Cultura Tributaria SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL IGV -DETRACCIONES - SERVICIOS - AÑO Piura, 24 de febrero de 2015

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1 Cultura Tributaria SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL IGV -DETRACCIONES - SERVICIOS - AÑO 2015 Piura, 24 de febrero de 2015

2 SISTEMA DE DETRACCIONES D. Leg. 940, Reglamento y Modificatorias. R.Sup /SUNAT y Modificatorias. R.Sup /SUNAT, publicado el 12 de noviembre del 2014.

3 Sistemas Administrativos del IGV Sistema de Detracciones - El cliente detrae (retiene) un porcentaje del precio que tiene que pagar al proveedor, por el bien o el servicio sujeto a detracción. - El cliente lo deposita en la cuenta de detracciones que el proveedor ha aperturado en el Banco de la Nación. - El proveedor lo utiliza para el pago de sus tributos, costas y gastos. En unas situaciones, el proveedor es el obligado a realizar el depósito.

4 Operaciones Sujetas a Detracciones: 1. Venta Interna de Bienes y Prestación de Servicios. RS Nº /SUNAT. 2. Transporte de Bienes por Vía Terrestre. RS Nº /SUNAT. 3. Transporte Público de Pasajeros realizado por vía Terrestre. RS Nº /SUNAT. 4. Operaciones Sujetas al IVAP. RS Nº /SUNAT. 5. Espectáculos Públicos. RS Nº /SUNAT. (Derogada por RS /SUNAT) A partir del 01/01/2015, incluido en demás servicios gravados con el IGV Numeral 10 del Anexo 3 de la RS Nº /SUNAT.

5 DETRACCIÓN Venta Interna - R.S /SUNAT.

6 BIENES DEL ANEXO 1 PORCENTAJE MODIFICACIÓN DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN Hasta Desde (*) Desde 01/01/2015 (**) 1 Azúcar 2 Alcohol etílico 3 Algodón Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales , y Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales , y Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales / y , excepto el algodón en rama sin desmontar (Numeral 3 incorporado por el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, publicada el y vigente a partir del ). 10% 9% Excluidos. 10% 9% 12% 9% Excluidos. Excluidos. (*) RS Nº /SUNAT (**) RS N /SUNAT

7 ITEM BIENES DEL ANEXO 2 DEFINICIÓN Hasta 31/10/2013 A partir del 01/11/2013 A partir del 01/01/ Recursos hidrobiológicos 9% 9% 4% 2 Maíz amarillo duro 7% 9% 4% 3 Algodón en rama sin desmontar 15% 9% Excluido 4 Caña de azúcar 10% 9% Excluido 5 Arena y piedra 10% 12% 10% Residuos, subproductos, desechos, recortes, desperdicios y formas primarias derivadas de los mismos 15% 15% 15% Bienes gravados con el IGV, por renuncia a la exoneración 10% 9% Excluido Carnes y despojos comestibles (desde 01/03/2014) 4% 11 Aceite de pescado 9% 9% Excluido Harina, polvo y "pellets" de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos 9% 9% 4% 12

8 BIENES SUJETOS AL SISTEMA ITEM DEFINICIÓN Hasta 31/10/2013 A partir del 01/11/2013 A partir del 01/01/ Embarcaciones pesqueras 9% 9% Excluido 14 Leche 4% 4% Excluido 15 Madera 9% 9% 4% 16 Oro gravado con el IGV 12% 12% 10% 17 Páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta 12% 9% Excluido 18 Espárragos 12% 9% Excluido Minerales metálicos no 19 auríferos 12% 12% 10% 20 Bienes exonerados del IGV 1.50% 1.50% 1.5% 21 Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV 5% 4% 1.5% 22 Minerales no metálicos 6% 12% 10% 23 Plomo (desde 01/03/2014) 15% Excluido

9 SERVICIOS SUJETOS AL SISTEMA ANEXO 3 ITEM 01 DEFINICIÓN Hasta 31/10/2013 A partir del 01/11/2013 A partir del 01/01/2015 Intermediación laboral y tercerización 12% 12% 10% 02 Arrendamiento de bienes 12% 12% 10% Mantenimiento y reparación de 03 bienes muebles 9% 12% 10% 04 Movimiento de carga 12% 12% 10% 10% Desde 01/07/2014. Otros servicios empresariales 05 12% (Antes, 12%). 06 Comisión mercantil 12% 12% 10% 07 Fabricación de bienes por encargo 12% 12% 10% 08 Servicio de transporte de personas 12% 12% 10% 09 Contratos de construcción 5% 4% 4% Demás servicios gravados con el 10% Desde 01/07/ IGV 9% (Antes, 12%).

