Este informe ha sido elaborado por el Contador Arturo Sampedro, dependiente de Tesorería General de la Provincia.
|
|
- Aurora Miranda Prado
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Deducciones para Impuesto a las Ganancias 4º Categoría Este informe ha sido elaborado por el Contador Arturo Sampedro, dependiente de Tesorería General de la Provincia. Por aplicación de la Resolución General Nº 2437-AFIP (de fecha 18/4/2008), lo dispuesto por Decreto 1.426/2008 publicado en el B.O. de fecha 9/09/2008 y aplicación del Memorando Nº 6/2008 de Contaduría General de la Provincia, en relación a las deducciones admitidas para el cálculo del impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia, se informa que cualquier modificación que se produzca en la situación particular de cada agente, debe ser comunicada por los beneficiarios a través del formulario Declaración Jurada de Cargos en Relación de Dependencia o F-572, y entregado al Jefe del Servicio Administrativo del cual dependa el agente, o la persona designada al efecto para su revisión. Luego, los mismos son derivados a la Subdirección de Recursos Humanos del Servicio Administrativo para su carga en el sistema, la cual es admitida hasta el día diez (10) de cada mes, sin excepción, siendo necesario para ello que los formularios sean enviados con la debida antelación. En cuanto a la periodicidad de presentación es conveniente tener en cuenta: a) dicho formulario se presenta por única vez preferentemente al principio del ejercicio fiscal (1º de enero), o en cualquier otro momento, y b) en caso de que se produzca un cambio significativo en la situación particular del agente, debe realizarse una nueva presentación. Asimismo, se le recuerda a aquellos agentes públicos que tengan que percibir algún tipo de retroactivo, reintegro, etc. en una sola liquidación, y que correspondiera a ejercicios anteriores, que pueden ejercer la opción prevista en el art. 18 inc. b) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, opción que deberá ser formulada mediante nota, con anterioridad al momento en que se efectúe el pago (artículo 9º Inc. b- de la Resolución General Nº 1261 de AFIP). En caso contrario, NO habrá lugar a reclamos posteriores por la retención de impuesto a las ganancias que le haya correspondido, tal cual lo confirma el Dictamen Nº 267 de Asesoría de Gobierno del 08/06/2000. El ejercicio de dicha opción se materializa a través de una nota elevada al Sr. Director de Administración del Servicio Administrativo correspondiente, la cual luego es derivada a la Subdirección de Recursos Humanos u Oficina de Personal. Se adjunta un instructivo con las deducciones admitidas por la Ley de Impuesto a las Ganancias, con las últimas modificaciones introducidas por Decreto 1.426/2008, el modelo de la nota de opción y copia del Dictamen Nº 267 de Asesoría de Gobierno. Se recomienda a todas aquellas Jurisdicciones que tengan Unidades Organizativas Descentralizadas, divulgar el contenido del presente informe. Mendoza, 10 de setiembre de 2008.
2 INSTRUCTIVO REGIMEN DE RETENCION IMPUESTO A LAS GANANCIAS. 4ta. Categoría Deducciones permitidas por la ley de impuesto a las Ganancias y Documentación a adjuntar al formulario de DDJJ: a) Mínimo No imponible: Anual $ Mensual: $ b) Deducción Especial: Anual: $ Mensual: $ c) Cargas de Familia: 1-Cónyuge e Hijos: Deben declararse en el formulario los datos del cónyuge y de los hijos/as o hijastros/as, menores de 24 años. En caso de ser incapacitados para el trabajo, no se tiene en cuenta el límite de edad. Deducción por Cónyuge: Deducción por Hijo/a, etc.: $ anuales ($ 833 por mes) $ anuales ($ 416,33 por mes) 2-Familiares a cargo: Padre, madre, padrastro, madrastra, abuelo/a, bisabuelo/a; hermano, hermana (< de 24 años o incapacitado); suegro/a; yerno, nuera, nieto/a, bisnieto/a (< de 24 años o incapacitado): Deben declararse sólo si están a cargo y únicamente se permite la deducción de los familiares indicados en forma taxativa. Deducción por Familiares a cargo: $ anuales ($ 312,50 por mes) IMPORTANTE: En caso de que el cónyuge o dichos familiares cobren un sueldo o sean beneficiarios de una jubilación o pensión, deberán adjuntar fotocopia del último bono correspondiente. Sólo son deducibles cuando los ingresos netos de dichos familiares incluido el cónyuge- no superen los $ anuales ($ mensuales incluido S.A.C.) d) Primas de Seguro para el caso de muerte: Solo se debe deducir la parte de la prima que abona el asegurado para cubrir el riesgo de muerte. Límite anual deducible: $ 996,23 e) Gastos de Sepelio: Límite anual deducible: $ 996,23 f) Aporte a planes de seguro de retiro privado: Deben ser administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Límite anual deducible: $1.261,16 g) Donaciones: Indicar la suma donada y la individualización de la repartición del Fisco Nacional, Provincial o Municipal beneficiaria o de la institución comprendida en el artículo 20, incisos e) y f), de la ley del impuesto a las Ganancias (instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones, entidades civiles). Límite anual deducible: 5 % de la ganancia neta anual.
