Boletin. La OIT y los pueblos indígenas y tribales. Abril de 2005

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1 Boletin La OIT y los pueblos indígenas y tribales Abril de 2005

2 2 Índice Índice 2 I. INTRODUCCIÓN 3 Páginas web de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales 3 Editorial: La OIT y los derechos indígenas: perspectivas 4 II. ACTIVIDADES INTERNACIONALES E INTERREGIONALES 6 Los pueblos indígenas y los ODM 6 Los pueblos indígenas y tribales y los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP): cuestiones de política y desafíos 7 Estudios sobre los pueblos indígenas y las estrategias de lucha contra la pobreza en Camboya y el Camerún 9 Momento de poner término al trabajo forzoso en los países andinos 10 Seminario sobre consentimiento libre, previo e informado y pueblos indígenas 11 Programa de Becas para Poblaciones Indígenas 12 Entrevista con Yuuki Hasegawa, Ainu (Japón) y Tony Khular, Lamkang (India), participantes del Programa de Becas de la OIT de III. PAÍSES Y REGIONES 15 n Asia 15 Convenio núm. 169 de la OIT y consolidación de la paz en el Nepal 15 Desarrollo orientado a la comunidad en Filipinas 16 Evaluación de los enfoques comunitarios de la educación para combatir el trabajo infantil en Filipinas 16 Empleo decente para los pueblos tribales de la India 17 Mejoramiento del entorno legislativo y político para los pueblos indígenas de Camboya 17 Estudio monográfico sobre el trabajo de la OIT y los pueblos indígenas en Camboya 18 n África 19 Proyecto para examinar el derecho consuetudinario indígena en Marruecos 19 Protección jurídica de los derechos indígenas en el Camerún 19 Próximo seminario nacional de Yaoundé (Camerún), junio de n América Latina y el Caribe 20 El IPEC y los niños indígenas en América Latina y el Caribe 20 Comprensión del trabajo infantil en las comunidades indígenas (Perú y Costa Rica) 21 Los niños indígenas en el sector de los servicios domésticos (Guatemala) 21 Eliminación de las peores formas de trabajo infantil a través de la educación (Honduras) 21 Prevención y eliminación del trabajo infantil en los pueblos maya de Toledo (Belice) 22 IV. CONTACTO 23

3 Introducción 3 I. INTRODUCCIÓN La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el organismo especializado de las Naciones Unidas que tiene como objetivo la promoción de la justicia social y de los derechos humanos y laborales internacionalmente reconocidos. La OIT fue fundada en 1919 y se convirtió en el primer organismo especializado de las Naciones Unidas en La OIT tiene una estructura tripartita única, formada por trabajadores y empleadores que participan junto a los gobiernos, con los mismos derechos, en los órganos rectores de la Organización. La OIT formula normas internacionales de trabajo en forma de Convenios y Recomendaciones, y proporciona asistencia técnica relacionada con dichas normas. La OIT ha adoptado dos instrumentos jurídicos internacionales que se refieren específicamente a los pueblos indígenas y tribales: el Convenio sobre Poblaciones Indígenas y Tribunales, 1957 (núm.107) y el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169). El Convenio núm. 107 ya no está abierto a la ratificación, pero todavía sigue estando en vigor en 18 países 1. El Convenio núm. 169 ha sido ratificado por 17 países 2 y se reconoce internacionalmente como el principal instrumento sobre la materia. Este Convenio abarca una amplia gama de cuestiones, incluidos derechos sobre la tierra, acceso a recursos naturales, salud, educación, formación profesional, condiciones de empleo y contactos a través de las fronteras. La OIT trabaja con los pueblos indígenas desde el decenio de Además de adoptar los dos Convenios sobre derechos de los pueblos indígenas y tribales y supervisar su aplicación, la OIT participa en una amplia gama de actividades que abordan cuestiones relativas a esos pueblos. El presente boletín informa acerca de las actividades que lleva a cabo la OIT para promocionar los derechos de los pueblos indígenas y tribales en todo el mundo y presenta esa información en el contexto de la labor general de la OIT y del sistema de las Naciones Unidas. Páginas web de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales La OIT mantiene un exhaustivo sitio web sobre pueblos indígenas y tribales, que en la actualidad está disponible en inglés, francés y español ( Ese sitio contiene una amplia gama de información sobre las normas de la OIT relativas a esos pueblos así como a su aplicación y supervisión. Asimismo, contiene enlaces con las páginas web de proyectos y programas individuales de la OIT, como el Programa INDISCO, PRO 169, y las páginas web sobre los pueblos indígenas de la oficina de la OIT en Costa Rica. A través de esas páginas web se puede acceder a un número considerable de publicaciones, entre las que se cuentan el Manual sobre el Convenio núm. 169, las presentaciones de la OIT sobre cuestiones indígenas a los órganos de las Naciones Unidas, y diversos estudios y material pertinentes sobre cuestiones relacionadas con los pueblos indígenas. Supervisión de los Convenios de la OIT Además de los Convenios núms. 107 y 169, existen otras normas de la OIT relacionadas con los pueblos indígenas y tribales, entre las que cabe destacar el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182), y la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (adoptada en 1998). La Constitución de la OIT estipula que cada uno de los Estados Miembros se obliga a presentar una memoria anual sobre las medidas que haya adoptado para poner en ejecución los convenios a los que se haya adherido. La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR), compuesta por 20 expertos independientes, examina esas memorias, y sus comentarios adoptan la forma de observaciones o peticiones directas que los gobiernos están obligados a seguir. Las observaciones son los comentarios de difusión general de la CEACR sobre la aplicación de los Convenios de la OIT y hacen hincapié en ámbitos de progreso y ámbitos de preocupación; también pueden solicitar información adicional sobre determinadas cuestiones. Las observaciones se publican cada año en un libro y en Internet. Por otra parte, las peticiones directas se envían al gobierno en cuestión y se dan a conocer posteriormente. Además de la habitual presentación de memorias, la OIT también dispone de una serie de procedimientos especiales para tratar las supuestas violaciones de los Convenios ratificados. Para más información, consulte el sitio web de la OIT sobre los pueblos indígenas y tribales ( /indigenous) e ILOLEX, la base de datos de la OIT ( n 1 n 2 Angola, Bangladesh, Bélgica, Cuba, República Dominicana, Egipto, El Salvador, Ghana, Guinea-Bissau, Haití, India, Iraq, Malawi, Pakistán, Panamá, Portugal, República Árabe Siria y Túnez. Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Dominica, Ecuador, Fiji, Guatemala, Honduras, México, Países Bajos, Noruega, Paraguay, Perú y Venezuela.

