Precisiones sobre la Aplicación del Flujo Bidireccional en el Método de los Factores de Distribución Topológicos

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1 GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA AV. CANADA N SAN BORJA FAX Precisiones sobre la Aplicación del Flujo Bidireccional en el Método de los Factores de Distribución Topológicos Lima, marzo de 2008

2 Resumen Ejecutivo i. Antecedentes Mediante la Resolución N P/CTE se estableció la aplicación del método de los Factores de Distribución Topológicos (en adelante Método FDT ) para el Sistema Secundario de Transmisión (en adelante SST ) Mantaro Lima. Mediante la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se fijaron las tarifas y compensaciones del SST Mantaro Lima y Chilca San Juan, precisándose que la aplicación del Método FDT sea realizada por Red de Energía del Perú (en adelante REP ). Mediante la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se precisó que; para todas las instalaciones del SST cuya asignación de pago se realiza mediante los Factores de Distribución Topológicos, no se debe tener en cuenta el flujo preponderante de energía, y que, para la asignación de pago por este método se debe considerar a los generadores que hacen uso de estas instalaciones en ambos sentidos. Las empresas Kallpa Generación S.A. y Enersur S.A. cuestionan el cálculo efectuado por REP, condicionando el pago de las facturas y/o pagando un monto menor al facturado por REP. Con fecha 06 de setiembre de 2007, REP presentó un informe, mediante el cual expone los criterios que viene aplicando para la asignación de compensaciones de transmisión a los generadores, mediante el uso del Método FDT, a fin de que OSINERGMIN efectúe precisiones sobre dicha aplicación. Con fecha 14 de setiembre de 2007, OSINERGMIN puso a consideración de los interesados mediante el oficio múltiple N GART, el informe presentado por REP, a fin de que remitan sus comentarios y sugerencias Topológicos Página 3 de 17

3 sobre el tema, estableciendo como plazo máximo para la recepción de comentarios, el 01 de octubre de Se recibieron las opiniones y sugerencias remitidas por las empresas EDEGEL S.A.A, ELECTROANDES S.A., ELECTROPERÚ S.A., ENERSUR S.A., ETESELVA S.R.L. y KALLPA GENERACIÓN S.A. dentro del plazo establecido. ii. Análisis La aplicación del Método FDT considera como premisa fundamental que los diferentes ingresos o inyecciones contribuyen a las diferentes salidas o retiros de manera proporcional, debiendo cumplirse con la Ley de Kirchhoff, para un solo intervalo de medición. Por lo tanto, para cada intervalo de medición de 15 minutos, siempre debe existir el balance de energía a fin de cumplir con dicha Ley, de tal forma que, se defina el sentido de los flujos que permitan identificar la proporción de uso de los generadores. En los casos donde se producen cambios de sentido de flujo dentro de un intervalo de 15 minutos, no es factible hacer una distinción del uso de dos mediciones dentro de dicho intervalo, debido a que no se lograría cumplir con el balance de energía por barra para el conjunto de líneas a los cuales se aplica el Método FDT Al respecto, cabe señalar que, dentro de un intervalo de 15 minutos en un determinado punto de medición, los medidores no registrarían el momento en que se produce el cambio de sentido, registrándose solamente los valores de energía en cada sentido en los respectivos canales de envío y de recepción, no siendo necesariamente coincidente en el tiempo con los registros de los otros puntos de medición, en canales similares. Asimismo, considerando que la aplicación del Método FDT es extensivo a nivel nacional, para el caso de instalaciones que son remuneradas por la generación; hacer un balance dentro de cada intervalo de 15 minutos, en el cual se presenta cambio de flujo, podría generar considerables esfuerzos e imprecisiones que no aportan beneficios a su aplicación práctica. iii. Conclusiones Se recomienda precisar que el criterio de flujo en ambos sentidos, a que se refiere la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, a emplearse en la aplicación del Método FDT, debe hacer uso de la información de los registros de los medidores de energía para cada intervalo de 15 minutos. Asimismo, para los casos en que se produzcan cambios de flujo dentro de un intervalo de 15 minutos, se recomienda precisar que, se debe considerar el flujo de energía neta, a fin de mantener el criterio de balance de energía en cada barra del sistema eléctrico. Topológicos Página 4 de 17

