PROYECTO DE DEMOCRACIA
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- Elena Parra Duarte
- hace 7 años
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1 PROYECTO DE DEMOCRACIA LA DEMOCRACIA COMO MECANISMO DE PARTICIPACIÓN ESCOLAR Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. MG. ISRAEL CASTAÑEDA PACHÓN RECTOR M.G. CARMEN ROSA ROJAS CASTILLO COORDINADORA L.C. GLORIA JANETH LESMES MELO COORDINADORA DEL PROYECTO INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMÓN BOLÍVAR LENGUAZAQUE FARACÍA RETAMO 2017 Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 1 de 15
2 INTRODUCCIÓN Educar en la democracia es construir camino para garantizar la paz, la igualdad de oportunidades y la participación en la toma de decisiones que afecten a una comunidad. La Constitución Política de Colombia en el artículo 41 hace referencia a que, en todas las instituciones públicas y privadas, es de carácter obligatorio el estudio de la catedra de democracia, así mismo se debe fomentar la práctica democrática para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana activa. El presente proyecto La democracia como mecanismo de participación escolar y resolución de conflictos., será un instrumento que motive una activa democracia participativa de los diferentes integrantes de la comunidad educativa de la Institución Rural departamental Simón Bolívar, de Lenguazaque, en las elecciones de los diferentes órganos representativos del Gobierno Escolar, que regirán los procesos democráticos de la Institución. Impulsando la formación de líderes en valores, sentido de pertenencia, patriotismo, responsabilidad y honestidad, en donde se exprese la riqueza intelectual, el equilibrio personal y la voluntad de servir con liderazgo a la sociedad. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 2 de 15
3 1. JUSTIFICACIÓN Colombia se ha consolidado en su forma de gobierno como una de las democracias más antiguas de América, orientada bajo los diversos artículos de nuestra Carta Magna, la Constitución Política, que regula el funcionamiento del Estado y propicia el respeto por los Derechos Humanos. El anhelo más grande de los colombianos es la consecución de una verdadera paz y convivencia basada en el respeto por la vida, las normas, las leyes, la tolerancia, aspectos que rigen la vida en comunidad; en la pluralidad, y la valoración de las diferencias que parten del reconocimiento y disfrute de la diversidad humana. Es así como la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), el Decreto 1860 de agosto 3 de 1.994, plantean la conformación del gobierno escolar, como pilar fundamental para nuestra vida en convivencia. Reglamentados por las Leyes, decretos y ordenanzas expedidas por el Congreso de la República, Ministerio de Educación Nacional y la Asamblea Departamental respectivamente. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, uno de los Fines de la educación colombiana promulga la formación en el respeto a la vida, y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y la libertad. La Ley General de Educación en su artículo 13, hace referencia a que el objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos es el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a fomentar en la institución educativa prácticas democráticas para el aprendizaje principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y responsabilidad. Para la consecución de lo anteriormente expuesto los estudiantes de la Institución Rural Departamental Simón Bolívar, de Lenguazaque, serán artífices fundamentales de los diversos procesos democráticos y participativos a desarrollarse en su contexto, que los lleven en su proyecto de vida a ser líderes positivos que actúen en beneficio de los demás y en pro de su Institución, que transiten por los senderos de la tolerancia, la autonomía, el respeto y la responsabilidad. Demostrando así el sentido de pertenencia, y amor por su Institución. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 3 de 15
4 2. OBJETIVOS 2.1. Objetivo general Conocer y participar activamente en la conformación o elección de los diferentes organismos democráticos de la Institución Educativa Rural Departamental Simón Bolívar, de Lenguazaque, según la normatividad Objetivos específicos Organizar y realizar la elección de representantes a los órganos colegiados de la institución Propiciar la participación activa de cada uno de los integrantes de los órganos colegiados de la institución Capacitar a cada uno de los integrantes de cada uno de los consejos de la institución en temáticas de gobierno escolar, normatividad y funciones. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 4 de 15
5 3. FUNDAMENTO TEÓRICO La Democracia es una forma de gobierno, es el predominio del pueblo en el gobierno de un estado. Pero es también una forma de vida fundada en el respeto a la dignidad de cada persona. Democratizarse es asumir como individuos y como colectivo otra manera de ser, que se ve a los otros tan válidos como a nosotros mismos. Los principios más importantes de la ética civil y la democracia son: El respeto y la valoración de la diferencia. La igualdad entre géneros, etnias y credos. La prevalencia del interés colectivo sobre el interés individual y personal. La tolerancia. La no-violencia en la solución de conflictos. La solidaridad. El acatamiento, por parte de todos, de las normas establecidas democráticamente. La autonomía electoral. La armonía con la naturaleza. El respeto a los derechos y libertades fundamentales. La participación activa consciente. Democracia y vida cotidiana: La democracia se vive a través de la relación con los otros o sea a través de la vida en sociedad. La manera de recibir, aceptar, apropiarnos, transformar y entregar valores y principios, reglas y actitudes es lo que llamamos Socialización, es decir, la manera como aprendemos a ser parte de nuestra sociedad. Espacios de socialización y democracia: La familia, los otros, la comunidad y la escuela. La democracia en el ambiente escolar es hacer referencia a una opción de entablar relaciones con los otros, para actuar como sujetos de derecho pleno y a participar en las determinaciones. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 5 de 15
