POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA SAN JOSE.

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1 EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PEREIRA en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el numeral 5 del artículo 27 de la Ley 388 de 1.997, de Desarrollo Físico Territorial, y CONSIDERANDO 1. El acuerdo 18 de 2000, Plan de Ordenamiento Territorial, estableció en su articulo 311 como tratamiento de renovación aquel que ( ) Se aplica a sectores del suelo urbano ya desarrollados, caracterizados por el deterioro físico y socioeconómico, que requiere modificaciones sustanciales al uso del suelo y de las construcciones. Con este tipo de tratamiento se pretende recuperar y transformar estas zonas con miras a una utilización mas eficiente del suelo. Este tipo de tratamiento es prioritario para la ciudad y requiere de una participación activa de la Administración Municipal en la gestión y promoción de los proyectos.. (Resaltado fuera de texto). 2. A su vez, el artículo 312 ídem definió las zonas que deben ser objeto del tratamiento de Renovación Urbana y las individualizó como: la zona de la antigua galería y la zona de San José. Indica que estos sectores requieren de un nuevo ordenamiento urbano y de una transformación importante del espacio construido, el cual puede llegar a ser completamente reemplazado, generando nuevos conjuntos urbanos con una gran oferta de espacios públicos. 3. La zona de San José, conforme al plano número 12 del P.O.T. (sobre zonificación de áreas y tratamientos) involucra las manzanas 207, 208, 209, 210, 211, 212 y 213 de la ciudad, según la referencia alfanumérica predial. 4. El artículo 498 del P.O.T. definió como planes parciales aquellos instrumentos de planificación por los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial, para áreas determinadas del suelo urbano. 5. El numeral 2 del artículo 499 del P.O.T. estableció como una clase de Plan Parcial aquel denominado PLAN PARCIAL DE RENOVACIÓN URBANA y los definió como aquellos aplicables a sectores urbanos que requieren de modificaciones sustanciales al uso de la tierra y de las construcciones, tendientes a una utilización mas eficiente del suelo, en los casos correspondientes. Debe tenerse en cuenta que los planes parciales preverán la habilitación y mejoramiento de las infraestructuras, equipamientos y espacio publico necesarios para atender las nuevas densidades y usos del suelo asignados a la zona en el Plan de Ordenamiento Territorial..

2 6. El artículo 508 del P.O.T. determinó los planes parciales que pueden desarrollarse en el área urbana y, en su numeral 2, reconoció, para el efecto, la Zona de Renovación de la Antigua Galería. Definió para ella, como tipo de plan parcial, que Esta zona debe ser objeto de uno o varios Planes Parciales de Renovación Urbana donde se tenga como criterios ordenadores, que sea un punto generador de espacio publico y de encuentro ciudadano, donde se respete y aproveche la restricción del Colector Egoyá, se logre su vinculación con la zona de San José y su integración al Centro Tradicional. De paso a usos residenciales, culturales y administrativos.. 7. El artículo 238 del P.O.T., al establecer la zonificación para el suelo urbano y de expansión, estableció como ZONA DE EXPANSIÓN DEL CENTRO TRADICIONAL la 2.1. Zona de Renovación Galería y San José y Redesarrollo Egoyá. 8. El artículo 241 del P.O.T. reconoció que la zona de expansión del centro tradicional esta constituida por tres áreas pericentrales: 1. Una en su costado sur que debe ser objeto de Tratamiento de Renovación y Redesarrollo, la cual abarca la zona de la Antigua Galería Central y la zona de influencia del Colector Egoyá, hasta la 27. (Plano numero 11 - zonificación de usos del suelo). 9. El Decreto 3991 de diciembre 29 de 2000, por medio del cual se adoptan en el proyecto urbano Galería-Egoyá -San José los usos y normas especificas para la zona de Expansión del Centro Tradicional, reconoce el tratamiento de renovación urbana requerido para el sector de San José y en su contenido de normas urbanísticas y de construcción recoge la posibilidad de desarrollo a través de Plan Parcial. 10. La ley 388 de 1.997, de Desarrollo Físico Territorial, convalida en su artículo 19 lo definido por el P.O.T. cuando consigna, como planes parciales, los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento, para áreas determinadas del suelo urbano. 11. El articulo 58 ídem establece: ( ) Para efectos de decretar su expropiación y además de los motivos determinados en otras leyes vigentes se declara de utilidad publica o interés social la adquisición de inmuebles para destinarlos a los siguientes fines: c) Ejecución de programas y proyectos de renovación urbana y provisión de espacios públicos urbanos. l) Ejecución de proyectos de urbanización, redesarrollo, renovación urbana a través de la modalidad de unidades de actuación, mediante los instrumentos de reajuste de tierras, integración inmobiliaria, cooperación o los demás sistemas previstos en esta ley. ( ).

3 12. El articulo 63 ídem considera como motivos de utilidad publica o de interés social para expropiar por vía administrativa del derecho de propiedad y los demás derechos reales sobre terrenos e inmuebles, cuando, conforme a las reglas señaladas en la presente ley, la respectiva autoridad administrativa competente considere que existen especiales condiciones de urgencia, siempre y cuando la finalidad corresponda a las señaladas en las letras c), l) del articulo 58 de la presente ley. ( ). 13. El articulo 44 ídem, al establecer la ejecución de Unidades de Actuación Urbanística, consagra lo siguiente: ( ) Los inmuebles de los propietarios renuentes serán objeto de los procesos de enajenación voluntaria y expropiación previstos en esta ley por parte de las Entidades Municipales o Distritales competentes, quienes entraran a formar parte de la asociación gestora de la actuación, sin perjuicio de que puedan transferir tales derechos a la misma.( ) En todo caso, los inmuebles expropiados podrán formar parte de la asociación gestora de la actuación y los recursos para su adquisición podrán provenir de esta El Documento Técnico Soporte del POT en su numeral y subsiguientes establece las características de las Unidades de Actuación por gestión privada o mixta. Con fundamento en las actividades en las anteriores premisas, EL ALCALDE, facultado como está por la ley, DECRETA CAPITULO I ADOPCION DELIMITACION OBJETO Y OBJETIVOS ARTÍCULO 1.- ADOPCIÓN: ADÓPTASE el PLAN PARCIAL SAN JOSÉ como instrumento de planificación que desarrolla y complementa el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Pereira para el área delimitada en el artículo siguiente y que hace parte de la zona de renovación urbana. PARAGRAFO: La Renovación Urbana, conforme a los artículos 58 y 63 de la Ley 388 de 1.997, constituye motivo de utilidad pública ARTÍCULO 2.- DELIMITACIÓN: El PLAN PARCIAL SAN JOSE se encuentra localizado al interior de los siguientes límites: POR EL NORTE, con la Avenida del Ferrocarril y carrera 12.

