REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GOBIERNO PROVINCIAL AUTÓNOMO DE EL ORO

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1 REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GOBIERNO PROVINCIAL AUTÓNOMO DE EL ORO EL ORO-ECUADOR DICIEMBRE 2013

2 REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL Art. 1.- Expedir la estructura orgánica-funcional del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. La estructura se alinea con la misión institucional, consagrada en la Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y demás normas contempladas en el ordenamiento jurídico vigente; se sustenta en la ética pública, orientada a resultados, excelencia de productos, procesos, y se norma por la presente resolución. Art. 2.- Objetivos de la presente Resolución.- Los objetivos que se persiguen con la presente estructura son: a) Determinar en forma clara y precisa, la estructura orgánica y funcional, como elemento base para el cumplimiento de objetivos, fines, facultades, competencias y metas institucionales. b) Dar una adecuada utilización de los recursos destinados a cada secretaría, mediante una planificación y programación coherentes, con la finalidad de cumplir con las necesidades de la comunidad. c) Proporcionar información básica a ejecutivos, directivos y demás servidores administrativo, operativo y de servicios en lo que tiene que ver con la relación de dependencia, línea de autoridad y responsabilidad, la subrogación de funciones, y la coordinación interna y externa. d) Definir mecanismos óptimos de coordinación y comunicación interna, para alcanzar las metas y objetivos que el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y el Prefecto Provincial se han propuesto en favor de la comunidad provincial. e) Racionalizar los recursos humanos, financieros y materiales, para una mejor prestación de servicios al usuario del Gobierno Provincial Autónomo, como contribución al progreso nacional, en su responsabilidad de liderar el desarrollo socioeconómico de la provincia. Art. 3.- Ámbito.- Este documento determina, de manera clara y objetiva los niveles jerárquicos en los que está constituido el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, sus funciones, así como las secretarías de cada una de ellas, estableciéndose en un instrumento base para el REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 2

3 asesoramiento primordial, tendiente a la modernización de la entidad y para el cumplimiento de sus competencias y de los objetivos provinciales y nacionales. Art. 4.- Misión del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro.- Fomentar el desarrollo social, cultural, económico y ambiental de manera integral y equilibrada de la provincia, a través de políticas Públicas, con planificación técnica, ordenamiento territorial y participación ciudadana para el cumplimiento de las competencias y funciones señaladas en la Constitución, en coordinación y cooperación con todos los niveles de gobierno y organismos no gubernamentales. Art. 5- De la Estructura Orgánica-Funcional.- Para el cumplimiento de sus funciones, atribuciones y responsabilidades, el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, está integrado por las siguientes funciones y niveles técnico-administrativos, según se grafica en el organigrama general, que forma parte de esta Resolución Administrativa: a. Funciones.- De acuerdo al mandato de los artículos 29 y 40 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, se organiza para el cumplimiento de sus fines, facultades, funciones, competencias y atribuciones que le asignan la Constitución de la República y la Ley, por las siguientes funciones: i. De legislación, normatividad y fiscalización; ii. De ejecución y administración; y, iii. De participación ciudadana y control social. b. Niveles.- La estructura Orgánica del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro se compone de los siguientes niveles: i. Nivel Político y Directivo ii. Nivel Asesor iii. Nivel de Apoyo iv. Nivel Operativo v. Nivel Desconcentrado REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 3

4 DE LAS FUNCIONES: Art. 6.- De la Función de Legislación y Fiscalización.- El consejo provincial ejerce la Función de Legislación, Normatividad y de Fiscalización del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. Estará integrada, de conformidad con la Constitución y la Ley, por el prefecto o prefecta provincial, quien la presidirá con voto dirimente, el vice prefecto o la vice prefecta provincial; por alcaldes o alcaldesas o concejales o concejalas en representación de los cantones; y, por representantes elegidos de entre quienes presidan los gobiernos parroquiales rurales. Participa de las sesiones una o un representante, varias o varios representantes de la ciudadanía, en función de los temas que se van a tratar, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones, de conformidad con la Ley y la ordenanza respectiva. Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones contará con el pleno, comisiones y la secretaría general. Su organización y funcionamiento está regulado en la ordenanza que para el efecto dicte el pleno del consejo provincial. Art. 7.- De la Función de Participación Ciudadana y Control Social.- De acuerdo a lo previsto en la Constitución de la República y en el COOTAD, el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, a través de la ordenanza correspondiente, conformará y organizará la instancia de participación ciudadana o sistema de participación ciudadana y control ciudadano de la provincia, que será ejercido por la Función de Participación Ciudadana y Control Social, referida en el artículo 100 de la Constitución y 29 del COOTAD. El sistema de participación ciudadana provincial, de acuerdo a lo estatuido en los artículos 100 de la Constitución de la República y 304 del COOTAD se constituye para: a) Deliberar sobre las prioridades de desarrollo en la circunscripción territorial de la provincia de El Oro; así como, conocer y definir los objetivos de desarrollo territorial, líneas de acción y metas; b) Participar en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial; y, en general, en la definición de propuestas de inversión pública; c) Elaborar presupuestos participativos del Gobierno Provincial Autónomo; d) Participar en la definición de políticas públicas; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 4

5 e) Generar las condiciones y mecanismos de coordinación para el tratamiento de temas específicos que se relacionen con los objetivos de desarrollo territorial, a través de grupos de interés sectoriales o sociales que fueren necesarios para la formulación y gestión del plan, quienes se reunirán tantas veces como sea necesario; f) Fortalecer la democracia provincial con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control social; g) Promover la participación e involucramiento de la ciudadanía en las decisiones que tienen que ver con el desarrollo provincial; e, h) Impulsar mecanismos de formación ciudadana para la ciudadanía activa. La Función de Participación Ciudadana y Control Social del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro será presidida por el Prefecto Provincial; y, estará integrada por autoridades electas de la jurisdicción provincial, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad y comunidad provincial. Su organización y funcionamiento se regulará a través de la Ordenanza Provincial que se expida para el efecto. Art. 8.- De la Función de Ejecución y Administración.- Comprende el ejercicio de potestades públicas privativas de naturaleza administrativa bajo responsabilidad del prefecto provincial. Está integrada por los dos ejecutivos provinciales y las Unidades Administrativas previstas en este Orgánico Funcional, empresas, patronato y demás entidades que se exponen en el organigrama; cuya organización y funcionamiento quedan normadas en esta Resolución Administrativa para el cumplimiento de las competencias y atribuciones que la Constitución y la Ley asignan al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. Es la función responsable de formular, dirigir, orientar, conducir, ejecutar y supervisar la ejecución de las políticas generales, planes, programas y proyectos, sustentado en la estructura y funcionamiento de la Administración Provincial. DE LOS NIVELES DE LA ADMINISTRACION: Art. 9.- Definición e integración de los niveles de la administración provincial: a) Nivel Político y Directivo.- Este nivel, conocido como gobernante, estratégico, de dirección, regulación o de gerenciamiento, constituye la jerarquía máxima de dirección del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; responsable de legislar, formular y emitir las políticas, directrices y planes estratégicos para el funcionamiento de la entidad REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 5

6 gubernativa; y, está constituido por las funciones de: Legislación y fiscalización; participación ciudadana y control social; el Prefecto o Prefecta Provincial y el Vice-prefecto o Vice-prefecta Provincial. b) Nivel Asesor.- Corresponde a este nivel asesorar a la máxima autoridad en la formulación e implementación de las políticas públicas institucionales prestar asistencia técnica y asesoría a todos los niveles de la organización, ejecutando sus atribuciones; formulando las sugerencias y recomendaciones necesarias con la finalidad de contribuir a la adecuada toma de decisiones y funcionamiento de todos los niveles del Gobierno Provincial. El nivel Asesor está comprendido por las secretarías de: Planificación; Comunicación social; Secretaria del Ejecutivo; Auditoría interna; Asesoría jurídica o Sindicatura; Coordinación General y, Cooperación Internacional; sin perjuicio de otras, que así lo resuelva el Prefecto Provincial. c) Nivel de Apoyo.- Es el responsable de asegurar a todos los niveles de la organización, los recursos humanos, técnicos, financieros, materiales y tecnológicos para el adecuado cumplimiento de los fines, facultades, funciones y competencias. d) Nivel Operativo.- Le compete la ejecución de las políticas institucionales, planes, programas, proyectos y resoluciones del Gobierno Provincial Autónomo del El Oro, a través de sus órganos competentes para la prestación de los servicios a la comunidad. e) Nivel Desconcentrado.- Este nivel responde a las diferentes modalidades de gestión señaladas en el COOTAD y está integrado por las Empresas y Corporaciones creadas por el Gobierno Provincial, el Patronato de Acción Social, Mancomunidades y demás entidades y organismos que se crearen mediante acto normativo o resoluciones ejecutivas para el cumplimiento de las funciones y competencias constitucionales y legales del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 6

7 TITULO I DE LOS FINES, FACULTADES, FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL AUTONOMO DE EL ORO CAPITULO I DE LOS FINES Y FACULTADES Art De los fines y facultades.- Son fines del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, dentro de la jurisdicción territorial que comprende a la provincia de El Oro; los siguientes: a) El desarrollo equitativo y solidario mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización; b) La garantía, sin discriminación alguna y en los términos previstos en la Constitución de la República de la plena vigencia y el efectivo goce de los derechos individuales y colectivos constitucionales y de aquellos contemplados en los instrumentos internacionales; c) El fortalecimiento de la unidad nacional en la diversidad; d) La recuperación y conservación de la naturaleza y el mantenimiento de medio ambiente sostenible y sustentable; e) La protección y promoción de la diversidad cultural y el respeto a sus espacios de generación e intercambio; la recuperación, preservación y desarrollo de la memoria social y el patrimonio cultural; f) La obtención de un hábitat seguro y saludable para los ciudadanos y la garantía de su derecho a la vivienda en el ámbito de sus respectivas competencias; g) El desarrollo planificado participativamente para transformar la realidad y el impulso de la economía popular y solidaria con el propósito de erradicar la pobreza, distribuir equitativamente los recursos y la riqueza, y alcanzar el buen vivir; h) La generación de condiciones que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución a través de la creación y funcionamiento de sistemas de protección integral de sus habitantes; e, REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 7

8 i) Los demás establecidos en la Constitución y la ley. Art De las facultades del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro.- De conformidad con lo estatuido en los artículos 7, 9 y 116 del COOTAD, la entidad gubernativa provincial tiene y ejerce las siguientes facultades o atribuciones para el ejercicio de sus competencias: a) Facultad de rectoría, consiste en la capacidad para emitir políticas públicas que orientan las acciones para el logro de los objetivos y metas del desarrollo; así como para definir sistemas, áreas y proyectos estratégicos de interés público, en función de su importancia económica, social, política o ambiental, en el ámbito de sus competencias exclusivas y en sus respectivos territorios bajo el principio de unidad nacional. b) Facultad de planificación, entendida ésta como la capacidad para establecer y articular las políticas, objetivos, estrategias, y acciones como parte del diseño, ejecución y evaluación de planes programas y proyectos, en el ámbito de sus competencias y de su circunscripción territorial, y en el marco del Sistema Nacional de Planificación. c) Facultad de regulación, que es la capacidad de emitir la normatividad necesaria para el adecuado cumplimiento de la política pública y la prestación de los servicios, con el fin de dirigir, orientar o modificar la conducta de los administrados. d) Facultad de control, que es la capacidad para velar por el cumplimiento de objetivos y metas de los planes de desarrollo, de las normas y procedimientos establecidos, así como los estándares de calidad y eficiencia en el ejercicio de las competencias y en la prestación de los servicios públicos, atendiendo el interés general y el ordenamiento jurídico. e) Facultad de gestión, que consiste en la capacidad para ejecutar, proveer, prestar, administrar y financiar servicios públicos. f) Facultad normativa.- Consiste en la capacidad para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial. Esta facultad la ejerce a través de la Función de Legislación y Fiscalización (consejo provincial). g) Facultad ejecutiva.- La facultad ejecutiva comprende el ejercicio de potestades públicas privativas de naturaleza administrativa bajo responsabilidad del Prefecto o Prefecta provincial. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 8

9 CAPITULO II DE LAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL AUTONOMO DE EL ORO DE LAS FUNCIONES.- Art Funciones.- Son funciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro las siguientes: a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial provincial, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas provinciales en el marco de sus competencias constitucionales y legales; b) Diseñar e implementar las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial; c) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y avanzar en la gestión democrática de la acción provincial; d) Elaborar y ejecutar el plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial de manera coordinada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas; e) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco prestar los servicios públicos, construir la obra pública provincial, fomentar las actividades provinciales productivas, así como las de vialidad, gestión ambiental, riego, desarrollo agropecuario y otras que le sean expresamente delegadas o descentralizadas, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad; f) Fomentar las actividades productivas y agropecuarias provinciales, en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados; g) Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la Constitución en el marco de sus competencias; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 9

