ÚLTIMAS NOVEDADES FISCALES. 2ª Quincena Marzo 2016

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1 ÚLTIMAS NOVEDADES FISCALES 2ª Quincena Marzo 2016

2 CUESTIONES A ANALIZAR I.- NORMATIVA II.- CRITERIOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 2

3 I.- NORMATIVA 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 3

4 I.-NORMATIVA Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, por la que se eleva a el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las CCAA. Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP, ejercicio Resolución de 15 de marzo de 2016, de la Dirección General de la AEAT, por la que se establece el procedimiento para efectuar a través de internet el embargo de dinero en cuentas a plazo e imposiciones a plazo fijo en entidades de crédito. OM HAP/364/2016, relativa a la publicación del listado de deudores a la Hacienda Pública. Resolución de 22 de marzo de 2016, de la SG del Tesoro y Política Financiera, por la que se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el 2T ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 4

5 Orden HAP/347/2016, por la que se eleva a el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las CCAA. REGULACIÓN: Con efectos desde 18 de marzo de 2016, no se exigen garantías: Para solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento cuando su importe en conjunto no exceda de : es importe acumulado: Deudas de la propia solicitud. Cualesquiera otras para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento. Importe de vencimientos pendientes de ingreso de deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén garantizadas. Las solicitudes en tramitación a 18 de marzo de 2016, seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a fecha de presentación de la correspondiente solicitud ( ). 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 5

6 Resolución de 15 de marzo de 2016, de la Dirección General de la AEAT, por la que se establece el procedimiento para efectuar a través de internet el embargo de dinero en cuentas a plazo e imposiciones a plazo fijo en entidades de crédito. Hasta ahora: Embargo de dinero por medios telemáticos en CUENTAS A LA VISTA, abiertas en entidades de crédito. Se extiende el uso: Embargo de dinero por medios telemáticos en CUENTAS A PLAZO Y EN IMPOSICIONES A PLAZO FIJO, abiertas en entidades de crédito. CUENTAS A PLAZO Y EN IMPOSICIONES A PLAZO FIJO: Denominador común consiste en el depósito a un plazo cierto y definido contractualmente y la no disponibilidad del saldo por el depositante durante ese plazo. Procedimiento a través de la SEDE ELECTRÓNICA de la AEAT: Mediante capturas manuales en pantalla. Mediante intercambios telemáticos de datos. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 6

7 OM HAP/364/2016, relativa a la publicación del listado de deudores a la Hacienda Pública. CONTENIDO: La PUBLICACIÓN del listado se realizará: A partir de 2016, anualmente, a partir del 1 mayo del año siguiente. En la sede electrónica de la AEAT. En formato PDF, asegurando que los listados dejen de ser accesibles una vez transcurridos 3 meses desde la fecha de publicación. El LISTADO: Se elaborará a partir de las deudas y sanciones pendientes de pago (que no se encuentren aplazadas ni suspendidas) a 31 de diciembre de cada año. Incorporará los datos identificativos y el importe total adeudado, sin desgloses. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 7

8 Resolución de 22 de marzo de 2016, de la SG del Tesoro y Política Financiera, por la que se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el 2T 2016, a efectos de calificar tributariamente determinados activos financieros. Los AF con rendimiento mixto siguen el régimen de los AF con rendimiento implícito, cuando el efectivo anual explícito que produzcan sean inferior al tipo de referencia: A: Activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años. B: Activos financieros con plazo superior a cuatro años e igual o inferior a siete años. C: Activos financieros con plazo superior a siete años. En el resto de los casos, se aplica el tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 8

9 Resolución de 22 de marzo de 2016, de la SG del Tesoro y Política Financiera, por la que se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el 2T 2016, a efectos de calificar tributariamente determinados activos financieros. Para el caso de DEUDA PÚBLICA con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización, se calculan con referencia a un índice de precios: A: Activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años. B: Activos financieros con plazo superior a cuatro años e igual o inferior a siete años. C: Activos financieros con plazo superior a siete años. En el resto de los casos, se aplica el tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 9

10 II.- CRITERIOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 10

11 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 11

12 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Consulta Vinculante DGT V , de 8 de febrero, tributación de los servicios prestados por el socio y administrador de una sociedad limitada dedicada a la abogacía, siendo el cargo de administrador remunerado. Sentencia del Tribunal Supremo, de 9 de febrero de 2016, relativa a la aplicación del artículo 33.3.b) de la LIRPF a los pactos sucesorios. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 12