4 4 Editorial: La OIT y los derechos indígenas: perspectivas Dado que he pasado de ocuparme desde hace muchos años de forma directa de las cuestiones relativas a los pueblos indígenas y tribales a tener un vínculo menos estrecho con la cuestión en mi nuevo trabajo, mi primer impulso es hablar de los logros alcanzados en este campo fascinante. Sin duda, se han producido muchos avances: la adopción del Convenio núm. 169, la nueva toma de conciencia sobre el lugar y el papel que desempeñan los pueblos indígenas y tribales en las sociedades de todo el mundo, el aumento de la concienciación en la OIT de las necesidades especiales, los requisitos y las contribuciones de esos pueblos al proceso de desarrollo nacional: no son pocos. Sin embargo, cuanto más pienso en ello, tanto más desearía decir algo sobre el futuro de esa cuestión. La OIT ha sido un organismo pionero en la situación de los pueblos indígenas y tribales desde principios del decenio de 1950, y aunque de vez en cuando el tema ha perdido actualidad, la OIT no ceja en su empeño. Qué nos exige ese papel? En primer lugar, nos exige mantener una atención constante para incorporar esa cuestión. Algunos de nuestros mandantes han cuestionado este punto, ya que las cuestiones indígenas no se incorporan fácilmente en el marco de las relaciones laborales por qué se ocupa la OIT de los derechos sobre la tierra? por qué nos ocupamos de la educación bilingüe? Evidentemente, existen diversas respuestas a estas preguntas. 3 Una es que el sistema de las Naciones Unidas ha concedido un mandato a la OIT, aprobado por la Conferencia en 1957, y de nuevo en 1989, para que apruebe normas en nombre de todo el sistema, sobre una cuestión en la que es obvio que las Naciones Unidas no han logrado progresar. Pero otra respuesta es que los pueblos indígenas y tribales de todo el mundo son los mandantes de la OIT. Son trabajadores, a menudo de la economía informal, y si han entrado en economías monetarias, son los trabajadores más excluidos y más explotados de todos los países donde viven. Esa no es una cuestión marginal para el trabajo, la pobreza o el desarrollo: es crucial. El Programa InFocus sobre la Promoción de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (Declaración) y el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), así como otros departamentos de esta Organización, han señalado que cuando estudian casos de discriminación, trabajo forzoso o trabajo infantil, en la mayor parte del mundo son temas que afectan principalmente a los pueblos indígenas. Ha llegado el momento de realizar un examen más profundo y sistemático sobre cómo afecta eso a la política de empleo, igualdad de género, seguridad y salud, condiciones de trabajo, seguridad social, contribuciones a los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), estadísticas, aplicación de los convenios sobre otras cuestiones todas las cuestiones en las que deberíamos concentrar nuestros esfuerzos para aliviar los males. En segundo lugar, debemos continuar ejerciendo un papel importante en la comunidad internacional. Las normas de la OIT son las únicas adoptadas respecto de esa cuestión desde el inicio de la OIT y la Liga de las Naciones. Por consiguiente, el Convenio núm. 169 es, además de un muy buen instrumento, la base de las normas y políticas adoptadas por el Banco Mundial, los Bancos Asiático y Africano de Desarrollo, el PNUD, la Comisión Europea, diversos gobiernos y otras muchas entidades. La OIT ha desempeñado un papel fundamental en el Grupo de apoyo interinstitucional sobre cuestiones indígenas y en lograr que el Foro Permanente de Cuestiones Indígenas sea un órgano en pleno funcionamiento. Hemos asumido una responsabilidad en la comunidad internacional, y deberíamos continuar cumpliendo con nuestro compromiso. Asimismo somos responsables de los aproximadamente 350 millones de pueblos indígenas y tribales del mundo. En los últimos 15 años he asistido a reuniones de pueblos indígenas y tribales en las que los participantes llegaban con copias magulladas del Convenio, en idiomas de los que nunca había oído hablar, que guardaban cuidadosamente en sus bolsillos. Los pueblos tribales de los países en los que sus gobiernos no aceptan el concepto de «indígena» nos ven como su única posibilidad para reivindicar los derechos que se debaten en las Naciones Unidas bajo ese estrecho apelativo. Las ONG que no disponen de acceso oficial a la OIT buscan la forma de presentarnos la información de que disponen. Y cada vez son más los gobiernos que piden ayuda a la OIT para elaborar políticas que permitan hacer frente a la concienciación creciente de que sus países son multiculturales y multiétnicos. A menudo se hace sin ruido; a veces, con bombo y platillo; pero es un progreso constante. Y nos encontramos con que a veces los gobiernos se nos acercan y no sólo nos piden que formulemos políticas para pueblos indígenas y tribales, sino que afirman que contribuirán a las mismas. La promoción de los derechos de los pueblos indígenas y tribales es un tema que despierta una gran fascinación pero carece de recursos. Agradezco a muchos compañeros que hayan comprendido el papel que desempeña el Convenio, y la importancia que reviste la cuestión, para que ese programa más amplio de la OIT siga avanzando. No obstante, todavía no hemos tenido el impacto esperado, y en muchas partes del mundo la situación de los pueblos indígenas y tribales está más amenazada que cuando se adoptó el Convenio núm Sin embargo, en muchos otros países --de hecho, a menudo en los mismos países - los defensores del desarrollo y de los derechos humanos saben a quién pueden dirigirse para inspirarse, y a menudo a quién recurrir para pedir ayuda. Seguid trabajando compañeros! Queda mucho por hacer. Lee Swepston n n 3 Lee Swepston es el Asesor Superior en materia de derechos humanos de la OIT. Hasta el 1º de marzo de 2005 fue el Jefe del Servicio de la Igualdad y el Empleo en el Sector de Normas Internacionales del Trabajo, y el Coordinador de Derechos Humanos. Entre 1973 y 2005 se encargó de supervisar los convenios de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, entre otros, y participó activamente en la adopción del Convenio núm.169 en En 1985 cuando en el Consejo de Administración se decidió incluir la adopción del Convenio núm. 169 en el programa de la Conferencia, el Sr. Blanchard me llamó para que me reuniera detrás de la tarima con sus principales asesores superiores. Uno de ellos dijo, «Pero, Director General, no pueden haber decidido eso. No hay partidarios de ello en la OIT!» Y el Director General contestó: «Sí, yo.» Los debates de la Conferencia de 1988 y 1989 mostraron que, en realidad, no estaba solo.

5 5 El PRO 169 y sus objetivos prioritarios para los próximos años Este boletín se ha elaborado en el marco del Proyecto para Promover la Política de la OIT para los Pueblos Indígenas y Tribales (PRO 169). El principal objetivo del PRO 169 es velar por la promoción y la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales a través de la elaboración de leyes y políticas basadas en las normas de la OIT, y de la creación de capacidad para esos pueblos. El proyecto se inició en 1996 y está financiado por la Agencia Danesa de Desarrollo Internacional (DANIDA). El proyecto se centra principalmente en las regiones de África y Asia. El PRO 169 ha establecido una serie de objetivos prioritarios para los próximos años. Las iniciativas relacionadas con éstos estarán destinadas a promover los derechos de los pueblos indígenas y tribales a través de la aplicación de los principios del Convenio núm. 169 de la OIT. n La primera prioridad trata de la cuestión de los derechos indígenas a escala mundial y presta especial atención a la documentación y el intercambio de buenas prácticas para la aplicación del Convenio núm La experiencia de la OIT muestra claramente que es esencial centrarse en las buenas prácticas y en los conocimientos adquiridos a través de la aplicación práctica para lograr entablar un diálogo fructífero con los gobiernos sobre cuestiones relativas a los pueblos indígenas. Para crear una estructura constructiva que permita promover el diálogo nacional, regional e internacional, y perfeccionar la aplicación de los principios fundamentales del Convenio, es absolutamente necesario documentar las experiencias adquiridas y las buenas prácticas existentes relativas a la aplicación, haciendo especial hincapié en los principios de consulta y participación. Las buenas prácticas y los conocimientos adquiridos y extraídos de esos casos se difundirán ampliamente y se debatirán entre actores clave de África, Asia y América Latina. n La segunda prioridad trata de la situación de los pueblos indígenas de la región africana, y se centra en el apoyo que el Proyecto presta a la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos en el marco de su trabajo pionero en cuestiones indígenas en el contexto africano. El apoyo de la OIT a la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos se enmarca en el campo de la investigación sobre las constituciones y legislaciones de los países africanos y en el análisis subsiguiente de la necesidad de promover más los derechos indígenas, e incluye las necesidades especiales de los niños y las mujeres indígenas. En cooperación con la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la OIT fomentará un diálogo regional para debatir los principales resultados de las investigaciones y establecer iniciativas de seguimiento a escala regional y nacional, incluida la identificación de necesidades específicas a las que dirigir la asistencia técnica de la OIT. La OIT prestará especial atención a la participación de las mujeres indígenas en el diálogo. n La tercera prioridad que se ha identificado es la capacitación. La OIT se encargará de ofrecer capacitación, tanto en la sede como a escala regional, para satisfacer las necesidades específicas relativas a la creación de capacidad según los niveles de intervención necesarios de las organizaciones indígenas, los gobiernos y el personal de la OIT. Además, el Proyecto fortalecerá su contribución al Programa de Becas para Poblaciones Indígenas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. n La cuarta prioridad esta destinada a la creación de capacidad de gobiernos e instituciones indígenas de Camerún, Camboya, India, Nepal y Bangladesh, con miras a velar por la aplicación de los principios de los Convenios pertinentes de la OIT sobre derechos de los pueblos indígenas y tribales (núms. 107 y 169). En algunos de esos países, las actividades se centrarán en la dimensión étnica de las situaciones de conflicto y se buscarán soluciones a escala nacional para abordar el problema de la exclusión social de los pueblos indígenas, contribuyendo así a la paz y estabilidad duraderas.

6 6 Actividades internacionales e interregionales II. ACTIVIDADES INTERNACIONALES E INTERREGIONALES Los pueblos indígenas y los ODM Los ODM derivan de la Declaración del Milenio, que reconoce y reafirma los tratados de derechos humanos, que implican que un Estado no puede lograr los ODM si hace caso omiso de los principios sobre derechos humanos, incluido el principio de no discriminación. Durante mucho tiempo los pueblos indígenas y tribales no han participado en el proceso de desarrollo de estrategias e indicadores ni en la supervisión o los progresos de presentación de informes para alcanzar los ODM. El Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre cuestiones indígenas, formado por diversos programas, departamentos y organismos de las Naciones Unidas, incluida la OIT, está preocupado por que esa omisión pueda traducirse en que los pueblos indígenas queden excluidos de la participación en los beneficios de los ODM, y pueda, de hecho, influir negativamente sobre sus comunidades. A modo de contribución a la Cuarta Sesión del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, el Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre cuestiones indígenas ha preparado un documento de posición que subraya los desafíos específicos que plantean el desarrollo de los pueblos indígenas y las medidas necesarias para velar por que dichos pueblos se beneficien de los progresos generales para alcanzar los ODM. Algunas de las cuestiones que se ponen de relieve en el documento son: n Las economías y sociedades nacionales ganarán si se pone fin a la marginación de los pueblos indígenas; n Los enfoques basados en los derechos y el buen gobierno son cuestiones clave para que los pueblos indígenas alcancen los ODM; n La equiparación de los ODM a los derechos y prioridades de los pueblos indígenas exige una evaluación participativa de las necesidades y el desarrollo de estrategias específicas de los pueblos indígenas para alcanzar los ODM; n Los pueblos indígenas deberían participar plenamente en el debate, la definición, la supervisión y la evaluación de estrategias para alcanzar los ODM; y n La creación de mecanismos de consulta y participación que se basen en los principios fundamentales del consentimiento libre, previo e informado y en la plena participación en el proceso de desarrollo es el punto de partida para abordar las evaluaciones participativas de las necesidades y desarrollar estrategias de los pueblos indígenas para alcanzar y supervisar los ODM. La OIT y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) Los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) fueron desarrollados por el Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo a raíz de la adopción de la declaración del Milenio de 2000 por la Asamblea General. Comprenden ocho objetivos específicos que deben alcanzarse a través de políticas de desarrollo en un plazo determinado. Para cada objetivo, se han establecido una o más metas, en su mayoría para 2015, utilizando el año 1990 como punto de partida: n Objetivo 1. Erradicar la pobreza extrema y el hambre n Objetivo 2. Lograr la enseñanza primaria universal n Objetivo 3. Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer n Objetivo 4. Reducir la mortalidad infantil n Objetivo 5. Mejorar la salud materna n Objetivo 6. Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades n Objetivo 7. Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente n Objetivo 8. Fomentar una asociación mundial para el desarrollo La OIT está muy implicada en el proceso de los ODM, y la presentación de informes de la organización, en particular, se centra en los objetivos 3 y 8. La OIT también ha participado en el Grupo de Expertos del Proyecto del Milenio de las Naciones Unidas, principalmente a través de su participación en el Grupo de Acción 1 (Pobreza y Desarrollo Económico) y el Grupo de Acción 3 (Educación Primaria e Igualdad de Género). Además, la OIT ha formulado numerosas observaciones sobre el borrador del informe del Proyecto del Milenio de las Naciones Unidas, «Un plan práctico para conseguir los Objetivos de Desarrollo del Milenio», que se presentó al Secretario General de las Naciones Unidas en enero de 2005.