3 h) Cuota Médico-Asistencial: Se deducen los montos abonados a empresas de medicina prepaga, hospitales privados, servicios de emergencias u otras instituciones de salud, distintos de OSEP. Límite anual deducible: 5 % de la ganancia neta anual. i) Honorarios por asistencia sanitaria, médica y paramédica: Se trata de los honorarios no cubiertos por la Obra Social del agente (no incluye remedios). Límite deducible: 40% de lo facturado. Además, el importe anual no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio. j) Intereses por crédito hipotecario para adquisición de Casa Habitación: Solo son deducibles aquellos intereses que correspondan a un préstamo hipotecario otorgado para la compra o construcción de vivienda única destinada a casa habitación. Abonados en el ejercicio fiscal en curso. Límite deducible: $ anuales. (*) Ley : Deducción por Empleados del Servicio Doméstico: Esta deducción está compuesta por el total de los importes abonados en el período fiscal, por concepto de contraprestación por los servicios prestados y para cancelar las contribuciones patronales indicadas por el art. 3º del régimen especial de Seg. Social, aprobado por el art. 21 de la ley Solo es deducible por el dador del trabajo (empleador), es decir, no puede deducirlo otra persona del grupo familiar. El límite anual deducible es de $ ($ Mensuales incluido SAC) IMPORTANTE: Este formulario se presente UNA SOLA VEZ, pero ante cualquier cambio o modificación en la situación de los familiares a cargo o de las otras deducciones informadas, deben ser comunicadas en forma inmediata, a través de una nueva presentación del formulario, el cual debe ser presentado al Jefe del Servicio Administrativo o persona designada para su revisión hasta el día 10 de cada mes, para luego ser enviado por ésta a la Subdirección de Recursos Humanos u Oficina de Personal correspondiente.
4 ATENCION MUY IMPORTANTE OPCION Artículo 18 inc. b) Ley : COBRO DE RETROACTIVOS En caso de que un agente vaya a percibir en una sola liquidación algún pago retroactivo (siempre que corresponda a ejercicios o años anteriores, distinto del actual) de sueldos, adicionales, licencias, diferencias salariales, etc., tiene la posibilidad de ejercer la opción prevista en el art. 18 inc. b) de la Ley , para que dicho cobro se distribuya (a los efectos del imp. a las ganancias) de acuerdo a como se devengó dicho ingreso, de forma tal que no exista retención por dicho impuesto, o si correspondiera, que sea en menor medida. Se recuerda que dicha opción se debe ejercer mediante presentación de una NOTA en mesa de entradas de la Jurisdicción Correspondiente, ANTES de la liquidación o cobro. (Resoluciones Generales de A.F.I.P. nº 1261/02 en su art.9, vigente por R.G. 2219/07; y nº 2437/08 en su art. 9 inc. b) 4to párrafo. Esto es muy importante, dado que en caso contrario, no podrá posteriormente reclamarse reintegro alguno en la administración, sino que deberá gestionarse ante la A.F.I.P. (Dictamen Nº 267/00 de Asesoría de Gobierno). Cabe recordar que ningún ciudadano puede alegar el desconocimiento de una ley, una vez que esta ha sido publicada. Se adjunta el modelo de Nota a presentar.
5 Mendoza, Sr. Contador General de la Provincia Cdor. José Roberto Caviggia El/la que suscribe,, tipo y Nª de documento Legajo Nº agente de la repartición se dirige a Ud. a los efectos de comunicarle que hago uso de la opción prevista en el art. 18 inc. b) de la ley de Impuesto a las Ganancias, que dice: las demás ganancias se imputarán al año fiscal en que hubiesen sido percibidas, método de lo devengado. Los honorarios de Directores, Síndicos o miembros del Consejo de Vigilancia y las retribuciones a los socios administradores serán imputados por dichos sujetos al año fiscal en que la Asamblea o reunión de socios, según corresponda, apruebe su designación. Las ganancias originadas en jubilaciones o pensiones, liquidadas por las cajas de jubilaciones y las derivadas del desempeño de cargos públicos o del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia que como consecuencia de modificaciones retroactivas de convenios colectivos de trabajo o estatutos o escalafones, sentencia judicial, allanamiento a la demanda o resolución de recurso administrativo por autoridad competente se percibieran en un ejercicio fiscal y hubieran sido devengadas en ejercicios anteriores, podrán ser imputadas por sus beneficiarios a los ejercicios fiscales que correspondan. Cuando corresponda la imputación de acuerdo a su devengamiento, la misma deberá efectuarse en función del tiempo siempre que se trate de intereses estipulados o presuntos excepto los producidos por los valores mobiliarios- alquileres y otros de características similares. Dichos importes corresponden al pago retroactivo por diferencias salariales correspondientes a Lo solicitado es a los fines de que no se practiquen retenciones a los haberes reclamados. Saludo a Ud. atentamente.