4 POR EL SUR, con la Avenida Circunvalar (Carrera 13). POR EL ORIENTE, con la Calle 14. POR EL OCCIDENTE, con la Calle 18. Las coordenadas dentro de la delimitación del Plan parcial san José son las siguientes: PUNTO ESTE NORTE , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,47 PARAGRAFO 1: El área determinada involucra los espacios conformados por la mitad de la sección de las vías públicas que referencian sus límites, a excepción del costado que limita con la avenida del Ferrocarril, donde el borde esta determinado por el elemento de las sección de vía constituido por el sardinel. PARAGRAFO 2: La expresión gráfica de la delimitación pretranscrita se encuentra consignada en el plano número 1 del documento técnico de soporte de la formulación del Plan Parcial que hace parte integral de este Decreto.

5 ARTÍCULO 3.- OBJETO: El objeto del presente Plan Parcial es articular de manera específica los objetivos de ordenamiento territorial con los de gestión del suelo, concretando las condiciones técnicas, jurídicas, económico - financieras y de diseño urbanístico que permiten la generación de los soportes necesarios para nuevos usos urbanos o para la transformación de los espacios urbanos previamente existentes, asegurando condiciones de habitabilidad y de protección de la Estructura Ecológica, de conformidad con las previsiones y políticas del Plan de Ordenamiento Territorial, con el fin de propiciarle a la comunidad del centro tradicional una mejor calidad urbana, posesionándola como el nodo de la Ciudad- Región. ARTÍCULO 4.- OBJETIVOS ESPECIFICOS: 1. Cumplir con los parámetros y especificaciones que establece el Plan de Ordenamiento Territorial y el Decreto 3991 de 2000, los cuales direccionan el desarrollo urbano de este sector. 2. Fortalecer la vocación del centro tradicional, para suplir las necesidades de espacio público, equipamientos colectivos, infraestructura vial, turismo y las cotidianidades urbanas por medio de un importante proyecto empresarial para el eje cafetero, así como la consolidación de otros proyectos detonantes para la ciudad. 3. Integrar la propuesta urbana con el Plan Parcial Ciudad Victoria, generando así interacciones sociales, culturales y comerciales, con el fin de fortalecer el entorno urbano del sector y posicionarlo como el gran centro de servicios de la región. CAPITULO II DEFINICION DE OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS POR ATRIBUTO ARTÍCULO 5.- OBJETIVO Y ESTRATEGIAS DE ESPACIO PÚBLICO: 1. OBJETIVO GENERAL Intervenir el sector incentivando el espacio público como elemento articulador e integrador del desarrollo urbano, además de ser propiciador de la construcción de ciudad y ciudadanía.

6 2. ESTRATEGIAS 2.1. Definir acciones tanto en áreas por desarrollar como en áreas consolidadas para intervenir en operaciones de transformación del espacio público Conseguir la optimización de la calidad espacial, física y paisajística como estrategias para mejorar la calidad de vida Fomentar el turismo mediante la propuesta del paseo urbano, aprovechando los sistemas estructurales del espacio público que contempla el plan Parcial ciudad Victoria y el Plan Parcial san José Trabajar el concepto de recintos y pasajes urbanos haciendo ver la zona de una manera particular con respecto a otros sectores Proveer una estructura local de espacio público que permita una relación estrecha entre los equipamientos propuestos por el Plan Parcial Propiciar un perfil urbano coherente entre la arquitectura y el espacio público. ARTÍCULO 6.- OBJETIVO Y ESTRATEGIAS DE EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS: 1. OBJETIVO GENERAL Apoyar en la consolidación de esa gran centralidad metropolitana, convirtiéndose en ese nodo comercial y de servicios junto con otros grandes equipamientos orientados a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la ciudad de Pereira. 2. ESTRATEGIAS 2.1. Integrar el sector de San José con el centro tradicional y la zona de la gobernación por medio de equipamientos colectivos y del diseño de espacio público Darle la importancia que se merece a la iglesia de San José, convirtiéndola en un verdadero hito dentro del sector y de la ciudad Generar un cambio de imagen urbana por medio de equipamientos de alto impacto como el centro empresarial y otras actividades comerciales y de servicios.

7 2.4. Integrar la propuesta urbana por medio del gran nodo cultural metropolitano generando interacciones sociales que permitan dinamizar la vida urbana Consolidar el nodo de actividad empresarial y de servicios en el centro de la ciudad mediante el desarrollo del centro empresarial. ARTÍCULO 7.- OBJETIVO Y ESTRATEGIAS DE VIAS Y MOVILIDAD: 1. OBJETIVO GENERAL Fortalecer la movilidad urbana que genera la cercanía del centro metropolitano con el sector, mediante las intervenciones y conexiones como el puente peatonal y las vías regionales existentes. 2. ESTRATEGIAS 2.1. Utilizar el puente peatonal de ciudad victoria para solucionar los conflictos de conexión peatonal con el centro tradicional Aprovechar la buena accesibilidad y conectividad que tiene la zona para incorporarla al plan parcial Mejorar las secciones viales locales de las calles 15 bis y 16 con mobiliario urbano y la adecuada arborización optimizando la movilidad peatonal Aumentar el acceso peatonal desde la ciudad para integrar de manera más permanente los equipamientos planteados por toda la zona de Renovación Consolidar de forma ordenada los bordes de la calle 14 y de la calle 17 garantizando la calidad ambiental y urbanística, acordes con el papel de movilidad que presta a la ciudad. ARTÍCULO 8.- OBJETIVO Y ESTRATEGIAS DE MEDIO AMBIENTE: 1. OBJETIVO GENERAL Ordenar físicamente los espacios libres y ocupados, garantizándole al sector y a la ciudad un equilibrio ambiental. 2. ESTRATEGIAS 2.1. Contribuir al mejoramiento de la calidad ambiental, aprovechando los recursos verdes o ambientales del sector como uso y disfrute de los habitantes y/o como amortiguación de lo artificial.

