REGLAMENTO ESTUDIANTIL MANUAL DE CONVIVENCIA

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1 REGLAMENTO ESTUDIANTIL MANUAL DE CONVIVENCIA

2 COLEGIO CRISTIANO PENIEL REGLAMENTO ESTUDIANTIL MANUAL DE CONVIVENCIA BARRANQUILLA pág. 2

3 INDICE Página CAPÍTULO 1. PRELIMINARES...4 Identificación. Misión Visión Manual de Convivencia Normas en que se ampara el Manual de Convivencia Perfil del estudiante penielista CAPÍTULO 2. DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA..7 Gobierno Escolar Consejo Directivo Consejo Académico Rector Órganos de Control, comités y otros Consejo de Padres Consejo de Estudiantes Personero estudiantil Comité Escolar de Convivencia Obligaciones especiales, éticas fundamentales y complementarias De los espacios institucionales y su uso racional Del Medio Ambiente CAPÍTULO 3. DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA..15 Integrantes de la comunidad educativa Los estudiantes Derechos de los estudiantes Estímulos a los estudiantes Deberes de los estudiantes Presentación personal de los estudiantes Uso de los uniformes de los estudiantes Cortes de cabello, manillas, collares y otros Reglas de higiene, prevención y salud pública Los docentes y directivos docentes Derechos de los docentes Deberes de los docentes Funciones de los docentes Presentación personal de los docentes Funciones del Coordinador Académico Funciones del Coordinador de Convivencia Padres de familia y/o acudientes Derechos de los padres de familia Deberes de los padres de familia Presentación personal de los padres de familia pág. 3

4 CAPÍTULO 4. DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS SERVICIOS, EN ACTIVIDADES Y PROYECTOS.30 Servicios Servicio de urgencias o emergencias Servicio de transporte Deportes Proyectos Especiales De los medios de comunicación CAPÍTULO 5. DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR...32 Componente de promoción. Acciones a desarrollar. Componente de prevención. Acciones a desarrollar. Componente de Atención. Acciones a desarrollar. Definición de términos presentes en la convivencia escolar. De las situaciones que afectan la convivencia escolar. Situaciones Tipo I Situaciones Tipo II Situaciones Tipo III Atención a las situaciones que afectan la convivencia escolar Proyectos pedagógicos Protocolos de atención Protocolos de atención a situaciones Tipo I Protocolos de atención a situaciones Tipo II Protocolos de atención a situaciones Tipo II Acciones de seguimiento a la ruta de atención Procedimiento para aplicación de los protocolos de atención El debido proceso Derecho a la defensa Información de presentación de recursos De la actuación administrativa Del derecho de los estudiantes en el proceso De la finalización de la actuación administrativa De los actos administrativos y su notificación De los recursos de Ley Recurso de reposición Recurso de apelación CAPÍTULO 6. OTROS COBROS PERIÓDICOS..44 Definición de Otros cobros periódicos Valores y aumentos anuales pág. 4

