ÁREA DE INTERVENCIÓN SANITARIA.

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1 ÁREA DE INTERVENCIÓN SANITARIA. Castilla y León, al igual que el resto del territorio nacional, ha experimentado en los últimos años un incremento notable de la población inmigrante atraída por el desarrollo socio-económico, las expectativas de empleo y la calidad de vida. En Castilla y León, los datos de población inmigrante reflejan como ésta presenta unos indicadores de salud, en muchos casos inferiores a los que existen en nuestra Comunidad, que deben ser atendidos profundizando en todos los mecanismos que faciliten, como primera medida, el acceso al sistema sanitario, sin olvidar dotar a planes y programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad de contenidos especialmente dirigidos a su necesidades y características. El derecho a la protección de salud no ha quedado restringido a los ciudadanos Españoles. Así, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad en su artículo 1 establece que los extranjeros tendrán garantizado el derecho a la protección de la salud en la forma que las leyes y convenios internacionales establezcan. En este sentido tanto, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, como Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, han supuesto un importante avance al reconocer a todo extranjero el derecho a la asistencia sanitaria, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en la normativa vigente. Por último, en el ámbito de Castilla y León, la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud reconoce que las personas que pertenecen a grupos específicos de riesgo serán objeto de programas sanitarios especiales y preferentes en el Sistema de Salud de Castilla y León. Dentro de este marco socio-jurídico, y de acuerdo con la Estrategia Integral para la inmigración en Castilla y León, se aborda la promoción de actividades, que dentro de las actuaciones generales que en materia de salud se realizan por la Consejería de Sanidad, contengan una especial intervención en aquellas situaciones que presente un riesgo para la salud derivado de las características particulares de la población inmigrante, bajo cuatro ejes fundamentales, fomentar la incorporación al sistema de salud, garantizar una asistencia adecuada a las circunstancias del inmigrante, formar a los profesionales de la sanidad en aquellos aspectos que permitan una mejora en la relación con los pacientes y en la asistencia sanitaria y fomentar la participación en todos los programas de promoción de la salud para lograr la total implicación e integración en el sistema de salud. Todo ello, haciendo un esfuerzo singular en relación con los menores y las mujeres, como subgrupo de especial protección. 107

2 OBJETIVO 1. Promover la incorporación de la población inmigrante a los Servicios de Salud de Castilla y León. De conformidad con lo establecido en el articulo 1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad los extranjeros tendrán garantizado el derecho a la protección de la salud en la forma que la leyes y convenios internacionales establezcan. En este sentido, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, ha supuesto un importante avance al reconocer a todo extranjero el derecho a la asistencia sanitaria. El apartado primero del artículo 1 de la Ley Orgánica 4/2000 establece que los extranjeros que se encuentran en España inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. Asimismo, el apartado segundo del citado artículo establece que los extranjeros que se encuentran en España tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la continuación de dicha atención hasta la situación de alta médica. Finalmente, la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud reconoce que las personas que pertenecen a grupos específicos de riesgo serán objeto de programas sanitarios especiales y preferentes en el Sistema de Salud de Castilla y León. MEDIDAS.- 1- Realización de una campaña para la captación precoz de personas inmigrantes 2- Prestación de una atención de urgencia para la población inmigrante atendiendo a sus circunstancias socioeconómicas y clínicas. Recursos humanos y materiales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud. Durante la vigencia del Plan 108

3 Consejería de Sanidad y Gerencia Regional de Salud Gerencia Regional de Salud. Número de tarjetas sanitarias. Número de asistencias en urgencias OBJETIVO 2. Garantizar una asistencia sanitaria adecuada a las necesidades de la población inmigrante, teniendo en cuenta no sólo sus circunstancias sanitarias, sino también aspectos sociológicos, culturales y de idioma de dicha población. La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, ha supuesto un importante avance al reconocer a todo extranjero el derecho a la asistencia sanitaria. Es más, dicha Ley Orgánica 4/2000 hace especial referencia al derecho a la asistencia sanitaria de los extranjeros menores de 18 años y al derecho de las extranjeras embarazadas a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y postparto. Asimismo, y tal como prevé la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud y la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud, los extranjeros van a tener derecho a la atención sanitaria en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. MEDIDAS 1- Incorporación de mecanismos normalizados de atención a inmigrantes, en aras a garantizar una asistencia integral y coordinada que contemple con especial sensibilidad a esta población. 2- Facilitar los medios para que los profesionales desarrollen su trabajo mediante el análisis y en su caso la puesta en marcha de sistemas de comunicación que permitan el entendimiento entre el personal del Servicio de Salud y el paciente. 109

