SISTEMAS DE CUMPLIMIENTO Y PAGO DEL IGV PERCEPCIONES
|
|
- Consuelo Piñeiro Aguirre
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 SISTEMAS DE CUMPLIMIENTO Y PAGO DEL IGV PERCEPCIONES
2 Normas Legales Decreto Supremo N EF y normas modificatorias publicado el 19 de agosto de 1999 Texto Único Ordenado del Código Tributario Artículo 10 - modificado por Decreto Supremo Nº Decreto Supremo N EF y normas modificatorias - publicada el 14 de abril de 1999 Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e ISC - Inciso c) del Artículo 10. Resolución de Superintendencia N /SUNAT - Publicado el 16 de setiembre de 2002 Régimen de percepciones del IGV aplicable a la adquisición de combustible y designación de Agentes de Percepción. 2
3 Normas Legales Resolución de Superintendencia N /SUNAT - Publicada el 01 de noviembre de Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la importación de bienes. Resolución de Superintendencia N /SUNAT - Publicada el 01 de abril de 2006 Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la venta de bienes y designación de agentes de percepción. Ley Nº 29173, Publicado el 23 de diciembre de Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas Decreto Supremo N EF se modificó los bienes afectos al régimen de percepciones del IGV y se incluyó a otros. 3
4 Aspectos Generales Es el régimen aplicable a las operaciones de venta de bienes gravadas con IGV y a las importaciones por el cual el agente de percepción cobra por adelantado una parte del Impuesto General a las Ventas que sus clientes van a generar luego, por sus operaciones de venta gravadas con este impuesto. No es aplicable a las operaciones de venta de bienes inafectos y/o exonerados. 4
5 Ámbito de Aplicación Ley :Régimen de Percepciones del IGV Op. Ventas RS y modiff. Adq. Bienes Adq. Combustibles RS y modiff. Imp. Bienes RS y modiff. Normas Generales Disp. Generales y Disp. Transitorias
6 Percepciones en la venta de bienes Bienes sujetos al Régimen: Se aplica a la venta de bienes gravados con IGV del Apéndice 1 Ley A través de Decreto Supremo (MEF, opinión técnica SUNAT) se puede incluir o excluir bienes, según capítulos Arancel de Aduanas. No se aplica a venta de bienes exonerados o inafectos del impuesto. Base Legal.- Art. 2 RS /SUNAT 6
7 Percepciones en la venta de bienes Importe de la Percepción: Precio de Venta, a la suma que incluye el valor de venta y los tributos que graven la operación. 0.5 % 1% 2% Se emita CdP que permita ejercer el derecho a crédito fiscal; y Cliente sea también un sujeto designado como agente de percepción Materiales de construcción (num Apéndice, Zona de Emergencia por sismo ) En todos los demás casos. Base Legal.- Art. 5 RS /SUNAT, 2da Disp. Transitoria Ley
8 Operación realizada con un proveedor No designado Agente de Percepción: PROVEEDOR (No designado agente de percepción) Operación de compra/venta CLIENTE No percibe un porcentaje (%)
9 Operación realizada con un proveedor designado Agente de Percepción: PROVEEDOR (Designado agente de percepción por Decreto Supremo) Operación de compra/venta CLIENTE Sí percibe un porcentaje (%)
10 Oportunidad de la Percepción: Regla General En el momento en que se realice el cobro total o parcial, con prescindencia de la fecha en que se realizó la operación, siempre que a la fecha de cobro el contribuyente mantenga la condición de Agente de Percepción. Tratándose de pagos parciales, el porcentaje de percepción se aplicará sobre el importe de cada pago. Base Legal.- Art. 4 R.S /SUNAT 10
11 Procedimiento para efectuar la Percepción Agente de percepción: Vende un bien gravado con IGV y cobra al cliente un importe adicional. Factura por la venta Valor venta : 84 IGV : Total : 100 Percep. 2%: A pagar : 102 Pago de la operación Total : 102 Cliente: cuando paga, se le percibe el IGV que debería pagar por la venta futura del bien adquirido. Comprobante de Percepción Importe percepción: 2 PDT 697 Declara y paga S/. 2 al vencimiento Cruces informáticos: Percepciones informadas (Agente) vs. Percepciones declaradas (Cliente) PDT 621 Deduce S/. 2 del IGV determinado a pagar en la declaración pago
12 Operaciones Excluidas de la Percepción: Están excluidas las siguientes operaciones: 1.- Cuando se cumpla en forma concurrente que: Se emita comprobante de pago que otorgue crédito fiscal. El cliente sea Agente de Retención o figure en Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV (Condición Habido, Estado Activo). 2.- El retiro de bienes considerado como venta. 3.- Efectuadas a través de la Bolsa de Productos. 4.- En las que se aplique el Sistema de Detracciones 5.- Realizadas con consumidores finales. Base Legal.- Art. 6 de la R.S /SUNAT 12
13 Consumidor Final: Se considera consumidor final, al cliente que cumpla de manera concurrente las siguientes condiciones: a. Que sea persona natural. b. Que el importe adquirido de dos o más unidades no supere los S/ 700 por Comprobante de Pago. En caso de harina de trigo, agua, cerveza, jugos de frutas, disco ópticos el importe no debe superar S/ 100. En caso de GLP hasta 2 cilindros, si la venta es GLP a granel, el importe no supere S/ 1,500. Base Legal.- Art. 7 de la R.S /SUNAT 13
14 Consumidor Final: El agente de percepción NO considerará al cliente como consumidor final cuando: a. Emite un C/pago que permite sustentar el crédito fiscal del IGV o, b. Estamos ante una venta con entrega de bienes en consignación o, c. Los bienes que vende el agente los vende el cliente a través de establecimientos destinados a la realización u obtención de rentas de tercera categoría (Grifos, Supermercados, Bodegas, farmacias, etcétera.) Base Legal.- Art. 7 de la R.S /SUNAT
15 Operaciones en moneda extranjera: Se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la SBS publicado en la fecha en que corresponda efectuar la percepción. Si no existe, el último publicado. Base Legal.- Art. 8 de la R.S /SUNAT 15
16 Comprobante de Pago Deberá consignar como información no necesariamente impresa la frase: Operación Sujeta a Percepción del IGV Comprobante de Percepción: A fin de acreditar la percepción, al momento de efectuarla el agente de percepción entregará a su cliente el "Comprobante de Percepción Venta Interna", el cual deberá tener los siguientes requisitos mínimos que indica el Art. 10 de la R.S /SUNAT. Las características del "Comprobante de Percepción Venta Interna", en lo que corresponda, serán las señaladas en los numerales 1 y 4 del artículo 9 del Reglamento de Comprobantes de Pago.
