Fiscalidad. Fiscalidad. Nivel Medio. Resumen Instituto Europeo de Posgrado

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1 Fiscalidad Fiscalidad. Nivel Medio. Resumen 2014 Instituto Europeo de Posgrado

2 Contenido 1 Introducción y Conceptos Generales Qué es el IRPF? Quiénes son los Contribuyentes? La Residencia Fiscal (Residencia Habitual) Cuál es el Periodo Impositivo? Qué Rentas deben Declararse y Cuáles No? Rentas a Declarar Quiénes están Obligados a Presentar Declaración del IRPF? Rendimientos del Trabajo Rendimientos del Capital Mobiliario y Ganancias Patrimoniales Límite Conjunto Adicional La Liquidación del Impuesto: Rendimientos del Trabajo Rendimiento Íntegro Gastos Deducibles Reducción por Obtención de Rendimientos del Trabajo Rendimientos del Capital Inmobiliario y Mobiliario. Imputación de Rentas Inmobiliarias Rendimientos del Capital Inmobiliario Rendimiento Íntegro Rendimiento Neto Rendimiento Neto Reducido Rendimientos de Actividades Económicas Cuáles son los Elementos Patrimoniales Afectos a una Actividad Económica? Modalidades de Cálculo de la Base Imponible Estimación Directa Normal Estimación Directa Simplificada Estimación Objetiva Estimación Indirecta Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Determinación de las Pérdidas y Ganancias Si Existe Ganancia Si Existe Pérdida Integración y Compensación de Rentas y Conceptos de Base Imponible y Base Liquidable. Reducciones Base Imponible

3 6.1.1 Base Imponible General Base Imponible del Ahorro Base Liquidable Base Liquidable General Base Liquidable del Ahorro Adecuación del Impuesto a las Circunstancias Personales y Familiares del Contribuyente Mínimo Personal Mínimo por Descendientes Mínimo por Ascendientes Mínimo por Discapacidad Cuota Íntegra y Líquida y Deducción por Vivienda Cuota Íntegra Cuota Líquida Exención por Reinversión Cuáles son Estos Requisitos? Otras Deducciones. Cuota Diferencial Otras Deducciones Deducción por Inversión en Empresas de Nueva Creación Deducción por Donativos Deducción en Actividades Económicas Deducción por Rentas Obtenidas en Ceuta y Melilla Deducciones Autonómicas Aplicables Cuota Diferencial Retenciones, Pagos a Cuenta y Pagos Fraccionados Deducción por Doble Imposición Internacional: Rendimientos o Ganancias Patrimoniales Obtenidas en el Extranjero Deducción por Maternidad Productos Bancarios Cuentas Corrientes Depósitos Activos de Renta Fija Renta Fija Pública Letras del Tesoro Bonos y Obligaciones del Estado Renta Fija Privada Pagarés de Empresa

4 11.2 Bonos y Obligaciones Activos de Renta Variable Acciones Dividendos Venta de Acciones Derechos de Suscripción Preferente Reducciones de Capital con Devoluciones de Aportaciones a los Socios Productos Híbridos Acciones Preferentes Obligaciones Convertibles Derivados y Estructurados Productos Estructurados Opciones y Futuros Warrants Instituciones de Inversión Colectiva: Fondos de Inversión y SICAVs Qué son las Normas Antiaplicación? Notas Tributación de los Dividendos que Repartan las IICs Tributación de los Fondos de Inversión Garantizados Traspasos de IICs Reducciones de Capital de las SICAVs Fondos Cotizados (Exchange Traded Funds) Seguros de Vida e Invalidez Régimen Fiscal Planes de Pensiones, PPAs, PIAS y Otros Seguros Planes de Pensiones Aportaciones Fiscalidad Planes de Previsión Asegurados (PPAs) Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) Fiscalidad en Caso de Rescate Fiscalidad en Caso de Redistribución del Fondo Acumulado Seguros de Dependencia Aportación Fiscalidad Seguros de Previsión Social Empresarial

5 Aportación Fiscalidad Seguros Colectivos que Instrumentan Compromisos por Pensiones Aportación y Fiscalidad Plan de Ahorro a Largo Plazo Aportaciones y fiscalidad: Introducción al Impuesto de Sociedades Qué es el Impuesto sobre Sociedades?: Quiénes son los Contribuyentes de este Impuesto?: Cuál es el Periodo Impositivo?: Qué Constituye el Hecho Imponible o Qué Rentas deben Declararse? Conceptos Básicos Resultado contable 52 4

6 1 Introducción y Conceptos Generales El rendimiento fiscal de una inversión es una de las variables básicas a tener en cuenta a la hora de elegir el producto adecuado para alcanzar nuestras metas personales. El rendimiento fiscal viene determinado por la cuantía de la carga tributaria que soporta la inversión, ya sea por mera tenencia, o por el rendimiento o interés que devenga el activo en que se ha invertido. 1.1 Qué es el IRPF? El IRPF es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares. 1.2 Quiénes son los Contribuyentes? Son contribuyentes por este impuesto: 1. Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español. 2. Las personas físicas de nacionalidad española que tengan su residencia habitual en el extranjero por su condición de miembros de misiones diplomáticas u oficinas consulares o de funcionarios destinados al extranjero. Los residentes en España, sean de nacionalidad española o extranjera, son los contribuyentes de este impuesto y son gravados en el IRPF por la totalidad de la renta que obtengan, con independencia del lugar donde se hubiera producido y cualquiera que sea la residencia del pagador La Residencia Fiscal (Residencia Habitual) Se entiende que un contribuyente tiene su residencia habitual en España cuando concurra cualquiera de las dos circunstancias siguientes: 1. Que permanezca más de 183 días, durante un año natural, en territorio español. 2. Que radique en España el núcleo principal o base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. 5

