Yo, panameño, mayor de edad, abogado en ejercicio, portador de la cédula de identidad personal, miembro de la firma forense con oficinas en
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- Xavier Santos Roldán
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1 FORMULARIOS: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA UNA PERSONA NATURAL CASA DE EMPEÑO Señor (a) Director (a) de Empresas Financieras: Yo, panameño, mayor de edad, abogado en ejercicio, portador de la cédula de identidad personal, miembro de la firma forense con oficinas en, lugar donde recibo notificaciones personales, comparezco ante usted muy respetuosamente y en, virtud del poder especial que acompaño, le solicito se sirva autorizar al señor (a), portador de la cédula de identidad personal, para operar una Casa de Empeño, de acuerdo a lo establecido en la (Ley 16 de 23 de mayo de 2005), es una persona natural organizada de conformidad a las Leyes de la República de Panamá. El nombre Comercial será y se dedicará a ofrecer Préstamos con garantía Prendaría, en su establecimiento comercial que estará ubicado en la (Calle o Avenida), Edificio o Casa, Local, Corregimiento, Distrito, Provincia, Teléfonos Apartado Postal, Correos Electrónicos Su registro Único del Contribuyente. Dígito Verificador. El capital suscrito y pagado, con que operará la empresa será de B/.. Y la misma, iniciará operaciones el día del mes de. Panamá, de de Firma Cédula No. de Idoneidad.
2 MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS FINANCIERAS SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA UNA PERSONA JURÍDICA CASA DE EMPEÑO Señor (a) Director (a) de Empresas Financieras: Yo, panameño, mayor de edad, abogado en ejercicio, portador de la cédula de identidad personal, miembro de la firma forense con oficina en, lugar donde recibo notificaciones personales, comparezco ante usted muy respetuosamente y en, virtud del poder especial que acompaño, le solicito se sirva autorizar a la sociedad, para operar una, de acuerdo a lo establecido en la (mencionar la Ley correspondiente), es una persona jurídica organizada de conformidad a las leyes de República de Panamá y se encuentra inscrita en el Registro Público, desde el día de de, al Tomo, Folio, Asiento de la Sección de personas Mercantil o Micropelículas (Mercantil) y tiene su domicilio legal en, Distrito de, Provincia de. Su junta Directiva está compuesta así: Presidente Cédula Vicepresidente Cédula Tesorero Cédula Secretario Directores Cédula Cédula Cédula Cédula Representante Legal Cédula Apoderado General Cédula El Nombre Comercial será, y se dedicará a ofrecer: Préstamos Prendarios, en su establecimiento comercial que estará ubicado en la (Calle o Avenida), Edificio, casa o local, corregimiento, Distrito, Provincia, Teléfono o Celular del Representante Legal, Correos Electrónicos de la sociedad y del Representante Legal,, Apartado Postal, su Registro Único del Contribuyente, Dígito Verificador.
3 El capital suscrito y pagado, con que operará la empresa será de (B/. ) y la misma, iniciará operaciones el día del mes de. Panamá, de de. Firma. Cédula. No. De Idoneidad.
