PKF Villagarcía & Asociados
|
|
- Luz Aguirre Castilla
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Buenos Aires, 24 de Enero de Circular I Impuesto a las Ganancias 4ta categoría. Relación de Dependencia. Deducciones admitidas por la RG Nº 2437 (AFIP) para la determinación del impuesto. Memo recordatorio. En esta circular detallamos (a modo recordatorio) los conceptos y montos deducibles para la determinación de la liquidación de Impuestos a las Ganancias de 4ta categoría y la confección del formulario F. 572 web SIRADIG-. 1. Conceptos admitidos para la deducción de Impuesto a las Ganancias de 4ta Categoría. a) Del Recibo de Sueldo: Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a la Administración Nacional de la Seguridad Social o a cajas provinciales o municipales, o estuvieren comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (incluso los efectuados por los beneficiarios que reingresen o continúen en actividad -art. 34 de la L y sus modif.-). b) Del Recibo de Sueldo: Descuentos con destino a obras sociales correspondientes al beneficiario y a las personas que revistan para el mismo el carácter de cargas de familia, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 23, inciso b), de la ley de impuesto a las ganancias; y cuotas sindicales correspondientes a las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados y a las contribuciones de solidaridad pactadas en los términos de la ley de convenciones colectivas, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la ley 23551, sus modificaciones, y sus normas reglamentarias y complementarias. c) Medicina Prepaga: Importes que se destinen a cuotas o abonos a instituciones que presten cobertura médico asistencial, correspondientes al beneficiario y a las personas que revistan para el mismo el carácter de cargas de familia, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 23, inciso b), de la ley de impuesto a las ganancias. El importe a deducir por dichos conceptos no podrá superar el CINCO POR CIENTO (5%) de la ganancia neta del ejercicio acumulada hasta el mes que se liquida, determinada antes de su cómputo y el de los conceptos indicados en la ley de impuesto a las ganancias, en su artículo 81, incisos c) (donaciones deducibles) y h) (honorarios médicos deducibles), así como de los quebrantos de años anteriores y, cuando corresponda, de las sumas a que se refiere el artículo 23 de dicha ley (mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia). d) Primas de seguros para el caso de muerte, (el monto máximo deducible asciende a $ 996,23 anual, a partir del periodo fiscal 1992)
2 e) Gastos de sepelio del contribuyente o de personas a su cargo, (el monto máximo deducible asciende a $ 996,23 anual, a partir del periodo fiscal 1992). f) Para el caso de corredores y viajantes de comercio: los gastos estimativos de movilidad, viáticos y representación, amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo, de acuerdo con las disposiciones de la resolución general (DGI) 2169 y sus modificaciones, y los valores fijados por la resolución general (DGI) Se adjunta cuadro con los importes deducibles. g) Donaciones deducibles: Donaciones a los fiscos nacional, provinciales y municipales y a las instituciones comprendidas en el artículo 20, incisos e) y f), de la ley del gravamen (entidades sin fines de lucro y rel igiosas), en las condiciones dispuestas por el artículo 81, inciso c), de la misma, hasta el límite del CINCO POR CIENTO (5%) de la ganancia neta del ejercicio, acumulada hasta el mes que se liquida, que resulte antes de deducir el importe de las respectivas donaciones, el de los conceptos previstos en los incisos g) (medicina prepaga) y h) (honorarios médicos deducibles) del mismo artículo, el de los quebrantos de años anteriores, y cuando corresponda, las sumas a que se refiere el artículo 23 de la ley del gravamen (mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia). Los excedentes del límite del CINCO POR CIENTO (5%) de la ganancia neta que pudieran producirse en la liquidación de un mes calendario podrán ser computados en las liquidaciones de los meses siguientes dentro del mismo período fiscal (año calendario). h) Importes que correspondan a descuentos obligatorios establecidos por ley nacional, provincial o municipal. i) Honorarios médicos y otros servicios de salud: Honorarios correspondientes a los servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica por los siguientes conceptos (esta deducción es aplicable sólo en la liquidación anual o final, según corresponda): Hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares. Prestaciones accesorias de la hospitalización. Servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades. Servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc. Servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina. Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales. La deducción procederá siempre que la prestación haya sido efectivamente facturada por el prestador del servicio y hasta un máximo del CUARENTA POR CIENTO (40%) del total facturado.
