3.000 a.c al Siglo V d.c GRECIA Y ROMA

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1 El Derecho Laboral

2 Algo de historia a.c al Siglo V d.c GRECIA Y ROMA La esclavitud: los trabajadores eran tratados como cosas. Sus propietarios podían hacerles lo que querían, incluso matarlos. Del Siglo V al Siglo XI ALTA EDAD MEDIA Los siervos: trabajan las tierras de sus dueños feudales y pagan grandes impuestos (diezmos). Su señor feudal podía maltratarlos pero no matarlos.

3 Algo de historia... Del Siglo XII al Siglo XV BAJA EDAD MEDIA Los Gremios: en las ciudades se establecen agrupaciones profesionales (artesanos y comerciantes) con ordenanzas. Hay 3 tipos de agremiados: MAESTRO (dueños de talleres) OFICIAL (trabajan de sol a sol por escaso salario) APRENDIZ (jóvenes con años, trabajo duro, sin salario). Del Siglo XVIII hasta principios del XX Revolución Industrial

4 La Revolución Industrial Aparecen grandes fábricas e innovaciones tecnológicas y crecen las ciudades, gran aumento de la emigración del campo a la ciudad. Trabajo infantil: niños con 5 años trabajan en minas peligrosas Duración de la jornada: entre 12 y 19 horas diarias. Salario: muy reducido. Los hijos se ven obligados a trabajar. Vacaciones: no existían.

5 La Revolución Industrial Descansos: se trabajaba todos los días de la semana. Protección social: no existía. El trabajador enfermo no cobraba ni tenía derecho a asistencia médica, medicinas, etc. Seguridad e higiene: no había normas. Pésimas condiciones de temperaturas, gases tóxicos, humedad, mala ventilación... Sindicatos y huelga: se consideraban un delito.

6 Qué es el DERECHO? Conjunto de normas de obligado cumplimiento que regulan las relaciones entre los individuos que forman parte de la sociedad Pero... qué es el Derecho de Trabajo? Conjunto de normas de obligado cumplimiento que regulan las relaciones laborales

7 DERECHO PÚBLICO Regula las relaciones de los ciudadanos con los organismos públicos y la relación entre estos últimos con el Estado DERECHO PRIVADO Regula las relaciones entre particulares o de éstos con los organismos públicos, si estos actúan de forma privada

8 Requisitos de la actividad laboral Personal Voluntario Por Cuenta Ajena Dependiente Retribuido

9 Actividades Excluidas Funcionarios públicos. Prestaciones personales obligatorias. Servicios amistosos, benévolos o de buena vecindad. Trabajo en negocio familiar: cónyuge y parientes hasta 2º grado por afinidad, consanguinidad o adopción que conviva con el empresario, excepto asalariados. Consejeros de sociedades, si no realizan otras funciones, sólo son socios. Los autónomos. Los agentes comerciales sin salario fijo, a comisión total.

10 Relaciones Laborales Especiales Personal de Alta Dirección Empleados al servicio del hogar familiar Deportistas profesionales Penados en instituciones penitenciarias Artistas en espectáculos públicos Estibadores Portuarios Representantes de Comercio sin asumir riesgos Discapacitados en Centros Especiales de Empleo Médicos Residentes (MIR)...

11 El Autónomo Persona física, mayor de 18 años, que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores a su cargo, de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y sin depender de otra persona o empresa.

12 Colectivos incluidos en el RETA: Trabajadores que poseen un negocio propio. Profesionales colegiados con despacho propio. Percibir una contraprestación económica por su trabajo. Administradores y Gerentes de Sociedades si poseen el control de más del 50% de la empresa (solos o junto a su familia). Cónyuge y familiares hasta 2º grado por afinidad o consanguinidad que colaboran con el autónomo o profesional y no son asalariados.

13 El Autónomo Cotiza a la Seguridad Social mensualmente por una base mínima de 954,55 o una máxima de 3.751,26 al mes. Siendo el tipo de cotización: el 29,90% con protección de Incapacidad Temporal y Riesgo durante el embarazo y la lactancia. Cuota mínima al mes: 285,41 (esta el la cuota que pagan el 86% de los autónomos en España). Cuota máxima al mes: 1.121,63 Puede solicitar cambio de bases 2 veces al año. Existen bonificaciones o reducciones por: edad, por haber cotizado antes en otro régimen, por ser vendedor ambulante, trabajador agrario autónomo

14 TRADE Persona física que realiza una actividad económica o profesional buscando un lucro, de forma habitual, personal, directa, por cuenta de un cliente, del que recibe, al menos, el 75% de sus ingresos por el trabajo prestado.

15 Requisitos del TRADE: No tener trabajadores a su cargo. Disponer de material y recursos propios para ejercer la actividad. Percibir una contraprestación económica por su trabajo. Al menos el 75% de sus ingresos corresponden a un solo cliente. Se formaliza contrato escrito y se registra en el SPEE en un plazo de 10 días hábiles. Debe concertar con una mutua: AT y EP y Desempleo.