4 FORMULARIOS Y REPORTES ESTADÍSTICOS DIRECCION GENERAL DE EMPRESAS FINANCIERAS ESTADISTICAS TRIMESTRALES DE LAS CASAS DE EMPEÑOS DESCRIPCION CANTIDAD MONTO ARTICULOS PRENDARIOS ARTICULOS VARIOS LIBRETAS DE AHORRO LIBRETAS DE LOTERIA ARMAS DE FUEGO SEMOVIENTES OTROS ESTADISTICAS TRIMESTRALES DE LAS CASAS DE EMPEÑO ARTICULOS PRENDARIOS ARTICULOS VARIOS LIBRETAS DE AHORRO LIBRETAS DE LOTERIA OTROS
5 UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO CONTROL DE REPORTE U.A.F. CASA DE EMPEÑO Fecha de entrega (día, mes, año) NOMBRE DE LA CASA DE EMPEÑO CÓDIGO DE LA EMPRESA R.U.C. MES QUE REPORTA AÑO CANTIDAD DE DECLARACIONES NINGUNA DE CLARACION NOMBRE DEL EMPLEADO AUTORIZADO CARGO TELÉFONO (FIRMA)
6 FORMULARIOS DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO C A S A S D E EMPEÑO DECLARACIÓN DE OPERACIONES EN EFECTIVO O CUASI-EFECTIVO ( En m i l e s d e Balboas) F E C HA D I A M ES A ÑO FORMULARIO-UAF-CASA-EMP-EFE-P [ ] FORMULARIO-UAF- CASA-EMP -EFE-C [ ] FORMULARIO- UAF-CASA-EMP -CUA-P [ ] FORMULARIO-UAF-CASA-EMP -CUA-C [ ] NOMBRE DE LA CASA DE EMPEÑO CASAS DE EMPEÑO xxxxx CODIGO: (La Dirección General de Empresas Financieras debe crearle un código numérico para identificar a las Casas de Empeño. Debe existir un espacio dentro del instructivo donde poner el código). R.U.C.: S U C U RSAL: DIRECCION DE LA CASA DE EMPEÑO: Provincia, Ciudad, Distrito, Corregimiento 1.1 T I PO DE O PERACIÓN Venta Abono a Préstamo Cancelación de Préstamo Otros (Explique) 1.2 N DE PRESTAMO 1.3 M O NTO DE O PERACIÓN 2. POR EL CLIENTE 3. POR LA CASA DE EMPEÑO 2.1 (Nombre del Cliente / Prestatario) 3.1 (Firma del Empleado Autorizado)
7 2.2 (Cédula / Pasaporte / R.U.C.) 3.2 (Nombre del Empleado Autorizado) 2.3 (Firma del ejecutor) 3.3 (Cargo del empleado Autorizado) 2.4 (Nombre completo del Ejecutor) 3.4. (Cédula del empleado autorizado) 2.5 (Cédula / Pasaporte) 2.6 Nacionalidad
8 INSTRUCTIVO FORMULARIOS CONTROL DE REPORTE UAF-CASA-EMP y DE DECLARACIÓN DE OPERACIONES EN EFECTIVO Y CUASI-EFECTIVO DE LAS CASAS DE EMPEÑO. Las Casas de Empeño deberán reportar a la Unidad de Análisis Financieros para la Prevención del Blanqueo de Capitales por conducto de la Dirección General de Empresas Financieras: Toda transacción en efectivo o cuasi efectivo, superior a B/.10, que realice un cliente o efectuadas por un cliente en fechas sucesivas cercana dentro de una misma semana laboral que sumen B/.10, Aún cuando no se realicen transacciones superiores a los B/.10, en efectivo o cuasi efectivo o transacciones sucesivas en fechas cercanas dentro de una misma semana laboral por parte de un cliente, la Casa de Empeño está en la obligación de remitir el formulario de control de reportes con la indicación Cantidad de Declaraciones: 0 El control de reporte se hará en formularios en los que se indicará si hubo o no transacciones superiores a B/.10, en efectivo o cuasi efectivo. Se remitirá una copia mensualmente dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente, a la Unidad de Análisis Financieros para la Prevención del Blanqueo de Capitales, por intermedio de la Dirección General de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industria. Los formularios deben remitirse en sobre sellado y la empresa conservar el formulario original por un período de cinco años. El Control de Reporte deberá contener la siguiente información: Fecha de entrega ante la Dirección General de Empresas Financieras. Nombre de la Casa de Empeño. Código de la Empresa (Dicha información es suministrada por la Dirección General de Empresas Financieras. R.U.C. de la Casa de Empeño Numero de Fax. Teléfono del establecimiento comercial Mes al que corresponde el reporte Año al que corresponde el reporte Cantidad de Declaraciones Empleado Autorizado Firma y Cargo.