8 2.2. Realizar acciones técnicas para el manejo de los suelos, donde se vayan a consolidar edificaciones cercanas al colector Egoyá. ARTÍCULO 9.- OBJETIVO Y ESTRATEGIAS DE SERVICIOS PÚBLICOS: 1. OBJETIVO GENERAL Aprovechar las redes de servicios públicos existentes de la zona y potencializarlas a través de nuevos suscriptores. 2. ESTRATEGIAS Restituir las redes del sistema, que por localizarse en un sector antiguo, muchas de ellas necesitan reposiciones. ARTÍCULO 10.- OBJETIVO Y ESTRATEGIAS DE USOS DEL SUELO: 1. OBJETIVO GENERAL Desarrollar el concepto de Comunidades Mixtas por medio de la implementación de usos, equipamientos y espacio público que complementen las actividades urbanas en el sector de San José. 2. ESTRATEGIAS 2.1. Generar eficientemente el uso comercial y de servicios apoyando la dinámica que se viene presentando en el Plan Parcial Ciudad Victoria Recuperar el valor patrimonial de la zona, convirtiendo los espacios participes en las actividades comerciales, de servicios y de ocio en la pieza urbana Propiciar en esta zona una dinámica propia que se convierta en memoria urbana por las actividades mixtas que el plan parcial pueda implementar Incorporar elementos de soporte a la actividad urbana, fundamentándose en la integración física de las mismas construcciones, puesto que la gradualidad de las actividades se remonta a las diferentes épocas y estilos arquitectónicos, de tal forma que las zonas de vivienda y los nuevos usos existentes sean un contexto integral con la concepción de la nueva propuesta.

9 2.5. Destacar los valores arquitectónicos de la zona, incorporándolos en los procesos urbanos del Plan Parcial San José Propiciar actividades variadas permanentes durante el día y noche, para así vitalizar la vida urbana y apropiación de este sector. ARTICULO 11.- CARACTERISTICAS: El Plan Parcial San José estará definido por las siguientes características, que se encuentran explícitas en el numeral 9 del documento técnico soporte de la formulación del plan parcial que hace parte del presente Decreto. 1. PERMEABILIDAD. 2. VARIEDAD. 3. LEGIBILIDAD NODOS 3.2. HITOS URBANOS: 3.3. BORDES 4. VERSATILIDAD. 5. PUNTO FOCAL. 6. PUBLICIDAD CAPITULO III ESTRUCTURA DE LOS SISTEMAS URBANOS Sección 1 ESTRUCTURA ESPACIO PÚBLICO ARTICULO 12: El POT define en su articulo 99, que el sistema de espacios públicos será el principal elemento articulador y estructurante del espacio de la ciudad, a partir del cual, se desarrollará el resto de la estructura física urbana. El sistema contará con recorridos y circuitos peatonales principales y secundarios, donde predominen las sensaciones, la naturaleza, los sitios de encuentro como plazas, plazoletas y parques, los cuales estarán vinculados con los principales

10 ríos, quebradas y nodos de la ciudad de una forma armónica y agradable que permita el disfrute colectivo de los mismos. ARTICULO 13: El Plan Parcial de San José es un elemento potencial para continuar con los procesos urbanos que viene realizando la ciudad, que propende por el mejoramiento de la calidad urbana y continúa expandiendo estos proyectos que poco a poco van mostrando otra mirada de ciudad integral, y se integra en materia de espacio público de la siguiente manera: A. PARQUES Y ESPACIOS PÚBLICOS El Plan Parcial se ha visto involucrado a procesos urbanos de una manera tangencial por medio de proyectos existentes de espacio público como el Parque Lineal Egoyá con un área de M² el cual hace parte del sistema de espacios públicos de la ciudad; junto con nuevas intervenciones como la Plaza Cívica con una área de 9443 M², apoyarán el nuevo espacio público propuesto por el Plan y así poder seguir contribuyendo a reducir el déficit de espacio público que tenemos en la ciudad de Pereira. Estos proyectos sirven de conectores no solo de la propuesta del Plan Parcial San José, si no también del tejido urbano que pretende el Plan de Ordenamiento territorial. Es importante su vinculación con los nuevos parques y plazas que propone el Plan, para así continuar con la consolidación del centro metropolitano y en contraste con la volumetría que sobresale para conformar el perfil urbano propio. B. NUEVO ESPACIO PÚBLICO La propuesta es realizada con una serie de espacios públicos como un parque pasivo, localizado en la manzana 208 entre la calle 17 y la Avenida Ferrocarril, señalado con el nombre de Plaza Juan Valdés, el cual converge actividades comerciales y de servicios mostrándose como un nodo importante del Plan Parcial, con una área aproximada de 2000 M², contenido en el plano No. 02 del documento técnico de soporte de la formulación del Plan Parcial. Esta plaza está de igual forma vinculada con otro elemento urbano constituído por el patio central del Centro Empresarial, consolidándose como punto de reunión y de congregación de toda una actividad de negocios y comercio, articulándose al sistema de espacios públicos del Plan Parcial Ciudad Victoria por medio de tratamientos de textura y amoblamiento para relacionarse con todo el sistema del Parque Lineal Egoyá, y comprende un área de 600 M². Para la integración de estas dos plazas se plantea una Plaza- Puente que permitirá una relación peatonal a nivel, buscando optimizar el espacio público en