4 INDICE 1. INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES OBJETIVO MARCO LEGAL PROBLEMÁTICA PROPUESTA DE REP Método de los FDT Aplicación OPINIONES DE LOS AGENTES Edegel Electroandes Electroperú Enersur Eteselva Kallpa ANÁLISIS DE OSINERGMIN CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN Topológicos Página 5 de 17

5 1. Introducción 1.1. Antecedentes Mediante la Resolución N P/CTE se estableció la aplicación del método de los Factores de Distribución Topológicos (en adelante Método FDT ) para el Sistema Secundario de Transmisión (en adelante SST ) Mantaro Lima. Con resolución OS/CD se fijaron las compensaciones por las instalaciones del Sistema Secundario de Transmisión. Entre otros aspectos se determinó que la asignación del pago de compensaciones se realice mediante el Método FDT; Mediante la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se fijaron las tarifas y compensaciones del SST Mantaro Lima y Chilca San Juan, precisándose que la aplicación del Método FDT sea realizada por Red de Energía del Perú (en adelante REP ). Asimismo, se dispuso que para el caso de las instalaciones no incluidas en esta resolución se mantengan vigentes, hasta el 30 de abril de 2009, las tarifas y compensaciones fijadas mediante la resolución OS/CD; Mediante la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se precisó que; para todas las instalaciones del SST cuya asignación de pago se realiza mediante los Factores de Distribución Topológicos, no se debe tener en cuenta el flujo preponderante de energía, y que, para la asignación de pago por este método se debe considerar a los generadores que hacen uso de estas instalaciones en ambos sentidos. Las empresas Kallpa Generación S.A. (en adelante KALLPA ) y Enersur S.A. (en adelante ENERSUR ) cuestionan el cálculo del Método FDT efectuado por REP, condicionando el pago de las facturas y/o pagando un monto menor al facturado por REP. Topológicos Página 6 de 17

6 Con fecha 06 de setiembre de 2007, REP presentó un informe, mediante el cual expone los criterios que viene aplicando para la asignación de compensaciones de transmisión a los generadores, mediante el uso de los FDT, a fin de que OSINERGMIN efectúe precisiones sobre dicha aplicación. Con fecha 14 de setiembre de 2007, OSINERGMIN puso a consideración de los interesados mediante el oficio múltiple N GART, el informe presentado por REP, a fin de que remitan sus comentarios y sugerencias sobre el tema, estableciendo como plazo máximo para la recepción de comentarios, el 01 de octubre de Se recibieron las opiniones y sugerencias remitidas por las empresas EDEGEL S.A.A, ELECTROANDES S.A., ELECTROPERÚ S.A., ENERSUR S.A., ETESELVA S.R.L. y KALLPA GENERACIÓN S.A. dentro del plazo establecido; 1.2. Objetivo El presente informe tiene por objeto analizar la problemática que resulta de la aplicación del Método FDT, así como, el análisis de las opiniones recibidas y de la información disponible, y recomendar las precisiones sobre la aplicación de los FDT. En lo que sigue del presente informe, se presenta el análisis técnicoeconómico efectuado por OSINERGMIN y se establecen las conclusiones y recomendaciones al respecto Marco Legal El presente informe se ha elaborado teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en el siguiente marco legal regulatorio: Ley 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación. Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante LCE ). Decreto Supremo N EM, Reglamento de la Ley de Concesiones. Decreto Supremo EM (en adelanta DS-027 ). Reglamento de Transmisión Eléctrica. Ley N 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N PCM. y Ley N 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. Topológicos Página 7 de 17

