Estudio comparado sobre la tributación de los productos de ahorro en diferentes estados europeos Deloitte Abogados y Asesores Tributarios S.L.

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1 Estudio comparado sobre la tributación de los productos de ahorro en diferentes estados europeos.

2 Contenidos I. El ahorro en España y en nuestro entorno II. Resumen comparativo Anexo: Análisis de las jurisdicciones 3

3 EL AHORRO EN ESPAÑA El ahorro privado de los hogares españoles presenta un comportamiento anticíclico, reduciéndose en épocas de expansión y aumentando en períodos de recesión. Así, el entorno económico-financiero ante el que nos encontramos inmersos ha provocado una disminución de la tasa de ahorro de las familias españolas debido principalmente a la necesidad de cubrir necesidades básicas de consumo y a reducir el endeudamiento provocado por la adquisición de viviendas durante los años de bonanza económica. En este sentido, las familias españolas siguen destinando un 80% de su ahorro a la inversión inmobiliaria y el 20 % restante a productos financieros tradicionales. -Tasa de ahorro en España - -Viviendas en propiedad - Fuente: Eurostat Fuente: Eurostat 20% 18% 16% 14% 12% 10% 8% 6% 4% 2% 0% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% Viviendas en propiedad Con hipoteca 4

4 EL AHORRO EN ESPAÑA Como puede observarse en el cuadro adjunto, si bien el importe que los hogares españoles destinan de su ahorro a productos financieros se mantiene sin grandes variaciones significativas, el mismo se ha redistribuido durante los últimos años, pasando de productos financieros con mayores rentabilidades y riesgos, a productos financieros más tradicionales. -Ahorro financieros de los hogares españoles - Fuente: Banco de España, Inverco Activos financieros ºT ºT ºT I. DEPÓSITOS Ef ectivo Depósitos Otros II. INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIV A Fondos de inversión Sociedades de inversion III. FONDOS DE PENSIONES Externos Internos IV. INV ERSIÓN DIRECTA Renta Fija Corto plazo Largo plazo Otras participaciones Renta Variable Cotizada No cotizada V. SEGUROS Reservas Otras reservas VI. PREVISIÓN SOCIAL VII. CRÉDITOS VIII. OTROS TOTAL Millones de euros 5

5 EL AHORRO EN ESPAÑA Así, y desde el año 2007, los hogares españoles han destinado sus ahorros a depósitos a la vista y cuentas bancarias en detrimento de la renta variable y las instituciones de inversión colectiva, que si bien habían dado durante los últimos años importantes rentabilidades, pasan a un segundo plano como consecuencia de la situación económicofinanciera ante la que nos encontramos. 60,000% -Evolución del ahorro financiero de los hogares españoles - Fuente: Inverco 50,000% I. DEPÓSITOS 40,000% 30,000% II. INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA III. FONDOS DE PENSIONES IV. RENTA VARIABLE Y FIJA 20,000% V. SEGUROS 10,000%,000% ºT ºT ºT VI. PREVISIÓN SOCIAL VII. CRÉDITOS VIII. OTROS -Evolución de las aportaciones a planes de pensiones - Fuente: DGSYFP Por su parte, nos gustaría llamar a reflexionar sobre el no aumento de las aportaciones realizadas a planes de pensiones durante los últimos años, lo que evidencia el nulo atractivo de este producto para los ahorradores APORTACIONES TOTALES SISTEMA EMPLEO SISTEMA ASOCIADO SISTEMA INDIVIDUAL Millones de euros 6

6 EL AHORRO EN NUESTRO ENTORNO Si bien, esta disminución de la tasa de ahorro de las familias españolas podría entenderse como coyuntural a la situación por la que atraviesa nuestra económica, como puede observarse en el grafico adjunto, en las principales economías de nuestro entorno se está produciendo el mismo hecho, salvo excepciones, como Alemania. Por su parte, y tal y como hemos comentado anteriormente, cabe llamar la atención sobre el bajo ahorro de los hogares españoles a través de planes de pensiones o seguros, a diferencia de otros países de nuestro entorno. 20% 15% 10% 5% 0% -Tasa de ahorro en los países de nuestro entorno - Fuente: Eurostat ALEMANIA ESPAÑA FRANCIA ITALIA HOLANDA POLONIA SUECIA REINO UNIDO 70,000% 60,000% 50,000% 40,000% 30,000% 20,000% 10,000%,000% -La inversión en los productos de ahorro en los países de nuestro entorno - Fuente: inverco Reino Unido Alemania Italia Francia España Holanda Suecia DEPOSITOS ACCIONES / FONDOS DE INVERSIÓN RENTA FIJA SEGUROS / PLANES DE PENSIONES OTROS 7