7 7 La Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización El compromiso de la OIT con los derechos de los pueblos indígenas se reafirmó necesariamente a través de la Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización. Dicha comisión fue creada por la OIT en febrero de 2002 y publicó su informe, Por una globalización justa. Crear oportunidades para todos, en febrero de Entre otras cosas, el informe subraya que los pueblos indígenas se vieron gravemente afectados cuando su integración en la economía global se produjo sin su consentimiento libre, previo e informado y sin la protección adecuada de sus derechos, medios de vida y cultura. El informe señala que existe una necesidad imperiosa de reconocer y defender los derechos de los pueblos indígenas y tribales a preservar sus territorios y recursos, su cultura e identidad, su conocimiento tradicional y su derecho a la libre determinación. Los autores del informe llegan a la conclusión de que «existe la necesidad imperiosa de que las autoridades nacionales y locales garanticen la protección de los derechos de la población indígena y acaben con su discriminación, incluida la aplicación efectiva de la legislación, cuando ésta exista, y la elaboración de una legislación adecuada, cuando ésta falte». El 2 de diciembre de 2004 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó por consenso una resolución que insta a los Estados Miembros y a los organismos de las Naciones Unidas a estudiar el informe de la Comisión en el marco del examen de alto nivel sobre la Declaración del Milenio en Esa iniciativa plantea el problema de los derechos de los pueblos indígenas en el seno del debato sobre cómo alcanzar una globalización plenamente inclusiva y equitativa, y concede gran prioridad a la promoción de esos derechos en el programa de la OIT. El documento de posición se encuentra en el sitio web del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas: Birgitte Feiring n El Proyecto del Milenio de las Naciones Unidas El informe final del Proyecto del Milenio de las Naciones Unidas, órgano asesor independiente de la Secretaría General de las Naciones Unidas, se presentó al Secretario General, Koffi Annan, el 17 de enero de El Proyecto contiene un marco operacional que pretende permitir que incluso los países más pobres alcancen los Objetivos de Desarrollo del Milenio para A diferencia de otros proyectos, este marco incluye una serie de referencias importantes que subrayan la importancia de prestar especial atención a las necesidades y derechos de los pueblos indígenas y tribales en las estrategias basadas en los ODM. El informe y otros materiales relacionados con el marco operacional pueden consultarse en el sitio web del proyecto sobre el milenio: Los pueblos indígenas y tribales y los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP): cuestiones de política y desafíos Los pueblos indígenas representan aproximadamente el 5 por ciento de la población mundial, pero más del 15 por ciento de los pobres 4. La incidencia de la pobreza extrema es más alta entre ese grupo que entre otros grupos sociales y, generalmente, se benefician mucho menos que los demás de los declives generales de la pobreza. Las mujeres indígenas y de las tribus tienen las mismas desventajas que los hombres de su comunidad, pero a menudo deben hacer frente a obstáculos adicionales por motivos de género y edad. Como resultado, suelen tenerse que privar de más cosas que los hombres indígenas. n 4 Banco Mundial: Aplicación de la directriz operacional 4.20 sobre poblaciones indígenas: examen documental independiente, Informe Nº 25332, 10 de enero de 2003, Grupo de Evaluación de Países y Relaciones Regionales, Departamento de Evaluación de Operaciones, Banco Mundial (Washington D.C).

8 8 DECLARACIÓN Adoptada en 1998, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo es una expresión de compromiso por parte de gobiernos, organizadores de empleadores y organizaciones de trabajadores para mantener los valores humanos básicos. La Declaración abarca cuatro esferas: n Libertad de asociación y derecho a la negociación colectiva; n La eliminación del trabajo forzoso y obligatorio; n La abolición del trabajo infantil; y n La eliminación de la discriminación en el lugar de trabajo. La Declaración compromete a los Estados Miembros a respetar y promover principios y derechos relativos a esas cuatro esferas, hayan ratificado o no los Convenios pertinentes. La Declaración deja claro que esos derechos son universales, y que se aplican a todas las personas de todos los Estados, independientemente del nivel de desarrollo económico. En particular, menciona grupos con necesidades especiales, incluidos los desempleados y trabajadores migrantes. Reconoce que el crecimiento económico por si solo no basta para garantizar la igualdad y el progreso social y erradicar la pobreza. La Declaración y su seguimiento ofrecen tres maneras de ayudar a los países, empleadores y trabajadores a lograr la plena realización de los objetivos de la Declaración. En primer lugar, existen las memorias anuales, formadas por informes de países que todavía no han ratificado uno o más de los convenios de la OIT directamente relacionados con los principios específicos que figuran en la Declaración. A continuación, el informe global presenta cada año un panorama mundial dinámico de la situación actual de los principios y derechos expresados en la Declaración. El tercer modo de dar efecto a la Declaración es a través de los proyectos de cooperación técnica, destinados a abordar las necesidades identificables en relación con la Declaración y a fortalecer las capacidades locales, poniendo así en práctica esos principios. Las desigualdades étnicas, cada vez mayores, que se producen en países habitados por pueblos indígenas y tribales muestran que las políticas convencionales de lucha contra la pobreza no consiguen solucionar el problema de la exclusión económica y social a la que se enfrentan esos pueblos. Ese problema no sólo debe solucionarse para el beneficio de los propios pueblos sino también por motivos de equidad social y eficacia política, lo que exige que las políticas sociales y económicas reconozcan y se adapten a las necesidades, aspiraciones y derechos de los pueblos indígenas y tribales. Al tratarse de pueblos distintos, gozan de derechos especiales (derechos colectivos) que incluyen, entre otros, el derecho a ser distinto y a influir en decisiones que afecten a su modo de vida y a su futuro. Desde 1999 los Documentos de Estrategia de Lucha contra la Pobreza (DELP) se han convertido en la base general para los préstamos, el alivio de la deuda y la cooperación para el desarrollo en los países de ingresos bajos. Esos documentos tienen la intención de contribuir a alcanzar los ODM en esos países en cuestión. Los procesos que conducen a la definición de los DELP nacionales deben ser abiertos y participativos y deben llegar a los «grupos tradicionalmente marginados». Sin embargo, las directrices pertinentes no hablan de la participación de los pueblos indígenas y tribales en dichos procesos. En el marco de la acción de seguimiento para la eliminación de la discriminación en el lugar de trabajo, la OIT está terminando una «auditoría» étnica de los DELP de 14 países. El objetivo de la auditoría es averiguar si se han tenido en cuenta, y cómo, los derechos, las necesidades y las aspiraciones de los pueblos indígenas y tribales, y si éstos han participado en las consultas que han llevado a la elaboración de los DELP. Los 14 países son: Bangladesh, Bolivia, Camboya, Guyana, Honduras, Kenya, República Democrática Popular Lao, Nepal, Nicaragua, Pakistán, Sri Lanka, Tanzanía, Viet Nam y Zambia. Las conclusiones preliminares señalaron que había diferencias significativas en términos de si se habían tratado las cuestiones indígenas, y cómo, tanto entre regiones, como entre países y regiones. Aunque los marcos jurídicos reconocen los derechos de grupo de los pueblos indígenas, y se han creado instituciones y políticas que respetan y se adaptan a la diversidad cultural, es más probable que los DELP aborden las causas estructurales de la pobreza y la exclusión social de los pueblos indígenas y tribales. La organización, la afirmación política y la movilización de esos pueblos son otros factores clave. Los DELP de América Latina identifican claramente las zonas clave para el desarrollo de los pueblos indígenas: la demarcación y el papel de las tierras tradicionalmente ocupadas por ellos; la educación bilingüe e intercultural; y el autogobierno indígena. El tamaño relativo de las poblaciones indígenas de los países determina si se busca un enfoque de incorporación étnica o si, por el contrario, se apunta a la promoción