7 1.4. Problemática Las empresas generadoras responsables del pago de las compensaciones de transmisión, han presentado observaciones a los cálculos realizados por REP, en lo referente a los criterios para el procesamiento de los datos de las mediciones que son empleados en los cálculos de las compensaciones mediante el Método FDT. En este sentido, la empresa KALLPA menciona en su carta remitida a REP, que procede con el pago de las facturas condicionando dichos pagos a que si hubieran diferencias posteriores, se les hará saber para que se emita la nota de abono respectiva. Asimismo, la empresa ENERSUR en su carta remitida a REP, manifiesta tener diferencias con los cálculos realizados por REP, para el tramo comprendido entre las subestaciones Independencia y Chilca, procediendo a devolver las facturas por las siguientes razones: - Las compensaciones se han efectuado en base a registros netos de los medidores tanto a la salida como a la llegada de cada línea, ocasionando incoherencias en los flujos para determinados intervalos. - ENERSUR ha considerado en los cálculos, los flujos de envío y recepción de cada uno de los medidores, no habiendo encontrado ninguna incoherencia, debido a que siempre el envío es mayor a la recepción. REP menciona que ENERSUR no ha reconocido el total de las compensaciones, siendo menor en 3,18% del total facturado por REP. Por estas razones, con fecha 06 de setiembre de 2007, REP presentó un informe, mediante el cual expone los criterios que viene aplicando para la asignación de compensaciones de transmisión a los generadores, mediante el uso del Método FDT, a fin de que OSINERGMIN efectúe precisiones sobre dicha aplicación Propuesta de REP Señala que la Ley modificó el Artículo 62 de la LCE retirando el segundo párrafo que hacía referencia a la utilización del flujo preponderante (unidireccional) para el reparto de las compensaciones de transmisión. Asimismo, menciona que mediante la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se modificó el criterio de flujos unidireccionales (asociados al concepto de flujo preponderante) considerados hasta abril de 2007, utilizándose a partir de dicha fecha el criterio de flujos bidireccionales (que considere además el sentido opuesto al flujo preponderante) en la aplicación del FDT. Seguidamente manifiesta que con la introducción del flujo bidireccional, REP únicamente modificó el criterio del sentido de flujo de unidireccional a bidireccional, manteniendo los criterios sobre las mediciones aplicadas. Topológicos Página 8 de 17

8 Método de los FDT Según indica REP, el principio fundamental del Método FDT, es que los flujos de las barras a ser procesadas, deben encontrar cumplimiento en la Ley de Kirchoff, de tal manera que haya un balance de los flujos en cada intervalo a ser analizado. Para tal fin, REP aplica los siguientes criterios: - Se emplean los registros de los medidores en intervalos de 15 minutos; los cuales están configurados de manera tal que permite el registro del consumo de energía por canales de envío y de recepción, dentro de un intervalo de 15 minutos. - Para cada registro se debe definir si el flujo corresponde a un ingreso o retiro. - Para la determinación de los flujos, es necesario determinar el valor neto 1 de energía en cada intervalo. - Si se trabajara con datos por canales, se podrían generar dos casos en un mismo intervalo. Sin embargo, cuando se trabaja con valores netos, se define un solo sentido de flujo. Ver ejemplo. 1 El valor neto viene dado por la diferencia de los consumos registrados en los canales de envío y de recepción. Topológicos Página 9 de 17

9 - Para cada intervalo, se determina si existe equilibrio y correspondencia de flujos. Aquellos periodos que no cumplen con estas condiciones, no son consideradas en los cálculos. - Se considera que un intervalo está en equilibrio cuando el error de las inyecciones menos los retiros, no supera el error de 0,05 definido. Ver ejemplo. - No se considera los periodos donde no exista correspondencia de flujos. - Si se consideran los casos en los cuales el flujo de envío es menor al de recepción Aplicación La aplicación resumida que viene empleando REP para la determinación de los FDT, es como se muestra en el siguiente diagrama. Topológicos Página 10 de 17

