Transporte Aéreo UVM. Roberto Valerdi Sánchez

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1 Transporte Aéreo UVM Roberto Valerdi Sánchez 2008

2 Guía aérea 2

3 Una guía aérea puede ser empleada para el transporte de expediciones individuales o para el transporte de expediciones consolidadas. La guía aérea no es un documento negociable. Se compone de seis a tres originales y de seis a once copias si se trata de una aerolínea, o de tres originales y de nueve copias si es una guía aérea neutral. Cada parte de una guía aérea lleva en las dos esquinas superiores y en la esquina inferior derecho un numero de guía aérea compuesto del código de tres dígitos del transportista seguido por un numero de serie de ocho dígitos que incluye un digito de control colocado al final a la derecha del numero de serie. 3

4 La guía aérea es el documento mas importante emitido por un transportista de carga o por sus agentes de carga autorizados. Combina diferentes propósitos: 1. Evidencia documental de la conclusión del contrato de transporte. 2. Prueba del recibo de las mercancías para su envío. 3. Factura de flete. 4

5 4. Certificación del seguro (en caso de requerirlo el expedidor) 5. Conocimiento de embarque (guía para los empleados del transportista para manejar, despachar y entregar la mercancía) 6. Declaración para aduana 5

6 Debido a lo anterior es esencial que se prepare la guía aérea cuidadosamente y en forma legible. La validez del contrato de transporte del transportista comienza cuando se formaliza la guía aérea, es decir, en el momento en que: - La guía aérea es firmada por el expedidor o en su nombre. - Es firmada por el transportista o en su nombre por un agente de carga aprobado por el transportista emisor. 6

7 El expedidor preparara la guía aérea ateniéndose al Convenio de Varsovia y al Protocolo de La Haya y las condiciones para el transporte de la aerolínea. El expedidor será responsable de la veracidad del contenido y de los detalles relativos a las mercancías incluidas por el o en su nombre. 7

8 EMISION DE LA GUIA AEREA Los casilleros de la guía se llenaran correctamente como sigue: 1A. AIR WAYBILL NUMBER Cuando el numero no esta impreso, se anota la clave de tres dígitos de IATA correspondiente a la aerolínea y el numero seriado de la guía aérea. Un guión debe de ser colocado entre los casilleros 1A y 1B solamente en las esquinas superior derecha e inferior derecha. 8

9 EMISION DE LA GUIA AEREA 1B. NUMBER SERIAL (NUMERO DE SERIE) - Colocar un numero de serie de ocho dígitos incluyendo un digito verificador en la extrema derecha. - El digito verificador se determina dividiendo los siete primeros dígitos (de izquierda a derecha) entre siete. El residuo de esta división es el digito verificador. 9

10 EMISION DE LA GUIA AEREA 1. AIRPORT OF DEPARTURE (AEROPUERTO DE SALIDA) Colocar la clave de tres letras de IATA del aeropuerto de salida (o la cuidad cuando el aeropuerto es desconocido) que debe corresponder a la información mostrada en el punto 9. 10

11 EMISION DE LA GUIA AEREA 1C. ISSUING CARRIER S NAME AND ADDRESS (NOMBRE Y DIRECCION DEL TRANSPORTISTA) Cuando no este impreso, señalar el nombre y la dirección de la oficina matriz del transportista correspondiente al numero de clave de la aerolínea, como se muestra en el punto 1A. 11

12 EMISION DE LA GUIA AEREA 1D. REFERENCIA PARA ORIGINALES Este casillero no debe llenarse Para un juego de ocho copias: 12

13 EMISION DE LA GUIA AEREA Para dos juegos de cuatro copias cada uno: Para el primer juego: Para el segundo juego: 13

14 EMISION DE LA GUIA AEREA 1E. REFERENCE TO CONDITIONS OF CONTRACT (REFERENTE A LAS CONDICIONES DEL CONTRATO) Este casillero se utiliza para imprimir otras condiciones, propias del transportista, en adición a las que aparecen en las condiciones del contrato con la finalidad de cumplir con los reglamentos del país de origen. 14

