Manual de Programación y Presupuestación 2012

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1 Manual de Programación y Presupuestación 2012 Agosto 2011

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3 PRESENTACIÓN La preparación del Proyecto del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2012, se acompaño de un importante y significativo esfuerzo de todos por adecuarnos al nuevo contexto de actuación nacional dispuesto por la normatividad federal para el desarrollo de la gestión pública, y el uso del Presupuesto basado en Resultados como instrumento para entregar mejores bienes y servicios a la ciudadanía, en calidad de expresión del eficiente y eficaz ejercicio de los recursos, a lo que están obligadas, en nuestro caso particular, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal. Como resultado material del esfuerzo efectuado por todos en ese momento del año 2011, contamos con un Clasificador del Gasto Armonizado con el clasificador federal, aspecto que permite, entre otras cosas, la integración de agregados de gasto, más consistentes y comparables, el conocimiento y evaluación de la estructura de los recursos erogados, en la medida en que contamos con identificadores de las fuentes de recursos que concurren al financiamiento de los programas. Disponemos asimismo, de una Estructura de finalidades y funciones del gasto, que hace posible medir y comparar el esfuerzo presupuestal entorno de los cometidos y responsabilidades que la normatividad asigna a las áreas administrativas, delimitando sus respectivas esferas competenciales, a fin de que cada quien enfoque y dirija todos sus recursos y capacidades, a lo que en estricto sentido debe atender, y por lo que se les va a pedir que rindan cuentas y buenos resultados. Contamos también con un gran avance en el alineamiento de las estructuras programáticas, a los objetivos y directrices del Plan Estatal de Desarrollo, y los Programas Sectoriales que derivan del mismo, lo que asegura la congruencia de lo que hacemos, con los requerimientos y necesidades del Plan y sus Programas Sectoriales, pudiendo obtener así, mejores mediciones de los impactos que generamos con la aplicación de los recursos públicos. La evaluación misma de la gestión pública, del plan y los programas de gobierno, así como del presupuesto mismo, adquieren una nueva dimensión centrada en la ponderación de los resultados, la transparencia y rendición de cuentas a la ciudadanía. Al respecto, el Gobierno del Estado ha instituido un Sistema Integral de Evaluación de la Gestión Pública (SIEGESON), basado en la selección de indicadores apropiados a lo que tiene sentido medir, para que la sociedad misma se asegure que las instituciones de gobierno actúan en función de sus intereses. Los indicadores que habrá de incorporar el proyecto de presupuesto formarán parte del SIEGESON. Conviene tener presente asimismo, que la nueva gestión púbica y la integración del Presupuesto basado en Resultados, no es asunto de moda sexenal asumida por una administración de gobierno. Por el contrario, éste tema surge con toda formalidad en la administración pública federal, por disposición de rango constitucional y desarrollado luego en sus alcances, por la legislación secundaria correspondiente, lo que así le confiere el

4 carácter permanente lo cuál se extiende a las entidades federativas, como es nuestro caso. En términos generales, esta es la situación en la que se encuentran las instituciones de gobierno, al afrontar la convocatoria a iniciar una vez más, otro ciclo presupuestal donde pondremos en juego los instrumentos de la planeación, programación y asignación anual de los recursos públicos, bajo el enfoque del Presupuesto que enfatiza la calidad de los bienes y servicios públicos entregables, a una sociedad que por su parte se encuentra más atenta al desempeño de las instituciones a su servicio. De ahí entonces la invitación para que en primera instancia, y desde las respectivas esferas de competencia, se traten de identificar las oportunidades que ofrecen los nuevos instrumentos de trabajo a nuestra disposición, para conducir a esferas más elevadas de desempeño frente a los sonorenses, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, primeramente planeando y programando en función de los bienes y servicios que se pretende entregarles, como resultado del ejercicio de atribuciones; y luego de la asignación de recursos públicos que se realizará en el Sistema Integral de Información y Administración Financiera. En este punto, es de particular importancia tratar de despojarse de inercias y hábitos, que seguramente fueron adecuados para otro tiempo de las instituciones de gobierno, y que ahora, la realidad indica claramente que es preciso abandonarlos para asumir aquellos que puedan resultar más apropiados, sometiéndolos desde luego, a la prueba de la eficacia en los resultados que los sonorenses están exigiendo en forma cada vez más perentoria, a la luz de las soluciones y respuestas de política pública que no pueden esperar más. Desde luego, no cabe duda que así como en 2011 se logró establecer nuevas bases programáticas y presupuestales, el proceso de preparación del Proyecto de Presupuesto de Egresos 2012, será oportunidad de capitalizar y consolidar lo alcanzado, en beneficio de la definición de los Programas Operativos Anuales, definición en la que se tendrá la oportunidad de agregar valor público, a las acciones y obras por emprender, pues esta fase del proceso de planeación, programación y asignación de recursos es la adecuada para tratar de llevar a término dicho ejercicio, y que sólo se tiene ocasión de abordarlo a partir de la valoración de lo que se ha venido realizando y de los resultados que se están generando a los sonorenses. De tal forma que si en caso extremo, el análisis indica la pertinencia de rectificar caminos antes recorridos, se evalúa que, contra recursos aplicados, es poco lo cosechado al concluir las acciones y proyectos a los que se han venido aplicando los recursos públicos, es preferible hacerlo; pues siempre es mejor esto a insistir en sostener programas que sólo conducen al desperdicio de recursos siempre escasos, que de ningún modo está permitido, dicho esto en la consideración de que no es asunto de evaluación de desempeño personal, sino del desempeño institucional ubicado siempre en un horizonte de largo plazo, que le confiere sentido pleno a los procesos de planeación y al esfuerzo humano que los mismos llevan asociado. Así que en lo sucesivo, a cualquier ámbito y nivel de gobierno al que vayamos en calidad de servidores públicos, nos encontraremos con la necesidad de utilizar estos específicos instrumentos de planeación, porque así como la norma nos constriñe a realizar sólo aquello