17 Comprobante de Percepción: Cuando la cancelación del importe total de la operación y del monto de la percepción respectiva se efectúe hasta la oportunidad de entrega del comprobante de pago, será suficiente con que el Agente de Percepción consigne en dicho documento la siguiente información no necesariamente impresa, en cuyo caso no será obligatoria la emisión del "Comprobante de Percepción Venta Interna": 1. La frase: "Comprobante de Percepción Venta Interna". 2. Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente. 3. Tipo y número de documento del cliente, en aquellos comprobantes de pago en los cuales no se hubiera consignado dicha información. 4. Monto total cobrado en moneda nacional, incluida la percepción. 5. Importe de la percepción en moneda nacional.
18 Comprobante de Percepción: La impresión de los comprobantes de percepción - venta interna se podrá efectuar: a) Con el servicio de una imprenta, Es necesario presentar el Formulario N 816 -"Autorización de Impresión a través de SUNAT Operaciones en Línea. b) Sin necesidad de utilizar una imprenta, Los Agentes de Percepción pueden utilizar su propio sistema computarizado. Para ello, requieren presentar previamente el formulario 806 a la SUNAT. La solicitud podrá presentarse Agente de Percepción. partir de la fecha de su designación como
19 Régimen de Percepciones del IGV en la importación El Régimen de Percepciones se aplica a las operaciones de importación definitiva de bienes gravadas con el IGV. Oportunidad de la Percepción: La SUNAT efectúa la percepción del IGV con anterioridad a la entrega de las mercancías a que se refiere al artículo 24 de la Ley General de Aduanas con prescindencia de la fecha de nacimiento de la obligación tributaria en la importación. Base Legal.- Art. 5 R.S /SUNAT 19
20 Monto de la Percepción Importe de la Operación: Valor total de Aduanas más todos los tributos que gravan la importación y, de ser el caso los derechos antidumping y compensatorios. Porcentaje de la Percepción: 5%, cuando el importador nacionalice bienes usados. 3.5%, cuando el importador no nacionalice bienes usados ni se encuentre en el supuesto excepcional antes referido. 20
21 Monto de la Percepción: Excepcionalmente se aplicará el porcentaje del 10% cuando el importador se encuentre a la fecha en que efectúa la numeración de la DUA o DSI, en algunos de los siguientes supuestos: 10 % Contribuyente NO HABIDO SUNAT le hubiera comunicado o notificado la baja de su inscripción a su RUC y figure en el registro de SUNAT. Hubiera suspendido sus actividades y figure en el registro de SUNAT. Base Legal.- Art. 4 R.S /SUNAT 21
22 Monto de la Percepción: No cuente con Nro. de RUC o teniéndolo no lo consigne en la DUA o DSI. 10 % Realice por primera vez una operación y/o régimen aduanero. Estando inscrito en el RUC no se encuentre afecto al IGV. Base Legal.- Art. 4 R.S /SUNAT 22
23 Tipo de cambio aplicable: Tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha de numeración de la DUA o DSI. En los días en que no se publique el tipo de cambio se utilizara el último publicado. Base Legal.- Art. 7 R.S /SUNAT
24 Liquidación de Cobranza Constancia de Percepción: Para efecto del cobro de la percepción, la SUNAT emitirá una Liquidación de Cobranza Constancia de Percepción por el monto de la percepción que corresponda, expresada en moneda nacional, al momento de la numeración de la DUA o DSI. Las liquidaciones deben ser canceladas con anterioridad a la entrega de las mercancías, en los bancos que han celebrado convenio de recaudación con la SUNAT para el pago de los tributos aduaneros.