7 Contenidos I. El ahorro en España y en nuestro entorno II. Resumen comparativo Anexo: Análisis de las jurisdicciones 8

8 COMPARATIVA DEPÓSITOS A LA VISTA Depósitos a la vista DEPÓSITO Impuesto aplicable Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas WTH Tipo impositivo CDI Impuesto aplicable WTH Impuesto sobre Sociedades Tipo impositivo Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fase de Reembolso Impuesto sobre Sociedades CDI Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI (*) Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI REEMBOLSO 26,37% 26,37%/Prog 26% 30%-33% 1,2% 20%-25% 20% 20% 12% 20% 27,5% 12% 19% 19% 0% 19% 24%/Prog 24%/Prog 10% 0% 33% 10% 30% 30% 0% 26,30% 20% 10%/50% 12% 20% 24% 12% 21% 21%/27% 21% 30% (*) Dicho impuesto podrá tomarse como crédito fiscal por parte del contribuyente español 9

9 COMPARATIVA DEUDA PÚBLICA Deuda pública INVERSIÓN Impuesto aplicable Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas WTH Tipo impositivo CDI Impuesto aplicable WTH Impuesto sobre Sociedades Tipo impositivo Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fase de Reembolso Impuesto sobre Sociedades CDI Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI (*) Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI INTERESES / TRANSMISIÓN 26,37% 26,37%/ Prog 10% 0%/26,37% 30%/33% 10% 1,2% 20%-25% 12,5%/20% 12,5%/20% 0% 12,5%/20% 27,5% 0% 19% 19% 0% 19% 24%/Prog 24%/Prog 10% 0% 33% 10% 30% 30% 0% 26,30% 0%/20% 10%/50% 12% 0%/20% 24% 12% 0%/21% 21%/27% 0% 30% (*) Dicho impuesto podrá tomarse como crédito fiscal por parte del contribuyente español 10

10 COMPARATIVA RENTA VARIABLE Renta variable INVERSIÓN Impuesto aplicable Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas WTH Tipo impositivo CDI Impuesto aplicable WTH Impuesto sobre Sociedades Tipo impositivo Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fase de Reembolso Impuesto sobre Sociedades CDI Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI (*) Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI 26,37% 14%/45% 15% 26,37% 30%/33% 0%/15% DIVIDENDOS / TRANSMISIÓN 15% 1,2%/25% 15% 15% 0%/25% 0%/15% 0%/20% 20%/43% 15% 0% 27,5% 0%/15% 19% 19% 15% 19% 19% 0%/15% 21%/Prog 21%/Prog 15% 0% 33% 0%/15% 25%/30% 30% 15% 0%/26,30% 0%/30% 0%/15% 0%/20% 10%/42,5% 15% 0%/20% 0%/24% 0%/15% 21%/0% 21%/27% 21% 30% (*) Dicho impuesto podrá tomarse como crédito fiscal por parte del contribuyente español 11

11 COMPARATIVA INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Instituciones de inversión colectiva INVERSIÓN Impuesto aplicable Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas WTH Tipo impositivo CDI Impuesto aplicable WTH Impuesto sobre Sociedades Tipo impositivo 30% 26,37% Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fase de Reembolso Impuesto sobre Sociedades CDI Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI (*) Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI TRANSMISIÓN 26,37% 14%/45% 26% 30%/33% 15% 1,2%/25% 15% 20%/25% 20% 20% 20% 27,5% 19% 19% 19% 19% 21%/Prog 21%/Prog 0% 33% 30% 30% 0% 26,30% 0% 28%/50% 0% 0%/24% 21% 21%/27% 21% 30% (*) Dicho impuesto podrá tomarse como crédito fiscal por parte del contribuyente español 12