7 1.3 Cuál es el Periodo Impositivo? Como regla general, el periodo impositivo coincide con el año natural, es decir, desde el 1 de enero al 31 de diciembre, y el devengo del impuesto se produce en ésta última fecha. 1.4 Qué Rentas deben Declararse y Cuáles No? Como hemos comentado previamente, el IRPF grava la totalidad de las rentas que obtiene un contribuyente a excepción de unas pocas que están exentas y que enunciaremos al final de este apartado Rentas a Declarar Rendimientos del trabajo Los rendimientos del trabajo son todas aquellas rentas, en dinero o en especie, que recibe una persona física como consecuencia de una relación laboral, luego son las rentas que recibe como contraprestación a su trabajo por cuenta ajena, esto es, como asalariado. Rendimientos del capital inmobiliario Los rendimientos del capital inmobiliario son todas aquellas rentas que percibe una persona de inmuebles como, por ejemplo, el alquiler. Rendimientos del capital mobiliario Los rendimientos del capital mobiliario son todas aquellas rentas que percibe una persona de valores mobiliarios (Letras del Tesoro, obligaciones, venta de títulos de renta fija, dividendos, etc.). Imputación de rentas inmobiliarias La imputación de rentas inmobiliarias es un concepto por el que tributan las personas que tienen inmuebles, urbanos o rústicos, que ni constituyen su vivienda habitual ni están arrendados a terceras personas. Rendimientos de actividades económicas Los rendimientos de actividades económicas son todas aquellas rentas que percibe una persona física como consecuencia de su actividad profesional o empresarial por cuenta propia. Por ejemplo, un asesor fiscal o un abogado autónomo, un empresario, etc. 6

8 Ganancias y pérdidas patrimoniales Las ganancias y pérdidas patrimoniales son todas aquellas rentas no comprendidas en los apartados anteriores. En la práctica, este concepto abarca las rentas obtenidas por la compra-venta de inmuebles, acciones, fondos de inversión y derivados. 1.5 Quiénes están Obligados a Presentar Declaración del IRPF? Estarán obligados a presentar declaración del IRPF, todas aquellas personas físicas, sujetos pasivos del IRPF y que cumplan con los rendimientos mínimos legales, que son los siguientes: Rendimientos del Trabajo Si las rentas del trabajo proceden de un solo pagador: límite de brutos anuales. Si las rentas del trabajo proceden de más de un pagador: límite de brutos anuales. No obstante el límite seguirá siendo de cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere en su conjunto la cantidad de anuales. Si el pagador de los rendimientos no está obligado a retener, caso de extranjeros residentes en España y que reciben pensiones en su país de origen Rendimientos del Capital Mobiliario y Ganancias Patrimoniales Rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta: límite de euros brutos anuales. No sujetos a retención o ingreso a cuenta: desde el primer céntimo de euro, con estas 2 excepciones: Rentas inmobiliarias imputadas que correspondan a un único inmueble, letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial con el límite conjunto de anuales. Contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades profesionales, así como ganancias de patrimonio, con el 7

9 límite conjunto de anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a Límite Conjunto Adicional Además, para evitar situaciones ridículas adicionalmente se establece un límite global para el conjunto de rentas del contribuyente. Este nuevo límite establece que tampoco tienen obligación de tributar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades profesionales, así como ganancias de patrimonio, con el límite conjunto de euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros. 2 La Liquidación del Impuesto: Rendimientos del Trabajo Se considera rendimiento del trabajo toda contraprestación en, dinero o en especie, que derive del trabajo personal o de la relación laboral (por cuenta ajena) y que no tenga carácter de rendimiento de actividades económicas. 2.1 Rendimiento Íntegro El rendimiento íntegro del trabajo se calcula de manera distinta dependiendo de si la naturaleza de la retribución es dineraria o en especie. Retribuciones dinerarias: El rendimiento íntegro en las retribuciones dinerarias coincide con el importe bruto de la contraprestación recibida a cambio del trabajo. El rendimiento bruto es el resultado de sumar al neto las retenciones, cuotas a la Seguridad Social y mutualidades laborales. Retribuciones en especie: El rendimiento íntegro en las retribuciones en especie coincide con el valor de la retribución en especie más el ingreso a cuenta, que es un anticipo del impuesto que la empresa realiza a Hacienda. 2.2 Gastos Deducibles Una vez determinado el rendimiento íntegro del trabajo debe procederse a la deducción de los gastos que la Ley califica como deducibles para determinar el rendimiento neto. Tienen la consideración de gastos fiscalmente deducibles exclusivamente los siguientes: a) Cotizaciones a la Seguridad Social. 8