3 El importe total de las deducciones admitidas por estos conceptos no podrá superar el CINCO POR CIENTO (5%) de la ganancia neta del ejercicio determinada antes de su cómputo y el de los conceptos indicados en la ley de impuesto a las ganancias, en su artículo 81, inciso c) (donaciones deducibles), y segundo párrafo del inciso g) (medicina prepaga), así como de los quebrantos de años anteriores y, cuando corresponda, de las sumas a que se refiere el artículo 23 de dicha ley (mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia). j) Intereses correspondientes a créditos hipotecarios que les hubieran sido otorgados a partir del 01/01/2001 por la compra o construcción de inmuebles destinados a la casa habitación, hasta el importe establecido en el artículo 81, inciso a), tercer párrafo, de la ley de impuesto a las ganancias (el monto anual deducible asciende a $ ) k) Aportes al capital social o al fondo de riesgo efectuados por los socios protectores de sociedades de garantía recíproca previstos en el artículo 79 de la ley y sus modificatorias. l) Importes abonados a los trabajadores domésticos en concepto de contraprestación por sus servicios y los pagados para cancelar las contribuciones patronales indicadas en el artículo 3 del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, aprobado por el artículo 21 de la ley El importe máximo a deducir por los conceptos señalados no podrá superar la suma correspondiente a la ganancia no imponible definida en el inciso a) del artículo 23 de la ley de impuesto a las ganancias (el monto anual deducible asciende a $ por el ejercicio 2012). m) Sin perjuicio de los importes de los conceptos indicados precedentemente, deberán considerarse los que correspondan a los beneficios de carácter tributario que otorgan los diversos regímenes de promoción (industrial, sectorial, etc.), que inciden sobre las retenciones a practicar, con el alcance y en las condiciones establecidas en las respectivas disposiciones normativas. 2. Conceptos admitidos como pago a cuenta de la retención de Impuesto a las Ganancias de 4ta Categoría. Estos conceptos son consideradas pago a cuenta del impuesto (es decir, no se deducen de la base imponible, sino que se restan del impuesto a retener). a) Las percepciones de Imp. a las Ganancias sufridas bajo el régimen de la resolución general (AFIP) Nº 3378 (compras con tarjetas de crédito y débito). b) El Imp. Débitos y Créditos en cuentas bancarias: el pago a cuenta es computable cuando hubieran sido percibidos por la entidad financiera, en los siguientes casos: el 34% del Impuesto al Crédito percibido por la entidad bancaria en las cuentas corrientes, y
4 el 17% del Impuesto Débitos y Créditos percibido por la entidad bancaria en cajas de ahorro Sin otro particular, y estando a vuestra disposición ante cualquier consulta al respecto, les saludamos muy atentamente. Cdor Gustavo Leiva PKF Villagarcía & Asociados Dto. Impuestos
5 RESOLUCIÓN GENERAL (DGI) 2169 Impuesto a las ganancias. Deducciones por gastos estimativos de movilidad, viáticos y representación de los corredores y viajantes de comercio Art. 1 - A los fines de la retención y de la deducción a practicar en las declaraciones juradas de los corredores y viajantes de comercio, se podrán computar mensualmente por todo concepto, atribuible a gastos de movilidad, viáticos y representación efectivamente incurridos, las sumas que establezca esta Dirección General. (1) Zona de trabajo Por día de trabajo o estadía Con auto propio Sin auto propio Importes aplicables desde junio de1992 (2) 1) Capital Federal 6,84 3,99 2) Capital Federal y Gran Buenos Aires 10,26 7,03 3) Interior del país en general: a) Hasta 50 km. de la residencia 6,84 3,99 b) Más de 50 a 100 km. de la residencia 10,26 7,03 c) Más de 100 a 150 km. de la residencia 22,80 19,76 d) Más de 150 a 300 km. de la residencia 25,08 22,80 e) Más de 300 km. de la residencia 27,36 24,32 4) Provincias del sur, Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a) Hasta 50 km. de la residencia 6,84 3,99 b) Más de 50 a 100 km. de la residencia 10,26 7,03
6 c) Más de 100 a 150 km. de la residencia 23,18 20,14 d) Más de 150 a 300 km. de la residencia 25,27 22,99 e) Más de 300 a 500 km. de la residencia 27,74 24,70 f) Más de 500 km. de la residencia 27,93 25,27 TEXTO S/RG (DGI) BO: 22/6/1983 Art. 2º - En las sumas mencionadas por día de trabajo o estadía, con auto propio, se incluyen los gastos de nafta, aceite, seguro, cambio de bujías y filtros, lavado común y de cárter, engrase, reparaciones comunes, cambio de cubiertas, alquiler de garaje, patente, impuestos, etc., no así la amortización del rodado. Art. 3º - Los corredores y viajantes de comercio que actúan en relación de dependencia, con auto propio, deberán presentar a su empleador, mediante nota simple, una declaración jurada en la cual expresen la marca, modelo, número de motor y de patente, fecha de compra, valor original y porcentaje de amortización. Además indicarán la proporción de la amortización que corresponde afectar a la actividad que se desarrolla, en el supuesto de que la unidad se destine, en parte, al uso particular u otros. La obligación dispuesta lo es sin perjuicio de la responsabilidad que a los citados corredores y viajantes de comercio corresponde como contribuyentes directos, cuando procedan a la venta o disposición del automotor. Art. 4º - Derógase a partir del 1 de abril de 1979 la resolución general 1950 y sus modificatorias (RG 2036, 2064, 2095 y 2141). Art. 5º - De forma. TEXTO S/RG (DGI) 2169 modificada por RG (DGI) 2411 BO:RG (DGI) 2169, 11/4/1979; RG (DGI) 2411, 22/6/1983 Notas: I_G_RGDGI_2169_q1 [1:] Evolución de importes. Ver Agenda Impositiva - Ganancias - Cuadro Nº 5 I_G_RGDGI_2169_q2 [2:] Importes consignados por la Redacción en función a las tablas elaboradas por la Dirección General Impositiva
