c DAMOEDO CFP SL EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP
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- Milagros Torregrosa Torres
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1 c DAMOEDO CFP SL EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP
2 c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP DECLARACIÓN DE LA RENTA DEL 2013 Y CONSEJOS PARA 2014 Cómo se presenta la declaración? La Agencia Tributaria tiene un servicio de petición de datos fiscales que permite comprobar los datos que tiene de nosotros. Con esta opción se obtiene el código que nos permite acceder al borrador de nuestra declaración de la renta. NOVEDADES en 2013 sobre IRPF y PATRIMONIO Deducción por inversión en vivienda habitual. Si la inversión se hizo del 1 de enero de 2013 en adelante ya no se tiene derecho a deducción. Ganancias y Pérdidas generadas en Si se han generado en más de un año se integran en la base imponible del ahorro. Si se han generado en menos de un año van a la base imponible general. Los pasos son los siguientes: Saldo pérdidas en base imponible general. Antes se podía compensar con el 25% del saldo positivo de los rendimientos e imputaciones de rentas. Ahora solo se puede compensar con el 10%. Primero es tener a mano el DNI y el importe de la casilla 620 de la declaración de IRPF del año anterior. El impuesto de Patrimonio. Vuelve a tener que declararse. Con estos dos datos y siguiendo los pasos al entrar en este acceso nos llegará a nuestro teléfono móvil el código para acceder al borrador, así de fácil y sencillo. Anteproyecto de ley de reforma fiscal, JUNIO 2014 El gobierno reducirá el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades entre 2015 y 2016 para que los ciudadanos y las empresas aumentemos el consumo, el ahorro y la inversión, con el objetivo de crecer más y de que la creación de empleo se adelante. Con esta opción entraremos a ver nuestro borrador si ya tenemos el código anterior. En esta campaña ya no se puede hacer la declaración de la renta en papel, simplemente porque ya no hay impresos, así que o se confirma el borrador o se baja el programa PADRE y se hace. Aunque no hay que entregar ningún documento o justificante para realizar la declaración, es importante guardar todo aquello que justifique lo que hemos declarado hasta el 30 de junio de 2018 (4 años desde que finalice el plazo de presentación). 1
3 1 IRPF: LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES Quiénes no están obligados a declarar? No están obligados a declarar todos aquellos contribuyentes que en 2013 obtuvieron unos ingresos totales máximo de Tampoco tienen que declarar quienes, a pesar de superar el límite anterior, recibieron en 2013 rentas exclusivamente de las siguientes fuentes y cumplen todas estas condiciones: Hasta en rendimientos íntegros del trabajo. Hasta de rendimientos del capital mobiliario y ganancias con retención. Hasta por imputación de rentas, rentas no sujetas a retención por compra de letras del tesoro o subvención por adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado. Sin embargo, las personas que han recibido más de tienen que hacer la declaración : Si el pagador no estaba obligado a retener. Si se recibieron pensiones compensatorias del cónyuge o pensiones de alimentos no exentas Si se ha tenido distintos pagadores y se ha recibido más de Si se han tenido pérdidas mayores a 500 Declaración conjunta o individual? En general, la tributación conjunta interesa a familias monoparentales (un progenitor soltero, viudo, divorciado o separado y sus hijos menores de 18 años) cuando los hijos no reciben rentas sujetas y a los matrimonios donde uno de los cónyuges tiene ingresos muy bajos o nulos. Qué ingresos no se declaran? Los más comunes son: Indemnizaciones de la empresa al trabajador por despido legal, dietas o traslado. Pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Pensión de orfandad. Prestación pública por nacimiento de un hijo. Prestación por desempleo de pago único. Rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero, con un límite máximo de Cantidades cobradas de seguros sanitarios o del hogar. Indemnización por daños personales en ciertas circunstancias. Prestación de seguros de vida sometidos al ISD. Dividendos hasta Rendimientos procedentes de los PIAS si se constituye una renta vitalicia. 2