16 Fuentes del Derecho del Trabajo Internas

17 La Constitución Española DERECHOS FUNDAMENTALES * Derecho a la Huelga * Derecho a no ser discriminado por razón de sexo, raza, religión... * Derecho a afiliarse a un sindicato libremente y a fundar sindicatos DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS CIUDADANOS * Derecho al trabajo * Derecho a un salario justo * Derecho a la promoción * Derecho a elegir empresa... * Derecho a la negociación colectiva PRINCIPIOS QUE RIGEN LA POLÍTICA ECONÓMICA * Régimen público de Seguridad Social * Velar por la seguridad e higiene en el trabajo * Limitación de la jornada, vacaciones retribuidas, descansos...

18 Emanadas de las CORTES GENERALES

19 LEYES ORGÁNICAS Desarrollan derechos fundamentales recogidos en la Constitución: Aprueban los Estatutos de Autonomía El Derecho a la huelga Ley de Libertad Sindical. * Se aprueban por mayoría absoluta * * Se necesitan como mínimo 176 votos *

20 LEYES ORDINARIAS Regulan el resto de derechos: - Ley General de la Seguridad Social - Ley de Empleo - Ley de Prevención de Riesgos Laborales * Se aprueban por mayoría simple *

21 Normas emanadas del GOBIERNO

22 Real Decreto Ley Son normas provisionales dictadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad. No pueden afectar a materias que son propias de leyes orgánicas. Después deben presentarse ante el Congreso para que lo convalide o ratifique.

23 Real Decreto Legislativo Los elabora el Gobierno por delegación parlamentaria. Unifica varias leyes en una sola, por ejemplo el Estatuto de los Trabajadores.

24 REGLAMENTOS Son normas con rango inferior a las leyes. Son dictadas por el Gobierno, los ministros, etc. Desarrollan las leyes, las concretan más. Por ejemplo: Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, Orden Ministerial, aprobada por un Ministro concreto

25 El Convenio Colectivo Acuerdo escrito, negociado entre los representantes de la empresa y de los trabajadores por el cual se regula las condiciones y las normas de convivencia laborales en la empresa o sector correspondiente.

26 El Contrato de Trabajo Acuerdo entre empresario y trabajador para la prestación de unos servicios laborales por cuenta ajena y en régimen de dependencia a cambio de un salario.

27 Usos y Costumbres Laborales Normas de conducta repetitivas no escritas, aceptadas por todos. Sólo se aplican en ausencia de disposiciones legales y siempre que se practiquen de forma reiterada a lo largo del tiempo. Deben reunir 2 condiciones: LOCAL Son costumbres propias de una localidad concreta. PROFESIONAL Referidas a una determinada profesión, oficio, rama de producción, sector...

28 Fuentes del Derecho del Trabajo Externas

29 La UE en materia laboral LIBRE CIRCULACIÓN De trabajadores por cuenta ajena y de prestación de servicios de autónomos (con una trayectoria profesional mínima de 3 a 6 años). CONDICIONES LABORALES COMUNES Contratos escritos, edad para trabajar, salud laboral... CUALIFICACIONES PROFESIONALES Títulos reconocidos mutuamente. ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA Poder presentarse a oposiciones en cualquier país miembro, excepto: Alta Administración, Policía, Ejército... FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES A través del FSE se llevan a cabo actividades de formación subvencionadas.

30 Normas de la Unión Europea Desde que España ingresó en la UE en 1986 la normativa de la UE está por encima incluso de la Constitución Española (habría que cambiar ésta para adaptarla a la normativa europea). Las Directivas son las normas de la UE más comunes, son obligatorias para los 27 países miembros de la UE. Éstas fijan unos mínimos, pero luego cada país puede mejorarlos. Aprobada una Directiva, se da un plazo para que todos los países la trasladen a su normativa interna.

31 Tratados Internacionales Primero son ratificados por España y luego pasan a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico. (ratificar = dar consentimiento) Los más destacados son los Convenios de la OIT, que aprueban normas mínimas dirigidas a países de todo el mundo, y luego cada país lo tiene que ratificar (muy a menudo son normas demasiado mínimas, se quedan cortas para países desarrollados).

32 Principios Generales del Derecho

33 Son reglas de sentido común aplicadas por los tribunales: JERARQUÍA NORMATIVA Las normas de rango superior están por encima de las normas de rango inferior, por lo que no pueden contradecirlas. NORMA MÍNIMA Las normas de rango superior marcan unas condiciones mínimas que las normas de rango inferior pueden mejorar, pero nunca empeorarlas. NORMA MÁS FAVORABLE Si existen varias normas del mismo rango aplicables a un caso, se aplica la que en su conjunto sea más favorable para el trabajador.

34 IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS El trabajador no puede renunciar a los derechos reconocidos en las normas legales ni en convenios. IN DUBIO PRO OPERARIO Si el tribunal tiene dudas a la hora de interpretar una norma, lo hará de la forma más beneficiosa para el trabajador. CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA Los pactos entre empresa y trabajador más beneficiosos para éste último, se mantendrán frente a futuros cambios normativos.