10 Recopila información de medidores Registro de energía por canales de envío y recepción Cálculo de valores de energía Verificación de balance de flujos (error<0,05) Se determina el valor neto Por diferencia entre los canales. Se establece un sentido único de flujo Por cada instalación, se determina la suma de energía que inyecta cada generador a dicha instalación. Con el total de energía, se determina el % de participación de cada central. Correspondencia de flujos (15 minutos) Según método FDT, se reparte proporcionalmente por cada intervalo Se determina el % de participación de la generación de una instalación de transmisión Se determinan las compensaciones que cada titular de generación debe pagar por la transmisión 1.6. Opiniones de los Agentes OSINERGMIN puso a consideración de los interesados mediante el oficio múltiple N GART de fecha 14 de setiembre de 2007, el informe presentado por REP, a fin de que los agentes remitan sus comentarios y sugerencias sobre el tema, estableciendo como plazo máximo para la recepción de comentarios, el 01 de octubre de Dentro del plazo establecido, se recibieron las opiniones de las empresas EDEGEL S.A.A, ELECTROANDES S.A., ELECTROPERÚ S.A., ENERSUR S.A., ETESELVA S.R.L. y KALLPA GENERACIÓN S.A., siendo estas las siguientes: Edegel En resumen, Edegel remitió las siguientes opiniones: - Señala que existe imprecisión al distinguir los flujos en ambas direcciones. - Señala que existe imprecisión en los medidores (utilización de tecnologías diferentes) Electroandes En resumen, Electroandes remitió las siguientes opiniones: - El procedimiento se debe aplicar en cada extremo de la LT, considerando la energía inyectada y total de energía. - La energía total es la suma de inyecciones en ambos extremos, que puede considerarse como total de energía transmitida por la LT. Topológicos Página 11 de 17

11 - Los registros cada 15 minutos, no considera el total de energía transmitida en ambas direcciones Electroperú En resumen, Electroperú remitió las siguientes opiniones: - El procedimiento se debe aplicar en cada extremo de la LT, considerando la energía inyectada y total de energía. - La aplicación del Método FDT en ambos sentidos, debe ser a partir de la vigencia de la Ley (23 de julio de 2006). - La aplicación del Art. 62 de la LCE desde la entrada de la CT Chilca hasta abril de 2007, ha sido legalmente incorrecta. - El método aplicado por REP, no es fiel interpretación del documento de Janusz Bialek Topological Generation and Load Distribution Factors for Supplement Charge Allocation in Transmisión Open Access publicado en el IEEE Transactions on Power Systems. - No se debe utilizar valores netos de flujos. - Se debe eliminar los intervalos incongruentes que generan distorsión del % de uso de la LT, por parte de los generadores. - Los flujos utilizados deben ser consistentes a los periodos considerados. - Se debe considerar el total de la energía a fin de mes, sin determinar valores netos. - Sugieren que las cifras de energía deben ser auditadas. - Sugieren un método alternativo, en el cual se consideren los flujos totales en ambos sentidos para cada extremo de la LT Enersur En resumen, Enersur remitió las siguientes opiniones: - No está de acuerdo con los flujos netos, por lo que no se puede identificar quien hace uso exclusivo de las instalaciones. - Hasta abril de 2007, se consideró el flujo preponderante tomando en cuenta el registro neto de los medidores. Asimismo, a partir de mayo de 2007, la aplicación del FDT debe efectuarse considerando el flujo bidireccional. - Se debe aplicar el flujo bidireccional, efectuando un balance en cada canal de medición. - Señala que REP al aplicar el flujo neto, es como si hubiera un solo flujo en la LT. Topológicos Página 12 de 17