10 h) Desarrollar planes y programas de vivienda de interés social en el área rural de la provincia; i) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad en el área rural, en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados de las parroquiales rurales; j) Coordinar con la Policía Nacional, la sociedad y otros organismos lo relacionado con la seguridad ciudadana, en el ámbito de sus competencias; y, k) Las demás establecidas en la Constitución de la República y la ley. DE LAS COMPETENCIAS.- Art Definición de competencias.- Son capacidades de acción de un nivel de gobierno en un sector. Se ejercen a través de facultades. Las competencias son establecidas por la Constitución, la Ley y las asignadas por el Consejo Nacional de Competencias. Art Competencias exclusivas del Gobierno Provincial Autónomo.- El Gobierno Provincial Autónomo tendrá y ejercerá las competencias exclusivas previstas en el Art. 263 de la Constitución de la República; y, desarrolladas en los artículos 42; 129; 131; 132; 133; 147; 295, 296; 297 y 298 del COOTAD, sin perjuicio de otras que se determinen en la propia Constitución. Art Competencias constitucionales.- El Gobierno Provincial Autónomo tendrá y ejercerá las competencias que la Constitución de la República asigna al nivel provincial del Estado ecuatoriano, en particular las previstas en los artículos 35, 245; 375, y las referidas al régimen del buen vivir, entre otras, en virtud de ser una de las instituciones gubernativas y de administración del Estado ecuatoriano. Art Competencias Adicionales.- De conformidad con lo previsto en los artículos 263 de la Constitución de la República y, 149 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, el Gobierno Provincial Autónomo tendrá y ejercerá las competencias adicionales que al no estar asignadas expresamente por la Constitución, lo están en otras leyes o el propio COOTAD, las mismas, serán transferidas en forma progresiva y bajo el principio de subsidiariedad, por el Consejo Nacional de Competencias, conforme el procedimiento y plazo señalado en dicho Código. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 10

11 Art Competencias Residuales.- El Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, ejercerá las competencias que, conforme a lo previsto en el Art. 150 del COOTAD solicite y le fueren transferidas por el Consejo Nacional de Competencias. Art Ejercicio de las competencias.- En el marco de la autonomía política, administrativa y financiera atribuida y garantizada por los artículos 238 de la Constitución de la República, 5 y 6 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, ejercerá a plenitud y en base a las facultades legales, en forma autónoma, sin la interferencia de función, institución o autoridad extraña a su administración los fines, funciones y competencias que les asigna la Constitución de la República y la Ley. En virtud de ello, es de responsabilidad de los ejecutivos, funcionarios y servidores del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, cumplir con el artículo 226 de la Constitución de la República y, artículo 22 de la Ley Orgánica del Servicio Público, velar porque la entidad ejerza sus competencias en el marco de lo que prescribe la Constitución y la Ley. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 11

12 TITULO II DE LOS NIVELES DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL SECCION PRIMERA DEL NIVEL DE DIRECCION CAPITULO I DEL PRIMER EJECUTIVO PROVINCIAL Art Prefecto Provincial.- El Prefecto Provincial es la primera autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial y de la provincia, elegido en binomio con el vice prefecto o vice prefecta por votación popular, de acuerdo con los requisitos y regulaciones previstas en la Ley. Art Atribuciones del Prefecto Provincial.- Le corresponden al Prefecto Provincial, además de las funciones, atribuciones y responsabilidades que le asigna la Ley: a) Ejercer la representación legal del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial. La representación judicial la ejercerá conjuntamente con el procurador síndico; b) Ejercer la facultad ejecutiva del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial; c) Convocar y presidir con voz y voto las sesiones del concejo provincial o función de legislación y fiscalización, para lo cual deberá proponer el orden del día de manera previa. El Prefecto Provincial tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones del órgano legislativo y de fiscalización; d) Presentar al consejo provincial proyectos de ordenanzas, de acuerdo a las materias que son de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial; e) Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias correspondientes a su nivel de gobierno; f) Dirigir la elaboración del plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 12

13 actores de los sectores públicos y la sociedad; para lo cual presidirá las sesiones del consejo provincial de planificación y de las instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la Ley; g) Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan provincial de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en el COOTAD; h) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir la estructura orgánica - funcional del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial; nombrar y remover a los funcionarios de dirección, procurador síndico y demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial; i) Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones de la función de legislación y de fiscalización o a aquellas que se organizaren en la instancia de participación ciudadana y señalar el plazo en que deben ser presentados los informes correspondientes; j) Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos colegiados donde tenga participación el Gobierno Provincial; así como delegar atribuciones y deberes al vice prefecto o vice prefecta, miembros del órgano legislativo y funcionarios, dentro del ámbito de sus competencias; k) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del consejo provincial, en los montos y casos previstos en las ordenanzas provinciales que se dicten en la materia; l) Aprobar las modificaciones, reformas y los traspasos de partidas presupuestarias y reducciones de crédito, en los casos que señala la Ley; m) Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad y en la sesión subsiguiente, medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al consejo, en la sesión subsiguiente, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificación; n) Coordinar un plan de seguridad ciudadana acorde con la realidad de cada provincia y en armonía con el plan nacional de seguridad REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 13

14 ciudadana, articulando para tal efecto el Gobierno Autónomo Provincial, el Gobierno Central a través del organismo correspondiente, la ciudadanía y la Policía Nacional; o) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial; p) Sugerir la conformación de comisiones ocasionales que se requieran para el funcionamiento del Gobierno Provincial; q) Integrar y presidir la comisión de mesa; r) Suscribir las actas de las sesiones del consejo y de la comisión de mesa; s) Coordinar la acción provincial con las demás entidades públicas y privadas; t) Resolver los reclamos administrativos que le corresponden; u) Presentar al consejo y a la ciudadanía en general un informe anual escrito, para su evaluación a través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de la gestión administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados en su ejecución, los costos unitarios y totales y la forma cómo se hubieren cumplido los planes y programas aprobados por el consejo; v) Requerir de las y los consejeros provinciales y del público asistente a las sesiones del Pleno de la función de legislación y fiscalización, el debido respeto, y en caso de alteración o perturbación grave provocada o ejecutada por las o los consejeros, podrá suspender la sesión; w) Posesionar a las autoridades y funcionarios designados; x) Principalizar a los consejeros provinciales alternos cuando corresponda; y) Delegar las funciones que considere pertinentes al Viceprefecto (a), otros consejeros provinciales y demás servidores administrativos; y, z) Las demás que le señale la Constitución de la República, la ley y las ordenanzas o normativas emitidas por los órganos competentes del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 14

15 CAPITULO II DEL SEGUNDO EJECUTIVO PROVINCIAL Art La Vice prefecta o Vice prefecto Provincial.- La vice prefecta o el vice prefecto es la segunda autoridad ejecutiva del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, elegido por votación popular en binomio con el Prefecto o Prefecta. En tal calidad intervendrá con voz y voto en las sesiones del consejo y subrogará al prefecto o prefecta en los casos expresamente señalados en la Ley. Estará sujeto a las mismas normas que rigen los deberes, derechos, obligaciones y funciones del o la prefecta; su trabajo será a tiempo completo y no podrá desempeñar otra función, con excepción de la cátedra universitaria. Como parte del consejo provincial, asumirá a plenitud las funciones de consejero o consejera. Art Atribuciones y responsabilidades de la vice prefecta o vice prefecto.- Son sus atribuciones: a. Subrogar al prefecto o prefecta, en caso de ausencia temporal mayor a tres días, durante el tiempo que dure la misma. En caso de ausencia definitiva, el vice prefecto asumirá hasta terminar el período. La autoridad reemplazante recibirá la remuneración correspondiente a la primera autoridad del ejecutivo; b. Integrar el consejo provincial con derecho a voz y voto; c. Cumplir las funciones, representaciones y responsabilidades delegadas por el prefecto o prefecta; d. Ejercer las atribuciones propias de los y las consejeras provinciales; y, e. Las demás que prevean la ley y las ordenanzas provinciales. Art Prohibiciones del Prefecto o Prefecta y del Vice prefecto o Vice prefecta Provincial.- Está prohibido a los ejecutivos del Gobierno Autónomo Provincial de El Oro: a. Arrogarse atribuciones que la Constitución o la ley no le confieran; b. Ejercer su profesión o desempeñar otro cargo público, aún cuando no fuere remunerado, excepto la cátedra universitaria; c. Dedicarse a ocupaciones incompatibles con sus funciones o que le obliguen a descuidar sus deberes y obligaciones con el Gobierno Autónomo Provincial; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 15

16 d. Disponer acciones administrativas que vayan contra la realización de planes y programas aprobados por los órganos legislativos de los respectivos gobiernos o que atenten claramente contra la política y las metas fijadas por éstos; e. Otorgar nombramientos o suscribir contratos individuales o colectivos de trabajo, de servidores de los respectivos gobiernos, sin contar con los recursos y respectivas partidas presupuestarias para el pago de las remuneraciones de ley y sin observar lo dispuesto en la Constitución y las leyes que regulan al sector público; f. Prestar o hacer que se dé en préstamo: fondos, materiales, herramientas, maquinarias o cualquier otro bien de propiedad del Gobierno Autónomo Provincial para beneficio privado o distraerlos bajo cualquier pretexto de los específicos destinos del servicio público, exceptuándose en caso de emergencia; g. Disponer o autorizar el trabajo de servidores o trabajadores para otros fines que no sean los estrictamente institucionales; h. Dejar de actuar sin permiso del respectivo órgano de legislación, salvo en caso de enfermedad; i. Adquirir compromisos en contravención de lo dispuesto por el correspondiente órgano de legislación, cuando la decisión sobre éstos les corresponda; j. Absolver posiciones, deferir el juramento decisorio, allanarse a la demanda y aceptar conciliaciones conforme a la ley sin previa autorización del órgano de legislación; k. Todo cuanto le está prohibido al órgano normativo y a sus miembros, siempre y cuando tenga aplicación; y, l. Asignar cargos y contratos a parientes que se encuentren dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de conformidad con la ley. Art Le está también prohibido a la vice prefecta o vice prefecto provincial o a cualquier consejero provincial, dar instrucciones u órdenes directas, verbales o escritas a los responsables de las diferentes unidades administrativas. La vice prefecta o el vice prefecto o cualquier consejero provincial, a través del Prefecto Provincial o de cualquiera de los Coordinadores Generales de Areas, REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 16

17 podrá solicitar información documentada al funcionario o servidor competente. La información requerida debe ser proporcionada en forma obligatoria al requirente, en copias debidamente certificadas, a través de la Prefectura Provincial, en término no mayor de quince días, salvo que por razones justificadas el funcionario solicite un término adicional improrrogable de cinco días. PROCESOS GOBERNANTES. NIVEL DE DIRECCION Art SECRETARÍA DE COORDINACIÓN GENERAL Y CONTROL DE LA GESTION (COORDINADOR GENERAL) Es la Unidad encargada de coordinar y concertar, evaluar y ejecutar las políticas, agendas y acciones que adopten las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y de las secretarías del Gobierno, así como ejecutar los procesos de fortalecer la capacidad de programación y gestión estratégica del Despacho del Prefecto o Prefecta Provincial de El Oro. La Secretaría de Coordinación General y Control de la Gestión, está conformada, al menos, por las siguientes Jefaturas de Servicios que se precisan en el organigrama siguiente: MISIÓN Administrar la agenda estratégica y asesorar a las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, a fin de articular la acción institucional y gubernamental con las actividades estratégicas y cotidianas de la prefectura y viceprefectura, de manera que su participación sea el eje conductor del cumplimiento de las políticas, los objetivos, fines, facultades y competencias del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro por niveles de acción. Y fortalecer la gestión estratégica y administrativa del Despacho de la Prefectura, a través de una oportuna y eficaz diligencia de los asuntos del ejecutivo provincial y, coordinación con las demás autoridades de la Función Ejecutiva, de las otras funciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, sus entidades y las demás del entorno nacional o internacional, para dar atención a los temas prioritarios de la Prefectura Provincial. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 17

18 VISIÓN Se ha contribuido al cumplimiento de las políticas, los objetivos, fines, facultades y competencias del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y se ha logrado la ejecución eficiente y oportuna de la agenda programática y estratégica del Prefecto o Prefecta Provincial, en el marco de la coordinación y articulación institucional. VALORES 1. Liderazgo 2. Profesionalidad 3. Calidad 4. Compromiso 5. Eficiencia 6. Transparencia 7. Responsabilidad 8. Agilidad 9. Oportunidad. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría: 1. Dirigir y evaluar la gestión de la unidad; Planificar, coordinar, controlar y dar seguimiento a los procesos y proyectos institucionales, bajo una visión sistémica que considere modelos y herramientas de gestión, para garantizar el cumplimento de los objetivos, fines, facultades y competencias institucionales, alineadas al Plan Provincial de Desarrollo, así como el mejoramiento de los procesos internos. 2. Coordinar las labores y desempeños de distintas Secretarías. 3. Planificar, programar, coordinar y evaluar la agenda estratégica del Prefecto o Prefecta y del Viceprefecto o Viceprefecta Provincial; 4. Apoyar al Prefecto o Prefecta Provincial en la dirección de las actividades del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. 5. Brindar asesoría y asistencia técnica a los ejecutivos provinciales y a los funcionarios del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, en los procesos adquiridos y gestión de sus fines, facultades y competencias; 6. Acompañar con iniciativas y propuestas el proceso de descentralización y transferencia de competencias y recursos en favor REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 18

19 del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; así como de su fortalecimiento para el ejercicio de las mismas; 7. Impulsar procesos asociativos de mancomunamiento, consorcios, hermanamientos con la finalidad de mejorar la gestión de las competencias y favorecer sus procesos de integración y promover el desarrollo territorial y regional; 8. Realizar el seguimiento del estado de ejecución de las competencias descentralizadas sectoriales en la provincia; 9. Asistir técnicamente al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro en la implementación del proceso de descentralización en todas sus fases; 10. Apoyar al Prefecto o Prefecta Provincial, al Consejo Nacional de Competencias y a los representantes del Gobierno Autónomo Provincial Autónomo de El Oro en el proceso su fortalecimiento y gestión de sus facultades y competencias; 11. Supervisar la ejecución de los planes, programas y proyectos, así como evaluar el cumplimiento de los objetivos de las Agendas Estratégicas de los ejecutivos provinciales; 12. Atender los aspectos administrativos y estratégicos de la gestión de la Prefectura; 13. Asesorar y dar seguimiento a los asuntos que le sean encargados por el Prefecto o Prefecta Provincial y presentar acciones de mejora; 14. Suministrar información oportuna y permanente al Ejecutivo Provincial; 15. Asesorar y dar seguimiento en los asuntos que por decisión del Prefecto o Prefecta Provincial le sean encomendados; 16. Supervisión y control de Agenda Estratégica, y 17. La demás que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Provincial Autónomo de El Oro. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las jefaturas de servicios, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 19

