CAPÍTULO I.- OBJETO DEL CONCURSO.

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1 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE R.U. Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN EL MUNICIPIO DE LEIOA (BIZKAIA) CAPÍTULO I.- OBJETO DEL CONCURSO. Art. 1º.- OBJETO. El objeto del presente Pliego de Condiciones es la contratación de los servicios de limpieza urbana, recogida y transporte de residuos sólidos urbanos (incluida la recogida selectiva de papel y cartón), así como diversos servicios complementarios, definidos en este Pliego. CAPÍTULO II.- SERVICIOS A PRESTAR. La relación de los servicios que obligatoriamente debe prestar el contratista es la que se indica a continuación. Los licitadores presentarán una oferta que incluirá todos los servicios a prestar recogidos en el presente pliego y que constituirán el Plan Básico General. No se admitirán variantes a este Plan Básico General aunque podrán completarse con propuestas de mejora, las cuales serán aceptadas o no a criterio de la mesa de contratación de este concurso. Art. 2º.- LIMPIEZA VIARIA. Incluye las operaciones de barrido, baldeo, vaciado de papeleras, recogida, eliminando todos los residuos de calzadas, aceras, paseos, soportales, etc. que tengan carácter de uso público., Art. 3º.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE BASURAS DOMICILIARIAS (R.U.). Se incluye en este apartado la recogida de residuos sólidos urbanos depositados en los contenedores o en el exterior de los contenedores en el término municipal de Leioa, la carga en camiones compactadores y su transporte al centro de tratamiento designado por el Ayuntamiento (ZABALGARBI, BERZIKLATU y puntualmente en el Vertedero de Igorre) están excluidos los residuos clasificados como: peligrosos, tóxicos, hospitalarios, industriales y aquellos derivados de la actividad económica de cualquier tipo (excepto los residuos asimilables a urbanos procedentes del pequeño comercio). Así mismo, los residuos de gran volumen de origen domiciliario también quedarán excluidos ya que para ello, existe el servicio Garbigune y el de muebles y voluminosos. 1 de 1

2 Art. 4º.- RECOGIDA DE MUEBLES Y VOLUMINOSOS DOMICILIARIOS. Incluye la recogida de muebles, electrodomésticos y otros enseres voluminosos de origen domiciliario excluyéndose los restos de obras menores.. Los materiales así recogidos serán clasificados y separados por el adjudicatario y se trasladarán al Centro de Tratamiento de residuos voluminosos BERZIKLATU en Orkonera (Abanto y Zierbana). Se realizará la recogida mediante llamada previa al teléfono publicitado para ello se dispondrá de un centro de llamadas. Este servicio no se prestará ni a comercios ni a ninguna actividad privada. Art. 5º.- LIMPIEZA DE SUMIDEROS. Se procederá a la limpieza de los sumideros del municipio. Art. 6º.- RECOGIDA SELECTIVA DE PAPEL Y CARTÓN. Se incluye en este apartado la recogida de papel y cartón depositado en los contenedores o en el exterior de los contenedores, la carga en camiones compactadores y su transporte al centro de tratamiento. Art. 7º.- DESRATIZACIÓN. Se incluyen en este apartado las actuaciones precisas para conseguir durante el período de contratación el mantenimiento de las zonas públicas del municipio y locales sujetos a contrato en niveles mínimos de presencia de roedores. Art. 8º.- ÁMBITO FUNCIONAL. El ámbito de prestación de los servicios es el término municipal de Leioa. De forma inicial, y sin perjuicio de las posibles ampliaciones o disminuciones que en el futuro puedan producirse, las zonas objeto del servicio son las siguientes: La totalidad de las calles, áreas y plazas peatonales, zonas porticadas, vías de rodadura y zonas de aparcamiento incluidas en la relación del Anexo I. Las carreteras, caminos y arroyos, estradas y márgenes de arroyos del municipio incluidos en el Anexo II. En el supuesto de que por error no aparezca citada alguna calle, carretera, camino, parque o jardín del término municipal de Leioa, se entenderá incluido en el ámbito funcional de aplicación de este Pliego. Art. 9º.- NUEVAS VÍAS. Sólo en el caso de que por el desarrollo y crecimiento urbanístico la apertura de nuevas vías suponga un incremento de los medios materiales y humanos iniciales del contrato 2 de 2

