REGLAMENTO DE VIAJES Y VIÁTICOS

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1 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL REGLAMENTO DE VIAJES Y VIÁTICOS Versión 01 junio 2010

2 CONTENIDO TITULO I... 3 CAPITULO I... 3 GENERALIDADES... 3 Articulo 1. Objetivo... 3 Articulo 2. Alcance... 3 Articulo 3. Base Legal... 3 CAPITULO II... 4 DE LOS VIÁTICOS... 4 Articulo 4. Definiciones... 4 Artículo 5. Categoría de pasajes... 4 Articulo 6. Viaje en Comisión de Servicio Artículo 7. Autorización Articulo 8. Previsión Presupuestaria Articulo 9. Responsable de la administración... 6 Articulo 10. Categorías... 7 Artículo 11. Clasificación y Condiciones de los Viáticos Articulo 12. Escala de Viáticos... 8 Artículo 13. Cálculo de viáticos... 9 Artículo 14. Asignación de las Comisiones CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE VIÁTICOS Artículo 15. Procedimiento CAPITULO IV DE LOS PASAJES Articulo 16. Dotación de Pasajes Articulo 17. Medio de Transporte Articulo 18. Solicitudes de Pasajes Articulo 19. Asignación de vehículos Oficiales Articulo 20. Reconocimiento de Pasajes CAPITULO V DE LOS INFORMES Y DESCARGOS Articulo 21. Descargo del viaje: informe pasajes y viáticos Articulo 22. Cobros Indebidos y Descargos Articulo 23. Viáticos desembolsados y no utilizados Articulo 24. Autorización de Pago de Viático sin Haber Efectuado Descargados por Comisiones Anteriores TITULO II CAPITULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Articulo 25. Control de la Norma Artículo 26. Revisión y actualización... 17

3 3 de 23 Acta No. REGLAMENTO DE VIÁTICOS TITULO I CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1. Objetivo El presente Reglamento de Viáticos, tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos necesarios para la cancelación de pasajes y viáticos a los servidores que prestan servicios en el F.P.S. Articulo 2. Alcance Su alcance comprende a la totalidad de los Servidores Públicos del F.P.S. en sus distintos niveles jerárquicos en función activa y bajo relación de dependencia, y los funcionarios (consultores de línea y por producto) que tengan relación laboral bajo contrato. En el caso de consultores de línea y por producto el contrato de trabajo deberá especificar si la institución asume o no los gastos de eventuales viajes que deba realizar dicho personal. Articulo 3. Base Legal El presente reglamento para la asignación de pasajes y viáticos del F.P.S. tiene como base legal: Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 Decreto Supremo Nº 0400 Decreto Supremo Nº A

4 4 de 23 Acta No. CAPITULO II DE LOS VIÁTICOS Articulo 4. Definiciones Para efectos del presente Reglamento de establecen la siguiente definición: Viático, es la cantidad de dinero que otorga el F.P.S. a sus Servidores, destinada a gastos de alojamiento y alimentación en los lugares de destino, cuando deben cumplir Comisiones de Servicio Temporal fuera de la sede de sus funciones. El nivel jerárquico de categoría y la escala de viáticos para los servidores del sector público se encuentran regulados en el Decreto Supremo Nº Artículo 5. Categoría de pasajes Los servidores públicos bajo dependencia del F.P.S., servidores que deban realizar viajes por vía aérea, están comprendidos en la categoría Clase Económica de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 del D.S. Nº Articulo 6. Viaje en Comisión de Servicio. Viaje o desplazamiento temporal del Servidor Público al interior (ciudad, municipio, cantón o comunidad) o exterior del país, a efectos de cumplir tareas relacionadas a las actividades del F.P.S., e instruidas por la Máxima Autoridad de la Unidad Organizacional con señalamiento de tiempo de duración. Artículo 7. Autorización. Se establecen los siguientes niveles de autorización para el cumplimiento de los viajes en comisión de servicio: A. Exterior En caso de viajes del Director Ejecutivo, Gerentes y demás personal, estos deberán ser autorizados mediante Resolución del Directorio Único de Fondos (D.U.F.), las mismas que serán remitidas a la Gerencia de Finanzas, para proceder al pago de los Viáticos. Previamente a la puesta en consideración del D.U.F. los viajes al exterior de cualquier funcionario del F.P.S., deberán tener una aprobación interna con resolución de Comité Ejecutivo.