15 EMISION DE LA GUIA AEREA 2. SHIPPER S NAME AND ADDRESS (NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL EXPEDIDOR) Anotar el nombre, dirección y ciudad del Expedidor (o la clave de 2 letras del país), la forma de contacto (teléfono, telex o fax) y los números de acceso correspondientes. 3. SHIPPER S ACCOUNT NUMBER (NUMERO DE CUENTA DEL EXPEDIDOR) Este casillero está reservado para uso (opcional) del transportista que origina el embarque. 15

16 EMISION DE LA GUIA AEREA 4. CONSIGNEE S NAME AND ADDRESS (NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL CONSIGNATARIO) Escribir el nombre, dirección y país del consignatario (o la clave de 2 letras del país), la forma de contacto (teléfono, telex o fax) y los números de acceso correspondientes. 5. CONSIGNEE S ACCOUNT NUMBER, FOR CARRIEER USE ONLY (NUMERO DE CUENTA DEL CONSIGNATARIO, SOLO PARA USO DEL TRANSPORTISTA) Este casillero esta reservado para uso (opcional) del transportista. 16

17 EMISION DE LA GUIA AEREA 6. NAME AND CITY (NOMBRE Y CUIDAD) Insertar cunado no esté impreso el nombre y la localidad (ciudad o aeropuerto) del agente de carga IATA o del transportista a quien se otorgará la comisión. Cuando la comisión se paga en el destino a un agente de carga IATA, de conformidad con las Reglas de Administración para las Agencia de Carga, el nombre de la localidad (ciudad o aeropuerto de dicho agente de carga IATA) se incluye precedido por las palabras COMMISSIONABLE AGENT (agente comisionable). 17

18 EMISION DE LA GUIA AEREA 7. IATA CODE (CODIGO IATA) Cuando no está impreso el código IATA del agente (ver No.6) se llena de la siguiente manera: - Si no esta dentro de área CASS, se colocan los 7 dígitos de la clave IATA. - En las áreas CASS los 7 dígitos IATA deben ser seguidos por la clave de 3 dígitos de la dirección de CASS y además el séptimo dígito de verificación aplicable a los diez dígitos precedentes. 18

19 EMISION DE LA GUIA AEREA 8. ACCOUNT NUMBRE (NUMERO DE CUENTA) Este casillero, de requerirlo, solo puede utilizarlo el transportista expedidor. 9. AIRPORT OF DEPARTURE (ADDRESS OF FIRST CARRIER) AND REQUESTED ROUTING. AEROPUERTO DE SALIDA (DIRECCIÓN DEL PRIMER TRANSPORTISTA) Y LA RUTA A REALIZAR. Escribir el nombre del aeropuerto de salida. El cual debe corresponder a la información mostrada en el punto 1, después cualquier ruta que sea requerida por el expedidor. 19

20 EMISION DE LA GUIA AEREA 11. ROUTING AND DESTINATION (RUTA Y DESTINO) Indicar la ruta y el destino que seguirá el embarque. 11A. TO ( BY THE FIRST CARRIER) HACIA (POR EL 1er. TRANSPORTISTA) Insertar las tres letras de la clave IATA de aeropuerto de destino o del primero punto de referencia (o la ciudad cuando el aeropuerto es desconocido, porque la ciudad tenga más de un aeropuerto). 20

21 EMISION DE LA GUIA AEREA 11B. BY FIRST CARRIER (POR EL PRIMER TRANSPORTISTA) Incluir el nombre del primer transportista (nombre o clave de IATA de 2 letras) 11C. TO (BY SECOND CARRIER) HACIA ( POR EL 2º TRANSPORTISTA). Apuntar las letras de la clave IATA del aeropuerto de destino o del segundo punto de transferencia (o la ciudad cuando el aeropuerto es desconocido, o por que la ciudad tenga más de un aeropuerto). 21