3 se producirá un incremento en el precio del contrato. Definidas las zonas motivo de la ampliación, se procederá conjuntamente con el contratista adjudicatario a asignar los medios técnicos y económicos necesarios para atender dicha ampliación, de acuerdo a los precios unitarios establecidos por el adjudicatario. La ampliación deberá ser aprobada por la Corporación, con informe previo del responsable técnico municipal. Con independencia de esta última afirmación que será de aplicación general, el licitador deberá anexar en el sobre 3 un estudio económico y el presupuesto correspondiente por separado, de aquellas áreas que a día de hoy se encuentran en avanzado estado de desarrollo urbanístico. Las mismas se irán incorporando paulatinamente al servicio a medida que acabe su ejecución y se tendrá en cuenta el precio ofertado en el presupuesto presentado en el anexo del sobre 3. A continuación se citan las áreas en avanzado estado de desarrollo: 1. - Sector 38. Área de Leioandi Área 37 Ondiz Vacante Área 14 C Earcanal Lamiako Área 45 (ascensor) Bº Txorierri Sector 35 A y 35B Larrakoetxea 6. - Torresolo 7. Viales colindantes con UPV. La información más detallada de estas Áreas se encuentra en los Documentos del Plan General de Ordenación Urbana de Leioa, sitos en la página Web municipal: Como orientación gráfica se aporta el Anexo III. 3 de 3

4 CAPÍTULO III.- DEFINICIÓN DE LOS SERVICIOS. Art. 10º. - LIMPIEZA VIARIA. Art. 10º. A. - ÁMBITO DE ACTUACIÓN Y SERVICIOS A PRESTAR. Art. 10º. A.1.- Calles, plazas y áreas peatonales. Se llevará a cabo en la totalidad de las calles de Leioa, incluidas aceras, áreas y plazas peatonales, zonas porticadas, vías de rodadura, incluso zonas de aparcamiento. También se trabajará en las escaleras, pasos subterráneos y aéreos, soportales y rampas de acceso a garajes públicos. La limpieza de urbanizaciones privadas de uso público tendrá la consideración, a efectos de limpieza, de áreas públicas, estando incluidas por tanto en este apartado. Se establecen las siguientes prestaciones a cumplir: Barrido diario manual, combinado con barrido mecánico en jornada de mañana, todos los días del año, incluidos domingos y fiestas. Baldeo mecánico de lunes a sábado, en función de necesidad estacional. Baldeo mixto diurno de lunes a sábado. En función de necesidad. Este servicio se prestará en la totalidad del municipio mensualmente. Art. 10º. A.2.- Parques y jardines. En las áreas señaladas como parques y jardines, se prestarán los siguientes servicios: Barrido diario manual combinado con barrido mecánico en las áreas pavimentadas de los parques y jardines todos los días del año, incluidos domingos y fiestas. Limpieza de las zonas verdes de los parques y jardines todos los días del año incluidos domingos y festivos, prestándose en la totalidad del municipio, semanalmente.. Art. 10º. A.3.- Parques infantiles. En los parques infantiles se prestarán los servicios de barrido manual de suelos sintéticos o especiales todos los días del año, incluidos domingos y fiestas. Art. 10º. A.4.- Carreteras, caminos, estradas, cunetas, laderas y márgenes de arroyos. Se realizará la limpieza y mantenimiento de las zonas detalladas en el Anexo II, con una frecuencia estimada cuatrimestral. Art. 10º. A.5.- Limpieza, vaciado y mantenimiento de papeleras. El vaciado de las papeleras tendrá una frecuencia diaria. 4 de 4

5 Esta operación ha de ser realizada por los equipos de barrido manual que procederán al vaciado de todos los desperdicios. Para el vaciado de las papeleras en tramos donde no se realicen operaciones de barrido manual los licitadores propondrán el sistema de vaciado que les parezca oportuno, no admitiéndose el vaciado de las papeleras a la calzada para su admisión por las máquinas barredoras. La limpieza de las papeleras se realizará con un equipo mecánico de agua presión tratando tanto el interior como el exterior de las mismas, retirando elementos persistentes que se fijen en las mismas con una frecuencia mínima de 4 veces al año. Art. 10º. A.6.- Limpiezas especiales con motivo de las fiestas, ferias y actos públicos en general. Contempla este servicio la limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de suciedad, por encima del que corresponde por la lógica actividad ciudadana, con motivo de: Fiestas de la ciudad o de distintos barrios en particular. Manifestaciones o actos en la vía pública. Campañas electorales. Ferias, concentraciones populares, etc. Cabalgatas y desfiles de carnaval. Otros acontecimientos. Se procederá a realizar la limpieza de estas zonas de la vía pública después de terminada la celebración de cada uno de estos actos o cuando proceda según las necesidades de acuerdo con las directrices de los técnicos municipales. Se adjunta en el Anexo IV con carácter orientativo, un programa de fiestas confeccionado por Cultura del Ayuntamiento de Leioa y las fechas en las que tuvieron lugar. Art. 10º. A.7.- Limpieza de pintadas en exteriores de edificios e instalaciones públicas y retirada de pancartas y carteles. Se procederá a limpiar de modo efectivo de pintadas y carteles en edificios públicos así como mobiliario urbano (farolas, bancos, papeleras, etc...). A requerimiento de los técnicos municipales se actuará en edificios privados. El servicio se prestará de lunes a viernes. Los productos necesarios para llevar a cabo la limpieza de pintadas serán a cuenta de la parte adjudicataria. Se retirarán las pancartas a requerimiento municipal. Art. 10º. A.8.- Limpieza de alcorques. Esta operación consistirá en la retirada de desperdicios que se depositen en los alcorques (abiertos y cerrados), como papeles, colillas etc., contemplando la eliminación de hierbas. 5 de 5

