Lucha contra la utilización de niños por parte de las Fuerzas Armadas

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1 Lucha contra la utilización de niños por parte de las Fuerzas Armadas "La protección de los niños en los conflictos armados es una prueba de fuego para las Naciones Unidas y los Estados Miembros de la Organización. Es un llamado moral y merece colocarse por encima de la política. Requiere del compromiso innovador y valiente de todos los interesados." (Palabras pronunciadas por el Secretario General en el debate abierto del Consejo de Seguridad sobre los niños y los conflictos armados, el 17 de julio de 2008) La utilización de los niños y jóvenes por parte de los grupos armados constituye un hecho aberrante, violando sus derechos a la vida, la libertad, a una familia, a la educación, a la seguridad, a la salud, la salvaguardia contra el abuso sexual y la explotación. Estos jóvenes son reclutados ya que representan un potencial humano maleable, disponible y sobretodo capaz de llevar a cabo diferentes tareas en los frentes de combate sin medir ninguna clase de riesgos. A pesar de los diversos compromisos asumidos por la comunidad internacional y los importantes avances experimentados para prevenir y evitar esta problemática; en la actualidad la magnitud de los abusos graves contra los niños en situaciones de crisis y conflicto sigue siendo alarmante. Los jóvenes son inocentes y vulnerables, no se encuentran preparados para adaptarse a los conflictos; sufriendo de manera desproporcionada. Las violaciones que se continúan realizando contra ellos conmocionan a toda la comunidad internacional, teniendo el deber y la obligación de actuar. Cuando la problemática de los niños, niñas y jóvenes involucrados en los grupos armados empieza a visibilizarse como tal, los primeros documentos que tocaron el tema lo hicieron desde una mirada exploratoria y con fines descriptivos. Entre estos documentos se cuentan entre otros, las Recomendaciones de la quinta consulta regional sobre el impacto de los conflictos amados en la Infancia. América latina y el Caribe y el Impacto de los conflictos armados en la Infancia. Memoria de la Consulta para la Región de América latina y el Caribe ; publicados en el año de Estos documentos se convirtieron en referentes importantes frente a la manera de abordar el problema, puesto que muchas de las recomendaciones sugeridas por los estudios, han sido mantenidas y divulgadas tanto en el ámbito nacional como internacional. Los niños y adolescentes representan el futuro y la esperanza de toda sociedad. Si los destruimos, destruimos también a la sociedad. Durante y después de un conflicto armado la población civil es la más afectada, y dentro de ésta, son los niños y jóvenes los que se encuentran más vulnerados y violados en sus derechos fundamentales. Permitiéndonos señalar dos formas en que la niñez y la adolescencia se 1

2 relacionan con la guerra. La primera, en donde los niños y adolescentes son víctimas directas del conflicto, sufriendo las consecuencias de la destrucción, el abuso, la pérdida de la protección más elemental, los perjuicios para su salud física y mental, así como el desplazamiento territorial forzoso producto de la violencia. La segunda, la que constituye la violación más incuestionable de sus derechos; trata del reclutamiento de niños y adolescentes como parte de los cuadros combatientes o como parte de los grupos de apoyo a las tropas durante las confrontaciones. Frecuentemente, los niños son secuestrados y obligados a unirse a los grupos armados, aunque a veces parecen involucrarse a ellos voluntariamente. Incidiendo en esta problemática diversos factores: La probabilidad de un reclutamiento intensivo de niños y jóvenes aumentará, cuanto más se prolongue en el tiempo y en extensión geográfica un conflicto armado. Principalmente por la intensificación y recrudecimiento de dicho conflicto, por la necesidad de seguir en el campo de batalla y la desesperación de los grupos armados por la baja de personal. La creación de armas pequeñas y ligeras así como también, su tráfico, han permitido que las puedan utilizar los menores de edad, gracias a la facilidad de su manejo y ligereza en el peso. La población infantil que se encuentra más vulnerable a vincularse en las filas de los grupos armados, es también la que se haya cerca de los epicentros del conflicto. Un bajo nivel socio-económico facilita la incorporación de los jóvenes como soldados en el conflicto. Uniéndose voluntariamente para buscar protección, por un deseo de venganza o el afán de sentirse parte de un grupo después de haber perdido su hogar. Incluso miembros de su familia también impulsan algunas veces a los niños a formar parte de estos grupos. Analfabetismo y falta de educación. La probabilidad de que los jóvenes, que se encuentran bajo el fuego cruzado de la guerra, estudien es imposible, ya que deben huir para poder sobrevivir o es incorporado como miembro de una organización armada. Resulta más fácil condicionar a los menores para que ejecuten órdenes que los adultos. Los niños son utilizados además como espías, ayudantes, guardias, mensajeros, sirvientes y esclavos sexuales. Ocasionalmente una vez finalizado el conflicto armado, los graves problemas experimentados, al intentar subsanar el daño producido en los jóvenes y restituirlos en sus comunidades, se ven acrecentados por la alarmante adicción que tienen éstos a las drogas como la cocaína. En Sierra Leona, por ejemplo, los 2