5 CAPÍTULO 1 PRELIMINARES Artículo 1. Identificación. El Colegio es una Institución Educativa Formal de propiedad de la Fundación Social Peniel, quien inició actividades en el año 1985, y actualmente ofrece todos los niveles de formación: Preescolar (Prejardín, Jardín y Transición), Básica Primaria (1, 2, 3, 4 y 5 ), Básica Secundaria (6, 7, 8 y 9 ) y Media Técnica (10 y 11 ). En el siguiente cuadro se da una información más detallada del Colegio. IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN NOMBRE Colegio Cristiano Peniel CARÁCTER Técnico LEGALIDAD Lic. Funcionamiento del 25 Octubre 2005 ESPECIALIDAD Comercial NATURALEZA Privada REGIMEN Regulado (Por Certificación de Calidad EFQM) GÉNERO Mixto JORNADAS Mañana y Tarde CALENDARIO A NIVELES Preescolar, Básica y Media DIRECCIÓN Calle 107 No. 12F 25 TELÉFONOS colpeniel2007@yahoo.es PÁGINA WEB MUNICIPIO Barranquilla DEPARTAMENTO Atlántico NACIONALIDAD Colombiana REGISTRO DANE CÓDIGO ICFES UNALE Suroccidente LOCALIDAD Murillo Suroccidente Artículo 2. Misión. El Colegio Cristiano Peniel teniendo en cuenta sus objetivos y principios institucionales se propone de manera permanente por la formación Ministerial, Académica, Laboral y Comunitaria de los estudiantes, así como la búsqueda de la Excelencia en todos sus procesos, a través de la innovación, eficiencia, eficacia, equidad, pertenencia, liderazgo y participación de toda la comunidad educativa. Esta labor se cumple desde el Nivel de Educación Preescolar hasta la Media, partiendo del carácter técnico y especialidad comercial que la institución ofrece a todos sus estudiantes. Artículo 3. Visión. Para el año 2016, el Colegio Cristiano Peniel será una institución de reconocida e idónea trayectoria en el sector y la ciudad por su destacado nivel de calidad en el trabajo Ministerial, Académico, Laboral y Comunitario, mediante la ejecución de alianzas estratégicas con pág. 5

6 el SENA, Universidades y Centros de Educación Superior, posibilitando a los educandos una formación integral de acuerdo a sus intereses, necesidades y expectativas, incorporando en este proceso de formación el manejo de las TIC y el dominio del Inglés como respuesta a la política nacional de bilingüismo. Artículo 4. Manual de convivencia Es el conjunto de normas que rigen los diferentes estamentos de la institución, con el propósito de buscar la autonomía personal y el compromiso frente a una filosofía de valores que hagan posible la construcción de una sociedad de derecho, democrática, participativa y pluralista, con sentido de pertenencia del mundo, mediante la orientación y regulación del ejercicio de derechos, deberes y libertades de los Estudiantes. Su cumplimiento racional es parte fundamental del cotidiano quehacer, y ubica al estudiante en un enfoque sistémico, donde tenga razón su existencia, desarrollo, construcción y trascendencia. Artículo 5. Normas en que se ampara el Manual de Convivencia El presente Manual de Convivencia se ampara legalmente en: Las Sagradas Escrituras (La Biblia). La Constitución Política de Colombia de Ley 12 de 1991 Convención Internacional sobre los derechos de la niñez. La Ley 115 y el Decreto 1860 de 1994, por medio del cual se busca precisar los procedimientos de la Institución con respecto a la Comunidad Educativa en general y motivarla a la práctica de sus derechos, deberes y responsabilidades. Decreto 1108 de Capítulo III. Porte y consumo de estupefacientes. Decreto 2253 de Ley 1098 de Ley 1437 de Ley 1620 de Decreto 1965 de Artículo 6. Principios del Sistema. Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar: 1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. 2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, pág. 6

7 niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. 3. Autonomía. Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones. 4. Diversidad. El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 5. Integralidad. La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes. Artículo 7. Perfil del estudiante Penielista 1. Creyente, Convencido de que Dios es el principio y fundamento de la realización humana, integrar a su vida cotidiana los valores de la fe en Jesucristo y en su Palabra. (La Biblia). 2. Autónomo, Autogestor de su formación académica, espiritual y capaz de ser crítico para tomar decisiones. 3. Solidario, Capaz de compartir con otras personas, y poner al servicio de toda la comunidad educativa sus talentos y posibilidades desinteresadamente. 4. Honesto, Capaz de optar siempre por la verdad, actuar con idoneidad y rectitud. 5. Tolerante y Pacifico, desde su vivencia cristiana sabe que no basta con ser tolerante y pacifico, sino que debe ser hacedor de paz a través del dialogo y la no violencia, implicándose eficazmente en los procesos socio-políticos por la dignificación de su comunidad y su país. 6. Creativo, Capaz de integrar, proyectar sus conocimientos y habilidades de forma original e innovadora, dar respuesta a las exigencias y necesidades de una sociedad cambiante. 7. Responsable, Capaz de asumir y cumplir sus compromisos como persona, hijo(a), estudiante, creyente, etc. Consciente de que sus acciones favorecen o limitan el desarrollo social. 8. Sociable, Comparte su vida, conocimiento, tiempo y preparación con los demás; sin creerse superior, sino con sencillez de quien se siente hermano y amigo. 9. Ecológico, Con profundo sentido de conservación y respeto hacia la naturaleza, comprometido con el mejoramiento de su entorno (familiar, social, escolar). 10. Investigativo, Con espíritu de excelencia académica, insatisfecho de los logros alcanzados y siempre aspirando a ser mejor cada día. 11. Líder, Capaz de transformar el contexto social, político, económico y espiritual en beneficio de la comunidad. 12. Cívico, Capaz de expresar su sentido de pertenencia como colombiano a través del respeto y el amor por los símbolos patrios, apoyar y promover la cultura local, regional y nacional. 13. Analítico, Sus decisiones obedecen siempre a una profunda reflexión producto de la confrontación de los principios bíblicos y el accionar de sus hechos. pág. 7