6 La frecuencia y horario de limpieza de los alcorques habrán de ser similares a las operaciones de barrido. Art. 10º. A.9.- Limpieza y retirada de excrementos animales. Se incluye su recogida y limpieza dentro de las operaciones de barrido en todas las calzadas, aceras, paseos, parques, áreas peatonales, etc., de la ciudad, correspondiendo por tanto su realización al trabajador o brigada a los cuales se asigne la zona de limpieza. Art. 10º. A.10.- Limpieza de patios de colegios públicos. Este servicio se realizará mediante la utilización de barrido mecánico. Será apoyado con un barrido manual en aquellas zonas en las que la barredora mecánica no tenga acceso. El licitante deberá hacer constar la frecuencia que él considere conveniente. Art. 10º. A.11.- Limpiezas especiales. Las características especiales de estos servicios, cuya programación obedece a problemas estacionales, accidentales y locales, que hacen difícil su programación anual dentro del plan de limpieza, debiéndose contemplar su ejecución en función de las necesidades reales del servicio en cada momento. Si para llevarlos a cabo considerase necesaria el licitador la utilización de medios especiales, que se salen fuera de la oferta general, lo indicarán expresamente en sus ofertas. En este conjunto quedan comprendidos los siguientes servicios: a) Limpieza de manchas de aceite, grasa, etc. A instancias de los técnicos municipales y/o policía local se procederá a una limpieza de las manchas de aceite, grasa, etc., que normalmente no desaparecen en las operaciones de barrido. El licitador deberá exponer el mecanismo para la realización de este servicio. b) Limpieza de los puntos de ubicación de contenedores destinados a los residuos sólidos urbanos. Este servicio consistirá en la limpieza del espacio físico en el que se encuentran ubicados tanto los contenedores destinados a recogida de residuos orgánicos como los contenedores destinados a la recogida de fracciones selectivas de papel cartón, envases y vidrio instalados en el municipio. La limpieza consistirá en la retirada de residuos que se puedan acumular en estas zonas, así como la desinfección y desodorización de los mismos. 6 de 6

7 c) Trabajos a realizar en caso de nevadas o fuertes heladas. En caso de producirse nevadas o fuertes heladas los servicios a realizar serán los determinados por los técnicos municipales. En líneas generales: En caso de fuertes heladas se procederá a esparcir fundente en las aceras y calzadas con los medios mecánicos y manuales necesarios. En caso de nevadas se dirigirán los trabajos a la apertura de sendas en pasos de peatones y aceras, apertura de regatas junto a los bordillos, etc., con los medios mecánicos y manuales necesarios. Los costes de adquisición del fundente serán a cargo del Ayuntamiento de Leioa. d) Limpieza en época de caída de la hoja. Durante la época de la caída de las hojas, en las zonas de arbolado, se intensificará el servicio de barrido de manera que la acumulación de hojas no suponga un riesgo de accidente para los viandantes se realizará en la época otoñal y cuando lo ordenen los servicios técnicos municipales. El adjudicatario indicará los medios a disponer para la realización de las labores. e) Eliminación de hierbas en juntas de pavimento. Durante la primavera, se intensificarán los trabajos de eliminación de hierbas de las juntas de pavimentos mediante herbicida. El adjudicatario indicará los medios a disponer para la realización de dichas labores. f) Actuación en casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional. Se refiere a los trabajos a realizar en el supuesto de producirse catástrofes, accidentes de tráfico o hechos similares. El adjudicatario pondrá en estos casos a disposición municipal la totalidad de los medios que el Ayuntamiento considere oportunos, dentro de los que figuran en la oferta. Todos los residuos generados por los trabajos anteriormente indicados serán transportados al centro de tratamiento designado por el Ayuntamiento de Leioa por el adjudicatario, corriendo en canon de vertido a cargo de la citada entidad local. g) Otros Se refiere a trabajos como riegos de zonas ajardinadas, retirada y control de plagas, apoyo a jardinería y otras actividades no incluidas. Para estos dos últimos apartados, el licitador valorará los siguiente precios que deberán incorporarse en el Sobre 3: 7 de 7