5 5 de 23 Acta No. La documentación para proceder con la solicitud deberá contar con Certificación Presupuestaria, categoría a la que pertenece el servidor público y costo de los pasajes. Con la aprobación del Comité Ejecutivo en primera instancia y del D.U.F. en segunda y definitiva instancia todas las solicitudes aprobadas serán remitidas a: - La Jefatura de Gestión de Recursos Humanos y a la Jefatura de Gestión de (oficina central) quien iniciará los trámites correspondientes para el pago de Viáticos. - Jefe de Administración y Finanzas (nivel desconcentrado) quien iniciará los trámites correspondientes para el pago de Viáticos. B. Interior A nivel central Los viajes inter departamentales a ciudades capitales, municipios y comunidades de los servidores de oficina central deberán ser autorizados mediante Memorando y solicitud de viáticos firmado por la máxima autoridad de la unidad organizacional. La solicitud de viáticos y el memorando aprobados serán remitidos a la Jefatura de Gestión de, quien iniciará los trámites correspondientes para el pago de Viáticos y a la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos. A nivel departamental Los viajes inter departamentales a ciudades capitales, municipios y comunidades de los servidores de las oficinas departamentales serán autorizados mediante Memorando y solicitud de viáticos firmado por su respectivo Gerente Departamental. La solicitud de viáticos y el memorando aprobados serán remitidos al Jefe de Administración y Finanzas para el inicio de los trámites correspondientes al pago de viáticos, y los pasajes si corresponde. C. Pago de viáticos en fines de semana o feriado. De acuerdo a lo estipulado en el artículo 3 del D.S. 0400: Se prohíbe el Pago de viáticos correspondientes a fin de semana o feriado, salvo en los siguientes casos : a) Cuando las actividades públicas justifiquen la presencia y función específica de un servidor público en el fin de semana o feriado, y que sean autorizados mediante resolución expresa de la autoridad competente. b) Cuando la comisión exceda los 6 días hábiles y continuos de trabajo.

6 6 de 23 Acta No. Para el caso a) El pago de viáticos por trabajo en día sábado, domingo y/o feriado para todos los servidores de la institución deberá ser autorizado con Resolución Administrativa del Director Ejecutivo. Para el caso b) En función a que la comisión original excede los seis días bastará con la autorización en el memo correspondiente de la máxima autoridad de la unidad organizacional. Articulo 8. Previsión Presupuestaria. Para la correspondiente asignación de recursos en las partidas del presupuesto de gastos de pasajes y Viáticos, Dirección Ejecutiva, Gerencias, Jefaturas y otras unidades del F.P.S., deberán programar en el Presupuesto Institucional los gastos de Pasajes y Viáticos en las partidas correspondientes. Articulo 9. Responsable de la administración A la fecha en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa SIGMA, no ha sido implementado el Módulo de viáticos que permita la asignación de recursos a través de la transferencia directa a los Servidores Públicos dependientes del F.P.S., destinada a gastos de alojamiento, alimentación y transporte cuando cumplan comisiones de servicio fuera de la sede de sus funciones. Por esta limitación, se determina que la asignación hasta la implementación del módulo y tomando en cuenta la imposibilidad de que cada servidor cuente con su correspondiente registro de beneficiario sigma, de forma tal que el depósito de los viáticos asignados pueda realizarse en su correspondiente cuenta, se trabajará con la asignación de un fondo en avance al responsable del manejo de los viáticos, el cual debe ser administrado de acuerdo a la normativa aplicable para el manejo de fondos en avance. El Responsable de manejo del fondo de viáticos, deberá habilitar una cuenta en un banco corresponsal registrándose como beneficiario en el SIGMA. Esta asignación a nivel central estará a cargo de la Gerencia de Finanzas mediante la Jefatura de Gestión de, quien designará, a través, de memorando al Responsable de administrar el fondo de viáticos A nivel departamental el Jefe de Administración y Finanzas de acuerdo a la determinación de la gerencia departamental será el responsable de administrar el fondo de viáticos. El Responsable de Viáticos tendrá la responsabilidad de recibir las solicitudes, verificar si cumplen con los requisitos establecidos y realizar su seguimiento hasta el momento del pago y descargo o informe de los mismos.