6
7
FORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO
FORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4ta. CATEGORIA El formulario 572 de AFIP es, por medio del cual, los empleados deben informar las deducciones admitidas en el Impuesto
Más detallesQuienes están sujetos al impuesto a las Ganancias?
Quienes están sujetos al impuesto a las Ganancias? Todas las personas de existencia visible o ideal que obtengan ganancias están sujetas al gravamen. A los efectos de la ley, se consideran ganancias de
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS
Cra. Erica Tomassoni - Mail ericatomassoni@gmail.com IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUELDOS BAJO RELACION DE DEPENDENCIA NORMATIVA LEGAL Ley 20628 Impuesto a las Ganancias Resolución General AFIP 2437 BO 22/04/2008
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Características Generales del Impuesto Es un impuesto Nacional. Es un impuesto progresivo y directo. Es un impuesto personal. Es un impuesto anual. CONCEPTO
Más detallesCIRCULAR N 01/16 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/16 SALTA, 07 de Marzo de 2016 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: IMPOSITIVA TEMA: Ganancias de la Cuarta Categoría Rentas del Trabajo Personal Incremento en las Deducciones del Art. 23º
Más detallescorrespondiente a este año a través del formulario online F. 572
El organismo de recaudación ya habilitó el ingreso de datos para el formulario online F. 572 correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Cuáles son los conceptos que pueden informarse a través de la web,
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS - PREGUNTAS FRECUENTES:
IMPUESTO A LAS GANANCIAS - PREGUNTAS FRECUENTES:» 1- Están las jubilaciones y pensiones gravadas por el impuesto a las ganancias? Según el artículo 79 inc. c, Capítulo IV de la Ley N 20.628: "Constituyen
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retenciones, rentas obtenidas del trabajo personal Cuarta categoría. El presente trabajo pretende ilustrar en
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retenciones, rentas obtenidas del trabajo personal Cuarta categoría. El presente trabajo pretende ilustrar en forma generalizada dado su complejidad sobre la normativa
Más detallesMR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES
MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES Expositor: Marcelo D. Rodríguez IMPUESTO A LAS GANANCIAS Artículo 79
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770 Deducciones personales. Incremento del mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial para trabajadores en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones,
Más detallesImpuesto a las Ganancias 4ta Categoría. Versión 7.0 junio-15
Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría Versión 7.0 junio-15 Aspectos Generales del Impuesto a las Ganancias Es un impuesto NACIONAL, que recae sobre los beneficios o rentas obtenidos durante un período
Más detallesDeducciones admitidas por la Ley de Impuesto a las Ganancias
Deducciones admitidas por la Ley de Impuesto a las Ganancias A continuación se detallan las. El empleador deducirá las mismas hasta el límite de los topes legales. 1. Aportes a Obras Sociales: Los descuentos
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Impuesto a las Ganancias Esquema de liquidación Obligaciones del Empleado F572 Decreto Nº 1242/13 Obligaciones del Empleador - F649 Que Controlamos? Ganancia
Más detallesResolución General 3418
Resolución General 3418 Preguntas frecuentes 1) Quiénes se encuentran obligados a utilizar el Sistema? a) Los trabajadores que quieran computar como pago a cuenta las percepciones que les hubieran practicado
Más detallesh. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado
h. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado Para ingresar a la ventana Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado una vez ingresados los parámetros Formulario, Versión y Período Fiscal,
Más detallesCIRCULAR N 01/09 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/09 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS SALTA, 20 de Enero de 2.009 AREA: IMPOSITIVA TEMA: Retención de Impuesto a las Ganancias: Ley 26.425 y 26.477 - Resolución AFIP 2.529/08. El Poder Ejecutivo
Más detallesRetención de Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia
Retención de Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia INTRODUCCIÓN La R.G. Nº 2437/08 de AFIP establece un régimen de retención sobre las ganancias comprendidas en los incisos
Más detallesMAESTRIA EN TRIBUTACIÓN UNLZ ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN
MAESTRIA EN TRIBUTACIÓN UNLZ ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN 1. DETERMINACION DE LA RENTA BRUTA Y NETA Conceptos Primera categoría Segunda categoría Tercera categoría Cuarta categoría Criterio de imputación de
Más detallesREMUNERACIONES 004 RETENCION IMPUESTO A LAS GANANCIAS 02
1. CONTENIDO: Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia. Régimen de retención. Resolución General 4139 D.G.I. sus modificaciones y complementarias. 2. OBJETIVO: Establecer
Más detallesFiscalidad y Tributacio n Impuesto a la Ganancias
Fiscalidad y Tributacio n Impuesto a la Ganancias La Administración Federal de Ingresos Públicos incrementa las deducciones del impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia con
Más detallesPKF Villagarcía & Asociados
Buenos Aires, 24 de Enero de 2013. Circular I - 756 Impuesto a las Ganancias 4ta categoría. Relación de Dependencia. Deducciones admitidas por la RG Nº 2437 (AFIP) para la determinación del impuesto. Memo
Más detallesVéase al respecto el Anexo a esta Circular. B. Sujetos obligados a informar sus bienes e ingresos al Fisco (RG AFIP 2437 art. 12)
Ciudad de Buenos Aires, 03 de Febrero de 2015. Circular I 785 INFORMACIÓN PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia. A)
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTA 4º Categoría
IMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTA 4º Categoría 1. INTRODUCCION Es nuestra intención que el presente instructivo, sea de utilidad tanto para los empleados en relación de dependencia que están alcanzado por
Más detallesInstructivo Impuesto a Las Ganancias 4ta. Categoría
- 1 - Instructivo Impuesto a Las Ganancias 4ta. Categoría 1. OBJETIVO Le recomendamos LEER detenidamente las instrucciones, y para el caso de tener dudas o no comprender el alcance o la aplicación de algún
Más detallesI m p u e s tos Ganancias de tercera categoría
A N E X O D E A C T U A L I Z A C I Ó N - A B R I L 2 0 1 1 ACTUALIZ ACIÓN ANTERIOR: M A R ZO 2011 Colección Práctica I m p u e s tos Ganancias de tercera categoría Unipersonales Sociedades de hecho Claudia
Más detallesImpuesto a las Ganancias. Rentas de empleados en relación de dependencia.
Impuesto a las Ganancias. Rentas de empleados en relación de. Qué es el impuesto a las ganancias? Tributo que grava las ganancias obtenidas por personas de existencia visible o ideal. Categoría Origen
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS 2010 (1ª entrega)
Regional Sur Personería gremial Nº 799 - Urquiza 345 Tel. 0297 4472553 Correo electrónico: atechsur@gmail.com marzo de 2010 La información que se brinda a continuación ha sido elaborada por el Contador
Más detallesRef: Retenciones del impuesto a las ganancias 4ta. Categoría Ejercicio 2.006
Río Gallegos, lunes, 10 de abril de 2006 A los Señores JEFES DE ADMINISTRACIÓN Su Despacho Ref: Retenciones del impuesto a las ganancias 4ta. Categoría Ejercicio 2.006 Me dirijo a Ud. a efectos de llevar
Más detallesPKF Villagarcía & Asociados
Ciudad de Buenos Aires, 28 de enero de 2009. Circular I 652 Régimen de retención sobre rentas del trabajo en relación de dependencia y otras. Nuevas tablas y escalas aplicables RG 2437 (AFIP). A raíz del
Más detallesMaría Marcela Con, Farías Contadora Pública
María Marcela Con, Farías Contadora Pública Estudio Con, Farías Días Vélez 3876, 3 Piso Tel.: +54 (11) 6320-0222 Email: marcela.con,@con,farias.com Régimen de Retenciones: Introducción Los empleadores
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesInforme Retenciones al personal en relación de dependencia Modificaciones
Informe Retenciones al personal en relación de dependencia Modificaciones La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) -mediante la Resolución General N 3770 (B.O. 07.05.2015) con vigencia a partir
Más detallesArt. 23 - Las personas de existencia visible tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas:
Propuesta de agregados y correcciones al MANUAL DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS (Darío Rajmilovich y colaboradores) Número de actualización: 06 Fecha: 30/08/2007 Se incluyen a continuación las modificaciones
Más detallesBIENVENIDOS AL CURSO ONLINE
BIENVENIDOS AL CURSO ONLINE REGIMEN DE RETENCION DE IMPUESTO A LASGANANCIAS RELACION DE DEPENDENCIA IMPUESTO A LAS GANCIAS RETENCIONES RELACION DE DEPENDENCIA DECRETO 1242/2013 Y RG 3525/2013 lncreméntase,
Más detallesTexto Sistematizado del Decreto 754/2000
Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Con las modificaciones introducidas mediante los Decretos 3.605/2000, 183/2003, 1.707/2003, 1.438/2004 y 1.309/2011 La Plata, 22 de marzo de 2000 Visto el expediente
Más detallesDeducciones personales y cargas de familia en el Impuesto a las Ganancias 2013-2014 Dreiling, Paola E.