11 esta unidad de actuación. Esta plataforma hará parte del sistema con un área de 550 M² aproximadamente. Otro componente integrador es el puente peatonal entre las plazas Juan Valdés (manzana 208) y el Mall de comidas (manzana 209), el cual es un elemento de tejido urbano, junto con el puente peatonal Ciudad Victoria para superar los fuertes flujos vehiculares que presenta la Avenida del Ferrocarril, posibilitando la movilidad continua del peatón entre los sectores del Plan Parcial Ciudad Victoria y San José. De igual manera se propone una serie de plazoletas y pasajes urbanos internos dentro del plan parcial, valorando el comercio y los servicios del sector como es el caso de la unidad de actuación 4, donde busca compensar la anulación de la vía local entre las manzanas 212 y 213 por medio de estos sistemas, conformando un área aproximada de espacio publico de 1700 M². Obteniendo así un área aproximada de M² de espacio público en todo el Plan Parcial San José. Sección 2 MOVILIDAD Y VIAS ARTICULO 14: Es el elemento fundamental para la conectividad, accesibilidad y movilidad del centro metropolitano, que debe destacarse para el fortalecimiento de la competitividad del Plan Parcial, toda vez que mejora la calidad urbana y de vida de la población que constantemente circula por este paso obligado de ciudad. ARTÍCULO 15: Este Plan Parcial se caracteriza por tener en materia vial las principales arterias de ciudad, convirtiéndose en el punto cero de la región en materia de movilidad vehicular y, para el área involucrada, se constituye a partir de los siguientes criterios, así: A. SISTEMA DE MOVILIDAD MUNICIPAL Y REGIONAL A.1. El sector del Plan Parcial es el Punto Central de la Ciudad de Pereira, donde convergen importantes vías regionales: La Avenida Ferrocarril, en el costado oriental, directamente conectada con el viaducto y a través de la cual se establece la relación con el municipio de Dosquebradas y con las ciudades de Manizales y Medellín; La calle 17, en el costado sur, vía de interconexión con las ciudades de Armenia y Bogotá; y la Avenida 30 de agosto, que es el principal eje de interconexión con las ciudades de Cartago y Cali. El punto de confluencia de estos ejes es exactamente la intersección (glorieta) de la Gobernación, localizada al sur del área del plan. A.2. Estas tres vías, que constituyen parte fundamental del sistema estructural vial de la ciudad, inciden de manera directa en el área del plan, toda vez que se

12 constituyen en bordes del centro expandido debiendo ser concebidas, en una nueva óptica estructural, como elementos integradores y articuladores entre el centro tradicional y las denominadas áreas pericentrales. A.3. Dentro del decreto 3991 de 2000 se propone para la Avenida del Ferrocarril, en el tramo del Plan Parcial San José, una sección que incluye calzada de servicio que como tal se viene presentado desde la calle 14 hasta antes de la calle 16, ya que se ve interrumpida para dar paso a la salida de los vehículos que descienden de la calle 16 ; la aparición de esta vía de servicio en el tramo entre la carrera 12 hasta la carrera 13 implica hacer un puente sobre la calle 17 para permitir el flujo continuo de esta calzada. Por lo anterior, la propuesta de la calzada de servicio no se ejecutara dentro de este tramo en el plan parcial. A.4. Tanto para acceder al Plan Parcial como al Centro Empresarial, las rutas más lógicas desde el centro serán por la calle 18 y la calle 14, igualmente la avenida del Ferrocarril de oriente a occidente aprovechando la calzada de servicio existente para acceder por la carrera 12, puesto que los accesos a la plaza Juan Valdés y al centro empresarial se realizaran sobre la carrera12, convirtiéndose en el lobby de los dos proyectos, a sabiendas que la intersección actual esta funcionando acorde con la dinámica vial del sector. A.5. Desde el sur de Pereira se tomará la calle 17 para llegar al centro empresarial y a la plaza Juan Valdés, siguiendo por este mismo eje vial hasta interceptarse con el centro metropolitano. B. SISTEMA DE MOVILIDAD LOCAL Las vías locales que están constituidas dentro del Plan Parcial permanecerán con sus secciones propuestas por el decreto 3991 de 2000; la calle 16 cumplirá un papel de movilidad de poca velocidad apta para vehículos y peatones sin que ello implique cambio alguno en su naturaleza o destinación. De igual forma se proponen varias alternativas para consolidar el sector en materia de vías locales. Proponer la calle 16 como eje de optimización del acceso y la salida vehicular al Plan Parcial. Conservar la sección existente de la calle 17, puesto que su ampliación es poco factible por la presencia de 2 muros de contención laterales que se localizan entre las carreras 13 y 12. Trabajar el concepto de la textura a nivel para mejorar la calidad visual e integrar áreas desarticuladas como el puente peatonal ciudad victoria. Utilizar el puente peatonal propuesto por el Plan Parcial San José, entre las manzanas 208 y 209 como estrategia de continuidad urbana.

13 C. SECCIONES VIALES CALLES CALLE 14 Av. Ferrocarril Cra. 13 Calzada: metros, Una (1) Zona Verde de 3.0 metros, Un (1) Anden de 2.0 metros y 1 (1) Antejardín de 3.0 metros en el costado Oriental. Una (1) zona verde de 4.0 metros y un (1) anden de 11 metros en el costado occidental. En el costado occidental el Plan Parcial plantea un retiro mayor (15 metros), con el fin de darle una nueva imagen urbana en este tramo y posibilitar un desarrollo peatonal coherente, diferente a lo que se presenta hoy por hoy con el puente vehicular de la calle 14. CALLE 15 Cras. 9a. 13 Calzada: Existente, Dos (2) Andenes de 5.0 metros c/u. CALLE 16 Cras Calzada existente, Dos (2) Andenes de 5.0 metros c/u. CALLE 17 Cras. 10a. 13 Calzada: Existente, Andenes existentes. CALLE 18 Cras Calzada: Existente, Dos (2) andenes de 5 metros c/u. CARRERAS CARRERA 12 Av. del Ferrocarril (Calle 16) Calle 17 Calzada: metros, Dos (2) Andenes de 5.0 metros c/u. Avenida Circunvalar (Carrera 13) Calle 14 - Av. Del Ferrocarril (Calle 17) Calzada: metros, Dos (2) Zonas Verdes de 3.0 metros c/u, Dos (2) Andenes de 2.0 metros c/u y Dos (2) Antejardines de 5.0 metros c/u. Sección 3 SERVICIOS PUBLICOS ARTICULO 16. SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO El servicio de acueducto y alcantarillado están en disponibilidad de ser prestados en la zona del plan, en los consumos estimados para los usos proyectados para cada unidad de actuación.