7 7 de 23 Acta No. La administración y manejo de los recursos asignados a los responsables de viáticos tanto a nivel central como departamental se enmarcará a lo establecido en la Ley 1178 y al Decreto Supremo A de Responsabilidad por la Función Pública. Articulo 10. Categorías De acuerdo a la clasificación por categorías establecida en el Decreto Supremo Nº 0400 para los servidores públicos corresponde en el F.P.S. PRIMERA CATEGORÍA (según D.S. Nº 0400): No se aplica a servidores del F.P.S. SEGUNDA CATEGORÍA (según D.S. Nº 0400): Comprende: Director Ejecutivo. TERCERA CATEGORÍA (según D.S. Nº 0400): Comprende: A todo el personal de la institución excepto el Director Ejecutivo Artículo 11. Clasificación y Condiciones de los Viáticos. De acuerdo con la naturaleza, destino y duración de la comisión, se otorgarán Viáticos completos y/o parciales, conceptos que serán definidos en el presente reglamento, tomando en cuenta la siguiente clasificación: I) Según el Destino de la Comisión a) Internacional: b) Nacional: Al exterior del país. A capitales de departamento, incluye lugares dentro de su área inmediata de influencia. A capitales de provincia, municipios o lugares donde se ejecutan proyectos. II) Según la duración de la Comisión: a) Viático Completo:

8 8 de 23 Acta No. Se cancelará Viático completo cuando se cumpla 24 horas consecutivas de comisión de acuerdo a las escalas definidas en el artículo 12 cuadro Nº1 tanto en área urbana como rural. b) Viático Parcial: La cancelación de Viático parcial será determinada, de acuerdo a lo siguiente: En caso de que el servidor público comisionado cuente con el hospedaje en el lugar de destino, ya sea por parte de la institución u otro patrocinante le corresponderá el 70% de Viático diario (diario=24 horas de comisión). Si el servidor público comisionado recibe alimentación y hospedaje ya sea por la institución u otro patrocinante, en el lugar de destino, le corresponderá el 25% de viático diario (diario=24 horas de comisión). Cuando los viajes al interior del país demanden la permanencia del servidor público en un solo lugar por más de quince (15) días, se reducirá el viatico al setenta por ciento (70%) (diario=24 horas de comisión) para los días restantes. En los casos que no se cumplan las 24 horas se pagará las siguientes fracciones para todos los destinos que no sean áreas periurbanas. Tiempo Viático Ocho (8) horas cumplidas Un tercio (1/3) del viático diario Dieciséis (16) horas cumplidas Dos tercios (2/3) del viático diario Por menos de ocho horas de comisión no se reconocerá ningún viatico c) Se reconocerá un viático de 20 Bs. por desplazamientos a áreas periurbanas (circundantes a las ciudades capitales) siempre y cuando se justifiquen 8 o mas horas de comisión. Articulo 12. Escala de Viáticos A efectos del presente reglamento se considera desplazamiento a área urbana todos los viajes desde el lugar de origen a otros departamentos (viajes interdepartamentales) sin que necesariamente comprenda solo ciudades capitales, pudiendo incluir municipios o provincias u otros en el itinerario. A efecto del presente reglamento se considera desplazamiento a área rural todos los viajes desde el lugar de origen a ciudades intermedias, capitales de provincia, cantones, comunidades y otros que estén dentro de los límites departamentales (no entran en esta categoría las áreas peri urbanas a las capitales de departamento cuyo monto esta definido en el articulo 11 parágrafo II inciso c) )