10 b) Cotizaciones a mutualidades generales obligatorias de funcionarios y detracciones por derechos pasivos. c) Cotización a los colegios de huérfanos o entidades similares. d) Cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegialización tenga carácter obligatorio, con el límite de 500 anuales. e) Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona que percibe los rendimientos, con el límite máximo de 300 anuales. f) En concepto de otros gastos distintos a los anteriores, un importe de euros. Dicho límite aumentará para los desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija trasladar su residencia habitual a un nuevo municipio y para las personas con discapacidad, y tendrá como límite el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos. 2.3 Reducción por Obtención de Rendimientos del Trabajo Cuando el contribuyente tenga rendimientos del trabajo la base imponible se reducirá en los siguientes importes: Esta reducción se fija exclusivamente para contribuyentes con unos rendimientos netos de los trabajos inferiores a euros anuales, excluidas las exentas, siempre que no tengan rentas distintas a las del trabajo, superiores a euros si el rendimiento neto del trabajo (RNT) es igual o inferior a menos el resultado de multiplicar por 1,15625 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y si el rendimiento neto del trabajo (RNT) está comprendido entre y euros. En el caso de trabajadores discapacitados, se establece una reducción adicional de 3.500, que se puede incrementar hasta si se necesita la ayuda de terceras personas o tengan movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Todas estas reducciones tienen como límite máximo de reducción el importe de los rendimientos netos del trabajo, es decir, como consecuencia de la aplicación de las reducciones el saldo resultante no podrá ser negativo. 9

11 3 Rendimientos del Capital Inmobiliario y Mobiliario. Imputación de Rentas Inmobiliarias 3.1 Rendimientos del Capital Inmobiliario Se considera rendimiento del capital inmobiliario, todas aquellas rentas que procedan de inmuebles, rústicos o urbanos, exceptuando la vivienda habitual y los solares, y que, además no estén afectos a actividades económicas. Si el inmueble se tiene en propiedad la renta que se obtiene puede tener su origen en dos conceptos: el alquiler del inmueble o la cesión de derechos, facultades de uso y disfrute del mismo, si por ello se obtiene una contraprestación. Los rendimientos del capital inmobiliario tributan de acuerdo con el siguiente esquema: Rendimientos del Trabajo: - + Ingresos Íntegros - Gastos Deducibles - - Reducciones (30%) - Rendimiento Neto - - Reducción Arrendamiento Viviendas (60%) Rendimiento Neto Reducido Rendimiento Íntegro El rendimiento íntegro del capital inmobiliario coincide con el importe que, por todos los conceptos, se reciba del arrendatario, subarrendatario, adquirente o cesionario, incluido, en su caso, el correspondiente a todos aquellos bienes cedidos con el inmueble y excluido el IVA. Por tanto, si tenemos una vivienda y una plaza de garaje en propiedad que alquilamos, el rendimiento íntegro estará formado por las cantidades que recibamos durante el periodo impositivo en concepto de alquiler Rendimiento Neto El rendimiento neto del capital inmobiliario se determina por la diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos necesarios para su obtención. 10

12 Los gastos fiscalmente deducibles son: 1. Los intereses y demás gastos de financiación, así como los gastos de reparación y conservación del inmueble (no la ampliación o mejora). 2. Los tributos y recargos estatales y no estatales que no tengan carácter sancionador (por ejemplo el IBI). 3. Los saldos de dudoso cobro, siempre que esta circunstancia quede suficientemente acreditada. 4. Las cantidades devengadas por terceros como consecuencia de servicios personales; incluyéndose, por tanto, los servicios de administración, vigilancia, portería o similares. 5. La amortización del inmueble y demás bienes cedidos con el mismo siempre que responda a una depreciación efectiva. 6. También serán deducibles, puesto que inciden en la determinación de los rendimientos, los gastos ocasionados por la formalización del arrendamiento, los de defensa de carácter jurídico, el importe de las primas de contratos de seguros de responsabilidad civil, incendio, robo, etc Rendimiento Neto Reducido Si se arrienda un inmueble destinado a vivienda al rendimiento neto se le aplicará una reducción del 60% si cumple ciertos requisitos. La imputación de rentas inmobiliarias La imputación de rentas inmobiliarias es el concepto por el que tributan las personas que tienen inmuebles urbanos que no constituyen ni la vivienda habitual ni generan rendimientos del capital inmobiliario o se hallan afectos a actividades económicas, así como, inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. Rendimientos del capital mobiliario Se considera rendimiento del capital mobiliario, todas aquellas rentas que procedan de elementos patrimoniales, bienes o derechos de naturaleza mobiliaria de los que es titular el contribuyente y que, además, no están afectos a actividades económicas. 11

13 Estos rendimientos pueden agruparse en 4 grandes categorías: Rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad. Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios. Los rendimientos procedentes de seguros de vida o invalidez. Otros rendimientos del capital mobiliario. El esquema aplicable para la determinación de los rendimientos netos del capital mobiliario será el siguiente: Rendimiento Íntegro Como norma general el rendimiento íntegro del capital mobiliario se calcula: 12