12 COMPARATIVA SEGUROS Seguros PAGO DE PRIMAS Impuesto aplicable Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas WTH Tipo impositivo CDI Impuesto aplicable WTH Impuesto sobre Sociedades Tipo impositivo 14%/45% 18%/32% 5,5%/41% 31%/57% 24,75% - 52% 24,75% - 52% Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fase de Reembolso Impuesto sobre Sociedades CDI COBRO PRESTACIONES Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI (*) Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo 26,37% 26,37%/Prog 26,37%/30% 0%/52% 1,2%/52% 0% 20%/25% 20% 20%/43% 0% 27,5% 0% 0%/19% 0% 19% 21%-Prog 21%-Prog 0% 0%/Prog 0% 26,30% 0% 28%/50% 0% 24% 24,75% - 52% 24,75% - 52% 21% 30% 21% 21%-27% (*) Dicho impuesto podrá tomarse como crédito fiscal por parte del contribuyente español CDI 13

13 COMPARATIVA PLANES DE PENSIONES Planes de pensiones APORTACIONES Impuesto aplicable Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas WTH Tipo impositivo CDI Impuesto aplicable WTH Impuesto sobre Sociedades Tipo impositivo 14%/45% 23%/43% 18%/32% 5,5%/41% 31%/57% 24,26% Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fase de Reembolso Impuesto sobre Sociedades CDI Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI (*) Impuesto aplicable WTH Tipo impositivo CDI PRESTACIONES 14%/45% 0%/52% 33%/52% 0% 9%/15% 18% 19%/Prog 5,5%/43% 5,5%/43% 0% 31%/57% 0% 20%/50% 24,75%-52% 24,75%-52% (*) Dicho impuesto podrá tomarse como crédito fiscal por parte del contribuyente español 14

14 PRODUCTOS RECOMENDADOS A partir de las conclusiones obtenidas del estudio sobre los productos financieros realizado para las diferentes jurisdicciones, señalamos a continuación los productos que, a la vista de sus especiales características y tratamiento fiscal, podrían resultar más beneficiosas para el ahorrador a largo plazo en cada una de las jurisdicciones. Producto Contratos de seguros vinculados a jubilación Contratos de seguros vinculados a jubilación / Determinados vehículos de inversión colectiva Planes de pensiones Seguros de vida ahorro estructurados / Planes de pensiones Plan d Epargne / Plan d Epargne Retraite Populaire (PERP) Beneficio fiscal La prima pagada puede ser deducible hasta determinados límites. La prestación puede disfrutar de importantes exenciones. Las primas del seguro serán deducibles en el IRPF y en algunos casos la prestación podrá estar exenta de tributación. (Cancelación hipoteca) Como norma general, las aportaciones no tributan. Las prestaciones tendrán una tributación efectiva del 15% Salvo los unit linked, las prestaciones de estos seguros estarán exentas de tributación en el IRPF. Además, las prestaciones percibidas por fallecimiento del asegurado quedarán exentas de tributación. Con carácter general, la prestación percibida de un plan de pensiones estará, exenta de tributación, siempre y cuando la prestación se perciba después de la edad de jubilación. Este producto permite dejar exentos de tributación los ingresos procedentes de las inversiones realizadas (e.g. dividendos, créditos fiscales, ganancias de capital) por el contribuyente. Las aportaciones realizadas a los PERP permiten deducir las aportaciones realizadas en la base imponible del IRPF. Bajo determinados supuestos, la tributación podría quedar limitada al 7,5% 15

15 PRODUCTOS RECOMENDADOS Producto Seguros de pensiones ( Kapitalförsäkringar-K y Pensionförsäkringar-P ) Individual Savings Account (ISA) / Self Invested Personal Pension (SIPP) / Determinados seguros de vida vinculados a la jubilación Contratos de seguros vinculados a la jubilación / PIAS / Planes de pensiones Beneficio fiscal Las primas pagadas a los seguros P disfrutarán de desgravaciones fiscales. Mientras que la prestación de los K no quedará sujeta a tributación. Las rentas derivadas de los ISA están generalmente no sujetas al IRPF. La prestación de los SIPP podrá quedar exenta hasta el 25%. Las prestaciones percibidas en forma de capital podrán estar exentas de tributación. Las prestaciones percibidas de determinados contratos de seguro vinculados a la jubilación estarán exentas hasta que el importe de éstas supere las primas pagadas. La rentabilidad generada por los PIAS, hasta el momento de constitución de la renta vitalicia, estará exenta de tributación. Las aportaciones realizadas a planes de pensiones darán derecho a reducir la base imponible. 16