8 CAPÍTULO 2. DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Artículo 8. El Gobierno Escolar. El Gobierno Escolar está conformado por: El Consejo Directivo, Consejo Académico y el Rector El Consejo Directivo. El Consejo Directivo está formado por : El representante Legal del Colegio, el Rector, el Administrador, el Pastor Consejero, el Coordinador de Convivencia, dos (2) representante de los docentes, dos (2) representantes de los padres de Familia, un (1) representante del sector productivo, un (1) representante de los estudiantes y un (1) representante de los exalumnos Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 3. Ajustar y Adoptar el Manual de Convivencia de acuerdo a las necesidades de la comunidad, las proyecciones institucionales y las orientaciones del Gobierno Nacional. 4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 5. Aprobar el Plan Anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector 6. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), del Curriculum del Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley. 7. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 8. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas, religiosas y recreativas. 9. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas, religiosas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa. 10. Establecer las relaciones de tipo académico, deportivo, cristiana y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 11. Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia, estudiantes y egresados. 12. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Manual. 13. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994 y el Proyecto Educativo Institucional (PEI) El Consejo Académico. El Consejo Académico estará conformado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes (coordinadores), y un docente por cada área definida en el plan de estudios del Colegio (Artículo 24 Decreto 1860 de 1994). pág. 8

9 Funciones del Consejo Académico. Son funciones del Consejo Académico las siguientes: 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el curriculum y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Manual. 3. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la Evaluación Institucional Anual. 5. Conformar las Comisiones de Evaluación y Promoción para cada uno de los grados existentes en la institución. 6. Realizar los ajustes necesarios al Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes SIEE acorde a lo estipulado en el Decreto 1290 de 2009 para su posterior aprobación por parte del Consejo Directivo. 7. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación. 8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Artículo 24 del Decreto 1860 de 1994 y el Proyecto Educativo Institucional (PEI) El Rector. Es la persona encargada de orientar todo el proceso académico de la institución en compañía de los docentes y directivos docentes (coordinadores). De igual forma, en compañía del Administrador General orientarán el trabajo con el personal de Apoyo (Psicóloga), Personal Administrativo (Secretaria) y de Servicios Generales (Porteros, Aseadores) Funciones del Rector. El rector del establecimiento educativo además de las funciones o responsabilidades consagradas en el artículo 18 de la Ley 1620 de 2013 y demás normas vigentes deberá: 1. Asistir y permanecer en el plantel diariamente durante la jornada de trabajo, a menos que exista una orden superior para no hacerlo o algún impedimento físico. 2. Velar por la disciplina de los estudiantes, fundamentando su acción en el Manual de Convivencia. 3. Responsabilizarse del desarrollo, moral, intelectual, físico y espiritual de los estudiantes aplicando las innovaciones necesarias para educar integralmente. 4. Colaborar con el Coordinador Académico y/o de Convivencia en la distribución de cargas académicas, horarios y direcciones de grupo según la necesidad de la institución. 5. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 6. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto. 7. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. 8. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 9. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 10. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico y Directivo. 11. Ejercer funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el presente Manual de Convivencia. pág. 9