14 Rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios e intereses, cupones y otras remuneraciones por la cesión a terceros de capital: Importe bruto de la contraprestación (importe percibido + retención si existiese). En la aplicación de esta norma general hay que tener en cuenta una particularidad: Rendimientos obtenidos por la transmisión, rembolso, amortización, canje o conversión de activos representativos de la utilización de capitales ajenos: Precio de compra precio de venta gastos asociados a la compra gastos asociados a la venta. Rendimientos procedentes de seguros de vida o invalidez: Obtención del rendimiento en forma de capital El rendimiento del capital mobiliario vendrá determinado por la diferencia entre el capital percibido y el importe de las primas satisfechas. Si el contrato de seguro combina la contingencia de supervivencia con las de fallecimiento e incapacidad y el capital percibido corresponde a la contingencia de supervivencia, podrá detraerse también la parte de las primas satisfechas que correspondan al capital el riesgo por fallecimiento o incapacidad que se haya consumido hasta el momento. Obtención del rendimiento en forma de renta inmediata El rendimiento no vendrá determinado por el importe de la totalidad de la pensión anual percibida sino por una parte de la misma Para determinar la parte de cada renta o pensión anual que se considera rendimiento del capital mobiliario se aplica un porcentaje fijo sobre cada anualidad percibida en función de la edad del rentista al tiempo de la constitución de la renta, si se trata de una renta vitalicia, o en función de la duración de la renta si es temporal. Obtención del rendimiento en forma de renta diferida En el caso de rentas vitalicias diferidas en el tiempo, el rendimiento del capital mobiliario vendrá determinado por la aplicación del porcentaje fijo que resulte sobre cada anualidad según la edad (véase cuadro apartado anterior), incrementado en la rentabilidad acumulada al tiempo de constitución de la renta. 13

15 Obtención del rendimiento por la extinción de rentas temporales o vitalicias Gastos Deducibles Los gastos más comunes y generales son los de administración y depósito de valores negociables, es decir, los que cobran las entidades financieras por tener depositados los títulos (por ejemplo, los bonos y obligaciones). No serán deducibles las comisiones satisfechas como contraprestación por la gestión discrecional de una cartera Reducciones Como norma general los rendimientos netos del capital mobiliario (rendimientos íntegros gastos deducibles) se computan por su totalidad. No obstante, en el caso de Otros Rendimientos del Capital Mobiliario si el rendimiento tiene un periodo de generación superior a 2 años o se obtiene de forma notoriamente irregular en el tiempo, tiene una reducción del 30%. 4 Rendimientos de Actividades Económicas Se consideran rendimientos de actividades económicas aquellos que, procediendo del capital y del trabajo personal conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y los recursos humanos, o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes y servicios. En cualquier caso, en el caso concreto de las actividades de arrendamiento de inmuebles, la Ley dice que se considerará actividad empresarial si cumplen los siguientes requisitos: 14

16 1. Que en el desarrollo de la actividad se cuente, al menos, con un local, exclusivamente destinado a llevar a cabo la gestión de la misma (separado e independiente). 2. Que para la ordenación de la actividad se utilice, al menos, un empleado con contrato laboral y a jornada completa (no administrador de fincas ni personal de limpieza). 4.1 Cuáles son los Elementos Patrimoniales Afectos a una Actividad Económica? Los bienes inmuebles en los que se desarrolla la actividad del contribuyente. Los bienes destinados a los servicios económicos y socioculturales del personal al servicio de la actividad (comedores de empresa, locales destinados a guardería de personal, etc.). Cualesquiera otros elementos patrimoniales que sean necesarios para la obtención de los respectivos rendimientos. 4.2 Modalidades de Cálculo de la Base Imponible Estimación Directa Normal Este régimen se utilizará siempre que el contribuyente haya obtenido en el año inmediato anterior una cifra neta del negocio, para el conjunto de las actividades que desarrolle, superior a En el régimen de estimación directa, como su propio nombre indica, los rendimientos se calculan por el empleo de medios de prueba directos, teniendo una importancia significativa los libros de contabilidad y facturas Estimación Directa Simplificada Este régimen se utilizará siempre que: El contribuyente haya obtenido en el año inmediato anterior una cifra neta del negocio, para el conjunto de las actividades que desarrolle, inferior o igual a El contribuyente no haya renunciado a esta modalidad. 15

17 El contribuyente no utilice el régimen de estimación objetiva Estimación Objetiva Este régimen se utilizará siempre que: La actividad que realice el contribuyente se encuentre comprendida entre las que determine el Ministerio de Economía. El contribuyente no determine el rendimiento neto de ninguna de sus actividades económicas por el régimen de estimación directa. Que el volumen de los rendimientos netos del año inmediato anterior no supere cualquiera de los siguientes importes: Para el conjunto de las actividades económicas: Para el conjunto de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales: Que el volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, realizadas en el ejercicio anterior no supere la cantidad de Como hemos comentado previamente, el régimen de estimación objetiva se aplicará solo a las actividades empresariales o profesionales que determine el Ministerio de Economía y Hacienda. Este método de determinación del rendimiento de las pequeñas y medianas empresas es de aplicación voluntaria, si bien debe formularse la correspondiente renuncia para que no sea aplicable. El método de determinación de las rentas de la actividad es mucho más sencillo que el de estimación directa y se apoya en el análisis de determinados parámetros objetivos representativos de la actividad para cada sector que serán fijados por el Ministerio de Economía y Hacienda. Algunos de estos parámetros son: El número de trabajadores, el importe de las compras, la superficie de las explotaciones o los activos fijos utilizados, etc Estimación Indirecta No es ningún régimen específico del IRPF. Se aplica cuando la Administración no puede conocer, por distintas causas, los datos necesarios para la estimación completa de las bases imponibles. 16