25 Declaración y pago del Agente de Percepción 1. El agente de percepción declarará el monto total de las percepciones practicadas en el período y efectuará el pago respectivo, utilizando el PDT Agentes de Percepción. 2. El PDT 697 deberá ser presentado por los períodos en los cuales mantenga la calidad de Agente de Percepción aun cuando no se hubiera practicado percepciones. 3. En el caso que el Agente de Percepción sea la SUNAT se encontrará exceptuado de presentar dicha declaración. 4. El agente de percepción no podrá compensar los créditos tributarios que tenga a su favor, contra los pagos que tenga que efectuar por las percepciones realizadas. 25
26 Declaración del Cliente o Importador El cliente o importador, según sea el caso, presentará el PDT-IGV Renta Mensual PDT 621 (sujetos del IGV), donde consignará el impuesto que se le hubiera percibido, deduciendo del tributo a pagar. Aplicación de las Percepciones El cliente o importador deducirá del Impuesto a pagar las percepciones que le hubieren efectuado hasta el último día del período al que corresponde la declaración. Si no existieran operaciones gravadas o si éstas resultaran insuficientes para absorver las percepciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los períodos siguientes hasta agotarlo, pudiendo compensarlo con otra deuda tributaria. 26
27
28
29
30 Orden de aplicación cuando se cuente con Retenciones y/o Percepciones Cuando se cuente con retenciones y/o percepciones declaradas en el período y/o en períodos anteriores, éstas se deducirán del impuesto a pagar en el siguiente orden: Las percepciones declaradas en el período. El saldo no aplicado de percepciones que conste en la declaración del período correspondiente a percepciones declaradas en períodos anteriores. Una vez agotadas las percepciones, de ser el caso, se deducirán las retenciones en el orden establecido en los incisos anteriores. 30
31 Devolución de las percepciones El cliente o importador podrá solicitar la devolución de las percepciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado en un plazo no menor de 3 períodos consecutivos. En las solicitudes de devolución de las percepciones no aplicadas se deberá consignar como "periodo tributario" en el Formulario N 4949 Solicitud de Devolución, el último vencido a la fecha de presentación de la solicitud y en cuya declaración conste el saldo acumulado de percepciones no aplicadas a ese periodo, ello sin perjuicio que el monto cuya devolución se solicita sea menor a dicho saldo. 31
32 Compensación Las PERCEPCIONES Y RETENCIONES del IGV no aplicadas, deben constar en la declaración mensual presentada correspondiente al último período tributario vencido a la fecha de la solicitud de compensación. En la medida que la solicitud no sea atendida; deberá seguir consignando en el PDT 621 todo el saldo no aplicado de retenciones (casilla 165), incluso el monto que ha solicitado compensar, en las declaraciones que presente por periodos tributarios posteriores. Una vez aprobada deberá descontarse el saldo compensado y dejar de arrastrarlo en las siguientes declaraciones. 32
33 Con la dación del D.S. N EF, se modificó los bienes afectos al régimen de percepciones del IGV y se incluyó a otros. 33
34 Numerales 15 al 18, bienes sustituidos por el D.S EF N REFERENCIA 15 Productos laminados planos; alambrón; barras, perfiles; alambre, tiras, tubos; accesorios de tuberías, cables, trenzas, eslingas y artículos similares, de fundición, hierro o acero; puntas, clavos, chinchetas (chinches), grapas y artículos similares, de fundición, hierro o acero, incluso con cabeza de otras materias, excepto de cabeza de cobre; tornillos, pernos, tuercas, tirafondos, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas, arandelas (incluidas las de muelle [resorte]) y artículos similares, de fundición, hierro o acero; artículos de uso doméstico y sus partes, de fundición, hierro o acero, lana de hierro o acero; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos, de hierro o acero; artículos de higiene o tocador, y sus partes, de fundición, hierro o acero y las demás manufacturas de fundición, hierro o acero. 16 Adoquines, encintados (bordillos), losas, placas, baldosas, losetas, cubos, dados y artículos similares; mármol, travertinos, alabastros, granito, piedras calizas y demás piedras; pizarra natural trabajada y manufacturas de pizarra natural o aglomerada; manufacturas de cemento, hormigón o piedra artificial, incluso armadas. 17 Productos cerámicos (de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas) y productos refractarios así como ladrillos de construcción, bovedillas, cubrevigas y artículos similares; tejas, elementos de chimenea, conductos de humo, ornamentos arquitectónicos y demás artículos para construcción; tubos, canalones y accesorios de tubería; aparatos y artículos para usos químicos o demás usos técnicos; abrevaderos, pilas y recipientes similares para uso rural; cántaros y recipientes similares para transporte o envasado; fregaderos (piletas para lavar), lavabos, pedestales de lavado, bañeras, bidés, inodoros, cisternas (depósitos de agua) para inodoros, urinarios y aparatos fijos similares para usos sanitarios). 18 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás parte de plantas, incluidos los jugos de hortalizas, frutas y otros frutos. BIENES COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN Bienes comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: / , / , / , , / , / , , / y / : Bienes comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: , , / , / y / : Bienes comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: / , / ; / : Bienes comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: /
35 Numerales 20 al 41, bienes incluidos por el D.S EF N REFERENCIA BIENES COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN 20 Carnes y despojos de aves beneficiadas (gallo o gallina, pavo, pato, ganso, pintada). : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Productos lácteos con adición de azúcar u edulcorante, yogur, mantequillas y quesos. : Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales: / , / Aceites comestibles (de soya, maní, oliva, aceitunas, palma, girasol, nabo, maíz), grasas animales y vegetales, margarina. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / , / , / Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos que comprenden incluso los embutidos, las conservas, los extractos, entre otras preparaciones. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco), como el chicle y demás gomas de mascar. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Pastas alimenticias (fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ravioles, canelones), tapioca (en base a yuca), productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado; cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte y productos de panadería, pastelería o galletería. 27 Extractos, esencias y concentrados de café, té o hierba mate; preparaciones para salsas y salsas preparadas (kétchup, mostaza, mayonesa), preparaciones para sopas, helados, concentrados de proteínas, polvos y mejoradores para la preparación de panes, complementos y suplementos alimenticios. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / y / Cigarros, tabaco y sucedáneos. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: /