Deducciones personales y cargas de familia en el Impuesto a las Ganancias 2013-2014 Dreiling, Paola E. Este tema de deducciones personales y cargas de familia es muy polémico y durante todo el período
Más detalles* AUTÓNOMOS En relación al mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia y deducción por servicio doméstico.
* AUTÓNOMOS En relación al mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia y deducción por servicio doméstico. * En los meses de enero y febrero de 2013 estuvieron vigentes los importes anuales
Más detallesNOVEDADES FISCALES MAYO 2015
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3769 - BO: 05/05/2015 PROCEDIMIENTO FISCAL. SE ESTABLECEN PRECISIONES RESPECTO DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 28/2/2015
Más detallesLa Resolución General AFIP Nº 3418/2012 - Formulario de Declaración Jurada F. 572 Web-,
'. - f~t lw VISTO: "2014 - Año de Homenaje al Almirante Guíllermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo H SAN LUIS, O 7 MAR 2014 /~ I ~ La Resolución General AFIP Nº 3418/2012 - Formulario
Más detallesGANANCIAS Y BIENES PERSONALES - LIQUIDACIÓN 2013
GANANCIAS Y BIENES PERSONALES - LIQUIDACIÓN 2013 Claudia M. Cerchiara DEDUCCIONES PERSONALES. PERÍODO FISCAL 2013 1 ANEXO DE ACTUALIZACIÓN 20/03/2014 A CONTINUACIÓN, PONEMOS A DISPOSICIÓN DEL LECTOR LOS
Más detallesANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.
ANUNCIO Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Más detallesASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Alexandra Gnecco Mendoza
ASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA Alexandra Gnecco Mendoza 1 Objetivos de de la la Reforma *Equidad Mejorar la distribución de la carga tributaria - Personas con *Equidad un poco - más Personas
Más detalles1.1. Se aplicará exclusivamente a quienes hubieran percibido una remuneración superior a $ 15.000 y no supere $ 25.000.
Actualidad Memorándum 34/15 Impuesto a las Ganancias Régimen de Retenciones sobre Salarios Modificación de las Deducciones Buenos Aires, 7 de mayo de 2015 Mediante la RG 3770, la AFIP dictó normas complementarias
Más detallesAsignaciones Familiares Provincia de Buenos Aires
1 VISTO el Expediente 2.305-4.951/04 del Ministerio de Economía, por el cual se propicia el dictado de un Decreto que fije un nuevo Régimen de Asignaciones Familiares, y CONSIDERANDO: Que dentro de los
Más detallesAFILIADO INDEPENDIENTE
AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció
Más detallesREGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES
REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES Artículo 1. El presente Reglamento se rige por lo dispuesto en
Más detallesCIRCULAR DE IMPUESTOS 13/2001 (RECTIFICADA) Las correcciones están en rojo
AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS S.C.L. RIOJA 1474-4to. PISO - ROSARIO TEL: 041-4401243 CIRCULAR DE IMPUESTOS 13/2001 (RECTIFICADA) Las correcciones están en rojo Ref.: Impuesto a los débitos y créditos
Más detallesNOTIFICACIÓN ARTÍCULO 7 y 8 RG 3418/2012
NOTIFICACIÓN ARTÍCULO 7 y 8 RG 3418/2012 Sr. Trabajador Los ingresos que percibe como contraprestación del contrato laboral que nos une, representan para el Impuesto a las Ganancias, Rentas de 4 Categoría
Más detallesINSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL MATERIAL ELABORADO POR: SRTA. NATALIA S. MIGUEZ CRA.