13 Consulta Vinculante DGT V , de 8 de febrero, tributación de los servicios prestados por el socio y administrador de una SL dedicada a la abogacía, siendo el cargo de administrador remunerado. Cuestión planteada: Tributación en IRPF e IVA de estos servicios: Contestación DGT:: 1. IRPF: Servicios cargo administrador: RT (art e LIRPF). Resto de servicios actividades Sección 2ª Tarifas IAE (art útimo párrafo LIRPF):» Incluido en RETA o MPS que actúe como alternativa: RAE» En otro caso: RT 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 13

14 Consulta Vinculante DGT V , de 8 de febrero, tributación de los servicios prestados por el socio y administrador de una SL dedicada a la abogacía, siendo el cargo de administrador remunerado. Cuestión planteada: Tributación en IRPF e IVA de estos servicios: Contestación DGT:: 2. IVA: Carácter dependiente: NO SUJETOS (art. 7.5º LIVA). Carácter independiente: SUJETOS» Medios personales o materiales propios.» No integrado en la estructura organizativa de la sociedad.» Contraprestación en función de los resultados.» El socio responde frente a terceros. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 14

15 Sentencia del Tribunal Supremo, de 9 de febrero de 2016, relativa a la aplicación del artículo 33.3.b) de la LIRPF a los pactos sucesorios. Cuestión planteada: Posible aplicación del artículo 33.3.b de la LIRPF (que excluyen de gravamen la GPP producida) a las transmisiones en vida del causante como consecuencia de contratos o pactos sucesorios. Resolución TS: Sí es aplicable Los pactos sucesorios tiene la naturaleza de transmisiones mortis causa. Concepto de transmisiones mortis causa: Derecho Civil. Derechos civiles especiales y forales elaborados por CCAA. Asimilación también efectuada por el legislador estatal en artículo 3.a LISD. El artículo 33.3.b LIRPF no excluye los pactos sucesorios ni impone la condición de la muerte física del contribuyente. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 15

16 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 16

17 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Resolución TEAC, de 02 de marzo (RG 08483/2015), sobre la valoración de operaciones vinculadas y el método del precio libre comparable. Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de febrero (Rec. 4066/2014), relativa a la calificación o no como actividad económica, de una actividad con pérdidas persistentes, irracional o realizada con el fin de entretenimiento. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 17

18 Resolución TEAC, de 02 de marzo (RG 08483/2015), sobre la valoración de operaciones vinculadas y el método del precio libre comparable. Cuestión planteada: Si debe de reconocerse un margen de beneficio en la sociedad por la mera existencia de la misma, en los supuestos en los que los servicios prestados por una persona física a su sociedad son sustancialmente los mismos a los que presta la sociedad a terceros, cuando ésta carezca de medios. Resolución Unificación de criterio: Es acorde con la metodología de operaciones vinculadas no reconocer margen de beneficio en la sociedad en este tipo de supuestos. Cosa distinta son las correcciones que proceda realizar por los gastos fiscalmente deducibles en los que haya incurrido la sociedad. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 18

19 Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de febrero (Rec. 4066/2014), relativa a la calificación o no como actividad económica, de una actividad con pérdidas persistentes, irracional o realizada con el fin de entretenimiento. Cuestión planteada: Si afecta a la calificación de una actividad como económica, la persistencia de pérdidas o la posible irracionalidad de la explotación. Resolución: 1. La obtención de pérdidas no afecta, por sí misma, a la calificación de una actividad como económica. 2. La irracionalidad sí afecta a la calificación pero ha de ser probada. 3. Una actividad de entretenimiento (hobby) no puede ser excluida del ámbito de las actividades económicas. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 19

20 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 20

21 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Consulta Vinculante DGT V , de 27 de enero, relativa al lugar de realización de la operación consistente en la venta de "Green fees" o derechos de utilización de un campo de golf. Consulta Vinculante DGT V , de 23 febrero, relativa a la aplicabilidad de la exención prevista en el artículo 20.Uno.26º de la LIVA a las prestaciones de servicios de modelado digital de esculturas. Resolución TEAC, 17 de marzo (RG 05651/2013), relativa a la obligación de rectificar la deducción cuando el bien recibe un destino distinto (operaciones que no originan el derecho a deducir). Resolución TEAC, 17 de marzo (RG 0230/2013), relativa a la minoración de las cuotas soportadas y deducidas, como consecuencia de la resolución del contrato. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 21

