I. Fortalecimiento de la administración tributaria y combate a la evasión y al contrabando
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- Yolanda Sevilla Miguélez
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1 ACUERDO POLITICO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA PAZ, EL DESARROLLO Y LA DEMOCRACIA EN GUATEMALA Introducción En la parte referente a los Fundamentos Políticos y Económicos Básicos del Pacto Fiscal se afirma que el Pacto Fiscal implica acuerdos nacionales sobre el estilo de sociedad que se desea construir así como asegurar suficientes recursos para que el Estado pueda contribuir a crear las condiciones que permitan que todos los guatemaltecos y guatemaltecas puedan dejar atrás la pobreza y beneficiarse de los frutos del desarrollo. En este sentido, es necesario que la reforma fiscal integral se fundamente en un Acuerdo Político para el Financiamiento de la Paz, el Desarrollo y la Democracia de Guatemala. El Acuerdo Político que hoy suscribimos se fundamenta en la Constitución Política de la República y en los Acuerdos de Paz, representa el paso inicial del cumplimiento del Pacto Fiscal y busca crear las condiciones adecuadas para su implementación y su sostenibilidad en el mediano y largo plazo. El Acuerdo Político es integral y está constituido por los siguientes componentes: I. Fortalecimiento de la administración tributaria y combate a la evasión y al contrabando II. Inicio del proceso de revisión de privilegios, exenciones y exoneraciones fiscales III. Fortalecimiento de los ingresos tributarios IV. Programa de reactivación económica y social V. Programa de gasto público prioritario VI. Sistema de Garantías y Calendario I. Fortalecimiento de la administración tributaria y combate a la evasión y al contrabando. Con el propósito de iniciar el cumplimiento de los principios y compromisos de Administración Tributaria contemplados en el Pacto Fiscal, particularmente aquellos relacionados con el Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, Eficiencia y Eficacia en el Cobro y Persecución y Combate Coordinado del Incumplimiento Tributario, se adoptarán las siguientes medidas: 1. Creación, durante el mes de julio del 2000, del ente integrado de ataque a la evasión, de acuerdo a lo establecido en el compromiso relativo a la Persecución y Combate Coordinado del Incumplimiento Tributario, incluido en el Pacto Fiscal. 2. Ejecución inmediata de un Programa de Operativos Fiscales de ataque frontal a la evasión y al contrabando.
2 3. Cierre temporal de establecimientos que defrauden al fisco respetando el derecho de defensa establecido en la Constitución Política de la República. 4. Facultar a la administración tributaria para modificar el domicilio fiscal de los contribuyentes, al confirmar el lugar donde reside o tiene su actividad. 5. Modificación, en el mes de julio del 2000 de los Códigos Tributario, de Comercio y Penal, para fortalecer el marco de sanciones y penalización contra la evasión, la defraudación y el contrabando. 6. Definición e implementación, durante el mes de julio del 2000, de una Estrategia Global de Fiscalización por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo a lo establecido en los compromisos de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y Eficiencia y Eficacia en el cobro, incluidos en el Pacto Fiscal. 7. Revisar, durante el período julio agosto del 2000, la Ley de la SAT y adoptar las medidas necesarias para fortalecer sus funciones de recaudación y fiscalización. 8. Implementación, a partir del mes de septiembre del 2000, del Censo Fiscal, con el propósito de depurar y actualizar el Registro Tributario Unificado, así como ampliar la base tributaria. 9. Adopción, a partir del mes de julio del 2000, de los principios de contabilidad generalmente aceptados, conforme al Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores (IGCPA) II. Inicio del proceso de revisión de privilegios, exenciones y exoneraciones fiscales. 10. Con el propósito de cumplir con el compromiso de Asignación Eficiente de Recursos establecido en el Pacto Fiscal, se revisarán, durante el período julio - noviembre, el conjunto de privilegios, exenciones y exoneraciones fiscales vigentes. Dicha revisión será realizada por la Comisión de Seguimiento del Pacto Fiscal (CS), quien deberá definir a la brevedad posible, el calendario específico para su implementación inmediata. Para dar inicio al cumplimiento del principio y compromiso del Pacto Fiscal relativo a la Asignación eficiente de Recursos, se eliminaran, de manera inmediata, privilegios, exenciones y exoneraciones mediante las siguientes medidas: Impuesto Sobre la Renta de Personas Naturales. 11. Eliminar el derecho al crédito a cuenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado por las adquisiciones de bienes y servicios en el período de liquidación anual. 12. Aplicación del 5% en los regímenes de tributación de retenciones y con carácter de pago definitivo, de crédito a cuenta (Art.64 ISR) y del régimen especial de pago sobre ingresos brutos (Art. 72 ISR) Impuesto Sobre la Renta de Personas Jurídicas.