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Cra. Erica Tomassoni - Mail ericatomassoni@gmail.com IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUELDOS BAJO RELACION DE DEPENDENCIA NORMATIVA LEGAL Ley 20628 Impuesto a las Ganancias Resolución General AFIP 2437 BO 22/04/2008
Más detallesDeducciones admitidas por la Ley de Impuesto a las Ganancias
Deducciones admitidas por la Ley de Impuesto a las Ganancias A continuación se detallan las. El empleador deducirá las mismas hasta el límite de los topes legales. 1. Aportes a Obras Sociales: Los descuentos
Más detallesVéase al respecto el Anexo a esta Circular. B. Sujetos obligados a informar sus bienes e ingresos al Fisco (RG AFIP 2437 art. 12)
Ciudad de Buenos Aires, 03 de Febrero de 2015. Circular I 785 INFORMACIÓN PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia. A)
Más detallesImpuesto a las Ganancias. Rentas de empleados en relación de dependencia.
Impuesto a las Ganancias. Rentas de empleados en relación de. Qué es el impuesto a las ganancias? Tributo que grava las ganancias obtenidas por personas de existencia visible o ideal. Categoría Origen
Más detallesCIRCULAR N 01/16 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/16 SALTA, 07 de Marzo de 2016 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: IMPOSITIVA TEMA: Ganancias de la Cuarta Categoría Rentas del Trabajo Personal Incremento en las Deducciones del Art. 23º
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS Retenciones sobre Sueldos. Deducciones para Empleados
IMPUESTO A LAS GANANCIAS Retenciones sobre Sueldos. Deducciones para Empleados Introducción Les informamos las principales consideraciones para determinar el Impuesto a las Ganancias para los empleados
Más detallesFORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO
FORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4ta. CATEGORIA El formulario 572 de AFIP es, por medio del cual, los empleados deben informar las deducciones admitidas en el Impuesto
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 7.01. Régimen de Retención n 830
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 7.01. Régimen de Retención n 830 NORMATIVA APLICABLE: Anexo II; Anexo IV; Anexo V; Anexo VIII; R.G. (AFIP) N 830 DATOS DEL EJERCICIO: A) Colchones recibidos Importe pagado (con
Más detallescorrespondiente a este año a través del formulario online F. 572
El organismo de recaudación ya habilitó el ingreso de datos para el formulario online F. 572 correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Cuáles son los conceptos que pueden informarse a través de la web,
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS - PREGUNTAS FRECUENTES:
IMPUESTO A LAS GANANCIAS - PREGUNTAS FRECUENTES:» 1- Están las jubilaciones y pensiones gravadas por el impuesto a las ganancias? Según el artículo 79 inc. c, Capítulo IV de la Ley N 20.628: "Constituyen
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Características Generales del Impuesto Es un impuesto Nacional. Es un impuesto progresivo y directo. Es un impuesto personal. Es un impuesto anual. CONCEPTO
Más detallesCIRCULAR N 01/09 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/09 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS SALTA, 20 de Enero de 2.009 AREA: IMPOSITIVA TEMA: Retención de Impuesto a las Ganancias: Ley 26.425 y 26.477 - Resolución AFIP 2.529/08. El Poder Ejecutivo
Más detallesMAESTRIA EN TRIBUTACIÓN UNLZ ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN
MAESTRIA EN TRIBUTACIÓN UNLZ ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN 1. DETERMINACION DE LA RENTA BRUTA Y NETA Conceptos Primera categoría Segunda categoría Tercera categoría Cuarta categoría Criterio de imputación de
Más detalles1. OBJETIVO 2. CONCEPTO
INSTRUCTIVO IMPUESTO A LAS GANANCIAS 4ta Categoría 1. OBJETIVO Le recomendamos leer detenidamente las instrucciones, y para el caso de tener dudas o no comprender el alcance o la aplicación de algún concepto,
Más detallesMaría Marcela Con, Farías Contadora Pública
María Marcela Con, Farías Contadora Pública Estudio Con, Farías Días Vélez 3876, 3 Piso Tel.: +54 (11) 6320-0222 Email: marcela.con,@con,farias.com Régimen de Retenciones: Introducción Los empleadores
Más detallesInstructivo Impuesto a Las Ganancias 4ta. Categoría
- 1 - Instructivo Impuesto a Las Ganancias 4ta. Categoría 1. OBJETIVO Le recomendamos LEER detenidamente las instrucciones, y para el caso de tener dudas o no comprender el alcance o la aplicación de algún
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL 140
RESOLUCIÓN GENERAL 140 JURISDICCIÓN: Nacional ORGANISMO: Adm. Fed. Ingresos Públicos FECHA: 14/05/1998 BOL. OFICIAL: 19/05/1998 VIGENCIA DESDE: 19/05/1998 RG (AFIP) 140 14/5/1998 Sistema de pago con tarjetas
Más detallesQuiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales?
Quiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales? Los empleados Los actores que perciban sus ingresos a través
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Impuesto a las Ganancias Esquema de liquidación Obligaciones del Empleado F572 Decreto Nº 1242/13 Obligaciones del Empleador - F649 Que Controlamos? Ganancia
Más detallesEste informe ha sido elaborado por el Contador Arturo Sampedro, dependiente de Tesorería General de la Provincia.
Deducciones para Impuesto a las Ganancias 4º Categoría Este informe ha sido elaborado por el Contador Arturo Sampedro, dependiente de Tesorería General de la Provincia. Por aplicación de la Resolución
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retenciones, rentas obtenidas del trabajo personal Cuarta categoría. El presente trabajo pretende ilustrar en
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retenciones, rentas obtenidas del trabajo personal Cuarta categoría. El presente trabajo pretende ilustrar en forma generalizada dado su complejidad sobre la normativa
Más detallesImpuesto a las Ganancias 4ta Categoría. Versión 7.0 junio-15
Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría Versión 7.0 junio-15 Aspectos Generales del Impuesto a las Ganancias Es un impuesto NACIONAL, que recae sobre los beneficios o rentas obtenidos durante un período
Más detallesCompendio Tributario Departamento de Fiscalidad y Tributación
FEDERACIÓN EMPRESARIA HOTELERA GASTRONÓMICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Compendio Tributario Departamento de Fiscalidad y Tributación ANEXO- MEMORANDUM IMPOSITIVOS - BNC SEPTIEMBRE 2015 Nº 5 ÍNDICE N º 30
Más detallesMR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES
MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES Expositor: Marcelo D. Rodríguez IMPUESTO A LAS GANANCIAS Artículo 79
Más detallesResolución General AFIP 3450
Resolución General AFIP 3450 Marzo 2013 Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Adelanto de impuesto. OBJETO A través de la Resolución General 3450 la Administración Federal de
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTA 4º Categoría
IMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTA 4º Categoría 1. INTRODUCCION Es nuestra intención que el presente instructivo, sea de utilidad tanto para los empleados en relación de dependencia que están alcanzado por
Más detalles* AUTÓNOMOS En relación al mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia y deducción por servicio doméstico.
* AUTÓNOMOS En relación al mínimo no imponible, deducción especial, cargas de familia y deducción por servicio doméstico. * En los meses de enero y febrero de 2013 estuvieron vigentes los importes anuales
Más detallesSistema Integrado Previsional Argentino. Informe Periódico de Aportes.
Buenos Aires, Lunes 2 de Febrero de 2009 Nº 1620 Legislación Sistema Integrado Previsional Argentino. Informe Periódico de Aportes. Resolución de la Administración Nacional de la Seguridad Social Nº 43/2009.
Más detallesQuienes están sujetos al impuesto a las Ganancias?