22 Consulta Vinculante DGT V , de 27 de enero, relativa al lugar de realización de la operación consistente en la venta de "Green fees" o derechos de utilización de un campo de golf. Cuestión planteada: La entidad consultante es propietaria de un campo de golf, procediendo sus ingresos de la venta de "Green fees tanto: a los miembros del club (cuota anual) como a otros jugadores (cuota de acceso). a empresarios, generalmente tour operadores que se encuentran establecidos en otros países, comunitarios o no. Contestación DGT: Venta de derechos: Servicios directamente relacionados con inmuebles (art. 70.Uno.1º.a y h LIVA), sujetos a IVA cuando el campo esté en el TAI. Venta de derechos a tour operadores: Operación de mediación, en los que el adquirente puede actuar: En nombre propio: Servicio directamente relacionado con inmuebles. En nombre ajeno: - Servicio directamente relacionado con inmuebles. - Servicio de mediación en nombre y por cuenta ajena, cuyo destinatario no sea empresario o profesional (art. 70.Uno.6º LIVA). 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 22

23 Consulta Vinculante DGT V , de 23 febrero, relativa a la aplicabilidad de la exención prevista en el artículo 20.Uno.26º de la LIVA a las prestaciones de servicios de modelado digital de esculturas. Cuestión planteada: Aplicación de la exención a servicios de modelado digital para clientes, que adquieren tanto los derechos de propiedad intelectual como los archivos informáticos para la fabricación de las piezas. Contestación DGT: Es una prestación de servicios. No es un servicio prestado por vía electrónica, pues los diseños son personalizados. Están exentos al ser prestados por una persona física y ser diseños personalizados, tanto: La elaboración digital de dibujos y bocetos para la fabricación de piezas. La transmisión de derechos intelectuales de propiedad sobre los mismos. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 23

24 Resolución TEAC, 17 de marzo (RG 05651/2013), relativa a la obligación de rectificar la deducción cuando el bien recibe un destino distinto (operaciones que no originan el derecho a deducir). Cuestión planteada: Adquisición de fincas para destinarlas a la promoción inmobiliaria, si bien posteriormente se destinan a la aportación no dineraria en la constitución de una sociedad. Resolución: La entidad practicó la deducción correctamente al efectuar la deducción, pues la promoción inmobiliaria es una actividad sujeta y no exenta, que origina el derecho a la deducción. Sin embargo, la entidad debió rectificar las cuotas deducidas cuando las fincas se aportaron en la constitución de una sociedad, al ser ésta una operación sujeta y exenta del impuesto. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 24

25 Resolución TEAC, 17 de marzo (RG 0230/2013), relativa a la minoración de las cuotas soportadas y deducidas, como consecuencia de la resolución del contrato. Cuestión planteada: Si la minoración es obligatoria aún cuando el destinatario de la operación no haya recibido la factura rectificativa del sujeto pasivo. Resolución: No es obligatoria mientras no se haya recibido la factura rectificativa. Modifica el criterio expuesto en otras resoluciones que consideraba irrelevante la existencia o no de la factura rectificativa. Criterio actual aún no reiterado. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 25

26 PROCEDIMIENTOS 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 26

27 Sentencia del Tribunal Supremo, de 01 de marzo (Rec. 3155/2014), relativa al alcance de la facultad revisora de los órganos económico-administrativos. Cuestión planteada: Si un órgano económicoadministrativo, en su función revisora, puede recalificar como dilación imputable al contribuyente lo que la Inspección había calificado como interrupción justificada. Resolución: La función revisora del TEAC le permite decidir sobre las cuestiones que se deriven del expediente, hayan sido o no planteadas por las partes: Límite: sin que en ningún caso se pueda empeorar la situación inicial del reclamante. Artículo237 Extensión de larevisiónen víaeconómico-administrativa 1. Las reclamaciones y recursos económico-administrativos someten a conocimiento del órgano competente para su resolución todas las cuestiones de hecho y de derecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por los interesados, sin que en ningún caso pueda empeorar la situación inicial del reclamante. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 27

28 RENTA E IP ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 28

29 CAMPAÑA DE RENTA 2015 Principal novedad: PORTAL RENTA WEB Permite a todos los contribuyentes (salvo los que obtengan rentas de actividades económicas) la tramitación del borrador o de la declaración. Pretende combinar la simplicidad del borrador con la amplitud del programa PADRE. Permite comparar que opción es más ventajosa para el contribuyente, si la tributación individual o la conjunta. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 29