8 Cargo/maquinaria Hora/ laborable Hora/ festivo Hora/ nocturno Hora/ fest.noct. Encargado Oficial Peón Furgoneta Máquina barredora Máquina Baldeadora Art. 10º. B.- METODOLOGÍA A EMPLEAR. Art. 10º. B.1.- Barrido manual de aceras y/o calzadas. Este trabajo consiste en la limpieza detallada de aceras, paseos, plazas, calzadas, etc., muy especialmente en las proximidades de los bordillos. Incluye asimismo la eliminación de hierbas o plantas de brote espontáneo, que pudieran generarse en las superficies pavimentadas de aceras y vías de rodadura. Con el fin de conseguir una mayor duración de estas labores, podrían utilizarse herbicidas, bajo la supervisión del personal técnico municipal. Art. 10º. B.2.- Barrido mecánico de aceras y áreas peatonales. Esta operación consiste en el barrido, mediante la utilización de máquinas barredoras, de las aceras existentes en la vía pública, recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo, etc., que aparezcan. Las máquinas a utilizar deberán ir provistas de sistemas de humectación para eliminar la formación de polvo, y serán de una gran maniobrabilidad en razón de sus condiciones especiales de trabajo. Art. 10º. B.3.- Baldeo mixto. Consiste en una combinación de baldeo mecánico y baldeo manual mediante manguera conectada al vehículo, y dirigido hacia zonas no accesibles a las máquinas. Art. 10º. B.4.- Baldeo mecánico de calzadas. Consiste esta operación en el lanzamiento de agua a presión sobre las calzadas, y muy 8 de 8

9 especialmente en las proximidades de los bordillos. Para ello se utilizarán máquinas especiales provistas de boquillas orientables y rampa, que dirigirán el chorro de agua hacia los bordillos a una presión mínima de 15 kg/cm 2 y caudal superior a 15 m 3 /hora. Los residuos serán desplazados mediante esta operación hacia las proximidades de los bordillos, donde serán recogidos en las operaciones de barrido. Art. 10º. B.5.- Barrido de mantenimiento. El barrido de mantenimiento tiene por objeto la recogida de los residuos más significativos de entre los que son objeto de los otros barridos, sin que sea necesario un barrido exhaustivo de la totalidad de las superficies urbanas, sino solamente en las zonas donde se observan deficiencias. Art. 11º. - RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS. Art. 11º. A.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN Y SERVICIOS A PRESTAR. Art. 11º. A.1.- Recogida y transporte de basuras. El ámbito de prestación de este servicio es el término municipal de Leioa. El servicio de recogida de basuras se prestará todos los días del año. El servicio comenzará a prestarse a las 21:30 horas. Actualmente se hallan colocados,, 234 contenedores para el depósito de R.U. Ver Anexo V El servicio de recogida y transporte de R.U. comprende las siguientes prestaciones: Recogida y transporte de basuras y residuos domiciliarios procedentes de la normal actividad doméstica y comercial. Recogida y transporte de residuos procedentes de los mercados, mercadillos y similares. Recogida y transporte de los residuos procedentes de la limpieza de vías públicas en general. Mantenimiento y conservación de los contenedores de superficie destinados a la recogida de R.U., incluido su lavado. El material y piezas necesarios para estas labores serán por cuenta del adjudicatario. Los contenedores se limpiarán mensualmente. Diariamente en jornada diurna se repasará la limpieza exterior (pintadas, carteles...) con equipo a presión de agua caliente. Limpieza específica de la parte de la vía pública en la que se ubican los contenedores. Los residuos retirados se trasladarán hasta el Centro de Tratamiento de R.U. que se comunique desde los Servicios Técnicos Municipales, quedando prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el Centro de Tratamiento de R.U. que se 9 de 9