9 9 de 23 Acta No. De acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del D.S la escala de viáticos es la siguiente. Categoría Cuadro Nº 1 ESCALA DE VIATICOS SEGÚN CATEGORIA Exterior Exterior Interior Área Países Tipo A* Países Tipo Urbana ($us/día) B** ($us/día) (Bs/día) Interior Área Rural (Bs/día) Segunda Categoría Tercera Categoría * Países Tipo A: Los comprendidos en Europa, Asia, África y Norte América ** Países Tipo B: Los comprendidos en Centro, Sud América y el Caribe. Artículo 13. Cálculo de viáticos El cálculo de viáticos para cada servidor se realizará en función al itinerario de la comisión (número de días y horas que llevará su comisión) definiendo la hora de salida al destino indicado, como la hora de arribo del día de retorno. El cálculo de la comisión se realizara a partir de la salida del servidor desde su lugar de origen hasta la hora de retorno a la misma. El viatico completo se pagara por 24 horas cumplidas de comisión y viatico parcial por cada ocho horas cumplidas de comisión, por menos de ocho horas de comisión no se reconocerá ningún viatico. En el anexo 4 se presentan ejemplos para el cálculo de viáticos según el itinerario de la comisión. Artículo 14. Asignación de las Comisiones. Las comisiones de servicio serán asignadas por el Director Ejecutivo, los Gerentes de Área, (máxima autoridad de la unidad organizacional) a nivel central y a nivel departamental por el Gerente Departamental (máxima autoridad de la unidad organizacional); a los encargados de la actividad a desarrollar, con especificación de la duración y el destino de la misma. La ampliación y/o cambio de destino se deberá justificar por escrito dentro de las 48 horas posteriores al día de retorno, para el reconocimiento de la ampliación de días y el consiguiente pago de Viáticos por tiempo excedente. Así mismo el retorno antes del tiempo estipulado en el memorando de viaje, se deberá justificar por escrito para la correspondiente devolución de los viáticos, por los días que no se cumplió la comisión asignada.

10 10 de 23 Acta No. Se deberá justificar mediante informe refrendado por la Máxima autoridad de la unidad organizacional, la suspensión del viaje y/o las modificaciones de rutas o fechas de viaje que incrementen el costo de los pasajes para evitar observaciones en las instancias de control posterior El pago de viáticos a nivel central corresponderá a la Gerencia de Finanzas, mediante la Jefatura de Gestión de, y a nivel departamental al Jefe de Administración y Finanzas. Artículo 15. Procedimiento CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE VIÁTICOS El servidor público solicitante deberá presentar los formularios Memorandum de Viaje (anexo 1 general) y Solicitud de Viáticos (anexo 2 para oficina central y anexo 3 oficina departamental); a la Máxima Autoridad de la Unidad Organizacional para su respectiva autorización de acuerdo a lo siguiente: Al Director Ejecutivo los servidores de: Asesoría Legal Auditoría Interna Unidad de Planificación O&M Unidad de Monitoreo Al Gerente Técnico y de Desarrollo los servidores que se encuentren bajo la dependencia de la Gerencia Técnica (of central) Al Gerente de Administración y Tecnología de la Información los servidores de las Jefaturas de Sistemas, de Gestión de Recursos Humanos y de Administración (of central) Al Gerente de Finanzas los servidores de las Jefaturas de Gestión de Convenios, de Gestión Financiera Institucional y de Gestión de (of central) Todos los servidores de las gerencias departamentales presentaran su solicitud al respectivo Gerente Departamental como máxima autoridad Formulario Memorandum de Viaje El formulario Memorandum de Viaje (anexo 1) deberá contener los siguientes datos: a) Cite No: - Sigla de la Dirección Ejecutiva o una de las Gerencias Nacionales según corresponda la dependencia de la unidad organizacional a la que pertenece el servidor (of central)

11 11 de 23 Acta No. En caso de las gerencias Departamentales su correspondiente sigla - Sigla de la Unidad Organizacional, - Número correlativo y año. Ej: DE ALE 001/10. b) de solicitud del viático c) Nombre: del servidor solicitante. d) Cargo: que ocupa el servidor. e) Unidad Organizacional: a la que pertenece el servidor. f) Motivo del viaje: descripción breve del trabajo a realizar g) Categoría: Según el artículo 10 del presente reglamento, anotar la categoría a la que pertenece el servidor. h) Viaje a: nombre del lugar de destino i) No. de días: por los cuales se solicita viático (de acuerdo al itinerario definido que puede incluir fracciones por cada ocho horas cumplidas) j) Fecha del: fecha de salida k) Fecha al: fecha de retorno 15.2 Formulario Solicitud de Viáticos El formulario Solicitud de Viáticos (anexo 2 y 3) deberá contener los siguientes datos: a) No. de CITE, el mismo del formulario Memorandum de Pago inciso a) del punto 15.1 b) Nombre y Apellido: del servidor solicitante c) Unidad Organizacional: a la que pertenece el servidor solicitante. d) Objetivo del Viaje: descripción breve de la finalidad del viaje. e) Urbano / Rural: según corresponda se anotara el nombre lugar de destino (urbano o rural). En el caso de viaje al exterior del país se especificara el país y ciudad de destino. f) No. de días: de acuerdo al itinerario definido que puede incluir solo fracciones de día por cada ocho horas cumplidas g) Medio de transporte según el medio de transporte a emplear (aéreo o terrestre) En el apartado Liquidación se anotará h) El número de días por los cuales se solicita viático (de acuerdo al itinerario definido que puede incluir sólo fracciones por cada ocho horas cumplidas) i) El importe total del viático (en Bs o $us según corresponda) de acuerdo a: número de días de comisión, categoría del servidor y lugar destino (urbano, rural (interior del país) o al exterior del país)).