12 - REP no cumpliría con el flujo bidireccional, pues no evalúa el flujo en ambas direcciones. - Al aplicar el criterio de REP, se crean distorsiones en los cálculos. - Señala que los casos de incoherencia donde el flujo de envío es menor al de recepción, es consecuencia de emplear flujos netos. - El software que les entregaron el 2001, no ha sido modificado para considerar los flujos bidireccionales. Señala que REP debe adecuar sus programas computacionales. - Propone se calcule tomando en cuenta el balance de cada canal aplicando FDT, sin determinar el valor neto en cada intervalo Eteselva En resumen, Eteselva remitió las siguientes opiniones: - Señala que al analizar los valores de medidores por canales, no se obtienen incoherencias. - Cuando se elimina un intervalo ambiguo, se favorece a los generadores, porque no se considera la energía inyectada en el valor total. - Al trabajar con valores netos, se distorsiona el pago que debe realizar cada generador. - No se debe utilizar el modelo de flujo neto propuesto por REP. - Se debe obtener el factor de participación de cada generador, considerando solamente los canales de envío de los medidores. - El modelo debe considerar la evaluación del estado del medidor, utilizando los canales de envío y recepción Kallpa En resumen, Kallpa remitió las siguientes opiniones: - Señala que durante el periodo de mantenimiento de la CH Mantaro u otra importante, la aplicación del flujo bidireccional puede conllevar a que los generadores de Chilca asuman mayores costos de compensaciones. En este sentido, Kallpa solicita a OSINERGMIN se exceptúen a dichos generadores de esos pagos dado el carácter extraordinario del evento mencionado. - Recomienda que OSINERGMIN valide los datos de ingreso del modelo computacional de REP para el cálculo de las compensaciones. Topológicos Página 13 de 17

13 1.7. Análisis de OSINERGMIN Algunas empresas de generación han señalado en sus comentarios, que no están de acuerdo con los criterios empleados por REP para la aplicación del Método FDT, específicamente, en el criterio referido al uso de los flujos netos, dentro de cada intervalo de 15 minutos. En este sentido, de la revisión a los comentarios se comprueba que existen diferencias de interpretación en el uso del criterio de flujo en ambos sentidos, entre REP y algunas empresas de generación, toda vez que dentro de cada registro en intervalos de 15 minutos, podrían existir cambios en el sentido de flujo de energía, los cuales estarían registrados en los canales de envío y de recepción que disponen los medidores de energía, interpretando los generadores que, el flujo en ambos sentidos es aplicable dentro de cada intervalo de 15 minutos. Al respecto, dadas las diferencias presentadas entre algunas empresas de generación y REP, en los criterios empleados en la aplicación del Método FDT, corresponde a OSINERGMIN efectuar las precisiones sobre dicha aplicación; específicamente en lo referido al concepto de uso de flujos en ambos sentidos, a que se refiere la Resolución OSINERGMIN N OS/CD. Como se ha mencionado, en la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se establece que, para todas las instalaciones del SST cuya asignación de pago se realiza mediante el Método FDT, no se debe tener en cuenta el flujo preponderante de energía, y que para la asignación de pago por este método, se debe considerar a los generadores que hacen uso de las instalaciones en ambos sentidos. En principio, se debe aclarar que la aplicación del Método FDT considera como premisa fundamental que los diferentes ingresos o inyecciones contribuyen a las diferentes salidas o retiros de manera proporcional, debiendo cumplirse con la Ley de Kirchhoff, para un solo intervalo de medición. Por lo indicado, para cada intervalo de medición de 15 minutos, siempre debe existir el balance de energía a fin de cumplir con dicha Ley, de tal forma que, se defina el sentido de los flujos que permitan identificar la proporción de uso de los generadores. En este sentido, para cada punto de medición se debe definir si corresponde a un solo dato de Retiro o a uno de Ingreso de energía. En los casos donde se producen cambios de sentido de flujo dentro de un intervalo de 15 minutos, no es factible hacer una distinción del uso de dos mediciones dentro de dicho intervalo, debido a que no se lograría cumplir con el balance de energía por barra para el conjunto de líneas a los cuales se aplica el Método FDT; ello, por cuanto, para un intervalo de 15 minutos en un determinado punto de medición, los medidores no registrarían el momento en que se produce el cambio de sentido, registrándose solamente los valores de energía en cada sentido en los respectivos canales de envío y de recepción, no siendo necesariamente coincidente en el tiempo con los registros de los otros puntos de medición, en canales similares; debido entre otros factores, a la falta de sincronización entre dichos puntos de medición. Cabe mencionar que, el cambio de criterio establecido en la Resolución OSINERGMIN N OS/CD de utilizar el flujo en ambos sentidos en Topológicos Página 14 de 17