20 1. Agendas Estratégicas y políticas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 2. Coordinación, concertación y articulación de agendas y políticas de los ejecutivos provinciales; 3. Informes sobre asesoramiento y asistencia técnica; 4. Informe de las Agendas Estratégicas y políticas efectivamente ejecutadas; 5. Informes que sean requeridos por el Prefecto o Prefecta. 6. Resoluciones ejecutivas; 7. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Provincial. Art SECRETARÍA DEL EJECUTIVO Es la Unidad Administrativa responsable de ejecutar los procesos de fortalecer la capacidad de programación y gestión estratégica del Despacho del Prefecto Provincial de El Oro, en estrecha relación con los coordinadores Generales. La Secretaría, la preside y dirige el señor o la señora Secretaria de Prefectura y, está conformada, al menos, por las subunidades, oficinas y equipos de trabajo multidisciplinarios que se precisan en el organigrama siguiente: MISIÓN Fortalecer la gestión estratégica y administrativa del Despacho de la Prefectura, a través de una oportuna y eficaz diligencia de los asuntos del ejecutivo provincial y, coordinación con las demás autoridades de la Función Ejecutiva, de las otras funciones del Gobiernos Autónomo Provincial, sus REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 20

21 entidades y las demás del entorno nacional o internacional, para dar atención a los temas prioritarios del Prefecto Provincial. VISIÓN Se ha logrado la ejecución eficiente y oportuna de la agenda programática y estratégica del Prefecto o Prefecta, en el marco de la coordinación y articulación institucional VALORES 1. Profesionalidad 2. Eficiencia 3. Transparencia 4. Responsabilidad 5. Agilidad 6. Oportunidad ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Despacho: 1. Atender los aspectos administrativos y estratégicos de la gestión de la Prefectura; 2. Atender la gestión administrativa del Despacho de Prefectura; 3. Gestionar documentación estratégica, confidencial y personal de los Ejecutivos Provinciales; 4. Gestionar documentación con carácter económico, financiero, casos sociales y humanitarios; 5. Supervisar al personal de apoyo del despacho, responsabilizándose del cumplimiento de las obligaciones que les corresponda en ejercicio de las funciones asignadas; 6. Asesorar y dar seguimiento a los asuntos que le sean encargados por el Prefecto Provincial y presentar acciones de mejora; 7. Suministrar información oportuna y permanente al Ejecutivo Provincial; 8. Asesorar y dar seguimiento en los asuntos que por decisión del Prefecto provincial le sean encomendados; 9. Atender la gestión administrativa del Despacho de Prefectura; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 21

22 10. Coordinar la operatividad de la Agenda Estratégica del Ejecutivo Provincial; 11. Coordinar el mejoramiento de la gestión del Despacho de Prefectura, a través de herramientas de diseño, rediseño y optimización de procesos internos; 12. Informar cumplidamente sobre trámites a personas y/o dependencias que lo requieran. Autorizar la facilitación de copias de la documentación necesaria y requerida por los interesados; 13. Supervisar el trámite oportuno de los documentos que ingresan a la Institución, informando inmediatamente a la Autoridad Provincial; 14. Redactar la correspondencia oficial del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y la que disponga la Autoridad Provincial; 15. Dar fe pública y certificar los actos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro que correspondan al Prefecto Provincial, previa disposición de la Autoridad Provincial y/o para cumplir con la ley; 16. Registrar y controlar el reparto y entrega de la documentación a nivel local, nacional e internacional del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 17. Elaborar una ficha de servicios y servicios; 18. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 19. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 20. Disponer la recepción, certificación, registro, clasificación y distribución de la documentación, a fin de obtener un eficiente control de la correspondencia que se tramita en la institución, para prestar un servicio ágil y oportuno a las unidades administrativas internas y al cliente externo; y, 21. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades que en el ámbito de su competencia le asignen las autoridades institucionales y, las establecidas en la normativa vigente. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 22

23 D E FORT ALEC IMIENTO PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgos; 5. Resoluciones ejecutivas; 6. Agenda Estratégica supervisada y controlada; 7. Compromisos de Prefectura supervisados y controlados; 8. Coordinación e implementación de sistemas de gestión para el mejoramiento continúo de los procesos internos del Despacho Prefectoral; 9. Informes de administración del Sistema de Documentación y Archivo; 10. Informes estadísticos de recepción y despacho de correspondencia; 11. Manual de mejora continúa de servicio al cliente enfocado a la gestión documental; 12. Informe de Bitácora de seguridad de ingreso de visitantes; y, 13. Reporte de encuestas de satisfacción de atención al cliente con respecto a la gestión documental. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 23

24 PROCESOS HABILITANTES. NIVEL DE ASESORIA Art SECRETARIA DE IFICACIÓN Y GESTION DE LA COOPERACIÓN Es la Unidad Administrativa, encargada de coordinar y concertar, evaluar y ejecutar las políticas, agendas y acciones que adopten las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro para el ejercicio pleno de la competencia constitucional exclusiva y legal de "Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, en el ámbito de sus competencias, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad". MISIÓN Planificar de manera articulada el desarrollo provincial, asesorar y brindar asistencia técnica a las funciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, Consejo Provincial de Planificación y demás autoridades en el ejercicio de la competencia de la planificación, del ordenamiento territorial; de la gestión de la cooperación; e implementar y gestionar el sistema de Gestión para Resultados en el Desarrollo. VISIÓN Se ha generado una cultura de la planificación y ordenación del territorio, para convertir a la provincia en un referente nacional en gestión territorial integral y de la cooperación local, nacional e internacional. VALORES 1. Profesionalidad 2. Eficiencia 3. Transparencia 4. Responsabilidad 5. Agilidad 6. Veracidad REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 24

25 ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Planificación y Gestión de la Cooperación del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, además de las previstas en la Ley inherentes al ejercicio de la competencia de planificación y cooperación internacional asignada al Gobierno Provincial, las siguientes: 1. Coordinar, asesorar y brindar la asistencia que fuere necesaria a las funciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, Consejo de Planificación Provincial y autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro en los procesos de formulación participativa de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial de la Provincia de El Oro, en coordinación con las demás secretarías y organismos competentes, entidades del sector público en general y la sociedad civil del territorio provincial; 2. Formular los insumos técnicos requeridos por las funciones legislativas y de participación ciudadana, por el consejo provincial de planificación y, por las máximas autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro para la toma de decisiones sobre los lineamientos y políticas provinciales de planificación y ordenamiento territorial; 3. Establecer y poner a conocimiento de la autoridad competente, metodologías e instrumentos que permitan la articulación de la planificación y el presupuesto por resultados; 4. Establecer y poner a conocimiento del Prefecto o Prefecta Provincial para su correspondiente aprobación, las metodologías e instrumentos para la formulación de los planes provinciales en articulación con la planificación institucional y con el Plan Nacional de Desarrollo; 5. Coordinar la interoperabilidad con los sistemas de administración financiera e inversión pública provincial; 6. Diseñar estrategias de capacitación, asesoría y asistencia técnica a entidades del sector público de la jurisdicción provincial, asociadas a la planificación institucional y a la articulación de la planificación provincial con el presupuesto del Gobierno Autónomo Provincial; 7. Establecer las normas técnicas de planificación institucional y provincial que fueren necesarias para que el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro ejerza a plenitud la competencia de planificar el desarrollo y el ordenamiento territorial de la provincia, y del presupuesto participativo; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 25

26 8. Coordinar con los demás gobiernos autónomos descentralizados y con las entidades del sector público, la formulación y reporte de sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial; 9. Diseñar la estrategia de socialización y difusión de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial de la jurisdicción provincial; 10. Facilitar la articulación entre la planificación provincial con los instrumentos de planificación y ordenamiento territorial de los demás niveles territoriales de gobierno y del nivel nacional; 11. Diseñar metodologías e instrumentos en los procesos de formulación participativa de políticas públicas provinciales en concordancia con el régimen de desarrollo y régimen del buen vivir previstos en la Constitución; y con las políticas y metas previstas en el Plan Nacional de Desarrollo; 12. Brindar asistencia metodológica para la formulación participativa de políticas públicas provinciales en concordancia con el régimen de desarrollo y régimen del buen vivir previstos en la Constitución; y con las políticas y metas previstas en el Plan Nacional de Desarrollo; 13. Coordinar e impulsar el proceso de elaboración de instrumentos de política pública provinciales que incorporen enfoques de inclusión en las políticas nacionales; 14. Diseñar e implementar insumos conceptuales y metodológicos para la formulación de los componentes territoriales del Plan Provincial de Desarrollo (Estrategia Territorial Provincial); 15. Formular lineamientos para la generación de información estadística y cartográfica de apoyo a los procesos de planificación y ordenamiento territorial; 16. Diseñar metodologías para la formulación de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los demás Gobiernos Autónomos Descentralizados de la provincia; 17. Generar metodologías para la formulación de instrumentos complementarios de ordenamiento territorial y gestión de suelo; 18. Facilitar la articulación la planificación provincial con los instrumentos de planificación y ordenamiento territorial de los demás niveles territoriales de gobierno; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 26

27 19. Diseñar e implementar metodologías para la formulación, acompañamiento, implementación y seguimiento de planes específicos para las zonas de influencia de los Proyectos Estratégicos Provinciales; 20. Supervisar la elaboración de estudios e investigaciones para los procesos de ordenamiento territorial provincial; 21. Realizar las acciones que fueren necesarias para el eficaz ejercicio de la competencia de gestión de la cooperación internacional prevista en la Constitución y en el COOTAD como competencia exclusiva del Gobierno Provincial Autónomo; 22. Articular las demandas de cooperación internacional establecidas por el Prefecto o Prefecta Provincial y demás organismos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 23. Generar, para aprobación del Prefecto o Prefecta Provincial, estrategias de negociación, monitoreo y seguimiento de proyectos de cooperación internacional; 24. Generar, para aprobación del Prefecto o Prefecta Provincial y de los organismos competentes del Gobierno Provincial, indicadores de gestión e impacto de la cooperación internacional en materia de las competencias institucionales; 25. Revisión, en los que le competa, de los convenios, cartas y otros instrumentos celebrados y/o suscritos por el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro con organizaciones e instituciones nacionales e internacionales; 26. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 27. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado referente a las áreas que le compete; 28. Diseñar estrategias de capacitación y asistencia técnica a las demás secretarias del Gobierno Provincial Autónomo, asociadas a la planificación institucional y a la articulación de la planificación con el presupuesto institucional; 29. Definir lineamientos y criterios conceptuales y normativos para la planificación y ordenamiento territorial a nivel provincial; 30. Implementar y gestionar el sistema de Gestión para Resultados en el Desarrollo (GpRD) del Gobierno Provincial y, en coordinación con la REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 27

28 Secretaria de Comunicación Social, difundir y socializar sus resultados anualmente. 31. Brindar asesoría a los diferentes niveles jerárquicos, en materia de desarrollo planificación, especialmente en cuanto a GpRD. 32. La demás que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Provincial. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría de Planificación, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes de desarrollo y de ordenamiento territorial: 2. Planes operativos anuales y plurianuales de la institución: 3. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la institución; 4. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 5. Plan de Gestión de Riesgos en su competencia. 6. Guías, manuales, lineamientos técnicos para la formulación de marcos normativos relacionados con la planificación del desarrollo provincial y el ordenamiento territorial; 7. Instructivos con información estadística y territorial para los diferentes usuarios (digital y física); 8. Guías metodológicas para el control, evaluación y difusión de los planes estratégicos y de ordenamiento territorial; 9. Banco de proyectos de inversión y sociales; 10. Guía metodológica para la orientación de la inversión pública provincial, en función del Sistema de Inversión Pública; 11. Proyectos de ordenanzas para la incorporación del enfoque territorial en las políticas públicas; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 28

29 12. Emisión de lineamientos conceptuales y metodológicos para la formulación, implementación y seguimiento de las agendas provinciales de planificación; 13. Emisión de lineamientos para la coordinación interinstitucional con las entidades con competencias en ordenamiento territorial sectorial y a nivel provincial, cantonal, parroquial y nacional; 14. Informes estadísticos y del territorio que se requiere para los procesos de planificación y ordenamiento territorial por niveles territoriales; 15. Marco conceptual y funcional del subsistema de planificación territorial en el marco del Sistema Nacional de Planificación Participativa (SNDPP); y, 16. Informes de difusión y articulación de las demandas y ofertas de la cooperación local, nacional e internacional; 17. Estrategias de negociación, monitoreo y seguimiento de proyectos de cooperación local, nacional e internacional; 18. Estrategias para la implementación de las convenciones, convenios, cartas y otros instrumentos de cooperación para mejorar la gestión de las competencias institucionales; 19. Informes de negociación de convenios, programas y proyectos en materia patrimonial con otros países y agencias de cooperación; 20. Informes de fortalecimiento de las relaciones de corresponsabilidad e Informes de acercamiento; 21. Plan de Políticas públicas provinciales de cooperación local, nacional e internacional; 22. Base de datos y portafolio de agencias y países cooperantes con sus respectivas ofertas; 23. Agenda provincial de la competencia de cooperación local, nacional e internacional; 24. Los demás inherentes a la unidad y propios de la actividad de planificación, y, 25. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 29

