CÓMO HAGO PARA PODER TENER LA CLAVE DE INTERNET?

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1 CÓMO HAGO PARA PODER TENER LA CLAVE DE INTERNET? La solicita a través de la RED 322 al número , enviando correo arpbolívar.@segurosbolívar.com, o radicar una carta enviada a la Dirección Administrativa A.R.P, y/o al Fax opción 4 LA SEMANA PASADA INGRESÓ A LA PÁGINA DE INTERNET SIN NINGÚN INCONVENIENTE, EL DÍA DE HOY NO LE PERMITE ACCEDER, PUES LE REGISTRA EL SIGUIENTE ERROR (SU CONTRASEÑA ES INCORRECTA POR FAVOR VERIFÍQUELA). Llamar a la RED 322 Opción 6 al número ESTOY TRATANDO DE REPORTAR EL INGRESO DE UN TRABAJADOR A LA PÁGINA DE INTERNET, DESPUÉS DE DIGITAR TODOS LOS DATOS Y DARLE CLICK EN ACEPTAR APARECE UN MENSAJE DE ERROR EL CUAL NO LES PERMITE REALIZAR LA NOVEDAD. Llamar a la RED 322 Opción 6 al número CÓMO HAGO PARA REPORTAR: MODIFICAR EL SALARIO MODIFICAR EL CARGO MODIFICAR AFP Y/O EPS FECHA DE NACIMIENTO Ingresamos a la página luego ingresamos en el Link Para Las Empresa y selecciona ARP posterior a esto Servicio OnLine, ingresa usuario y contraseña y continuamos con los siguientes pasos: ARP Novedades Novedades Trabajador Dependiente Digitamos el número de cédula y aceptar, luego click en el número de cédula y le marca tipo de novedad MODIFICACION GENERAL (MOD) después de modificado los datos si desea se puede imprimir esta actualización. REQUIERE GENERAR LA CERTIFICACIÓN DE AFILIACIÓN DE UN TRABAJADOR PARA ADJUNTARLA A LA HOJA DE VIDA. Ingresamos a la página luego ingresamos en el Link Para Las Empresa y

2 selecciona ARP posterior a esto Servicio OnLine, ingresa usuario y contraseña y continuamos con los siguientes pasos: ARP Certificaciones Trabajadores A Empresas, escribimos el número de cédula, click en la palabra buscar y nuevamente click en el número de cédula. Por ultimo si desea generar la certificación CON LOGO O SIN LOGO de Bolívar y click en generar. ESTOY TRATANDO DE REPORTAR UN ACCIDENTE DE TRABAJO PERO EN EL CAMPO DE EMPLEADOR NO ME PERMITE DIGITAR NINGUNA INFORMACIÓN. Debe solicitar activación a través de la RED 322 opción 6 o al número AL REPORTAR UN ACCIDENTE DE TRABAJO APARECE EL SIGUIENTE MENSAJE DE ERROR: NO SE ENCUENTRA PÓLIZA PARA EL TRABAJADOR EN LA FECHA DEL ACCIDENTE Debe llamar a la RED 322 opción 6 o al número AL REPORTAR UN ACCIDENTE DE TRABAJO, EL NÚMERO DE CÉDULA DEL TRABAJADOR O EL NOMBRE SON DIFERENTES A LOS DATOS CONSIGNADOS EN TRONADOR En la página web los datos que no se pueden modificar directamente son Nombres, Apellidos, Sexo y número de cédula, en este caso se debe llamar a la RED 322 Opción 6 y enviar la fotocopia de la cédula al Fax opción 4 ó enviar correo arpbolívar@segurosbolivar.com y adjuntar fotocopia de cédula escaneada. AL INGRESAR A LA PÁGINA DE INTERNET APARECE EL MENSAJE DE INTERNET EXPLORER TIENE UNA CUENTA DE CORREO A DONDE LO PODAMOS CONTACTAR AL DAR UN CLIC EN ACEPTAR NO SOLICITA LA CUENTA DE CORREO ELECTRÓNICO Y PERMITE CONTINUAR CON LA CONSULTA Para desbloquear estos elementos debe seguir los siguientes pasos: Primer paso: Ingresar a Herramientas Bloqueador elementos emergentes Hacer Click en Desbloquear elementos emergentes Segundo paso:

3 Ingresar a Herramientas Hacer click en configuración de elementos Cambiar configuración a nivel de filtro bajo Finalmente seleccionar Permitir Elementos Emergentes Sitios Seguros y oprimir ACEPTAR AL CREAR UN CENTRO DE TRABAJO EN LA PÁGINA DE INTERNET, CON QUÉ CLASE DE RIESGO SE DEBE REGISTRAR? Llamar a la RED 322 Opción 4 al número CÓMO SE HACE PARA PODER IMPRIMIR LOS CARNETS DE LOS TRABAJADORES POR LA PÁGINA DE INTERNET? Enviar carta a la Dirección Administrativa ARP firmada por el Representante Legal de la empresa solicitando habilitar la opción de Impresión de Carnets y para la papelería enviar un correo a arpbolívar.@segurosbolívar.com, especificando la cantidad, dirección y persona a la cual se le va a enviar la papelería. EN EL MOMENTO DE REPORTAR UNA NOVEDAD DE INGRESO DE TRABAJADOR NO PERMITE SELECCIONAR EL CENTRO DEL TRABAJO AL CUAL SE VA A INCLUIR PORQUE ÉSTE NO REGISTRA, PERO YA FUE INCLUIDO CON ANTELACIÓN. Para crear centro de trabajo debe ingresar de la siguiente manera: Ingrese a la opción Arp Click en Administración de Empresas Luego ingrese por Asignación de Empresas x Usuario Marque la casilla para asociar la empresa tanto a mano Derecha como a la Izquierda Y por ultimo Click en el nuevo centro de trabajo posterior a esto grabar, click en aceptar AL MOMENTO DE TRATAR DE INGRESAR UN NUEVO TRABAJADOR Y DAR CLICK EN LA LISTA DE VALORES NO SE VISUALIZA EL LISTADO DE CARGOS. Tiene un bloque de seguridad y no le permite desplegar la pantalla donde solicita la dirección de correo A CUANTAS A.R.P. PODRA AFILIAR EL EMPLEADOR A SUS TRABAJADORES? Los empleadores solo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos profesionales de todos sus trabajadores con UNA sola ARP.

4 A QUE SERVICIOS MÉDICOS TIENE DERECHO UN TRABAJADOR QUE HA PRESENTADO UN ACCIDENTE DE TRABAJO O UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL? De acuerdo al Decreto 1295 de y a ley 776 de el trabajador que presente un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, tiene derecho a las siguientes prestaciones: PRESTACIONES ASISTENCIALES *Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica. *Servicios de hospitalización. *Servicio odontológico. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento. *Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomienda. *Rehabilitaciones física y profesional. *Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios. ARP BOLIVAR, presta estos servicios a sus afiliados con una red nacional de instituciones que cuentan con la infraestructura y profesionales competentes, para el desarrollo de adecuados procesos de rehabilitación. CÓMO AFILIO MI EMPRESA A ARP BOLIVAR? Debe comunicarse telefónicamente con el área comercial de cualquiera de nuestras oficinas. CÓMO REPORTAR LA NOVEDAD DE INGRESO O RETIRO DE UN TRABAJADOR? Las novedades de ingreso y retiro pueden reportarse de la siguiente manera:* Reportarlas a través de nuestra pagina Enviando el FORMATO DE NOVEDADES DE TRABAJADORES (At-013) directamente a nuestras oficinas. Enviar el formato de NOVEDADES DE TRABAJADORES diligenciado vía fax. CÓMO SE PROCESA EL PAGO DE LAS INCAPACIDADES TEMPORALES GENERADAS POR ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL? Para procesar el pago de la incapacidad temporal deberá presentar el original del Certificado de Incapacidad (no se aceptan fotocopias, ni copias del original) en nuestras oficinas de ARP BOLIVAR. Para que el certificado de Incapacidad sea valido no debe presentar tachones ni enmendaduras, y debe contener por lo menos la siguiente información: nombre del paciente, número de cédula, numero de días de incapacidad en numero y/o letras especificando la fecha de inicio, diagnóstico, firma y registro del médico tratante. El certificado de Incapacidad debe ser expedido en papel membreteadode la entidad emisora. Para su control, la copia del certificado de Incapacidad se sellará en el momento de la recepción por parte de nuestras oficinas. CÚAL ES EL VALOR A RECONOCER POR UNA INCAPACIDAD TEMPORAL? El subsidio por este concepto es el 100% del salario base de cotización, calculado desde el día