14 lugar de los flujos preponderantes, se orientó única y exclusivamente a no utilizar el concepto de flujo preponderante; es decir, que no hubo intención del Regulador de cambiar el criterio de que los intervalos de análisis sean aquellos agregados por cada 15 minutos. Asimismo, la observación presentada por los agentes para utilizar los registros por canales dentro de un intervalo de 15 minutos, no agrega precisión, toda vez que, como se ha señalado previamente, la información de los medidores en los canales de envío y recepción, no necesariamente son coincidentes en el tiempo, en todas las barras, con lo cual no es posible satisfacer las leyes de Kirchoff en dichos periodos. Asimismo, teniendo en cuenta que la aplicación del Método FDT, es extensivo a nivel nacional, para el caso de instalaciones que son remuneradas por la generación; hacer un balance dentro de cada intervalo de 15 minutos, en el cual se presenta cambio de flujo, podría generar considerables esfuerzos e imprecisiones que no aportan beneficios a su aplicación práctica. En este sentido, y complementariamente a lo indicado en el párrafo anterior, se ha realizado un análisis a partir de la información disponible de los registros de los medidores en ambos canales, correspondiente a los años 2006 y 2007, con base a ello se observa que la cantidad de energía incluida en los intervalos de 15 minutos donde se presentan flujos bidireccionales representan únicamente el 0,6% (2006) y 0,35% (2007), respecto del total de energía de cada año, respectivamente (ver cuadro y gráfico adjunto). Consecuentemente, las variaciones de la distribución de los FDT y las compensaciones asignadas a los generadores involucrados, si se aplicarían los valores de energía conforme opinan las empresas tendrán una variación mínima respecto de los cálculos efectuados por REP. %SUMA/ENERGÍA TOTAL 1.40% 1.20% 1.00% 0.80% 0.60% 0.40% 0.20% 0.00% Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Topológicos Página 15 de 17

15 Mes Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre % Promedio ,12% 1,09% 0,23% 0,28% 1,31% 0,25% 0,66% 0,60% 0,95% 0,28% 0,14% 0,30% 0,60% ,21% 0,30% 0,67% 0,35% 0,15% 0,23% 0,36% 0,38% 0,45% 0,35% En base al análisis efectuado, se recomienda precisar que el criterio de flujo en ambos sentidos, a que se refiere la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, a emplearse en la aplicación del Método FDT, debe hacer uso de la información de los registros de los medidores de energía para cada intervalo de 15 minutos. Asimismo, para los casos en que se produzcan cambios de flujo, dentro de un intervalo de 15 minutos, se recomienda precisar que, se debe considerar el flujo de energía neta, a fin de mantener el criterio de balance de energía en cada barra del sistema eléctrico. Por otro lado, respecto del comentario de Electroperú S.A., al referirse que la aplicación del Artículo 62 de la LCE desde la entrada de la CT Chilca hasta abril de 2007, ha sido legalmente incorrecta; se debe aclarar que el tema legal que cuestiona Electroperú S.A., no es materia de análisis del presente informe, debido a que, el objeto del análisis consiste en efectuar precisiones sobre la aplicación. Por lo tanto, no corresponde efectuar precisiones al respecto. Topológicos Página 16 de 17

16 2. Conclusión y Recomendación Del análisis efectuado, se recomiendas lo siguiente: Precisar que, el criterio de flujo en ambos sentidos a que se refiere la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, a emplearse en la aplicación del Método FDT, debe hacer uso de la información de los registros de los medidores de energía para cada intervalo de 15 minutos. Asimismo, para los casos en que se produzcan cambios de flujo, dentro de un intervalo de 15 minutos, se recomienda precisar que, se debe considerar el flujo de energía neta, a fin de mantener el criterio de balance de energía en cada barra del sistema eléctrico. Topológicos Página 17 de 17

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