22 EMISION DE LA GUIA AEREA 11D. BY (SECOND CARRIER) POR (EL 2º TRANSPORTISTA). Indicar los dos caracteres de la clave IATA del segundo transportista. 11E. TO (BY THIRD CARRIER) HACIA ( POR EL 3ER. TRANSPORTISTA). Insertar las tres letras de la clave IATA del aeropuerto de destino, o del tercer punto de transferencia ( o la ciudad cuando el aeropuerto es desconocido, o por que la ciudad tenga más de un aeropuerto). 22

23 EMISION DE LA GUIA AEREA 11F. BY (THIRD CARRIER) POR (EL 3ER TRANSPORTISTA). Colocar los dos caracteres de la clave IATA del tercer transportista. 18. AIRPORT OF DESTINATION (AEROPUERTO DE DESTINO) Ingresar el aeropuerto de destino del ultimo transportista (cuando se desconozca el aeropuerto, se anotara el nombre de la ciudad o bien el nombre del aeropuerto cuando haya mas de uno). 23

24 EMISION DE LA GUIA AEREA 19A Y 19B. FLIGHT/DATE (VUELO/FECHA). Para uso del transportista únicamente. Estos casilleros están reservados para uso (opcional) de los transportistas participantes. 24

25 EMISION DE LA GUIA AEREA 10. ACCOUNTING INFORMATION. (INFORMACIÓN PARA CONTABILIDAD) Solo la información necesaria para efectos contables de los transportistas participantes se debe anotar en este casillero, como es: - Pago en efectivo o por medio de cheque. - Pago por medio de un MCO (MISCELLANEOUS CHARGES ORDER) (solo aceptable en conexión con el envío de equipaje enviado como carga). El numero de MCO y el valor del cupón de intercambio en la moneda en que se expide la guía aérea se muestra aquí. 25

26 EMISION DE LA GUIA AEREA 10. ACCOUNTING INFORMATION. (INFORMACIÓN PARA CONTABILIDAD) Cont - Pago por medio de un Bill of lading o Government Bill of Lading, en este caso debe mostrarse el numero de GBL. - Envío devuelto por no haber sido entregado en el destino, en este caso, la nueva guía aérea para el transporte de regreso deberá contener el numero de la guía aérea original en este recuadro. - Numero de referencia del expedidor tal como se indica por el expedidor o el agente. 26

27 EMISION DE LA GUIA AEREA 10. ACCOUNTING INFORMATION. (INFORMACIÓN PARA CONTABILIDAD) Cont - Numero de referencia del expedidor tal como se indica por el expedidor o el agente. - Pago con tarjeta de crédito; el numero de tarjeta de crédito debe indicarse. - Las palabras Also Notify (Notifique también a) pueden ser impresas después del titulo de Accounting Information (aplicable solo para transporte domestico). 27

28 EMISION DE LA GUIA AEREA 12. CURRENCY (MONEDA) - Se anotara el código ISO de tres letras correspondientes a la tarifas publicadas. - Todas las cantidades anotadas en la Guía Aérea que no sean las que figuran en las casillas (33A) a (33D) Cargos por pagar en la moneda de destino deben anotarse en la moneda especificada en el párrafo anterior. 28

29 EMISION DE LA GUIA AEREA 13. CHARGES CODE- FOR CARRIER USE ONLY (CLAVES DE, PARA USO DEL TRANSPORTISTA SOLAMENTE). Cuando los datos de la guía aérea son transmitidos electrónicamente, este casillero se llena utilizando las claves que se muestran a continuación: 29

30 13. CHARGES CODE- FOR CARRIER USE ONLY 30

31 14A Y 14B. WEIGHT/VALUATION CHARGES ( POR FLETE Y VALUACIÓN) - Los cargos que se indiquen en los casilleros 24A, 25A, ó 24B y 25B, deben ser totalmente pagados o totalmente por cobrar, respectivamente. - El expedidor o el agente deben anotar una X en los casilleros 14A o 14B. 31