10 12. Identificar y adoptar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias pedagógicas, didácticas y metodológicas para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI). 13. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. 14. Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del Estado, tendientes a la prestación del servicio educativo. 15. Revisar y mantener al día, debidamente diligenciados todos los libros reglamentarios de la institución. 16. Escuchar y atender a estudiantes, padres de familia y/o acudientes y docentes, respecto al proceso educativo de los estudiantes y la toma de decisiones necesarias que permitan mejorarlo. 17. Revisar y firmar los informes descriptivos-explicativos (boletines, observador, parcelador, planillas, planes de áreas y asignaturas y proyectos). 18. Participar en las comisiones de Evaluación y promoción. 19. Convocar y presidir el Consejo Académico y Consejo Directivo. 20. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Artículo 25 del Decreto 1860 de 1994 y el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Artículo 9 Órganos de Control, Comités y otros. Los órganos de control del Colegio Cristiano Peniel son los siguientes: Consejo de Padres, Consejo de Estudiantes, Personero y el Comité Escolar de Convivencia (CEC) Consejo de Padres (Art. 5 Decreto 1286 de 2005). El Consejo de Padres es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional PEI Funciones del Consejo de Padres. Son funciones del Consejo de Padres las siguientes: 1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES). 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. pág. 10

11 6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley. 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 1290 de Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del Decreto 1286 de Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones. Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades Consejo de estudiantes. Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos, integrado por un representante de cada uno de los grados existentes en el plantel, elegido por voto secreto, en asambleas de grado, en las cuatro primeras semanas del calendario académico Funciones del Consejo de Estudiantes. Son funciones del Consejo de Estudiantes las siguientes: 1. Organizarse internamente. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Elegir al representante de los estudiantes ante el Comité Escolar de Convivencia (en este caso el presidente del Consejo de estudiantes). 4. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre la vida estudiantil y el Manual de Convivencia. 5. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Artículo 29 del Decreto 1860 de Parágrafo: Los estudiantes que aspiren a formar parte del consejo de estudiantes deben destacarse por su excelente conducta (dentro y fuera de la institución), nivel académico e identidad con los principios y filosofía institucional y no haber firmado compromisos académicos y disciplinarios durante el año anterior. pág. 11

12 9.3. Personero Estudiantil. Es un estudiante del último grado que ofrezca la institución (undécimo 11 para el caso del Colegio Cristiano Peniel) encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. Es elegido por voto directo y secreto, con participación de todos los estudiantes de la institución Requisitos del Personero Estudiantil. El estudiante de 11 que aspire a ser personero de la institución debe cumplir los siguientes requisitos: 1. Presentar una hoja de vida donde se haga referencia a los procesos académicos y disciplinarios hasta la fecha. 2. Presentar un plan de gobierno acorde con las funciones establecidas en el Manual de Convivencia, que responda a las necesidades y procesos de formación integral de los estudiantes. 3. Ser estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución; no es elegible quien sea representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Parágrafo: Los estudiantes a ejercer el cargo de personero deben destacarse por su excelente conducta (dentro y fuera de la institución), nivel académico e identidad con los principios y filosofía institucional y no haber firmado compromisos académicos y disciplinarios durante el año anterior Funciones del Personero Estudiantil. Son funciones del Personero las siguientes: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes. 2. Organizar foros sobre temas de interés y problemática de los estudiantes. 3. Recibir y evaluar quejas y reclamos de los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y los que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. 4. Representar ante el Comité de Convivencia, a los estudiantes, como parte importante en la solución y manejo de los conflictos en el colegio. 5. Presentar ante el rector las solicitudes o las peticiones para proteger los derechos de los estudiantes. 6. Presentar un informe trimestral de gestión al Consejo Directivo y al Consejo de Estudiantes. 7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Artículo 28 del Decreto 1860 de 199. Parágrafo: Los estudiantes pueden revocar el mandato del personero a través del Consejo de Estudiantes cuando éste no cumpla con las funciones para las cuales fue elegido o presente alguna situación de indisciplina dentro o fuera de la institución Comité Escolar de Convivencia. El Comité de Escolar de Convivencia (CEC) es un organismo de seguimiento e intervención ante situaciones de convivencia institucional Conformación del Comité Escolar de Convivencia. De acuerdo al artículo 12 de la Ley 1620 de 2013, el Comité Escolar de Convivencia (CEC), estará conformado por: 1. El rector de la Institución Educativa, quien lo presidirá. 2. El personero estudiantil del año en vigencia. 3. El psicorientador o psicólogo de la institución. pág. 12

