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- Nicolás Gallego Vera
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24 Acciones específicas en materia eléctrica I. Modificaciones al Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones. Institución/Acción SENER CRE CFE LFC Entrega de anteproyecto a la COFEMER (10 de octubre de 2005) Participa con la SENER en la elaboración del anteproyecto COFEMER Resuelve en términos de la LFPA (24 de octubre de 2005) 2 Presenta a firma del Presidente de la República (23 de noviembre de 2005) 1 Publicación en DOF 1 Fecha calculada en caso que el anteproyecto respectivo no tenga costo de cumplimiento para los particulares (10 días hábiles) y bajo el supuesto que la SENER entrega el 10 de octubre a la COFEMER la solicitud de exención de la MIR. 2 Ídem. Página 1 de 14
25 II. Separación contable y regulación, conforme a mejores prácticas internacionales, de tarifas eléctricas y de otros bienes y servicios. Institución/Acción SENER Entrega de anteproyecto a la COFEMER (18 de enero de 2006) 3 Requiere a la CFE la entrega de avances (no hay plazo, pero debe hacerlo con oportunidad) CRE CFE Entrega avances a la SENER dentro de los 10 días hábiles a que la SENER lo requiera LFC COFEMER Emite opinión y la entrega a la SENER (8 de febrero de 2006) Publica la disposición (8 de marzo de 2006) 4 3 Se suponen como inhábiles los días establecidos en el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria suspenderá labores durante 2005, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de este año. En la medida en que la SENER tenga otros días inhábiles, la fecha podrá cambiar. 4 Ídem. Página 2 de 14
26 III. Implementar medidas de transparencia y rendición de cuentas de las empresas paraestatales del sector energético (subsidiarias y filiales). El caso del sector eléctrico. 1. La Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro harán del conocimiento del público en general los costos unitarios del despacho económico ( despacho de carga, conforme al artículo 51, fracción VII del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica) de las plantas de generación que se despachen, medidos en pesos por kilowatt-hora, hora por hora, y planta por planta. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones: Institución/ Acción SENER CRE CFE LFC COFEMER 1 Publicación que precise términos y plazos para la SENER y los organismos (en el paso 8 está la publicación definitiva) Presentará a la CRE documento que incluya los términos en que cumplirá la instrucción presidencial 5 (9 de septiembre de 2005) 6 Presentará a la CRE documento que incluya los términos en que cumplirá la instrucción presidencial 7 (9 de septiembre de 2005) Realiza observaciones acerca de lo presentado por los organismos y las remite a la SENER (no hay plazo) Modifica el documento en su caso, y lo presenta para la aprobación de las juntas de gobierno de los organismos (no hay plazo) Presenta a la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Presenta a la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Aprueba los documentos presentados por los organismos y los remite a la SENER (20 días hábiles) Recibe anteproyecto de la CRE y lo remite a la COFEMER (20 días hábiles) Resuelve en términos de la LFPA Publica las instrucciones necesarias para la CFE y LFC (20 días hábiles) 5 También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso 1. 6 Se suponen como inhábiles los días establecidos en el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria suspenderá labores durante 2005, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de este año. En la medida en que el organismo tenga otros días inhábiles, la fecha podrá cambiar. 7 También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso 1. Página 3 de 14
27 2. La Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro harán del conocimiento del público en general el costo total de corto plazo de la energía eléctrica, el costo económico total de largo plazo de la energía eléctrica, los costos económicos de largo plazo de la energía eléctrica y los costos de corto plazo, a los que se refieren los artículos 71, fracciones IV y V, 76 y 125, fracción II, del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Asimismo, harán de conocimiento del público en general los costos a los que se refiere el artículo 75 del Reglamento citado en este numeral. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones: Institución/ Acción SENER CRE CFE LFC COFEMER 1 Publicación que precise términos y plazos para la SENER y los organismos (en el paso 8 está la publicación definitiva) Presenta a la CRE el documento que incluya los términos en que cumplirán la instrucción presidencial 8 (10 de octubre de 2005) 9 Presenta a la CRE el documento que incluya los términos en que cumplirán la instrucción presidencial 10 (10 de octubre de 2005) Hace observaciones sobre lo presentado por los organismos y las presenta a la SENER (no hay plazo) De ser el caso modifica el documento presentado por la CRE, y lo presenta a las juntas de gobierno de los organismos para su aprobación (no hay plazo) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Aprueba los documentos, y los entrega a la SENER (20 días hábiles) Recibe anteproyecto de la CRE y lo turna a la COFEMER (20 días hábiles) Resuelve en términos de la LFPA Publica la disposición (20 días hábiles) 8 También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso 1. 9 Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié 3. Página 4 de 14
28 3. La Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro harán del conocimiento del público en general los indicadores de costos, de gestión y de la calidad del servicio público de energía eléctrica y otros servicios que presten. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones: Institución/ Acción SENER 1 Publicación que precise términos y plazos para la SENER y los organismos (en el paso 8 está la publicación definitiva) CRE Remitirá el documento con sus observaciones a la SENER (no hay plazo) CFE LFC COFEMER Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 12 (10 de octubre de 2005) 13 Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 14 (10 de octubre de 2005) Podrá modificar el documento que le entregue la CRE, y lo remitirá a las juntas de gobierno de los organismos para su aprobación (no hay plazo) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Aprueba los documentos, y los entrega a la SENER (20 días hábiles) Recibe anteproyecto de la CRE y lo turna a la COFEMER (20 días hábiles) Resuelve en términos de la LFPA Publica la disposición (20 días hábiles) 12 También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié 3. Página 5 de 14
29 4. La Comisión Federal de Electricidad publicará en el Diario Oficial de la Federación las reglas de despacho y las reglas de operación a las que se refieren los artículos 37, inciso c), de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y 135, fracciones I y III, 139, fracción III, y 148 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones: Institución/ Acción SENER 1 Presenta las modificaciones a las reglas de despacho a la junta de gobierno de la CFE, para su aprobación (9 de septiembre de 2005) 16 CRE CFE Presentar a la COFEMER un anteproyecto de reglas de despacho y operación (23 de septiembre de 2005) LFC COFEMER COFECO Resuelve en términos del Título tercero A de la LFPA, y solicita opinión de COFECO. Se entrega la resolución de ambos órganos a la SENER y a la CRE Emite opinión en el ámbito de sus atribuciones, y la entrega a la COFEMER 17 En su caso, la SENER modifica el anteproyecto de reglas y lo somete a la aprobación de la junta de gobierno de la CFE Presenta a la COFEMER anteproyecto de reglas (no hay plazo) Resuelve en términos del Título tercero A de la LFPA, y solicita opinión de COFECO. Se entrega la resolución de ambos órganos a la SENER y a la CRE Emite opinión en el ámbito de sus atribuciones, y la entrega a la COFEMER Publica dentro de los 10 días hábiles de que recibe la notificación de la COFEMER que ya puede hacerlo, en términos de la LFPA 16 Se puede someter a la consideración de la Junta de gobierno un procedimiento para que las reglas de despacho y las reglas de operación sean revisadas, y en su caso, modificadas, pues en el inciso d) del mismo numeral 4 del apartado III, se prevé que la Junta apruebe el anteproyecto que incluye la resolución de la COFEMER y la opinión de la COFECO. Otra alternativa es modificar el plazo de 20 días hábiles del inciso a) del numeral 4 del apartado III, en los términos del lineamiento QUINTO del acuerdo presidencial, para empatarlo con el citado inciso d). 17 Esta consulta se integrará al proceso en que la COFEMER resuelve. Página 6 de 14