4 1.1 IRPF: RENDIMIENTOS DEL TRABAJO c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP Cuáles son los rendimientos del trabajo? Los salarios de los empleados. Los sueldos de los funcionarios. Reembolso de los planes de pensiones Prestaciones por desempleo, ILT, maternidad. Pensiones de la Seguridad Social. Becas no exentas. Pensión de alimentos al cónyuge. Conferencias y cursos. Los planes de pensiones no son rendimientos del ahorro, sino rentas que proceden del trabajo que en el año en que se generaron no han tributado. Rendimiento del trabajo irregular Para que una renta del trabajo se considere irregular y en consecuencia susceptible de beneficiarse de una reducción fiscal, debe cumplir alguno de estos dos requisitos: Debe generarse en un período superior a dos años y no ser recurrente. Debe generarse de forma irregular y recibirse en un único pago. La reducción fiscal que se aplica es del 40% (máx ). Si el importe es inferior a la reducción se aplica sobre como máximo, y si el importe es igual o inferior a la reducción es sobre el resultado de la siguiente formula: (rendimiento ). Si el importe es superior a no se aplica reducción. Qué gastos son deducibles? Cotizaciones a la Seguridad Social. Cuotas sindicales. Cuota del colegio profesional cuando la colegiación sea obligatoria para el desempeño de su trabajo. Máximo 500 al año. Gastos en defensa jurídica y litigios laborales. Qué ingresos del trabajo no tributan? Las dietas pagadas por la empresa por gastos de viaje por motivos laborales hasta un límite, el resto tributa. Por ejemplo el alojamiento no tiene límite pero precisa factura, sin embargo la manutención no precisa factura pero tiene límite, si se pernocta, el límite es de 53,34 en España y 91,35 en el extranjero. Si no se pernocta los límites son de 26,67 y 48,08 diarios. Acciones de la propia empresa gratis dentro de un plan de retribuciones preestablecido y siempre que no supere el 5 del capital social. El valor de las acciones recibidas no puede superar los al año y no pueden venderse en 3 años. Gastos de formación relacionados con el trabajo. Vales o tarjetas personalizadas de comida siempre que no se puedan reembolsar en efectivo. No pueden superar los 9 al día. Abonos de transporte para el desplazamiento de la residencia al trabajo. (No pueden superar los 136,36 mensuales, con límite de al año) Servicios sociales y culturales. Servicios de enseñanza prestados por centros educativos autorizados para los hijos de los empleados. Seguros de salud para el empleado, su cónyuge e hijos hasta un límite de 500 al año. 3
5 1.2 IRPF: RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO DOSITEO AMOEDO, EUROPEAN FINANCIAL PLANNER, ASOCIADO EFPA Nº 2399 Inmuebles alquilados: Se deben declarar todos los ingresos y gastos con las siguientes consideraciones: Los inmuebles destinados a vivienda si el inquilino tiene entre 18 y 30 años (35 si el contrato se hizo antes del 2011) y además tiene ingresos superiores al IPREM (7.455,14 en 2013), el propietario tiene derecho a una reducción del 100% del rendimiento neto (si el rendimiento neto es negativo solo se reducirá en el 60%). El inquilino ha de entregar al arrendador cada año, antes del 31 de marzo, una declaración con los siguientes datos: Nombre y apellido, domicilio fiscal, NIF, edad, rendimientos del trabajo superiores al IPREM. Los inmuebles destinados a vivienda, en los demás casos, el propietario tiene derecho a una reducción del 60% del rendimiento neto. Inmuebles no alquilados: Estos inmuebles generan un rendimiento ficticio denominado imputación de renta inmobiliaria que será del 2% o del 1,1% del valor catastral, dependiendo de si el inmueble ha sido revisado tras el 1 de enero de 1994 o no. No se declaran: La vivienda habitual. Los solares. Los edificios en construcción. Las tierras o fincas. Los locales afectos a actividades económicas. Qué gastos son deducibles? Todos los necesarios para obtener el alquiler. Los intereses y los gastos de conservación y reparación. (Estos sólo se pueden descontar hasta el límite de los ingresos, el resto se pueden descontar en los 4 años siguientes.) Gastos más corrientes: Intereses y gastos financieros. Conservación y reparación. Tributos. Servicios profesionales. Primas de seguros. Suministros que pague el propietario. Amortización. 4