10 indique. Actualmente este centro de tratamiento es la planta de valorización energética de Zabalgarbi. Cualquier modificación del centro de tratamiento será comunicada por los Servicios Técnicos Municipales. El adjudicatario definirá con todo detalle el proceso de organización para cada uno de los servicios contemplados con sujeción estricta a las condiciones establecidas en este capítulo. De tal forma, que se cumpla el objetivo fundamental de recoger los residuos adecuadamente y de mantener el nivel de limpieza oportuno de tal forma que el municipio presente un buen estado de limpieza. Así, el adjudicatario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder inmediatamente a la limpieza de los productos que se vierten en la maniobra y quedando totalmente prohibido el rebusco, selección o cualquier otra manipulación de las basuras detritus, etc. Los restos de recogida de basuras que se viertan en la vía pública serán inmediatamente retirados por los empleados que forman el equipo de recogida o de otra forma alternativa que no implique a los servicios generales de limpieza. Para ello se dispondrán los medios materiales necesarios. A tal efecto los licitadores explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos de los diferentes servicios que se contraten deberán ser puestos en conocimiento del Ayuntamiento de Leioa. Para la ejecución de este servicio se utilizarán vehículos compactadores. Art. 11º. A.2.- Mantenimiento y conservación de recipientes normalizados. Con relación a las labores de mantenimiento y conservación de los contenedores, este servicio deberá contemplar, para la totalidad de los contenedores utilizados para el conjunto de todos los servicios considerados en este Pliego de Condiciones, las siguientes tareas: Tareas de limpieza (interior y exterior) y desinfección. La totalidad de los contenedores se limpiarán mensualmente. Así mismo, en jornada diurna se repasará la limpieza exterior (pintadas, carteles...) con equipo a presión de agua caliente. Desde instancias municipales se indicará la ubicación de los contenedores mediante el Anexo V. El suministro de nuevos contenedores será a cargo del Ayuntamiento de Leioa, debiendo el adjudicatario, no obstante, informarse sobre el estado de los mismos, necesidad de sustitución, etc. ART. 12º.- RECOGIDA DE MUEBLES Y VOLUMINOSOS DOMÉSTICOS. El objeto del presente contrato es la recogida de enseres voluminosos de origen domiciliario (muebles, electrodomésticos, y otros enseres, excluyéndose escombros, restos de obra, etc.) y su traslado a los centros de recuperación, reciclado o eliminación. Los avisos se recogerán telefónicamente en el número de teléfono gratuito que el adjudicatario señale a tal fin. 10 de 10

11 Con carácter previo a la recogida de los enseres, el adjudicatario realizará una selección previa de los avisos recibidos para identificar en cuáles pueda haber muebles, electrodomésticos, libros, ropa, etc. que puedan ser reutilizables. De los enseres que no puedan ser reutilizables, el adjudicatario deberá realizar una selección y separación de todas aquellas materias primas u objetos que sean reciclables. A tal fin el adjudicatario deberá disponer de un local adecuado para realizar esta selección. Todos los enseres, objetos y materiales reutilizables o no, reciclables o no, deberán ser trasladados y depositados por parte del adjudicatario en el Centro de Tratamiento de Voluminosos (BERZIKLATU) o al Vertedero de Igorre de forma puntual. La tasa correspondiente será abonada directamente por el Ayuntamiento de Leioa. El adjudicatario deberá garantizar una frecuencia mínima de recogida de 3 días a la semana. El servicio de recogida comenzará a las 7:00 horas. El peticionario deberá depositar los muebles, electrodomésticos o voluminosos en el portal de su finca, el día y a la hora señalada previamente. Aquellos enseres que puedan ocasionalmente haberse depositado en lugares distintos de los puntos de recogida serán igualmente retirados por la empresa adjudicataria del servicio, siempre que tenga conocimiento de tales incidencias. En aquellos casos en que aparecieran enseres con posterioridad a haberse realizado la recogida ordinaria, se realizará puntualmente por la empresa adjudicataria un viaje específico una vez localizados dichos enseres. La zona de recogida deberá quedar limpia tras retirar los muebles y enseres. A tal fin, la empresa adjudicataria deberá barrer los alrededores en caso de rotura de cristales, etc. En caso de que hubiera que desmontar muebles y enseres, estas operaciones se realizarán en el interior de la caja del camión sin ocasionar molestias. Se excluyen de este servicio a los comercios y entidades privadas. Art. 13º.- LIMPIEZA DE SUMIDEROS. La limpieza de sumideros, imbornales y canaletas o rejillas de evacuación de aguas pluviales de zonas municipales podrá ser manual o mecánica y consistirá básicamente en la extracción de los residuos depositados en los mismos, con el fin de que su funcionamiento sea en todo momento el adecuado. Se realizará cuando las necesidades lo exijan pero se establece una frecuencia mínima cuatrimestral La oferta deberá exponer la metodología del servicio. Art RECOGIDA SELECTIVA DE PAPEL Y CARTÓN. Recogida del papel y cartón depositado en los 146 contenedores destinados al efecto, según Anexo V. Esta recogida se realizará durante tres días a la semana, debiéndose recoger en cada uno de esos días el contenido de la totalidad de los contenedores existentes. 11 de 11

