UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES
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- María Isabel Álvarez Castellanos
- hace 8 años
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1 Régimen de Crédito Fiscal - Ministerio de Trabajo de la Nación El Régimen de Crédito Fiscal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social es un instrumento destinado a financiar proyectos presentados por las empresas que impliquen el fortalecimiento de las competencias laborales de trabajadores/as ocupados y desocupados, como así también el fortalecimiento y/o la certificación de la calidad de gestión de las Instituciones de Formación Profesional dedicadas a formar a esos trabajadores/as. Las empresas responsables de los proyectos recibirán certificados de crédito fiscal que les permitirán cancelar impuestos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP. Para qué usar los certificados de crédito fiscal? Los certificados de crédito fiscal otorgados podrán ser utilizados para la cancelación de impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta, impuestos internos e impuesto al valor agregado. Se excluyen expresamente las obligaciones de la seguridad social. Cuál es el tope del financiamiento? Las PyME podrán financiar proyectos por un importe equivalente al ocho por ciento de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones abonados anualmente y sus respectivas contribuciones patronales, abonados entre los meses de enero y diciembre Las Grandes empresas podrán financiar proyectos por un importe equivalente al ocho por mil de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones abonados anualmente y sus respectivas contribuciones patronales, abonados entre los meses de enero y diciembre A los firnes de presentar proyectos ante el Régimen de Crédito Fiscal del Ministerio de Trabajo de la Nación, se entiende por MIPYME lo establecido por la Resolución 1479/2013 de la Secretaría de Empleo del MTySS de la Nación Microempresa Pequeña empresa Mediana empresa Gran empresa hasta 5 trabajadores entre 6 y 50 trabajadores entre 51 y 200 trabajadores más de 200 trabajadores
2 En ningún caso el monto financiable podrá superar los $ por empresa y por año. Qué se financia? Los proyectos deberán implementar alguna o algunas de las siguientes líneas de acción: Formación Profesional Certificación de estudios Entrenamiento para el Trabajo Certificación de Competencias Laborales Trabajando en conjunto con la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, actividades de Prevención de Riegos del Trabajo: esta actividad podrá ser solicitada por las empresas responsables del proyecto para sí, que deseen desarrollar, afianzar o regularizar su Sistema de Prevención de Riesgos del Trabajo, pudiendo contemplar: a) la asistencia técnica de tercera parte para el desarrollo de una evaluación diagnóstica, o b) la adecuación del estado de cumplimiento a la normativa vigente en Higiene y Seguridad del establecimiento. ACTIVIDADES FINANCIABLES CONCEPTO Formación Profesional Todo curso cuyos beneficiarios sean ocupados de la empresa responsable, ocupados de la empresa participante y/o desocupados, a elección de la empresa responsable, para fortalecer su productividad, competitividad y capacidad de generación de empleos de calidad. Formación para certificación de estudios de nivel primario, secundario, terciario o superior La formación para certificación de estudios, podrá ser de nivel primario, secundario, terciario y/o superior; estos dos últimos vinculados a la actividad principal de la empresa y sujeto a la evaluación de pertinencia que al respecto efectúen la Coordinación de Crédito Fiscal. Deben ser efectuados en instituciones educativas que otorguen títulos oficiales y destinados a beneficiarios ocupados de la empresa responsable, ocupados de la empresa participante o desocupados, a elección de la empresa responsable. Entrenamiento para el trabajo para desocupados Se entiende a aquellas acciones dirigidas a mejorar las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados mediante el desarrollo de prácticas en ambientes de trabajo que incluyan procesos formativos y acciones de tutorías tendientes a enriquecer sus habilidades y destrezas. Certificación de competencias laborales La Certificación de Competencias Laborales, implica el reconocimiento de