13 4. El coordinador de Convivencia. 5. El presidente del consejo de padres de familia. 6. El presidente del consejo de estudiantes. 7. Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar, en este caso el docente líder del Comité de Excelencia. Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información Inhabilidades de los miembros del Comité Escolar de Convivencia. Se entiende por inhabilidades a las prohibiciones que tiene una persona para ocupar el cargo de miembro del Comité Escolar de Convivencia por situaciones que vivió y que le impiden actuar en (determinado caso) con imparcialidad y justicia. La razón de estos impedimentos está en la conveniencia pública, la transparencia administrativa y la buena marcha del debido proceso. Las inhabilidades a los miembros del Comité Escolar de Convivencia se pueden presentar por las siguientes razones: 1. Cuando la persona involucrada o afectada tenga algún vínculo de consanguinidad en primero, segundo o tercer grado con algún miembro del Comité Escolar de Convivencia. 2. Cuando el conflicto se haya presentado de manera directa con algún miembro del Comité Escolar de Convivencia. Parágrafo. En el caso de que cualquiera de los miembros del Comité Escolar de Convivencia, incurran en alguna falta grave de tipo moral o disciplinaria, automáticamente dejará de ser miembro de dicho comité y el nombramiento de su reemplazo estará a cargo del ente o consejo al cual pertenece, quien dispondrá de un término no mayor a quince (15) días calendario, a partir de su desvinculación formal para su nombramiento Funciones del Comité Escolar de Convivencia. Son funciones del Comité Escolar de Convivencia las siguientes: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo pág. 13

14 establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Parágrafo: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Artículo 10. Obligaciones Especiales, Éticas Fundamentales y Complementarias. Atendiendo lo estipulado en los artículos 42, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, respecto a las obligaciones especiales, éticas fundamentales y complementarias de las instituciones educativas, éstas tendrán en cuenta lo siguiente para cumplir con su misión: Obligaciones Especiales: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. pág. 14

15 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos Obligaciones Éticas Fundamentales. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeta a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales Obligaciones complementarias. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. pág. 15

16 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. Artículo 11. De los Espacios Institucionales y su uso racional. El colegio hará uso de los espacios institucionales, de acuerdo a las necesidades que se presenten, en todo caso brindando unas aulas confortables y en adecuado estado que permitan el desarrollo de las actividades académicas. De igual forma la institución colocará a disposición de los docentes y estudiantes los equipos tecnológicos haciendo en todo caso las recomendaciones de su uso racional y equitativo. Artículo 12. Del Medio Ambiente. Respecto al medio ambiente el colegio está empeñado en implementar la política ambiental colombiana, sobre todo en lo relacionado con el manejo adecuado de las basuras, de los elementos contaminantes y del uso racional del agua, y se considerará una situación Tipo I, Tipo II o Tipo III de acuerdo a la reincidencia y a la gravedad de la situación. Dentro de las obligaciones que como miembros de la comunidad debemos tener hacia el medio ambiente, se deben considerar como propio el Colegio y en tal sentido preocuparse por el aseo y la buena presentación de la planta física, así como el buen uso de todos los bienes. CAPÍTULO 3 DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 13. Comunidad Educativa. Se llama comunidad educativa al conjunto de personas que forman parte, influyen y son afectadas por el ámbito educativo Integrantes de la Comunidad Educativa. La comunidad educativa del Colegio Cristiano Peniel está conformada por estudiantes, docentes, padres de familia, directivos docentes y administradores escolares, los cuales participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, y la buena marcha del respectivo establecimiento educativo (Art. 60 del Decreto 1860 de 1994) y demás disposiciones vigentes El reglamento interno o Manual de Convivencia, el reglamento de trabajo y el manual de funciones regulan el funcionamiento de la organización colegial y garantizan la coordinación de los grupos y personal que constituyen la comunidad educativa penielista Los estudiantes. Estudiante es la palabra que permite referirse a quienes se dedican a la aprehensión, puesta en práctica y lectura de conocimientos sobre alguna ciencia, disciplina o arte. El estudiante o educando es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral Derechos de los estudiantes. Los derechos de los estudiantes son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos de toda persona, por el simple hecho de su condición humana que garantizan una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad. Habitualmente, pág. 16