12 El papel y cartón recogido será propiedad de la empresa adjudicataria por lo que se encargará de su posterior gestión a coste y/o beneficio. La empresa concesionaria deberá garantizar que el destino de todo el papel y cartón recogido sea el reciclaje. Todos los contenedores deberán ser convenientemente mantenidos por la empresa concesionaria en cuanto a funcionamiento y limpieza. Asimismo cuidará que tras la recogida queden los mismos perfectamente ubicados en su lugar. Transporte a planta de tratamiento de los residuos recogidos como consecuencia de las actuaciones anteriores. Art DESRATIZACIÓN. La empresa adjudicataria realizará las actuaciones precisas para conseguir durante el período de contratación el mantenimiento de las zonas públicas del municipio y locales sujetos a contrato en niveles mínimos de presencia de roedores. El adjudicatario quedará obligado a la prestación del servicio de desratización en la red de alcantarillado del municipio de Leioa. Los licitadores deberán explicar en la oferta cómo llevar a cabo los diferentes tratamientos(de choque, preventivo y correctivo). los materiales serán los rodenticidas más avanzados, no provocando resistencia al producto y totalmente seguros ante la presencia humana. El personal que realice cualquier trabajo objeto de la presente contratación, deberá poseer la titulación o haber superado los cursos o pruebas, de acuerdo con lo establecido en la Reglamentación Técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. El personal técnico del Ayuntamiento de Leioa podrá inspeccionar el servicio de todas sus facetas. Todos los tratamientos realizados, generarán un parte cada vez que se realice una actuación. El parte que se confeccione al efecto, deberá contener, como mínimo la siguiente información: Lugar donde se ha llevado a efecto el tratamiento. Tipo de tratamiento. Fecha y hora. Productos empleados. Dosis aplicadas en cada tratamiento. Plazos de seguridad correspondientes. Observaciones y sugerencias, especificando cualquier incidencia. Nombre y apellidos del aplicador/a. En caso de emergencia o graves plagas, se podrá exigir actuaciones especiales para combatirlas, incluso fuera del horario habitual de trabajo. 12 de 12

13 Art CAMPAÑAS DE DIVULGACIÓN. Los licitadores harán propuesta para la realización de una campaña anual que induzca a los ciudadanos a un mejor comportamiento en los aspectos relacionados con el desarrollo de los servicios de limpieza y recogida de R.U. La elaboración de planes, metodología, procedimiento, etc., de estas campañas se concretará en el momento que el Ayuntamiento estime más adecuado. CAPÍTULO IV.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO. Art. 17º.- HORARIO DE LOS SERVICIOS. El licitador deberá tener en cuenta las ordenanzas municipales u otra normativa que le puedan afectar, principalmente la de la limitación de la emisión sonora. Art. 18º.- PERSONAL. El adjudicatario vendrá obligado de acuerdo a la legislación vigente a subrogarse en derechos y obligaciones al personal de la plantilla del contratista actual. En el Anexo VI se acompaña relación nominal de todo el personal a subrogar de la plantilla del contratista actual a la fecha de publicación de este Pliego, indicando categoría, antigüedad, jornada, etc., adjuntándose como Anexo VIII, el convenio colectivo en vigor, el cual será de obligado cumplimiento por el adjudicatario. Durante la vigencia del contrato el adjudicatario, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con que se inicia el contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, etc., o siempre que se produzca una variación por necesidades del Servicio, está obligado a tener la autorización previa del Ayuntamiento para cubrir las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir. Será obligación del adjudicatario reconocer todos los derechos y obligaciones laborales que vinieron disfrutando con el anterior contratista a través de los convenios colectivos vigentes en el momento de la licitación, quedando obligado a lo dispuesto por las leyes protectoras del trabajo y Seguridad Social en todos sus aspectos. Dicho convenio será aplicable asimismo al personal de nueva contratación o al personal de la empresa asignado al servicio. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación del personal que suponga una ampliación sobre el conjunto de personal a absorber. Propondrán la política de personal a seguir y en particular todos los aspectos relacionados con la formación de personal, Seguridad y Salud en el trabajo y servicios médicos necesarios. El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, 13 de 13