18 5 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Las ganancias y pérdidas patrimoniales son variaciones en valor del patrimonio del contribuyente, que se ponen de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquel y siempre que la renta obtenida no esté sujeta a impuesto por otro concepto. La alteración se calculará por la diferencia entre el valor de adquisición (compra) y el de enajenación. 5.1 Determinación de las Pérdidas y Ganancias El esquema aplicable para la determinación de las ganancias o pérdidas patrimoniales será el siguiente: (+) Valor de transmisión = + (Precio de Venta Gastos y Tributos asociados a la venta) Si la transmisión se produce a título oneroso el valor de transmisión se determina restando al importe real de la enajenación los gastos y tributos inherentes a la venta que hayan sido pagados por el vendedor. Cuando la transmisión sea a título lucrativo, se tomará el valor considerado a efectos del ISD menos, si existiesen, los gastos y tributos inherentes a la venta que hayan sido pagados por el vendedor. 17

19 (-) Valor de adquisición = - (Precio de Compra + Coste de la inversiones/mejoras + Gastos y tributos asociados a la compra Amortizaciones) El valor de adquisición se determina mediante la suma del importe real de la adquisición, el coste de las inversiones y mejoras y los gastos y tributos satisfechos por el comprador. A este importe habrá que restarle las amortizaciones que se hayan producido sobre el bien que se va a transmitir. Otros aspectos a tener en cuenta en el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial son: Si Existe Ganancia Si existe ganancia, hay que tomar en consideración la exención por reinversión y el régimen transitorio de coeficientes reductores aplicable a bienes no afectos a actividades económicas adquiridos antes del 31 de diciembre de Exención por reinversión: Las personas menores de 65 años que vendan su vivienda habitual obteniendo por ello una ganancia patrimonial podrían tenerla exenta si cumplen una serie de requisitos que a continuación enumeramos (las mayores de 65 años ya la tienen exenta por otro concepto): 1. Que compren una nueva vivienda habitual en los dos años inmediatamente anteriores o posteriores al momento de la venta de la vivienda habitual que se vende. 2. Que el importe obtenido por la venta (valor de transmisión capital pendiente de amortización del préstamo, si existiese) se invierta en la compra de la nueva. Si la reinversión es parcial, se exonera la parte proporcional al importe que se ha reinvertido. Régimen transitorio de coeficientes reductores aplicables a bienes no afectos a actividades económicas adquiridos antes del 31 de diciembre de Si Existe Pérdida Si la operación patrimonial arroja como resultado, perdidas, habrá de entrar a considerar las normas antiaplicación. 18

20 La normativa del IRPF establece que todas las pérdidas patrimoniales se pueden declarar, a excepción de una (normas antiaplicación). Cuando una persona compra valores cotizados, es decir, acciones, títulos de renta fija, o fondos de inversión, y los vende con minusvalía, no podrá declarar dicha minusvalía cuando haya comprado títulos homogéneos durante los dos meses anteriores o durante los dos meses posteriores al momento de la venta con minusvalía. No obstante, que no pueda declarar la minusvalía no significa que la pierda. Podrá declararla en el futuro, cuando realice una nueva venta en la que no concurran las condiciones que lo impiden. 6 Integración y Compensación de Rentas y Conceptos de Base Imponible y Base Liquidable. Reducciones 6.1 Base Imponible La base imponible consiste en la valoración monetaria del hecho imponible. De esta forma, en el impuesto sobre la renta consiste en la totalidad de las rentas obtenidas por el sujeto. Para determinar las reglas de integración y compensación de las rentas, en un primer paso, hay que diferenciar entre la parte general y la parte del ahorro de la renta del periodo impositivo del contribuyente Base Imponible General La parte general comprende: Los rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario y actividades económicas. También los rendimientos del capital mobiliario menos frecuentes: procedentes de la propiedad intelectual, asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles y cesión de derechos de explotación de imagen. Las imputaciones de rentas inmobiliarias, cualquiera que sea su plazo de generación. Las ganancias y pérdidas patrimoniales no procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales y las ganancias patrimoniales no justificadas 19

21 La parte del ahorro comprende: Base Imponible del Ahorro Los rendimientos del capital mobiliario no incluidos en la base general los más típicos entre el conjunto de inversores-: cuentas corrientes, depósitos, seguros, dividendos, etc. Las ganancias y pérdidas patrimoniales procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales. 6.2 Base Liquidable La base liquidable se define como la cantidad resultante de efectuar en la base imponible las reducciones o deducciones previstas legalmente para el correspondiente impuesto, sobre la cual se aplica el tipo de gravamen para calcular la cuota tributaria Base Liquidable General La base liquidable general será el resultado de restar a la base imponible general las siguientes reducciones y por este orden, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de dichas disminuciones: Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad. Reducción por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas discapacitadas. Reducción por pensiones compensatorias Base Liquidable del Ahorro La base liquidable del ahorro será el resultado de restar a la base imponible del ahorro exclusivamente la reducción por pensiones compensatorias, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de dichas disminuciones. Reducciones 1 Como ejemplo de pensión compensatoria encontramos aquella derivada de un acuerdo de divorcio. 20