5 siguiente al que ocurrió el accidente de trabajo. Adicionalmente por disposición legal, se reconocerá el valor de los aportes patronales al sistema general de salud y de pensiones. Los funcionarios de los CAS a nivel nacional deberán recibir todas las solicitudes que presenten los afiliados, colocando en todos los documentos sello de recibido con fecha y nombre del funcionario que Recibe. Esta información debe ser remitida a la OFP, en las planillas diseñadas para tal fin, en un término no mayor a dos días, de la fecha de recibido. CUÁLES SON LOS TEMAS QUE SE TRATAN EN LA CAPACITACIÓN ADMINISTRATIVA? Los temas son: * Aspectos legales básicos. * Procedimientos de ingreso y retiro de funcionarios. * Acceso y manejo de nuestra página * Manejo del software de Autoliquidación. * Cómo efectuar el pago de los aportes. * Qué hacer en caso de que se presente un accidente de trabajo. * Procedimientos para el pago de prestaciones económicas. * Cómo utilizar el servicio de Teléfono Verde. CUÁNDO DEBO REPORTAR LA NOVEDAD DE INGRESO? El ingreso de un trabajador debe informarse a ARP BOLIVAR con anterioridad, para evitar que el trabajador este desprotegido el primer día de labores en la empresa. Se puede realizar el ingreso hasta con quince (15) días de anterioridad a través de la página Web CUÁNDO DEBO REPORTAR LA NOVEDAD DE RETIRO? El retiro de un trabajador debe informarse a ARP BOLIVAR el mismo día en que ocurra, o a través de la página Web adicional, se puede reportar la novedad de retiro hasta con quince (15) días de anterioridad. EL NUEVO TRABAJADOR CUANDO QUEDA PROTEGIDO POR ARP? La cobertura se inicia a partir del día siguiente a aquel en que fue recibida la novedad de ingreso en la Administradora de Riesgos Profesionales. EN DÓNDE PUEDO PAGAR? En la RED DE OFICINAS DE DAVIVIENDA, con la planilla de autoliquidación forma AT-007, y la tarjeta empresarial.

6 EN EL MOMENTO EN QUE UNA EMPRESA SE TRASLADA A OTRA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES, LE PUEDEN DISMINUIR LA TASA DE COTIZACIÓN? No, deberá permanecer en el mismo riesgo y con la misma tasa de cotización por tres meses. Sólo en caso que requiera una reclasificación, se podrá realizar una vez se cumplan 90 días contados a partir del inicio de cobertura con la nueva ARP. EN QUE MOMENTO SE HACE EFECTIVA LA NUEVA AFILIACION? Si la empresa llega de traslado de otra ARP, la afiliación se hará efectiva a partir del primer día calendario del segundo mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de traslado efectuada por el afiliado ante la nueva entidad administradora. En el caso que la empresa se afilie por primera vez al sistema de seguridad de riesgos profesionales, la cobertura se inicia a partir del día siguiente a aquel en que efectuó la afiliación. EXISTE UN MANUAL DE CONSULTA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS? Si existe, el cual se entregará con la póliza, en éste se explican los procedimientos administrativos y operativos para las empresas afiliadas a ARP BOLIVAR. PUEDO REPORTAR LAS NOVEDADES DE INGRESO Y RETIRO EN LA PLANILLA DE AUTOLIQUIDACIÓN? Las novedades de ingreso y retiro que se registran mensualmente, en la planilla de Autoliquidación, le indican a ARP BOLIVAR los días de cotización, pero no es el mecanismo adecuado para informar este tipo de movimientos, por lo tanto se debe utilizar la página web el Formato de Ingreso y Retiro de Trabajadores (AT-003), el cual puede ser entregado en las oficinas de Arpo enviado vía fax. QUÉ GESTIÓN DEBO REALIZAR SI A ALGUNO DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS EXTRAVIÓ O LE ROBARON EL CARNET? Efectúa la solicitud, indicando que se trata de una pérdida o robo, a través del teléfono verde en Bogotá y fuera de Bogotá al QUÉ DEBO HACER SI ALGUNO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA NO RECIBIÓ EL CARNET? Verificar que se haya reportado la novedad de ingreso a través de nuestra página