32 15A Y 15B. OTHERS CHARGES AT ORIGIN (OTROS EN EL ORIGEN) - Los cargos que se muestren en los casilleros 27A (si aplican), 28A o 27B y 28B, deben ser por completo pagados o por cobrar. - El expedidor o el agente deben agregar una X si procede en los casilleros 15A o 15B. - Si la información contenida en los casilleros 14A y 14B ó 15A y 15B entra en conflicto con la información contenida en los casilleros 24A, 24B. 25A, 25B, 27A (si aplica), 27B, 28A y 28B, la información que se encuentre en estos últimos casilleros tendrá preferencia. 32

33 16. DECLARED VALUE FOR CARRIAGE (VALOR DECLARADO PARA EL TRANSPORTE) Ingresar el valor declarado para el transporte, especificado por el Expedidor. Cuando no hay valor declarado, la clave NVD se anota en este casillero. 17. DECLARED VALUE FOR CUSTOMS (VALOR DECLARADO PARA ADUANA) El expedidor o su agente deberá declarar un valor para aduana, si aplica, debe indicarse en este casillero. Este valor puede ser también NCV (non comercial value). Por ultimo, este casillero puede dejarse en blanco si no existe un valor para aduana. 33

34 20. AMOUNT OF INSURANCE (CANTIDAD DEL SEGURO) Este casillero se utilizará solamente cunado el casillero no este sombreado y el servicio de seguro sea proporcionado por el transportista. En este caso, se asienta la cantidad a ser asegurada. Cuando el casillero no esté sombreado y el servicio de seguro no sea suministrado por el transportista expedidor o el seguro no sea requerido por el Expedidor se coloca XXX. 34

35 20A. INSURANCE CLAUSE BOX (CASILLERO CLAUSULA DEL SEGURO). 21. HANDLING INFORMATION (INFORMACIÓN DE MANEJO) Solo se anota la información de manejo requerida para el embarque por los transportistas participantes. La información debe ser clara, concisa y comprensible para todas las personas que intervienen en el manejo del embarque. 35

36 21. En el caso de mercancías peligrosas, ya se la leyenda Dangerous Goods as per Attached Shipper s declaration (Mercancías peligrosas según se indica en la Declaración del Expedidor adjunta) y si aplican las palabras Cargo Aircraft Only (Solo avión de carga) o las palabras Dangerours Goods Shipper.s declaration not required (Mercancías peligrosas Declaración del expedidor no requerida). 36

37 21. Mercancías peligrosas que no requieren declaración del Expedidor. - Materiales radioactivos exceptuados. - Mercancías peligrosas en cantidades exentas - Artículos declarados como no restringidos Otro tipo de información donde se usan las claves IMP (INTERLINE MESSAGES PROCEDURES) debe ir en este recuadro cuando sea apropiado, o aun sin utilizar la clave IMP, esta información consiste en : - Marcas y números que se muestran en el envío y método de empaque. 37

38 21. - Nombre, dirección, país (puede ser con su código de dos letras) y método de contacto (teléfono, telex o fax) y numero de cualquier persona que deba ser notificada del arribo de las mercancías en destino en adición al consignatario. - Nombre y numero de los documentos que acompañan a la guía aérea, por ejemplo: Certificado del Expedidor para Animales Vivos No Shipper.s Certification for Live Animals. - Instrucciones especiales de manejo que sean requeridas. - Cuando no este preimpreso, y la guía aérea sea llenada en Estados Unidos, la declaración These Commodities, licensed by USA for ultimate destination Diversion contratary to USA law prohibited (Mercancías autorizadas por USA para un último destino. Prohibida cualquier desviación contraria a las leyes de U.S.A.) 38

39 21A. SPECIAL CUSTOMS INFORMATION (SCI) (INFORMACIÓN ESPECIAL PARA ADUANA) Para indicar la situación aduanera de un envió se utilizara uno de los siguientes códigos cargo IMP de la aduana de origen y que se colocaran en esta casilla (aplicable solo a envíos desde y dentro de las naciones de la Comunidad Económica Europea): 39