10 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Por parte del Usuario del Servicio: a) Hasta la fecha de pago parcial o total al prestador del servicio o a quien ejecuta el contrato de construcción, o dentro del quinto (5º) día hábil del mes siguiente a aquel en que se efectúa la anotación del Comprobante de Pago en el registro de compras, lo que ocurra primero.

11 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Por parte del Prestador del Servicio: Por parte del Prestador del Servicio o el que ejecuta el contrato de construcción, cuando reciba la totalidad del importe de la operación, sin haberse acreditado el depósito respectivo: Dentro del quinto día hábil siguiente de recibida la totalidad del importe de la operación.

12 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Usuario del Servicio: Enero 2015 Febrero 2015 Marzo 2015 Abril 2015 Factura Registro de Compras Pago del servicio S/. Culmina el Servicio Cuándo debe realizarse el depósito de la detracción?

13 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Usuario del Servicio: Enero 2015 Febrero 2015 Marzo 2015 Abril 2015 Culmina el Servicio Factura Registro de Compras Pago Del Servicio S/. Cuándo debe realizarse el depósito de la detracción?

14 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Usuario del Servicio: Enero 2015 Febrero 2015 Marzo 2015 Abril 2015 Pago Del Servicio S/. Factura Registro de Compras Culmina el Servicio Cuándo debe realizarse el depósito de la detracción?

15 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Usuario del Servicio: Enero 2015 Febrero 2015 Marzo 2015 Abril 2015 Pago Del Servicio S/. Factura Culmina el Servicio Registro de Compras Cuándo debe realizarse el depósito de la detracción?

16 Momento para efectuar el Depósito en Servicios Usuario del Servicio: Enero 2015 Febrero 2015 Marzo 2015 Abril 2015 Factura Pago Del Servicio S/. Registro de Compras Culmina el Servicio Cuándo debe realizarse el depósito de la detracción?

17 Caso Nº 01 La empresa Pesquera Paita SAA contrata a la Empresa Los Piuranos SAC para que se encargue del proceso de empaque de diversos productos hidrobiológicos en su planta ubicada en la zona industrial de Paita. En el mes de febrero del 2015 le presta dicho servicio, por el importe total de S/. 118,000, el cual fue concluido y facturado el 17/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. De corresponder, cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito?

18 Determinar: Caso Nº Qué pasa si el plazo para pagar el servicio es a 3 meses de concluido, la detracción se deposita el 04 de marzo del 2015 y la factura se anotó en el registro de compras en el periodo febrero del 2015? 5. Qué pasa si el servicio se paga al proveedor el 28 de febrero del 2015 (descontando el importe de la detracción), la factura se anoto en el registro de compras en febrero del 2015 y se deposita la detracción el 01 de marzo del 2015? 6. Qué se debe hacer para utilizar el crédito fiscal en el periodo febrero del 2015, cuando el servicio se paga una vez concluido, y qué hacer cuando es al crédito?

19 Caso Nº 02 La empresa Vigilancia SAA presta servicio de seguridad a la empresa Supermercados Piura SAC. En el mes de febrero del 2015 le presta dicho servicio por el importe total de S/. 50,000, el cual fue concluido y facturado el 28/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. De corresponder, cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito cuando el servicio se paga en febrero del 2015, y cuál es el plazo si el servicio es al crédito, sabiendo que la factura se anota en el registro de compras del periodo febrero 2015?

20 Caso Nº 03 La empresa Mantenimientos SAA presta servicio de mantenimiento a los barcos de la empresa Servicios Logísticos Integrales SAA. En el mes de febrero del 2015 le presta dicho servicio por el importe total de S/. 200,000, el cual fue concluido y facturado el 10/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. De corresponder, cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito cuando el servicio se paga el 25 de febrero del 2015; y cuál es el plazo si el servicio es al crédito, sabiendo que la factura se anota en el registro de compras del periodo febrero 2015?