12 12 de 23 Acta No. En el caso de montos en $us se especificara el tipo de cambio oficial del día de la solicitud para la conversión correspondiente a moneda nacional. j) El descuento por IVA (13% del monto total de viático) k) El importe neto que recibirá el servidor (monto del inciso i) menos monto inciso j)). En el anexo 4 se presentan ejemplos para el cálculo de viáticos de acuerdo las definiciones establecidas en el presente artículo y en los artículos 10, 11, 12 y 13 del presente Reglamento Autorización, firmas y archivo - El formulario Memorandum de Viaje A nivel central Se entregara una fotocopia a la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos para la declaración del servidor en comisión. Se entregara un original a la Jefatura de Gestión de. Solo en caso de viajes vía aérea se entregara un original a la secretaria de la máxima autoridad de la unidad organizacional. Se archivara una fotocopia en la unidad organizacional a la que pertenece el servidor. A nivel departamental Se entregara un original al Jefe de Administración y Finanzas. Tanto a nivel central como departamental el formulario debe llevar la firma de la máxima autoridad de la unidad organizacional. - El formulario de Solicitud de Viáticos A nivel central El formulario Solicitud de viáticos llevara las firmas: del servidor solicitante (interesado), de la máxima autoridad de la unidad organizacional, el VºBº de certificación presupuestaria (detallando: fuente, organismo, partida, y fecha) y el VºBº del responsable designado del manejo de viáticos Se entregara un original a la Jefatura de Gestión de Se archivara un original en la unidad organizacional a la que pertenece el servidor solicitante. A nivel departamental El formulario Solicitud de viáticos llevara las firmas: del servidor solicitante (interesado), de la máxima autoridad de la unidad organizacional, el vºbº de certificación presupuestaria (detallando: fuente, organismo, partida, y fecha) y el vºbº del Jefe de Administración y Finanzas Departamental.

13 13 de 23 Acta No. Se entregara un original al Jefe de Administración y Finanzas para su control. Para autorizar viajes de los Gerentes Departamentales la máxima autoridad de la unidad organizacional quien firma el Memorandum de viaje como la solicitud de viáticos será el Gerente Técnico y de Desarrollo. Articulo 16. Dotación de Pasajes. CAPITULO IV DE LOS PASAJES Para todo viaje en comisión de servicio, el F.P.S. proveerá de pasajes de ida y retorno, y pagará su valor, siempre y cuando no asigne el uso de un Vehículo Oficial propio con igual fin. Articulo 17. Medio de Transporte. De acuerdo al destino de la comisión de servicios, los pasajes podrán ser aéreos o terrestres, en función de la disponibilidad de servicios de transporte público, las vías de acceso, la urgencia u otros factores similares. Articulo 18. Solicitudes de Pasajes. Las solicitudes de pasajes aéreos serán emitidas por el área interesada con un mínimo de 72 horas de anticipación. A nivel central la secretaria de la unidad organizacional será responsable de tramitar los pasajes vía aérea solicitados. A nivel departamental el Jefe de Administración y Finanzas será responsable de tramitar los pasajes. El servidor comisionado será responsable de comunicar a la Gerencia de área correspondiente y a través de esta al responsable del control con la debida anticipación, cualquier cancelación o postergación del viaje, caso contrario el recargo y/o descuento por devoluciones de viáticos no justificadas, serán recargadas al servidor que no cumplió el viaje. (of central) A nivel departamental la comunicación de la cancelación o postergación del viaje se hará al Jefe de Administración y Finanzas Articulo 19. Asignación de vehículos Oficiales.