36 Numerales 20 al 41, bienes incluidos por el D.S EF BIENES COMPRENDIDOS EN EL N REFERENCIA REGIMEN 29 Cementos hidraúlicos (sin pulverizar, Portland, aluminosos). : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Bienes considerados como insumos químicos que pueden ser utilizados en la Minería Ilegal, según el Decreto Legislativo N : Sólo el mercurio, el cianuro de sodio y el cianuro de potasio comprendido en alguna de las siguientes sub partidas: y / Productos farmacéuticos. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: y / Jabón, ceras, velas y pastas para modelar. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / , / Semimanufacturas y manufacturas de plástico (incluye, entre otros, barras, varillas y perfiles; tubos; revestimientos para el suelo, paredes o techos; placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas; bañeras, duchas, fregaderos, lavabos, bidés, inodoros y sus asientos y tapas, cisternas para inodoros y artículos sanitarios e higiénicos similares; bobinas, carretes, canillas y soportes similares; vajilla y artículos de cocina o de uso doméstico y artículos de higiene o tocador; artículos para la construcción y demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas a Bienes comprendidos en alguna de las siguientes subpartidas nacionales: / , y (en lo no comprendido en el ítem 19 de este anexo), / , / Varillas, perfiles, tubos y artículos de caucho sin vulcanizar; hilos y cuerdas, correas transportadoras o de transmisión, de caucho vulcanizado; neumáticos nuevos, recauchutados o usados, de caucho; bandajes, bandas de rodadura para neumáticos y protectores de caucho; manufacturas de caucho vulcanizado sin endurecer (tubos de caucho e incluso accesorios; cámaras de caucho para neumáticos; artículos de higiene o de farmacia e incluso con partes de caucho endurecido; prendas de vestir, guantes, mitones, manoplas, demás complementos de vestir para cualquier uso y otros). : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: /
37 Numerales 20 al 41, bienes incluidos por el D.S EF N REFERENCIA BIENES COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN 36 Pieles (excepto la peletería) y cueros. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Manufactura de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares y manufacturas de tripa. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Peletería y confecciones de peletería y peletería facticia o artificial. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Papel, cartones, registros contables, cuadernos, artículos escolares, de oficina y demás papelería, entre otros. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / , / , / , / , / Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: / Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común. : Bienes comprendidos en alguna de las subpartidas nacionales: /
38 VIGENCIA DEL D.S EF De acuerdo a lo dispuesto por el D.S. N EF, es vigente: a. Desde el 15 de mayo de 2013, la modificación e inclusión de los bienes afectos al régimen de percepciones del IGV contenidos en el Apéndice 1 de la Ley N b. Desde el 01 de julio de 2013, la designación y exclusión de Agentes de Percepción del IGV. 38
39 Discrecionalidad en la aplicación de sanciones, por la infracción prevista en el numeral 13 del artículo 177 del TUO del Código Tributario. La Administración Tributaria en uso de su facultad discrecional, no emitirá sanciones a los contribuyentes que a la vigencia del DS N EF, se encontraban designados como Agentes de Percepción, en los siguientes casos: a.- No efectuar la percepción del IGV al realizar el cobro parcial o total por las operaciones efectuadas antes de la vigencia del DS. b.- No efectuar la percepción del IGV por el cobro parcial o total realizado hasta el 30/06/2013 y por operaciones desde la vigencia del DS. 39
40 Gracias
Bienes a los que no se aplicará el régimen de percepciones del IGV
Bienes a los que no se aplicará el régimen de percepciones del IGV 13 Pinturas, barnices y pigmentos al agua preparados de los tipos utilizados para el acabado del cuero 14 Vidrios en placas, hojas o perfiles;
Más detallesBIENES COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN REFERENCIA
IMPORTANTE: A partir del 01 de enero de 2015 se excluyen los bienes sujetos a la percepción detallados en los numerales 13 al 41. La citada exclusión será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento
Más detallesSISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV
BASE LEGAL SISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV Ley N 28053 que establece Disposiciones con relación a percepciones y retenciones, publicada el 08.08.2003. Resolución de Superintendencia N 128-2002/SUNAT, que
Más detallesSISTEMAS DE CUMPLIMIENTO Y PAGO DEL IGV RETENCIONES Y PERCEPCIONES
SISTEMAS DE CUMPLIMIENTO Y PAGO DEL IGV RETENCIONES Y PERCEPCIONES RETENCIONES DEL IGV Régimen de Retenciones del IGV Normas Legales Decreto Supremo N 135-99-EF y normas modificatorias - publicada el 19
Más detallesSISTEMAS DE CUMPLIMIENTO Y
SISTEMAS DE CUMPLIMIENTO Y PAGO DEL IGV RETENCIONES, PERCEPCIONES Aspectos Generales de los Sistemas de Recaudación del IGV 1 Sistemas de Recaudación del IGV Sólo se detrae en operaciones gravadas con
Más detallesImpuesto General a las Ventas
Impuesto General a las Ventas 1 CONTENIDO 10. Sistemas de cumplimiento y pago. 10.3 Régimen de Percepciones del IGV - Regímenes de percepción en la adquisición de bienes:. Normas Generales,. Percepción
Más detallesRÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV
RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV BASE LEGAL l Artículo 10 del Código Tributario D.S. 135-99-EF. Artículo 10º inciso c) del TUO Ley del IGV, DS 055-99-EF. Resolución de Superintendencia N 037-2002/SUNAT Resolución
Más detallesÚltimos Cambios Normativos en el Sistema de Retenciones - Régimen de Percepciones
Últimos Cambios Normativos en el Sistema de Retenciones - Régimen de Percepciones Facebook «Guía Tributaria» En él encontrarás: Información sobre novedades en legislación tributaria. Videos informativos
Más detallesRégimen de Percepciones del IGV
C o n t e n i d o Sujetos que pueden ser objeto de percepción Aplicación de las Percepciones Oportunidad de la Percepción Importe de la Percepción Operaciones Excluidas de la Percepción Declaración Del
Más detallesCultura Tributaria SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL IGV -DETRACCIONES - SERVICIOS - AÑO 2015. Piura, 24 de febrero de 2015
Cultura Tributaria SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL IGV -DETRACCIONES - SERVICIOS - AÑO 2015 Piura, 24 de febrero de 2015 SISTEMA DE DETRACCIONES D. Leg. 940, Reglamento y Modificatorias. R.Sup. 183-2004/SUNAT
Más detalles- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando
Más detallesDETALLE DEL APÉNDICE 1 LEY N 29173 RELACIÓN DE BIENES SUJETOS AL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IGV
DETALLE DEL APÉNDICE 1 LEY N 29173 RELACIÓN DE BIENES SUJETOS AL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IGV IMPORTANTE: 01 de enero de 2015 se excluyen los bienes sujetos a la percepción detallados en los numerales
Más detallesSUNAT. Régimen de retenciones del IGV aplicable a los proveedores y designación de agentes de retención
SUNAT Régimen de retenciones del IGV aplicable a los proveedores y designación de agentes de retención RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 037-2002-SUNAT (*) El Anexo de la presente Resolución de Superintendencia
Más detallesANEXO N. 2: "Estructura de la información del Registro de Compras Electrónico"
ANEXO N. 2: "Estructura de la información del Registro de Compras Electrónico" 8.1 REGISTRO DE COMPRAS Campo Long. Obligatorio única Descripción Formato Observaciones 5. Si periodo es menor a periodo informado,
Más detallesCASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (Venta Interna)
CASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (Venta Interna) TERMODINÁMICA SA fue designado como Agente de Percepción del IGV a partir del 01 de julio del 2007. Dicha empresa se dedica a la venta
Más detallesUNIDAD V SISTEMA DE PERCEPCIONES
TRB Diplomado en Tributación UNIDAD V SISTEMA DE PERCEPCIONES Prof. Christian Arias 1 Antecedentes (1) Régimen de percepciones comenzó a aplicarse a partir del año 2002 (percepción a la venta de combustibles).