21 Caso Nº 04 La empresa Instalaciones SAA presta servicio de instalaciones eléctricas a la Constructora Urbana SAC en los departamentos que esta empresa viene construyendo en la ciudad de Piura. En el mes de febrero del 2015 le presta dicho servicio por el importe total de S/. 50,000, el cual fue concluido y facturado el 17/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. Cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito cuando el servicio se paga el 28 de febrero del 2015; y cuál es el plazo si el servicio es al crédito a 90 días, sabiendo que la factura se anota en el registro de compras del periodo marzo 2015?

22 Caso Nº 05 La empresa Mantenimientos SAC presta servicio de limpieza en los edificios de la CMAC Piura SAC. El servicio se prestó en el mes de febrero del 2015 por el importe total de S/. 50,000, el cual fue concluido y facturado el 17/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. Cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito cuando el servicio se paga el 28 de febrero del 2015; y cuál es el plazo si el servicio es al crédito a 90 días, sabiendo que la factura se anota en el registro de compras del periodo abril 2015?

23 Caso Nº 06 La empresa Mantenimientos SAC presta servicio de limpieza a la empresa Constructora Urbana SAC en los departamentos que esta empresa viene construyendo en la ciudad de Piura. El servicio se prestó en el mes de enero del 2015 por el importe total de S/. 100,000, el cual fue concluido y facturado el 17/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. Cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito cuando el servicio se paga el 01 de marzo del 2015; y cuál es el plazo si el servicio es al crédito a 90 días, sabiendo que la factura se anota en el registro de compras del periodo febrero 2015?

24 Caso Nº 07 La empresa Vidrios e Instalaciones SAA presta servicio de instalaciones de vidrio, ventanas y puertas a la Constructora Urbana SAC en los departamentos que esta empresa viene construyendo en la ciudad de Piura. En el mes de febrero del 2015 le presta estos servicios por el importe total de S/. 200,000, el cual fue concluido y facturado el 17/02/2015. Determinar: 1. Está sujeto a detracción este servicio? 2. Cuánto será el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito cuando el servicio se paga el 25 de febrero del 2015; y cuál es el plazo si el servicio es al crédito a 90 días, sabiendo que la factura se anota en el registro de compras del periodo febrero 2015?

25 Caso Nº 08 La empresa Servicios Piura SA presta servicio de mantenimiento para los equipos de aire acondicionado de la empresa Buenos Aires SA por el precio de S/. 20,000 en el mes de febrero del El pago de este servicio se hará efectivo en mayo del Determinar: 1. Está sujeta a detracción este servicio? 2. Cuánto es el importe de la detracción? 3. Cuál es el plazo para realizar el depósito? 4. Qué pasa si se deposita la detracción en el mes de abril del 2015?

26 SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL IGV

27 Sistemas Administrativos del IGV Sistema de Detracciones - El cliente detrae (retiene) un porcentaje del precio que tiene que pagar al proveedor, por el bien o el servicio sujeto a detracción. - El cliente lo deposita en la cuenta de detracciones que el proveedor ha aperturado en el Banco de la Nación. - El proveedor lo utiliza para el pago de sus tributos, costas y gastos. En unas situaciones, el proveedor es el obligado a realizar el depósito. Sistemas de Retenciones - El cliente retiene un porcentaje del precio que tiene que pagar a su proveedor. - El cliente lo declara y paga a SUNAT. - El proveedor lo utiliza como crédito contra el IGV. Sistema de Percepciones - El proveedor cobra un porcentaje adicional del precio por la venta de los productos sujetos a percepción. - El proveedor lo declara y paga a SUNAT. - El cliente lo utiliza como crédito contra IGV.

28 Impuesto General a las Ventas RÉGIMEN DE RETENCIONES 24 de febrero del 2015

29 Qué es el Régimen de Retenciones del IGV? Es un sistema por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención, deberán retener parte del IGV que les es trasladado por sus proveedores, para su posterior entrega al Fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias que les corresponda. El proveedor podrá deducir los montos que se le hubieran retenido, contra el IGV que le corresponda pagar.