14 14 de 23 Acta No. El área solicitante requerirá para el servidor público la asignación de un vehículo y chofer del F.P.S, solicitud que deberá realizarse con 24 horas de anticipación, el uso del vehículo se hará de acuerdo a Procedimiento de Uso de Vehículos vigente. Articulo 20. Reconocimiento de Pasajes. El costo de los pasajes vía terrestre (adquiridos por el servidor) podrá ser reembolsado al servidor previa presentación de los mismos a la Jefatura de Administración (of central), Jefatura de Administración y Finanzas (of. departamentales). En caso de que el servidor comisionado requiera contratar transporte para trasladarse dentro del Departamento hacia sus provincias o cantones, el reconocimiento de pasajes se realizará dé acuerdo a los respaldos que presente el servidor. CAPITULO V DE LOS INFORMES Y DESCARGOS Articulo 21. Descargo del viaje: informe pasajes y viáticos. El servidor público deberá presentar en el plazo impostergable de cinco días después de su retorno la siguiente documentación: - Un informe de viaje (en dos ejemplares) dirigido hacia la máxima autoridad de la unidad organizacional, con excepción del Director Ejecutivo. El Nº CITE, el mismo del memorandum de solicitud de viaje El informe debe presentar una cronología del viaje, especificando la fecha de salida y llegada del viaje, el número de días de viaje, la fecha de presentación del informe, así como una descripción de las actividades realizadas en el lugar de la comisión, y las correspondientes conclusiones y recomendaciones. - Pases a bordo (originales) de salida y retorno emitidos por la línea aérea y exigidos para abordar la aeronave (solo en caso de viaje por vía aérea) Ambos ejemplares del informe serán remitidos a la máxima autoridad de la unidad organizacional para su aprobación. A nivel central Una vez aprobado el informe una de las copias del mismo, los pases a bordo deberán ser remitidos a la Jefatura de Gestión de para su revisión final, previa su presentación para descargo a la unidad de control contable. El responsable del manejo del fondo, deberá verificar en este momento si el servidor recibió el beneficio de contar con alojamiento y refrigerios cancelados con otra fuente, en

15 15 de 23 Acta No. estos casos -de acuerdo a lo referido en el inciso b) parágrafo II del articulo 11 deberá proceder a efectuar la solicitud de devolución de viáticos, Bajo el mismo criterio verificara si el número de días solicitados en el memorandum de viaje coincide con el número de días (u horas) en comisión de trabajo especificados en el informe de viaje. En caso que no se haya cumplido la totalidad de días en comisión de trabajo se procederá a solicitar la devolución de los viáticos por el(los) día(s) u (horas) no trabajados; de la misma forma en caso que la comisión de trabajo haya excedido el número de días solicitados en el memorandum, el servidor podrá solicitar los viáticos por el(los) día(s) u horas trabajados fuera de los establecidos inicialmente, previa presentación de un documento respaldatorio justificando los motivos de la prolongación de la comisión, con el visto bueno de la máxima autoridad de la unidad organizacional a la que pertenece el servidor. La copia restante del informe se archivara en la unidad organizacional a la que pertenece el servidor. A nivel departamental Aprobado el informe será remitido conjuntamente los pasajes o pases a bordo al Jefe de Administración y Finanzas. El responsable del manejo del fondo, deberá verificar en este momento si el servidor recibió el beneficio de contar con alojamiento y alimentación cancelados con otra fuente, según lo referido en el inciso b) parágrafo II del artículo 11, deberá proceder a efectuar la solicitud de devolución de viáticos Bajo el mismo criterio verificara si el número de días solicitados en el memorandum de viaje coincide con el número de días (u horas) en comisión de trabajo especificados en el informe de viaje. En caso que no se haya cumplido la totalidad de días en comisión de trabajo se procederá a solicitar la devolución de los viáticos por el(los) día(s) u horas no trabajados; de la misma forma en caso que la comisión de trabajo haya excedido el número de días solicitados en el memorandum, el servidor podrá solicitar los viáticos por el(los) día(s) u (horas) trabajados fuera de los establecidos inicialmente, previa presentación de un documento respaldatorio justificando los motivos de la prolongación de la comisión, con el visto bueno de la máxima autoridad de la unidad organizacional a la que pertenece el servidor. Los descargos de pasajes y viáticos que no se encuentren debidamente documentados y respaldados, según el presente Reglamento, serán devueltos al interesado para su regularización en el plazo de 48 horas.