6 La participación democrática en la educación: El gobierno escolar y la esfera de lo público, es una forma para el ejercicio de la democracia al interior de la escuela; debe construirse de manera donde sea posible la participación de todos y todas en la toma de decisiones. el estudiante en la vida escolar: La institución educativa cuenta con espacios específicos de participación democrática activa del estudiante: Consejo de estudiantes, Consejo Directivo y personería. Desde la Constitución política Nacional de se le asigna una función democrática a toda organización institucional cuando en el preámbulo señala: Colombia es una nación organizada, en forma de republica unitaria democrática, participativa y pluralista, asegurando entre los ciudadanos una convivencia sana con trabajo, vida y paz. En concordancia con el espíritu democrático y los principios de descentralización y participación de la Constitución, la Ley General de Educación y sus reglamentaciones (Decreto 1860, agosto 3 de 1994) dispusieron la creación del gobierno escolar en cada establecimiento educativo para asegurar la participación organizada y responsable de los integrantes de la comunidad educativa en los diferentes ámbitos de decisión de la institución. Con lo anterior se busca que el PEI sea concertado por directivos, docentes, padres de familia, estudiantes, egresados y representantes del sector productivo local. Asimismo, que las pautas que orientan los procesos curriculares, de evaluación y promoción, así como de convivencia, sean conocidas y compartidas. Esto fortalece la identidad institucional y brinda las condiciones esenciales para que todos trabajen en una misma dirección: la definida en el Proyecto Educativo Institucional. La Institución Educativa Rural Departamental Simón Bolívar, cuenta con el gobierno escolar como mecanismo de expresión de la democracia, sustentado en el artículo 68 de la Constitución política, la Ley General de Educación, los Decretos y leyes que regulan su eficaz funcionamiento, para lo cual se dispone de: Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 6 de 15
7 órganos del gobierno escolar: (Ley General de Educación, Artículo 142; Decreto Número 1860 de agosto de 1994). El gobierno escolar en los establecimientos educativos estatales estará constituido por los siguientes órganos: El consejo directivo: (Ley General de Educación, artículos 143, 144; Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, artículos 21 y 23), encargado de tomar las decisiones relacionadas con el funcionamiento institucional: planear y evaluar el PEI, el currículo y el plan de estudios; adoptar el manual de convivencia; resolver conflictos entre docentes y administrativos con los estudiantes; definir el uso de las instalaciones para la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales; aprobar el presupuesto de ingresos y gastos, entre otras. El consejo académico: (Ley General de Educación, artículo 145; Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, artículo 24) responsable de la organización, orientación pedagógica, ejecución y mejoramiento del plan de estudios; así como de revisar y hacer ajustes al currículo, y participar en la evaluación institucional anual. El rector: (Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, artículo 25), encargado de dirigir y orientar la ejecución del PEI con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa, responder por la calidad de la prestación del servicio, presidir los consejos directivo y académico, coordinar los demás órganos del gobierno escolar, además de formular y dirigir la ejecución de los planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad. También debe representar al establecimiento ante las autoridades y la comunidad educativa, dirigir el trabajo de los equipos de docentes, proponer a los profesores que recibirán capacitación, administrar los recursos humanos de la institución, distribuir las asignaciones académicas y demás funciones del personal, realizar la evaluación anual del desempeño y rendir informes semestrales al Consejo directivo. La asamblea general de padres de familia: conformada por todos los padres del establecimiento, quienes son los responsables del ejercicio de sus derechos y deberes en relación con el proceso educativo de sus hijos. El consejo de padres de familia: cuyas principales funciones son: involucrarse en la elaboración de los planes de mejoramiento; contribuir con el rector o director en el análisis, Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 7 de 15
8 difusión y uso de los resultados de las pruebas SABER y el examen de Estado; presentar propuestas para actualizar el manual de convivencia; apoyar actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en distintas áreas. El comité de convivencia: es un órgano consultor del consejo directivo y del rector o director, encargado de asesorar a estas instancias en la resolución de situaciones relacionadas con la convivencia y la disciplina. Está conformado por representantes de todos los estamentos de la comunidad educativa. Entre las atribuciones de este comité están: realizar actividades y talleres para fomentar la convivencia y los valores; divulgar los derechos fundamentales, así como los de los niños, niñas y adolescentes; instalar mesas de conciliación para la resolución pacífica de conflictos; y hacer seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el manual de convivencia. Comité de evaluación y promoción: (Capítulo VI Decreto 1860 de 1994 Articulo 8 Decreto 230 de 2002): El Consejo Académico conformará para cada grado una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades. Personero estudiantil: alumno de 11º grado seleccionado para promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes establecidos en la Constitución, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. El representante y el personero estudiantil, cumplirán sus funciones durante el año escolar para el cual fueron elegidos y permanecerán ejerciendo el cargo y funciones establecidas en el Decreto 1860 de 1994, hasta cuando se elijan los nuevos líderes estudiantiles que los sustituirán. Los estudiantes podrán elegir y aspirar a su elección en los siguientes cargos: Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 8 de 15