Más detallesCAPITULO 19 PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, HARINA, ALMIDON, FECULA O LECHE; PRODUCTOS DE PASTELERIA
CAPITULO 19 PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, HARINA, ALMIDON, FECULA O LECHE; PRODUCTOS DE PASTELERIA NOTAS. 1. Este Capítulo no comprende: a) las preparaciones alimenticias que contengan una proporción
Más detallesSaldo a favor de Exportador
Saldo a favor de Exportador Base Legal: Ley del IGV, numeral 6 del artículo 34º Reglamento de la Ley del IGV, numeral 3 del artículo 9º D.S. N 126-94 (29.09.1994) Reglamento de NCN y modificatorias Ley
Más detallesCAPITULO 69 PRODUCTOS CERAMICOS
CAPITULO 69 PRODUCTOS CERAMICOS NOTAS. 1. Este Capítulo sólo comprende los productos cerámicos cocidos después de darles forma. Las partidas 69.4 a 69.14 comprenden exclusivamente los productos que no
Más detallesAspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría
Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría 1.- Qué tipos de Rentas califican como Rentas de Cuarta Categoría? De lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta
Más detallesPROGRAMA DE LIBROS ELECTRONICOS PLE Nuevos campos en el Formato 8.1 Registro de compras
8 Nuevos campos en el Formato 8.1 Registro de compras 1. Código de la moneda (Tabla 4). 2. Clasificación de los bienes y servicios adquiridos (Tabla 30). Aplicable solo a los contribuyentes que hayan obtenido
Más detallesRÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV
RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV Procedencia de la retención por pago de facturas acumuladas 1 Se debe retener cuando se efectúan pagos menores a S/. 700.00 Nuevos Soles de un mismo proveedor, pero cuyos
Más detallesRESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT
Lima, 31 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 058-2006-SUNAT Que el artículo 10 del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF
Más detallesRégimen de percepciones del impuesto general a las ventas LEY Nº RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS TÍTULO
Régimen de percepciones del impuesto general a las ventas EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: LEY Nº 29173 La Comisión Permanente del Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN
Más detallesRepública de Colombia. Libertad y Orden. Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO", MAR201!
República de Colombia Libertad y Orden Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO", 0561 16 MAR201! Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a que se refiere el Inciso tercero del
Más detalles4. Comercio exterior por capítulos arancelarios
4. Comercio exterior por capítulos arancelarios DEL 6 AL 26 DE JUNIO DE 2005 191 APÉNDICE ESTADÍSTICO. COMERCIO EXTERIOR POR CAPÍTULOS ARANCELARIOS 4.1. COMERCIO EXTERIOR POR CAPÍTULOS ARANCELARIOS EXPORTACIONES
Más detalles- Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado por Decreto Supremo N EF, publicado el y nor mas modificatorias.
INFORME N. 0185-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta sobre el inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción para solicitar la devolución, tratándose de saldos a favor provenientes del saldo
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT
AMPLÍAN EL USO DE FORMULARIOS VIRTUALES PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO A LA RENTA, CONTRIBUCIONES AL ESSALUD Y A LA ONP DE TRABAJADORES DEL HOGAR RESOLUCIÓN DE
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Más detallesEXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
SUNAT EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO INTA-PG.05 Vigente desde el 20.mar.2009 EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL
Más detallesReforma 2015» contenido. contenido. contenido. contenido. del. del. del. del. Nota. Nota. presente. presente. Nota: presente. presente material.
LUJECAS SAC Asesores y Consultores Tributarios Reforma 2015» Nota Nota Nota Nota Nota Nota Nota Nota: El El El El El El El El contenido contenido contenido contenido contenido contenido contenido contenido
Más detallesModificaciones en el IGV y Régimen de Selva
PERSPECTIVAS DE LA TRIBUTACION EN EL 2012 24 de enero de 2012 Modificaciones en el IGV y Régimen de Selva María Julia Sáenz Enero 2012 Agenda 1. Requisitos formales del crédito fiscal Leyes 29214 y 29215
Más detallesQue con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;
Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT
Más detallesLey N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía).