16 CONCLUSIÓN Del análisis realizado en los diferentes países podemos apreciar que, (i) existe un diferente tratamiento fiscal entre las rentas del trabajo y las vinculadas a los productos de ahorro, así como que (ii) la tributación de estas rentas en más beneficiosa, siendo relativamente homogénea entre las diferentes jurisdicciones objeto de estudio. En este sentido, y en lo que a España se refiere, cabe recordar que existen diferentes productos financieros que incentivan el ahorro a largo plazo, favoreciendo su tratamiento fiscal tanto en la fase de aportación (e.g. planes de pensiones, PPSE, PPAs), como en la de cobro de las prestaciones (e.g. PIAS, seguros vinculados a la jubilación). Así, y si bien existen diferentes productos enfocados al ahorro a largo plazo con interesantes estímulos fiscales, desde la perspectiva española podemos apreciar que: a) Los constantes cambios legislativos en materia fiscal desincentivan la planificación fiscal a través de dichos instrumentos, y en consecuencia, no promueven el ahorro a largo plazo. b) Los diferentes agentes que intervienen en la fabricación y comercialización de instrumentos de ahorroprevisión privado deberán comprometerse en proporcionar un asesoramiento verdaderamente ajustado a las necesidades del cliente. c) El contribuyente no tiene una percepción clara de dichos instrumentos. Por lo que su utilidad práctica se encuentra muy reducida al no lograr modificar nuestro actual comportamiento de no dar prioridad al ahorro a la jubilación. 17

17 CONCLUSIÓN Cualquier reforma fiscal que busque promover el ahorro a largo plazo debería enfocarse en: 1. Conseguir que el contribuyente sea consciente de qué productos van orientados al ahorro-jubilación. 2. Incentivar el cobro de prestaciones en forma de rentas. A tal fin se podría: Establecer menores tipos de tributación frente al cobro de prestaciones en forma de capital. Suprimir el peaje fiscal cuando se ejercite el cobro de una prestación en forma de capital, o se ejercite el derecho de rescate de un contrato de seguro, para constituir una renta vitalicia. 3. Suprimir cualquier límite financiero, aunque se mantenga el fiscal, en las aportaciones a sistemas de previsión social. 4. Obligación de informar anualmente al contribuyente de las hipotéticas prestaciones que podría percibir al vencimiento del contrato. Actualmente son pocos los que saben qué posibles prestaciones podrán cobrar a la edad de jubilación. 18

18 Contenidos I. El ahorro en España y en nuestro entorno II. Resumen comparativo Anexo: Análisis de las jurisdicciones 19

19 Anexo: Análisis de las jurisdicciones Alemania Holanda Italia Polonia Francia Suecia Reino Unido España 20

20 ALEMANIA Consideraciones preliminares - Entre otros: Rendimientos del trabajo Sujetos a un tipo impositivo progresivo de entre el 14% y el 45%. A dichos porcentajes habrá que adicionar el recargo de solidaridad del 5,5%, lo que dejará el marginal máximo en el 47,5 %. En determinados casos, también habrá que sumar el impuesto eclesiástico del 9%. Rendimientos de inversiones de capital Como norma general, sujetos a un tipo fijo impositivo del 25%. A este porcentaje habrá que adicionar igualmente el recargo de solidaridad del 5,5%, lo que dejará el tipo fijo en el 26,375%. No obstante, habrá que atender en todo momento al tipo de inversor. Así, mientras que el Business Investor (i.e. aquella persona física que realice un actividad independiente y duradera con la intención de obtener rentabilidades de sus inversiones) tributará a la escala progresiva, el Private investor (i.e. inversores particulares) tributará al tipo fijo impositivo. - Impuesto sobre Sociedades El tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre Sociedades se divide en un tramo nacional del 25% y un tramo municipal de entre el 14% y el 17%. A estos porcentajes se deberá añadir el recargo de solidaridad del 5,5%. efectivo de entre el 30% y 33%. -. Los tipos oscilan entre el 7% y el 50% dependiendo de la relación entre las partes. En determinados supuestos, las donaciones podrán quedar exentas en más del 85%. 21