35 DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

36 No discriminación en las relaciones laborales Protección eficaz en materia de seguridad e higiene en el trabajo Afiliación a un sindicato Negociación colectiva Reunión y asociación Ejercicio de Huelga Respeto de su intimidad y protección frente a ofensas verbales, físicas o de naturaleza sexual Promoción y formación profesional Recibir puntualmente su salario pactado Reclamar judicialmente sus derechos Resistencia ante situaciones de riesgo grave e inminente

37 DEBERES DE LOS TRABAJADORES

38 Actuar con buena fe (honestidad) Actuar con diligencia (prestar cuidado y atención en su trabajo) No realizar competencia desleal con la empresa Contribuir a la mejora de la productividad empresarial Tomar las medidas preventivas frente a riesgos laborales Cumplir las órdenes e instrucciones empresariales, siempre que éstas sean legales.

39 Podemos desobedecer Órdenes? Si afectan a la vida privada. Si atentan a la dignidad personal. Si resultan peligrosas y suponen un riesgo grave para la salud. Si afectan a los derechos irrenunciables. Si son ilegales.

40 PODER DE DIRECCIÓN Y PODER DISCIPLINARIO

41 Poder de Dirección y Vigilancia: El empresario tiene la facultad para: * Dar órdenes e instrucciones * Establecer normas de conducta * Registros personales y sobre los bienes de trabajadores. * Colocar Sistema de Video vigilancia. * Control del correo electrónico y uso de ordenadores * Vigilar el estado de enfermedad alegado por el trabajador

42 Poder Disciplinario: El empresario puede sancionar al trabajador por incumplimiento del deber mediante: * Amonestación verbal o escrita * Traslados forzosos * Pérdida de categoría profesional o antigüedad * Suspensión de empleo y sueldo * Despido disciplinario...

43 Sanciones Prohibidas Reducir la duración de las vacaciones. Minoración del derecho al descanso. Descuentos salariales (salvo la reducción de empleo y sueldo).

44 LEVES * Prescriben a los 10 días GRAVES * Prescriben a los 20 días MUY GRAVES * Prescriben a los 60 días I n f r a c c i o n e s NOTAS SOBRE LA PRESCRIPCIÓN: 1. El plazo empieza a contar desde el momento en que el empresario conoce que se ha cometido la falta. 2. Todas las faltas prescriben a los 6 meses desde que se cometen.

45 Quién nos obliga a cumplir la normativa laboral?

46 LA ADMINISTRACIÓN LABORAL * Ministerio de Empleo y S. Social * Consejería de Educación y Empleo * La Inspección de Trabajo y S. Social, órgano que fiscaliza el cumplimiento de la normativa laboral. Sus funciones son: 1. Asesorar a trabajadores y empresarios. 2. Mediar en los conflictos colectivos de trabajo. 3. Investigar infracciones en materia laboral, de S.S, higiene y salud laboral, de emigración y trabajo de extranjeros Emitir informes en AT 5. Adoptar medidas de seguridad e higiene urgentes que protejan al trabajador

47 Competencias de los Inspectores de Trabajo: Vigilancia del cumplimiento de: * Normas de Prevención de Riesgos Laborales * Normas de Seguridad Social * Ley de Extranjería * Normas de Contratación * Normativa de Empleo en general...

48 CÓMO ACTUAN?: * Denuncia ordinaria escrita * A través del Buzón del fraude * Por comunicación entre organismos * Campañas de vigilancia * Por iniciativa propia

49 LA JURISDICCIÓN SOCIAL * Poder Judicial: órgano encargado de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. * Dentro del Poder Judicial se hallan los Tribunales Laborales que se encargan de resolver los conflictos laborales. * La Constitución reconoce el derecho a obtener la tutela judicial efectiva para la defensa de sus intereses * La Ley de Procedimiento Laboral reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita a quien carece de recursos.

50 Los Tribunales Laborales TRIBUNAL SUPREMO AUDIENCIA NACIONAL Sala IV de lo Social SEDE EN MADRID Sala de lo Social SEDE EN MADRID TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA COMUNIDADES AUTÓNOMAS JUZGADOS DE LO SOCIAL SEDE EN LA CAPITAL DE PROVINCIA El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - Está fuera del Poder Judicial. Resuelve Recursos de Amparo por violación de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución.

51 Juzgado de lo Social Resuelve conflictos laborales individuales y colectivos que no supere el ámbito provincial.

52 Tribunal Superior de Justicia Resuelve RECURSOS DE SUPLICACIÓN contra sentencias de los Juzgados de lo Social. Reclamaciones frente a un ERE, algunas materias sindicales. Un TSJ por C. Autónoma (aunque en Andalucía hay 2).

53 Audiencia Nacional Resuelve conflictos colectivos y sindicales. Su ámbito excede el de una comunidad autónoma. Sede: Madrid

54 Tribunal Supremo Resuelve RECURSOS DE CASACIÓN contra sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA y de la Audiencia Nacional. Unifica doctrina. Sede: Madrid

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