30 5. La Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro pondrán a disposición del público en general un modelo de simulación para calcular las contraprestaciones por el uso temporal de la red al que se refieren los artículos 3, fracción V de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, y 36 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Asimismo, a solicitud de usuarios potenciales de este servicio, entregará los resultados del cálculo de las contraprestaciones y las memorias de cálculo de la solicitud por el uso temporal de la red. Para ello, se realizarán las siguientes acciones: Institución/ Acción SENER CRE CFE LFC COFEMER 1 Publicación de instrucciones en el DOF (9 de septiembre de 2005) Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 20 (10 de octubre de 2005) 21 Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 22 (10 de octubre de 2005) 23 Remitirá el documento con sus observaciones al la SENER (no hay plazo) Podrá modificar el documento que le entregue la CRE, y lo remitirá a las juntas de gobierno de los organismos para su aprobación (no hay plazo) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles) Aprueba los documentos, y los entrega a la SENER (7 de diciembre de 2005) 19 Recibe anteproyecto de la CRE y lo turna a la COFEMER (No hay plazo) Resuelve en términos de la LFPA Publica la disposición (10 días hábiles) 18 Sin embargo, de acuerdo al inciso d), los pasos 2 a 5 deben llevar 40 días hábiles a partir de que la CRE recibe los documentos por parte del suministrador. Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié De acuerdo al inciso d). 20 También la que publique la SENER. 21 Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié También la que publique la SENER. 23 Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié 3. Página 7 de 14
31 6. La Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro harán del conocimiento de los solicitantes que así lo requieran, las restricciones de transmisión que presente el Sistema Eléctrico Nacional, así como los proyectos de obras e inversiones relacionadas para solventar dichas restricciones de transmisión bajo escenarios de planeación de hasta 5 y 10 años. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones: Institución/ Acción SENER Publicación que precise términos y plazos para la SENER y los organismos (en el paso 7 está la publicación definitiva) 1 CRE Remitirá el documento con sus observaciones al la SENER (10 de octubre de 2005) CFE LFC COFEMER Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 24 (9 de septiembre de 2005) 25 Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 26 (9 de septiembre de 2005) Podrá modificar el documento que le entregue la CRE, y lo remitirá a las juntas de gobierno de los organismos para su aprobación (no hay plazo) Entrega a la SENER el docum,ento aprobado por su junta de gobierno (no hay plazo) Entrega a la SENER el docum,ento aprobado por su junta de gobierno (no hay plazo) Entrega a la COFEMER (20 días hábiles) Resuelve en términos de la LFPA Publica la disposición (20 días hábiles) 24 También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié También la que publique la SENER si ésta lo hace en el paso Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié 3. Página 8 de 14
32 V. Interconexión de permisionarios en materia eléctrica y establecimiento de una política de fomento a las opciones de autoabasto. Institución/ Acción SENER 1 Publicación de instrucciones en el DOF (9 de septiembre de 2005) CRE Remitirá el documento con sus observaciones a la SENER (9 de noviembre) 28 CFE Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 29 (10 de octubre de 2005) 30 LFC Presenta a la CRE documento que incluye los términos en que el organismo cumplirá la instrucción presidencial 31 (10 de octubre de 2005) Podrá modificar el documento que le entregue la CRE, y lo remitirá a las juntas de gobierno de los organismos para su aprobación (no hay plazo) Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles Somete a la aprobación de la CRE el documento aprobado por su junta de gobierno (5 días hábiles Aprueba los documentos, y los entrega a la SENER (no hay plazo) Recibe anteproyecto de la CRE y lo turna a la COFEMER (20 días hábiles) COFEMER Resuelve en términos de la LFPA Publica la disposici ón (20 días hábiles) 28 De acuerdo al numeral 4, la CRE cuenta con 20 días hábiles. Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié También la que publique la SENER. 30 Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié También la que publique la SENER. 32 Los días inhábiles se determinan de acuerdo a la nota al pié 3. Página 9 de 14