INFORME N. 010-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si los productores de café y cacao( 1 ) de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y las provincias de Chanchamayo y Satipo del departamento
Más detallesEstudio de Servicios Contables y Afines SAC. Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera
Estudio de Servicios Contables y Afines SAC Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera Lima, 1 de Junio de 2016 PRINCIPALES OBSERVACIONES DE SUNAT EN LAS REVISIONES FORMALES Regimenes Administrativos del IGV
Más detallesDetracciones Percepciones - Carmen Palma Aurazo
Detracciones Percepciones - Retenciones Carmen Palma Aurazo Que son los sistemas de pagos adelantados del IGV? Son sistemas implementados por el Estado para combatir la evasión tributaria en el IGV, y
Más detallesDE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT
Aprueban el Formulario Virtual N 616 - Simplificado Trabajadores Independientes para la Declaración y el Pago a Cuenta Mensual a través de Sunat Virtual de los Sujetos Perceptores de Rentas de Cuarta Categoría
Más detallesMEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES. Cecilia Delgado Ratto
MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Cecilia Delgado Ratto 1 Medidas Administrativas 1. Percepciones: Ley 28053 (08.08.2003) R.S. 128-2002/SUNAT (17.09.2002) Combustible R.S. 203-2003/SUNAT
Más detallesIMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) CAPÍTULO 1: ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IGV
IGV e ISC Análisis y Aplicación Práctica IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) CAPÍTULO 1: ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IGV 1. Qué operaciones grava el Impuesto General a las Ventas? 9 2. Qué se entiende por
Más detallesF. 8.1 REGISTRO DE COMPRAS
F. 8.1 REGISTRO DE COMPRAS Objetivo: Esta opción permite generar el Registro de Compras Electrónico en formato TXT para enviarlos a SUNAT mediante el Aplicativo de Libros Electrónicos (PLE) con la estructura
Más detallesCircular de Impuestos Nro. 8/2008. Resolución General 2459 Nuevo Régimen de Percepción del Impuesto al Valor Agregado
Circular de Impuestos Nro. 8/2008 Resolución General 2459 Nuevo Régimen de Percepción del Impuesto al Valor Agregado La presente circular tiene por objeto informar sobre un nuevo régimen de percepción
Más detallesAcuerdo de Complementación Económica Mercosur - Chile. ACE N o 35
Acuerdo de Complementación Económica Mercosur - Chile ACE N o 35 Anexo N o 13 Apéndice 3 (Correspondiente al Artículo 4 o ) 1 - Elaborado directa o indirectamente a partir de leche fresca producida en
Más detallesDescifrando la Reforma Modificaciones a la Ley del IGV
Descifrando la Reforma INSTITUTO PERUANO DE DERECHO TRIBUTARIO ASOCIACION FISCAL INTERNACIONAL (IFA) GRUPO PERUANO Expositor: Dr. Javier Luque Bustamante Lima, 10 de Marzo 2004 Introducción 1. Ajustes
Más detallesTipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito
Lima, 21 de Julio de 2016 Informe N 118-2016-SUNAT/5D0000 Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito Mediante el informe bajo comentario la SUNAT ha señalado que en caso se emita
Más detallesAspectos Generales de los Regímenes de Recaudación del IGV
Aspectos Generales de los Regímenes de Recaudación del IGV 1 REGÍMENES DE RECAUDACIÓN DEL IGV Constituyen pagos adelantados del IGV. Incrementan recaudación fiscal. Sólo se detrae en operaciones gravadas
Más detallesAnexo 1: Agrupaciones y ramas de actividad, correspondencia con CNAE-93
Anexo 1: Agrupa y ramas de actividad, correspondencia con CNAE-93 Agrupa y ramas de actividad; correspondencia con CNAE-93 1. Industrias extractivas y del petróleo (CNAE 10, 11,12, 13, 14, 23) 1. Extracción
Más detallesREGIMEN DE DETRACCIONES
REGIMEN DE DETRACCIONES Sistema de Detracciones Las normas que regulan las detracciones obligan al comprador de bienes o usuarios de servicios que deposite un porcentaje del precio de venta en una cuenta
Más detallesNORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO
NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO Nº 34 Noviembre 2015 1 NORMAS TRIBUTARIAS 2 APLICAN LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS
Más detallesANEXO I GUÍA DE CRITERIOS DE GRADUALIDAD
ANEXO I GUÍA DE CRITERIOS DE GRADUALIDAD ARTÍCULO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN SANCIÓN CRITERIOS DE ANEXO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO Artículo 173 GRADUALIDAD Multa Subsanación Internamiento No graduado - se
Más detallesCCPL SISTEMAS DE PAGOS A CUENTA DEL IGV PERCEPCIONES
CCPL SISTEMAS DE PAGOS A CUENTA DEL IGV PERCEPCIONES NORMAS GENERALES.- MARCO LEGAL Decreto Supremo N 055-99-EF (TUO de la Ley del IGV MODIFICADO POR LOS DECRETOS LEGISLATIVOS 1108, 1116, 1119,Y 1125).
Más detallesReactores nucleares, calderas, máquinas y partes
Colombia/Inteligencia de mercados Productos exportados por la Región Pacífica Por: Legiscomex.com Diciembre 12 del 2006 El 20,9% de las exportaciones de la Región Pacífica se concentró en el capítulo 17
Más detallesEXPORTACIONES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA. Cuba. Serie 2005-2009. Agencia ProCórdoba S.E.M. Gerencia de Información Técnica y Comercial
EXPORTACIONES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA a Cuba Serie 2005-2009 Agencia ProCórdoba S.E.M. Gerencia de Información Técnica y Comercial www.procordoba.org Bv. Chacabuco 1127 - (X5000IIL) Córdoba - Argentina
Más detallesDEVOLUCIÓN DE IVA A EXPORTADORES DE BIENES MEJORAS AL PROCESO OCTUBRE 2015
DEVOLUCIÓN DE IVA A EXPORTADORES DE BIENES MEJORAS AL PROCESO OCTUBRE 2015 AGENDA 1. Cambios en el proceso según Resolución NAC-DGERCGC15-00000730 2. Devolución por compensación automática con retenciones
Más detallesAPLICACIÓN PRACTICA DE LOS PAGOS A CUENTA DEL