17 se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. El concepto de derechos humanos es universal, esto quiere decir que es para todos los seres humanos e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados. El Colegio Cristiano Peniel respeta los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, La Ley 1098 de 2006, La Ley 1620 de 2013, al igual que los institucionalizados en el presente Manual. Son derechos de los estudiantes del Colegio Cristiano Peniel los siguientes: 1. El Derecho a la vida es inviolable. 2. Ningún estudiante será sometido a sanciones y/o castigos crueles, inhumanos o degradantes, y a ninguna agresión física, verbal o psicológica. 3. Todos los estudiantes recibirán la misma protección y trato respetuoso, cordial, sincero y de diálogo de directivos, educadores y empleados del Colegio. 4. Todos los estudiantes gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades; sin ninguna discriminación por razones de: Raza, sexo, origen, lengua, religión y opinión, sin perjuicio de los principios filosóficos y morales que rigen al Colegio. El Colegio promoverá las condiciones para que la equidad sea real y efectiva. 5. Todos los estudiantes tiene derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre. El Colegio debe respetarlos y hacerlos respetar. 6. Todos los estudiantes tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que impone los derechos de los demás y/o el orden establecido en el Manual de Convivencia y/o los principios éticos y morales que rigen en el Colegio Cristiano Peniel. 7. Se garantiza a los estudiantes la libertad de expresar y difundir sus pensamientos y opiniones con respeto y responsabilidad, siempre que éstos no lesionen ni perjudiquen el buen nombre de ningún miembro de la comunidad educativa, ni vayan en contra de los principios y filosofía de la institución; para ello utilizará únicamente los medios de comunicación que el Colegio tiene establecido. 8. Todos los estudiantes tienen derecho a la defensa, y cada uno será escuchado en el Consejo Académico y Directivo antes de tomar decisiones respecto a la cancelación de su matrícula o suspensión de más de cinco (5), días para que exprese las causales de su falta, compromisos personales, en compañía de su acudiente y/o padre de familia. 9. Recibir una formación integral, espiritual, moral, física e intelectual acorde con el carácter cristiano del plantel. 10. Ser asesorado por el departamento de orientación para su mejor rendimiento académico y la corrección de las fallas que estén incidiendo en el mismo y sean susceptibles de corrección. 11. Utilizar el conducto regular en caso de inconformidad al ser evaluado u otra situación presentada; el conducto regular a seguir se describe de manera detallada en el SIEDEP. 12. Ser evaluado de acuerdo a las nuevas normas del M.E.N. (Decreto 1290 de 2009) y las que en su autonomía la institución le estipule. 13. Ser excusado de su ausencia a clases en aquellos días en los que, por razón de fuerza mayor, no pudiera asistir, siempre y cuando ésta sea justificada por un médico o su acudiente ante la Coordinación o rectoría del Plantel. pág. 17