16 16 de 23 Acta No. En caso de extravío de los pasajes y/o pases a bordo, se aceptará únicamente como descargo válido, un certificado emitido por la línea aérea utilizada, que consigne la ruta, fechas, número de vuelo y costo del pasaje aéreo. Articulo 22. Cobros Indebidos y Descargos. En caso de evidenciarse que un Servidor Público comisionado, cobro indebidamente o en demasía Viáticos o Pasajes, se le aplicarán las sanciones correspondientes de acuerdo a lo establecido en la ley Al servidor que tenga informes pendientes por rendir no se le procesara el pago de viáticos para un siguiente viaje, hasta no regularizar la presentación del informe pendiente. Articulo 23. Viáticos desembolsados y no utilizados Los viáticos que no hubieran sido utilizados por el servidor debido a la cancelación del viaje o por su retorno antes de la fecha prevista, deberán ser depositados en cuenta bancaria autorizada de origen, inmediatamente a su retorno, remitiendo la papeleta de depósito y el informe correspondiente a la Jefatura de Gestión de para su registro. En casos excepcionales, previa autorización expresa de la máxima autoridad de la unidad organizacional, se podrán realizar viajes imprevistos con recursos propios del comisionado. En este caso se reembolsarán los gastos al servidor, previa presentación de toda la documentación según el tipo de viaje y, de los documentos de descargo que correspondan según el artículo 21 del presente reglamento. Articulo 24. Autorización de Pago de Viático sin Haber Efectuado Descargados por Comisiones Anteriores. En caso de que la máxima autoridad de la unidad organizacional autorice un nuevo pago de Viáticos, existiendo informes por rendir, incurrirá en falta de conformidad a lo dispuesto en la Ley 1178 específicamente en los Artículos 14, 28 y 39: Art. 14. Los procedimientos de control interno previo se aplicarán en todas las Unidades de la Institución antes de la ejecución de sus operaciones y actividades de que sus actos causen efecto. Comprende la verificación del cumplimiento de las normas que los regulan los hechos que los respaldan, así como de su conveniencia y oportunidad en función de los fines y programas de la Institución. Art. 28. La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público.

17 17 de 23 Acta No. Art. 39 Los profesionales y demás servidores públicos son responsables por los informes y demás documentos que suscriban... Articulo 25. Control de la Norma TITULO II CAPITULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Para el seguimiento y control de la aplicación en el cumplimiento del presente Reglamento son responsables la Gerencia de Finanzas, a través de la Jefatura de Gestión de, y la Gerencia de Administración y Tecnología de la Información a través de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 26. Revisión y actualización Cuando la normativa aplicada en el presente Reglamento haya perdido vigencia, la Jefatura de Gestión de en coordinación con la Unidad de Planificación Organización y Métodos y el asesoramiento de la unidad de Asesoría Legal consensuará las modificaciones y ajustes necesarios.

18 Anexo 1 FONDO NACIONAL DE INVERSION PRODUCTIVA Y SOCIAL - FPS MEMORANDUM DE VIAJE FONDO NACIONAL DE INVERSION PRODUCTIVA Y SOCIAL CITE No. FECHA : NOMBRE : CARGO: UNIDAD ORGANIZACIONAL: MOTIVO DE VIAJE : CATEGORIA : VIAJE A: No. DE DIAS : FECHA DEL : FECHA AL : MAXIMA AUTORIDAD DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL

19 Anexo 2 - Oficina Central FONDO NACIONAL DE INVERSION PRODUCTIVA Y SOCIAL - FPS SOLICITUD DE VIATICOS (VIAJES) FONDO NACIONAL DE INVERSION PRODUCTIVA Y SOCIAL No. NOMBRE Y APELLIDO: CARGO: UNIDAD ORGANIZACIONAL: OBJETIVO DEL VIAJE: URBANO: RURAL: No. DE DIAS: MEDIO DE TRANSPORTE: LIQUIDACION DIAS DE COMISION TOTAL : DESCUENTO IVA (13%) IMPORTE NETO : INTERESADO C.I. Max. Aut. Unid. Organizacional CERT. PRESUPUESTARIA GESTION DE COBRANZAS