9 de intervenciones concretas. La ratificación del Convenio núm. 169 parece mejorar la probabilidad de que las cuestiones indígenas se aborden con coherencia desde el diagnóstico de la pobreza hasta las prescripciones políticas. 9 En África, el debate sobre la identificación de los pueblos indígenas todavía se encuentra en una fase muy prematura. Sin embargo, recientemente en esa región se han realizado algunos progresos alentadores. Los DELP africanos, en diversos grados, empiezan a reconocer que el cultivo y la irrigación a gran escala, las fronteras nacionales, el turismo y la creación de reservas naturales y lúdicas están socavando la libertad de pastorear el ganado en terrenos extensos y el acceso al agua, que es fundamental para los pueblos indígenas pastores. En Asia, los DELP pasan de mostrar indiferencia o sólo una preocupación pasajera por la exclusión política y social de los pueblos indígenas y tribales, a mostrar una verdadera preocupación por su desarrollo desigual en relación con otros grupos sociales. A pesar de esas diferencias, todas las regiones comparten una serie de problemas comunes, a saber: n El desarrollo y la inclusión de indicadores de pobreza que reflejen las nociones indígenas de pobreza y bienestar, los indicadores actuales de pobreza están fuertemente influenciados por nociones convencionales de pobreza que reflejan las opiniones de grupos dominantes sobre pertinencia y no pertinencia; n El desarrollo, en colaboración con organizaciones indígenas, de métodos de consulta destinados a velar por un intercambio de opiniones bien informado y significativo sobre el contenido de los DELP en cuanto a los pueblos indígenas; y n La creación de capacidad para organizaciones indígenas y autoridades gubernamentales sobre cómo participar en la planificación, aplicación y supervisión del desarrollo local para responder a las aspiraciones y necesidades y a los derechos de los pueblos indígenas. La descentralización posee un gran potencial para reducir las diferencias de oportunidades y bienes entre las poblaciones indígenas y no indígenas. No obstante, eso obliga a entender que el fomento de un mayor grado de igualdad entre los pueblos indígenas y tribales y una mayor inclusión social conlleva un trato diferencial. El presente estudio pretende ser el primer paso de un proceso más largo y multifacético. Se trata de una evaluación inicial, limitada (tanto en alcance como en contenido), basada en una auditoría de antecedentes, de la medida en que los pueblos indígenas y tribales y sus preocupaciones se han incorporado en los DELP. El objetivo es proponer que se continúe trabajando a escala nacional e internacional para colmar brechas en materia de conocimientos y formular recomendaciones de política sanas. Las actividades de seguimiento podrían incluir: n Estudios que requieran un análisis e investigaciones más detalladas; n Examen de los indicadores indígenas específicos en una serie de países clave; n Desarrollo y evaluación de metodologías para realizar consultas que respeten las características culturales y significativas sobre políticas de desarrollo y eliminación de la pobreza de comunidades u organizaciones indígenas y tribales; y n Consultas con gobiernos nacionales, el Banco Mundial, otros organismos de las Naciones Unidas, y donantes bilaterales que deben desempeñar algún papel en los procesos de los DELP. Esta «auditoría étnica» forma parte de la contribución de la OIT a la Cuarta Sesión del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas. Manuela Tomei Estudios sobre los pueblos indígenas y las estrategias de lucha contra la pobreza en Camboya y el Camerún A fin de completar la auditoria étnica de los DELP, el PRO 169 ha apoyado dos estudios de casos sobre Camboya y el Camerún para: n Documentar las propias opiniones de los pueblos indígenas y tribales sobre pobreza y estrategias de lucha contra la pobreza y brechas, similitudes y contradicciones existentes respecto de las actividades nacionales de reducción de la pobreza; y n Formular recomendaciones de seguimiento para velar por la consulta y la participación de los pueblos indígenas y tribales en las actividades nacionales de reducción de la pobreza.

10 10 A escala nacional, los estudios de casos se realizan en colaboración con comunidades y organizaciones indígenas y están coordinados por el Centro de Estudios Avanzados y por el Centro para el Medio Ambiente y el Desarrollo, respectivamente. En ese marco general, los dos estudios de casos tienen el objetivo de: n Evaluar el alcance de la participación indígena en la formulación de los DELP (teniendo en cuenta a hombres y mujeres en ese proceso); n Analizar la pertinencia de los DELP para pueblos indígenas y tribales (incluido un análisis de las propias opiniones sobre la pobreza de los pueblos indígenas); n Formular recomendaciones sobre la consulta y la participación de los pueblos indígenas y tribales en las actividades para eliminar la pobreza; e n Identificar las necesidades de creación de capacidad respecto de la participación indígena en los DELP (puede incluir creación de capacidad para pueblos indígenas, gobierno, ONG y otros actores pertinentes). La principal metodología para ambos estudios de casos son las consultas culturalmente adecuadas a determinadas comunidades indígenas para recoger opiniones sobre: n Conceptos y nociones indígenas de pobreza n Indicadores indígenas de pobreza n Estrategias indígenas de lucha contra la pobreza n Efecto de los programas de mitigación de la pobreza en las comunidades indígenas (incluidos distintos impactos sobre hombres y mujeres) n Consultas y participación en actividades nacionales de reducción de la pobreza. n Uso de conocimientos indígenas en estrategias de eliminación de la pobreza. Basándose en una serie de conclusiones preliminares queda claro que la elaboración de los DELP examinados no ha tomado en consideración las propias opiniones sobre pobreza de los pueblos indígenas y tribales, ni sus propias estrategias para combatirla. Asimismo se ha hecho hincapié en que, sin consultar ni contar con la participación adecuada de esos pueblos en la elaboración de los DELP, las estrategias de lucha contra la pobreza de los pueblos indígenas no estarán en posición de considerar sus especificidades culturales, lo que hace correr el riesgo de que fracasen las estrategias de lucha contra la pobreza destinadas a esos pueblos. Cualquier estrategia de reducción de la pobreza destinada a los pueblos indígenas y tribales también debería tener en cuenta los aspectos colectivos de sus derechos, y su situación relativa a los derechos humanos, y debería referirse específicamente a los derechos sobre la tierra y los recursos, derechos laborales y de empleo, derechos culturales y derecho a participar en la vida pública de los Estados donde viven. Asimismo, debería tomar en consideración la discriminación permanente contra esos pueblos, y las repercusiones que eso puede tener sobre su capacidad de participación en los procesos que les afectan. Se velará por que se realice un seguimiento de los estudios de los casos en el marco de las actividades de la OIT en curso en Camboya y el Camerún. Francesca Thornberry Momento de poner término al trabajo forzoso en los países andinos En la actualidad existe una serie de países andinos que están aplicando políticas más firmes para erradicar la servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso 5 a las que se suele someter a los pueblos indígenas. Esas medidas demuestran el compromiso hacia los principios y derechos fundamentales en el trabajo y hacia una globalización justa basada en el trabajo decente para todos. Existe un programa de acción especial de la OIT para combatir el trabajo forzoso (SAP-FL) que apoya a los gobiernos y a los interlocutores sociales en sus esfuerzos por documentar y eliminar el trabajo forzoso. n 5 En el Convenio núm. 29 de la OIT, la expresión trabajo forzoso u obligatorio designa todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente.

11 En el Perú, una reciente investigación ha confirmado la existencia de trabajo forzoso en el contexto de actividades ilegales de producción maderera de los Departamentos de Ucayali y Madre de Dios, situados en la cuenca del Amazonas. El trabajo forzoso suele producirse en los terrenos de las comunidades indígenas para la extracción de madera de caoba y de cedro. Los intermediarios están realizando progresos en las comunidades indígenas al intercambiar alimentos o bienes por una cantidad de madera que se entrega posteriormente, pero eso crea deudas que después se manipulan para lograr que se realicen trabajos forzosos no remunerados. En otros casos, se crean campos de trabajo en el bosque y los intermediarios contratan entre 20 y 40 trabajadores, procedentes de ciudades lejanas o de comunidades indígenas vecinas. Esos trabajadores reciben adelantos de salarios que posteriormente se emplean para obtener mano de obra forzosa. 11 En Bolivia, otro estudio también ha documentado la existencia de trabajo forzoso entre los pueblos indígenas. La situación más extrema se observó en la región de Chaco, donde se retiene a una serie de trabajadores en enormes granjas en condiciones parecidas a la servidumbre. A veces, se cautiva a comunidades enteras a través de la servidumbre por deudas y del uso abierto de la violencia. Esas situaciones también es probable que se produzcan en el lado paraguayo de la región de Chaco. Sin embargo, el trabajo forzoso no se limita a esas situaciones extremas. Los sistemas laborales de enganche o habilitación, basados en la concesión de adelantos salariales a los trabajadores antes de la cosecha a cambio de que se comprometan a trabajar, todavía se emplean en la agricultura de Bolivia. Con demasiada frecuencia se traducen en regimenes de servidumbre por deudas y en trabajos forzosos no remunerados. Los trabajadores en régimen de servidumbre por deudas suelen ser hombres, pero a menudo sus esposas e hijos también se ven involucrados y se espera que trabajen gratuitamente. En ambos países está claro que el trabajo forzoso es una manifestación extrema de discriminación y las consecuencias para las víctimas son la pobreza permanente y la falta de disfrute de los derechos humanos fundamentales. Tanto Bolivia como el Perú han reaccionado con rapidez a la información presentada en los estudios, que en breve se darán a conocer y se podrán consultar en el sitio web de la OIT: En diciembre de 2004, el Gobierno de Bolivia creó una Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Forzoso para desarrollar y aplicar, con la participación de los interlocutores sociales y el apoyo de la OIT, una serie de medidas políticas eficaces. Ya se han celebrado consultas con empleadores, trabajadores y directores de centros de inspección laboral regionales. El Perú también está en proceso de crear una Comisión Multisectorial, con miras a formular una política nacional de eliminación del trabajo forzoso y a fortalecer el estado de derecho en las regiones donde existe el trabajo forzoso. En ambos países, los gobiernos se están dando cuenta de que ha llegado el momento de poner fin al trabajo forzoso. Patrick Belser Seminario sobre consentimiento libre, previo e informado y pueblos indígenas El Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas celebró un seminario internacional sobre metodologías relativas al consentimiento y a los pueblos indígenas del 17 al 19 de enero de 2005 en la sede de las Naciones Unidas de Nueva York, donde se debatieron una amplia gama de cuestiones, a saber: n La comprensión actual del consentimiento libre, previo e informado como cuestión metodológica; n Marcos pertinentes de política de distintas organizaciones intergubernamentales; y n Ejemplos de la aplicación del principio del consentimiento libre, previo e informado a escala nacional e internacional. La OIT contribuyó al seminario haciendo hincapié en que el consentimiento libre, previo e informado debe entenderse en el contexto del Convenio núm. 169, en el marco del trabajo de supervisión de la OIT en relación con dicho Convenio, y basándose en la experiencia de la OIT en materia de cooperación técnica sobre cuestiones indígenas. La experiencia de la OIT en la supervisión del Convenio, así como la experiencia obtenida de las actividades de cooperación técnica, ha prestado más atención a las metodologías y problemas relacionados con el concepto del consentimiento libre, previo e informado que a otros ámbitos. En particular, se han destacado el peligro que supone que distintas organizaciones apliquen metodologías distintas al trabajo que realizan en el ámbito de los pueblos indígenas, y una serie de problemas que se plantean en la aplicación de los conceptos de consulta y participación. El Convenio núm. 169 no sólo exige que se apliquen los