18 14. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se haga acreedor por su liderazgo positivo y buen desempeño. 15. Conocer mecanismos de evaluación de las áreas y los resultados de las mismas, tanto parciales como definitivas, de la siguiente manera: Si son orales, inmediatamente; si son escritas, cinco (05) días máximo y si son trabajos, diez (10) días máximo. Parágrafo 1: Los reclamos sobre las notas definitivas de áreas y/o asignaturas en un período se deben hacer al docente titular de la misma dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes después de la entrega de informes de ese período. Si no es atendido en sus reclamaciones debe dirigirse en forma escrita al coordinador académico y en última instancia al rector para no perder derecho de corrección, si lo hubiere. En caso de no utilizarse este recurso, el resultado de la evaluación quedará como apareció en el boletín y no se aceptarán posteriores reclamaciones de los resultados obtenidos. El reclamo escrito debe hacerlo en original y copia, solicitar la firma y/o sello del funcionario que la reciba en la copia, para poder constatar y poder justificar que hizo el reclamo oportunamente. Parágrafo 2: En caso que el estudiante no haya asistido a clases y haya dejado de presentar alguna evaluación, o trabajo, el padre de familia y/o acudiente debe presentar justificación por escrito a la institución sobre la ausencia del estudiante dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la ausencia. Si no se da la justificación mencionada, el estudiante perderá el derecho a que se le practiquen las pruebas de evaluación que se hubiesen llevado a cabo y su evaluación será en términos de Desempeño Bajo. 16. Conocer y poner en práctica el Manual de Convivencia. 17. Usar en forma cuidadosa, las instalaciones, muebles, materiales y distintos servicios que brinda el Colegio; biblioteca, orientación, tienda escolar, canchas, laboratorios etc., según programación y horarios. 18. Identificarse en cualquier lugar permitido como estudiante del Plantel, portando como documento de identidad su carnet estudiantil. 19. Ser orientado profesionalmente en sus problemas personales, académicos, familiares, espirituales y en la elección de su profesión, la vida, la integridad física, la libre expresión y los demás señalados en la Constitución Política Nacional. 20. Recibir permanentemente el ejemplo de sus superiores (docentes y directivos) en cuanto a cumplimiento, respeto, responsabilidad, honradez, etc. 21. Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil de que dispone la institución: Departamento de Orientación y Consejería, biblioteca, secretaría, etc. 22. Solicitar protección del Colegio a través del Departamento de Orientación y Consejería, cuando se sienta maltratado, física o moralmente, por sus padres o personas que lo tengan a su cargo. 23. Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil de que dispone la institución: Departamento de Orientación y Consejería, biblioteca, secretaría, etc. Parágrafo 3: A su criterio, luego de dialogar con padres o acudientes, la Dirección del Plantel se reservará el derecho de denunciar el caso ante el defensor de Familia o ante el ICBF. pág. 18

19 Estímulos a los estudiantes. Son estímulos para los estudiantes destacados del colegio: 1. Izada del Pabellón Nacional. 2. Mención en el cuadro de honor, por periodos académicos. 3. Representar al colegio en competencias de carácter cultural, académico, deportivo, etc. 4. Reconocimiento público por parte de los directivos por actuaciones destacadas. 5. Publicación en el periódico del colegio de los hechos destacados en la parte académica, cultural, cívica, artística y deportiva. 6. Menciones de honor, diplomas, medallas y otros dentro de los aspectos académicos, culturales, deportivos, puntualidad, asistencia y disciplina, etc. 7. Medias becas anuales de (Diez (10) meses) por resultados en términos de Desempeño Superior, en el campo académico y disciplinario. 8. Distinción especial a los estudiantes graduandos con destacados resultados en las Pruebas Saber Medalla de antigüedad a los estudiantes graduandos por haber cursado estudios en el plantel, desde los primeros años de Preescolar o Primaria Deberes de los estudiantes. El término deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligación moral o ética. Generalmente, los deberes se relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos, independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida están obligadas a cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz, con dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos más importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades más equilibradas en donde todos acceden del mismo modo a sus derechos. La libertad está condicionada por determinadas exigencias de la convivencia que obliga a respetar los derechos de los demás. Somos responsables de nuestra libertad cuando no traspasamos los derechos ajenos y respondemos por las consecuencias de los actos que realizamos. El primer deber de todos los líderes, ediles y estudiantes, es respetar sus derechos y no abusar de ellos, porque para exigir hay que cumplir y para recibir hay que dar. Son deberes de los de estudiantes del Colegio Cristiano Peniel los siguientes: 1. Tomar conciencia de las disposiciones reglamentarias del Colegio y cumplirlas a cabalidad, según compromiso asumido en la matrícula lo cual incluye, ser partícipe de su filosofía la que declaran conocer desde ese mismo instante. 2. Aceptar y cumplir con las disposiciones académicas y programas de estudio autorizados por el Estado. 3. Proveerse de los textos, útiles y materiales exigidos por el Colegio para el desarrollo del proceso de aprendizaje y en especial la Biblia que es usada diariamente. 4. Participar activa y oportunamente en el desarrollo de las clases, de tal manera que el aprendizaje dependa de él y de la orientación del profesor. 5. Cumplir con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores, dentro de los términos establecidos en el calendario académico. 6. Esforzarse porque su rendimiento académico sea cada vez mejor y nunca aspirar a la aprobación con las notas mínimas. pág. 19