3 13. Limitar la deducibilidad de pérdidas del ISR únicamente al año subsiguiente en que ocurrieron. El saldo de las pérdidas que no hubiere quedado compensado ya no podrá compensarse en períodos subsiguientes. 14. Aplicación del ISR con carácter de pago definitivo del 5% sobre transporte de carga terrestre, marítimo y aéreo internacional. 15. En la reinversión de utilidades el porcentaje en el ISR deducible de la renta neta será de 5% por adquisición en planta, maquinaria y equipo y programas de capacitación y adiestramiento de empleados del contribuyente. 16. Reformar el artículo 4 del Decreto del Congreso de la República sobre la Ley de ZOLIC. Los Decretos y (zonas francas) serán revisados y reformados durante el proceso de revisión de privilegios, exenciones y exoneraciones fiscal (medida 10) Se dará prioridad a la elaboración y aprobación de la nueva Ley de Zonas Francas que está siendo elaborada por el Ministerio de Economía y Asociación Gremial de Exportadores de Productos no tradicionales y Cámara de Industria con la asistencia técnica del Banco Mundial. Se recomienda la participación del Ministerio de Finanzas y la comparación competitiva con el resto de la región (benchmark) 17. La deducibilidad de donaciones podrá aplicarse cuando puedan comprobarse fehacientemente, otorgadas a favor del Estado, las municipalidades y sus empresas, asociaciones y fundaciones no lucrativas de asistencia, servicio social, científicas y culturales; a las universidades y a los partidos políticos. La deducción máxima permitida por este concepto en cada período de liquidación definitiva anual no podrá exceder del 5% de la renta bruta. 18. Gravar las remesas de intereses al exterior, con excepción de los préstamos otorgados por bancos extranjeros de primer orden o debidamente acreditados, los de carácter multilateral, así como los anticipos de exportaciones. Impuesto al Valor Agregado. 19. Incluir aranceles y otros recargos en base imponible (muellaje, almacenaje, impuestos específicos, etc.), como es la norma internacional. 20. Limitar el reconocimiento del crédito fiscal por la adquisición de activos fijos que no se encuentren directamente vinculados con las actividades productivas. Otros Impuestos. 21. Corregir el tratamiento a microbuses y vans e incorporar el aumento de base imponible mínima de Q a Q en el Impuesto de Circulación de Vehículos. 22. Reformar la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, en relación con la forma de pago del impuesto. 23. Eliminar deducibilidad de intereses sobre créditos que no sean otorgados por instituciones bancarias y financieras legalmente establecidas en el país.
4 III. Fortalecimiento de los ingresos tributarios Para cumplir con los compromisos incluidos en el Pacto Fiscal referentes a Progresividad, Suficiencia de Recursos y Estabilidad y Certeza, se adoptarán las siguientes medidas tributarias: 24. Incremento, a partir del 1 de julio del 2000, de la tasa del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Naturales del 25% al 31%, según tramos de ingreso, para procurar la progresividad de la medida. 25. Incremento, a partir del 1 de julio del 2000, de la tasa del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Jurídicas del 25% al 31% para procurar la progresividad de la medida. 26. Incremento, a partir del 1 de julio del 2001 de la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 10% al 12%. Esta medida será acompañada de acciones tendientes a proteger el poder adquisitivo de los ingresos de la población más pobre y de la aplicación de programas especiales dirigidos a mejorar las condiciones de vida de la población más vulnerable. Las medidas que se adoptarán son las siguientes: a) Otorgamiento, a partir del 1 de julio del año 2001, de una bonificación - incentivo sobre los salarios mínimos vigentes a la fecha equivalente al 4%. Esta bonificación será por una única vez y a partir de la vigencia del incremento del IVA del 10% al 12%. La bonificación no sustituye la política salarial destinada a proteger el poder adquisitivo de los salarios y los procesos de negociación de pactos colectivos de condiciones de trabajo que se estén llevando a cabo entre patronos y trabajadores. El Gobierno de la República otorgará una bonificación - incentivo a los trabajadores del sector público que devengan un salario base de hasta de Q.1, equivalente al 4%. b) Cumplimiento efectivo del pago del salario mínimo en las zonas urbanas y rurales. c) Para facilitar la reactivación de la economía se implementará, durante el mes de julio del presente año, y según lo acordado en el Pacto Fiscal, un Programa de Reactivación Económica y Social (parte IV) 27. Introducción, en el mes de julio del 2000, de un Impuesto a la distribución de Bebidas Alcohólicas, Destiladas, Cervezas, el cual será acordado entre el Ministerio de Finanzas y las empresas concernidas. 28. Incremento al Impuesto de Salida del País en US Elaboración por consenso, en el período julio - octubre, de un anteproyecto de ley que integre al Impuesto Único Sobre Inmuebles y los otros compromisos incluidos en los Acuerdos de Paz. 30. Extender la vigencia del IEMA por un año más a partir del año 2003 y revisar la pertinencia de su permanencia un año antes de su finalización.