Quienes están sujetos al impuesto a las Ganancias? Todas las personas de existencia visible o ideal que obtengan ganancias están sujetas al gravamen. A los efectos de la ley, se consideran ganancias de
Más detallesCALCULO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4TA CATEGORIA
CALCULO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4TA CATEGORIA Para el cálculo de la retención mensual (anticipos del Impuesto a las Ganancias), se parte de la GANANCIA BRUTA, la que se define como la totalidad
Más detallesh. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado
h. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado Para ingresar a la ventana Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado una vez ingresados los parámetros Formulario, Versión y Período Fiscal,
Más detallesImpuesto a las Ganancias 4ta Categoría. Versión 5.0 Junio 2013
Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría Versión 5.0 Junio 2013 Aspectos Generales del Impuesto a las Ganancias Es un impuesto NACIONAL, que recae sobre los beneficios o rentas obtenidos durante un período
Más detallesINSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL MATERIAL ELABORADO POR: CR. LUIS JORGE CRA. MARÍA FLORENCIA
Más detallesImpuesto a las Ganancias 4ta Categoría. Versión 6.0 Abril 2014
Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría Versión 6.0 Abril 2014 Aspectos Generales del Impuesto a las Ganancias Es un impuesto NACIONAL, que recae sobre los beneficios o rentas obtenidos durante un período
Más detallesVISTO la Resolución General N 4139 (DGI), sus modificatorias y complementarias, y
Resolución General 1261 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General N 4139 (DGI),
Más detallesBuenos Aires, 21 de marzo de 2011. ASUNTO: GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010 VENCIMIENTOS DESDE EL 14 HASTA EL 20 DE ABRIL.
Buenos Aires, 21 de marzo de 2011. De nuestra consideración: ASUNTO: GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010 VENCIMIENTOS DESDE EL 14 HASTA EL 20 DE ABRIL. A fin de preparar en término las liquidaciones de
Más detallesAcceso al Formulario 572 On-Line de AFIP. De más de a $ * más el sobre excedente de $ 0 2.000 0 10,0 0 2.000 4.000 200 14,0 2.000
Actualización: 14-01-14 ESTE ARCHIVO CONTIENE: Escala de retenciones para profesionales liberales- Mínimo no imponible - Cálculo del impuesto Exención de la obligación de emitir factura cuando los honorarios
Más detallesINSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL MATERIAL ELABORADO POR: SRTA. NATALIA S. MIGUEZ CRA.
Más detallesOficina Anticorrupción
DECLARACIÓN : 2012 Rectificativa 1 Identificación de los motivos por los que está obligado a presentar esta Declaración Jurada Ha desempeñado o desempeña un cargo público en el período 2013 por el cual
Más detallesI m p u e s tos Ganancias de tercera categoría
A N E X O D E A C T U A L I Z A C I Ó N - A B R I L 2 0 1 1 ACTUALIZ ACIÓN ANTERIOR: M A R ZO 2011 Colección Práctica I m p u e s tos Ganancias de tercera categoría Unipersonales Sociedades de hecho Claudia
Más detallesmailto:graciela@alejandrogonzalez.com.ar mailto:mabel@alejandrogonzalez.com.ar
Buenos Aires, 19 de marzo de 2012. De nuestra consideración: ASUNTO: GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2011 VENCIMIENTOS DESDE EL 16 HASTA EL 20 DE ABRIL O EN MAYO PARA CONTRIBUYENTES CON PARTICIPACIONES EN
Más detallesOficina Anticorrupción
CREDITOS EN EL AFIP - RET GCIAS INGRESOS PROPIOS ---- 236.537,35 CREDITOS EN EL AFIP - ANT GANANCIAS INGRESOS PROPIOS ---- 44.366,72 Tipo de cuenta: CAJA DE AHORRO EN MONEDA LOCAL INGRESOS PROPIOS ----
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 2437
Page 1 of 14 RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 2437 Régimen de retención sobre rentas de trabajadores en relación de dependencia y otros. Régimen simplificado para informar ingresos, gastos, deducciones admitidas
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770 Deducciones personales. Incremento del mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial para trabajadores en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones,
Más detallesLíneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales.
Líneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales. Monto: hasta $ 100.000.- Tasa Nominal Anual (TNA) Fija = 30,00%. Plazo máximo: hasta 24 cuotas mensuales. Seguro de vida: 0,15% mensual
Más detallesTexto Sistematizado del Decreto 754/2000
Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Con las modificaciones introducidas mediante los Decretos 3.605/2000, 183/2003, 1.707/2003, 1.438/2004 y 1.309/2011 La Plata, 22 de marzo de 2000 Visto el expediente
Más detallesSituacion fiscal del trabajador autónomo
Situacion fiscal del trabajador autónomo 1 Situacion fiscal del trabajador Autónomo- Opcion Monotributo Quienes pueden ser monotributistas Personas físicas: Comerciantes, Fabricantes, Profesionales, Oficios,
Más detallesNOVEDADES FISCALES MAYO 2015
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3769 - BO: 05/05/2015 PROCEDIMIENTO FISCAL. SE ESTABLECEN PRECISIONES RESPECTO DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 28/2/2015
Más detallesResolución General 3418
Resolución General 3418 Preguntas frecuentes 1) Quiénes se encuentran obligados a utilizar el Sistema? a) Los trabajadores que quieran computar como pago a cuenta las percepciones que les hubieran practicado
Más detallesVALOR DE RENTA DE REFERENCIA
OTROS TRABAJADORES INDEPENDIENTES TRABAJADORES AUTÓNOMOS Trabajador Autónomo Son trabajadores por cuenta propia. Han logrado tener grandes niveles de facturación y en consecuencia, excelentes ingresos.