14 debiendo realizar los seguros de responsabilidad civil que cubran posibles daños a terceros en la realización de los trabajos contemplados. Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. La cantidad y calidad de vestuario para el personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos. Cada licitador deberá presentar una relación detallada del equipamiento auxiliar, principalmente equipos de protección individual, que vaya a emplear cada operario para cada una de las labores a desarrollar. El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación de los servicios. Art. 19º.- MAQUINARIA. El material que se adscriba al servicio será de iguales o superiores prestaciones que el descrito en el Anexo VII, y será de nueva adquisición, desde la firma del contrato. No se admitirán vehículos no nuevos propiedad del licitador como equipos titulares. El licitador deberá disponer para los servicios a contratar vehículos de reserva que garantizan la prestación del servicio en caso de averías. En todo momento el adjudicatario deberá disponer del material necesario para la correcta prestación de los servicios. El material móvil a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las necesidades de la ciudad. Para su elección, se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Los equipos a utilizar en la recogida de basuras serán de características adecuadas a la orografía del municipio. La caja de estos vehículos será hermética y el sistema de admisión de las basuras será por trituración, compactación o compresión, con el fin de lograr el mayor rendimiento en su capacidad de carga. El diseño del material será tal que permita su fácil lavado, tanto interior como exteriormente. Esta operación de lavado deberá realizarse diariamente en el exterior del vehículo, incluida la caja de carga de basuras, y semanalmente en el interior de la cabina y demás partes del mismo. Se optará preferentemente por la utilización del material que produzca menos ruido a igualdad de rendimiento, debiendo en todo caso cumplir la reglamentación vigente en este tema. Para el transporte del personal en las diferentes operaciones se observarán estrictamente las normas laborales y de circulación. 2. Los vehículos a utilizar en el barrido y baldeo mecánico de aceras y calzadas deberán ser de gran maniobrabilidad, con pequeños radios de giro y con sistemas o características que hagan fácil la subida y bajada de bordillos. Su peso sobre el pavimento no será perjudicial para el mismo. Aquellos que se destinen al barrido dispondrán de cepillos de eje vertical y 14 de 14

15 sistema de irrigación para evitar el levantamiento de polvo. Los equipos de baldeo y riego de calzadas estarán provistos de boquillas orientables para el baldeo y alcachofas multihoradadas para el riego, así como los mecanismos de bombeo necesarios para conseguir presiones de agua eficaces. Su capacidad será la más adecuada para cada operación y lugar. 3. Para la vigilancia de los trabajos el adjudicatario deberá disponer de vehículos ligeros, adecuados a las características de las operaciones a realizar. Se valorará especialmente la dotación de vehículos y maquinaria que ocasionen un reducido nivel de ruidos y vibraciones, así como la norma Euro V. Los vehículos empleados para la prestación del servicio cumplirán los valores de emisión Euro V establecidos en el Anexo I del Reglamento 715/2007, del parlamento europeo y el consejo. Además serán equipos homologados en relación con la potencia acústica de acuerdo con el Real Decreto 712/2002 por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre, siempre que éste sea de aplicación. Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor. Aquellos que realicen trabajos en la vía pública estarán equipados con los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado. La pintura de los vehículos y su rotulación serán únicamente aquellas que apruebe el Ayuntamiento. En todo caso, todos los vehículos asignados al Servicio portarán el escudo y pictograma del Ayuntamiento de Leioa. Los equipos que precisen del traslado del personal ajeno al conductor, y en número superior a dos, estarán provistos de cabina suficiente para garantizar la comodidad y seguridad de los empleados durante los traslados. Todo el material ofertado deberá ser minuciosamente descrito por los licitadores, con aportación de planos, croquis, esquemas, fotografías, datos técnicos, datos medioambientales, y cuantos datos crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos. Todos los vehículos automóviles, tanto ligeros como medios o pesados, que deban someterse a inspección periódica por la Dirección de Industria, lo harán según establece la normativa en vigor. Todo el material incluido en el contrato del que es objeto el presente concurso será de uso exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos a la concesión, salvo orden o aprobación expresa del Ayuntamiento de Leioa. La reparación de averías de la totalidad de la maquinaria y vehículos será a cuenta del adjudicatario. En garantía del cumplimiento por el contratista de la obligación de conservar la 15 de 15

16 maquinaria objeto de reversión al Ayuntamiento, durante los últimos seis meses del contrato se someterán los vehículos a la intervención de la Inspección Técnica de Vehículos, realizando a costa del adjudicatario las reparaciones que sean precisas. Art. 20º.- INSTALACIONES FIJAS. Se considerarán instalaciones fijas los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Ayuntamiento de Leioa pondrá a disposición del adjudicatario el pabellón situado en Travesía Iparragirre nº 9 (junto al Hiper de Eroski), con suficiente capacidad para que el personal pueda desarrollar su trabajo y almacenamiento de maquinaria. Esta nave deberá ser guardería de vehículos adscritos al servicio. El licitador valorará - siendo de su interés o no - en su oferta la minoración que suponga en el canon tanto la disponibilidad del uso de esta infraestructura como los gastos inherentes a su explotación (consumos, mantenimientos, etc). Art. 21º.- SISTEMAS DE CONTROL. Dentro de la organización propuesta los licitadores deberán prever unos dispositivos muy ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea convenientes sobre el servicio propuesto. Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia de la administración municipal, quién podrá realizar las revisiones de personal y material que estime oportunas y en cualquier momento y lugar. La jefatura del servicio tendrá acceso a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise respecto a la organización del mismo. Como mínimo, mensualmente, la jefatura del servicio realizará un control de calidad del servicio de limpieza viaria. Mensualmente se realizará una reunión de seguimiento del servicio, donde se presentará la documentación justificativa de estar al corriente con las obligaciones de la S.S. así como TC1 Y TC2 y todas aquellas que se estimen oportunas, así como recibir las instrucciones que estime oportuno la administración municipal, quedando obligado el contratista a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación, y en especial lo relativo a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros e instalaciones y material, y, en general, permitir todas aquellas actuaciones que vayan encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de este Ayuntamiento. El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata le sean ordenados por la Jefatura de Servicios Municipales. 16 de 16