40 21A. T1. Mercancías procedentes de fuera de la Comunidad Económica Europea sujetas al control de aduanas. T2. Mercancías pertenecientes a la Comunidad Económica, que no sean de libre circulación (por ejemplo bebidas alcohólicas y tabaco etc.) TD Mercancías que vayan bajo procedimiento formal de transito (por ejemplo: T1, TIR carnet, ATA carnet, Nato Form 2, etc). C Mercancías de libre circulación. 40

41 22A y 22Z. CONSIGNMENT RATING DETAILS (DETALLES DE LA TARIFA APLICABLE AL ENVÍO). Debe hacerse un grupo separado de entradas por cada conjunto de artículos para los que la tarifa aplicable sea diferente. Tendrán preferencia si las hubiera, las mercancías peligrosas. Cada grupo deberá iniciar una nueva línea en estos casilleros. 41

42 Cada partida de información debe consistir en lo siguiente: 22A NUMBER OF PIECES/ RCP (NÚMERO DE PIEZAS/ RCP) - El numero de piezas para las cuales la tarifa sea aplicable deberá ser insertado en el casillero 22ª. - Cuando sea necesario designar el punto o los puntos sobre el cual o los cuales los sectores de tarifas son combinados o construidos también deberá indicarse en este casillero utilizando la clave IATA de tres letras del punto de combinación de la tarifa (RCP), con una línea adicional. Cuando exista más de una línea de los artículos mencionados anteriormente el número total de piezas deberá incluirse en el casillero 22J (total). NOTA: RCP (RATE COMBINATION POINT) (PUNTO DE COMBINACIÓN DE TARIFA) 42

43 22B y 22K. PESO BRUTO. El peso bruto de las piezas a las que se aplica la tarifa correspondiente debe ir en el casillero 22B. Cuando corresponde, el peso tara del contenedor o ULD se debe colocar como una línea adicional en el renglón marcado con la X en la columna de Clase de tarifa. De existir más de una línea, el peso bruto total del embarque debe colocarse en el casillero total 22k. 43

44 22C Kg. /Lb. La unidad de peso usada (K o L) debe anotarse únicamente en la primera línea, a menos que la tarifa que se especifique en otra línea cambie. 22Z. CLAVE DEL SERVICIO Indicar la clave de servicio en el casillero 22Z (solo cuando sea requerido por el transportista expedidor) de acuerdo con la practica de recomendaciones 1600D con las siguientes claves: 44

45 22Z. CLAVE DEL SERVICIO 45

46 22D. CLASE DE TARIFA Incluir una o más de las siguientes claves, según corresponda: 46

47 22E. NÚMERO DE COMODIDAD Este casillero debe ser llenado, cuando: - Aplica una tarifa especifica de comodidad; el número de descripción de la comodidad se anota en la línea de clase de tarifas C y U. - Aplica una tarifa clasificada de reducción, el porcentaje que sea aplicable a la tarifa o cargo respectivo se indicará en la línea de clase de tarifa R, vgr.n67 - Cuando aplique una tarifa clasificada con aumento, el porcentaje que sea aplicable a la tarifa o cargo respectivo deberá insertarse en la línea de clase de tarifa S, como por ejemplo: N

48 22F. PESO A COBRAR Se anotara el peso aplicable a cobrar, calculado conforme a las normas de tarifa aplicable. Cuando se aplique una tarifa para ULD, este casillero deberá ser llenado como sigue: - Se basa en un peso pivote, el peso pivote aplicable deberá ser anotado en la línea de clase de tarifa U. - Se apoye en un peso pivote y sobrepivote, el excedente del peso pivote deberá apuntarse en la línea de clase de la tarifa E. - Sea necesario tomar en cuenta el peso tara, éste deber ser indicado en la línea de clase de tarifa X. -Aplique un descuento, el peso al que se refiere deberá insertarse en la línea de clase de tarifa Y. 48

49 22G. TARIFA/CARGO Debe llenarse como sigue, cuando: - Sea un cargo mínimo, este se coloca en la línea de clase de tarifa con la letra M. - Corresponda una tarifa normal, se usa la letra N. - Si se trata de una tarifa por cantidad, la letra Q. - Para una tarifa específica de comodidad, la tarifa aplicable por unidad de peso debe incluirse en la línea de la tarifa la letra C. 49