9 A su vez, de tener algún tipo de declaración las casas de remesas deberán remitir a la Dirección General de Empresas Financieras el formulario de Declaración de Operaciones en Efectivo y Cuasi Efectivo. En la cual, dependiendo de la naturaleza de la transacción, se tendrá que escoger una de las cuatro opciones que a continuación se detallan, colocando una X en la casilla del formulario que corresponde a la operación: 1. UAF-CASA.EMP-EFE-P (efectivo personal): Para transacciones en efectivo superiores a los B/.10,000.00, realizadas por una persona natural. 2. UAF-CASA.EMP-EFE-C (efectivo comercial): Para transacciones en efectivo superiores a los B/.10,000.00, realizadas por una persona jurídica. 3. UAF-CASA-EMP-CUA-P (cuasi efectivo personal): Para transacciones en cuasi efectivo superiores a los B/.10,000.00, realizadas por una persona natural. 4. UAF.CASA.EMP.CUA-C (cuasi efectivo comercial): Para transacciones en cuasi efectivo superiores a los B/.10,000.00, realizada por una empresa jurídica. A su vez, dicho formulario debe tener la siguiente información: Nombre de la Casa de Empeño Código de la Empresa (Dicha información es suministrada por la Dirección General de Empresas Financieras). R.U.C. de la Casa de Empeño. Sucursal Dirección de la Casa de Empeño Tipo de Operación o Venta o Abono a Préstamo o Cancelación de Préstamo o Otros (Explique) No. Del Contrato Monto de la Operación Por parte del Cliente la siguiente información: Nombre del Cliente Cedula de Identidad personal del cliente Firma del cliente Por parte de la Casa de Empeño la siguiente información: Nombre del Empleado Autorizado
10 Firma del Empleado Autorizado Cargo que desempeña Cedula de Identidad Personal Adjunto a este formulario deben entregarse los siguientes documentos Foto copia de cedula de identidad personal del ejecutor. Foto copia de cedula de identidad personal de la persona autorizada por la casa de empeño Copia del cheque con el cual se efectuó el abono, si se trata de una transacción en cuasi-efectivo. Copia del comprobante de depósito cuando se trate de alguna transacción en efectivo.
11 Modelos de Documentos: Formularios de Record Policivo DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS FINANCIERAS CERTIFICACIÓN: Por este medio Yo, con cedula de identidad personal No., formo parte de la Junta Directiva de la Sociedad, en el cargo de autorizo al Ministerio de Comercio e Industrias a través de la Dirección General de Empresas Financieras a solicitar mi Historial Policivo antes la Dirección de Investigación Judicial, según lo dispuesto en la Ley 69 de 27 de diciembre de 2007, y según lo dispuesto en la Ley 16 de 23 de mayo de 2005 De las Casas de Empeño Firma del Solicitante: Fecha:
12 MODELO DE CONTRATO NOMBRE DE LA CASA EMPEÑO DIRECCIÓN Nº DE CONTRATO TELÉFONO/FAX RUC: D.V. HOY DE DE 200. NOMBRE DEL CLIENTE CEDULA: DIRECCIÓN: TELÉFONO: Empeña dando como garantía prendaría los siguientes bienes que declara y asegura son de su propiedad Nº Gramos: Nº Gramos: Nº Gramos: Monto del préstamo B/. Monto máximo a prestar por la prenda B/. Recibe un préstamo por el cual acepta pagar un interés mensual del %, aunque la cancelación se efectué antes de vencido el mes y comprometiéndose a cancelar el préstamo en el plazo acordado. Mas un mes de periodo de gracia. PLAZO: B/. PERIODO DE GRACIA: MESES INTERÉS MENSUAL% MESES Declara el prestatario estar de acuerdo con el monto prestado, el interés y el plazo, acepta y se adhiere expresamente a este Contrato de ADHESIÓN (EMPEÑO) en todos Sus términos y condiciones DESCRITOS AL FRENTE Y AL REVERSO, y prueba de ello lo firma a voluntad. Firma del cliente La Empresa.