14 Éste cuenta con unas redes primarias de tuberías en diámetros de 12 H.F. y 30 A.P., en buen estado, redes secundarias de tuberías en diámetros que van desde 2 a 6, en diferentes materiales que se encuentran en buen estado. Sólo se encontró que se deben instalar dos tramos de tubería en 4 en la carrera 13 con calle 15 y en la carrera 12 bis con calle 14 (ver plano No 4 de servicio de acueducto y alcantarillado) que hace parte del documento técnico de soporte de la formulación del Plan Parcial. El servicio de alcantarillado se prestará por medio de las tuberías existentes en todo el sector, de diámetros que van desde 15 a 24, además, por la carrera 12 entre calles 17 y 18 se encuentra el colector Egoyá. El manejo de aguas lluvias se hace a través de las tuberías de la carrera 13 entre calle 16,17 y 18, con la de la calle 14 entre carreras 13 y 14 y a través de la tubería de la calle 17 entre carreras 11 y 12. ARTICULO 17. SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Para la totalidad de las unidades de actuación del plan la empresa de Aseo de Pereira esta en la capacidad de garantizar su servicio ampliando la frecuencia de sus rutas dado los usos previstos, el tipo de residuos generados y la cantidad de los mismos. Para la eficiente prestación del servicio se debe prever en la totalidad de las construcciones una unidad de almacenamiento y presentación de los residuos con las características de accesibilidad necesarias para el ingreso de los vehículos recolectores y así evitar peligros de contaminación ambiental y proliferación de vectores, todo lo anterior atendiendo a las disposiciones impuestas por el decreto 1713 de 2002 y los que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Las características técnicas para las unidades de almacenamiento, conforme a las especificaciones expresadas por la Empresa de Aseo, son: - Las paredes de la unidad de almacenamiento deben esta revestidas de cerámica o de un material que facilite su limpieza. - El piso debe ser antideslizante y resistente a los lixiviados con rejilla de desagüe. - Tener una llave de agua de fácil acceso y cerca de la unidad de almacenamiento - La unidad de almacenamiento debe tener como mínimo un acceso que permita el ingreso de bolsas con los desechos, si se recicla es necesario una división interna y diferentes accesos para cada uno de los materiales a reciclar. - La puerta de acceso principal de ser de dos o tres naves de forma que facilite la recolección y los procesos de limpieza.

15 - En el techo se ubican dos chimeneas para permitir la circulación de aire y evitar la acumulación de gases en el cuarto, protegidos con rejilla para impedir el ingreso de roedores y otros animales. - La vía de acceso debe permitir el ingreso del vehículo recolector que mide: 2.80 de ancho por 5 metros de largo, en el sitio de ubicación del recolector debe existir un desagüe o alcantarilla para evitar que los lixiviados se rieguen durante el proceso de compactación. - Es importante que se tenga iluminación tanto en el interior como en el exterior de la unidad. ARTICULO 18. SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES Para la conexión telefónica de los proyectos del Plan Parcial, cada una de las unidades deben comunicar sus strip telefónicos con las cámaras relacionadas a continuación, ello se hará por medio de dos ductos de dos pulgadas de diámetro, así: Unidad de Actuación Cámara telefónica Ubicación 1 (manzanas ) C98* Cra 12 costado occidental de la calle 17 esquina 2 (manzana 209) 3 (manzana 211) C93 C6 C9 Cra 12 costado oriental calle 17 esquina. Calle 16 con avenida Circunvalar esquina Calle 16 entre la avenida Circunvalar y la del Ferrocarril 4 (manzanas 212 y 213) C23 C523 Esquina de la calle 15 con cra 12 Calle 14 Avenida Circunvalar esquina ARTICULO 19. SERVICIO DE GAS DOMICILIARIO Para este servicio, según los aprovechamientos previstos para la zona, el cubrimiento de gas domiciliario para las unidades de actuación 2, 3 y 4 se hará por medio de las redes ya tendidas por la empresa Gas del Risaralda S.A. e.s.p. que se encuentran en capacidad de soportar la demanda de los usos comerciales y residenciales planteados por el Plan Parcial. En cuanto al cubrimiento de la unidad de actuación 1 (manzanas 207 y 208) se encuentra proyectada una tubería troncal que pasa por la calle 18 para alimentar el centro comercial Ciudad Victoria

16 que debe se construida conforme al desarrollo de la zona por cada unidad de actuación. Sección 4 MEDIO AMBIENTE ARTICULO 20. REDUCCIÓN DE LA VULNERABILIDAD SÍSMICA A.1. La Unidad de Actuación uno (manzana 207 y 208) que se encuentra en la zona de llenos antrópicos, contará con un espectro de diseño designado para este tipo de suelos en la microzonificación sísmica del Municipio, teniendo en cuenta el Parágrafo del artículo cuarto en lo concerniente las aclaraciones con respecto a las consideraciones a tener en cuenta para el cálculo y diseño de estructuras. A.2. La manzana 207 en la parte norte y occidental corresponde a llenos antrópicos hasta una profundidad del orden de 8 metros, en la cual debe cimentarse mediante pilotes o pilarotes o mediante sistemas similares, con un buen comportamiento sísmico. El resto de la manzana corresponde a suelos de origen volcánico de comportamiento medio. La manzana correspondiente a la unidad uno - también se encuentra afectada por llenos, pero es edificable. A.3. La Unidad de Actuación dos tiene suelos compuestos por cenizas volcánicas de comportamiento medio sin problemas especiales de cimentación. La Unidad de Actuación tres, la actual manzana entre carreras 12 Bis y 13, corresponden a cenizas de comportamiento medio sin problemas especiales de cimentación; la manzana entre la Avenida del Ferrocarril y carrera 12 bis puede tener influencia de la zona de Egoyá, la cual será objeto de estudio cuando se desarrolle la Unidad de Actuación que corresponde a esta manzana. Sin embargo en este tramo el desarrollo de estructuras no mayores a 5 pisos no presentan complicaciones mientras que para estructuras superiores a 5 pisos deben realizarse estudios estructurales y de suelos mas detallados. A.4. La Unidad de Actuación cuatro cuenta con suelos de cenizas de comportamiento medio sin problemas de cimentación. ARTICULO 21. ZONAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Las edificaciones de las manzanas 207 y 208 adoptan la franja de protección correspondiente al Colector Egoyá como área de protección ambiental (franja de 24 metros, ver plano No. 4 del decreto 3991 de 2000) en la cual se integran al sistema de espacio público del Plan; para ésta se opta por la plantación de especies vegetales ornamentales que permitan el disfrute del paisaje urbano y la