Más detallesImpuesto a las Ganancias persona Jurídica- Esquemas Técnicos Expositora: Dra. Adriana de Llamas
Impuesto a las Ganancias persona Jurídica- Esquemas Técnicos Expositora: Dra. Adriana de Llamas PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS DyC BANCARIOS: RG 2111/06 (BO 14/08/06) DOBLE LIMITE : Se limita el
Más detalles(S-1800/16) PROYECTO DE LEY
(S-1800/16) PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados, Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones Artículo 1 - Modifíquese el inciso j) del Artículo 20º de
Más detallesTRATANDOSE DE DIVIDENDOS O UTILIDADES, EN DINERO O EN ESPECIE EXCEPTO EN ACCIONES O CUOTAS PARTES- QUE DISTRIBUYAN LOS SUJETOS MENCIONADOS EN EL
TERCER TEMA TRATANDOSE DE DIVIDENDOS O UTILIDADES, EN DINERO O EN ESPECIE EXCEPTO EN ACCIONES O CUOTAS PARTES- QUE DISTRIBUYAN LOS SUJETOS MENCIONADOS EN EL INCISO a) apartados 1,2,3,6 Y 7, e inciso b)
Más detallesFISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES
BOLETI N INFORMATIVO Nº 78 INFORMACIÓN COLECTIVO DE PREJUBILADOS FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES APORTACIONES VOLUNTARIAS 1 FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES. APORTACIONES VOLUNTARIAS. Prácticamente
Más detallesPLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
1 PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BASE LIQUIDABLE GENERAL La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la parte general de la base imponible, exclusivamente,
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS Retenciones sobre Sueldos. Deducciones para Empleados
IMPUESTO A LAS GANANCIAS Retenciones sobre Sueldos. Deducciones para Empleados Introducción Les informamos las principales consideraciones para determinar el Impuesto a las Ganancias para los empleados
Más detallesCAPITULO III REGIMEN ECONOMICO, PATRIMONIO Y RECURSOS DE LA ASOCIACIÓN
RELACIÓN DE ARTÍCULOS DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA HONOR Y LEALTAD AMHOLE, PROPUESTOS PARA SU MODIFICACIÓN, MATERIA DE AGENDA DE LA CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL 11
Más detallestrabajarparavivir.com Un blog con información y reflexiones para humanos con recursos
Impuesto a las Ganancias Instructivo para Empleados en Relación de Dependencia Renta Gravada: Los trabajadores serán pasibles de retenciones en concepto del impuesto a las ganancias por las rentas obtenidas
Más detallesCONVENIO Nº 183 DE LA OIT CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD
CONVENIO Nº 183 DE LA OIT CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD CAMPO DE APLICACIÓN Artículo 1 A los efectos del presente Convenio, el término «mujer» se aplica a toda persona de sexo femenino,
Más detallesDeclaración del IRPF del ejercicio 2014: Cuestiones a tener en cuenta
Nº 18 / Mayo 2015 Declaración del IRPF del ejercicio 2014: Cuestiones a tener en cuenta Como cada año por estas fechas, pasamos a destacarles las principales cuestiones a tener en cuenta, así como las
Más detallesPreguntas frecuentes. Dirección de Gestión de Planes, Programas y Proyectos de Empleo - Subsecretaría de Empleo Consultaspreba@trabajo.gba.gov.
Preguntas frecuentes Consultaspreba@trabajo.gba.gov.ar Plan PRE.BA 1. Qué es el PREBA? Es un Plan de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo (PRE.BA) del MINISTE- RIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA
Más detallesImpuesto Renta 2012. País Vasco. Información de tu interés.
Impuesto Renta 2012 País Vasco Información de tu interés. A continuación te informamos, de forma resumida, de la normativa a aplicar en los diferentes productos financieros para la declaración de los Impuestos
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 3.01. PERSONAS FÍSICAS, SUCESIONES INDIVISAS Y SUJETOS EMPRESAS
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 3.01. PERSONAS FÍSICAS, SUCESIONES INDIVISAS Y SUJETOS EMPRESAS NORMATIVA APLICABLE: Arts.01, 02, 69, 90 LIG; arts. 01,02 DR DATOS DEL EJERCICIO: Cuáles son las principales diferencias
Más detallesGastos deducibles y no deducibles en el IRACIS Primera Parte
Sabe Ud. cuánto dinero pierde si el gasto no puede ser deducible? Gastos deducibles y no deducibles en el IRACIS Primera Parte Requisitos para la deducibilidad del gasto Pasos para determinar la Renta
Más detallesCuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?