21 ALEMANIA Consideraciones preliminares - Impuesto sobre el Patrimonio No existe Impuesto sobre el Patrimonio en Alemania. El Impuesto fue derogado con efectos desde el año

22 ALEMANIA Tributación de la inversión en depósitos a la vista Depósito Exención/Deducción /Reducción Límite de la deducibilidad la movilización Impuesto sobre Sociedades Nota nº3a Nota nº3c Nota nº3d Impuesto sobre el Patrimonio Reembolso Exención/Deducción /Reducción Tipos de convenio la reinversión 26,37% 26,37% / Prog Nota nº6 C Nota nº6e Impuesto sobre Sociedades 26,37% 30%-33% Nota nº7e Impuesto sobre el Patrimonio 23

23 ALEMANIA Tributación de la inversión en depósitos a la vista (Cont.) Nota nº3 Nota nº6 Nota nº7 Comentarios A. Solo las reclamaciones de intereses podrían ser donadas. C. El tipo impositivo oscila desde un mínimo del 7% hasta un máximo del 50%, en función de la base imponible y el parentesco o proximidad del beneficiario con el causante o donante. D. Existen multitud de exenciones tanto por mortis-causa como por inter-vivos. A este respecto, cabe resaltar que la transmisión de los activos de una empresa se encontrará exentos en un 85% en determinados supuestos (e.g. la empresa continúe con los activos durante, al menos, 5 años más). C. Business Investor: Tipo final de tributación de acuerdo a la escala progresiva del Impuesto. Se establece un tipo impositivo mínimo del 14% para ingresos de y uno máximo del 45% para ingresos superiores Private investor: fijo del 26,37%. E. Los intereses de depósitos abonados a no no se encontrarán sujetos a tributación. E. Los intereses de depósitos abonados a no no se encontrarán sujetos a tributación. 24

24 ALEMANIA Tributación de la inversión en deuda pública Compra de deuda pública Exención/Deducción /Reducción Límite de la deducibilidad la movilización Impuesto sobre Sociedades Nota nº3a Nota nº3c Nota nº3d Impuesto sobre el Patrimonio Cobro de intereses Exención/Deducción /Reducción Tipos de convenio la reinversión 26,37% 26,37% / Prog 10% Nota nº6b Nota nº6c Nota nº6e Nota nº6f Impuesto sobre Sociedades 0%-26,37% 30%-33% 10% Nota nº7b Nota nº7e Nota nº7f Impuesto sobre el Patrimonio 25

25 ALEMANIA Tributación de la inversión en deuda pública (Cont.) Nota nº3 Nota nº6 Nota nº7 Comentarios A. Solo las reclamaciones de intereses podrían ser donadas. C. El tipo impositivo oscila desde un mínimo del 7% hasta un máximo del 50%, en función de la base imponible y el parentesco o proximidad del beneficiario con el causante o donante. D. Existen multitud de exenciones tanto por mortis-causa como por inter-vivos. A este respecto, cabe resaltar que la transmisión de los activos de una empresa se encontrará exentos en un 85% en determinados supuestos (e.g. la empresa continúe con los activos durante, al menos, 5 años más). B. Tanto los interés de la deuda pública, cómo la ganancia derivada de la venta de la misma, estarán sujetas a un tipo de retención del 26,37%. C. Business Investor: Tipo final de tributación, tanto para los intereses percibidos, como para la ganancia derivada de la venta de la deuda, de acuerdo a la escala progresiva del Impuesto. Un tipo impositivo mínimo del 14% para ingresos de y uno máximo del 45% para ingresos superiores Private investor: fijo del 26,37%. E. Los intereses de deuda pública abonados a no se encontrarán sujetos a un tipo de retención del 26,37%, sin perjuicio de que se pueda aplicar un convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal. F. Los intereses procedentes de un estado contratante pagados a un residente del otro estado contratante pueden someterse a imposición en este último estado. No obstante, el impuesto en su caso exigido no podrá exceder el 10% del importe bruto de los intereses. B. Si bien, el tipo de retención aplicable al pago de intereses será del 26,37%, la ganancia patrimonial que se derive de la venta de ésta, no quedará sujeta a retención. E. Los intereses de deuda pública abonados a no se encontrarán sujetos a un tipo de retención del 26,37%, sin perjuicio de que se pueda aplicar un convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal. F. Los intereses procedentes de un estado contratante pagados a un residente del otro estado contratante pueden someterse a imposición en este último estado. No obstante, el impuesto en su caso exigido no podrá exceder el 10% del importe bruto de los intereses. 26