17 reserva del área de mantenimiento del colector y las cámaras ubicadas en la calles 16, 17 y 18. ARTICULO 22. MANEJO DE MATERIALES SOBRANTES En la zona del Plan Parcial se tiene un gran porcentaje de su área construida relacionada en el cuadro -, la cual deberá ser demolida para darle paso a la construcción de los proyectos diseñados en las diferentes unidades de actuación, exceptuando los inmuebles patrimoniales constituidos por la Iglesia de Nuestra Señora del Carmen (San José). Av. Circunvalar calle 15 esquina noroeste (F. C. No ), al igual que su zona de influencia (artículos 361 y 380 POT) y la casa ubicada en la manzana 210. (F.C No ) Tabla 1 Área Construida actual Manzana Área construida a demoler Manzana Área construida total M 2 M Total Total Para el manejo de este material el plan se acoge a las disposiciones de la Resolución 541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente, en materia de manejo, cargue, descargue y disposición final del mismo, así como la Resolución 1045/03, y los actos que las modifiquen, adicionen o sustituyan C.1. En materia de cargue, descargue y almacenamiento a. Está prohibido el cargue, descargue y almacenamiento temporal o permanente, de los materiales y elementos a que se refiere esta resolución, sobre las áreas de espacio público, en desarrollo de la construcción, adecuación, mantenimiento o uso general de obras, actividades, instalaciones y fuentes de material de carácter privado. b. Los sitios, instalaciones, construcciones y fuentes de material deberán contar dentro de los límites del inmueble privado, con áreas o patios donde se efectúe el cargue, descargue y almacenamiento de este tipo de materiales y elementos y con sistemas de lavado para las llantas de los vehículos de carga, de tal manera que no arrastren material fuera de esos límites, con el fin de evitar el daño al espacio público. El agua utilizada deberá ser tratada y los sedimentos y lodos residuales deberán ser transportados, reutilizados o dispuestos de acuerdo con las regulaciones ambientales vigentes sobre la materia.

18 c. En los sitios seleccionados como lugares de almacenamiento temporal, tanto para obras públicas como privadas, no deben presentarse dispersiones o emisiones al aire de materiales; no deben mezclarse los materiales a que hace referencia esta resolución con otro tipo de residuos sólidos, líquidos o gaseosos; y cuando los materiales almacenados sean susceptibles de producir emisiones atmosféricas, ya sean o no fugitivas, deberán cubrirse en su totalidad o almacenarse en recintos cerrados. C.2. En materia de disposición final 1. Está prohibido la disposición final de los materiales y elementos a que se refiere esta resolución, en áreas de espacio público. 2. La persona natural o jurídica, pública o privada que genere tales materiales y elementos debe asegurar su disposición final de acuerdo a la legislación sobre la materia. 3. Está prohibido mezclar los materiales y elementos a que se refiere esta Resolución con otro tipo de residuos líquidos o peligrosos y basuras, entre otros. ARTICULO 23. MANEJO DE ESPECIES VEGETALES El Plan Parcial conservará las especies vegetales existentes en los retiros correspondientes a la Avenida del Ferrocarril y Circunvalar relacionadas en el documento diagnóstico, además enriquecerá el espacio público previsto con especies ornamentales como palmas, leucaenas, crotos y empradización con grama para contribuir con ello al embellecimiento y mejoramiento del ornato de la zona a través del enriquecimiento del colorido y las texturas visuales del entorno. Número de Nombre Científico Nombre Común Ubicación Individuos 1 Psidium Guayava Guayabo Cra 12 entre calles (Predio) 23 Palmas ornamentales Frente Iglesia San José y Puente Peatonal (E.P.) 6 Albizzia Carbonaria Carbonero Puente Peatonal y Calle 18 entre cra (E.P.) 4 Bauhina Picta Casco de vaca Retiro Avenida del rosado Ferrocarril (E.P.) 1 Mangifera Indica Mango Calle 16 entre cra 12 esquina (E.P.)