50 22G. - Cuando se aplique una tarifa experimental dentro de Europa: El cargo básico aplicable se anotará en la línea de clase de tarifa B. La tarifa aplicable por kilo se anotará en la línea de clase de la tarifa K. -Se tenga una tarifa clasificada con reducción, la letra a insertar será la R - Cuando aplique una tarifa clasificada con aumento, anotar la letra S. 50

51 22G. TARIFA/CARGO Debe llenarse como sigue, cuando: Sea un contenedor - Si la tarifa se basa en un peso pivote o en un flat charge este cargo se anotara en la línea de clase de la tarifa U. - Esté estipulado en una tarifa por peso pivote y sobrepivote, dicho cargo por sobrepivote debe insertarse en la línea de clase de la tarifa con la letra E. -Cuando aplique un descuento, ya sea un cargo único o una tarifa por unidad de peso, dicho descuento se representa con la letra Y, el descuento aplicable debe ser precedido por un signo de menos (-) para denotar el descuento. 51

52 22H y 22L. TOTAL El cargo total por cada línea debe insertarse en el casillero 22H, en la misma línea horizontal. Cuando la cantidad en el casillero 22G sea precedida por un signo (-) para denotar un descuento a un contenedor, el signo también debe anteponer la cantidad de descuento aplicable que se incluya en este casillero. Cuando exista más de una línea, la suma total debe ser anotada en el casillero 22L de Total. 52

53 22I. NATURALEZA Y CANTIDAD DE MERCANCÍAS (INCLUYENDO DIMENSIONES Y VOLUMEN). Este casillero debe llenarse como se indica a continuación, de tal forma que pueda ser comprensible para cualquiera de las partes involucradas en el movimiento del embarque. 1. La descripción de las mercancías que integren el embarque. 53

54 22I. 2. En los siguientes casos, la inscripción debe ser tal como se muestra en el AIRWAYBILL HANDBOOK de IATA y de acuerdo a las condiciones publicadas en el DANGEROUS GOODS REGULATIONS de IATA: - Mercancías peligrosas que no requieren declaración del Expedidor. 54

55 22I Materiales radioactivos exceptuados - Mercancías peligrosas en cantidades exceptuadas. - Artículos declarados como no restringidos. 3. Para animales vivos, la anotación debe ser tal como se muestra en el libro AIR WAYBILL HANDBOOK de IATA y de acuerdo a las instrucciones publicadas en el libro LIVE ANIMALS REGULATIONS de IATA. 55

56 22I. 4. Para embarques consolidados debe decir Consolidación como lo indica la lista adjunta. 5. Las medidas máximas (volumen) especificando la unidad de medida debe ser colocado para cada envío que se encuentra bajo definición de Carga de baja densidad, como se define en la resolución 502 de IATA. 56

57 22I. 6. Cuando se utilice algún contenedor, su clave de identificación debe ponerse en la línea de tarifa con la letra X. 7. Cuando el número de piezas indicado en la casilla 22ª sea diferente del número real de piezas, se indicará como SLAC (SHIPPER LOAD ANDO COUNT) el número real de piezas. 8. El expedidor o su agente pueden insertar la descripción del artículo según el sistema armonizado y el numero de clave de sistema. El Expedidor o su agente pueden incluir el país de origen de las mercancías. 57

58 23. OTROS Las descripciones y montos de cargos individuales y comisiones (excepto cargos por fletes y volumen, cargos de valuación e impuestos), deben ser anotados, el total de los cuales deben equivaler a la suma que se muestra en los casilleros 27ª, 28ª y 28B. Cuando la guía es transmitida por medio electrónico se usan las siguientes claves: 58