3 niños recibían a menudo una mezcla volátil de cocaína y pólvora para anestesiar el miedo durante el combate. Todo ello tiene repercusiones importantes y plantea problemas considerables en cuanto a necesidades de recursos y diseño de los programas psicosociales y de reintegración. Un primer antecedente en materia de protección a los niños y jóvenes frente a las confrontaciones bélicas a nivel internacional, lo podemos encontrar, cuando Save the Children, luego de culminada la Primera Guerra Mundial, redacta una primera versión del proyecto de Declaración de los Derechos del Niño, que fuera posteriormente aprobado por la Sociedad de Naciones en el año Esta Declaración, conocida como la Declaración de Ginebra, ofrecía protección y asistencia especial a los niños en circunstancias de guerra. Pero es recién en 1974, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Declaración sobre la protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado. Estableciéndose las condenas a los ataques y bombardeos contra la población civil, prohibiéndose la persecución, la reclusión, la tortura y todas las formas de violencia de la que puedan ser objeto las mujeres y los niños. A través de los años, la instrumentación de normativas jurídicas internacionales sobre esta problemática se ha ido complementando. Hoy por hoy, podríamos sostener que los instrumentos jurídicos existen, y que la legislación internacional ha demostrado llevarle la delantera a las políticas, planes y programas de acción de cada Estado con respecto a este tipo de conflicto. En este sentido, La Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas establece específicamente en su Artículo 38, la protección de los niños y adolescentes respecto de su participación en los conflictos armados. A su vez los Artículos 32 y 37 se vinculan indirectamente con este tema, estableciendo los criterios para la protección de los niños respecto a la explotación, el trabajo forzoso y las penalidades a los que se encuentren en conflicto con la ley. Más recientemente, el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la Participación de niños en conflictos armados, aprobado por las Naciones Unidas el 25 mayo del 2000 en Nueva York, insta: Que los Estados no recluten obligatoriamente en sus Fuerzas Armadas a ningún menor de 18 años. Que los Estados eleven la Edad mínima para el reclutamiento voluntario, tomando en cuenta el derecho a una protección especial. Y que en caso de que los Estados permitan el reclutamiento voluntario deberán establecer medidas de salvaguardia que garanticen los derechos mínimos de las personas menores de edad. Habiendo transcurrido ya más de diez años desde la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, en la actualidad diversos países del mundo entero como Afganistán, Burundi, República Centroafricana, Chad, Colombia, Côte d Ivoire, República Democrática del Congo, Haití, India, Iraq, Líbano, Myanmar, Nepal, 3

4 Territorio palestino ocupado e Israel, Filipinas, Pakistán, Somalia, Sri Lanka, Sudán, Tailandia, Uganda, Yemen; presentan el grave problema del reclutamiento de niños para prestar servicios militares y combatir. A partir de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia (1990), las Naciones unidas han contribuido, en difundir alrededor de todo el mundo la preocupante situación de los jóvenes afectados en los conflictos armados. En 1996 la Sra. Graça Machel, experta independiente nombrada por el Secretario General, presentó su informe, titulado "Las repercusiones de los conflictos armados sobre los niños" (A/51/306), a la Asamblea General. En respuesta al informe, la Asamblea General aprobó la resolución 51/77 (12 de diciembre de 1996), en la que se estableció el mandato del Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados (Desde 2006, Radhika Coomaraswamy ha ocupado este cargo) cuyo objetivo principal es "Promover y proteger los derechos de todos los niños afectados por los conflictos armados." Además, la Representante Especial posee un plan estratégico cuyas características principales son: Apoyar las iniciativas mundiales destinadas a poner fin a las violaciones graves de los derechos de los niños afectados por los conflictos armados. Llevando a los autores de dichos abusos ante la justicia, así como también respaldando aquellos programas de rehabilitación y reintegración de los niños una vez finalizados los conflictos. Promover una protección de los niños afectados por los conflictos armados que garantice el respeto de sus derechos. Vigilando e informando los abusos cometidos con el fin de acabar con la impunidad de los autores. Continuamente consultando a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), UNICEF y otros colaboradores que traten las cuestiones relacionadas con la protección de los niños. 6 Incorporar las cuestiones relativas a los niños y los conflictos armados a las actividades de mantenimiento y consolidación de la paz. Cooperando con los Estados Miembros, los colaboradores de las Naciones Unidas pertinentes y la nueva Comisión de Consolidación de la Paz para garantizar que se atiendan las necesidades de los niños en materia de protección, desmovilización y reintegración. Identificar nuevas tendencias y estrategias para la protección de la infancia a través de la investigación. Generar un diálogo más metódico con aquellos sectores académicos, para remediar las deficiencias más importantes en materia de conocimientos que no permiten dar respuestas programáticas y de promoción adecuadas para los niños. 4