3 la experiencia laboral de trabajadores, independientemente de la forma en que fue adquirida, evaluado sobre parámetros metodológicos establecidos por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; esta evaluación puede ser efectuada a ocupados de la empresa responsable, ocupados de la empresa participante y/o desocupados a elección de la empresa responsable. Prevención de Riesgos de Trabajo Esta actividad podrá ser solicitada por las empresas responsables del proyecto para sí, que deseen desarrollar, afianzar o regularizar su Sistema de prevención de Riesgos del Trabajo, pudiendo contemplar: 1) la asistencia técnica para el desarrollo de una evaluación diagnostica; 2) la adecuación del estado de cumplimiento a la normativa vigente en materia de Higiene y Seguridad del establecimiento de la empresa, cuyas particularidades se exponen en el apartado. Toda la actividad quedara bajo la supervisión técnica de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, en adelante S.R.T., ambas actividades tendrán una duración máxima de DIEZ (10) meses. ARTÍCULO 13. De los gastos reconocidos: ACTIVIDADES FORMATIVAS Formación profesional GASTOS DE CURSOS Honorarios instructores (solo para modalidad presencial) Insumos y material didáctico Elementos de protección personal Ropa de trabajo (solo para desocupados) Equipamiento Cursos virtuales LIMITE MAXIMO FINANCIABLE NETO DE IVA Hasta $240.- por hora reloj Hasta $460.-por persona ($400.- para insumos y $60.- para material didáctico) Hasta $ por persona. Hasta $500.- por persona Hasta 40% del crédito
4 Formación para certificación de estudios de nivel primario, secundario, terciario Entrenamiento para el trabajo Gastos en concepto de contratación de cursos y abonados por mes lectivo. Material didáctico Honorarios de instructores / tutores Equipamiento Honorarios instructores Honorarios de tutores y facilitadores del aprendizaje Insumos y material didáctico Elementos de protección fiscal aprobado para la actividad Hasta $420.- por persona por curso. Hasta $500.- por mes para estudios primarios o secundarios y hasta $ para estudios terciarios y superiores (estos últimos hasta el 10% del proyecto) Hasta $60.- por persona Hasta $240.- por hora reloj Hasta 40% del Crédito Fiscal Hasta $240.- por hora de formación técnica Hasta $80.- por hora reloj Hasta $460.- por persona ($400.- para insumos y $60.- para material didáctico) Hasta $ por persona Ropa de trabajo Hasta $500.- por persona Certificación de Honorarios evaluador Hasta $500.- por
5 competencias laborales Riesgos del trabajo Gastos comunes a todas las actividades Consultoría Adecuación de los sistemas de prevención de Riesgos del Trabajo Honorarios certificación de contador evaluación. Hasta $ Hasta el total permitido por tipo de empresa ($ o el 8% u el 8%0 sobre la masa salarial, el que sea menor) Hasta $700.- por certificación (total $2100.-) Fechas de presentación de proyectos 2014 Mes de presentación Abril de 2014 Julio de 2014 PROCEDIMIENTO: Presentación por Internet y en soporte papel de los formularios del proyecto firmados por representante legal en la Gerencia: conjuntamente con: a) Constancia de inscripción en AFIP, b) F 931 y sus pagos del período enero a diciembre de 2011, c) DDJJ que indique que la empresa no incurrió en despidos masivos y no tiene multas por empleo no registrado, d) Certificación Contable del tamaño de la empresa y masa salarial, e) copia del poder o acto legal que indique la representatividad del firmante, y f) Anexo IV cronograma de cursos Después de aprobado el proyecto deberán ingresar obligatoriamente en la plataforma de la SECRETARIA DE EMPLEO los cursos y sus beneficiarios con diez (10) días hábiles de anticipación. No se podrá dar de alta nuevos beneficiarios después de transcurrido el 20% del curso.
6 Treinta (30) días después de finalizado el curso deberán ingresar las calificaciones asignadas a los beneficiarios. Tanto la empresa solicitante como la capacitadota deberán estar inscriptas en el Regice. RENDICIONES DE CUENTAS Podrán efectuar a su opción una o dos rendiciones de cuentas. Si es una será al finalizar las acciones, si son dos la primera al 50% de las acciones y la segunda al finalizar las mismas. Cada rendición dará origen a un certificado de crédito fiscal. Se deberá completar el Anexo V que figura en la página Web, remitirlo por mail a cfrendiciones@trabajo.gob.ar y presentarlo debidamente suscripto por representante legal y certificado por Contador Público junto con originales y copias de los comprobantes en la Gerencia de su domicilio. En caso de solicitar equipamiento deberán presentar el Anexo III. Junto con la última rendición deberán presentar los certificados a entregar a los beneficiarios para su firma.
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