30 Qué es el Régimen de Retenciones del IGV? El Usuario/Cliente (Agente de retención designado por SUNAT) retiene del importe de la operación a cancelar al proveedor, un porcentaje fijado en 3% cancelando de este modo un importe equivalente al 97% (a partir del 01/03/2014, antes 6%). FINALIDAD Asegurar la cobranza de una parte del IGV de una operación que ya se realizó.

31 Qué es el Régimen de Retenciones del IGV? PROVEEDOR S/. 1,000 IGV S/. 180 TOTAL S/. 1,180 AGENTE (35.40) 621 S/. 1, en moneda 3% S/ C. de Retención S/ Cruce: Retenciones informadas (Agente) vs Retenciones declaradas (Proveedor)

32 Ámbito de Aplicación VENTA DE BIENES PRESTACIÓN DE SERVICIOS PRIMERA VENTA DE INMUEBLES CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN REGLA GENERAL Base Legal: Artículo 2 RS N /SUNAT

33 Sistema de Retenciones del IGV Obligaciones Agentes de Retención Proveedor Solicitar a la SUNAT la autorización de comprobantes de retención. Diferenciar los sujetos y operaciones a las cuales se debe aplicar la retención del IGV y efectuar la misma. Emitir los comprobantes de retención al momento del pago. Abrir en su contabilidad una cuentas denominada "IGV Retenciones por Pagar. Optativamente, marcar en el Registro de Compras los comprobantes sujetos a retención. Poseer debidamente legalizado el Registro del Régimen de Retenciones, el cual podrá tener un máximo de 10 días de atraso el mencionado registro. Declarar y pagar a la SUNAT las retenciones efectuadas en el periodo utilizando el PDT Agentes de Retención, formulario virtual N 626. Aceptar la retención que efectuará el Agente de Retención. Emitir comprobantes diferenciados por operaciones gravadas y no gravadas. Abrir una subcuenta denominada "IGV retenido" dentro de la cuenta "Impuesto General a las Ventas" donde controlara las retenciones que le hubieren efectuado los Agentes de Retención, así como las aplicaciones de dichas retenciones al IGV por pagar. Deducir del importe del IGV a pagar la suma de los comprobantes de retención recibidos en el mes. Declarar en el PDT 621 IGV Renta mensual en el periodo al que corresponda el comprobante de retención recibido.

34 Oportunidad en la que se Efectúa la Retención El Agente de Retención efectuará la retención en el momento en que se realice el pago, con prescindencia de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV, aún cuando se efectivice hacia un tercero, el Agente de Retención deberá emitir y entregar el Comprobante de Retención al proveedor. Base Legal: Artículo 7 RS N /SUNAT. 34

35 Oportunidad de retener cuando hay pago En efectivo Fecha de entrega o puesta a disposición del efectivo. (Art. 7 ) En especie Fecha de entrega o puesta a disposición de los bienes. (Art. 1.f) Cheque Fecha en que se pone a disposición la retribución (Informe SUNAT) Cheque diferido Fecha de vencimiento. Informe SUNAT 35

36 Oportunidad de retener cuando hay pago Letra de cambio Fecha de vencimiento o cuando se hace efectivo el pago, lo que ocurra primero. Si se renovara el título valor: la nueva fecha de vencimiento o aquella en que se haga efectivo. (Informe SUNAT) Compensación Fecha en que ésta se realice (Art. 1.f) 36

37 Operaciones excluidas en función al tipo de comprobante de pago Se excluye del régimen de Retenciones a las operaciones sustentadas con liquidaciones de compra y pólizas de adjudicación, las mismas que seguirán regulándose según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago. 37

38 Operaciones Excluidas en Función al Monto de las Operaciones Todas aquellas operaciones en las cuales el pago efectuado sea igual o menor a S/ y el monto de los Comprobantes de Pago involucrados no supere dicho importe. Es decir, se plantean dos condiciones a efectos que surta efectos la excepción de la obligación de retener, las cuales son: Importe de pago e importe de los comprobantes de pago involucrados. Base Legal : Artículo 3 RS N /SUNAT 38