30 funciones o de las Provincial. autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Art SECRETARIA DE ASESORÍA JURÍDICA Es la Unidad Administrativa responsable de proporcionar asesoría especializada, orientada a brindar seguridad jurídica a las funciones, unidades, entidades y autoridades del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y ejercer el patrocinio constitucional, judicial y extrajudicial de la Institución. CSECRETARIA DE ASESORIA I JURIDICA i MISIÓN Asesorar en el ámbito legal y jurídico a las funciones que integran el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, los ejecutivos provinciales, sus entidades y empresas y a las diversas unidades administrativas del Gobierno Provincial, brindando seguridad jurídica sobre la legalidad de la gestión institucional, patrocinar los procesos judiciales y ejecutar los procedimientos administrativos inherentes a la gestión legal de la institución. VISIÓN Se ha asegurado la constitucionalidad y el cumplimiento de las normas establecidas en el ámbito de las competencias del GPAEO. VALORES 1. Celeridad procesal 2. Profesionalidad 3. Ética 4. Transparencia. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaria de Asesoría Jurídica o Sindicatura del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, además de las asignadas por la Constitución y la Ley a los Procuradores Síndicos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, las siguientes: 1. Proponer al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro políticas institucionales en materia legal y jurídica; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 30

31 2. Elaborar instrumentos jurídicos requeridos por las unidades administrativas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 3. Realizar monitoreo y seguimiento de los instrumentos jurídicos; 4. Patrocinar judicialmente al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y a las máximas autoridades de la institución; 5. Asesorar legalmente a las instituciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro que determine el Prefecto o Prefecta Provincial; 6. Absolver las consultas legales y jurídicas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y de las máximas autoridades de la institución; 7. Realizar estudios críticos de la legislación relacionada con las competencias del Gobierno Provincial Autónomo, a fin de proponer su expedición, cambio o reforma; 8. Conocer y sustanciar los reclamos y recursos administrativos, presentados al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 9. Asesorar a las máximas autoridades y, a las unidades administrativas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, en la organización y ejecución de los procedimientos de contratación; en la organización y ejecución de los procedimientos para la suscripción de convenios interinstitucionales y otros eventos administrativos y jurídicos; 10. Velar por que las autoridades, los funcionarios y servidores institucionales ejerzan sus competencias, atribuciones y responsabilidades en estricto cumplimiento de las normas constitucionales y legales; así mismo, de que los funcionarios públicos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro como de otras entidades ejerzan sus atribuciones respetando la garantía constitucional y legal de la autonomía política, administrativa y financiera del Gobierno Provincial Autónomo; 11. Actuar como representante judicial del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, a través del Procurador Síndico; 12. Elaborar una ficha de servicios; 13. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 14. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 31

32 15. Administrar la gaceta oficial del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 16. Realizar monitoreo, seguimiento y evaluación de los convenios, cartas y otros instrumentos celebrados y/o suscritos por el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro con organizaciones e instituciones nacionales e internacionales; y, 17. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia que le asignen las autoridades, y, las establecidas en las normativas vigentes. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgos; 5. Proyectos de demandas, contestaciones y demás actuaciones judiciales, constitucionales y administrativas en los que el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro actúe como actor o demandado; 6. Asesoría y criterios jurídicos emitidos sobre la aplicación de las normas en el área de sus atribuciones; 7. Proyectos de ordenanzas, acuerdos y resoluciones que le sean solicitados por cualquiera de las funciones, las autoridades, entidades y unidades administrativas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 8. Proyectos de resoluciones de los reclamos y recursos administrativos; 9. Registro de procesos judiciales, constitucionales y administrativos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 10. Gaceta Oficial del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 32

33 11. Proyectos de reglamentos, acuerdos, resoluciones administrativas demás normativa institucional; y 12. Contratos, convenios, acuerdos, resoluciones, instructivos, manuales y demás instrumentos normativos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 13. Dictámenes, Informes, Criterios, Opiniones Jurídicas y de revisión de Términos de Referencia; 14. Informes y memorias jurídicas; 15. Informes de patrocinio judicial; y, 16. Consultas legales y jurídicas ante los organismos de control correspondientes. 17. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Provincial Autónomo de El Oro. Art SECRETARÍA DE RELACIONES PÚBLICAS Y COMUNICACIÓN SOCIAL Es la Unidad Administrativa responsable de ejecutar el eje transversal de las políticas comunicacionales, de cambio y proyectos de desarrollo emprendidos y efectivizados en la gestión institucional, crear conocimiento y satisfacer los requerimientos de información de todas las comunidades provinciales. SECRETARIA DE RELACIONES PÚBLICAS Y COMUNICACIÓN SOCIAL MISIÓN Administrar el proceso de comunicación social que facilite la difusión, socialización y motivación de las metas, logros, programas y proyectos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, a través de los diferentes medios masivos de comunicación, alternativos, cibernéticos, redes sociales entre otros con el fin de consolidar la imagen e identidad institucional, así como fortalecer los procesos democráticos, la transparencia y rendición de cuentas, y el ejercicio del derecho ciudadano. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 33

34 VISIÓN Se ha logrado la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, fomentado buenas relaciones con los medios de comunicación y se mantiene debidamente informada a la ciudadanía, sobre el trabajo y proyectos del gobierno por un desarrollo humanista. VALORES 1. Transparencia 2. Puntualidad 3. Coordinación con otras secretarías 4. Veracidad. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Relaciones Públicas y Comunicación Social, las siguientes: 1. Bajo las orientaciones e instrucciones del Prefecto o Prefecta Provincial, establecer y dirigir la política de comunicación social e información pública del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, encaminada a estimular la participación de todos los sectores de la población en el proceso de desarrollo nacional; 2. Asesorar al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro en materia de comunicación, información pública y publicidad, y coordinar estas actividades, de manera que respondan a un enfoque y estrategia general que se haya determinado en concordancia con el Prefecto o Prefecta Provincial; 3. Formular e implementar políticas de comunicación interna y externa para posicionar la imagen institucional y para fortalecer los procesos democráticos y participativos; 4. Controlar y aprobar todo tipo de impresos, campañas, avisos y spots publicitarios que se realicen por encargo del Prefecto o Prefecta Provincial; 5. Supervisar el uso adecuado del logotipo e imagen institucional; 6. Coordinar y disponer la elaboración de boletines de prensa sobre actividades del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 7. Mantener debidamente informadas a las funciones, autoridades, y unidades del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, sobre REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 34

35 publicaciones que realicen los medios de comunicación social, relacionadas con las actividades de esta entidad gubernativa; 8. Promover la imagen del Gobierno Provincial Autónomo y establecer relaciones interinstitucionales con otras entidades, organismos nacionales e internacionales y los sectores de la comunidad; 9. Velar que la comunicación social aporte efectiva y eficientemente al desarrollo de la gestión productiva, cultural, educativa, social, política y de desarrollo de la provincia y del país; 10. Informar a la comunidad sobre las políticas, planes, programas, proyectos, acciones y obras de la administración, con el propósito de fomentar su participación contributiva y receptiva alrededor de los objetivos provinciales permanentes que persigue el Gobierno de la Provincia; 11. Elaborar una ficha de servicios y servicios; 12. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 13. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 14. Producir programas de comunicación institucional, oral, escrita, televisada, mediante la optimización del uso de medios y tecnología de información disponible y auto gestionados; y, 15. Las demás atribuciones que le sean asignadas en las ordenanzas, reglamentos PRODUCTOS y por el Prefecto o Prefecta Provincial. El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos plurianuales y anuales de la secretaría, 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan Estratégico de comunicación e información; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 35

36 5. Plan de Gestión de Riesgos; 6. Estrategias de comunicación que involucren a entidades del régimen dependiente y de los demás Gobiernos Autónomos Descentralizados, así como a la ciudadanía; 7. Plan de promoción y difusión de los logros y acciones institucionales; 8. Carteleras informativas de la gestión institucional; 9. Boletines de prensa, artículos, avisos, trípticos, folletos, imágenes audiovisuales, memorias, afiches; 10. Señalética institucional; 11. Memoria gráfica, auditiva y visual de la gestión institucional; 12. Informes de análisis de información difundida por los medios de comunicación y opinión pública; 13. Boletines de prensa, fotos, videos, audio, multimedia, afiches y correo electrónico; 14. Informe de actividades: edición, difusión y distribución del material periodístico; 15. Diseñar y adquirir afiches, dípticos, trípticos o volantes sobre eventos puntuales; 16. Página web del Gobierno Autónomo Provincial actualizada y su mantenimiento, en coordinación con la Secretaría de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; 17. Registro y control de la distribución de las publicaciones periódicas, internas, externas realizadas; 18. Diseñar y adquirir pancartas, banners y otros materiales publicitarios; y, 19. Estrategias para el fortalecimiento de la imagen institucional. 20. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Provincial. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 36

37 PROCESOS HABILITANTES. NIVEL DE APOYO Art SECRETARIA DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION Es la Unidad responsable de Administrar los bienes, servicios y el talento humano del GPAEO, y de establecer políticas y normas inherentes a la informática que permitan a la institución desarrollar e implantar procedimientos ágiles y efectivos soportados en plataformas tecnológicas conformes a la actualidad, para apoyar el funcionamiento y el cumplimiento de objetivos y metas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. SECRETARIA DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACION DEL TALENTO HUMANO ADMINISTRACIÓN DESERVICIOS Y BIENES INMUEBLES RIESGOS DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN MISIÓN Fomentar el desarrollo institucional a través de la administración eficiente de los bienes, servicios, recursos tecnológicos y el sistema integrado de talento humano de conformidad con la normatividad vigente, garantizando el ejercicio pleno de la autonomía administrativa, realizando una gestión transparente y efectiva en la contratación pública. VISIÓN Somos la Secretaría con un modelo de gestión excelente, que optimiza y agiliza los recursos económicos, administrativos, tecnológicos y operativos, proyectando el mejoramiento continuo de los procesos integrales, realizando el monitoreo y seguimiento de nuestra gestión. VALORES 1. Responsabilidad 2. Transparencia 3. Confianza 4. Eficiencia 5. Eficacia 6. Honestidad REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 37

38 7. Oportunidad 8. Calidad 9. Mejora continua 10. Innovación 11. Investigación 12. Agilidad 13. Veracidad 14. Seguridad 15. Puntualidad 16. Calidez 17. Lealtad 18. Ética 19. Compromiso 20. Actitud de servicio 21. Profesionalismo 22. Trabajo en equipo ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Administración y Gobierno, además de las previstas en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la Ley Orgánica del Servicio Público y la Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento general y las Resoluciones del INCOP las siguientes: 1. Desarrollar una amplia labor de apoyo a todos los niveles jerárquicos, estableciendo normas, sistemas y procedimientos administrativos y dotando de los recursos necesarios de manera oportuna eficiente y de calidad; 2. Implantar la Estrategia de Desarrollo Institucional (Plan Estratégico de Fortalecimiento Institucional) así como el Manual Orgánico Estructural, Manual de Funciones y Manual de Procesos. 3. Apoyar y fortalecer técnicamente los procesos administrativos, de conformidad con las normativas legales vigentes y tecnológicas, implantando programas, reglamentos, normas, instructivos y manuales que permitan regular, administrar y controlar los procesos y recursos de la institución; 4. Supervisar la elaboración de los planes, programas, proyectos, instrumentos técnicos y herramientas para el fortalecimiento institucional; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 38

39 5. Controlar y dar cumplimiento a la Ley, reglamentos y disposiciones que tienen que ver con la correcta administración de recursos materiales y equipos de la Institución; 6. Ordenar el pago de las obligaciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 7. Coordinar con la Secretaría de Planificación y la Secretaría Financiera la formulación del presupuesto anual de bienes y servicios del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 8. Proveer de Vehículos contratados a las Secretarías que los requieran. 9. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 10. Cumplir y hacer cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 11. Elaborar formatos y formularios para la tramitación de procedimientos administrativos. 12. Fortalecer técnicamente la Gestión del Talento Humano velando por el desarrollo de sus competencias, a través de herramientas y normativas relacionadas con las políticas y lineamentos institucionales; 13. Desarrollar e implementar indicadores de gestión y resultados para evaluar y controlar el desempeño de los servidores, y los resultados que se obtengan de los bienes y servicios que brinda el Gobierno Provincial, en el cumplimiento de la misión, visión y objetivos institucionales; 14. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Servicio Público, su reglamento y demás normas y resoluciones emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales; 15. Supervisar la elaboración de los planes, programas, proyectos, instrumentos técnicos y herramientas para la administración del talento humano; 16. Diseñar, Implantar y mantener una política de calidad de la institución mediante un sistema homologado. 17. Implantar el Sistema de Gestión de Competencias laborales, Manual de Indicadores de gestión y desempeño del personal, y Código de Buenas Prácticas. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 39

40 18. Manuales de capacitación y asistencia técnica en función de guías laborales. 19. Ejecución de los Procesos de Ínfima Cuantía. 20. Asistir tecnológicamente y dar asesorías relacionadas a la administración y manejo de hardware y software; 21. Regular los procesos de desarrollo y adquisición de software aplicativo. Definir programas anuales de trabajo para el desarrollo, mantenimiento y evaluación de sistemas, de acuerdo a políticas y prioridades definidas por la Planeación Estratégica. 22. Coordinar la adquisición de hardware y software para la institución, de acuerdo a las políticas establecidas en el Manual de Procedimientos de la Institución. 23. Administrar los sistemas de información, bases de Datos, Sitios Web, Sistemas de Telecomunicaciones, Inventario de equipos informáticos. 24. Establecer y ejecutar políticas de mantenimiento para los equipos informáticos, de comunicaciones y dispositivos de telefonía, con el fin de alargar la vida útil del equipo y mejorar el rendimiento de los mismos y de los procesos involucrados con los sistemas de información. 25. Administrar y ejecutar los planes institucionales 26. Establecer y ejecutar normas de respaldo de la información para cada sistema en uso o desarrollo, de acuerdo a las necesidades institucionales, con el fin de mantener una historia confiable de las tareas cotidianas; 27. Colaborar con las Secretarías en la preparación de informes que involucren datos provenientes de los sistemas implantados; 28. Administrar las herramientas tecnológicas de planificación estratégica; 29. Administrar las herramientas tecnológicas de planificación para el sistema de información provincial; 30. Implementar la firma electrónica en el Gobierno Provincial; 31. Desarrollar soluciones informáticas como respuesta a las necesidades institucionales y de las distintas áreas de interés, que tiendan a optimizar el funcionamiento de las diferentes Secretarías; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 40