22 1. Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social: planes de pensiones, mutualidades de previsión social y planes de previsión asegurados. Se considera reducción el conjunto de las aportaciones anuales máximas realizadas por el contribuyente, promotor (planes de empleo) o familiar (seguros privados de dependencia) a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, seguros privados que cubran el riesgo de dependencia y planes de previsión asegurados. Tendrá como límite máximo conjunto la menor de las siguientes cantidades: 30% de los rendimientos netos del trabajo anuales. Para contribuyentes mayores de 50 años este importe se aumenta hasta Además, euros anuales para las primas a Seguros Colectivos de dependencia satisfechas por la empresa. 2. Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad. Las aportaciones realizadas a planes de pensiones a favor de personas con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, así como de personas declaradas incapacitadas judicialmente podrán ser objeto de reducción en la base imponible con los siguientes límites: Los parientes del minusválido, en línea directa o colateral, hasta el tercer grado inclusive, así como el cónyuge podrán realizar aportaciones de hasta La persona con minusvalía podrá realizar aportaciones de hasta Sin embargo, también existirá un límite conjunto de para el total de las aportaciones realizadas por los parientes y el propio minusválido. 3. Reducción por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas discapacitadas. 4. Reducción por pensiones compensatorias. 21

23 Dan derecho a reducción las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas a favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial. 6.3 Adecuación del Impuesto a las Circunstancias Personales y Familiares del Contribuyente El mínimo personal y familiar constituye la parte de la base liquidable que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, no se somete a tributación por el IRPF. El mínimo personal y familiar será el resultado de sumar el mínimo del contribuyente y los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad Mínimo Personal Con carácter general, en declaración individual o conjunta, cada contribuyente podrá deducir anuales. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en anuales. Si la edad es superior a 75 años se aumentará adicionalmente en Mínimo por Descendientes Por cada hijo (también personas en razón de tutela o acogimiento) soltero, menor de 25 años o discapacitado, que no tenga rentas anuales, excluidas la exentas, superiores a y que conviva con el contribuyente se aplicará la siguiente reducción: por el primer hijo por el segundo por el tercero por cuarto y siguientes Mínimo por Ascendientes Se establece una reducción de anuales por ascendientes mayores de 65 años o discapacitados cualquiera que sea su edad, que conviva con el contribuyente, siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a Mínimo por Discapacidad Las reducciones susceptibles de aplicarse son: 22

24 Por discapacidad del contribuyente se podrá reducir anuales, que pueden llegar a si el contribuyente presenta una minusvalía igual o superior al 65%. Si la discapacidad es de ascendientes o descendientes, que den derecho a las reducciones anteriores, se establece una reducción de 3.000, que puede llegar a si el contribuyente presenta una minusvalía igual o superior al 65%. En concepto de gasto por asistencia a discapacitados, los contribuyentes discapacitados o ascendientes o descendientes que generen el derecho a la reducción por discapacidad podrán reducir la base imponible en anuales, siempre que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65%. 7 Cuota Íntegra y Líquida y Deducción por Vivienda 7.1 Cuota Íntegra Con carácter general, la cuota íntegra es el resultado de aplicar el tipo de gravamen fijado para el impuesto sobre cada base imponible (General y del Ahorro). Cálculo de la Cuota íntegra: Paso 1. A la parte de la base liquidable general sin tener en cuenta los mínimos personales y familiares-, (i) se aplica la escala progresiva del impuesto y la cuantía resultante se minora en el importe derivado de aplicar al mínimo personal y familiar la escala progresiva nuevamente. Tabla 2015: Base para calcular el tipo de retención Cuota de retención Resto Base para calcular la retención Tipo Aplicable Hasta euros Hasta euros Hasta euros Porcentaje ,00% ,00% ,00% ,00% En adelante 47,00% 23

25 Tabla aplicable en 2016 y en adelante Base para calcular el tipo de retención - Hasta Euros Cuota de retención - Hasta Euros Resto base para calcular el tipo de retención - Hasta Euros Tipo Aplicable - Porcentaje Paso 2. A la parte de la base liquidable del ahorro se le aplica la siguiente escala: Tabla para 2015: ,00% ,00% ,00% ,00% En adelante 45,00% Base Liquidable Desde Rsto Base Liquidable Desde Tipo Aplicable - Porcentaje ,00% ,00% En adelante 24,00% Tabla para 2016 y en adelante: Base Liquidable Desde Rsto Base Liquidable Desde Tipo Aplicable - Porcentaje ,00% ,00% En adelante 23,00% 7.2 Cuota Líquida La cuota líquida es el resultado de practicar sobre la cuota íntegra las deducciones que a continuación se enuncian: 24

