viales con el fin de no generar conflicto con los vehículos particulares (Ver Plano Nº 9). PARÁGRAFO: Se reconocen los siguientes sentidos de vías: 1. Carrera 9ª tramo Calle 14 a Calle 18 : sentido Oriente Occidente 2. Carrera 10ª tramo Calle 14 a Calle 18 : sentido Occidente - Oriente 3. Avenida del Ferrocarril Calzada Norte tramo Calle 14 a Calle 18 : sentido Oriente Occidente 4. Calle 14 tramo Carrera 9ª a Avenida del Ferrocarril : sentido Norte Sur 5. Calle 15 tramo Carrera 9ª a Carrera 10 : sentido Sur - Norte 6. Calle 16 tramo Carrera 9ª a Avenida del Ferrocarril : sentido Norte Sur 7. Calle 17 tramo Carrera 9ª a Avenida del Ferrocarril : sentido Sur Norte 8. Calle 18 tramo Carrera 9ª a Carrera 12 : sentido Norte Sur ARTICULO 22º. VÍAS PEATONALES: Las siguientes son las áreas que tendrán la denominación de vías peatonales, en el sector del plan parcial (Ver Plano Nº 10). 1. Carrera 10 Bis: Permite dar una nuevo frente al patrimonio arquitectónico, recuperando su área posterior para el disfrute del peatón y conectándolo directamente con el espacio público representado en la Plaza Cívica. 2. Carrera 11 Bis: Esta se plantea a lo largo de la zona de protección del colector Egoyá, recogiendo las directrices definidas en el acuerdo 18 de 2000, en el parágrafo del artículo Puente Peatonal: Parte desde la manzana 210 ubicada en el sector de San José y llega al Parque Lineal Egoyá, permitiendo la conexión entre los sectores centro y Circunvalar, determinado en el decreto 3991 de Paso a desnivel: Son cruces peatonales localizados en los ejes de la carrera 11 y 10 Bis, desarrollados bajo la Calle 17 que permiten conexión entre la Plaza Cívica, los parqueaderos subterráneos de la Plaza y las vías peatonales entre sí. ARTICULO 23º. Se permitirá la instalación de carpas, toldos o capotas que cubran las vías 28
29 peatonales, únicamente adheridas o suspendidas de las fachadas que las enmarcan, serán plegables y removibles hacia la fachada, obteniendo como resultado la recuperación formal y espacial de estos lugares en los momentos del no funcionamiento de los establecimientos a los cuales sirve; no tendrán apoyos puntuales que ocupen áreas de la superficie para la circulación, ni interfieran con el amoblamiento urbano permanente en ella. Bajo estas áreas singulares podrá situarse amoblamiento removible de propiedad del particular y no serán fijados o adheridos al piso de ninguna manera. El área sobre la cual se deben desarrollar estas estructuras no excederán los 3 metros, a partir del paramento base o estructural. Los colores que tendrán que asumirse, estarán entre la gama de los colores tierra. ARTICULO 24º. PERFILES VIALES: Las secciones dadas para las vías, se recogen de las determinantes planteadas por el sistema de transporte masivo y de acuerdo con las especificaciones de movilidad que plantea el Plan Parcial. (Ver Plano Nº 10) CARRERA TRAMO DESCRIPCIÓN TOTAL SECCIÓN 9ª CALLE CALLE Calzada: 9.50 m Andén Norte: 5 m Andén Sur: 5 m (A partir del paramento norte preexistente de patrimonio, el andén aumenta a 2 m) 19.5 m 16.5 m (Entre preexistencia y nuevo paramento) 9ª 10ª CALLE CALLE Calzada : 9.50 m Andén Norte : Existente 2.65 Andén Sur : 6.6 m (A partir del paramento norte preexistente de patrimonio, el andén conserva sus dimensiones de 2.65 m) Calzada : 9.50 m Andén Norte : 5 m Andén Sur : 6 m (A partir del paramento norte preexistente, el andén aumenta a 1.4 m) Calzada: m m (Entre preexistencia y nuevo. Nuevo paramento) 20.5 m 29
30 10ª CALLE Andén Norte: 6.6 m 23.9 m Andén Sur: 6 m Calzada : 9.5 m 10ª Andén Norte : 5 m 17.5 m CALLE Andén Sur : Dado por la preexistencia de Patrimonio Vía peatonal: 14 10ª Bis CALLE (A partir del paramento norte del 14 m Edificio de Rentas Municipales, la vía se reduce 6,5 m) 11 CALLE Vía peatonal : 9 m 9 m 11 Bis CALLE Vía peatonal : 9 m 9 m 12ª Av. FERROCARRIL - CALLE 18 Calzada : 10.8 m Andén Norte : 5 m Andén Sur : 5 m 20.8 m CALLES TRAMO DESCRIPCIÓN TOTAL SECCIÓN 14 CARRERA 9a - Av FERRROCARRIL Calzada : 10.8 m Andén Oriente: 5m Andén Occidente: 5 m m 15 CARRERA CARRERA CARRERA CARRERA Calzada : 9.50 m Andén Norte : 5 m Andén Sur : 5 m Calzada : 8.7 m Andén Oriental : 5 m Andén Occidental: 6.6m Calzada : 10.8 m Andén Oriental : 6.6 m Andén Occidental: 2.5m (Existente) Calzada : 10.8 m Andén Oriental : 6 m Andén Occidental: 5m Calzada : 6.25 Existente m 19.5 m m 19.9 m 21.8 m 30
31 18 CARRERA 9-10 Andén Oriental : 5 m Andén Occidental: 5m ENTRE CARRERA 10a Y Calzada : 6.25 m 18 CARRERA 10a BIS Andén Oriental : 5 m Andén Occidental: 5m m m 18 Avenida del Ferrocarril ENTRE CARRERA 10a BIS Calzada : 6.25 m y CARRERA 12 Andén Oriental : 5 m Andén Occidental: 5m ENTRE LA CALLE 14 Y LA CARRERA 12 Separador central existente Calzada Norte : 10 m Calzada de servicio Norte : 6 m Andén Norte : 5 m Calzada sur : m Andén Sur : 8.5 m m ARTICULO 25º. PARQUEADEROS: El ingreso a parqueaderos a los predios se hará sobre los frentes de manzana que se muestran en el siguiente cuadro, los cuales no deberán interrumpir la continuidad del nivel del andén. De esta manera, el automóvil ingresará al parqueadero a través de una rampa de 4 metros de ancho como mínimo que se desarrollará sobre una longitud de un metro. Todos los parqueaderos para el área de operación del Plan Parcial se localizarán al interior del predio ó en sótanos (subterráneos). UNIDAD SOBRE LA CARRERA O CALLE B3 Solamente sobre la calle 15 Y 16 Centro Cultural Solamente sobre la calle 16 D Solamente sobre la calle 18 F Ingreso y salida sobre la calle 17 E Todos los frentes, exceptuando la calle 14. Ingreso de carga sobre la carrera 10ª y salida sobre la Avenida del Ferrocarril, con restricciones de horario Articulo 26º. USOS POR UNIDADES DE GESTIÓN (Ver Plano Nº 8) 31
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