6 1.3 IRPF: RENDIMIENTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Se consideran rendimientos de actividades económicas aquellos que se obtienen de organizar por cuenta propia la actividad. Hay tres métodos de determinar el rendimiento neto de la actividad económica, el de la estimación directa y simplificada y el de la estimación objetiva: c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP Estimación directa normal: Obligatorio para actividades cuya cifra de negocio sea superior a en el año anterior o por renuncia expresa a la simplificada. Obligatorio contabilidad ajustada al Código de Comercio. Estimación directa simplificada: No es obligatoria la contabilidad oficial, pero es necesario un registro de ventas e ingresos, compras y gastos y de bienes de inversión. Este es el método que utilizan los pequeños empresarios, autónomos y profesionales en general. Estimación objetiva: Es una opción voluntaria para ciertas actividades fijadas por el Ministerio de Economía y Hacienda. El beneficio se calcula por módulos, que tienen un valor asignado. Si el empresario considera que obtendrá un beneficio superior al establecido por los módulos le conviene este método. Estos métodos se pueden cambiar en diciembre de cada año y hay que mantenerlos al menos durante 3 años Qué gastos son deducibles? En principio todos los gastos que figuren en los libros de registro son deducibles, si son objetivamente necesarios para la actividad y existe un justificante. Casos particulares: Primas de seguro de enfermedad propio del cónyuge y de los hijos meno res de 25 años que convivan con el contribuyente, con el límite de 500 al año por persona. Gastos de vehículos afectos a la actividad si se puede probar que no se dedica al uso particular. Regalos con fines publicitarios, atenciones a clientes o proveedores, prensa, cursos profesionales, etc. 5
7 1.4 IRPF: EL AHORRO, RENDIMIENTOS Y GANANCIAS Rendimientos del capital mobiliario Intereses de depósitos o cuentas corrientes. Rendimientos de letras del tesoro, bonos u obligaciones. Dividendos de acciones o participaciones. Están exentos los primeros 1.500, excepto si proceden de fondos de inversiones o se han comprado 2 meses antes del pago del dividendo y se venden dentro de los 2 meses siguientes. Rendimientos de los contratos de seguros, planes de jubilación, unit linkeds, index linkeds. Qué gastos son deducibles? Son deducibles únicamente los gastos de administración y custodia de valores. No son deducibles los gastos de mantenimiento de las cuentas bancarias, ni los gastos por apunte, administración etc. Las ganancias o pérdidas de los productos financieros: Un año o menos: Se incluyen en la parte general y pueden tributar hasta el 52%. Más de un año: Se incluyen en la parte del ahorro y tributan al 21% hasta 6.000, al 25% el resto hasta y al 27% el resto. Caso particular: Las Obligaciones Subordinadas y Preferentes La crisis financiera ha traído como consecuencia la pérdida de un aparte importante de los ahorros invertidos en obligaciones subordinadas y preferentes. El tratamiento fiscal de las pérdidas en estos productos se consideran rendimientos del capital mobiliario negativo. La única forma de recuperar estas pérdidas fiscalmente es compensarlas en un plazo máximo de 4 años con rendimientos de capital mobiliario positivos. Según consulta vinculante V0725/2014 de 17/03/2014 la pérdida o ganancia que se produzca en la venta después del canje en acciones se considerará ganancia o pérdida patrimonial. Inmuebles Las ganancias o pérdidas por la venta o donación de inmuebles tributan como rendimientos del ahorro. La ganancia se calcula por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, teniendo en cuenta todos los gastos de compra y venta que se puedan justificar. Además, el valor de adquisición se actualiza aplicando un coeficiente para compensar la inflación y si además se ha adquirido antes del 31/12/94 tiene una reducción más. 6
8 1.5 IRPF: EL AHORRO, RENDIMIENTOS Y GANANCIAS c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP Inmuebles, acciones, fondos de inversión y otros adquiridos antes de 31/12/94: Acciones: 25% de reducción por año hacia atrás desde 31/12/1994. Fondos de inversión y otros: 14,28% por año hacia atrás desde 31/12/1994. Inmuebles: 11,11% de reducción por cada año hacia atrás desde 31/12/1994. La reducción se aplica a la parte que se ha generado hasta el 19/01/2006, el resto tributa. La reducción se hace en proporción al tiempo que ha estado invertido hasta el 19/01/2006, y el cálculo es sencillo, días totales invertido entre días hasta el 19/01/2006, esa fracción es la parte de la ganancia que se reducirá. Las pérdidas declaradas en años anteriores y pendientes de compensar: Pérdidas de 2009: Solo se pueden compensar con ganancias de más de un año generadas en El resto se pierden definitivamente. Pérdidas de 2010: Solo se pueden compensar con ganancias de más de un año generadas en 2013 y Pérdidas de 2011: Solo se pueden compensar con ganancias de más de un año generadas en 2013, 2014 y Pérdidas de 2012: Solo se pueden compensar con ganancias de más de un año generadas en 2013, 2014, 2015 y Las pérdidas de productos financieros en 2013: Un año o menos: Primero con ganancias de un año o menos y si con esto no es suficiente hasta un 10% de los rendimientos que van a la base general. Más de un año: Solo puede compensarse con ganancias de más de un año. Si no se pueden compensar en su totalidad se dispone de 4 años para generar ganancias de más de un año con las que compensarlas. 7