26 ALEMANIA Tributación de la adquisición de títulos de renta variable Compra de acciones Exención/Deducción /Reducción Límite de la deducibilidad la movilización Impuesto sobre Sociedades Nota nº3a Nota nº3c Nota nº3d Impuesto sobre el Patrimonio Venta de acciones / cobro de dividendos Exención/Deducción /Reducción Tipos de convenio la reinversión 26,37% 14%-45% 15% Nota nº6b Nota nº6c Nota nº6d Nota nº6e Impuesto sobre Sociedades 26,37% 30%-33% 0% / 15% Nota nº7b Nota nº7c Nota nº7d Nota nº7e Impuesto sobre el Patrimonio 27

27 ALEMANIA Tributación de la adquisición de títulos de renta variable (Cont.) Nota nº3 Nota nº6 Nota nº7 Comentarios A. Solo las reclamaciones de intereses podrían ser donadas. C. El tipo impositivo oscila desde un mínimo del 7% hasta un máximo del 50%, en función de la base imponible y el parentesco o proximidad del beneficiario con el causante o donante. D. Existen multitud de exenciones tanto por mortis-causa como por inter-vivos. A este respecto, cabe resaltar que la transmisión de los activos de una empresa se encontrará exentos en un 85% en determinados supuestos (e.g. la empresa continúe con los activos durante, al menos, 5 años más). B. Los dividendos percibidos por inversores personas físicas, así como las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de las acciones, estarán sujetos a un tipo de retención del 26,37%. C. Business Investor: Tipo final de tributación, tanto para los dividendos percibidos, como para la ganancia derivada de la venta de las acciones, de acuerdo a la escala progresiva del Impuesto. Un tipo impositivo mínimo del 14% para ingresos de y uno máximo del 45% para ingresos superiores Private investor: fijo del 26,37%. D. Posibilidad de aplicar una exención del 40% sobre los dividendos. E. Mismo tratamiento fiscal que a los, personas físicas, alemanas. F. Los dividendos procedentes de un estado contratante pagados a un residente del otro estado contratante pueden someterse a imposición en este último estado. No obstante, el impuesto en su caso exigido no podrá exceder del 15% del importe bruto. B. Tanto los dividendos percibidos, como la ganancia patrimonial derivada de la venta de las acciones, se encontrará exenta en un 95%, quedando el resto sujeto a retención. Únicamente los dividendos quedarán sujetos a un tipo de retención del 26,37%. Las ganancia patrimonial no se encontrará sujeta a retención. La exención no aplicará a las ventas realizadas por los bancos o aseguradoras. C. Tipo final de tributación del 30% tanto para los dividendos como por la ganancia derivada de la venta de las acciones. D. Los dividendos percibidos estarán exentos en un 95% (i.e. participation exemption). E. Mismo tratamiento fiscal que a los, personas jurídicas, alemanas. F. Los dividendos procedentes de un estado contratante pagados a un residente del otro estado contratante pueden someterse a imposición en este último estado. No obstante, el impuesto en su caso exigido no podrá exceder del 15% del importe bruto si el beneficiario posee menos del 10% del capital de la sociedad. En caso contrario, es decir, ostentas, al menos el 10%, sería de aplicación la Directiva Matriz Filial dejando los diviendos exentos de tributación. 28

28 ALEMANIA Tributación de la inversión en instituciones de inversión colectiva Suscripción Exención/Deducción /Reducción Límite de la deducibilidad la movilización Nota nº1g Impuesto sobre sociedades Nota nº2g Nota nº3a Nota nº3c Nota nº3d Impuesto sobre el Patrimonio Nota nº5a Reembolso Exención/Deducción /Reducción Tipos de convenio la reinversión 26,37% 14%-45% Nota nº6c Nota nº6d Nota nº6f Impuesto sobre Sociedades 26,37% 30%-33% Nota nº7d Nota nº7f Impuesto sobre el Patrimonio 29