5 Asegurar un compromiso político y diplomático sobre las iniciativas relativas a niños y conflictos armados. Llevar a cabo una labor de sensibilización a nivel mundial sobre todas las demás cuestiones relacionadas con los niños afectados por la guerra antes, durante y después de los conflictos. Luchando y ocupándose por la recuperación psicosocial de los niños, los problemas de los jóvenes portadores de VIH/SIDA, la falta de educación, la trata de niños, etc. El trabajo conjunto entre la Oficina del Representante Especial, junto a UNICEF así como también con los Estados Miembros, las organizaciones regionales y las ONG; han producido importantes avances, acciones y resultados tangibles para los niños. Logrando una mayor concientización a nivel mundial en torno a los problemas de los jóvenes afectados por los conflictos armados; la elaboración de normas internacionales para resguardar a los niños, una priorización de dicha problemática por parte de la Asamblea General y del Consejo de los Derechos humanos, la incorporación de la cuestión de los niños y los conflictos armados en el programa de paz y seguridad internacionales mediante un compromiso sistemático del Consejo de Seguridad. Obteniéndose precedentes importantes mediante la aplicación y el aseguramiento de la observancia de estas normas internacionales en la lucha para poner fin a la impunidad y lograr que se rinda cuentas de las graves violaciones a los derechos de los niños por Tribunales Nacionales, (Republica Democrática del Congo) y Tribunales Internacionales como la Corte Penal Internacional y el Tribunal Especial (Sierra Leona). La importante acción del Consejo de Seguridad, junto con la aplicación de las normas internacionales, ha realzado considerablemente la labor que realizan quienes promueven la protección de los niños. En los últimos años el diálogo para promover la protección de los mismos en el plano de las políticas ha producido resultados destacables, como los compromisos de las partes en los conflictos. Las visitas de la Representante Especial en las regiones donde ocurren las confrontaciones armadas fueron muy importantes para lograr que la situación de los derechos de los niños afectados por estos conflictos tenga la mayor visibilidad posible. Además de las Naciones Unidas, algunas organizaciones regionales como la Unión Africana y la Unión Europea han comenzado a ejecutar los compromisos que habían adquirido con respecto a los niños en el contexto de sus propias iniciativas de establecimiento, mantenimiento y consolidación de la paz. Otra importante iniciativa política es el firme compromiso expresado por los Estados Miembros a los Compromisos de París y a los principios y directrices sobre niños vinculados a fuerzas y grupos armados, que proporcionan orientaciones para el desarme, la desmovilización y la reintegración de todas las categorías de niños vinculados a grupos armados. Por último se continua enfatizando, que los Estados Miembros deben asegurar, como cuestión de máxima prioridad y urgencia, la introducción de las reformas 5

6 pertinentes en la legislación nacional para proteger a los niños, a fin de armonizar sus leyes con sus obligaciones internacionales. Como conclusión, observamos señales alentadoras de que la injusticia de los crímenes cometidos contra niños y jóvenes no se tolerará más. La comunidad internacional en estos momentos cambia su atención de la fijación de normas a una era de aplicación y prestación de verdadera protección Organización Argentina de Jóvenes para las Naciones Unidas (OAJNU). Derechos reservados, queda prohibida sin autorización escrita de OAJNU, la reproducción parcial o total de esta obra por cualquier medio o procedimiento. Bajo los apercibimientos de ley 6

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