39 Operaciones Excluidas en Función a Operaciones Realizadas con Buenos Contribuyentes (Decreto Legislativo N 912 y normas reglamentarias). Realizadas con Agentes de Percepción del IGV. Se emitan los documentos a que se refiere el numeral 6.1. del artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Pago. Ejemplo: recibo de luz, boletos aéreos, cargos bancarios. Se emitan boletas de ventas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, que no permita usar Crédito Fiscal. Ventas y servicios respecto de los cuales conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de comprobante de pago, no exista la obligación de emitir Comprobante de Pago. Base Legal: Artículo 5 RS N /SUNAT 39

40 Operaciones Excluidas en Función a Operaciones En las cuales opere el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N 940, aprobado por el Decreto Supremo N EF. Realizadas por Unidades Ejecutoras del Sector Público que tengan la condición de Agente de Retención, cuando dichas operaciones las efectúen a través de un tercero, bajo la modalidad de encargo, sea éste otra Unidad Ejecutora, entidad u organismo público o privado. Realizadas con proveedores que tengan la condición de Agentes de Percepción del IGV, según lo establecido en las RS N /SUNAT y /SUNAT, y sus respectivas normas modificatorias. 40

41 4 1 Excepción de la Obligación de Retener Se exceptúa de la obligación de retener cuando el pago efectuado es igual o menor a S/. 700 y el monto de los comprobantes involucrados no supera dicho monto.

42 Base de Cálculo y Tasa TASA: 3% del importe total de la operación. Importe de la operación: Suma total a la que queda obligado a pagar el adquiriente, usuario del servicio o quien encarga la construcción, incluidos los tributos que graven la operación, inclusive el IGV. PAGOS PARCIALES Retención sobre el importe de cada pago. Base Legal: Artículo 1 inc. e) y artículo 6 RS /SUNAT

43 Declaración y Pago de las Declaración a cargo del Agente Retenciones PDT N 626 Agentes de Retención: Declarar y pagar las retenciones efectuadas a sus proveedores dentro del vencimiento según cronograma. El Agente no podrá compensar el SFE contra el pago de las retenciones. Se deberá presentar el PDT 626 aún cuando no se hayan efectuado retenciones. Base Legal : Art. 9 de R.S /SUNAT 43

44 Declaración y Pago de las Retenciones Declaración a cargo del Proveedor PDT N 621 IGV Renta mensual: Declarar las retenciones efectuadas por sus compradores dentro del vencimiento según cronograma. El proveedor podrá deducir del IGV a pagar el importe de las retenciones que le han efectuado pero Base Legal.- Art. 10 y 11 de R.S /SUNAT 44

45 Comprobante de Retención Al momento de efectuar la Retención, el Agente de Retención deberá entregar el Comprobante de Retención. Estos Comprobantes pueden ser solicitados a la imprenta, previa autorización; o Imprimir directamente sus propios comprobantes, previa autorización (Formulario 806), sin necesidad de imprentas. Si hay acuerdo entre el Agente de Retención y el Proveedor, se podrá emitir un solo Comprobante de Retención que contengan las retenciones efectuadas en el mes, debiendo consignar la fecha de la retención (Art. 8 ). Base Legal: Art. 8 de R.S /SUNAT 45

46 Comprobante de Retención TENER EN CUENTA: Pago por tercero: el Agente de Retención emitirá el Comprobante de Retención al adquirente o usuario, mas no al tercero que paga. (Art. 7 ). Por ejemplo: Descuento de letras de cambio: el aceptante pagará al banco el importe neto de la retención y emitirá el Comprobante de Retención al proveedor. Base Legal: * Informe SUNAT). 46

47 Devolución de retenciones no aplicadas e indebidas El Proveedor podrá solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor de 3 períodos consecutivos. A menos que le sea de aplicación la Quinta Disposición Final de la R. S. N del Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la adquisición de combustible, en cuyo caso: a. Deducirá de su impuesto a pagar en primer lugar las percepciones y luego las retenciones que le hubieran efectuado. b. Podrá solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor de 2 periodos consecutivos. 47

48 Deducciones a las Retenciones El Proveedor podrá deducir del impuesto a pagar las retenciones que le hubieran efectuado, hasta el último día del período al que corresponde la declaración. Ejemplo: La empresa "A" ha determinado un Impuesto General a las Ventas a pagar de S/. 200 correspondiente a las operaciones de venta de mercadería realizadas en enero del 2015 y cuenta con un monto a deducir de S/. 150 producto de las retenciones que ha sido objeto EN DICHO MES por las adquisiciones realizadas a la empresa transnacional "X", designado agente de retención, y sustentado con Comprobantes de Retención. Al deducir el importe retenido del IGV declarado, la empresa "A" solo pagará el importe de S/