4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál
Más detallesComunidad Autónoma de Cataluña
604 Comunidad Autónoma de Cataluña Los contribuyentes que en 2014 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
Más detallesUniversidad Católica de Córdoba. IMPUESTOS I Cátedra B. Trabajo de Investigación: Guía de Trabajos Prácticos Unidad VI
Facultad de Ciencias Económicas y de Administración Universidad Católica de Córdoba IMPUESTOS I Cátedra B Trabajo de Investigación: Guía de Trabajos Prácticos Unidad VI Alumno: Reydak, Carolina Andrea
Más detallesA) FUNCIÓN DIRECTIVA DOCENTE
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES RELATIVAS A LA GESTIÓN DE LA FINANCIACIÓN DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS El Art. 54 de la Ley Orgánica
Más detallesPREGUNTAS RECURRENTES ASOCIADAS A LA LEY Nº 20.649
PREGUNTAS RECURRENTES ASOCIADAS A LA LEY Nº 20.649 Se ha considerado difundir las preguntas que se han recepcionado a la fecha, relativas a la Ley Nº 20.649 y sus alcances, que son las siguientes: 1.-
Más detallesCIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B
Pedro Rico 27 28029 Madrid Teléfono 91 314 30 30 afe@afe-futbol.com www.afe-futbol.com CIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B MUY IMPORTANTE: Nuevos plazos de presentación de
Más detalles"Última modificación normativa: 01/01/2010"
"Última modificación normativa: 01/01/2010" DECRETO FORAL 129/2004, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
Más detallesRÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. RG (AFIP) 2437 Y MODIF.
RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. RG (AFIP) 2437 Y MODIF. SUMARIO página I. Cuál es la forma de cálculo de la retención?... 2 II. Hay algún ítem
Más detallesINFORME SOBRE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO.
INFORME SOBRE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO. PROGRAMA 1. REDUCCIÓN DE LAS COTIZACIONES EMPRESARIALES POR CONTINGENCIAS COMUNES A LA SEGURIDAD SOCIAL POR CONTRATACIÓN INDEFINIDA. La aportación
Más detallesREGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO ( 1º. al 26º )
REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO ( 1º. al 26º ) Art. 1o.- Bases del Seguro de Grupo. Para la celebración del seguro de grupo, en los términos del artículo 191 de la LCS, el contratante deberá solicitar un
Más detallesBuenos Aires, 21 de marzo de 2011. ASUNTO: GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010 VENCIMIENTOS DESDE EL 14 HASTA EL 20 DE ABRIL.
Buenos Aires, 21 de marzo de 2011. De nuestra consideración: ASUNTO: GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010 VENCIMIENTOS DESDE EL 14 HASTA EL 20 DE ABRIL. A fin de preparar en término las liquidaciones de
Más detallesEnajenación de bienes y prestación de servicios
Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de 2015 Personas Morales del Régimen General de Ley En el mes de marzo del año en curso los contribuyentes Personas Morales deberán determinar el impuesto
Más detallesCapítulo II. Definiciones preliminares
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro I, Título III, Letra A Administración de Cuentas Personales Capítulo II. Definiciones preliminares 1. Actualizar una cuenta personal: Es incorporar
Más detallesCómo calcular el IRPF en Uruguay
Cómo calcular el IRPF en Uruguay 1 - El mínimo no imponible...2 2 - Cómo se calcula el impuesto...5 3 - Los asalariados...8 4 - Trabajadores independientes y empresarios...11 5 - Jubilados...14 6 - Gestiones
Más detallesCierre de Fondo Compensador
Cierre de Fondo Compensador Qué es SUAF? SUAF es el Sistema de liquidación y pago de Asignaciones Familiares. A través de él, ANSES liquida en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia
Más detallesMODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL IRPF (DEDUCCIÓN 400 )
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL IRPF (DEDUCCIÓN 400 ) ÍNDICE I - Modificación de la Ley del IRPF..3 II - Modificación Reglamento IRPF...4 III - Importe de las retenciones sobre rendimientos de trabajo
Más detallesCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE TOMA DE RAZON Y REGISTRO SUBDIVISION JURIDICA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE TOMA DE RAZON Y REGISTRO SUBDIVISION JURIDICA I.- PRINCIPALES BENEFICIOS. LEY SOBRE EXONERADOS POLÍTICOS Los beneficios que la ley Nº 19.234 ha establecido
Más detallesRESOLUCIÓN PC No.-77-02. (De 4 de febrero de 2002)
RESOLUCIÓN PC No.-77-02 () El Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y; CONSIDERANDO: Que entre las funciones asignadas
Más detallesIncorporación al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).