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS (R.G. 830/00)
IMPUESTO A LAS GANANCIAS (R.G. 830/00) El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires es una entidad de Derecho Público, por lo tanto es un sujeto obligado a practicar retenciones de Impuesto a
Más detallesDictamen 21/2012. Industria del software. Bonos de Credito Fiscal. Obligaciones. Alcance
Dictamen 21/2012. Industria del software. Bonos de Credito Fiscal. Obligaciones. Alcance Los bonos de crédito fiscal emitidos en el marco de la Ley de Promoción de la Industria del Software (Ley 25922)
Más detallesOficina Anticorrupción
DECLARACIÓN : 2015 Original Identificación de los motivos por los que está obligado a presentar esta Declaración Jurada En el año 2016 Ha desempeñado o está desempeñando un cargo público por el cual queda
Más detalles- S.I.Ap.: Sistema Integrado de Aplicativos AFIP - Descargar Aplicativo. - Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - Descargar Aplicativo
Quiénes deben efectuar la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales y qué fecha de vencimiento corresponde considerar en cada caso? Los empleados que durante el año
Más detallesRÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. RG (AFIP) 2437 Y MODIF.
RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. RG (AFIP) 2437 Y MODIF. SUMARIO página I. Cuál es la forma de cálculo de la retención?... 2 II. Hay algún ítem
Más detallesLEY DE COMPETITIVIDAD LEY 25.413
LEY DE COMPETITIVIDAD Establécese un impuesto a aplicar sobre los créditos y débitos en cuenta corriente bancaria. Agentes de liquidación y percepción. Excepciones. Alcance. Modificación de las Leyes nros.
Más detallesVISTO la Actuación SIGEA Nº 15236-33-2010 del Registro de. Que la Ley Nº 26.417 estableció la movilidad de las prestaciones
Asunto: SEGURIDAD SOCIAL. Aportes de trabajadores autónomos. Empleados en relación de dependencia. Límites mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino
Más detallesRENTAS DEL ART. 42 Nº 1 (SUELDOS, PENSIONES, ETC.)
CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 RENTAS DEL ART. 42 Nº 1 (SUELDOS, PENSIONES, ETC.) 9 (A) Contribuyentes que deben utilizar esta línea (1) Esta línea debe ser utilizada por los trabajadores
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 5.01. GANANCIA DE LA PRIMERA CATEGORÍA
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 5.01. GANANCIA DE LA PRIMERA CATEGORÍA NORMATIVA APLICABLE :Art. 41, inc. a), inc. e), inc. f), art. 42, art. 43, art. 80, art 82 inc. a), art. 83, ART. 56 DR, art. 59 DR inc. f),
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3418 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Rentas
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes
Más detallesRetención de Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia
Retención de Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia INTRODUCCIÓN La R.G. Nº 2437/08 de AFIP establece un régimen de retención sobre las ganancias comprendidas en los incisos
Más detallesImpuesto Renta 2012. País Vasco. Información de tu interés.
Impuesto Renta 2012 País Vasco Información de tu interés. A continuación te informamos, de forma resumida, de la normativa a aplicar en los diferentes productos financieros para la declaración de los Impuestos
Más detallesINSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPOSITIVAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL MATERIAL ELABORADO POR: SRTA. NATALIA S. MIGUEZ CRA.
Más detallesBIENVENIDOS AL CURSO ONLINE
BIENVENIDOS AL CURSO ONLINE REGIMEN DE RETENCION DE IMPUESTO A LASGANANCIAS RELACION DE DEPENDENCIA IMPUESTO A LAS GANCIAS RETENCIONES RELACION DE DEPENDENCIA DECRETO 1242/2013 Y RG 3525/2013 lncreméntase,
Más detallesSiRADIG Impuesto a las Ganancias. Cómo confeccionar el Formulario 572 web?