26 CUOTA ÍNTEGRA GENERAL: - CUOTA ÍNTEGRA DEL AHORRO: - Deducción por inversión en vivienda habitual (Solo compras antes 2013) Deducciones en actividades económicas: Deducciones por donativos: Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla: Deducción por patrimonio histórico: 0 CUOTA LÍQUIDA - Deducción por inversión en vivienda habitual Deducción por donativos. Deducción por inversión en bienes de interés cultural. Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Deducciones autonómicas aplicables. Deducción por inversión en vivienda habitual La vivienda habitual es aquella que se ocupa de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente en un plazo de 12 meses, contados desde la adquisición o terminación de las obras y siempre que a partir del momento en el que se ocupa se resida de verdad durante un plazo continuado de tres años salvo fallecimiento del contribuyente o circunstancias que exijan el cambio de vivienda. A partir del 1 de enero de 2013 se elimina la deducción por inversión en vivienda habitual, sin embargo, podrán seguir aplicándose la deducción en un régimen transitorio: 1. Por adquisición de vivienda: Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma. En este caso, la vivienda deberá de ser entregada en un plazo de 4 años para que el préstamo pueda ser deducible. 2. Por rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual: Los contribuyentes que hayan satisfecho cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual siempre que las citadas obras estén terminadas antes del 1 de enero de En el concepto de rehabilitación se incluyen las obras realizadas en la vivienda habitual que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos: 25

27 Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas. Que tengan por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas, cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global exceda del 25% del precio de adquisición. En el concepto de ampliación se incluyen las cantidades destinadas a aumentar la superficie habitable, mediante cerramiento de una parte descubierta o por cualquier otro medio, de forma permanente y durante todas las épocas del año. Dos casos frecuentes de ampliación de vivienda son: cerrar una terraza y unir dos pisos o adquirir el de arriba. 3. Por obras de adecuación para discapacitados: Los contribuyentes que hayan satisfecho cantidades para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad con anterioridad al 1 de enero de 2013 siempre que las citadas obras estén terminadas antes del 1 de enero de Se podrán aplicar una deducción del 15 por ciento por las cantidades aportadas anualmente, siendo la base máxima de esta deducción de euros. En el caso de las obras de ampliación, rehabilitación o adecuación para discapacitados la deducción desaparecerá en Exención por Reinversión Cuando se vende la primera vivienda habitual y se compra la segunda, si el precio de venta de la vivienda (la primera vivienda) menos los capitales pendientes de amortización de la hipoteca (si existiese) es superior al precio de compra de la misma se genera una ganancia patrimonial que tributará en la base general o en la base del ahorro en función del plazo. Sin embargo, si se cumplen determinadas condiciones esta ganancia podría estar exenta total o parcialmente Cuáles son Estos Requisitos? Que la nueva vivienda se adquiera en los 2 años anteriores o posteriores a la venta de la antigua. 26

28 Que el importe obtenido por la venta se reinvierta en la compra de la nueva. La reinversión se puede aplicar sobre una vivienda ya construida (adquisición) o que se esté construyendo (construcción). Además, la reinversión puede ser total o parcial: Reinversión Total: El importe total obtenido por la venta de la primera se invierte en la adquisición o construcción de la segunda. Por ejemplo, Juan vendió su primera vivienda habitual por y se ha comprado una nueva por , pagando como entrada y financiando el importe restante mediante la contratación de una hipoteca ( ). Reinversión Parcial: Una parte del importe obtenido por la venta de la primera se invierte en la adquisición o construcción de la segunda. Por ejemplo, Juan vendió su primera vivienda habitual por (precio de compra ) y se ha comprado una nueva por , pagando este importe a María (vendedora). Juan por la venta de su primera vivienda tiene una ganancia de De este importe solo estaría exento una parte. Para calcular el capital exento hay que realizar una regla de 3: si de hay exentos; de hay x. Despejando x se obtiene que la ganancia exenta equivale a Otras Deducciones. Cuota Diferencial CUOTA LÍQUIDA - Deducción por doble imposición internacional: Retenciones, pagos a cuenta y pagos fraccionados: Deducción por maternidad: Otras: cuotas en régimen de transparencia fiscal, compensaciones (adquisición vivienda habitual y arrendatarios): CUOTA DIFERENCIAL Otras Deducciones Deducción por Inversión en Empresas de Nueva Creación Los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones y participaciones en empresas de nueva o reciente creación, cumpliendo una serie de requisitos. La base máxima será de euros anuales. 27

29 8.1.2 Deducción por Donativos Con carácter general, se establece que los donativos efectuados a las Fundaciones previstas en la Ley 49/2002 den derecho a una deducción en cuota del 25% (Unicef, Médicos sin fronteras, Fundación Once, Manos Unidas, etc.). Deducción por inversiones y gastos en bienes de interés cultural Los contribuyentes tienen derecho a una deducción en cuota del del 50% para los primeros 150 euros donados y del 27,5% sobre el exceso. A partir de 2016 estos porcentajes pasarán al 75 y 30% respectivamente. Si las aportaciones son constantes o crecientes el exceso se reducirá un 32.5% en 2015 y 35% a partir de Deducción en Actividades Económicas A los contribuyentes del IRPF que ejercen actividades económicas, les son de aplicación los incentivos a la inversión empresarial que se establecen en el Impuesto de Sociedades, con ciertas excepciones Deducción por Rentas Obtenidas en Ceuta y Melilla Los contribuyentes residentes en Ceuta y Melilla y los que obtengan allí sus rentas tendrán derecho a una serie de reducciones que tienen por objetivo incentivar el desarrollo y la inversión en dichas regiones Deducciones Autonómicas Aplicables Cada Comunidad Autónoma tiene competencias para establecer deducciones, que se pueden aplicar sobre la cuota que recaudan. En Andalucía, por ejemplo, existen deducciones por adopción de hijos y por discapacidad. 8.2 Cuota Diferencial La cuota diferencial es el resultado de practicar sobre la cuota líquida las deducciones que a continuación se enuncian: Deducción por doble imposición internacional: rendimientos o ganancias patrimoniales obtenidas en el extranjero. Retenciones, pagos a cuenta y pagos fraccionados. Compensación aplicable a arrendatarios de vivienda habitual. Compensación aplicable a la adquisición de vivienda habitual. 28