41 32. Definir programas permanentes de capacitación y asesoría, dirigidos a los usuarios y al personal del Área, en el uso óptimo de los sistemas de información, en el uso de software de aplicación y de productividad; como actividad que tienda a un óptimo aprovechamiento de los recursos informáticos de la Institución (HelpDesk); 33. Asesorar y coordinar la adquisición de hardware para la institución o donación, de acuerdo a las políticas establecidas en el Manual de Procedimientos de la Institución; 34. Establecer políticas y normas para la actualización de los sitios de Internet e Intranet, en desarrollo e implantados; 35. Dar soporte al usuario en el manejo de software de aplicación y de productividad como medida para mejorar el rendimiento y la eficacia del trabajo presentado por los funcionarios de las distintas Unidades Administrativas. 36. Administrar los enlaces punto a punto que mantiene el Gobierno Provincial; 37. Coordinación de eventos que se transmiten a través de las Aulas Virtuales. 38. Representar a la Institución en eventos relacionados al área. 39. Plan de capacitación dentro del área de su conocimiento; 40. Programar los mantenimientos preventivos y correctivos de los equipos informáticos. 41. Establecer como política institucional la seguridad industrial y salud ocupacional, así como el cumplimiento de las normas vigentes establecidas por el Ministerio de Relaciones Laborales, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y el Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional. 42. Identificar, medir, evaluar, prevenir y controlar los factores de riesgo y enfermedades ocupacionales en cada puesto de trabajo. 43. Elaborar normas y procedimientos relacionados con la adquisición y dotación de los Equipos de Protección Personal y Ropa de trabajo. 44. Estudio y vigilancia de las condiciones ambientales en los sitios de trabajo, con el fin de obtener y conservar los valores óptimos posibles REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 41

42 de ventilación, iluminación, temperatura y humedad para mantener un entorno de trabajo seguro y confortable. 45. Planificar, diseñar y supervisar actividades o procesos que procuren funcionabilidad y operatividad de los bienes, cumpliendo con los estándares de seguridad. 46. Procurar mediante la planificación funcional espacios confortables para los servidores y usuarios de las dependencias institucionales. 47. Coordinar con Servicios de Tecnología de Información y Comunicación los diferentes eventos internos y externos de la Institución. 48. Asegurar la vigilancia física en los ingresos al edificio mediante seguridad privada. 49. Administración y control del sistema de seguridad tecnológico. 50. Normar el buen uso de los espacios físicos e instalaciones del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. 51. La demás que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, PRODUCTOS resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría de Administración y Gobierno, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Manual de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan anual de contrataciones y sus reformas. 5. Plan de Gestión de Riesgos Institucionales; 6. Informes de compras de pasajes aéreos nacionales e internacionales; 7. Informes de administración de archivo, información y documentación interna y externa; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 42

43 o 8. Registros de correspondencia oficial; 9. Registros de documentación receptada y enviada; 10. Nómina del personal con sus remuneraciones, más beneficios y prestaciones sociales; 11. Base de datos de documentación organizada cronológicamente de acuerdo a sus destinatarios y a las fechas de entrega y recepción; 12. Archivos físicos y virtuales actualizados y organizados cronológicamente; 13. Registros organizados de documentos recibidos y enviados en valijas; 14. Informes de administración del sistema de archivo; 15. Informes y actas de bajas de documentación y archivos; 16. Instructivos para el manejo de archivos; 17. Diagnóstico de necesidades de capacitación; 18. Plan anual de capacitación, informes de ejecución y evaluaciones; 19. Estudio para el proceso de jubilación de servidores/as del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 20. Registros y contratos del personal; 21. Informes mensuales de control de asistencia; 22. Calendario anual de vacaciones; 23. Estructura ocupacional de puestos; 24. Manuales de administración del talento humano; reglamentos internos de personal; 25. Registros y trámites de sumarios administrativos; 26. Registros de movimientos de personal; 27. Registros de cesación de funciones por conclusión de periodo fijo de designación; renuncia voluntaria; supresión de puestos; remoción; muerte; incapacidad absoluta y permanente; pérdida de derechos de ciudadanía, etc.; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 43

44 28. Absolución de consultas en materia de administración del talento humano; 29. Proyectos de reglamentos, manuales, instructivos, resoluciones administrativas de administración del talento humano; 30. Estructura ocupacional institucional; 31. Herramientas e indicadores de evaluación y gestión de los servidores; 32. Plan de bienestar de salud ocupacional, laboral y social y, de seguridad e higiene industrial; 33. Informe de inspecciones de Seguridad y Salud Ocupacional en los frentes de trabajo. 34. Matriz de Riesgos Laborales. 35. Registro de Accidentes e Incidentes de trabajo. 36. Mapa de Riesgos labores. 37. Plan de Emergencia y Contingencia. 38. Plan estratégico de tecnología de la Información y Comunicación; 39. Manual sobre el uso de recursos tecnológicos; 40. Informe de uso de los recursos tecnológicos y garantizar su disponibilidad; 41. Plan de capacitación informático; 42. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura tecnológica 43. Plan de contingencia en caso de emergencias ocurridas en el procesamiento de la información. 44. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 44

45 Art SECRETARIA DE COMPRAS PUBLICAS Es la Unidad Administrativa responsable de aplicar la normativa y las herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública, a fin de articular en el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro todas las instancias, organismos e instituciones en los ámbitos de planificación, programación, presupuesto, control, administración y ejecución de las adquisiciones de bienes y servicios así como en la ejecución de las obras que se realicen con recursos públicos. MISIÓN Realizar una gestión transparente y efectiva de la Contratación Pública, optimizando los recursos económicos del estado y dinamizando el desarrollo económico y social del país. VISIÓN Hacer eficiente la Contratación Pública y por ende la administración pública, brindando un óptimo servicio y confianza en la sociedad. VALORES 1. Ética 2. Compromiso 3. Actitud de servicio 4. Profesionalismo 5. Responsabilidad 6. Transparencia 7. Trabajo en equipo ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Compras Públicas, además de las previstas en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento general y las Resoluciones del INCOP las siguientes: 1. Dirigir, programar y evaluar la ejecución de actividades relacionadas con los servicios de apoyo administrativo y generales, que permita el funcionamiento apropiado de las dependencias de la Institución de REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 45

46 acuerdo con las políticas, disposiciones legales y normas establecidas para el efecto; 2. Administración del Plan Anual de Contrataciones 3. Gestión del Portal de Compras Públicas en los procesos en que intervenga la entidad; 4. Coordinar la elaboración y/o revisión de los Pliegos de cada Proceso de Contratación; 5. Asesorar a las autoridades ejecutivas y a las demás unidades del Gobierno Provincial en materia de contratación pública; tramitar por si sola o conjuntamente con las comisiones que se integraren, de ser el caso los procesos precontractuales de la entidad; 6. Designar a los Administradores de Contrato. 7. Responder por la gestión de los administradores de los contratos, inclusive de la custodia de los expedientes de contratación; 8. Control Previo de la documentación y disponibilidad presupuestaría para la contratación o compra de bienes, servicios, obras o consultorías. 9. Ejecutar, supervisar, evaluar y controlar los procesos pre-contractuales y contractuales que realice por orden de la máxima autoridad del Gobierno Provincial; 10. Mantener informado al ejecutivo provincial y al personal institucional, acerca de las políticas, normas y procedimientos de la contratación pública; 11. Registrar en el portal Web de compras públicas, el avance y estado de los procesos que permiten realizar las contrataciones de obras, adquisiciones de los bienes y servicios; 12. Observar la normativa vigente en materia de Contratación Pública para cada proceso de contratación en los que participe el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 13. Actualizar y mejorar los procedimientos de contratación que permitan la GPAEO obtener mayores beneficios en tiempo y calidad de los productos contratados. REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 46

47 14. Planificar los procesos de análisis de compras, coordinando las actividades de dichos procesos y cumpliendo las políticas, normas y procedimientos legales, a fin de garantizar la ejecución oportuna de dotación de bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de los fines del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 15. Tramitar y Controlar la recepción de los requerimientos de compras de las dependencias institucionales observando los procedimientos y disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su reglamento; 16. Administrar el sistema automatizado de compras; y, administrar todos los procedimientos pre-contractuales que se generen en el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 17. Coordinar con las demás secretarías y unidades técnicas, la elaboración de presupuestos referenciales, cuando sea necesario. 18. Ejecutar, supervisar, evaluar y controlar los procesos pre-contractuales y contractuales que realice por orden de la máxima autoridad del Gobierno Provincial; 19. Elaborar el plan anual de contrataciones y sus reformas en coordinación con los Departamentos de Planificación y Presupuesto y previa aprobación de la autoridad correspondiente, ingresar su información al portal Web de compras públicas; 20. Elaborar y/o revisar la conformidad con la Ley y los intereses institucionales de los pliegos y documentación requerida para cada proceso de contratación en los que participe el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 21. Organizar y mantener actualizados, los registros de proveedores y las contrataciones de bienes, obras y servicios del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 22. Realizar o coordinar estudios de investigación de mercado y elaborar registros actualizados sobre costos de equipos de construcción, mano de obra, materiales y en general de todos los insumos que intervienen en los procesos de contrataciones a cargo del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 23. Supervisar y administrar las contrataciones en el Portal de Compras Públicas; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 47

48 24. Presentar informes de las contrataciones realizadas y en ejecución ante las máximas autoridades ejecutivas de la institución; 25. Estudiar y formular normas, especificaciones técnicas y manuales para la ejecución y mantenimiento de las contrataciones del Gobierno Provincial; 26. Coordinar con el Área de Comunicación Social y de informática, la publicación de documentos precontractuales en la página web del Gobierno Provincial; 27. Organizar y mantener bajo su custodia los expedientes de los procesos y contratos efectuados por el Gobierno Provincial; 28. Velar y garantizar que los hechos, actuaciones y documentación relacionados con pagos; contratos complementarios; terminación del contrato; ejecución de garantías; aplicación de multas y sanciones; y, recepciones de las contrataciones se efectúen en conformidad con la normativa legal vigente; 29. Brindar asistencia técnica en temas relacionados con la aplicación de la normativa vigente en el desarrollo y ejecución de los procedimientos de contratación, para que todas las dependencias del Gobierno Provincial tengan el conocimiento necesario sobre procesos contractuales; 30. Programar, organizar, coordinar y controlar las actividades de elaboración de costos, presupuestos referenciales, pliegos, términos de referencia, previo a los procesos de contratación del Gobierno Provincial; 31. Brindar el apoyo necesario a las Comisiones Técnicas que se organizaren en los procesos de contratación que realice el Gobierno Provincial; 32. Elaborar una ficha de servicios; 33. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 34. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 35. Participar, conjuntamente con la Secretaría Administrativa de la elaboración del Plan Anual de Contrataciones alineado al Plan Institucional; y, REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 48

49 36. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia que le asignen, las establecidas en la normativa vigente. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de los funcionarios y servidores de la Secretaría de Compras Públicas, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgos; 5. Plan Anual de Contrataciones; 6. Directrices de procedimientos internos para aplicación en los procesos del Sistema Nacional de Contratación Pública; 7. Actas del desarrollo de las Comisiones Técnicas conformadas para los distintos procesos de contratación pública; 8. Procesos de contratación y compras públicas ejecutados de conformidad con la Ley y normativa vigente; 9. Expedientes y actas de entrega recepción de los procesos ejecutados de conformidad con la Ley; 10. Proyectos de reglamentos, acuerdos, resoluciones administrativas y demás normativa institucional en materia de contratación pública; 11. Actas, informes y demás documentación emitida por las comisiones técnicas conformadas por la máxima autoridad dentro de los procesos de contratación; 12. Registro físico de contratación pública del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, tanto físico como informático de los diferentes procesos; 13. Los demás que fueren inherentes a la unidad. REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 49

50 Art SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN Es la Unidad Administrativa responsable de ejecutar los procesos de fiscalización de los proyectos y obras que ejecute el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN MISIÓN Supervisar y fiscalizar la ejecución de las obras, bienes y servicios públicos del GPAEO, aplicando las normas técnicas de calidad de acuerdo a las leyes y reglamentos vigentes, la planificación provincial, garantizando la transparencia y la buena utilización de los recursos económicos. VISIÓN Se ha logrado una secretaría moderna, eficiente y confiable del GPAEO que garantice el cumplimiento de las normas y estándares de calidad y cantidad de las obras, bienes y servicios que ejecuta la corporación que satisfagan las necesidades a beneficio de la comunidad provincial. VALORES 1. Honestidad 2. Agilidad 3. Responsabilidad 4. Eficiencia 5. Eficacia 6. Independencia ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Fiscalización.- 1. Supervisar y fiscalizar todos los trabajos relacionados con vialidad, puentes, saneamiento ambiental, riego, drenaje, y otros, que el Gobierno Provincial ejecute, ya sea, mediante contratos, convenios y administración directa; 2. Efectuar el control y verificar que los trabajos se realicen de acuerdo a los diseños, a las especificaciones técnicas y a las programaciones de ejecución; REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 50