20 7. Presentar en las fechas estipuladas las evaluaciones programadas por los docentes. 8. Asistir puntualmente a las clases y demás actividades establecidas por la institución, teniendo en cuenta los horarios establecidos: Parágrafo 1: Los horarios de clases son: Nivel Preescolar (Prejardín, Jardín y Transición) Nivel Básica Primaria (1, 2, 3, 4 y 5 ) Nivel Básica Secundaria y Media (6, 7, 8, 9, 10 y 11 ) Hora de entrada Hora de salida Hora de entrada Hora de salida Hora de entrada Hora de salida 07:00 am 11:30 am 06:45 am 12:15 pm 12:30 pm 06:30 pm Después de este horario no se permite la entrada de estudiantes. Parágrafo 2: Los Niveles Básica Secundaria y Media, hacen uso de la jornada contraria y/o sábados a fin de alcanzar los objetivos propuestos en el PEI y cumplir con las orientaciones del M.E.N. En este orden de ideas, la Educación Física Recreación y Deportes, se realizará en Jornada Contraria (Jornada de la Mañana) para los grados 6, 7, 8, 9, 10 y 11. De igual forma, las clases de Informática para los grados 9, 10 y 11 y Filosofía para los grados 10 y 11, también se impartirán en jornada contraria (Jornada de la mañana). 9. Justificar las inasistencias con nota escrita del padre y/o acudiente con número de cédula o excusa médica. 10. Presentar a sus padres las notificaciones enviadas por el colegio y traerla firmada por el acudiente y/o padre de familia con número de cédula al día siguiente. 11. Aceptar las correcciones, sugerencias y observaciones que le hagan sus profesores, guardándoles el respeto y la confianza que se merecen. 12. Ser cuidadoso y respetuoso en todo lugar, al portar cualquier distintivo de la Institución; evitar una mala imagen tanto de sí mismo como del Colegio, y emplear siempre un lenguaje preciso y cortés en todo momento y lugar. Parágrafo 3: El estudiante que ocasione cualquier daño a los bienes de sus compañeros, profesores e institución; su acudiente y/o padre de familia debe hacerse responsable, pagando el valor del daño. 12. Reafirmar diariamente, su compromiso personal de cumplir con lo estipulado en el Manual de Convivencia, por convicción propia y no porque estuviera siendo observado, de acuerdo con el compromiso que adquirió, conjuntamente con sus padres y/o acudientes en el momento de oficializar la matrícula. 13. Permanecer en el salón de clases durante las horas estipuladas así no haya profesor, excepto cuando lo solicite algún estamento con la debida autorización. 14. Permanecer en el patio durante los minutos de receso y desalojar el salón de clases, pasillos de segunda y tercera planta. pág. 20

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