49 Impuesto General a las Ventas RÉGIMEN DE PERCEPCIONES 24 de febrero del 2015

50 Mapa Conceptual Ley :Régimen de Percepciones del IGV Adquisición de Bienes Importación de Bienes Operación de Ventas RS y modificatorias Normas Generales Adquisición de Combustibles RS y modificatorias. RS y modificatorias. Disp. Generales y Disp. Transitorias 50

51 Qué es el Régimen de Percepciones del IGV? Es el régimen aplicable a las operaciones de venta de bienes gravadas con IGV y a las importaciones por el cual, el Agente de Percepción designado por SUNAT recibirá de su cliente un monto adicional al valor de venta, por concepto del IGV que generará en sus operaciones futuras. No es aplicable a las operaciones de venta de bienes inafectos y/o exonerados. Base Legal: R.S.N /SUNAT; R.S.N /SUNAT; R.S.N /SUNAT; Ley

52 Participantes del Régimen Perceptor Adquiriente El Proveedor designado como Agente de Percepción (Art. 13 Ley 29173) La SUNAT en las importaciones. El cliente sea sujeto o no del IGV que adquiere bienes de un Agente de Percepción. 52

53 PERCEPCIÓN Compra de Combustibles Importación Definitiva de Bienes Venta interna de Bienes Proveedores de combustibles designados Agentes de Percepción SUNAT Proveedores de determinados bienes designados Agentes de Percepción 1% 10 % 5 % 3.5 % 2 % 0.5 % 53

54 Operación realizada con un proveedor designado agente de percepción PROVEEDOR (Designado agente de percepción por Decreto Supremo) Operación de compra/venta CLIENTE Percibe un porcentaje (%) 54

55 Cómo opera la Percepción en la Venta de Bienes? Vende bienes señalados según Anexo 1 de la Ley N a su cliente. VENDEDOR Agente de Percepción Registra la Percepción en la Cuenta IGV- Percepciones por Pagar y en el Registro del Régimen de Percepciones Factura V. V. 2, IGV P.V 2, PERC(2%) , COMPRADOR Registra la Percepción del IGV en la subcuenta IGV Percepciones Por aplicar dentro de la Cuenta IGV Declara y paga en el PDT Percepciones a las Ventas Internas, Form. Virtual N 697. Declara y paga en el PDT IGV Renta- Form. Virtual N

56 Si el cliente no fuese sujeto del IGV a) Si estuviese en el RUS : Deducirá la percepción de su cuota mensual, Si no hubiera cuota compensable, podrá solicitar su devolución b) Si no estuviese ni en IGV ni en RUS: Podrá solicitar la devolución de lo percibido, la que deberá ser efectuada dentro de 45 días útiles con intereses moratorios. (Ley 28053, Art. 3) 56

57 Normas Generales Oportunidad para efectuar la Percepción Regla General En el momento en que se realice el cobro total o parcial, con prescindencia de la fecha en que se realizó la operación, siempre que a la fecha de cobro el contribuyente mantenga la condición de Agente de Percepción. Base Legal.- Art. 7 Ley

58 Normas Generales Operaciones en moneda extranjera Se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la SBS publicado en la fecha en que corresponda efectuar la percepción. Si no existe, el último publicado. Base Legal.-Art. 6 de la Ley

59 Percepciones en la venta de bienes Bienes sujetos al Régimen: Se aplica a la venta de bienes gravados con IGV Apéndice 1 Ley 29173, es referencial. Debe considerarse a comprendidos en subpartidas nacionales indicadas en el Ap. I. A través de DS (MEF, opinión técnica SUNAT) se puede incluir o excluir bienes, según capítulos Arancel de Aduanas. No se aplica a venta de bienes exonerados o inafectos del impuesto. Base Legal.- Art. 9 de la Ley