9 1.6 IRPF:REDUCCIONES, DEDUCCIONES Y MÍNIMOS FAMILIARES DOSITEO AMOEDO, EUROPEAN FINANCIAL PLANNER, ASOCIADO EFPA Nº 2399 Reducción del impuesto Las aportaciones a planes de pensiones del contribuyente: anuales para contribuyentes hasta 50 años y para contribuyentes mayores de 50 años, con un máximo del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de la actividad económica hasta los 50 años y con un máximo del 50% para los mayores de esa edad. Para el cálculo se tendrá en cuenta tanto lo aportado por el contribuyente como por su empresa. Las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge: al año siempre que no obtenga ingresos netos del trabajo y actividades económicas de o más al año. Declaración conjunta: por unidad familiar formada por padre, madre e hijos, y por unidad familiar monoparental e hijos. Pensiones de alimentos a familiares por decisión judicial, salvo las fijadas en favor de los hijos, y por la pensión compensatoria al cónyuge. Cuotas a partidos políticos, con un máximo de 600 al año. Deducciones Inversiones en vivienda habitual: 15% al año con una base máxima de por declaración. No se aplica a la inversión en vivienda habitual adquirida a partir del 1 de enero de Cuenta ahorro empresa: 15% al año con un máximo de Alquiler de la vivienda habitual: 10,05% de la renta del alquiler, si el contribuyente tiene una base imponible inferior a anuales. Mínimos personales y familiares El mínimo personal y familiar es la parte de los ingresos que no tributa por satisfacer las necesidades básicas del contribuyente: General: años o más: años o más: Primer descendiente: Segundo descendiente: Tercer descendiente: Cuarto y siguientes descendientes: Mínimo adicional por cada menor de 3 años: Ascendiente a cargo mayor de 65 años: 918 Ascendiente a cargo mayor de 75 años: Discapacidad: Discapacidad del 65% o más: Asistencia a discapacitado:
10 1.7 IRPF:CUOTA TRIBUTARIA GENERAL Y CUOTA TRIBUTARIA DEL AHORRO (en Galicia) Cuota íntegra del ahorro: c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP Cuota tributaria general: 9
11 2 EL IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO: LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES Quiénes tienen que presentarlo? Todos los contribuyentes con un patrimonio neto superior a Los contribuyentes con un patrimonio neto mayor de después de aplicar las exenciones y la reducción mínima. Bienes, derechos y deudas. Están sujetos al impuesto los bienes, derechos y deudas de contenido económico, salvo la vivienda habitual hasta los y el ajuar doméstico. Inmuebles: Mayor valor entre el comprobado por la Administración, el valor de adquisición y el valor catastral. Cuentas y depósitos: El mayor entre el saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último cuatrismestre del año. Renta fija: Cotización media del último cuatrimestre del año. Acciones: Cotización media del último cuatrimestre del año. Fondos de inversión y seguros de vida: Valor liquidativo y de rescate a 31 de diciembre. Rentas vitalicias y temporales: Capitalización de la renta al tipo legal del dinero. Joyas, pieles, vehículos: Valor de mercado a 31 de diciembre. Cómo se declara? Cada contribuyente debe declarar todos los bienes, derechos y deudas privativos y los gananciales en la parte que le corresponda. El plazo de presentación del ingreso de la cuota del impuesto va desde el 23 de abril hasta el 30 de junio. 10