59 23. OTROS 59

60 23. 60

61 23. 61

62 23. 62

63 23. 63

64 23. 64

65 23. 65

66 23. OTROS NOTAS: Para indicar si los cargos serán destinados al agente o al transportista se deberá usar las siguientes claves: A CARGO DEL AGENTE C CARGO DEL TRANSPORTISTA 1) El código MA se usa si el cargo por misceláneo es debido al agente pero no puede identificarse más ampliamente. 2) El código MB se usa cuando no puede conocerse si el cargo por misceláneo es debido al agente o al transportista. 3) El código MC se usa si el cargo misceláneo es debido al transportista pero no puede identificarse más ampliamente. 66

67 23. OTROS Cuando los datos de la guía aérea no son transmitidos electrónicamente, se recomienda utilizar el procedimiento descrito anteriormente, tomando en consideración que cuando las claves descritas arriba no se utilicen, la descripción en lenguaje llano debe indicar claramente a quién corresponde el cargo: al transportista o al agente de carga. Cuando un envío es devuelto por no haber sido entregado, la nueva guía aérea para el embarque de regreso debe contener todos los cargos que pueden estar por cobrar pero que no se cobraron al consignatario original. 67

68 24A. FLETES PAGADOS El cargo por flete o volumen del envío debe ser anotado y debe corresponder al total mostrado en 22H y 22L. El cargo por flete, el cargo por valuación y el impuesto deben incluirse ya sea como totalmente pagados o por cobrar en su totalidad. 25A. DE VALUACIÓN PAGADOS El cargo de valuación, si aplica, debe ser colocado. La aplicación de cargos de valuación depende del valor para transporte asentado en el casillero 16 y como se define en la regla de la tarifa. Los fletes, el cargo de valuación y el impuesto deben insertarse ya sea como completamente pagados o totalmente por cobrar. 68

69 26A. IMPUESTOS PAGADOS. Cuando este casillero no está sombreado, cualquier impuesto aplicable del gobierno u otras autoridades oficiales que se refieran al flete o cargo de valuación del embarque pueden incluirse. Los fletes, el cargo, de valuación y el impuesto deben ser indicados ya sea como totalmente pagados o por cobrar en su totalidad. Los detalles de los impuestos no deben ser descritos en el casillero

70 26A. IMPUESTOS PAGADOS. Total de otros cargos pagados. Los cargos que se generan en el origen deben ser asentados como totalmente pagados o por cobrar. Otros cargos que se generen en tránsito y/o en destino deben ser por cobrar, tomando en consideración que los cargos por cobrar estén permitidos en el país de destino y asimismo que cuando los cargos por impuestos en aeropuertos de tránsito sean conocidos, éstos deberán ser pagados en origen. El total de otros cargos pagados debe ser la suma de los cargos que se muestran en el casillero 23, si éstos van pagados. 70

71 27A. DEL AGENTE Este casillero no debe ser usado a menos que se estipule localmente. 28A. DEL TRANSPORTISTA El total de otros cargos pagados que pertenecen al transportista, tal como se especifica en el casillero 23, deben ser incluidos. 71

72 29A. CASILLERO SIN TITULO Este casillero podrá ser utilizado (opcionalmente) por el transportista para servicios especiales. 30A. TOTAL PAGADO El total de los cargos pagados (los fletes, cargos de valuación y otros cargos pagados en origen y si fuera aplicable, los impuestos y otros cargos pagados del agente) deben agregarse. 72

73 24B. FLETES POR COBRAR Los cargos por cobrar correspondientes a fletes deben ser inscritos y deben corresponder al total mostrado en 22H y 22L, el flete del embarque, los cargos de valuación y los impuestos deben ser colocados como totalmente pagados o totalmente por cobrar. 73

74 25B. DE VALUACIÓN POR COBRAR Los cargos de valuación, si aplican, deben ser incluidos. La aplicación de los cargos de valuación dependen del valor declarado para el transporte en el casillero 16 y obedecen a la regla respectiva. Los fletes, cargos de valuación e impuestos deben ser completamente pagados o por cobrar. 74