51 3. Mantener estrecha coordinación con todas las unidades administrativas del Gobierno Provincial, lo cual permitirá que los proyectos se ejecuten de conformidad a lo programado; 4. Aprobación de los programas y cronogramas actualizados, presentados por el contratista y evaluación mensual del grado de cumplimiento de los programas de trabajo; 5. Resolver durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que se estimen necesarias en el diseño y construcción de la obra, inclusive a aquellas referidas a métodos constructivos; 6. Examinar los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo, a través de ensayos de laboratorio, prueba en sitio o certificados de calidad; 7. Resolver las dudas que sugieran en la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al proyecto; 8. Comprobar periódicamente que los equipos livianos y maquinarias sean los requeridos contractualmente y que se encuentren en buenas condiciones de uso; 9. Velar el cumplimiento de las leyes laborables y del reglamento de seguridad industrial por parte del contratista; 10. Asesorar, dirigir y coordinar las actividades de supervisión y fiscalización contratada o por administración directa para la construcción de obras de la infraestructura del Gobierno Provincial; 11. Controlar que las obras se ejecuten de acuerdo con las especificaciones técnicas, cronogramas, planes y condiciones que consten en los contratos y a lo programado por las unidades administrativas y técnicas respectivas; 12. Elaborar una ficha de servicios; 13. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 14. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 51

52 15. Coordinar y ejecutar todos los trámites administrativos necesarios para la ejecución de la fiscalización a las obras, incluido la autorización del pago de planillas de acuerdo con el avance de obras; y, 16. Dirigir la elaboración de metodologías para el control, revisión y aprobación de planillas de construcción, reconstrucción, rehabilitación y recepciones provisionales y definitivas de los proyectos de infraestructura del Gobierno Provincial. 17. La demás que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. PRODUCTOS Y SERVICIOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgos; 5. Informes periódicos de evaluación del Plan Operativo Anual; 6. Informes y registros de asesoramiento técnico; 7. Informes consolidados de estado de obras en ejecución; 8. Informes técnicos para clientes externos; 9. Informes ejecutivos consolidados de avance de proyectos; 10. Metodología para la calificación de personal para reemplazar las fiscalizaciones contratadas; 11. Informes técnicos consolidados de control de la ejecución de las fiscalizaciones contratadas; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 52

53 12. Informes de evaluación y control de los estudios y proyectos elaborados y ejecutados en las unidades desconcentradas cuando sean requeridos; 13. Guías metodológicas para el control, revisión y aprobación de planillas de construcción, reconstrucción y rehabilitación de los proyectos de infraestructura y vialidad; 14. Guías metodológicas para la recepción provisional y definitiva de proyectos de infraestructura y vialidad; 15. Estado financiero de la obra (planillas tramitadas por avance de obra, reajustes, obras extraordinarias); 16. Estadística del resultado de las pruebas del laboratorio (suelo, hormigón y pavimento), Cronología del resultado de las pruebas; 17. Registro de control de calidad de los materiales, especificaciones técnicas y rubros; 18. Informe de actividades ejecutadas; y, 19. Libro de obras. 20. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Provincial. Art SECRETARIA DE ESTUDIOS Y PROYECTOS Es la Unidad Administrativa responsable de generar, construir y elaborar los estudios y proyectos que requiera el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro para el ejercicio de sus competencias y la prestación de los servicios públicos en favor de la comunidad provincial. Elaborar Proyectos sociales y de inversión de aspectos físicos, socioeconómicos y ambientales coordinando su gestión con las secretarías y entidades desconcentradas del Gobierno Provincial, así como con REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 53

54 instituciones públicas y privadas, a fin de abastecer al banco de estudios y proyectos a nivel de factibilidad y diseños definitivos a fin de lograr la eficiencia en la gestión institucional y el desarrollo provincial. VISION Se ha elaborado un banco de proyectos factibles, realizables que permite el mejor desarrollo provincial. sostenibles y VALORES 1. Honestidad 2. Profesionalidad 3. Capacidad técnica 4. Sostenibilidad 5. Responsabilidad 6. Equidad 7. Ética 8. Transparencia ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaria de Estudios y Proyectos: 1. Coordinar con la Secretaría de Planificación la elaboración del banco de proyectos estratégicos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 2. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y ejecutar estudios de prefactibilidad, factibilidad, y diseños definitivos, proyectos de obras civiles y viales, diseños, estructuras, geotecnia e impactos ambientales que se realicen por contrato y por administración directa; así como proyectos sociales, productivos y ambientales o cualesquiera que sean necesarios para el ejercicio de compentencias por el GPAEO. 3. Coordinar con la Dirección de Contratación Pública la información necesaria para la preparación de los pliegos de las contrataciones; 4. Representar al Gobierno Provincial Autónomo ante las firmas consultoras durante la ejecución de los estudios contratados e intervenir conjuntamente con los administradores en la recepción de los mismos; 5. Representar al Prefecto o Prefecta Provincial ante organismos nacionales e internacionales en asuntos relativos a estudios y proyectos de competencia del Gobierno Provincial; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 54

55 6. Prestar asesoramiento técnico a las diferentes Unidades y Autoridades del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y a otras instituciones de la provincia en temas de sus competencia; 7. Programar los estudios de factibilidad de proyectos a realizarse en forma anual; 8. Elaborar la información necesaria para realizar los estudios de factibilidad; 9. Revisar y aprobar memorias, informes, planos y más documentos técnicos que presenten las firmas consultoras, como resultado de los estudios de factibilidad ejecutados por contrato; 10. Velar por el estricto cumplimiento de las metodologías, especificaciones y normas técnicas en la ejecución de los estudios de factibilidad y diseños definitivos contratados; 11. Desarrollar metodologías para realizar la evaluación técnica económica de los proyectos y elaborar los estudios de factibilidad por administración directa; 12. Dirigir la elaboración de propuestas de modelos de inversión acordes a los lineamientos gubernamentales y con el Plan Provincial de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para determinar dentro de los sectores y ámbitos de acción del Gobierno Provincial, las actividades y áreas específicas que se consideran como inversiones exclusivas de la entidad, y aquellas en las cuales se pueden realizar alianzas estratégicas, formación de empresas mixtas, e inversión privada; 13. Realizar estudios de factibilidad para determinar la construcción de obras civiles, viales, riego, etc.; 14. Coordinar los levantamientos topográficos preliminares y los diseños de las obras a realizarse; 15. Elaborar las especificaciones técnicas y presupuestos referenciales de las obras que realizará el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 16. Revisar y, de ser el caso, aprobar los estudios preliminares y diseños definitivos de estudios a contratarse; 17. Elaborar los planos de las vías, edificaciones y otras obras que realizará el Gobierno Autónomo Provincial; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 55

56 18. Analizar y proponer prioridades de estudios y proyectos de ejecución, rehabilitación y mantenimiento de obras; 19. Dirigir la elaboración de manuales de procedimientos con los requisitos a cumplir en los programas y proyectos, de acuerdo a la legislación vigente, para ser calificables por parte de los organismos competentes y de las entidades financieras nacionales e internacionales; 20. Diseñar e implementar estrategias y políticas generales para la realización de estudios y proyectos sociales y de inversión, sobre las propuestas de proyectos definidas en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la Provincia, planes de contingencias y planes de trabajo del ejecutivo provincial; 21. Coordinar con las demás Secretarías del Gobierno Provincial y las instituciones del régimen dependiente y demás niveles de gobiernos para elaborar especificaciones técnicas, generales y particulares de las obras y proyectos que ejecutara el Gobierno Provincial; 22. Coordinar con todas las instituciones públicas de los diferentes niveles de gobierno y de cooperación con la finalidad de no duplicar las acciones y actividades en la elaboración de estudios y proyectos de obras; 23. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 24. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 25. Mantener a disposición de las demás dependencias del Gobierno Provincial, un Banco de datos de precios unitarios de rubros de construcción; y, 26. Ejercer las demás atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas mediante ordenanzas, reglamentos o por el Prefecto o Prefecta Provincial. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 56

57 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgos; 5. Informes de asistencia técnica en la temática de inversión a las entidades asistidas; 6. Documento de estrategias para la captación, promoción y atracción de inversiones y financiamiento, nacional e internacional para los programas y proyectos provincial; 7. Catálogo actualizado de posibilidades de inversión en proyectos estratégicos; 8. Variedad de estudios de oportunidades de negocio para empresas públicas y privadas, nacionales e internacionales, en el área de atención del Gobierno Provincial autónomo de El Oro; 9. Propuesta de modelos de inversión para cada sector estratégico acordes a los lineamientos gubernamentales y en alineamiento con el Plan Provincial de Desarrollo y Ordenamiento Territorial; 10. Matriz de calificación de financiamientos de los programas y proyectos jerarquizados y su distribución por fuente previsible de financiamiento; 11. Informes periódicos de Ejecución del Plan Operativo Anual de la Secretaría; 12. Políticas, normas y procedimientos para el desarrollo de los estudios y proyectos; 13. Estudios preliminares técnicos, económicos, financieros, legales, sociales y prediales para proyectos de gestión; 14. Informes de pre factibilidad y factibilidad de concesión u otro esquema de gestión de las obras institucionales; 15. Informes de asesoramiento y asistencia técnica a organismos y entidades del sector público para proyectos de gestión y ejecución de obras; 16. Perfiles de proyectos de los formatos de las agencias y los países cooperantes; y REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 57

58 17. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. ART DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO La secretaria de transporte y mantenimiento automotriz nace derivada de las necesidades existentes en las diferentes comunidades del territorio provincial, a la relación existente entre los asuntos de Transporte y Mantenimiento Automotriz; al crecimiento del gran parque vehicular; a los proyectos que se ejecutan en la provincia de El Oro donde intervienen en gran medida equipos, maquinarias y vehículos, entre otras cosas. Por tal motivo se realiza una modificación en el orgánico funcional del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro creando la Secretaria a la cual se le designa a su cargo toda la problemática y soluciones correspondientes al Transporte y Mantenimiento Automotriz. La Secretaria de Transporte y Mantenimiento Automotriz siguiente estructura orgánica para su funcionamiento: contara con la MISION "La Secretaria de Transporte y Mantenimiento Automotriz es la unidad encargada de gestionar el correcto abastecimiento y funcionamiento de los vehículos, maquinarias equipos que se utilicen en la construcción, mantenimiento vial y obras de desarrollo de la provincia, así como todo lo encaminado a generar soluciones que permitan el orden y servicio digno en cuanto a su materia respecta." VISION "Ser una unidad administrativa que impacte positivamente en el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro realizando proyecciones y soluciones REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 58

59 eficientes para alcanzar un nivel de servicio técnico, abastecimiento, reparación y mantenimiento automotriz de calidad" VALORES Respeto Honestidad Tolerancia Lealtad Eficiencia Transparencia Trabajo en equipo ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Transporte y Mantenimiento automotriz, las siguientes: DIRECTOR DE LA SECRETARIA 1. Controlar la asignación y despacho del transporte y equipo caminero y de personal, supervisando y verificando el cumplimiento de las distintas rutas establecidas, a fin de garantizar un eficiente servicio. 2. Programar, y supervisar los trabajos de transporte y mantenimiento de los vehículos, maquinarias y equipos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. 3. Programar, y supervisar los trabajos de mantenimiento y reparación del equipo caminero y demás vehículos de la institución. 4. Controlar la rotación de choferes previendo la equidad en la distribución de salida a la plantilla de personal. 5. Realizar el Plan Operativo Anual 6. Realizar el Plan anual de compras 7. Construir los indicadores de gestión de la Secretaria 8. Elaborar el manual de gestión de riesgos de la Secretaria 9. Llevar el control de: asistencia de los choferes, horas extras, horas de descanso, permisos etc. 10. Realizar y presentar en la unidad de Talento humano el plan anual de vacaciones del personal de la Secretaria REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 59

60 11. Instruir a los conductores de las unidades en relación a su unidad de transporte y el ciclo de vida del mismo. 12. Aplicar pruebas teóricas y prácticas a los conductores y operadores aspirantes. 13. Elaborar los pliegos y demás términos de referencia, en cuanto a la adquisición de bienes, servicios, vehículos y equipo caminero. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE TRANSPORTE ADQUISICIONES Y BODEGA 1. Elabora registro de salida y de llegada de los vehículos: nombre del chofer, numero de la unidad, ruta asignada y cualquier información necesaria para el control diario de los vehículos y maquinarias. 2. Chequea el horario de entrada y salida de las unidades de transporte de la Institución. 3. Verifica y vela por el buen estado, mantenimiento y funcionamiento de las unidades de transporte. 4. Despacha los vehículos que van a trasladar personal o material dentro y fuera de la provincia indicando rutas a cubrir. 5. Despacha cada unidad automotor que sale del estacionamiento, verificando datos del chofer, hora de salida, datos de la unidad, lugar de destino, etc. 6. Participa al departamento de mantenimiento cualquier daño en las unidades que ameriten reparación, lubricación o mantenimiento. 7. Rinde informe detallado a su superior sobre el número de viajes efectuados por cada vehículo y/o sobre cualquier anormalidad observada en el transcurso del día. 8. Elabora solicitudes de servicio, de mantenimiento y reparaciones en general, para las unidades que lo ameriten. 9. Reporta al departamento de mantenimiento y al taller mecánico los vehículos accidentados. 10. Atiende quejas y reclamos relacionados con el servicio de transporte y del equipo caminero. REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 60