9 Representantes estudiantiles Consejo Estudiantil Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo Personero estudiantil Monitor de área Monitor de curso Contralor estudiantil: (según la ordenanza 032 de diciembre 24 de 2008, Art.4): Será el encargado de promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de dichos recursos. Consejo estudiantil: De acuerdo con el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994, es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes y debe estar integrado por un vocero de cada una de las Sedes y cada uno de los grados de la Institución. Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursen estos grados. Una vez elegidos los representantes de cada curso, están en facultad de elegir a su representante de los estudiantes para el Consejo Directivo, entre los estudiantes del último grado. El estudiante que salga elegido no podrá ser candidato a la Personería Estudiantil. La elección de candidatos queda registrada en actas y formatos igualmente la de los representantes al gobierno escolar. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 9 de 15
10 4. ACTIVIDADES Para desarrollar el proceso democrático de elección de líderes estudiantiles, en la Institución Rural departamental Simón Bolívar, se realizarán las siguientes actividades: 1. Elección de los representantes al consejo directivo, consejo de padres, consejo estudiantil, comité de convivencia escolar y comité de alimentación escolar. Mediante el voto directo cada grupo de la comunidad educativa elegirá a sus representantes a los diferentes consejos institucionales. 2. La docente del área de ciencias sociales organizara el proceso, diligenciara actas y entregara informes a rectoría y coordinación. 3. Capacitación de los representantes de cada uno de los entes colegiados de la institución con el fin de fomentar la participación activa de cada uno de ellos. 4. La docente del área de ciencias sociales elaborará los talleres de capacitación, junto con el cronograma de actividades a realizarse en dicha actividad y los entregará con no menos de 15 días de anticipación a rectoría para ser revisados y convocar a la comunidad para la realización de la capacitación. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 10 de 15
11 5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES No. ACTIVIDAD 1 ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ENERO 10, 23 FEBRER O 24 MARZ O ABRI L MAY O JUNI O FECHAS JULI O AGOST O SEPTIEMBR E OCTUBR E NOVIEMBR E DICIEMBR E COORDINADOR GLORIA JANETH LESMES MELO 2 POSESION PERSONERO Y CONTRALOR 6 GLORIA JANETH LESMES MELO 3 CAPACITACIÓN GOBIERNO ESCOLAR GLORIA JANETH LESMES MELO Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 11 de 15
12 6. PRESUPUESTO En la ejecución de las diversas actividades programadas en el proyecto de democracia, el presupuesto a tener en cuenta, para el año escolar 2017 será el siguiente: INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMÓN BOLÍVAR PRESUPUESTO PROYECTO DE DEMOCRACIA DESCRIPCIÓN VALOR PAPELERÍA $ FOTOCOPIAS $ LAPICEROS $ TOTAL $ Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 12 de 15
13 7. RECURSOS Humanos: Directivos, personera municipal, comisaria de familia, docentes, estudiantes, padres de familia Físicos: Aulas, espacios recreativos, salón de audiovisuales. Pedagógicos: documentos, talleres, lecturas, Constitución Política, Ley General de Educación, Código de Infancia y Adolescencia, PEI de la Institución, Manual de Convivencia. Tecnológicos: televisor, videos, video ben, computadores, USB, grabadora. Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 13 de 15
14 8. EVALUACIÓN Terminada cada una de las actividades propuestas los responsables de la ejecución de esta aplicarán a una muestra representativa el acta Institucional SB Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 14 de 15
15 9. BIBLIOGRAFÍA CONGRESO DE COLOMBIA, LEY N (15, marzo, 2013) Por el cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación escolar. Bogotá D.C., 25 p. COLOMBIA. MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, Decreto N (11, septiembre, 2013) "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar". Bogotá D.C., p. COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. LEY 1098 (8, noviembre, 2006). Código de la Infancia y la Adolescencia. Diario Oficial. Bogotá D.C., N p. COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. LEY 115 (8, febrero, 1.994). Por la cual se expide la Ley General de Educación. Bogotá D.C P COLOMBIA. MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, Decreto N (3, agosto, 1.994). Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos organizativos generales. Santafé de Bogotá D.C P CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA Bogotá Colombia. Imprenta Nacional. 296 pág. Edición ASAMBLEA DE CUNDINAMARCA, Ordenanza N de Por la cual se crea la Contraloría Escolar en la Instituciones Oficiales del Departamento de Cundinamarca. 6 p. MALDONADO ZAMUDIO, Carlos Alberto, et al. Interactivo Sociales 4, Bogotá, Editorial Santillana S.A., Contribuimos con la educación rural de Colombia Página 15 de 15
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