12 12 principios de consulta y participación en el contexto de proyectos de desarrollo específicos sino que también los sitúa en el contexto más amplio del buen gobierno, y en la participación de los pueblos indígenas y tribales en la vida pública. Los pueblos indígenas no deberían considerarse objetos de desarrollo sino asociados de un proceso. Los debates generales mantenidos durante el seminario mostraron la opinión de la mayoría de participantes indígenas de que el consentimiento libre, previo e informado debería considerarse un derecho, en el contexto de un enfoque al desarrollo basado en los derechos, y no sólo una metodología. En el seminario se recomendó a la OIT que analizara y documentara mejores prácticas para la aplicación de los principios de consulta y participación descritos en el Convenio núm. 169, con miras a utilizar esa información para la creación de capacidad. Ello será un componente integrante del programa de trabajo propuesto para el PRO 169 en los próximos años, parte del cual se centrará en la documentación de las mejores prácticas en un sentido más amplio. Ese trabajo no sólo puede contribuir al programa en curso de asistencia técnica de la OIT sobre cuestiones indígenas sino que también se pondrá a disposición del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas con miras a proporcionar información técnica para que el Foro continúe examinando esas cuestiones. La contribución de la OIT al seminario figura en el sitio web de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales. Francesca Thornberry Programa de Becas para Poblaciones Indígenas En 2004, el PRO 169 llevó a cabo un Programa de Becas para Poblaciones Indígenas de tres meses de duración. El objetivo general del programa era proporcionar a los participantes algunas aptitudes y conocimientos necesarios para la protección y la promoción de los derechos de sus pueblos. El objetivo del Programa consistía en brindar a los becarios la oportunidad de analizar, de primera mano, diversas actividades de la OIT, y del sistema de las Naciones Unidas, y en que el personal de la OIT aprendiera del trabajo que realizaban los becarios en el campo de la protección y la promoción de los derechos de sus pueblos. Los participantes de este año fueron: Yuuki Hasegawa, procedente de la comunidad Ainu (Japón); Tony Khular, de la comunidad Lamkang de Manipur (India); y Walther Benedictus Para, (Suriname). Una serie de organizaciones internacionales contribuyeron a informar a los becarios y a capacitarlos respecto de una amplia gama de preguntas relacionadas con los pueblos indígenas y tribales. Los becarios trabajaron con el personal de la OIT en tareas individuales y colectivas, lo que les permitió aplicar y profundizar sus conocimientos en función de sus intereses y necesidades específicos, y basándose en su propia experiencia y conocimientos. A fin de vincular los nuevos conocimientos y aptitudes a las necesidades de las comunidades de becarios, se prepararon propuestas de actividades de promoción de los derechos indígenas entre sus pueblos, para que las organizaciones respectivas las llevaran a cabo. Los proyectos específicos elegidos por los participantes reflejan las importantes diferencias de las situaciones y las necesidades de sus pueblos, y los distintos niveles de capacidad entre sus respectivas organizaciones. El PRO 169 apoya a los becarios en la aplicación de los proyectos que han presentado. A fin de maximizar el impacto de los recursos de que se dispone para la capacitación y la creación de capacidad, el PRO 169 ha decidido que en 2005 no llevará a cabo el Programa de Becas en Ginebra. Por el contrario, el PRO 169 llevará a cabo sus actividades de capacitación en las regiones para satisfacer así las necesidades específicas de creación de capacidad de las organizaciones indígenas, gobiernos y personal de la OIT a distintos niveles. Además, el Proyecto fortalecerá su contribución al Programa de Becas para Poblaciones Indígenas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Para más información sobre dicho programa, sírvase consultar: ( Francesca Thornberry

13 13 Entrevista con Yuuki Hasegawa, Ainu (Japón) y Tony Khular, Lamkang (India), participantes del Programa de Becas de la OIT de : Procedéis de países muy distintos. La situación de vuestros pueblos y los contextos en los que actúan vuestras organizaciones son también muy diferentes. Qué similitudes y qué diferencias principales habéis encontrado en el curso del programa? Yuuki Hasegawa (YH): La situación de nuestros grupos es, indiscutiblemente, muy distinta. Por ejemplo, los Ainu del Japón prácticamente han perdido su idioma y, en la actualidad, queremos hacer que reviva. Por el contrario, los Lamkang de la India todavía conservan sus idiomas y cultura, de modo que podemos aprender de ellos. El grado de reconocimiento de nuestros grupos y de sus derechos también es muy distinto. En la India, existen una serie de disposiciones constitucionales que conceden determinados derechos a las «tribus clasificadas». En el Japón, no existen esos derechos. La India ha ratificado, por lo menos, el Convenio núm. 107 de la OIT, en cuyas disposiciones puede basarse la defensa de los pueblos indígenas. En el Japón, la ratificación es demasiado complicada y debemos encontrar otras formas de promover los derechos indígenas. En general, nuestra situación es muy distinta, pero nuestros objetivos tienden a ser los mismos, y trabajamos a través del sistema de las Naciones Unidas para alcanzarlos. Tony Khular (TK): Sí, en la India tenemos una serie de disposiciones constitucionales y legislaciones que reconocen nuestros derechos como «tribus clasificadas» pero no como «pueblos indígenas». En cualquier caso, el problema consiste en aplicar esas disposiciones. En ambos casos se carece de organizaciones nacionales para promover nuestros derechos. A través de Walter Para, otro participante del Programa de Becas, aprendimos sobre Suriname, donde existe una organización nacional indígena firme. Qué significa para vosotros el concepto de «pueblo indígena»? TK: «Indígena» hace referencia a una serie de grupos sumamente distintos, que luchan en contextos nacionales muy distintos. La diversidad se refleja en el hecho de que no existe ninguna definición internacionalmente aceptada de pueblos indígenas y el Convenio núm. 169 de la OIT hace de la conciencia de identidad un criterio fundamental. En la India, disponemos de la categoría de «tribus clasificadas» y «castas clasificadas». Algunas personas tienen conciencia de identidad indígena mientras que otras no. Cuán extendidos están la OIT y el Convenio núm. 169 en vuestros países y entre las personas de vuestras comunidades? YH: El Japón todavía no ha ratificado el Convenio núm. 169 y pocos Ainu conocen la OIT y su mandato relativo a los pueblos indígenas. Los miembros de mi comunidad poco a poco se dan cuenta del significado de los procesos a escala internacional y aprenden a recurrir a las organizaciones internacionales. Hasta el momento, sólo algunos Ainu de edad han asistido a reuniones de las Naciones Unidas y soy el primer Ainu joven que viene a Ginebra. Resulta irónico que ya estuviera en Ginebra cuando me puse en contacto con la OIT en Tokio por primera vez. Sin embargo, espero mantener buenas relaciones con ellos en el futuro. TK: Las personas de las comunidades Lamkang no tienen conocimiento de la OIT ni del Convenio núm Yo oí hablar de la OIT y de este Programa de Becas por casualidad en Delhi. También soy la primera persona joven de mi comunidad que viene a Ginebra. La situación en otros Estados de la India puede que sea distinta. Los montañeses no tienen acceso a la OIT ni a sus Convenios y no son conscientes de ello. Cuando regrese a mi país compartiré los conocimientos que he adquirido en el curso del Programa. Qué puede hacer la OIT para sensibilizar a las personas acerca de los derechos de los pueblos indígenas y promoverlos? TK: La mayoría de personas de mi comunidad no hablan hindi, y Ginebra, al igual que Delhi, está lejos. Todo está lejos de las comunidades del noreste de la India. El Convenio núm. 169 de la OIT y el material de apoyo deberían traducirse a nuestros idiomas. Además, es importante establecer vínculos entre las comunidades locales y las organizaciones internacionales así como entre los pueblos indígenas de los distintos países. El Programa de Becas contribuye a ambas cosas. Sin embargo, se debería brindar a otras comunidades y personas la oportunidad de participar, y para eso debería ampliarse el Programa. n 6 Las opiniones expresadas en este artículo son las de los entrevistados.