33 Institución/Acción 1 CRE Establece un procedimiento para revisar presupuestos y justificaciones entregadas por el suministrador al permisionario (no hay plazo) Página 10 de 14
34 Acciones específicas en materia de la industria petrolera IV. Implementar medidas de transparencia y rendición de cuentas de las empresas paraestatales del sector energético (subsidiarias y filiales). El caso la industria petrolera. Institución/ Acción SENER Pemex- Corporativo PEP Promover ante los consejos de administración de PEP, Pemex-Ref, PGPB, y PPQ la implantación de indicadores de desempeño (No hay plazo) Expedirá lineamientos para indicadores 33 (26 de septiembre de 2005) Dar a conocer indicadores de eficiencia energética (gas natural) y de eficiencia (generación eléctrica) (No hay plazo) Dar a conocer indicadores de eficiencia energética (gas natural) y de eficiencia (generación eléctrica) (No hay plazo) Dar a conocer programas y niveles de cumplimiento: Gas asociado Gas no asociado Por cada tipo de crudo Venteo de gas Reducción de pérdidas en proceso Reducción de pérdidas en transporte (No hay plazo) Dar a conocer programas y niveles de cumplimiento: Gas asociado Gas no asociado Por cada tipo de crudo Venteo de gas Reducción de pérdidas en proceso Reducción de pérdidas en transporte (No hay plazo) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al Consejo de Administración (24 de octubre de 2005) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al Consejo de Administración (24 de octubre de 2005) Recibe anteproyecto de cada organismo (Pemex y sus subsidiarios) y lo entrega a la COFEMER (20 días hábiles) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al público en general sobre su desempeño (No hay plazo) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al público en general sobre su desempeño (No hay plazo) Publica la disposición (No hay plazo) 33 Tal vez en estos lineamientos se puedan establecer plazos y etapas. Ver por ejemplo el plazo en el paso 6. Los días hábiles se calculan conforme a lo indicado en la nota 3. En la medida que los días inhábiles de la SENER o de Pemex o sus organismos subsidiarios difieran, éstos tendrán que modificarse. Página 11 de 14
35 Institución/ Acción (cont.) PPQ PGPB Pemex-Ref COFEMER Dar a conocer indicadores de eficiencia energética (gas natural) y de eficiencia (generación eléctrica) (No hay plazo Dar a conocer indicadores de eficiencia energética (gas natural) y de eficiencia (generación eléctrica) (No hay plazo Dar a conocer indicadores de eficiencia energética (gas natural) y de eficiencia (generación eléctrica) (No hay plazo Dar a conocer programas y niveles de cumplimiento: Gas asociado Gas no asociado Por cada tipo de crudo Venteo de gas Reducción de pérdidas en proceso Reducción de pérdidas en transporte (No hay plazo) Dar a conocer programas y niveles de cumplimiento: Gas asociado Gas no asociado Por cada tipo de crudo Venteo de gas Reducción de pérdidas en proceso Reducción de pérdidas en transporte (No hay plazo) Dar a conocer programas y niveles de cumplimiento: Gas asociado Gas no asociado Por cada tipo de crudo Venteo de gas Reducción de pérdidas en proceso Reducción de pérdidas en transporte (No hay plazo) Página 12 de 14 Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al Consejo de Administración (24 de octubre de 2005) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al Consejo de Administración (24 de octubre de 2005) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al Consejo de Administración (24 de octubre de 2005) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al público en general sobre su desempeño (No hay plazo) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al público en general sobre su desempeño (No hay plazo) Presentar a la SENER documento que incluya los términos en que informará al público en general sobre su desempeño (No hay plazo) Resuelve en términos de la LFPA
36 VI. Disposiciones en materia de calidad del gas procesado y de productos petroquímicos básicos comercializados. La Secretaría de Energía emitirá las disposiciones que sean necesarias para establecer la calidad del gas que procese Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, así como la de los productos petroquímicos básicos que se comercialicen en México. Los referidos organismos estarán obligados a cumplir con esas disposiciones. Institución/Acción SENER Entrega a la COFEMER anteproyecto 34 (no hay plazo) Publica la disposición (no hay plazo) COFEMER Resuelve en términos de la LFPA 34 Puede ser uno, o pueden ser varios con diferentes objetos y plazos. Página 13 de 14