19 Sección 5 VIVIENDA ARTICULO 24: El plan parcial debe incluir un porcentaje del proyecto para Vivienda de Interés Social por definición de Ley 388/97. En los artículos 504 y 505 del Acuerdo 18 de 2000, POT, se establecen los criterios generales para formulación de planes parciales a partir del modelo de ordenamiento en suelo de expansión y para formulación de planes parciales con preferencia de la vivienda de interés social calificada que, para el caso del presente plan parcial, por no encontrarse en suelo de expansión o no ser para vivienda de interés social calificada, no es aplicable Para el presente Plan Parcial, originado en el tratamiento de Renovación Urbana, se establece una modalidad para definir el número de unidades de vivienda constituida sobre el criterio de mantener el número de unidades que existen al momento de realizar el diagnóstico, es decir, por cada unidad de vivienda existente en el sector el plan oferta una unidad de vivienda del rango VIS. Se establecen 35 unidades fuera de la zona del Plan Parcial San José localizándolas en zonas receptoras de VIS del Municipio de Pereira, que representan el 18% del área neta del plan parcial, teniendo en cuenta que el artículo 92 de la Ley 388 de 1.997, estableció que los planes parciales de renovación urbana determinarán los porcentajes del suelo que deberán destinarse al desarrollo de programas de vivienda de interés social, sin perjuicio que este tipo de programas se localicen en otras zonas de la ciudad, de acuerdo con las normas generales sobre usos del suelo. CAPITULO IV FORMAS DE OCUPACIÓN DEL ESPACIO PRIVADO ARTICULO 25: El Plan Parcial San José posee un área de intervención cuya sustentación se encuentra en el Documento Técnico Soporte. ARTICULO 26: Las áreas de cesión para espacio público son aportadas por cada uno de los desarrollos inmobiliarios a realizar en las áreas definidas para cada unidad. ARTICULO 27 - PREEXISTENCIAS: Los predios incluidos en el área de planificación que no son de intervención y que se denominarán como preexistencias son: la iglesia San José, el Hotel Castilla Real, el Centro Comercial Marbella y dos casas declaradas como Patrimonio Arquitectónico; estos predios no se intervienen, aunque sí se incorporan como un todo al proyecto para articularlas a lo nuevo, pero por su condición no adquieren aprovechamientos urbanísticos (usos de suelo de mayor valor o mayor edificabilidad) y por lo tanto se excluyen del reparto de cargas y de beneficios.

20 PARAGRAFO: En cualquier caso que alguno de los inmuebles determinados como preexistencias pretendan ser intervenidos para desarrollar alguna actuación urbanística que modifique sus aprovechamientos (usos del suelo y/o edificabilidad, será imprescindible la modificación del presente plan parcial de manera que, específicamente, se conserve el reparto de cargas y beneficios de manera equitativa y a través de los instrumentos de gestión y financieros autorizados por la ley, aún frente a aquellos inmuebles que ya hayan pagado lo correspondiente a su carga específica. ARTICULO 28 - AREA DE INTERVENCION: El área de intervención esta comprendida por 7 manzanas constituidas por la , , , , , y y, a su vez, se divide en 4 unidades de actuación que, dependiendo del proceso urbanístico que desempeñan, se caracterizan como unidades de actuación para la renovación. PARAGRAFO: El desarrollo de los diferentes proyectos y formas de intervención del Plan Parcial tienen como propósito fundamental la renovación urbana. CAPITULO V SITUACIÓN ACTUAL DEL ÁREA DE INTERVENCIÓN Y DIVISIÓN EN UNIDADES DE ACTUACIÓN. ARTICULO 29: Conforme a los artículos precedentes, el área de intervención reúne siete (7) manzanas que involucran inmuebles cuya propiedad es ejercida por particulares y, desde luego, incluye además los respectivos espacios públicos y, en especial, los bienes de uso público vías- que la rodean. En su interior se reconocen cinco inmuebles que no hacen parte de la renovación aunque se encuentran al interior del área de intervención, los cuales se determinan como preexistencias y tienen un manejo normativo especial. ARTICULO 30: Los inmuebles que constituyen preexistencias son los siguientes: la Iglesia San José (C 15 12b 36 72, C 16 12b K 13 1 código catastral No y C 15 12b código catastral ), el Hotel Castilla Real (C 15 12B código catastral ), el Centro Comercial Marbella (K código catastral , hasta ), un predio ubicado en la manzana 211 (Calle 15 No. 12b-22 código catastral ), y un inmueble ubicado en la manzana 210 (calle 15 No. 12b-15 código catastral No )) los cuales están declarados como patrimonio por el POT. ARTICULO 31: El área de intervención se divide en 4 unidades de actuación, manteniendo la estructura de las manzanas existentes para las identificadas como manzanas 209 y 211, tal como lo indica el siguiente plano, e integrándose las

21 manzanas 207 y 208 a través de una plataforma a nivel del tercer piso; las manzanas 212 y 213 se integran completamente ARTICULO 32: La conformación de estas 4 unidades de actuación, en áreas prediales o netas existentes y zonas públicas ocupadas normalmente por las vías y andenes actuales, es: Areas manejo Unidad Area Area Neta Area pública especial o Total existente existente preexistencias 1 Centro Internacional 10, , , , , , Azul 8, , , Marbella 7, , , Total 29, , , , Porcentajes % 71.42% 28.58% 10.80% ARTICULO 33: Cada unidad de actuación constituye la delimitación de cada uno de los proyectos autónomos que componen el plan parcial y sobre los cuales se realiza el reparto de cargas y de beneficios, es decir, los inmuebles que conforman cada unidad de actuación poseen, al participar en el proceso de renovación urbana, unos derechos o beneficios potenciales a construir en metros cuadrados edificables y, a su vez, al interior de cada unidad, unas obligaciones o cargas que cumplir en el momento en que materialicen los potenciales beneficios.

22 ARTICULO 34: Las unidades de actuación requieren, para poder desarrollar su potencial asignado de edificabilidad a través de la renovación, de la integración de todos los predios que las conforman ver planos 2 y 3 anexos del documento técnico de soporte de la Formulación del Plan Parcial que hace parte del presente decreto - y el diseño y gestión de un sólo proyecto de urbanización y construcción por cada unidad de actuación mediante una única licencia, de forma tal que los predios podrán ser integrados mediante la utilización, por cada Unidad de Actuación Urbanística, de los instrumentos de gestión determinados en la Ley 388 de 1997 o a través de la asociación de sus propietarios a mecanismos tales como la fiducia y/o la constitución de Empresas o sociedades. ARTICULO 35: Las Unidades de actuación poseen la siguiente composición de inmuebles a integrar o asociar de diferentes propietarios para poder gestionar el proceso de urbanización y construcción permitido en cada una de ellas. Ver planos 2 y 3. DELIMITACIÒN UNIDAD DE ACTUACION 1 PUNTO ESTE NORTE , , , , , , , , , ,51 Cuadro Unidad de Actuación 1 Manzana 207 Unidad de Actuación 1 Conformada por dos manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 1 K L 1 CC METRO PUNTO % 1 K % 1 C % 1 C % 1 C % 1 C % 1 C % 1 C % 1 K % 1 C % 1 K L 2 CC METRO PUNTO % 1 K L 3 CC METRO PUNTO % 1 K L 4 CC METRO PUNTO % 1 K L 5 CC METRO PUNTO % 1 C L 6 CC METRO PUNTO % 1 C L 7 CC METRO PUNTO % 1 C ST 7A CC METROPUNTO % 1 C L 8 CC METRO PUNTO % 1 C ST 8A CC METRO PUNTO % 1 C L 9 CC METRO PUNTO % 1 C ST 9A CC METROPUNTO % 1 C L 10 CC METRO PUNTO % 1 C ST 10A CC METRO PUNTO % 1 C % %