14 14 YH: Estoy de acuerdo en que es importante fortalecer las relaciones entre las diversas organizaciones indígenas y la OIT. Pensaba que ya existían muchos más vínculos pero en el curso de este Programa me di cuenta de que era al contrario. La falta de detalles operacionales del Convenio núm. 169 podría dificultar su aplicación efectiva. Por consiguiente, es conveniente que ahora la OIT inicie un proyecto para recopilar y difundir las mejores prácticas relativas a la aplicación del Convenio y sus distintas disposiciones, e inicie proyectos para establecer buenas prácticas en Camboya y en el Camerún. A través de este programa, también me he dado cuenta de las limitaciones de la OIT y de otras organizaciones internacionales. En mi opinión, el Convenio no va suficientemente lejos respecto de la consulta y la participación en cuestiones de representación política y legislación. Además, es importante que diversas organizaciones cooperen más estrechamente. Sin embargo, también debemos darnos cuenta de que el sistema de las Naciones Unidas no es ideal para conseguir el reconocimiento de nuestros derechos. De todos modos, debemos utilizar los mecanismos existentes de forma más eficaz. Qué mecanismos consideráis útiles? YH: Los órganos de supervisión de tratados de las Naciones Unidas, por ejemplo. El gobierno japonés no mencionó para nada a los Ainu hasta el decenio de El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales manifestó entonces su preocupación por la discriminación de los Ainu como «grupo minoritario» y provocó un debate. En la actualidad, el gobierno acepta que los Ainu son una minoría legítima mientras que el Comité considera que se trata de un pueblo indígena. El Comité pidió información sobre los Ainu al gobierno del Japón pero éste no dispone de esa información. Mi organización desea realizar un estudio sobre la situación socioeconómica de los Ainu y presentar los datos recogidos al Comité. A fin de cuentas, las Naciones Unidas son un sistema útil. Qué puede hacer la OIT por vosotros y por vuestros pueblos, y qué papel que desempeñan las oficinas regionales de la OIT en ese proceso? YH: La OIT puede trabajar con los gobiernos a través de sus oficinas regionales. Para los japoneses es muy difícil acceder a las organizaciones de Ginebra y sería conveniente poder contactarlas a través de las oficinas regionales de la OIT. Al fin y al cabo, la OIT es la única organización internacional con un mandato normativo relacionado con los pueblos indígenas. Ahora que estamos en contacto con la oficina de la OIT en Tokio podemos empezar a cooperar más estrechamente. Somos una ONG pequeña pero la OIT es una organización internacional. Juntos, tenemos muchas posibilidades de influir en el gobierno. TK: El Programa nos brinda una excelente oportunidad para cooperar más estrechamente con la OIT y con otras organizaciones de las Naciones Unidas, y espero que esas organizaciones puedan hacer mucho por mi comunidad. Sin embargo, los montañeses no pueden acceder a esas organizaciones. Allí, muchas personas ni siquiera saben de qué derechos gozan en virtud de la Constitución India y es importante que se les instruya al respecto. En la actualidad, estoy en contacto con la oficina de la OIT en Delhi. Iré a visitar la oficina y debatiré con el personal de allí cómo podemos cooperar en el futuro. Espero que puedan contribuir a apoyar mi proyecto destinado a que los miembros de mi comunidad cobren conciencia sobre el derecho a la educación. YH: Los derechos no bastan. No podemos comer de los derechos. Nuestras organizaciones son débiles y es muy difícil obtener fondos y capacitar al personal. Si dispusiéramos de más conocimientos y personal, nuestras organizaciones tendrían más fuerza y podrían trabajar con más independencia. Qué haréis cuando regreséis a vuestro país? YH: En primer lugar, enseñaré a mi organización y a otros Ainu interesados lo que he aprendido aquí. Después quiero hablar con la oficina de la OIT en Tokio y probablemente con sindicatos y otras ONG japonesas para conseguir apoyo para mi proyecto. TK: Primero visitaré la oficina de la OIT en Delhi. A partir de ahí decidiré cómo continuar. En mi país me esperan para saber cómo ha ido el viaje y qué he aprendido aquí en Ginebra. Estoy pensando en organizar un seminario y preparar un boletín para dar a conocer esa información. La conciencia de identidad El Convenio núm. 169 de la OIT no define qué pueblos son indígenas y tribales sino que sólo describe a los pueblos a los que protege: Los elementos que definen a los pueblos tribales son: n Formas de vida tradicionales; n Cultura y formas de vida que les distingan de otros sectores de la colectividad nacional; y n Organización social y costumbres o tradiciones y leyes propias. Los elementos que definen a los pueblos indígenas son: n Formas de vida tradicionales; n Cultura y formas de vida que les distingan de otros sectores de la colectividad nacional; y n Organización social y costumbres o tradiciones y leyes propias. n Continuidad histórica en una zona determinada, o antes de que otros «invadieran» o se introdujeran en esa zona. La conciencia de identidad indígena o tribal es un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del Convenio núm. 169.

15 Países y regiones 15 III. PAÍSES Y REGIONES n Asia Convenio núm. 169 de la OIT y consolidación de la paz en el Nepal En la actualidad, hace diez años que el Nepal es víctima de un terrible conflicto armado, que en parte está relacionado con la marginación de importantes sectores de la sociedad, como los pueblos indígenas, que representan aproximadamente un 37% de la población. La pobreza extendida, el desempleo, la falta de consulta y de participación de los pueblos indígenas (y otros grupos desaventajados), junto con el nacimiento de una cultura de conflicto, continúan avivando la inestabilidad política en el país. En ese contexto, el trabajo de la OIT en el Nepal, y en la subregión en general, ha subrayado la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas y tribales de las zonas de subempleo, migración, trabajo en régimen de servidumbre, discriminación, trata y trabajo infantil, entre otras preocupaciones de la OIT. La promoción de la ratificación del Convenio de la OIT sobre los pueblos indígenas y tribales y la difusión de información sobre sus disposiciones ha sido uno de los objetivos principales del movimiento a favor de los derechos indígenas en el Nepal. La OIT ha apoyado activamente esas iniciativas, a través de la prestación de asistencia técnica y financiera. El Convenio núm. 169 se ha traducido al nepalés, junto con el manual adjunto, utilizando ejemplos y realidades de ese país. La oficina de la OIT en el Nepal y organizaciones indígenas representativas han trabajado conjuntamente con el gobierno y las organizaciones de empleadores y de trabajadores para lograr que se cobre mayor conciencia de las cuestiones indígenas y del Convenio núm. 169 y para fortalecer la política de participación y la promoción de políticas socialmente inclusivas con miras a establecer una paz duradera. Una de las prioridades del décimo plan quinquenal de desarrollo del gobierno es tratar las cuestiones específicas que conciernen a los pueblos indígenas del Nepal; dicho Plan también toma conocimiento de las medidas adoptadas en el pasado para mejorar la situación de muchos de los pueblos indígenas. La OIT ha contribuido a la elaboración del capítulo sobre «nacionalidades indígenas» y a los DELP del gobierno. En la actualidad se está llevando a cabo un estudio jurídico comparativo sobre el Convenio núm. 169 y la legislación y política nacional, así como un estudio piloto sobre la etnicidad y el trabajo infantil. La OIT ha promocionado sistemáticamente el diálogo entre el gobierno y las organizaciones indígenas representativas, y ha brindado y estudiado la posibilidad de utilizar el Convenio núm. 169 de la OIT como marco para los diálogos de paz (como fue el caso de Guatemala en 1996). En una reciente consulta sobre esas cuestiones (organizada por la OIT y los socios indígenas en enero de 2005) se reunió a más de 150 gobiernos y representante indígenas, se adoptó unánimemente la Declaración Kathmandu Adivasi-Janjati sobre el Convenio núm. 169 de la OIT y la creación de paz en el Nepal que proporciona directrices concretas para que las partes pertinentes adopten medidas destinadas a promover los derechos de los pueblos indígenas y a facilitar la justicia social y la creación de paz participativa en el marco del Convenio núm A pesar del deterioro de la situación política en el Nepal, que el 1 de febrero de 2005 se tradujo en la disolución del gabinete y la declaración de un estado de emergencia por parte del Rey, la conferencia consiguió dar un primer paso positivo hacia las negociaciones de las partes y la resolución de conflictos en el Nepal, en el marco del Convenio núm La OIT desea, en la medida de lo posible, facilitar un diálogo continuo entre el gobierno y los pueblos indígenas que ofrezca capacitación y creación de capacidad en el ámbito de los derechos indígenas y que identifique los principales elementos de un «programa de trabajo decente» para los pueblos indígenas, con el fin de mejorar su situación económica y laboral.