37 Acciones específicas en materia de electricidad e hidrocarburos VII. Modificaciones al Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y los reglamentos derivados de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Derivado de las acciones comprendidas en los numerales I a VI anteriores, la Secretaría de Energía determinará si es necesario elaborar y preparar propuestas de modificaciones a las disposiciones mencionadas, para someterlas a la consideración del Ejecutivo Federal. Anteproyecto de reformas al Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica Institución/Acción SENER Entrega a la COFEMER anteproyecto (no hay plazo) Publica la disposición (no hay plazo) COFEMER Resuelve en términos de la LFPA Anteproyecto de reformas al reglamento de la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo Institución/Acción SENER Entrega a la COFEMER anteproyecto (no hay plazo) Publica la disposición (no hay plazo) COFEMER Resuelve en términos de la LFPA VIII. Transparencia. En cumplimiento con los artículos 1, 2 y 10 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los órganos y entidades a que se refiere el presente Anexo deberán difundir y hacer del conocimiento del público la información que se deriva de las acciones referidas, así como cualquier otra que determine la Secretaría de Energía en el ámbito de sus facultades. Página 14 de 14
38 PROPUESTAS DEL CONSEJO COORDINADOR EMPRESARIAL AL PROGRAMA DE VISIÓN SISTÉMICA DE LA MEJORA REGULATORIA PROPUESTAS EN EL TEMA DE ENERGÍA NOMBRE DEL TRÁMITE PARA MEJORA PROPUESTA DE SOLUCIÓN REGULATORIA 1 Aportaciones específicas. La presente condición exonera tanto a CFE como a L y FC, de la responsabilidad de ofertar los servicios de manera adecuada y en tiempo, exigiendo al usuario realizar inversiones superiores a las requeridas técnicamente, posteriormente a las aportaciones se les exige Aprovechamiento con cargo a la tarifa eléctrica. 1. Mejorar calidad, cobertura y reglamento aportaciones. 2. Eliminar prestaciones por mejor calidad y por expansiones dentro zona de distribución. 2 Contrato de interconexión incluyendo convenios de respaldo y porteo y adquisición de capacidad y energía eléctrica. 3 Términos y condiciones de venta de primera mano de gas natural. 4 Términos y condiciones generales de transporte de gas natural. 5 Eliminar el concepto de cambio en punto de arbitraje. 6 Mecanismos de precios para combustibles que eviten que las ineficiencias de inversión, planeación, operación, producción, sean pagadas por los consumidores. 1. Opción a usuarios de acceso al servicio público y/u otras alternativas que mejor le convengan (productos externos, cogeneración, importación, autoconsumo, etc.) 2. Reforzar transmisión y distribución de electricidad. Compromisos en plazos específicos para mejorar calidad, competitividad y cobertura. 3. Convenios de porteo, respaldo y compensación adecuados, revisión a fondo para su mejora, modificaciones realizadas han incrementado costos y eliminado financiabilidad, convirtiéndolos en barrera de entrada a la inversión. Replantear totalmente los términos y condiciones de venta de primera mano de gas y los de transporte, a fin de mejorarlos y poder contar con contratos de suministro y transporte de gas, simples, flexibles y competitivos, en relación con situación actual. Propuesta actual de PEMEX es una barrera a cualquier tipo de inversión. Condición que provoca e incentiva que las ineficiencias del monopolio la paguen los consumidores para maximizar el precio, violando incluso preceptos constitucionales. 1. Eliminar cambio punto de arbitraje que solo pretende aumento de costo a consumidores, utilizando concepto de costo de oportunidad productor. Fórmula de precios de venta de gas natural y petrolíferos apropiada en tanto se desarrolla suficiente competencia y oferta interna. 1. No exceda costo de oportunidad de productor simulando un mercado libre con libre oferta local de gas y petrolíferos. 2. Opción adicional de contratos de largo plazo que puedan utilizarse para financiamiento, exploración y producción con mecanismo de precio basado en costos de producción más derechos, impuestos y rentabilidad razonable. 3. Ambas opciones cumplen con lineamientos legales y regulatorios
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