61 11. Llevar el control de rutas de vehículos livianos de la Unidad de Transporte. 12. Las demás funciones que le asigne el director de la Secretaria, para cumplir sus objetivos. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE MANTENIMIENTO 1. Supervisa el funcionamiento del equipo caminero y realiza informes periódicos de su funcionamiento 2. Elaborar el plan anual de mantenimiento periódico y rutinario de los vehículos, maquinarias y equipos de la institución. 3. Realizar el control y abasto de combustible y lubricantes que requieran los equipos, maquinarias y vehículos de la institución. 4. Supervisar las actividades de mantenimiento y reparaciones que se realicen dentro y fuera de los talleres a los vehículos, maquinarias y equipos de la institución. 5. Demostrar experiencia en el manejo de manuales de operación y de manuales de mantenimiento de unidades de transporte. 6. Efectuar en forma oportuna el mantenimiento rutinario y periódico de los equipos, vehículos y maquinaria vial de propiedad del Gobierno Provincial 7. Solicitar al jefe inmediato en forma trimestral y/o cuando el caso así lo amerite, la adquisición de repuestos, lubricantes y otros accesorios requeridos para el mantenimiento programado. 8. Organizar y controlar el stock de repuestos en los campamentos, así como el funcionamiento correcto del taller mecánico. 9. Elaborar y presentar reportes estadísticos de las actividades que realiza. 10. Cumplir con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización. 11. Mantener en orden los equipos, herramientas y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía. 12. Las demás funciones que le asigne el director de la Secretaria, para cumplir sus objetivos. REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 61

62 PRODUCTOS Y SERVICIOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Plan anual de ejecución, rehabilitación y mantenimiento del equipo caminero, maquinarias y vehículos del Gobierno provincial. 2. Informe del estado de funcionamiento de los vehículos, maquinaria y equipo caminero de la institución. 3. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría. 4. Plan de gestión y mitigación de riesgos laborales e institucionales. 5. Plan Plurianual de desarrollo y mantenimiento automotriz. 6. Planes Operativos Anuales y plurianuales de la secretaría. 7. Reportes e informes del mantenimiento y reparación de equipo caminero del GPAO. 8. Informes periódicos de evaluación del Plan Operativo Anual. 9. Informe para la Proforma Anual de Inversiones (PAI). 10. Informes consolidados de la utilización del equipo caminero en la ejecución de obras. 11. Manuales de procedimiento administrativo de la secretaria para la realización de sus actividades. 12. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo. REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 62

63 Art SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS Es la Unidad Administrativa responsable de velar por las finanzas públicas en el Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, para que se conduzcan de forma eficiente, responsable y transparente, procurando su estabilidad económica. SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS CONTABILIDAD PRESUPUESTO TESORERIA ADMINISTRACIÓN DE PEAJE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y BODEGA MISIÓN Administrar los recursos financieros, con transparencia, eficiencia, eficacia y efectividad, aplicando leyes, normas y disposiciones para el cumplimiento de los objetivos institucionales, atendiendo las necesidades de la provincia con agilidad y esmero, con un equipo humano altamente calificado y responsable. VISIÓN Lograr el manejo eficiente de los recursos financieros y emitir la información financiera oportuna para la toma de decisiones de las autoridades, cumpliendo con las políticas públicas y fiscales con el fin de satisfacer las necesidades de la comunidad y el desarrollo humano. VALORES 1. Transparencia 2. Eficiencia 3. Eficacia 4. Efectividad 5. Legalidad 6. Responsabilidad 7. Respeto 8. Trabajo en equipo 9. Honestidad 10. Confianza REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 63

64 ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES La Secretaría de Economía y Finanzas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, como ente estratégico tiene, además de las previstas en la Ley, las siguientes atribuciones y responsabilidades: 1. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias, las políticas y normas pertinentes en materia de administración financiera; 2. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de administración financiera, de conformidad a la normativa legal vigente sobre la materia; 3. Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria de la Institución; 4. Elaborar el Plan Operativo Anual y Plan Anual de Compras de la secretaría; 5. Vigilar la aplicación del control interno financiero dentro de los subprocesos de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería; Peaje; Bienes y Bodega. 6. Formular y proponer, para la aprobación del Prefecto o Prefecta, los lineamientos de política fiscal inherentes a los ingresos, gastos y financiamiento, en procura de los objetivos institucionales; 7. Ejecutar la política fiscal aprobada por el Prefecto o Prefecta provincial; 8. Analizar las limitaciones, riesgos, potencialidades y consecuencias fiscales que puedan afectar a la sostenibilidad de las finanzas públicas y a la consistencia del desempeño fiscal e informar al respecto a las autoridades pertinentes de la función ejecutiva; 9. Formular y actualizar la programación fiscal anual y plurianual; 10. Formular la proforma del Presupuesto General del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, y ponerla a consideración de la Prefecta o del Prefecto o Prefecta Provincial, junto con la Programación Presupuestaria Cuatrianual y el límite de endeudamiento, en los términos previstos en el COOTAD y demás normas vigentes, previa coordinación con la institucionalidad establecida para el efecto; 11. Coordinar con otras entidades, instituciones y organismos nacionales e internacionales para la elaboración de estudios, diagnósticos, análisis REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 64

65 y evaluaciones relacionados con la situación fiscal de la provincia y del país; 12. Participar y asesorar en la elaboración de proyectos de ley, reformas legales, reglamentos, normativas, instructivos y demás instrumentos normativos que tengan incidencia en los recursos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 13. Custodia del efectivo producto de las recaudaciones. 14. Dictaminar en forma previa, obligatoria y vinculante sobre todo proyecto de ordenanza, acuerdo, resolución, o cualquier otro instrumento legal o administrativo que tenga impacto en los recursos públicos o que genere obligaciones contempladas o no en el Presupuesto del Gobierno Provincial Autónomo; 15. Dictaminar obligatoriamente y de manera vinculante sobre la disponibilidad de recursos financieros suficientes para cubrir los pagos, compromisos institucionales e incrementos salariales y los demás beneficios económicos y sociales que signifiquen egresos, que se pacten en los contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales; 16. Asesorar y brindar la asistencia necesaria a los Ejecutivos Provincial y demás servidores de la entidad en la aplicación de los sistemas y ciclos presupuestarios; así como efectuar el seguimiento y evaluación de la gestión fiscal del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 17. Participar en las comisiones de costeo de recursos para la transferencia de competencias a los Gobiernos Autónomos Descentralizados; 18. Preparar y elaborar estadísticas fiscales y consolidar la información presupuestaria, contable, financiera y de deuda pública; y, Armonizar, homogeneizar y consolidar la contabilidad en el sector público; 19. Elaborar los Estados Financieros Consolidados de la entidad y organismos que forman parte del Gobierno Provincial de El Oro; 20. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 21. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 22. Custodiar las acciones, bienes y títulos valores que se generen en la gestión pública, sin perjuicio de las atribuciones legales y reglamentarias de otras unidades; y, REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 65

66 23. Recibir, almacenar y distribuir los bienes y suministros del Gobierno Provincial de El Oro; 24. Administrar los bienes patrimoniales y bodegas en la Administración Provincial, efectuando su control y supervisando su estado de conservación y mantenimiento; 25. Realizar la toma de inventario de los bienes muebles e inmuebles de la Institución; 26. Mantener los documentos soporte de sus operaciones de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 27. Autorizar y aprobar los requerimientos de operaciones financieras. 28. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades que le asignen las autoridades en el ámbito de su competencia y las establecidas en la normativa vigente. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las unidades (departamento), funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgo financiero; 5. Programación Indicativa Anual; 6. Proforma presupuestaria; 7. Presupuesto Institucional; 8. Cédulas Presupuestarias; 9. Certificaciones Presupuestarias; 10. Informes de Ejecución Presupuestaria; REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 66

67 11. Reformas Presupuestarias; 12. Liquidaciones Presupuestarias; 13. Comprobaciones de asientos contables; 14. Comprobantes de Asiento de Ajustes y Reclasificaciones; 15. Comprobantes de Ingresos y Gastos. 16. Conciliaciones bancarias; 17. Conciliación de saldos de anticipos de fondos; 18. Informes Financieros; 19. Inventario de activos fijos valorados; 20. Registro de vehículos matriculados y asegurados; 21. Registros contables; 22. Registro de Cuentas y datos de Beneficiarios; 23. Comprobantes de Acreditación en Cuenta y Transferencias (SPI); 24. Comprobantes de Recaudaciones de Ingresos; 25. Comprobantes de Retención de Impuestos; 26. Declaraciones de impuestos al SRI; 27. Informe de recuperación de Impuesto al Valor Agregado; 28. Informe de retención y pagos de Impuestos al SRI; 29. Informe de saldos de disponibilidades de las cuentas bancarias; 30. Informes de recaudación y pago de Cuentas por Cobrar y por Pagar; 31. Programación de Caja; 32. Registro de Ingresos; 33. Registro, informes y custodia de garantías y valores; 34. Planillas de retención de impuesto a la renta; y, REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 67

68 35. Reportes de contratos ingresados al e-siprem. 36. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR. NIVEL OPERATIVO Art SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO Es la Unidad Administrativa responsable de apoyar a los sectores productivos, incluido el turismo, mejoramiento de la producción y productividad, y en la generación de valor mediante el cambio de la matriz productiva y fomentar la innovación y la transferencia de tecnología, para lograr el desarrollo de la provincia y el buen vivir. SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO v / CORPODET TURISMO Y ECOTURISMO PRODUCCIÓN Y AGROINDUSTRIA MISIÓN Facilitar, fomentar y apoyar el desarrollo de actividades productivas y agropecuarias en la provincia de El Oro, a través de procesos de articulación con actores públicos y privados, la formulación participativa de políticas públicas; la innovación y el desarrollo tecnológico, de manera que se generen empleos de calidad y producción con alto valor agregado y competitividad territorial en concordancia con la vocación territorial de los y las orenses. Cumplir de manera eficiente con los planes y objetivos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, en materia de desarrollo agropecuario productivo. Y apoyar e impulsar el desarrollo del turismo y ecoturismo en la provincia. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 68

69 VISIÓN Hemos logrado la diversificación de la matriz productiva y el desarrollo productivo provincial mediante la concreción de políticas, programas y proyectos, que permitan la generación de empleo y emprendimiento que garantice el cumplimiento de los objetivos estratégicos provinciales de desarrollo, aprovechando las ventajas competitivas y talento humano de la provincia. Y se ha logrado ser líder en el desarrollo agropecuario, brindando seguridad y confianza para los sectores agro productivos. VALORES 1. Transparencia 2. Ética 3. Honestidad 4. Profesionalidad 5. Capacidad técnica 6. Sostenibilidad 7. Responsabilidad 8. Equidad 9. Puntualidad 10. Innovación científica y tecnológica 11. Eficiencia 12. Eficacia ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaria de Desarrollo Económico, las siguientes: 1. Facilitar procesos asociativos que permitan el desarrollo competitivo de la provincia; 2. Promover la formulación participativa e implementación articulada de políticas públicas de productividad y competitividad; 3. Fomentar el desarrollo del nivel tecnológico y de infraestructura del sector productivo provincial; 4. Apoyar iniciativas productivas que permitan mejorar la calidad de vida de las familias orenses, el empleo e ingresos; 5. Gestionar y apoyar el desarrollo del potencial turístico de la provincia de El Oro, en lo concerniente a infraestructura y proyectos de alto impacto en el sector; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 69

70 6. Gestionar la consecución de recursos económicos de actores públicos y privados para el apoyo de las actividades productivas y agropecuarias de la provincia de El Oro; 7. Coordinar, con las Dependencias Ministeriales, Gobiernos Locales, Cooperación Internacional y los Sectores Social y Privado, la elaboración, ejecución y evaluación de los programas y proyectos orientados al incremento de la productividad en los sectores: agropecuario, comercial, turístico, industrial, artesanal, pesquera, minera, de transferencia y desarrollo tecnológico; 8. Dirigir los programas asociativos de apoyo y fomento a la producción en el marco de una economía social y solidaria, que permitan mejorar producción, almacenamiento, transformación, conservación y comercialización de alimentos; 9. Dirigir los programas de apoyo y fomento al emprendimiento; 10. Acordar con los diferentes Directores de las Secretarías del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, los planes, programas y proyectos a realizar anualmente, fomentando y promoviendo la coordinación entre estos; 11. Establecer las unidades de coordinación, asesoría y de apoyo técnico que requiera el funcionamiento administrativo de la Secretaría; 12. Designar a los representantes de la Secretaría en las comisiones, consejos, congresos, organizaciones, entidades e instituciones nacionales e internacionales en las que participe la misma; 13. Planear, organizar y dirigir las metas y objetivos, a fin de evaluar el desempeño de las funciones de las Unidades a su cargo, así como establecer las medidas preventivas y correctivas necesarias; 14. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros a su cargo; 15. Proponer y formular a Secretaría de Proyectos, la aprobación, de estudios y proyectos que se presenten, relacionados con su competencia; 16. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 17. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 70

71 18. Proponer al Prefecto o Prefecta/a, los proyectos de legislación sobre los asuntos de la competencia de la Secretaría y del sector correspondiente; 19. Dar asistencia técnica en los campos de su competencia a agricultores y organizaciones agro productivas. 20. Asistir en forma obligatoria a todas las reuniones convocadas por el Comité de Desarrollo Institucional. 21. Elaborar informes periódicos de las actividades realizadas y enviarlas a los directores de las secretarias de planificación y administrativa. 22. Coordinar y colaborar en acciones con la SENAGUA, MINISTERIO DEL AMBIENTE, MAGAP Y SNGR a fin de proteger los recursos naturales de nuestra provincia. 23. Impulsar y apoyar el desarrollo turístico de la provincia en el marco de la descentralización. 24. Mejorar la calidad de los servicios y productos turísticos con especial atención en agroturismo, ecoturismo, y turismo comunitario. 25. Las demás que le confieran las Leyes, Reglamentos y disposiciones de la máxima autoridad. PRODUCTOS Y SERVICIOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; 4. Plan de Gestión de Riesgos para el cumplimiento de objetivos de la secretaría; 5. Políticas públicas y agenda provincial de productividad y competitividad; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 71