16 16 El «trabajo decente» es decisivo en el mandato y las actividades de la OIT, y aún a los objetivos de los derechos en el lugar de trabajo, el empleo y los ingresos, la protección social y el diálogo social. La elaboración de programas de trabajo decente también brinda la posibilidad de que los mandantes de la OIT (organizaciones de trabajadores y de empleadores) trabajen en colaboración con pueblos indígenas. El estudio sobre la legislación nacional así como el estudio sobre la etnicidad y el trabajo infantil y la Declaración Kathmandu Adivasi-Janjati se pueden consultar en el sitio web de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales. Sarah Webster Desarrollo orientado a la comunidad en Filipinas Según estimaciones recientes, existen entre 12 y 13 millones de pueblos indígenas y tribales en Filipinas, que representan aproximadamente el 18% de la población total. Aunque su situación varía considerablemente según las regiones, estudios recientes confirman que los pueblos indígenas se ven particularmente afectados por la pobreza. A menudo esta situación está relacionada con una serie de cuestiones más amplias como la falta de reconocimiento de tenencia de la tierra y la disminución de oportunidades de sustento. La participación del programa INDISCO en el país se remonta a 1994, inicio del primer decenio de los pueblos indígenas del mundo. En colaboración con sus organismos asociados en el gobierno y con los propios pueblos indígenas, el programa INDISCO puso a prueba su enfoque participativo y comunitario en todo el país. En la actualidad, INDISCO gestiona un pequeño fondo de proyectos, que se han dado a conocer a través del apoyo financiero de la Embajada de Finlandia. El enfoque participativo en la planificación y aplicación de proyectos se traduce en que el programa INDISCO asiste a las comunidades indígenas a identificar sus propios procesos de desarrollo y se limita a desempeñar un papel puramente de facilitación. Los proyectos típicos implican actividades de desarrollo como la creación de formas de vida y cooperativas sostenibles que no perjudiquen ni amenacen el ámbito de los pueblos indígenas. Como parte del programa nacional de trabajo decente en Filipinas y a través de una alianza con el PNUD, el programa INDISCO proporciona apoyo técnico a la Comisión Nacional de Pueblos Indígenas para velar por la plena aplicación de la Ley sobre los derechos de los pueblos indígenas. Las actividades incluyen la creación de capacidad para dirigentes comunitarios y el desarrollo de herramientas específicas para la aplicación de la Ley sobre los derechos de los pueblos indígenas. En ese contexto, el programa INDISCO también ha contribuido al plan de desarrollo a mediano plazo de Filipinas para los pueblos indígenas , que la oficina del Presidente ha aprobado. Hüseyin Polat Evaluación de los enfoques comunitarios de la educación para combatir el trabajo infantil en Filipinas Basándose en el marco jurídico y político proporcionado por la Ley sobre los derechos de los pueblos indígenas y la política del gobierno en materia de educación informal, este programa de acción IPEC-INDISCO tiene el objetivo de evaluar enfoques innovadores destinados a la educación de los pueblos indígenas. El programa les ayuda a desarrollar la capacidad de responsabilizarse de la prevención del trabajo infantil y la rehabilitación de los niños trabajadores entre sus miembros. Además, pretende que la educación no sólo resulte atractiva y adecuada sino que también sea accesible para los pueblos indígenas. Como parte de ese proyecto, que se empezó a aplicar en 2003, se ha elaborado un plan de estudios para niños y adultos que está compuesto por la educación básica y los aspectos del desarrollo de medios de vida. La educación básica comprende la escritura, la lectura y la aritmética así como la cultura indígena y la diversidad de opiniones, el derecho consuetudinario, la espiritualidad y los rituales, la música y el baile, la gestión del dominio ancestral y los derechos indígenas. Los medios de vida comprenden el desarrollo de conocimientos que incluye fuentes de ingresos alternativas existentes como la producción de fibra de abacá, la artesanía y la producción de cultivos comerciales. Maria José Chamorro

17 17 El Programa OIT -INDISCO Este programa funciona principalmente a nivel comunitario y está destinado a fortalecer las capacidades de los pueblos indígenas y tribales, contribuir a la elaboración y aplicación de sus planes e iniciativas a través de sus propias organizaciones y velar por la conservación de sus valores tradicionales y culturales. El Programa INDISCO ha llevado a cabo numerosos proyectos en Asia y África, así como en Tanzanía, Camerún, India, Vietnam, Tailandia y Filipinas. En sus últimas actividades, el Programa INDISCO se ha centrado en la relación entre las experiencias a nivel popular y el entorno político. Se han difundido buenas prácticas de proyectos participativos y comunitarios dirigidos por los propios pueblos indígenas, que además se han empleado para influir en el ámbito político y para fortalecer las políticas y los programas nacionales destinados a proteger los derechos y a reducir la pobreza de los pueblos indígenas y tribales. La metodología del Programa INDISCO se basa en un enfoque participativo y comunitario para elaborar y aplicar proyectos en los que la participación y consulta de los pueblos indígenas y tribales es un principio fundamental. Los propios pueblos indígenas, junto con las ONG asociadas locales y el desarrollo de políticas gubernamentales, se encargan de la elaboración, el desarrollo y la aplicación de actividades del proyecto, lo que concede a la OIT un papel de mediador y facilitador entre los distintos actores implicados. Las prioridades futuras se centran en Papua Occidental, donde se ha presentado una propuesta a través de un ejercicio de formulación de proyectos participativos y consultivos, y en la subregión del Mekong en Asia, donde el Programa INDISCO continúa colaborando con sus asociados alemanes. Empleo decente para los pueblos tribales de la India Los pueblos tribales constituyen el 8% de la población total de la India y representan una enorme riqueza de culturas, idiomas y sistemas de conocimiento. Sin embargo, como en todas partes, esos pueblos están marginados en el ámbito social, económico y geográfico de la sociedad, y están desproporcionadamente afectados por la extrema pobreza. Desde 1994 el programa INDISCO ha trabajado para la promoción del empleo decente de las poblaciones indígenas mediante el desarrollo de cooperativas y empresas asociativas, al tiempo que ha salvaguardado sus valores tradicionales y culturales. En 2004 el proyecto INDISCO de la India entró en su período de eliminación gradual con el apoyo financiero de la federación cooperativa MIGROS de Suiza. Se ha apoyado a un grupo de 40 pueblos tribales al establecer y gestionar cooperativas jurídicamente reconocidas y otras empresas asociativas que han proporcionado créditos y préstamos, salud y educación. En la actualidad la experiencia adquirida en las intervenciones populares del programa INDISCO se da a conocer en forma de estudios sobre mejores prácticas de desarrollo comunitario. Las últimas publicaciones del programa INDISCO en la India son estudios de casos sobre cooperativas tribales en la India, y un estudio monográfico sobre un grupo tribal especialmente vulnerable de la India, a saber, los montañeses Bondo. El estudio destaca que los programas de desarrollo deben respetar el principio de la consulta y la participación de las personas interesadas para actuar con eficacia. Hüseyin Polat Mejoramiento del entorno legislativo y político para los pueblos indígenas de Camboya En la actualidad no existe ninguna política activa en Camboya relacionada con los pueblos indígenas. En 1997 se esbozó una política de desarrollo sobre los pueblos de montaña pero todavía no se ha aprobado debido, entre otras cosas, a que desde 1997 se han adoptado diversas leyes, incluida la Ley sobre tierras de 2001, que han cambiado el marco legislativo para la protección de determinados derechos de los pueblos indígenas, y el transcurso del proceso de descentralización, que ha afectado a las estructuras de gobierno en las que se basa el proyecto político. En la actualidad se está llevando a cabo un trabajo de reformulación de esta política. El proceso de descentralización se ha convertido en el eje de la mayoría de actividades en curso relacionadas con los pueblos indígenas. Sin embargo, existen una serie de factores que limitan la capacidad de que los pueblos indígenas desempeñen un papel activo en la adopción de decisiones a través de los consejos comunitarios locales, como el acceso restringido a la educación y la inadecuación cultural de ésta, la falta de conocimiento de los idiomas indígenas en los órganos de adopción de decisiones y los problemas de acceso físico a las comunidades indígenas. A fin de contribuir al desarrollo de la legislación y las políticas nacionales que integran los derechos, las necesidades y prioridades de los pueblos indígenas y tribales de Camboya, en el marco de los programas PRO 169 e INDISCO se iniciará un proyecto en ese país en abril de Un coordinador nacional