20 Anexo 3 - Departamental SOLICITUD DE VIATICOS (VIAJES) FONDO NACIONAL DE INVERSION PRODUCTIVA Y SOCIAL No. NOMBRE Y APELLIDO: CARGO: UNIDAD ORGANIZACIONAL: OBJETIVO DEL VIAJE: URBANO: RURAL: No. DE DIAS: MEDIO DE TRANSPORTE: LIQUIDACION DIAS DE COMISION TOTAL : DESCUENTO IVA (13%) IMPORTE NETO : INTERESADO C.I. Max. Aut. Unid. Organizacional CERT. PRESUPUESTARIA Jefe de Administracion y Finanzas

21 21 de 23 Acta No. Anexo 4 - Ejemplo de cálculo de viáticos Ejemplo 1 Servidor público Profesional técnico Categoría: Tercera Comisión: Fecha de salida: 17/05/2010 Fecha de retorno: 19/05/2010 Hora de salida: 8:30 am Hora de arribo: 17:30 pm Itinerario: Viaje de la ciudad de La Paz a la ciudad de Cochabamba Viatico: Urbano Comisión Viatico Monto (Bs) Liquido pagable (Bs) 17/05/2010 (hrs 8.30) a 18/05/2010 (hrs 8:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 8.30) a 19/05/2010 (hrs 8:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 8.30) a 19/05/2010 (hrs 17:30) 9 horas (1/3 de viatico diario) TOTAL Observaciones Por 8 horas se paga 1/3 del viático diario (solo se pagarían 2/3 si se alcanzará las 16 horas) Ejemplo 2 Servidor público Profesional técnico Categoría: Tercera Comisión: Fecha de salida: 17/05/2010 Fecha de retorno: 18/05/2010 Hora de salida: 8:30 am Hora de arribo: 01:00 am Itinerario: Viaje de la ciudad de La Paz a Tiwanaku Viatico: Rural Comisión Viatico Monto (Bs) 17/05/2010 (hrs 8.30) a 18/05/2010 (hrs 01:00) 16.5 horas (2/3 de viatico diario) Liquido pagable (Bs) Observaciones Por 16 horas se paga 2/3 del viático diario TOTAL 121.2

22 22 de 23 Acta No. Ejemplo 3 Servidor público Profesional técnico Categoría: Tercera Comisión: Fecha de salida: 17/05/2010 Fecha de retorno: 20/05/2010 Hora de salida: 19:30 pm Hora de arribo: 22:00 pm Itinerario: Viaje de la ciudad de La Paz a la ciudad de Santa Cruz y a municipios de Santa Cruz Viático: Urbano (si el viaje es interdepartamental, a pesar de visitar municipios fuera de la capital del departamento de destino se mantiene el viatico urbano, de acuerdo a la definición de desplazamiento a área urbana establecida en el artículo 12. Comisión Viático Monto (Bs) Liquido pagable (Bs) 17/05/2010 (hrs 19:30) a 18/05/2010 (hrs 19:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 19.30) a 19/05/2010 (hrs 19:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 19.30) a 20/05/2010 (hrs 19:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 19.30) a 20/05/2010 (hrs 22:30) 3 horas (no se reconoce viático) TOTAL Observaciones No se reconoce viático por no cumplir el mínimo de 8 horas para acceder a 1/3 de viatico Ejemplo 4 Servidor público Profesional técnico Categoría: Tercera Comisión: Fecha de salida: 17/05/2010 Fecha de retorno: 19/05/2010 Hora de salida: 06:30 am Hora de arribo: 22:00 pm Itinerario: Viaje de la ciudad de Potosí a áreas rurales del departamento y eventual pernocte en la ciudad de Sucre. Viático: Rural (el viaje es para visitar municipios del departamento de Potosí y sólo se pernocta en Sucre para continuar viaje a otros municipios de Potosí se mantiene el viatico rural)

23 23 de 23 Acta No. Comisión Viático Monto (Bs) Liquido pagable (Bs) 17/05/2010 (hrs 06:30) a 18/05/2010 (hrs 06:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 06.30) a 19/05/2010 (hrs 06:30) 1 día completo /05/2010 (hrs 06.30) a 19/05/2010 (hrs 22:00) 15.5 horas (1/3 de viatico) TOTAL Observaciones Por 8 horas se paga 1/3 del viático diario (solo se pagarían 2/3 si se alcanzará las 16 horas)

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