30 CAMPAÑA DE RENTA 2015 Calendario: 6 de abril de 2016: Inicio Servicios telemáticos. Obtención del número de referencia. Descarga del Programa PADRE. Presentación telemática de declaraciones. Inicio Servicio telefónico de Información. 4 de mayo de 2016: Inicio servicio de Cita Previa. 10 de mayo de 2016: Inicio campaña presencial. Presentación de declaraciones en papel. 25 de junio de 2016: Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria. 29 de junio de 2016: Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas. 30 de junio de 2016: Último día para presentar la declaración de Renta ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 30

31 Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP MODELOS: A utilizar por los contribuyentes obligados a declarar. A utilizar también por los contribuyentes de IRPF, no obligados a declarar que soliciten la devolución. El modelo de IRPF será utilizado por todos los contribuyentes cualquiera que sea la comunidad autónoma de residencia. El modelo de IRPF se adecua a las novedades introducidas en el impuesto por la Ley 26/2014: - Nueva tarifa aplicable a la BL general y a la BL ahorro. - Nueva reducciónpara determinadostipos de familias. - Incremento de la reducciónactual para trabajadores por cuenta propia. - Nuevo instrumento Plan de Ahorro a Largo Plazo. - Incorporación a la BI ahorro de las GPP derivadas de transmisión de elementospatrimoinales, cualquiera que sea el periodode permanencia. - Supresión de la deducción por alquiler. - Supresión de la reducción por cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 31

32 Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP PLAZO DE PRESENTACIÓN: Plazo entre 6 de abril y 30 de junio de 2016, si la presentación se efectúa de forma electrónica a través de internet. Plazo entre 10 de mayo y 30 de junio, si la presentación de la declaración se efectúa por cualquier otro medio. FORMA DE PRESENTACIÓN: a) Por vía electrónica por Internet, que puede efectuarse: Mediante firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación (en ambos casos utilizando un certificado electrónico admisible por la AEAT) o mediante el sistema Cl@ve. Mediante la consignación del NIF del OT y del número de referencia solicitado por la AEAT. Deben utilizaresta vía los contribuyentes que presentendeclaración por IP. b) Mediante papel impreso. c) A través del programa de ayuda o mediante la confirmación del borrador de declaración. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 32

33 Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP FRACCIONAMIENTO DEL PAGO: 60% en el momento de presentar la declaración. 40% hasta el 7 de noviembre de BORRADOR DE DECLARACIÓN: a) Obtención: Contribuyentes a que se refiere el artículo 98.1 LIRPF y resto de contribuyentes (excepto los que obtengan rentas de actividades económicas). A través de la sede electrónica de la AEAT (Servicio de tramitación borrador/declaración), mediante certificado electrónico reconocido, sistema Cl@ve o número de referencia. A partir del día 6 de abril. b) Modificación del borrador: A través de la sede electrónica de la AEAT (certificado electrónico reconocido, sistema Cl@ve o número de referencia) A través del teléfono Mediante personación en cualquier Delegación o Administración de la AEAT. En las oficinas de las Administraciones tributarias de las CCAA, que hayan suscrito un convenio de colaboración con la AEAT para el sistema de ventanilla única tributaria. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 33

34 Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP BORRADOR DE DECLARACIÓN IRPF: c) Confirmación y presentación: Por vía electrónica: a partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio de Restantes vías: a partir del 10 de mayo y hasta el 30 de junio de Si el resultado es a ingresar y el pago se domicilia en cuenta, la presentación no podrá realizarse con posterioridad a 25 de junio de ª Quincena Maro

35 Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 2015: a) OBLIGADOS A DECLARAR: Sujetos pasivos cuya cuota resulte a ingresar. Sujetos pasivos, cuyos bienes y derechos excedan de b) MODELOS DE DECLARACIÓN: Modelo 714: Declaración. Modelo 715: Documento de ingreso. c) PLAZO DE PRESENTACIÓN: Entre el 6 de abril y el 30 de junio (especialidad para el caso de domiciliación bancaria). d) FORMA DE PRESENTACIÓN: Electrónica a través de Internet: Mediante firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación (en ambos casos utilizando un certificado electrónico admisible por la AEAT) o mediante el sistema Cl@ve. Mediante la consignación del NIF del OT y del número de referencia solicitado por la AEAT (deben utilizar esta vía los contribuyentes que presenten declaración por IP). e) PAGO DEUDA TRIBUTARIA: Domiciliación bancaria, que podrá efectuarse desde el día 6 de abril hasta el 25 de junio. 2ª Quincena Maro 2016 Victoria Palomo 35

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