5 IV. Programa de Reactivación Económica y Social 31. Con base al compromiso de Suficiencia de Recursos establecido en el Pacto Fiscal, se pondrá en práctica, a partir del mes de julio del 2000, un Programa Integral de Reactivación que estimule el crecimiento y el desarrollo social, a través del aumento de la productividad, la generación de empleo y el fomento del ahorro y la inversión, y facilite el cumplimiento de la meta tributaria. Dicho programa deberá tomar en consideración las propuestas elaboradas por los distintos sectores del país y será propuesto por la Comisión de Seguimiento del Pacto Fiscal. V. Programa de gasto público prioritario 32. Con base a las prioridades de gasto establecidas en los Acuerdos de Paz y en el Pacto Fiscal, y tomando en consideración las restricciones financieras que enfrenta actualmente el Estado, se implementará un Programa de Gasto Público Prioritario para el período julio 2000-junio 2001, el cual será destinado a la consolidación del proceso de paz, el desarrollo social y la reactivación económica. En este contexto, se atenderán, entre otras, las prioridades siguientes: a) El financiamiento de los compromisos incluidos en los Acuerdos de Paz cuyo cumplimiento está previsto para el año 2000 y que no tienen partidas presupuestarias en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado o bien que las cantidades asignadas son insuficientes. En este sentido se solicita a La Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (MINUGUA), a presentar, en el transcurso del mes de junio, una propuesta al Gobierno de la República. b) La inversión económica y social en comunidades rurales pobres. c) El fortalecimiento de los programas de desayunos y almuerzos escolares, becas escolares para niños y niñas pobres. 33. El análisis preliminar del impacto en recaudación de las medidas contenidas en el presente Acuerdo, conjugado con la necesidad de implementar el Programa de Gasto Prioritario indica que la situación financiera del Gobierno Central, medida por el nivel del déficit fiscal podría deteriorarse en el año En este sentido, y con el propósito de evitar el deterioro de las cuentas fiscales se adoptarán las siguientes acciones: a) La racionalización y reorientación del gasto público hacia las prioridades de gasto establecidas en el presente Acuerdo. b) La aplicación inmediata de las medidas administrativas incluidas en el Presente Acuerdo (efecto SAT) c) La aplicación, de una estrategia que permita materializar la ayuda financiera prometida por la comunidad internacional. d) La introducción de mecanismos que permitan eliminar el contrabando documentado, como lo establece el Acuerdo de Recalendarización de la Renta Tributaria del 16 de octubre de 1998.
6 VI. Sistema de Garantías y Calendario El Proceso de implementación del presente Acuerdo requiere, para su éxito, de los mayores niveles de certeza y compromiso de quienes subscriben, en beneficio de la sostenibilidad del incremento de los recursos nacionales para el desarrollo y la paz. En ese marco, el presente Acuerdo incluye el siguiente sistema de garantías: El calendario que forma parte de este documento y su inmediato desarrollo por parte de la Comisión de Seguimiento del Pacto Fiscal. La presentación, durante el año 2000, de un Informe Bimestral de la Comisión de Seguimiento del Pacto Fiscal a la Comisión de Acompañamiento, en donde se evalúe el desarrollo integral del proceso de implementación de los Acuerdos del Pacto Fiscal, incluyendo el presente Acuerdo. Con su debida certificación y recomendaciones, la Comisión de Acompañamiento trasladará el Informe al Foro Nacional del Pacto Fiscal y a las correspondientes autoridades concernidas. Como parte del Pacto Fiscal el presente Acuerdo también constituye, en calidad de ad dendun parte de los Acuerdos de Paz. Por consiguiente, es también objeto de la verificación de MINUGUA y del seguimiento permanente de la Comisión de Acompañamiento. Bajo el principio de buena fe, los subscriptores del presente acuerdo se comprometen a promover su difusión, apoyo social y su consolidación política y jurídica, particularmente absteniéndose de promover recursos legales que puedan entorpecer su plena implementación, sin restringir los derechos constitucionales. Los subscriptores del presente acuerdo se comprometen a promover su pleno cumplimiento, particularmente los compromisos y responsabilidades específicas que a cada uno corresponde. En ese marco, hacen un firme llamado al Gobierno y al Congreso de la República, así como a la SAT a que sumen su pleno concurso y colaboración con la implementación del mismo. En lo referente a los temas de la paz y del Pacto Fiscal, se promoverá, por parte de la Comisión de Acompañamiento, una estrecha interlocución con las autoridades del Organismo Ejecutivo y del Organismo Legislativo con relación a la reformulación de la ejecución presupuestaria del segundo semestre del año 2000, así como sobre la orientación fundamental del presupuesto del Estado para el ejercicio fiscal 2001 de manera que se garantice la reorientación del gasto público, la consolidación de la paz, el desarrollo social y la reactivación económica. Calendario de Implementación del Acuerdo. La implementación de los compromisos se regirá por el Calendario Indicativo adjunto, con el propósito de asegurar el cumplimiento efectivo del presente Acuerdo.