75 26B. IMPUESTOS POR COBRAR Cuando este casillero no se encuentra sombreado cualquier impuesto gubernamental o proveniente de cualquier autoridad oficial que se refieran a los fletes o cargos de valuación, deben ser colocados. Los detalles del impuesto no deben ser ingresados en el casillero 23. Los cargos por flete, valuación e impuestos deben ser totalmente pagados o por cobrar en su totalidad. 75

76 26B. IMPUESTOS POR COBRAR Total de otros cargos por cobrar. Los cargos que se generen en el origen deben ser anotados como totalmente pagados o totalmente por cobrar. Los cargos por cobrar que se generen en origen y que se insertan aquí, deben ser considerados como desembolsos de acuerdo a la resolución 614 de IATA. Otros cargos que se originen en puntos de tránsito o destino deben ser solamente por cobrar, tomando en consideración que exista esta disponibilidad en el país de destino. El total de otros cargos por cobrar debe ser la suma de todos los cargos que aparecen en el casillero

77 27B. DEL AGENTE El total de desembolsos del agente deben ser insertados aquí, como se especifique en el casillero B. DEL TRANSPORTISTA. El total de desembolsos que correspondan al transportista deberán anotarse aquí, como se especifica en el casillero B. CASILLERO SIN TITULO Este casillero puede ser utilizado (opcionalmente) por el transportista para servicios especiales. 77

78 30B. TOTAL DE El total de todos los cargos por cobrar (cargos por fletes, cargos por valuación, otros cargos del agente o transportista y, si aplica, impuestos) deben ser incluidos. 31 CASILLERO DE CERTIFICACIÓN DEL EXPEDIDOR Cuando no esté impresa la firma del Expedidor o su agente (impresa, estampada o autógrafa), deberá agregarse. 78

79 32A. GUÍA EXPEDIDA EN (FECHA) La fecha de elaboración de la guía aérea debe ser anotada en la siguiente secuencia: día/mes/año. El mes debe ser expresado alfabéticamente, ya sea abreviado o completo. 32B. LUGAR El nombre del lugar donde se ejecuta la guía (aeropuerto o cuidad) debe anotarse. 79

80 32C. FIRMA DEL TRANSPORTISTA QUE EXPIDE O SU AGENTE La firma del transportista o del agente que expide debe mostrarse. 33. ESTE CASILLERO NO DEBE LLENARSE 80

81 33A. al 33D. POR COBRAR EN LA MONEDA DE DESTINO. (SOLO PARA USO DEL TRANSPORTISTA) El último transportista debe completar el original 2 (para consignatario) de la siguiente forma: 33A. TARIFA PARA CONVERSIÓN DE MONEDA. Se escribe la clave de la moneda de destino seguida por el factor de conversión 81

82 33B. CC EN LA MONEDA DE DESTINO. La cantidad mostrada en el casillero de total por cobrar (30B) debe ingresarse después de convertirla a la moneda de destino, usando el factor de conversión del casillero 33A. 33C. EN EL DESTINO Los cargos que se obtienen en el destino y que corresponden al último transportista deben ser incluidos en este casillero en la moneda de destino. 82

83 33D. TOTAL DE. La suma de los casilleros 33B y 33C deben ser ingresados. 34A. REFERENCE NUMBER (NÚMERO DE REFERENCIA) Cuando esta casilla no esté sombreada, se insertará un número de referencia según lo acordado con el expedidor/agente o distribuidor de la mercancía. 83

84 34B. UNTITLED BOX (CASILLERO SIN TÍTULO) Este casillero podrá ser utilizado (opcionalmente) por el transportista. 34C. UNTITLED BOX (CASILLERO SIN TITULO) Este casillero podrá ser utilizado (opcionalmente) por el transportista 84

85 99. CÓDIGO DE BARRAS Esta área debe ser usada solamente para incluir información por medio de código de barras, según diversas disposiciones de IATA. En el caso de una guía aérea neutral, cualquier alteración al código numérico de la línea aérea, numero de guía aérea, nombre de la compañía o dirección de la oficina central, ocasionará automáticamente la nulidad de dicha guía aérea neutral. 85

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