17 Art. 22º.- COMUNICACIONES. El contratista dotará de los medios adecuados (emisoras, móviles, etc.) como mínimo al siguiente personal y equipos: Encargados. Equipos recolectores de basuras. Equipos móviles (brigadas, equipos de baldeo, etc.). Los gastos de tramitación de la autorización de ampliación de equipos serán de cuenta del adjudicatario. CAPÍTULO V.- DE LOS TRABAJOS Y SU ADJUDICACIÓN. Art. 23º.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. Los licitadores incluirán en su oferta los planes básicos de prestación de los servicios encomendados, desglosándose en los siguientes servicios: 1. Limpieza Viaria. 2. Recogida y transporte de basuras domiciliarias (R.U.). 3. Recogida de muebles y voluminosos. 4. Limpieza de sumideros. 5. Recogida de papel y cartón. 6. Desratización. Habrá de presentarse un Plan Básico por cada uno de los servicios arriba indicados. En cada uno de ellos se especificará lo siguiente: Organización de los servicios: sectorización, frecuencias así como los rendimientos previstos para el personal y equipos. Medios Humanos: cuantificación, relación y distribución laboral, espacial y temporal de los medios humanos destinados a cada uno de los servicios. Se tendrá en cuenta el siguiente desglose: Personal directo necesario para la realización de los trabajos. Peones. Peones Especialistas Oficiales 1ª conductores. - Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes y otras causas debidamente justificadas. - Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los servicios. Mandos intermedios. 17 de 17

18 Vehículos y maquinaria: cuantificación, distribución espacial y temporal. Se detallarán las marcas y características y plan de mantenimiento, así como el material de reserva. Los licitadores deberán aportar un cronograma de implantación del Servicio en el que se recoja los plazos de puesta en funcionamiento del servicio, contados a partir de la fecha de adjudicación definitiva del concurso, y que como mínimo deberán incluir: a) Contratación del personal e inicio del Servicio. b) Suministro e instalación de la maquinaria adscrita al Servicio. c) Otros. Art. 24º.- PRINCIPIO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO. El servicio funcionará según los principios expuestos en la agenda local 21, que se basan en el ahorro energético y el reciclaje. 18 de 18

19 ÍNDICE DE ANEXOS ANEXO I: RELACIÓN DE CALLES Y ÁREAS Y PLAZAS PEATONALES, ZONAS PORTICADAS, VÍAS DE RODADURA Y ZONAS DE APARCAMIENTO. ANEXO II: CARRETERAS Y CAMINOS, ESTRADAS Y MÁRGENES DE ARROYOS. ANEXO III: PLANO DE NUEVAS AREAS. ANEXO IV: RELACIÓN Y FECHAS DE EVENTOS. ANEXO V: RELACIÓN DE CONTENEDORES EXISTENTES. ANEXO VI: PERSONAL SUBROGABLE. ANEXO VII: RELACION DE MAQUINARIA ANEXO VIII: CONVENIO DE APLICACIÓN. 19 de 19

20 ANEXO I: RELACIÓN DE CALLES Y ÁREAS Y PLAZAS PEATONALES, ZONAS PORTICADAS, VÍAS DE RODADURA Y ZONAS DE APARCAMIENTO. 20 de 20

21 ANEXO II: CARRETERAS Y CAMINOS, ESTRADAS Y MÁRGENES DE ARROYOS. 21 de 21

22 ANEXO III: PLANO DE NUEVAS AREAS 22 de 22

23 ANEXO IV: RELACIÓN Y FECHAS DE EVENTOS. 23 de 23

24 ANEXO V: RELACIÓN DE CONTENEDORES EXISTENTES. 24 de 24

25 ANEXO VI: PERSONAL SUBROGABLE 25 de 25

26 ANEXO VII: RELACIÓN DE MAQUINARIA. 26 de 26

27 ANEXO VIII: CONVENIO DE APLICACION 27 de 27

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