Buenos Aires, Martes 3 de Junio de 2008 Nº 1418 Práctica laboral Incorporación al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). 1. Qué es SUAF? Es el Sistema a través del cual ANSES liquida en forma
Más detallesmailto:graciela@alejandrogonzalez.com.ar mailto:mabel@alejandrogonzalez.com.ar
Buenos Aires, 19 de marzo de 2012. De nuestra consideración: ASUNTO: GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2011 VENCIMIENTOS DESDE EL 16 HASTA EL 20 DE ABRIL O EN MAYO PARA CONTRIBUYENTES CON PARTICIPACIONES EN
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. FECHA DE APROBACIÓN: 21/04/2015 FECHA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.: 30/04/2015 FECHA ENTRADA EN VIGOR: 01/05/2015
Más detallesLEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : ARTÍCULO 1º.- Agrégase el Artículo 19 BIS, elimínase el Artículo 4º BIS y modifícanse los Artículos 4º, 5º,
Más detallesArt. 4.- Corresponderá al asegurado o familiares por el Seguro:
Ley No. 82 Art. 1- (Restauración por la Ley No. 44 de fecha 29 de octubre de 1970). Se instituye como obligación el Seguro de Vida, Cesantía e Invalidez para todo el Funcionario y Empleado Públicos que
Más detallesEmpleados en Relación de Dependencia
2015 Empleados en Relación de Dependencia 1 ÍNDICE I. Introducción... 3 II. Alcance... 3 III. Impuesto a las Ganancias 4 Categoría... 3 Conceptos Sujetos a Retención - 4 Categoría RG 2437... 3 IV. Deducciones
Más detallesBuenos Aires, 12 de mayo de 2015.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS - TRABAJO EN RELACION DE DEPENDENCIA Y OTROS SITUACIÓN DE LAS DEDUCCIONES PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN GENERAL 3770 A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2015. Buenos Aires, 12 de mayo de
Más detallesBoletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones (SNP)
Boletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones () Base legal: R.M. 044-2013-TR Publicado : 02/03/2013 Vigencia : 03/03/2013
Más detallesCLÁUSULA 3ª. EXTORNO DE PRIMA POR RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER
Ref: 06/107484.9/15 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONCERTACIÓN DEL SEGURO POR IMPAGO DE RENTAS DE ALQUILER DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN DEL ALQUILER
Más detallesárea de presidencia y gobierno Interior, economía y hacienda
ORDENANZA NÚMERO 21 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985,
Más detallesAHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO ARTÍCULO 42 BIS Y REBA- JA POR INVERSIÓN EN FONDOS DE INVERSIÓN LEY Nº 18.815
CAPÍTULO IV APV Y FONDOS DE INVERSIÓN. LÍNEA 16 AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO ARTÍCULO 42 BIS Y REBA- JA POR INVERSIÓN EN FONDOS DE INVERSIÓN LEY Nº 18.815 16 IMPORTANTE: La Ley Nº 20.028, publicada en
Más detallesIMPUESTO ÚNICO RETIROS DE DEPÓSITOS DE AHORROS PRE- VISIONALES VOLUNTARIOS (ART. 42 BIS)
CAPÍTULO IV RETIROS DE APV. LÍNEA 46 IMPUESTO ÚNICO RETIROS DE DEPÓSITOS DE AHORROS PRE- VISIONALES VOLUNTARIOS (ART. 42 BIS) 46 A) Tasa de impuesto único que afecta a los retiros de depósitos de ahorro
Más detallesENTRE RÍOS - IMPUESTO A LA TRANSMISIÓN GRATUITA DE BIENES
ENTRE RÍOS - IMPUESTO A LA TRANSMISIÓN GRATUITA DE BIENES Ley Nº 10.197 Buenos Aires, 26 de Febrero de 2013. Por medio de la Ley Nº 10.197, publicada el 24/01/2013, el Fisco de la Provincia de Entre Ríos
Más detalles2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles:
DEDUCIBILIDAD DOTACIÓN PROVISIONES TÉCNICAS Artículo 13.2 e) Ley 43/1995. Provisión para riesgos y gastos 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: e) Las dotaciones a las
Más detallesCALCULO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4TA CATEGORIA
CALCULO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4TA CATEGORIA Para el cálculo de la retención mensual (anticipos del Impuesto a las Ganancias), se parte de la GANANCIA BRUTA, la que se define como la totalidad
Más detallesAcceso al Formulario 572 On-Line de AFIP. De más de a $ * más el sobre excedente de $ 0 2.000 0 10,0 0 2.000 4.000 200 14,0 2.000
Actualización: 14-01-14 ESTE ARCHIVO CONTIENE: Escala de retenciones para profesionales liberales- Mínimo no imponible - Cálculo del impuesto Exención de la obligación de emitir factura cuando los honorarios
Más detallesBONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO 2015 DE DOCENTES. Introducción
BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO 2015 DE DOCENTES Introducción Patricio P Escobar González Magíster en Administración Educacional Las muy bajas pensiones que el sistema de capitalización individual,
Más detallesDECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF
DECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF 1) Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración jurada de IRPF por las rentas del trabajo? Para el año 2008 los obligados a presentar
Más detallesPRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN UNIDADES INDEXADAS
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN UNIDADES INDEXADAS Qué son los préstamos hipotecarios? Los préstamos hipotecarios son préstamos a personas físicas a mediano y largo plazo, a tasa
Más detalles