60 Importe de la percepción Precio de Venta: Valor de venta + tributos que graven la operación. Incluye pagos parciales. 0.5 % 1% 2% Se emita CdP que permita ejercer el derecho a crédito fiscal; y El cliente figure en Listado de clientes que podrán estar sujetos al 0.5% de percepción del IGV. Materiales de construcción (num Apéndice, sismo ) En todos los demás casos. Base Legal.- Art. 5 RS /SUNAT, 2da Disp.Transitoria Ley

61 Importe de la Percepción 10 % Excepcionalmente se aplicará este porcentaje cuando el importador se encuentre a la fecha en que efectúa la numeración de la DUA o DSI, en algunos de los siguientes supuestos: Contribuyente NO HABIDO SUNAT le hubiera comunicado o notificado la baja de su inscripción a su RUC y figure en el registro de SUNAT. Hubiera suspendido sus actividades y figure en el registro de SUNAT. Base Legal.- Art. 5 RS /SUNAT, 2da Disp.Transitoria Ley 29173, modificado por el D. Leg publicado el 07/07/

62 Importe de la Percepción No cuente con Nro de RUC o teniéndolo no lo consigne en la DUA o DSI. 10 % Realice por primera vez una operación y/o régimen aduanero. Estando inscrito en el RUC no se encuentre afecto al IGV. Base Legal.- Art. 5 RS /SUNAT, 2da Disp. Transitoria Ley modificado por el D. Leg publicado el 07/07/

63 Devolución de las percepciones El cliente o importador podrá solicitar la devolución de las percepciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado en un plazo no menor de 3 períodos consecutivos. Base Legal.- Art. 4 de la Ley

64 Declaración y pago del Agente de Percepción El agente de percepción declarará el monto total de las percepciones practicadas en el período y efectuará el pago respectivo, utilizando el PDT- Agentes de Percepción, Form El agente de percepción no podrá compensar los créditos tributarios que tenga a su favor, contra los pagos que tenga que efectuar por las percepciones realizadas. Base Legal.- Art. 12 R.S.N /SUNAT 64

65 Percepciones en la venta de bienes Declaración del cliente El cliente presentará el PDT-IGV Renta mensual, Formulario 621, donde consignará el impuesto que se le hubiera percibido, deduciendo del tributo a pagar. Base Legal.- Art. 13 R.S.N /SUNAT 65

66 Aplicación de las Percepciones El cliente o importador deducirá del Impuesto a pagar las percepciones que le hubieren efectuado hasta el último día del período al que corresponde la declaración. Si no existieran operaciones gravadas o si éstas resultaran insuficientes para absorver las percepciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los períodos siguientes hasta agotarlo, pudiendo ser materia de COMPENSACIÓN con otra deuda tributaria. Base Legal.- Art. 4 de la Ley

67 Operaciones excluidas de la Percepción Se EXCLUYEN las siguientes operaciones: 1.- Cuando se cumpla en forma concurrente que: Se emita CdP que otorgue crédito fiscal. El cliente sea Agente de Retención o figure en Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV (Condición Habido, Estado Activo). 2.- Realizadas con consumidores finales. 3.- El retiro de bienes considerado como venta. Base Legal.- Art. 9 de la Ley

68 Operaciones excluidas de la Percepción Se EXCLUYEN las siguientes operaciones: 4.- Efectuada a través de la Bolsa de Productos. 5.- Cuando opere el SPOT. 6.- Venta de gas licuado de petróleo, despachado a vehículos de circulación por vía terrestre a través de dispensadores autorizados por DGH del MEM. NOTA.- Para la elaboración del listado de entidades que padrón ser exceptuados de la percepción la SUNAT elaborara una relación sobre la base de las entidades del sector publico nacional 6 y los numerales a), c), d), e) y f) del art. 18 de la LIR, Base Legal.- Art. 9 de la Ley modificado por el D.Leg publicado el 07/07/

69 Consumidor Final Se considera consumidor final, al cliente que cumpla de manera concurrente las siguientes condiciones: a. Que sea persona natural. b. Que el importe adquirido de dos o más unidades no supere los S/. 1,500 por CdP. En caso de harina de trigo, agua, cerveza, jugos de frutas, disco ópticos el importe no debe superar S/ 100. En caso de GLP hasta 2 cilindros, si la venta es GLP a granel, el importe no supere S/ 1,500. Base Legal.- Art. 12 de la Ley