SiRADIG Impuesto a las Ganancias Cómo confeccionar el Formulario 572 web? El SiRADIG es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de
Más detallesImpuesto a las Ganancias. Esquema de liquidación PF y SI
Impuesto a las Ganancias Esquema de liquidación PF y SI 1. DETERMINACION DE LA RENTA BRUTA Y NETA Conceptos Primera categoría Segunda categoría Tercera categoría Cuarta categoría Criterio de imputación
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes
Más detallesConsultas Frecuentes Retención de Impuesto a las Ganancias de 4 Categoría, en relación de dependencia
Consultas Frecuentes Retención de Impuesto a las Ganancias de 4 Categoría, en relación de dependencia Si ambos cónyuges laboran Pueden deducirse como carga de familia? Podrán realizar la deducción si alguno
Más detallesRef: Retenciones del impuesto a las ganancias 4ta. Categoría Ejercicio 2.006
Río Gallegos, lunes, 10 de abril de 2006 A los Señores JEFES DE ADMINISTRACIÓN Su Despacho Ref: Retenciones del impuesto a las ganancias 4ta. Categoría Ejercicio 2.006 Me dirijo a Ud. a efectos de llevar
Más detallesPROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR Y SOLICITAR LA EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RG 2681/09
PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR Y SOLICITAR LA EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RG 2681/09 Mediante el dictado de la Resolución General Nº 2681, (BO 5/10/09) la Administración Federal de Ingresos Públicos
Más detallesAFIP: Nuevos planes de facilidades de pagos
AFIP: Nuevos planes de facilidades de pagos Con fecha 23/05/2014 se han publicado las Resoluciones Generales (AFIP) Nº 3630 y Nº 3631, mediante las cuales se crea un plan especial para obligaciones vencidas
Más detallesREGLAMENTO DE PRÉSTAMOS (T.O.)
REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS (T.O.) CAPÍTULOS I.- CONDICIONES GENERALES DEL CRÉDITO II.- TIPOS DE PRÉSTAMOS III.- RESGUARDO EXIGIBLE IV.- COBERTURA E INCUMPLIMIENTO I.- CONDICIONES GENERALES DEL CRÉDITO REGLAMENTO
Más detallesCómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según la RG 3525/2013
Pág. 1 de 13 Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3525 Impuesto a las Ganancias. Decreto Nº 1242/2013. Rentas del Trabajo Personal en relación de dependencia, jubilaciones,
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES.
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2
Más detallesFiscalidad y Tributacio n Impuesto a la Ganancias
Fiscalidad y Tributacio n Impuesto a la Ganancias La Administración Federal de Ingresos Públicos incrementa las deducciones del impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia con
Más detallesEl Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: LEY DE COMPETITIVIDAD
LEY DE COMPETITIVIDAD Ley 25.413 Establécese un impuesto a aplicar sobre los créditos y débitos en cuenta corriente bancaria. Agentes de liquidación y percepción. Excepciones. Alcance. Modificación de
Más detallesSiRADIG Impuesto a las Ganancias. Cómo confeccionar el Formulario 572 web?
SiRADIG Impuesto a las Ganancias Cómo confeccionar el Formulario 572 web? El SiRADIG es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de
Más detallesOficina Anticorrupción
5 Bienes al Inicio del Período Tipo Descripción Origen Fondos Titularidad Importe INMUEBLES EN EL INMUEBLES EN EL Tipo: CASA, Destino: CASA HABITACION, Localidad: CAPITAL, Provincia: CIUDAD AUTONOMA BUENOS
Más detallesPLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
1 PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BASE LIQUIDABLE GENERAL La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la parte general de la base imponible, exclusivamente,
Más detallesLEY 12.150. Art. 1 : Sustitúyese el artículo 5º del Decreto-Ley 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto 600/94) por el siguiente:
LEY 12150 BO 30-07-98 Texto completo. LEY 12.150 Art. 1 : Sustitúyese el artículo 5º del Decreto-Ley 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto 600/94) por el siguiente: "ARTICULO 5º: Los aportes personales y
Más detallesREGIMEN GENERAL DE RETENCION DEL IVA. RG (AFIP) Nº 2854. Disposiciones actualizadas a Enero de 2011
REGIMEN GENERAL DE RETENCION DEL IVA. RG (AFIP) Nº 2854 Disposiciones actualizadas a Enero de 2011 Resolucion General Nº 3011/2011 Administración Federal de Ingresos Públicos Buenos Aires, 17 de Enero
Más detallesQue la citada ley, faculta a esta Administración Federal a. percibir el impuesto mediante la retención en la fuente.