30 Compensación a depósitos y seguros adquiridos antes del 20 de enero de Deducción por maternidad. Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. Otras: Cuotas en régimen de transparencia fiscal e imputaciones por derechos de imagen y por transparencia fiscal internacional Retenciones, Pagos a Cuenta y Pagos Fraccionados Las retenciones, pagos a cuenta y pagos fraccionados son pagos a Hacienda anticipados del impuesto, por las rentas obtenidas en el ejercicio. Por tanto, cuando se realice la declaración de la renta el contribuyente tiene derecho a deducir dichos conceptos, dado que, en caso contrario estaría tributando dos veces por el mismo concepto Deducción por Doble Imposición Internacional: Rendimientos o Ganancias Patrimoniales Obtenidas en el Extranjero Las rentas del contribuyente que figuren como rendimientos o ganancias patrimoniales obtenidas y gravadas en el extranjero se deducirá de la cuota líquida total la menor de las siguientes cantidades, en concepto de deducción por doble imposición internacional: El importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero por razón de un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF sobre dichos rendimientos o ganancias patrimoniales. El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero. A estos efectos, el tipo medio efectivo de gravamen será el resultado de multiplicar por 100 el cociente obtenido de dividir la cuota líquida por la base liquidable, expresado con dos decimales. A tal fin, deberá diferenciarse el tipo de gravamen que corresponda a las rentas que se integran en la parte general y en la parte especial de la base imponible. El tipo de gravamen se expresará con dos decimales. 29

31 8.2.3 Deducción por Maternidad La cuota diferencial podrá minorarse en anuales por cada hijo menor de 3 años, siempre que se cumplan los requisitos que a continuación se exponen: Que se trate de una mujer (o padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre o si tiene atribuida de forma exclusiva la guarda o custodia) con hijos menores de 3 años por los que tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. Que realice una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. a) Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo La cuota diferencial podrá minorarse en: Hasta euros anuales por cada descendiente con discapacidad Hasta euros anuales por cada ascendiente con discapacidad Hasta euros anuales por ser un ascendente o un hermano huérfano de padre y madre que forme parte de una familia numerosa Siempre y cuando los contribuyentes estén dados de alta en el régimen correspondiente de la seguridad social o mutualidad. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las anteriores deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, su importe prorrateará entre ellos por partes iguales. 9 Productos Bancarios 9.1 Cuentas Corrientes Una cuenta corriente es una cuenta bancaria en la cual una persona física o jurídica deposita su dinero. El inversor de estas cuentas puede disponer del saldo existente en la misma en cualquier momento y de inmediato (por lo que la liquidez e inmediata). En el IRPF. Si el inversor recibe intereses de la cuenta, éstos se consideran rendimientos del capital mobiliario y se integran por su importe íntegro (importe recibido + retención) en la base del ahorro, sin posibilidad de deducción de gasto alguno (gasto de mantenimiento, intereses negativos por descubierto, que se producen si la cuenta queda con saldo negativo, etc.), salvo en el caso de cuentas que se encuentran afectas a actividades 30

32 económicas que si son deducibles. Los intereses que genera la cuenta están sujetos a una retención del 20% en 2015 y del 19% a partir de Depósitos Los depósitos o libretas de ahorro a plazo son cuentas mediante las cuales un inversor se compromete a mantener en una entidad financiera unos fondos durante un periodo concreto. También, en los últimos años, han sido comercializados por parte de las entidades financieras unos depósitos en los que su rentabilidad está indiciada o referenciada a un índice, usualmente de Renta Variable, o a un valor determinado o a una cesta de valores (depósitos referenciados). En el IRPF. Los rendimientos del depósito, cualquiera que sea su modalidad (rendimiento implícito o explícito, etc.), se consideran rendimientos del capital mobiliario. 10 Activos de Renta Fija 10.1 Renta Fija Pública Letras del Tesoro Las letras del Tesoro son activos financieros de renta fija a corto plazo emitidos por el Tesoro Público. Estos títulos tienen las siguientes características: El valor nominal unitario es de 1.000euros. El plazo de la emisión es de 3, 6 y 18 meses, nunca un plazo superior. Se emiten al descuento, determinándose su precio de adquisición mediante subasta. Se emiten para su uso como instrumento regulador de la intervención en los mercados financieros. En el IRPF. Los rendimientos generados en cada transmisión o reembolso de una letra del Tesoro se consideran rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base del ahorro. El importe del rendimiento coincidirá con la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, minorado en los gastos accesorios de la adquisición o enajenación que se justifiquen adecuadamente. Los rendimientos positivos o negativos procedentes de las letras del Tesoro (calculados individualmente por activos) se integran en la base imponible del ahorro (en 2015: De 0 a euros al 20%, de a euros al 22% y por encima de euros al 24% y a partir de 2016: De 0 a euros al 19%, de a euros al 21% y por encima de euros al 23%.) 31

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