7 o, Si lo prefiere, puede comunicarse con el Teléfono Verde en Bogotá y fuera de Bogotá al QUÉ DEBO HACER SI DETECTO QUE EL CARNET PRESENTA INCONSISTENCIAS EN LA INFORMACIÓN? Se puede comunicarse con el Teléfono Verde en Bogotá y fuera de Bogotá al A QUÉ SERVICIOS DE PREVENCIÓN TIENE DERECHO UNA EMPRESA AFILIADA A LA ARP? Según el Artículo 35, del Decreto 1295 de 1994, la ARP prestará los siguientes... a) Asesoría técnica básica para el diseño del programa de salud ocupacional en la respectiva empresa. b) Capacitación básica para el montaje de la brigada de primeros auxilios. c) Capacitación a los miembros del comité paritario de salud ocupacional (...) d) Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables (...) QUIÉN NOS PUEDE ASESORAR EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS O DE ACCIDENTES EN LA EMPRESA? Nuestro Asesor de Prevención le puede orientar en la Asesoría que le presta la ARP. Tomar los datos de la Empresa (NIT, nombre, dirección, teléfono) y de la persona contacto para los servicios (nombre, cargo) y reportarlos al Asesor de Prevención. CÓMO REPORTO UNA INCONFORMIDAD CON LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE LA ARP? Puede hacerlo a través del Teléfono Verde , a nivel nacional, o al en Bogotá, en donde tomarán sus datos y la queja y posteriormente lo llamarán con una respuesta. QUÉ ES UN ACTO SUBESTANDAR O INSEGURO? Es la ejecución de un acto considerado inseguro por una norma de seguridad industrial que ocasiona o puede ocasionar un accidente de trabajo. Es el trabajador quien lo realiza. QUÉ ES UN PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS?

8 Es un mecanismo de prevención dentro del programa de seguridad industrial que busca detectar riesgos que puedan generar accidente de trabajo. QUÉ ES UNA CONDICIÓN SUBESTANDAR O PELIGROSA? Es la presencia de riesgo en el ambiente de trabajo derivada de las instalaciones, equipo o proceso de trabajo. No depende del trabajador. QUÉ HAGO EN CASO DE SE PRESENTE UN ACCIDENTE DE TRABAJO Y SE REQUIERA EL SERVICIO MÉDICO? Comuníquese con el Teléfono Verde en Bogotá y fuera de Bogotá al Informe el nombre de la empresa afiliada, nombre y cédula del trabajador accidentado, la lesión sufrida y la dirección donde se encuentra. 2. Si requiere orientación de primeros auxilios, solicítela al médico que lo atiende en la línea. 3 LINEA MEDICA BOLIVAR coordinará tanto el traslado del funcionario accidentado como la atención en la clínica más adecuada. 4. Diligencie el reporte de accidente de trabajo, este será solicitado en el centro asistencial. 5. En caso de que se trate de una urgencia vital, traslade al paciente a la clínica o al hospital más cercano e informe a la Línea Médica. QUÉ PASA SI NO LE INFORMÓ A ARP EL INGRESO DE UN NUEVO FUNCIONARIO? Además de las sanciones legales, el empleador deberá asumir las prestaciones asistenciales y económicas que se generen por concepto de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que puedan presentarse. QUÉ PASA SI UN EMPLEADOR NO AFILIA A SUS EMPLEADOS A UNA A.R.P.? Como es una obligación para todos los empleadores afiliar a sus trabajadores a una Administradora de Riesgos Profesionales, aquel que incumpla esta obligación, además de las sanciones legales, deberá responder por las prestaciones tanto económicas como asistenciales que establece la ley de seguridad social. QUÉ PUEDE HACER LA EMPRESA PARA QUE EL PROCESO DE REHABILITACIÓN SEA EFICAZ? * Informar lo antes posible a ARP BOLIVAR, de la ocurrencia de los accidentes de trabajo. * Radicar en forma rápida las incapacidades temporales de sus trabajadores (idealmente al día siguiente de su expedición).