APLICACIÓN PRACTICA DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA CPC TOÑO GAYTAN ORTIZ C.P.C. TOÑO GAYTAN ORTIZ 1 Base legal: TUO de la LEY del IR (Art.85º) Reglamente del TUO de Ley del IR (Art.54º)
Más detallesPolíticas Aduaneras de Colombia y Ecuador para el Fomento y la Dinamización del Comercio Binacional
Políticas Aduaneras de Colombia y Ecuador para el Fomento y la Dinamización del Comercio Binacional Claudia María Gaviria Vásquez Directora de Gestión de Aduanas Comportamiento del Comercio entre los dos
Más detallesSISTEMA DE DETRACCIONES DEL IGV (SPOT)
SISTEMA DE DETRACCIONES DEL IGV (SPOT) Desarrollo de la exposición I) Aspectos generales del Sistema de Detracciones II) Operaciones sujetas al Sistema de Detracciones III) Disposiciones generales aplicables
Más detallesLibros Electrónicos SOL y PLE V. 5.0
Libros Electrónicos SOL y PLE V. 5.0 Temario Normativa vigente de los Sistemas de Libros Electrónicos (SLE): PLE y PORTAL Sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos Nuevos Cronogramas de vencimientos
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila Las Constancias
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto
Más detallesBALANZA AGROPECUARIA Y AGROINDUSTRIAL COMPARATIVO DE ENE 2009 VS ENE 2010 VALOR
BALANZA AGROPECUARIA Y AGROINDUSTRIAL Balanza de Comercio Nacional -1,558,685-332,582-78.7 Exportación Total FOB 15,230,419 19,301,482 26.7 Importación total FOB 16,789,104 19,634,064 16.9 Coeficiente
Más detallesLima, 27 de enero de 2011 CONSIDERANDO:
Aprueban el Formulario Virtual para la declaración y pago de las retenciones del Impuesto a la Renta de Segunda y Tercera Categorías, efectuadas por las sociedades administradoras o titulizadoras, el fiduciario
Más detallesProyecto Libros y Comprobantes de Pago Electrónicos
Proyecto Libros y Comprobantes de Pago Electrónicos LIBROS ELECTRÓNICOS C.P.C. Jorge De Velazco B. Ing. Carlos Landa F. Mayo 2010 Resumen de las obligaciones formales vigentes Ing. > 150 UITs GE Y PE 60,000
Más detallesPor el cual se reglamentan parcialmente la Ley 75 de 1986, el Decreto 2503 de 1987 y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.
DECRETO REGLAMENTARIO 1189 DE 1988 (Junio 17) Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 75 de 1986, el Decreto 2503 de 1987 y se dictan otras disposiciones en materia tributaria. EL PRESIDENTE DE
Más detallesReglamento para la aplicación de la ley orgánica para el equilibro de las Finanzas Públicas
Novedad Legal N 51 Reglamento para la aplicación de la ley orgánica para el equilibro de las Finanzas Públicas Mediante Suplemento del Registro Oficial No. 771 del 8 de junio de 2016, se promulgó el Reglamento
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos EMISIÓN DE FACTURA ESPECIAL POR EXPORTADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS, ARTESANALES
Más detallesNOVEDADES WEB. Impuesto a la Renta Anual de Tercera Categoría. Caso Práctico Integral
NOVEDADES WEB Impuesto a la Renta Anual de Tercera Categoría. Caso Práctico Integral (Segunda Parte) Cálculo para la determinación del Gasto por el Impuesto a la Renta (Cuenta 88) Solo para efectos prácticos,
Más detallesBoletín tributario: Enero 2012
Boletín tributario: Enero 2012 Bienvenidos a la edición Nº 1 del boletín tributario, con información sobre las normas de incidencia tributaria publicadas en el último bimestre del año 2011. Con este boletín
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS
Gerencia de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS Estimado contribuyente, para la Superintendencia de Administración
Más detallesAcuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea. MINISTERIO DE ECONOMÍA Guatemala 27 de julio de 2010
Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea MINISTERIO DE ECONOMÍA Guatemala 27 de julio de 21 Beneficios del Acuerdo SGP + ACUERDO DE ASOCIACIÓN Vigencia 3 años (el actual vence en el
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 036-2016/SUNAT MODIFICAN EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 036-2016/SUNAT MODIFICAN EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS Lima, 08 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3819 Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción y adelanto de impuesto. Su implementación. Bs.
Más detallesPAGOS A CUENTA DE TERCERA CATEGORIA 2013
PAGOS A CUENTA DE TERCERA CATEGORIA 2013 Marco Legal Decreto Legislativo N 1120: Modificación del Art. 85 de la LIR 18.07.2012 - Desaparecen los Sistema de Pago (A:Coeficiente y B:Porcentaje). Decreto
Más detallesANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de
ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de Servicios Públicos deberán utilizarse los siguientes códigos: 17 Liquidación de Servicios Públicos
Más detallesDIRECCIÓN NACIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS (DIAN) CIRCULAR diciembre 2014
DIRECCIÓN NACIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS (DIAN) CIRCULAR 000042 29 diciembre 2014 PARA: Directores Seccionales de Aduanas; de Impuestos y Aduanas; Directores Delegados de Impuestos y Aduanas y Director
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO GENERAL VENCIMIENTOS MES DE MAYO 2013
BOLETIN INFORMATIVO GENERAL VENCIMIENTOS MES DE MAYO 2013 1. GANANCIAS. 1.1. Retenciones R.G. 830/2000 y Retención sobre sueldos R.G. 1261/2002 - Informe nominativo e ingreso de las retenciones practicadas
Más detallesCapítulo 74. Cobre y sus manufacturas. el metal con un contenido de cobre superior o igual al 99,85 % en peso; o
Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Nota. 1. En este Capítulo, se entiende por: a) Cobre refinado el metal con un contenido de cobre superior o igual al 99,85 % en peso; o el metal con un contenido de
Más detallesdel Art. 175º del Código Tributario y luego continuamos con el desarrollo práctico de los numerales 3,4 y 6, respectivamente.