70 Consumidor Final El agente de percepción NO considerará al cliente como consumidor final si: a. Emite un C/pago que permite sustentar el crédito fiscal del IGV o, b. Estamos ante una venta con entrega de bienes en consignación o, c. Los bienes que vende el agente los vende el cliente a través de establecimientos destinados a la realización u obtención de rentas de tercera categoría (Grifos, Supermercados, Bodegas, farmacias, etcétera.) Base Legal.- Art. 12 de la Ley

71 Orden de aplicación cuando se cuente con Retenciones y/o Percepciones Cuando se cuente con retenciones y/o percepciones declaradas en el período y/o en períodos anteriores, éstas se deducirán del impuesto a pagar en el siguiente orden: a. Las percepciones declaradas en el período. b. El saldo no aplicado de percepciones que conste en la declaración del período correspondiente a percepciones declaradas en períodos anteriores. c. Una vez agotadas las percepciones, de ser el caso, se deducirán las retenciones en el orden establecido en los incisos anteriores. 71

72 Compensación El saldo a compensar de retenciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) no aplicadas, debe constar en la declaración mensual presentada correspondiente al último período tributario vencido a la fecha de la solicitud de compensación. En la medida que la solicitud de compensación de retenciones del IGV no sea atendida; deberá seguir consignando en el PDT 621 todo el saldo no aplicado de retenciones (casilla 165) del IGV, incluso el monto que ha solicitado compensar, en las declaraciones que presente por periodos tributarios posteriores. Sólo una vez aprobada la solicitud deberá descontarse el saldo compensado y dejar de arrastrarlo en las siguientes declaraciones. 72

73 Cultura Tributaria SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL IGV -OPERACIONES EN MODENA EXTRANJERA- AÑO 2015 Piura, 25 de febrero de 2015

74 Retención, Detracción o Percepción? Prestación de Servicio de Mantenimiento Detracción Retención Qué sistema se aplica, siendo en el caso que el cliente es Agente de Retención? 74

75 Retención, Detracción o Percepción? Prestación de Servicio de Mantenimiento Detracción Retención Prevalece la Detracción. 75

76 Tipo de Cambio aplicado en las Detracciones El Tipo de Cambio Promedio Ponderado Venta publicado por la SBS: En la fecha en que nace la obligación tributaria del IGV o hubiera nacido. En la fecha en que deba efectuarse el depósito Lo que ocurra primero 76

77 Retención, Detracción o Percepción? Compra de Computadoras Detracción Retención Percepción Qué sistema se aplica, siendo en el caso que el cliente es Agente de Retención? 77

78 Retención, Detracción o Percepción? Compra de Computadoras Detracción Retención Percepción Si el cliente es agente de retención, se aplica la retención, considerando que el proveedor no es agente de retención ni de percepción. 78

79 Tipo de Cambio aplicado en las Retenciones El Tipo de Cambio Promedio Ponderado Venta publicado por la SBS: En la fecha de pago. 79

80 Retención, Detracción o Percepción? Un Agente de Retención realiza compra de Trigo a un Agente de Percepción Detracción Retención Percepción Qué sistema se aplica? 80

81 Retención, Detracción o Percepción? Un Agente de Retención realiza compra Harina de Trigo a un Agente de Percepción Detracción Retención Percepción No se aplica retención ni percepción. 81

82 Retención, Detracción o Percepción? Se compra de Harina de Trigo a un Agente de Percepción Detracción Retención Percepción Qué sistema se aplica? 82

83 Retención, Detracción o Percepción? Se compra de Harina de Trigo a un Agente de Percepción Detracción Retención Percepción Se aplica el sistema de percepciones. 83

84 Tipo de Cambio aplicado en las Retenciones El Tipo de Cambio Promedio Ponderado Venta publicado por la SBS: En la fecha en que corresponda efectuar la percepción. 84

85 Retención, Detracción o Percepción? Un Agente de Percepción compra Harina de Trigo a otro Agente de Percepción Detracción Retención Percepción Qué sistema se aplica? 85

86 Retención, Detracción o Percepción? Se compra de Trigo a un Agente de Percepción Detracción Retención Percepción Se aplica el sistema de percepciones con la tasa a 0.5%. 86

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