4 3- Elaboración de guías de asistencia sanitaria para inmigrantes. 4- Elaboración de documentos específicos sobre formas de acceso al sistema sanitario, autocuestionarios de salud, pautas medicamentosas, etc., que serán traducidos a los idiomas que, atendiendo a las necesidades reales y la tipología de la población inmigrante de Castilla y León, se estime oportuno. 5- Ofrecer una atención y protección sanitaria especial a los menores y a las mujeres inmigrantes durante el embarazo, parto y posparto. - Recursos humanos y materiales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud. - Recursos de las entidades o asociaciones con las que se convenga la realización de programas de traducción de documentos e intermediarios lingüísticos. Durante la vigencia del Plan Consejería de Sanidad y Gerencia Regional de Salud Gerencia Regional de Salud Auto evaluación/ encuesta a los profesionales sobre la aceptación y eficacia de los mecanismos normalizados de atención a inmigrantes. Número de instrumentos de colaboración puestos en marcha en cuanto a sistemas de comunicación profesional del Servicio Sanitario y el paciente y número de beneficiarios. Número de documentos específicos elaborados y número de traducciones por idiomas. Número de asistencias a inmigrantes, número de mujeres embarazadas y de jóvenes. 110

5 OBJETIVO 3. Promoción de la salud y prevención de la enfermedad en la población inmigrante. Dentro de las prestaciones del Sistema de Salud de Castilla y León, cobra especial relevancia la puesta en marcha de programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad dirigidos a la población en general, pero con especial incidencia en aquellos grupos específicos de riesgo, como es el caso de la población inmigrante y en particular, los procedentes de aquellos países con indicadores de salud más desfavorables o inferiores a los de España. MEDIDAS 1- Elaboración de una guía de promoción de la salud dirigida a la población inmigrante. 2- Instrumentos de colaboración entre la Consejería de Sanidad y las asociaciones y organizaciones, que colaboren y apoyen a la población inmigrante 3- Especial difusión de los programas de salud a las asociaciones y organizaciones, que presten colaboración y apoyo a la población inmigrante. 4- Apoyo específico a la implantación del programa de detección del cáncer de cuello de útero entre la población inmigrante de grupos de riesgo especifico. 5- Apoyo específico a la implantación de programas de Educación sexual y Planificación Familiar. - Recursos humanos y materiales de la Consejería de Sanidad. - Recursos de las asociaciones y organizaciones, que colaboren y apoyen a la población inmigrante. Durante la vigencia del Plan Consejería de Sanidad 111

6 Consejería de Sanidad Encuesta a través de la Entidades y Asociaciones que colaboren y el apoyen al inmigrante sobre la aceptación y eficacia de las guías. Incremento de la población inmigrante en la incorporación a los programas de salud. Número de beneficiarias del programa de detección precoz del cáncer de cuello de útero entre población inmigrante de grupos de riesgo específico. Número de incorporaciones a los programas de Educación Sexual y Planificación familiar. OBJETIVO ESPECÍFICO 4. Mejorar la formación de los profesionales sanitarios en relación con la atención a población inmigrante. Mejorar los conocimientos de los profesionales no sólo en cuanto a los específicos problemas de salud del colectivo de inmigrantes sino también a circunstancias sociológicas y culturales, contribuirá a comprender mejor al paciente y desembocará en una mejor prestación sanitaria. MEDIDAS 1- Establecimiento de un programa de formación para el personal de atención al inmigrante 2- Realización de talleres de atención al inmigrante, dirigidos al personal. - Recursos humanos y materiales de la Consejería de Sanidad y la Gerencia Regional de Salud. 112

7 Anual Consejería de Sanidad y Gerencia Regional de Salud Gerencia Regional de Salud Participantes en los cursos y Talleres Número de actividades realizadas. Encuesta a los profesionales que permita determinar el grado de aplicación práctica y la mejora en las relaciones con el paciente derivado de la formación recibida. 113

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