13 PLAZO: Los bienes empeñados pueden ser mantenidos en Empeño Indefinidamente, siempre y cuando los intereses del préstamo sean pagados al día, todos los meses (Art. 27 Ley 16 del 23 mayo 2005). En el caso que los Intereses no sean pagados mensualmente, y vencido el plazo establecido, El prestatario pierde todo derecho sobre los bienes empeñados, pues queda convenido que en tal caso, estos son cedidos y transferidos automáticamente a Empeños como pago de la suma adeudada, (Art. 29 Ley 16 del 23 de mayo 2005) sin tener que establecer ningún trámite adicional a este contrato y sin lugar a reclamo Judicial o Extrajudicial. PAGO DE INTERÉS Y ABONO A CAPITAL: Queda convenido que los intereses se deben pagar mensualmente durante el plazo establecido. El Prestatario podrá hacer abonos al capital del préstamo, previa cancelación de todos los intereses adeudados, Incluyendo el pago por el mes completo que haya iniciado, aunque el mismo no se haya vencido. (ART 24 y 26 Ley 16 del 23 de mayo de 2005). El Interés establecido incluye el cargo por avalúo, almacenaje, custodia, timbres, manejo, intereses y demás necesarios para este contrato: La tasa de Interés a pagar es Igual de Interés mensual efectiva. ALMACENAJE Y RESPONSABILIDADES: Los bienes empeñados son almacenados en un sobre y éste es sellado; luego se guarda en la bóveda hasta que se efectué su retiro. Por tanto, Empeños, entrega los bienes en la mismas condiciones en que fueron recibidas, no haciéndose responsable, por prendas que presenten cambios de color, daños, deterioro o diferencias físicas; o que sean alegadas por El Prestatario. Queda expresamente convenido que en el caso de daño total o pérdida de los bienes empeñados, por hurto, robo penetración al local, incendio, desastres naturales o actos vandálicos, o cualquier otra causa o suceso fortuito que por su condición no se pueda prever, o que previsto, fuera inevitable, la responsabilidad de Empeños está limitada hasta el Monto Máximo a Prestar por los bienes Empeñados (Art. 33 Ley 16 del 23 de mayo de 2005). RETIRO DEL EMPEÑO: Para el retiro de los bienes empeñados se deberá cancelar el total de intereses adeudados, incluyendo el pago por el mes completo que haya iniciado aunque el mismo no se haya vencido, más el capital adeudado del préstamo (Art. 24 y 28 Ley 16 del 23 de mayo de 2005). Si se diera la pérdida de este contrato, es obligación de El Prestatario presentar inmediatamente notificación escrita de su pérdida, De no hacerlo, Empeños no se hace responsable por cualquier situación que se de, cómo resultado de este hecho. No se podrán retirar Empeños los días/horas en que por su naturaleza Empeños lo estime prudente para la seguridad de los bienes Empeñados. Los bienes empeñados serán entregados al portador de este contrato, siempre y cuando no esté reportando como extraviado, y el portador se identifique satisfactoriamente. Si el portador del contrato, no es quien realizo el empeño, deberá presentar su cédula y la cédula (o copia) de El Prestatario, Satisfechas estas condiciones, y, si se estima conveniente para la seguridad de ambas partes, Empeños procederá a entregar los bienes empeñados, deslindándose de cualquier responsabilidad al respecto.
14 EL Prestatario confirma haber leído el presente contrato, al FRENTE y al REVERSO, y declara que acepta todos los términos y condiciones contenidas en el mismo, así como la conformidad con los artículos 450, 990, 1106, 1107, 1009, 1549, y 1640 del Código Civil, Prueba de ello, firma a voluntad en la parte frontal del contrato. LOS TIMBRES DE ESTE DOCUMENTO SON PAGADOS POR DECLARACIÓN SI NO. Observaciones: Para obtener una Autorización para ejercer la actividad de Casa de Empeño que debe ser presentado en la Dirección General de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias.
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