Actualidad y Aplicación Práctica Infracciones Relacionadas con la Obligación de llevar Libros y/o Registros, Sanciones y Gradualidad Ficha Técnica Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : Infracciones
Más detallesCIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Salta, 18 de marzo de 2.010 CIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: PREVISIONAL TEMA: Régimen de Retención para el ingreso de las Contribuciones Patronales con destino a la Seguridad Social
Más detallesAcuerdo Acuerdos de Alcance Parcial
Page 1 of 7 :2401 :Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de : : : :tabaco. : : :2401.10 :Tabaco sin desvenar o desnervar : : :2401.10.10:Tabaco negro : : :2401.10.20:Tabaco rubio : : :2401.20 :Tabaco
Más detallesGuatemala: Balanza comercial con Suiza del año 2009 a mayo del 2012 ( Monto en miles de US$)
Perfil comercial bilateral de Guatemala y Suiza: Elaborado por: Perfil de país: Nombre oficial: Capital: Moneda: Idioma Oficial: Confederación Suiza Berna Franco suizo Francés, Alemán REGIÓN CATEGORÍA
Más detallesIMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS FEBRERO 2013
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS FEBRERO 2013 1 Facebook «Guía Tributaria» En él encontrarás: Información sobre novedades en legislación tributaria. Videos informativos sobre temas tributarios y aduaneros.
Más detallesDEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES MARCO NORMATIVO
MARCO NORMATIVO . Art. 850 ESTATUTO TRIBUTARIO. DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR. Impuesto de renta. SALDOS A FAVOR Impuesto sobre las ventas. Solicitar devolución. SALDOS A FAVOR EN RENTA Solicitar compensación
Más detallesALCANCE N 238B DOCUMENTOS VARIOS JUSTICIA Y PAZ. Año CXXXVIII San José, Costa Rica, lunes 31 de octubre del páginas
Año CXXXVIII San José, Costa Rica, lunes 31 de octubre del 2016 28 páginas ALCANCE N 238B DOCUMENTOS VARIOS JUSTICIA Y PAZ 2016 Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. JUSTICIA Y PAZ ALCANCE DIGITAL
Más detallesEmpresas designadas y Exportadoras como Agentes de Retención Quiénes son considerados agentes de retención?
Empresas designadas y Exportadoras como Agentes de Retención Quiénes son considerados agentes de retención? Son agentes de retención o de percepción las personas que por sus funciones públicas o por su
Más detallesAPRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE NOTARIOS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT
APRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE NOTARIOS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 138-99-SUNAT CONCORDANCIAS: R. SUPERINTENDENCIA N 005-2000-SUNAT, Art. 2 R. SUPERINTENDENCIA
Más detallesNovedades normativas Comprobantes de pago electrónicos
Novedades normativas Comprobantes de pago electrónicos Marco legal Agenda - Novedades en factura electrónica - Guía de remisión electrónica - Comprobante de retenciones y comprobante de percepciones electrónico
Más detallesCAPITULO 68 MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS
SECCION XIII MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS CAPITULO 68 MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE,
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades
Más detalles1. Real Decreto 1055/2003, Reglamentación Técnico Sanitaria de los productos de cacao y chocolate
1. Real Decreto 1055/2003, Reglamentación Técnico Sanitaria de los productos de cacao y chocolate 2. Real Decreto 823/1990, Reglamentación Técnico Sanitaria de productos derivados de cacao y chocolate
Más detallesBOLETIN ESPECIAL DE LA DINÁMICA DEL COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES DESTINADAS A CHINA REPÚBLICA DE COREA JAPÓN Resultados generales
DE LA DINÁMICA DEL COMERCIO EXTERIOR Bogotá, D. C., 1 de Marzo de 211 EXPORTACIONES DESTINADAS A CHINA REPÚBLICA DE COREA JAPÓN 27-211 Resultados generales Enero 211 En enero de 211, las exportaciones
Más detallesGráfica 1: Principales categorías de materiales de construcción importadas por Panamá, enero a julio 2013
Materiales de construcción en Panamá/Inteligencia de mercados Importaciones Por: Legiscomex.com Noviembre 6 del 2013 Entre enero y julio del 2013, las importaciones de materiales de construcción fueron
Más detallesSistema Peruano de Información Jurídica
Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE
Más detallesRégimen MYPE Tributario. Régimen Especial (RER) Nuevo RUS
Régimen MYPE Tributario Régimen Especial (RER) Nuevo RUS Decretos Legislativos N. s 1269 y 1270 (20.12.2016) Decretos Supremos N. s 402 y 403-2016-EF (31.12.2016) INDESCC INJ IGO Régimen tributario Especial
Más detallesCapítulo 74. Cobre y sus manufacturas. el metal con un contenido de cobre superior o igual al 99,85% en peso; o
Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Nota. 1. En este Capítulo, se entiende por: a) Cobre refinado el metal con un contenido de cobre superior o igual al 99,85% en peso; o el metal con un contenido de
Más detallesQué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas jurídicas hasta el 31/12/2011?
ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Jurídicas A
Más detallesBALANZA COMERCIAL AGROALIMENTARIA ABRIL I. Balanza comercial agroalimentaria México Centroamérica abril 2015
Cambio BALANZA COMERCIAL AGROALIMENTARIA ABRIL 2015 I. Balanza comercial agroalimentaria México Centroamérica abril 2015 a) Balanza comercial agroalimentaria México-Centroamérica La balanza comercial agroalimentaria
Más detallesINSTRUCCIONES DEL MODELO 111
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO
Más detalles2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?
INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
Más detallesTRIBUTACION AGRARIA. Normas de Promoción del Sector Agrario Ley 27360
TRIBUTACION AGRARIA Normas de Promoción del Sector Agrario Ley 27360 1 Régimen Ley N 27360 Sujetos Beneficiarios Personas Naturales Personas Jurídicas que desarrollen cultivos y/o crianzas (no forestal),
Más detallesDEVOLUCIÓN DE IGV COMO BENEFICIO AL EXPORTADOR. Mag. C.P.C. Luis A. Correa Vílchez
DEVOLUCIÓN DE IGV COMO BENEFICIO AL EXPORTADOR Mag. C.P.C. Luis A. Correa Vílchez Noviembre; 2012 ES LA SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL DE MERCANCIAS DE LIBRE CIRCULACION PARA SU USO O CONSUMO EN EL EXTRANJERO,
Más detalles