18 18 facilitará el proyecto que los asociados nacionales y locales de éste aplicarán, incluido el Departamento para el desarrollo de las minorías étnicas del Ministerio de Desarrollo Rural, que tiene un amplio mandato para tratar cuestiones indígenas en Camboya. Los objetivos inmediatos de este proyecto son: 1. Mejoramiento del entorno legislativo y político relativo a los pueblos indígenas y tribales de Camboya y facilitación de la aplicación efectiva de esas políticas y legislaciones. 2. Fortalecimiento de las propias organizaciones representativas de los pueblos indígenas y tribales para desempeñar un papel más activo en la adopción de decisiones y en los procesos de desarrollo. La estrategia «doble» del proyecto en Camboya incluirá la realización de actividades estratégicas y la prestación de asistencia tanto a nivel nacional como comunitario, y creará vínculos entre los niveles a través de la facilitación a escala provincial. Francesca Thornberry Estudio monográfico sobre el trabajo de la OIT y los pueblos indígenas en Camboya La OIT recientemente realizó un examen documental sobre sus actividades y los pueblos indígenas y tribales de Camboya. Los objetivos específicos de ese estudio fueron: n Comprender mejor la influencia de las actividades de la OIT sobre los pueblos indígenas y tribales; n Evaluar formas de integrar mejor la promoción de los derechos de esos pueblos en los proyectos y programas de la OIT en Camboya; y n Facilitar información que contribuya a sensibilizar y fortalecer el diálogo interno sobre cuestiones indígenas en el marco de la OIT. El estudio es un primer paso para identificar formas de incorporar las cuestiones indígenas tanto en Camboya como, de forma más generalizada, en las actividades de la OIT. Además, sugiere que la mayoría de los proyectos de la OIT que se realizan en Camboya no se llevan a cabo en zonas habitadas por pueblos indígenas ni se centran específicamente en esos pueblos. Sin embargo, es probable que esa situación cambie en el futuro con el inicio de nuevos proyectos, o la expansión de los proyectos existentes en zonas pobladas por indígenas. El estudio llega a la conclusión de que la OIT podría continuar promoviendo a los pueblos indígenas y tribales de Camboya, realizando actividades centradas específicamente en los derechos y necesidades particulares de esos grupos. El estudio formula diversas recomendaciones para adoptar un enfoque más dinámico que permita incorporar las preocupaciones de los pueblos indígenas y tribales con el fin de: n Buscar sinergias potenciales entre las distintas actividades de la OIT; n Integrar cuestiones indígenas en las actividades pertinentes de la OIT; y n Establecer coaliciones y alianzas para la promoción de los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Ese «enfoque de incorporación» también implica que se tengan en cuenta las necesidades de capacitación específicas del personal de la OIT en la sede y sobre el terreno y que se desarrollen y adapten herramientas para la promoción de los derechos de los pueblos indígenas y tribales. La OIT desea utilizar las conclusiones de este estudio para elaborar una estrategia más amplia que permita incorporar los derechos de los pueblos indígenas y tribales a sus actividades. Stefan Ehrentraut

19 n Africa Proyecto para examinar el derecho consuetudinario indígena en Marruecos En 2003, el PRO 169, junto con una organización indígena asociada (TAMAYNUT), organizó un seminario sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Convenio núm. 169 de la OIT. El seminario reunió a representantes de los pueblos indígenas de todo Marruecos, así como a representantes del gobierno y a una serie de órganos de las Naciones Unidas, como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Foro Permanente de Cuestiones Indígenas. 19 El objetivo del seminario fue examinar la situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas de Marruecos, de conformidad con tres temas establecidos por TAMAYNUT, y formular recomendaciones sobre medidas que deberían adoptarse para tratar las cuestiones mencionadas. Los tres temas prioritarios eran: 1. El derecho a la educación y a la identidad; 2. La consulta y la participación; y 3. Los derechos a las tierras y a los recursos. En el seminario se formularon una serie de recomendaciones sobre esas cuestiones. Entre las recomendaciones realizadas por los participantes del seminario, las que figuran a continuación revisten una importancia fundamental y se ponen de relieve para el futuro seguimiento por parte de TAMAYNUT: Al gobierno de Marruecos: n Participación de hombres y mujeres indígenas en la elaboración de leyes que regulen las cuestiones relativas a la tierra y a los recursos; n Tratamiento de barreras jurídicas que dificultan el acceso de los pueblos indígenas a las tierras y recursos; y n Trabajo en colaboración con pueblos indígenas para elaborar, aplicar y evaluar proyectos y programas que afectan a sus tierras y recursos. A la OIT: n Apoyo a los esfuerzos de las organizaciones Amazigh para tratar cuestiones relativas a la tierra y a los recursos; y n Fomentar el respeto y la aplicación de los principios de consulta y participación de pueblos indígenas y tribales. A modo de seguimiento, la OIT y TAMAYNUT han establecido una colaboración para ocuparse de esas recomendaciones en el marco de un proyecto de un año de duración, que se centrará en las leyes consuetudinarias, que rigen una serie de aspectos de la vida de los Amazigh, como la posesión de tierras y recursos, las estructuras sociales y la vida cultural. El proyecto examinará y documentará leyes consuetudinarias y su compatibilidad con la legislación nacional y las leyes internacionales, y fomentará un diálogo nacional sobre la integración de determinados aspectos del derecho consuetudinario indígena en el ordenamiento jurídico. El proyecto también estudiará diversas maneras en que podría utilizarse el derecho consuetudinario que rige las estructuras de la sociedad para concebir mecanismos de diálogo con los pueblos indígenas. Francesca Thornberry Protección jurídica de los derechos indígenas en el Camerún En el Camerún, la OIT y una serie de organizaciones han trabajado sobre cuestiones relativas a los pueblos indígenas y tribales durante muchos años. Los esfuerzos de la OIT se han encaminado principalmente a mejorar las condiciones de vida y de trabajo locales de las comunidades Baka. El gobierno del Camerún recientemente ha empezado a tener específicamente en cuenta la situación de los pueblos indígenas y tribales, en particular los Baka, Bagyeli y Bakola, especialmente respecto de las cuestiones de mitigación de la pobreza. Los propios pueblos indígenas del Camerún han empezado a organizarse a escala nacional e internacional para promover y proteger sus derechos, y a tomar conciencia de su situación. Además, diversas ONG se ocupan de distintas cuestiones relativas a los pueblos indígenas y tribales del Camerún.

20 20 El PRO 169 acaba de terminar un estudio sobre el marco jurídico para la protección de los derechos de los pueblos indígenas y tribales en el Camerún, realizado por el Dr. Albert Barume. El estudio examina el impacto del marco jurídico sobre las condiciones de vida y de trabajo de los pueblos en cuestión. En el proceso de elaboración del estudio se realizaron consultas provinciales con representantes de los pueblos indígenas para velar por que sus propias perspectivas sobre las cuestiones planteadas figuraran en la versión final de la publicación. Las principales conclusiones de ese estudio apuntan a una necesidad real de abordar las cuestiones indígenas de forma sistemática, teniendo en cuenta sus especificidades culturales. Algunas de las principales recomendaciones del estudio fueron: n Abordar la falta de acceso de las comunidades indígenas a los derechos sobre la tierra y los recursos, basándose en una mejor comprensión de los conceptos indígenas sobre la tierra, que son distintos de los de la población dominante; n Abordar la discriminación contra los pueblos indígenas, que domina muchos aspectos de sus vidas, en particular la educación, la administración pública, y las cuestiones de trabajo y empleo; y n Velar por la participación y las consultas eficaces con los pueblos indígenas en las iniciativas de desarrollo que les conciernen. Esa es la única manera de velar por que esas iniciativas sean adecuadas y sostenibles. El estudio, así como la experiencia de una serie de organizaciones indígenas del Camerún, se debatirá en un seminario nacional que se celebrará en abril (véase a continuación). Dicho seminario elaborará un plan de acción para continuar el diálogo nacional sobre la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales del Camerún, y elaborará un seguimiento de las recomendaciones del estudio jurídico. El estudio está disponible en el sitio web de los pueblos indígenas de la OIT. Próximo seminario nacional de Yaoundé (Camerún), junio de 2005 En junio de 2005 se celebrará en Yaoundé un seminario nacional de tres días de duración. El objetivo general del seminario es sentar las bases para la creación de mecanismos regulares que velen por que se consulte a los pueblos indígenas y tribales y por que éstos puedan participar de forma efectiva en todas las fases del desarrollo, y en los procesos legislativos y de otra índole que les afecten. En concreto, el seminario está destinado a iniciar un proceso de diálogo constructivo entre los pueblos indígenas, gobierno, sindicatos y otros actores pertinentes. Las tres áreas temáticas que abordará el seminario nacional en relación con los pueblos indígenas y tribales son la reducción de la pobreza, los derechos humanos y el buen gobierno. El seminario se inspirará en diversos estudios de casos de organizaciones indígenas, el estudio de la OIT sobre el marco legislativo para la protección de los derechos de los pueblos indígenas y tribales del Camerún, el estudio de la OIT sobre la participación de los pueblos indígenas en el proceso del DELP y la experiencia del programa OIT-INDISCO en el Camerún. Se espera que en el seminario se elabore un plan de acción común y se formulen recomendaciones para mejorar la situación de los derechos humanos y las condiciones de vida y de trabajo de los pueblos indígenas del Camerún. Francesca Thornberry n América Latina y el Caribe El IPEC y los niños indígenas en América Latina y el Caribe Las comunidades indígenas suelen estar en la parte inferior de la pirámide social porque sistemáticamente se las excluye de ésta y carecen de oportunidades económicas. Entre las comunidades indígenas, los niños y los adolescentes son los grupos más vulnerables. Existen pruebas documentadas que indican que los niños indígenas a menudo se ponen a trabajar y abandonan la escuela a una edad temprana. Corren un alto riesgo de terminar siendo víctimas de las peores formas de trabajo infantil. Por ejemplo, existen niños indígenas que son víctimas de servidumbre por deudas, trata y explotación sexual comercial en Asia, y que son trabajadores agrícolas asalariados de las plantaciones de América Latina.

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