9 * Generar los espacios y el ambiente adecuado en la empresa para el retorno del trabajador, bien sea en su mismo sitio de trabajo sin modificaciones, en el mismo puesto de trabajo con modificaciones o reubicado en otro puesto de trabajo, de manera que el trabajador pueda emplear su capacidad laboral de una forma productiva y agradable. QUÉ SE DEBE HACER UNA VEZ A TERMINADO EL PERIODO DE INCAPACIDAD TEMPORAL? Una vez finalizado el período de incapacidad temporal el trabajador debe retorna a su trabajo, siguiendo las recomendaciones establecidas por su médico tratante, de acuerdo con lo establecido por la ley 776 de Al terminar el período de incapacidad temporal, los empleadores están obligados, si el trabajador recupera su capacidad de trabajo, a ubicarlo en el cargo que desempeñaba, o a reubicarlo en cualquier otro para el cual esté capacitado de la misma categoría. Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes, para lo cual deberán efectuar los movimientos de personal que sean necesarios. En caso que el trabajador o la empresa requieran asesoría para el proceso de reincorporación al trabajo, esta puede ser solicitada al área de Prevención o de Medicina laboral de ARP BOLIVAR, en la regional correspondiente. QUÉ SUCEDE SI NO REPORTO EL RETIRO DEL TRABAJADOR? Si no reporta los retiros de los funcionarios, la información que maneja ARP BOLIVAR estará desactualizada y se generará cartera por los trabajadores que aún aparecen vinculados. QUIÉN ELIGE A CUAL ARP AFILIAR A LOS TRABAJADORES? La selección de la ARP es de libre y voluntaria escogencia por parte del empleador. QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES DEL PROCESO DE REHABILITACIÓN? Para obtener un retorno laboral eficaz y adecuado, es necesario un trabajo conjunto entre TRABAJADOR, FAMILIA, EMPRESA Y ARP, que permita la readaptación exitosa del trabajador a su vida laboral.

10 PREGUNTASMÁS FRECUENTES SOBRE LA AFILIACIÓNDE INDEPENDIENTES EN QUÉ CONSISTE EL DECRETO 2800 DEL MINISTERIO DE PROTECCIÓNSOCIAL? El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2800 mediante el cual se reglamenta parcialmente el literal b del artículo 13 del Decreto Ley 1295 de 1994 sobre la afiliación de personas independientes al Sistema de Riesgos Profesionales. EN QUÉ CONSISTE LA AFILIACIÓN DE INDEPENDIENTES AL SISTEMA DE RIESGOS Y QUIÉNES PUEDEN AFILIARSE? Es importante advertir que se trata de una afiliación voluntaria, a diferencia de las personas que tienen contrato laboral y que deben afiliarse obligatoriamente. Esta reglamentación se aplica a las personas que tengan celebrados contratos con algún contratante sean estos contratos de carácter civil, comercial o administrativos y en todo caso diferentes del contrato laboral. TODOS LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DEBEN AFILIARSE? No son todos, son aquellos trabajadores independientes que deben realizar personalmente la labor que se pretenda asegurar en Riesgos Profesionales. Es decir, aquellos que ejecutan directamente la labor y no tienen un patrono o empleador. El trabajador independiente debe contar con un contrato por escrito o, si es verbal, en el formulario de afiliación al Sistema de Riesgos deberá constar el lugar y las funciones que realizará, la clase de riesgo, el centro de trabajo y el horario. En todo caso, el independiente que se pretenda afiliar, deberá tener celebrado un contrato que tenga un período de vigencia superior a tres meses. QUIÉN AFILIA AL TRABAJADOR INDEPENDIENTE? El trabajador independiente deberá afiliarse a través de su contratante, es decir la empresa o persona para la cual presta sus servicios, mediante un formulario que determine la Superintendencia Bancaria. En el formulario deberá constatar la actividad que realizará, el lugar donde se prestará el servicio, la clase de riesgo, el centro de trabajo y el horario. QUÉ INFORMACIÓN SE REQUIERE PARA LA AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES? Además del diligenciamiento y envío del formulario de afiliación, se debe de enviar certificación de la afiliación a los Sistemas de Salud y Pensiones y copia del Contrato cuando este se realice por escrito.