23 Manzana 208 Unidad de Actuación 1 Conformada por dos manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 1 K C / % 1 K L % 1 K B % 1 C / % 1 C / % 1 C % 1 C % 1 C % 1 C % 1 C % 1 C % 1 K LOCAL % 1 K LC % 1 A 30 DE AGOSTO L % 1 A 30 DE AGOSTO L % 1 A 30 AGOSTO L % % DELIMITACIÒN UNIDAD DE ACTUACION 2 PUNTO ESTE NORTE , , , , , , , , , , , ,75 Cuadro Unidad de Actuación 2 Manzana 209 Unidad de Actuación 2 Conformada por una manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 2 K C C 16 BIS % 2 C % 2 A 30 DE AGTO P 1 12B % 2 C % 2 C % 2 C % 2 K % 2 A 30 DE AGO 12B 23/ % 2 C P 2 AP % 2 C P 2 Y 3 AP DUPLEX % %

24 DELIMITACIÒN UNIDAD DE ACTUACION 3 PUNTO ESTE NORTE , , , , , , , , , ,51 Cuadro Unidad de Actuación 3 Manzana 210 Unidad de Actuación 3 Conformada por dos manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 3 C K 12B 15 PREEXISTENCIA % % Manzana 211 Unidad de Actuación 3 Conformada por dos manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 3 K 12B % 3 K 12B % 3 K 12B % 3 K 12B % 3 K 12B % 3 K 12 B % 3 K 12B C 15 12B % 3 C 15 12B 22 PREEXISTENCIA % 3 C 15 12b C 16 12b K 13 1 PREEXISTENCIA % 3 C B % 3 C 16 12B % 3 C 16 12B % 3 C 16 12B % 3 C 16 12B % 3 C 15 12B PREEXISTENCIA % % DELIMITACIÒN UNIDAD DE ACTUACION 4 PUNTO ESTE NORTE , , , ,51

25 , , , ,47 Cuadro Unidad de Actuación 4 Manzana 212 Unidad de Actuación 4 Conformada por dos manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 4 K 12B AV FERROCARRIL % 4 A FERROCARRIL % 4 K 12B AV FERROCARRIL % 4 AV FERROCARRIL K 12BIS % 4 A FERROCARRIL % 4 A FERROCARRIL % 4 A FERROCARRIL % 4 K12B A FFCC % % Manzana 213 Unidad de Actuación 4 Conformada por dos manzanas. UNIDAD PREDIO CODIGO CATASTRAL AREA % 4 C 15 12B % 4 K 12B % 4 K 12B % 4 K 12B % 4 K 12B % 4 K 12 BIS % 4 C 14 12B % 4 C 14 12B K % 4 K % 4 K % 4 K % 4 K % 4 k PREEXISTENCIA , HASTA C 15 12B % 4 C 15 12B PREEXISTENCIA % % ARTICULO 36: La cuantificación de los derechos o beneficios potenciales a construir en cada unidad de actuación se basa, en primera instancia, en la cantidad de suelo e inmuebles construidos actualmente, que deberán ser aportados a las integraciones o asociaciones dándole un peso relativo por lote y por unidad de actuación en el conjunto del plan parcial, de la manera que ilustra el siguiente cuadro, la cual podrá ser ajustada por la Autoridad Municipal de oficio o por solicitud privada o mixta, a partir de un levantamiento topográfico preciso, elaborado en el momento de iniciar la gestión de cada una de las unidades de actuación:

26 Cuadro cuantificación de derechos originales por inmuebles actuales en cada unidad de actuación Número de Area Neta-predial Indice Const. Area Unidades Predios existente Ponderado Construida , , , , , , , , Total 88 20, , CAPITULO VI IDENTIFICACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN Y ASIGNACIÓN DE BENEFICIOS. ARTICULO 37: A partir de la cuantificación de áreas netas privadas y públicas vías existentes en cada unidad de actuación, su localización se puede apreciar en el planos anexos 2 y 3 y, dependiendo de la estrategia de desarrollo urbano para lograr el proceso de renovación, las características generales de los proyectos que componen cada unidad de actuación corresponden a las individualizadas en los artículos siguientes ARTÍCULO 38 - CARACTERISTICAS GENERALES DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN 1: Se define sobre esta área integrar las manzanas 207 y 208 conservando la vía actual. La conexión estaría dispuesta sobre una plataforma a nivel de 3 piso de altura, el desarrollo de un edificio de Oficinas, un club ejecutivo, una plataforma comercial sobre la actual manzana 207 y la construcción de un local bancario, el local del Café de Juan Valdez de la Federación Nacional de Cafeteros y una terraza de locales de comida rápidas sobre la actual manzana 208, con una ocupación máxima del 54.0% del área neta asignada en el cuadro que se encuentra en el artículo 42 del presente Decreto y una edificabilidad asignada en el mismo cuadro, cumpliendo de manera autónoma con su cesión obligatoria para espacios públicos. Sus cargas están representadas en la intervención de los grupos poblacionales, las vías, los servicios públicos y el desarrollo del plan parcial (consultoría y diseños). (ver articulo 54 del presente acuerdo). Parágrafo: las cargas representadas en el articulo 54 se repartirán cuando se desarrolle cada una de las unidades de actuación urbanística.

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