29 ALEMANIA Tributación de la inversión en instituciones de inversión colectiva (Cont.) Comentarios Nota nº1 G. Las movilizaciones realizadas a nivel de fondo no están sometidas a tributación siempre que las ganancias no hayan sido distribuidas. Nota nº2 G. Las movilizaciones realizadas a nivel de fondo no están sometidas a tributación siempre que las ganancias no hayan sido distribuidas. A. Solo las reclamaciones de intereses podrían ser donadas. C. El tipo impositivo oscila desde un mínimo del 7% hasta un máximo del 50%, en función de la base imponible y el parentesco o proximidad Nota nº3 del beneficiario con el causante o donante. D. Existen multitud de exenciones tanto por mortis-causa como por inter-vivos. A este respecto, cabe resaltar que la transmisión de los activos de una empresa se encontrará exentos en un 85% en determinados supuestos (e.g. la empresa continúe con los activos durante, al menos, 5 años más).. Nota nº5 A. Puede existir una tasa de inscripción recargo por la compra de participaciones en los fondos de inversión. Nota nº6 Nota nº7 C. Business Investor: Tipo final de tributación (i.e. dividendos, interés, ganancia), de acuerdo a la escala progresiva del Impuesto. Un tipo impositivo mínimo del 14% para ingresos de y uno máximo del 45% para ingresos superiores Private investor: Tipo impositivo fijo del 26,37%. D. Posibilidad de aplicar una exención del 40% sobre el ingreso (e.g. diviendos, interes, ganancia). F. De acuerdo con el convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal, la renta procedente de la transmisión de una participación en una institucion de inversión colectiva solo podrá semeterse a imposición en el estado de residencia del perceptor. D. Posibilidad de aplicar una exención del 95% sobre el ingreso (e.g. diviendos, interes, ganancia). F. De acuerdo con el convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal, la renta procedente de la transmisión de una participación en una institucion de inversión colectiva solo podrá semeterse a imposición en el estado de residencia del perceptor. 30

30 ALEMANIA Tributación de los seguros Pago de prima Exención/Deducción /Reducción Límite de la deducibilidad la movilización Nota nº1c Nota nº1e 14%-45% Impuesto sobre sociedades Nota nº2a Nota nº3c Nota nº3d Impuesto sobre el Patrimonio 19% Nota nº5a Nota nº5c Abono de prestaciones Exención/Deducción /Reducción Tipos de convenio la reinversión 26,37% 26,37%-Progre Nota nº6a Nota nº6b Nota nº6f Impuesto sobre Sociedades 26,37%-30% Nota nº7a Nota nº7f Nota nº8a Impuesto sobre el Patrimonio 31

31 ALEMANIA Tributación de los seguros (Cont.) Comentarios C. Las primas pagadas por la empresa a favor de sus empleados se considera retribución en especie. Esta, está sometida a la escala progresiva del impuesto establecida entre el 14% para ingresos de y el 45% para ingresos superiores a No obstante, si el empresario hace los pagos en forma de seguro directo, y se prevé que la prestación se cobrará en forma de renta, se encontrará exenta de tributación hasta E. Dependiendo de las características de la póliza, las primas pagadas pueden ser deducibles hasta determinados límites anuales. Para ello Nota nº1 la póliza debe de cumplir los siguientes requisitos: En seguro debe prever una renta vitalicia. La fecha del cobro de la prestación debe ser posterior a los 62 años. El seguro no puede ser heredado, transferido, cedido, vendido o capitalizado. El tomador no tiene derecho a otros pagos del seguro Si bien, el limite deducible se sitúa en , para el ejercicio 2012 el importe ascendería al 74% de éste, incrementándose el porcentaje en el 2% anual hasta el año Nota nº2 A. Las primas pagadas por la empresa son gasto fiscalmente deducible para esta. Nota nº3 Nota nº5 C. El tipo impositivo oscila desde un mínimo del 7% hasta un máximo del 50%, en función de la base imponible y el parentesco o proximidad del beneficiario con el causante o donante. D. Existen multitud de exenciones tanto por mortis-causa como por inter-vivos. A este respecto, cabe resaltar que la transmisión de los activos de una empresa se encontrará exentos en un 85% en determinados supuestos (e.g. la empresa continúe con los activos durante, al menos, 5 años más). A. Si bien, el Impuesto sobre las Primas de Seguros no es de aplicación a los seguro de vida, el mismo si lo será a los de accidente. C. Tipo aplicable del 19% para los seguros de accidente. 32

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