11 CUÁNDO INICIA COBERTURA EL TRABAJADOR QUE DECIDE AFILIARSE AL SISTEMA DE RIESGOS? El trabajador deberá expresar por escrito en el contrato o en el formulario de afiliación, su intención de afiliarse al Sistema, y una vez hecha su manifestación el contratante tiene 2 días para afiliarlo y su cobertura empieza al día siguiente calendario al de la afiliación. EL TRABAJADOR INDEPENDIENTE PUEDE AFILIARSE SÓLO A RIESGOS PROFESIONALES? No, debe estar previamente afiliado a todo el Sistema de Seguridad Social, es decir previamente afiliado a Salud y Pensiones. UN TRABAJADOR INDEPENDIENTE PUEDE ESTAR AFILIADO A VARIAS ARP? Sí. Si el contratista que sea trabajador independiente tiene varios contratos deberá cotizar por todos ellos, afiliándose a las administradoras que esté afiliado el contratante que demande sus servicios. CÓMO COTIZA EL INDEPENDIENTE? La cotización la paga en su totalidad el trabajador, salvo que el contratante decida asumir la cotización y en todo caso el responsable del descuento y pago es el empresario contratante, pudiéndose pactar pago anticipado de las cotizaciones. QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL RECAUDO DEL TRABAJADOR INDEPENDIENTE? El Empresario contratante está obligado a descontar y cotizar al Sistema de Riesgos por todos los contratistas trabajadores independientes una vez afiliados. CÓMO SABE EL TRABAJADOR INDEPENDIENTE CUÁNTO DEBE PAGAR AL SISTEMA? El régimen de cotizaciones es el mismo de los trabajadores dependientes y sólo se contempla una diferencia, en tanto tiene en cuenta en algunos casos el oficio desempeñado, para el caso en que el oficio y la clase de riesgos del centro de trabajo donde labore sea diferente, deberá cotizar por el riesgo más alto. No se podrá cotizar por un valor inferior al ingreso reportado en el Sistema General de Salud y de Pensiones, ni con una base inferior a dos salarios mínimos, ni superior a veinticinco. El ingreso base de cotización deberá calcularse con el valor neto de los honorarios, deduciendo gastos y en todo caso nunca inferior al 40% del ingreso total. Si no se estipula un valor mensual éste se calcula dividiendo el valor total del contrato por el número de meses de vigencia. El monto de las cotizaciones estará entre el 0.348% y el 8.7% igual que para los dependientes.

12 QUÉ EFECTO TIENE LA MORA POR EL NO PAGO DE LAS COTIZACIONES? Existen los mismos efectos que plantea el Sistema para los trabajadores dependientes como es la desafiliación automática. Pero aplicable sólo al independiente, es decir que si no se paga por un independiente sólo él será desafiliadodel Sistema y no todos los demás trabajadores de la empresa o demás independientes con el mismo contratante. CÓMO SE CALCULAN LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS PRODUCTO DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL DEL INDEPENDIENTE? El ingreso base de liquidación de las prestaciones no sufre modificación frente a lo establecido para los dependientes, que son seis meses o fracción para accidente o un año o fracción para enfermedad. VARÍAN LAS DEFINICIONES DE ACCIDENTE DE TRABAJO, ENFERMEDAD PROFESIONAL O LAS PRESTACIONES ASISTENCIALES O ECONÓMICAS DEL SISTEMA? No. La definición de accidente y enfermedad, así como las prestaciones son las mismas de todo el Sistema de Riesgos, tanto para dependientes como para los independientes. QUÉ OBLIGACIONES TIENEN LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES FRENTE AL SISTEMA DE RIESGOS? Se le imponen obligaciones a los trabajadores independientes en materia de prevención, sobre el cuidado de su salud, participación de las actividades de salud ocupacional de las empresas donde presten sus servicios y cumplir las normas sobre el tema, así como la utilización de elementos de protección personal. SE PUEDEN AFILIAR LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE ACTUALMENTE ESTÁN PRESTANDO SERVICIOS EN LAS EMPRESAS? Sí. Se estableció un régimen de transición para los actuales trabajadores independientes que deseen ingresar al Sistema, los cuales podrán hacerlo manifestando su intención a través de una cláusula en el contrato o en el formulario de afiliación, donde se indique la actividad que realizan, el lugar donde prestan el servicio, los honorarios que reciben. A CUÁLES TRABAJADORES INDEPENDIENTES NO COBIJA ESTA REGLAMENTACIÓN? ste decreto no reglamenta totalmente el ingreso de personas independientes al Sistema, quedando por fuera todo aquel que no tiene un contrato celebrado con otra persona natural o jurídica, vale decir los profesionales independientes de profesiones liberales tales como médicos en sus consultorios particulares, abogados litigantes sin ninguna vinculación específica, ingenieros, entre otros. En síntesis aquellos que no prestan servicios en las condiciones establecidas en este decreto. Tampoco cobija a

13 las personas de la economía informal. Finalmente es importante anotar que en todo lo no regulado por el decreto de independientes, se aplican las demás disposiciones del Sistema, es decir el decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2.002, entre

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