72 6. Programas y proyectos de fomento productivo, emprendimiento y de competitividad; 7. Estadísticas de registro de actuales y nuevas asociaciones vinculadas a la producción; 8. Proyectos de infraestructura productiva y de desarrollo tecnológico; 9. Servicios de capacitación vinculados al área agropecuaria; 10. Programas de capacitación a servidores turísticos de la provincia de El Oro; 11. Programas y proyectos de desarrollo sustentable de la producción agrícola, pecuaria, pesca y acuacultura, en coordinación con los gobiernos municipales y parroquiales; 12. Programas y proyectos de producción, almacenamiento, transformación y comercialización de productos agropecuarios, pesqueros y acuícolas; 13. Mesas de negocio participativa concertación sectoriales; 14. Transferencia de nuevas tecnologías en las áreas agrícola, pecuaria y acuícola de la provincia; 15. Formulación del Plan Estratégico de desarrollo turístico. 16. Programas y proyectos para el desarrollo turístico de la provincia. 17. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 72

73 Art SECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS Es la Unidad Administrativa responsable de ejecutar las competencias de planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego y drenaje, y la ejecución de obras en Cuencas y Micro cuencas hidrográficas de la jurisdicción provincial asignadas en la Constitución de la República y el COOTAD, a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales; para lograr el desarrollo de la provincia y el buen vivir. MISIÓN Cumplir de manera eficiente con los planes y objetivos del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, en materia de riego, control de inundaciones y desarrollo agropecuario productivo. VISIÓN La Secretaría de Recursos Hídricos, líder en el manejo y gestión de los sistemas de riego, control de inundaciones y cuencas hidrográficas a nivel regional y nacional, brindando seguridad y confianza para los sectores agros productivos. VALORES 1. Transparencia 2. Ética 3. Honestidad 4. Profesionalidad 5. Capacidad técnica 6. Sostenibilidad 7. Responsabilidad 8. Equidad 9. Puntualidad 10. Innovación científica y tecnológica 11. Eficiencia REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 73

74 12. Eficacia ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES las siguientes: Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaria de Recursos Hídricos, 1. Programar, organizar, dirigir, implementar y ejecutar las acciones necesarias para una eficiente administración, operación y mantenimiento de los sistemas de riego, y drenaje, control de inundaciones y cuencas hidrográficas. 2. Presentar en el mes de octubre de cada año, el plan de obras y mantenimientos de canales a ejecutar, para aprobación del Prefecto o Prefecta 3. Establecer anualmente o cuando el caso lo amerite, los pliegos tarifarios que por el servicio de dotación de agua para riego, el Gobierno Provincial deba cobrar a los usuarios de los sistemas de riego y drenaje, y ponerlos a consideración del Consejo para su aprobación; 4. Realizar diagnósticos, seguimiento y control de las obras hidráulicas y de aquellas que estén bajo su competencia; 5. Realizar los contratos que por concepto de dotación de agua de los sistemas de riego deban celebrarse con los usuarios. 6. Mantener un catastro actualizado y georeferenciado, de los sistemas de riego y drenaje. 7. Aplicar la ordenanza del pliego tarifario a los usuarios de los canales, para precautelar la infraestructura de los sistemas de riego y drenaje; 8. Socializar con los agricultores, usuarios de los sistemas de riego y drenaje, la programación de riego planificada por el Gobierno Provincial; 9. Dar asistencia técnica en los campos de su competencia a agricultores y organizaciones agro productivas; 10. Asistir en forma obligatoria a todas las reuniones convocadas por el Comité de Desarrollo Institucional; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 74

75 11. Elaborar informes periódicos de las actividades realizadas y enviarlas a los directores de las secretarias de planificación y administrativa; 12. Coordinar y colaborar en acciones con la SENAGUA, MINISTERIO DEL AMBIENTE, MAGAP y SNGR a fin de proteger los recursos naturales de nuestra provincia; 13. Ejecutar obras de protección en cuencas hidrográficas y desarrollo forestal; 14. Proponer ordenanzas en las competencias de la Secretaria de Recursos Hídricos. 15. Las demás que le confieran las Leyes, Reglamentos y disposiciones de la máxima autoridad. Las atribuciones relacionadas con riego y drenaje podrán ser asumidas por la Empresa Pública de Riegos, Drenajes y Dragados (EMPRIDREYD EL ORO), tal y como prevé la Disposición Transitoria Cuarta de la Ordenanza de creación, organización y funcionamiento, modifica por el Consejo del Gobierno Provincial en fecha 30 de enero de 2012, por delegación por acto administrativo del Ejecutivo Provincial. PRODUCTOS Y SERVICIOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Catastro georeferenciado de sistemas de riego y drenaje de la provincia. 2. Protección de márgenes de ríos. 3. Concluir con el revestimiento de los canales de riego. 4. Transferencia de tecnología para la optimización del recurso hídrico. 5. Proyecto y Manejo del humedal la tembladera. 6. Estudio hidrológico e hidráulico de los deltas y desembocaduras de los ríos de la parte baja de la provincia. 7. Estudio de la demanda, uso y disponibilidad de los recursos hídricos, y diseño de la red de estaciones y del programa de monitoreo hidrometeorológico. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 75

76 8. implementación de la Red de estaciones y programa de monitoreo hidrometeorologico. 9. Informe anual de los proyectos hidrológicos e hidráulicos que se ejecutan o ejecutaran en nuestra provincia. 10. Evaluación y seguimientos del POA y PAC. 11. Participar en las entidades creadas para el manejo de cuencas. 12. Protección y restauración de matas ciliares (nacimientos y cursos de agua). 13. Encauzamiento y apuramiento de los ríos de la provincia. 14. Mantenimiento de canales de riego y drenajes y revestimiento con H. A. de los canales de riego. 15. Construcción de obras de arte hidráulicas en los Sistemas de riego y drenaje. 16. Estudios de canales secundarios de los sistemas de riego y drenaje. 17. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 76

77 Art SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Es la Unidad Administrativa responsable de promover y ejecutar planes, programas y proyectos, de protección integral a las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, jóvenes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, riesgos naturales o antropogénicos, así como la promoción de las obras que ejecuta el GPAEO. PROMOCION Y FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN CIUDADANA PROTECCION INTEGRAL CIUDADANA DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA MISIÓN Promover sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la Constitución a través de la generación de condiciones que aseguren sus derechos y principios, enmarcados en el buen vivir. VISION Se han alcanzado los derechos al Buen Vivir de los grupos sociales y, en especial, a los grupos vulnerables. VALORES 1. Solidaridad 2. Amabilidad 3. Calidez 4. Calidad 5. Humanidad 6. Responsabilidad social 7. Equidad de género 8. Puntualidad REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 77

78 ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Humano: Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaria de Desarrollo 1. Vigilar que se cumplan las disposiciones legales emitidas para el cumplimiento de estas funciones; 2. Identificar los problemas sociales de la provincia manteniendo mecanismos de interconsulta permanentes con los actores organizados de la sociedad; 3. Definir políticas y estrategias de desarrollo social y educativo de carácter especial, complementado a la acción social que incorpora la visión de múltiples sectores de la sociedad civil; 4. Planificar acciones, programas y proyectos debidamente sustentados e integrados al Plan de Acción Provincial. Se considerará la ejecución directa así como también la coordinada mediante convenios con el patronato y con los actores organizados de la sociedad, entre ellos: estatales, comunitarios y ONGs; 5. Gestionar, promocionar, ejecutar y evaluar convenios y proyectos en el ámbito social y educativo con múltiples organismos del sector público y privado, nacionales e internacionales; canalizando recursos para estos fines; 6. Impulsar acciones a favor de la atención integral de los grupos humanos más vulnerables (discapacitados, niños de la calle, entre otros) tanto directamente a través de las estructuras institucionales del Gobierno Autónomo existentes, como en coordinación con las ONGs, legalmente establecidos y con una trayectoria reconocida; 7. Mantener un catastro actualizado de organizaciones comunitarias y de organismo no gubernamentales del cantón; así mismo un registro de programas y proyectos provinciales, del área social y educativa, en ejecución; 8. Administrar por sí o en coordinación con el Patrono de Acción Social los centro de atención integral para brindar servicios sociales en sus radios de influencia y de los programas y servicios sociales, educativos y productivos que se lleven a cabo a través de los centros, tanto urbanos populares como rurales 9. Participar en la ejecución de los programas y proyectos sociales del Gobierno Nacional que beneficien a grupos humanos en situación de REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DEL GPAEO 78

79 riesgo, en forma directa o en coordinación el Patronato de Acción Social y con organizaciones de la sociedad civil; 10. Facilitar la participación de los ciudadanos en la resolución de los problemas, especialmente los que se canalicen a través de la Secretaria; 11. Facilitar la capacitación integral comunitaria y la formación de líderes comunitarios; 12. Supervisar el cumplimiento de los indicadores de rendimiento establecidos para la ejecución de los programas y proyectos sociales de base del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro; 13. Coordinar la ejecución de los Programas Sociales en los diferentes cantones de la provincia: proyectos de niñez y adolescencia, aula móvil de informática, programa nutricional "El Bananito Amigo", que incluye los Talleres: Nutricionales Huertos Familiares y otros que creare el Gobierno Provincial; 14. Mantener estadísticas de beneficiarios y costo-beneficio de los programas que ejecuta el Gobierno Provincial en el área social; 15. Realizar entrega de materiales, equipos e implementos de los diferentes convenios que ejecuta el Gobierno Provincial; 16. Coordinar con los Gobiernos Parroquiales y la Secretaría de Fomento Productivo, la realización de continuos asesoramientos en la organización y la ejecución de talleres de capacitación de pequeños grupos humanos ligados a la pequeña producción agropecuaria, artesanal, grupos de mujeres, sectores barriales, que se encuentran en situaciones de pobreza, para que participen directamente en la solución de sus problemas; 17. Elaborar una ficha de servicios y servicios; 18. Asistir obligatoriamente a las reuniones del gabinete institucional; 19. Cumplir con las normativas de control interno emitidas por la Contraloría General del Estado; 20. Vigilar que se cumpla el artículo 249 del COOTAD en el que se dispone la asignación de por lo menos el 10% de los ingresos no tributarios, para el financiamiento de la planificación y ejecución de programas sociales para atención a grupos más vulnerables; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 79

80 21. Asesorar, coordinar y dirigir la gestión de las políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas a garantizar los derechos constitucionales y humanos de los y las jóvenes que emprenda directamente la Unidad/Secretaría o que emerjan de otras secretarias del GPAEO. 22. Asesorar y promover la articulación y cooperación interinstitucional e intergubernamental en la gestión de las políticas públicas juveniles en la provincia de El Oro. 23. Asesorar y promover el ejercicio de la rectoría en la planificación territorial de las políticas públicas juveniles. 24. Asesorar y coordinar la gestión de programas, proyectos y acciones dirigidas a garantizar los derechos de los y las jóvenes. 25. Asesorar en la gestión de cooperación internacional en el ámbito de las juventudes. 26. Asesorar y coordinar la construcción de mecanismos de participación ciudadana para jóvenes, en su correspondencia con el Sistema de Participación Ciudadana; o, en su defecto, coordinar con la Unidad responsable de asegurar la participación ciudadana y control social los mecanismos que le permitan a los y las jóvenes ejercer su derecho a participar en la definición de las políticas públicas. 27. Apoyar los procesos de gestión de las competencias del GPAEO en la dependencia que se encuentra adscrita. y, 28. Las demás funciones que le señalen las ordenanzas, los reglamentos y aquellas que les asignare el Prefecto o Prefecta Provincial en el área de su competencia. PRODUCTOS El cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades por parte de las subunidades, funcionarios y servidores de la Secretaría, deben al menos, comprender los siguientes productos: 1. Planes operativos anuales y plurianuales de la secretaría; 2. Elaboración de indicadores de gestión y desempeño de la secretaría; 3. Informes del seguimiento y evaluación de la cadena de valores (insumos, actividades, productos, efectos e impactos) elaborados en la secretaría; REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 80

81 4. Plan de Gestión de Riesgos en el cumplimiento de los objetivos de la secretaría; 5. Entregas de raciones alimenticias fruta (banano) para la población infantil de los centros educativos fiscales de los sectores urbanos marginales y rurales de la provincia; 6. Talleres nutricionales 7. Escuelas de formación ciudadana; 8. Escuelas de fútbol infanta-juveniles; 9. Cursos de capacitación a la comunidad de la provincia (informática, nutrición y artesanal); 10. Seminarios, talleres, conferencias y charlas para promover la asociatividad territorial; 11. Charlas para promover la asociatividad de familias de la comunidad; 12. Eventos de difusión de actividades culturales, sociales y turísticas de la provincia de El Oro; 13. Eventos participativos de entrega/recepción de obras y socialización de las mismas. 14. Cualquier otro producto que sea necesario para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades que le fueren asignadas en las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y actos administrativos de las funciones o de las autoridades ejecutivas del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro. REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 81

82 Art SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURAS Y OBRAS PÚBLICAS Es la Unidad Técnica Administrativa responsable de la ejecución de las obras que en cumplimiento de sus competencias corresponden al Gobierno Provincial Autónomo de El Oro, por administración directa y otras modalidades de gestión. MISIÓN Ser eficientes en la construcción y mantenimiento de la red vial provincial y demás competencias legales. Haciendo cumplir, los planes, programas y proyectos formulados por parte del Gobierno Provincial, en el Plan Operativo Anual (POA) VISIÓN Mejorar el sistema vial de la provincia en el área de nuestra competencia, en su responsabilidad de contribuir a liderar el desarrollo socioeconómico de la provincia. Fomentando el buen vivir local y nacional. VALORES 1. Honestidad 2. Capacidad técnica 3. Responsabilidad 4. Ética ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Son atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Infraestructuras y Obras Públicas, las siguientes: 1. Asesorar y representar técnicamente a la Prefectura, ante las Entidades y Organismos del Estado acorde a sus requerimientos, en el ámbito de su competencia REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DEL GPAEO 82

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