7 CALENDARIZACION DE IMPLEMENTATION DEL ACUERDO NO. MEDIDAS INMEDIATAS 1 Eliminar privilegios, exenciones y exoneraciones (ver las 13 medidas) 2 Ejecución inmediata de un Programa de Operativos Fiscales. A partir del 1 de julio Revisar, en el período julio - noviembre, el conjunto de privilegios, exenciones y exoneraciones fiscales vigentes. 4 Incremento de la tasa del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Naturales del 25% al 31%. 5 Incremento de la tasa del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Jurídicas de 25% al 31% 6 Introducción de un Impuesto a la distribución de Bebidas Alcohólicas, Destiladas y Cervezas. 7 Incremento al Impuesto de Salida del País en US$ Elaboración por consenso, en el período julio-octubre, de un anteproyecto de ley que integre al Impuesto Único Sobre Inmuebles y los otros compromisos incluidos en los Acuerdos de Paz. 9 Creación del ente integrado de ataque a la evasión, de acuerdo a lo establecido en el compromiso relativo a la Persecución y combate Coordinado del Incumplimiento Tributario, incluido en el Pacto Fiscal. 10 Facultar a la administración tributaria para modificar el domicilio fiscal de los contribuyentes, al confirmar el lugar donde reside o tiene su actividad 11 Modificación de los Códigos Tributario, Comercio y Penal. 12 Cierre temporal de establecimientos respetando el derecho de defensa establecido en la Constitución Política de la República. 13 Definición e implementación inmediata de una Estrategia Global de Fiscalización por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo a lo establecido en los compromisos de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y Eficiencia y Eficacia en el cobro, incluidos en el Pacto Fiscal. 14 Revisión, durante el período julio-agosto, de la Ley de la SAT. 15 Adopción de los principios de contabilidad generalmente aceptados, conforme al IGCPA. 16 Con base a las prioridades de gasto establecidas en los Acuerdos de Paz y en el Pacto Fiscal, y tomando en consideración las restricciones financieras que enfrenta actualmente el Estado, se implementará un Programa de Gasto Público Prioritario para el período julio 2000-junio 2001, el cual será destinado a la consolidación del proceso de paz, el desarrollo social y la reactivación económica. 17 Con el propósito de evitar el deterioro de las cuentas fiscales se adoptarán las siguientes acciones: La racionalización y reorientación del gasto público hacia las prioridades de gasto establecidas en el presente Acuerdo La aplicación inmediata de las medidas administrativas incluidas en el Presente Acuerdo (efecto SAT) La aplicación, de una estrategia que permita materializar la ayuda financiera prometida por la comunidad internacional La introducción de mecanismos que permitan fortalecer el control del contrabando documentado. 18 Con base al compromiso de Suficiencia de Recursos establecido en el Pacto Fiscal,
8 se pondrá en práctica, a partir del mes de julio, un Programa Integral de Reactivación que estimule el crecimiento y el desarrollo social, a través del aumento de la productividad, la generación de empleo y el fomento del ahorro y la inversión, y facilite el cumplimiento de la meta tributaria. Dicho programa deberá tomar en consideración las propuestas elaboradas por los distintos sectores del país y será propuesto por la Comisión de Seguimiento del Pacto Fiscal. A partir de septiembre Implementación del Censo Fiscal. A partir del 1 de julio Incremento de la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 10% al 12%. Esta medida será acompañada de acciones tendientes a proteger el poder adquisitivo de los ingresos de la población más pobre y de la aplicación de programas especiales dirigidos a mejorar las condiciones de vida de la población más vulnerable A partir del año Extender la vigencia del IEMA por un año más a partir del año 2003 y revisar la pertinencia de su permanencia un año antes de su finalización. Guatemala de la Asunción, 20 de junio de 2000
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