Asunto: IMPUESTO A LAS GANANCIAS Actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Régimen de retención. Su instrumentación. BUENOS AIRES,22 de mayo de 2006 VISTO la
Más detallesResolución General AFIP Nº 2437/2008
Resolución General AFIP Nº 2437/2008 DATOS DE PUBLICACIÓN Boletín Oficial: 22 de Abril de 2008 Boletín AFIP: Nº 131, Junio de 2008, página 1182 ASUNTO: IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Rentas del trabajo personal
Más detalles"ARTÍCULO 87. Redúzcase en dos puntos porcentuales la tasa del Impuesto al Valor
LAS COOPERATIVAS DE CONSUMO URUGUAYAS Y LOS SINDICATOS DE SUS TRABAJADORES REUNIDOS EN AFCC PIT CNT PROPONEN LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES AL PROYECTO DE LEY DE INCLUSIÓN FINANCIERA DE MODO DE VIABILIZAR
Más detallesLEY NACIONAL 25.239, TITULO XVIII REGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMESTICO
LEY NACIONAL 25.239, TITULO XVIII REGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMESTICO Artículo 21.- Apruébase, como régimen especial de seguridad social para empleados del servicio
Más detallesGANANCIAS Y BIENES PERSONALES - LIQUIDACIÓN 2013
GANANCIAS Y BIENES PERSONALES - LIQUIDACIÓN 2013 Claudia M. Cerchiara DEDUCCIONES PERSONALES. PERÍODO FISCAL 2013 1 ANEXO DE ACTUALIZACIÓN 20/03/2014 A CONTINUACIÓN, PONEMOS A DISPOSICIÓN DEL LECTOR LOS
Más detallesVISTO la Resolución General Nº 1261, sus modificatorias y complementarias, y
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2437 Impuesto a las ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen
Más detalles8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.
Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,
Más detallesInforme Retenciones al personal en relación de dependencia Modificaciones
Informe Retenciones al personal en relación de dependencia Modificaciones La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) -mediante la Resolución General N 3770 (B.O. 07.05.2015) con vigencia a partir
Más detallesOficina Anticorrupción
DECLARACIÓN : 2014 Original Identificación de los motivos por los que está obligado a presentar esta Declaración Jurada En el año 2015 Ha desempeñado o está desempeñando un cargo público por el cual queda
Más detallesDeclaración Anual 2006
Declaración Anual 2006 De los ingresos por Salarios y en general por la Prestación de un Servicio Personal Subordinado Expositores CPC Arturo Zepeda Pineda C.P. José Luis Vázquez García 1 Ley del Impuesto
Más detallesVISTO: Las disposiciones del Código Fiscal de la provincia vigente Ley Nº 5791/2013; y,
San Salvador de Jujuy, 21 de Agosto de 2014. RESOLUCION GENERAL Nº 1368/2014 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal de la provincia vigente Ley Nº 5791/2013; y, CONSIDERANDO: Que, la ley 5791 aprueba
Más detallesASOCIACIONES CIVILES Y FUNDACIONES ASPECTOS IMPOSITIVOS 2013. Dr. PEDRO M. GECIK
ASOCIACIONES CIVILES Y FUNDACIONES ASPECTOS IMPOSITIVOS 2013 IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUJETOS DEL IMPUESTO TASA APLICABLE DEBERES FORMALES EXENCIONES OBJETIVAS SUBJETIVAS - MIXTAS ART. 20 Inc. f PRINCIPIO
Más detalles(S-1800/16) PROYECTO DE LEY
(S-1800/16) PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados, Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones Artículo 1 - Modifíquese el inciso j) del Artículo 20º de
Más detallesOficina Anticorrupción
DECLARACIÓN : 2012 Original Identificación de los motivos por los que está obligado a presentar esta Declaración Jurada Ha desempeñado o desempeña un cargo público en el período 2013 por el cual queda
Más detallesImpuestos Facturación & Registración
A NEXO DE A CTUALIZACIÓN - SEPTIEMBRE 2008 A CTUALIZACIONES A NTERIORES: M ARZO 2006 / ABRIL 2006 / JULIO 2006 / AGOSTO 2006 / NO VIEMBRE 2006 / E NERO 2007 / ABRIL 2007 / JUNIO 2007 / NO VIEMBRE 2007
Más detallesEJEMPLO DE LA DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA DE INSTITUCIONES DE CARÁCTER PRIVADO SIN FINES DE LUCRO
EJEMPLO DE LA DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA DE INSTITUCIONES DE CARÁCTER PRIVADO SIN FINES DE LUCRO A efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del Reglamento para la Aplicación de la Ley de
Más detallesASISTENCIA DE AYUDA ECONÓMICA MUTUAL CON RECURSOS PROPIOS
Mutualidad del Personal del Banco de La Pampa Préstamo Nro. ASISTENCIA DE AYUDA ECONÓMICA MUTUAL CON RECURSOS PROPIOS A la Mutualidad del Personal del Banco de La Pampa: Solicito un préstamo de Pesos:...($...)
Más detallesPKF Villagarcía & Asociados
Ciudad de Buenos Aires, 28 de enero de 2009. Circular I 652 Régimen de retención sobre rentas del trabajo en relación de dependencia y otras. Nuevas tablas y escalas aplicables RG 2437 (AFIP). A raíz del
Más detalles