12 2. EL IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO: LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES Las exenciones La vivienda habitual: Hasta Las antigüedades (Objetos de más de 100 años) con los siguientes límites: c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP Mobiliario: Hasta ,85. Tapices, alfombras y tejidos históricos: Hasta ,61. Grabados, dibujos, libros y manuscritos: Hasta ,36. Instrumentos musicales históricos: Hasta 9.015,18. Cerámicas, porcelanas y cristal: Hasta 9.015,18. Objetos arqueológicos: Hasta 6.010,12. Objetos etnográficos: Hasta 2.404,5. Obras pictóricas y esculturas de menos de 100 años: Hasta ,82,. Obras pictóricas y esculturas de más de 100 años: Hasta ,21. Obras escultóricas y relieves de más de 100 años: Hasta ,85. Colecciones de dibujos, libros, documentos o instrumentos musicales: Hasta ,21. Los planes de pensiones: Exentos en su totalidad. Bienes empresariales y profesionales: Están exentos si los ingresos del contribuyente procedentes del ejercicio de la activi dad exenta supongan más del 50% de la base imponible en IRPF. Participaciones de sociedades: Exentas si el contribuyente posee personalmente más del 5% del capital, o con su familia directa, o colateral, más del 20%. Reducción mínima Después de aplicar las exenciones y la reducción mínima, si aun así el patrimonio neto es positivo, entonces se aplica la tarifa del impuesto, que vemos en el apartado siguiente. Límite IRPF + PATRIMONIO La cuota del IRPF sumando la cuota del PATRIMONIO no puede superar el 60% de la base imponible del IRPF. Si hay un exceso, se resta del impuesto sobre PATRIMONIO, con una tributación mínima del 20%. 11
13 3 RECOMENDACIONES PARA 2014: PLANIFICAR ANTES DE FINAL DE AÑO DOSITEO AMOEDO, EUROPEAN FINANCIAL PLANNER, ASOCIADO EFPA Nº 2399 Rendimientos del trabajo: Aprovechar al máximo los ingresos que no tributan Aprovechar las aportaciones al plan de pensiones propio ( / ) y del cónyuge (2.000 ) Atención a como se reembolsa el plan de pensiones al jubilarse: Cambia mucho si las aportaciones se hicieron antes de 2006, porque tienen un 40% de exención si se reembolsa en forma de capital. Cambia mucho también en función de la pensión pública que se reciba, porque la suma de las dos cantidades hace aumentar el tipo impositivo. Rendimiento del capital inmobiliario: Aprovechar la reducción por alquiler de viviendas, tanto del 60% como del 100%. Los gastos bajo control, y justificante de todos. Cuando se tengan al menos 4/5 inmuebles en alquiler, estudiar la posibilidad de pasarse a actividad económica. Rendimiento del capital mobiliario: Dividendos, aprovechar los de exención. También si se tiene una S.L. Atención a las ganancias de <1año, evitarlas si la base imponible general es mayor del 27%. Ganancias patrimoniales: Aprovechar las ventajas de los fondos de inversión. Atención a las pérdidas de años anteriores pendientes de compensar. Rendimientos de actividades económicas: Planificar la retribución personal, en el sentido de tener en cuenta que la parte que se reciba como rendimiento del trabajo va a la parte general del IRPF y se considera gasto para el impuesto sobre sociedades(2.000 ). Aprovechar la aportación al plan de pensiones propio ( / ) y del cónyuge. Impuesto sobre Patrimonio: Aprovechar las ventajas de gestionar los inmuebles alquilados como actividad económica si se poseen más de 4/5 inmuebles. Atención a los requisitos para que la actividad económica esté exenta. 12
14 4 ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA FISCAL: CAMBIOS QUE AFECTARÁN AL IRPF 1 3 El IRPF baja entre un 22% y un 9% para los contribuyentes con rentas medias y bajas entre el 2015 y el 2016 y se reducen los tramos de 7 a 5, como se puede observar en la nueva tabla: Se crea un nuevo producto financiero para fomentar el ahorro a medio plazo: Los planes de ahorro 5. Podrán ser productos financieros con forma de depósito o de seguro y tendrán que garantizar como mínimo el 85% del capital invertido. Este producto tendrá exento de tributación los beneficios si se mantiene al menos 5 años. c DAMOEDO CFP SL, EDUCACIÓN FINANCIERA: LA PLANIFICACIÓN FISCAL DEL IRPF E IP Las personas con rendimientos del trabajo integro de (1.071 al mes brutos con 14 pagas) tributarán un 22% menos de media, y las personas con rendimientos del trabajo integro de tributarán un 9% menos de media. Las aportaciones a planes de pensiones se reducirán. No se sabe todavía cuánto, pero a partir de 2015 la aportación máxima a planes de pensiones se reducirá. Recomendaciones: Aún cuando este anteproyecto de ley tiene que pasar por todo el trámite parlamentario y puede sufrir alguna modificación, podemos extraer las siguientes conclusiones: 2 Estaremos atentos al nuevo producto financiero El IRPF del ahorro vuele a los niveles de llamado Plan de ahorro 5 para beneficiarnos de la exención fiscal de sus rendimientos. 4 Si es posible, retrasaremos hasta 2016 los rescates de fondos de inversión, o de otros productos financieros con ganancias de >1 año. 13
15 c DAMOEDO CFP SL planificacionfinanciera.es EDUCACIÓN FINANCIERA RESPONSABLE Asociado nº 2399
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