5 que la misma dispone, ahora indica los instrumentos con los cuales la administración pública como un todo unitario ha de trabajar, de tal modo que, bien entendido, no está a juicio y valoración la elección de los instrumentos de trabajo, sino el comprender y aplicar de la mejor forma posible, los instrumentos que la norma ha tenido a bien poner a nuestra disposición. Esto incluye para nosotros, la estrategia Tu Propones, tu Dispones, conforme a la cual concebimos el Presupuesto Ciudadano 2012, que nos proporciona una excelente oportunidad para incorporar al desarrollo de los programas de gobierno, la visión y las propuestas ciudadanas para mejorar la eficiencia y eficacia en la asignación y ejercicio de los recursos públicos, en concordancia con la filosofía que orienta la instauración del Presupuesto basado en Resultados. Es por ello que actuando en consecuencia, a partir de estos lineamientos que comunicamos a ustedes para la preparación del Proyecto de Egresos 2012, como primer aspecto a considerar, estamos proponiendo algunos requisitos conforme a los cuales, se darán por recibidos los Anteproyectos de Presupuesto de Egresos que ustedes preparen, todo ello con la única finalidad de que en el siguiente paso del proceso, integremos un Proyecto de Presupuesto de Egresos, cuya solicitud de recursos al Poder Legislativo cuente con un soporte argumentativo que nos asegure su aprobación con los menores ajustes y modificaciones posibles, y esto podemos alcanzarlo con el aporte del conocimiento profundo que sólo ustedes tienen de sus áreas de competencia. Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora Subsecretaría de Egresos Hermosillo, Sonora, Agosto de 2011

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7 REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS 1. El Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de las dependencias y entidades, deberá presentar una Exposición de Motivos Sectorial, que de acuerdo con el enfoque del Presupuesto basado en Resultados enuncie el valor público que generará a la ciudadanía, la aplicación de los recursos solicitados en la consecución de los objetivos y metas incorporados en sus programas operativos. 2. Para hacer explícitos dichos resultados, las dependencias y entidades deberán acompañar la Exposición de Motivos señalada en el párrafo anterior por los Indicadores Estratégicos y de Gestión ligados a los Programas Presupuestarios Sustantivos de la Administración Estatal. 3. Para efectos de lo anterior, en una primera etapa, los Programas Presupuestarios Sustantivos son aquellos que se encuentran relacionados en el ANEXO 7 del presente Manual, mismos que forman parte de la Estructura Programática actual. Los indicadores mencionados serán tomados de los Programas Sectoriales de Mediano Plazo recientemente concluidos por ala Administración Estatal y deberán presentarse cuantificados, con metas de resultados para el ejercicio En el total de recursos solicitados en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, deberán identificar claramente los siguientes aspectos: 4.1. Descripción, inversión anual y total, así como plazo de ejecución de los proyectos de inversión multianual, que tengan previsto realizar El aprovisionamiento de servicios de tecnologías de la información y comunicaciones, bajo contratos por más de un año, dictaminados por el Comité de Desarrollo Tecnológico de la Administración Pública Estatal, indicando su requerimiento anual y total de recursos por el tiempo de vigencia de los contratos de servicios, como requisito ineludible para que una vez aprobado el Proyecto de Presupuesto de Egresos 2012, la Secretaría pueda liberarles los recursos para el primer año del contrato o de los contratos que hayan firmado con sus proveedores Las adquisiciones de vehículos previstas bajo el modelo de Arrendamiento Financiero, en tanto que es política de esta Administración transitar de la compra tradicional de activos de esta naturaleza, a la adquisición de servicios que no conllevan la acumulación de inventarios y adquisición de aseguranzas para los mismos. 5. Presentar como ANEXO del Anteproyecto de Presupuesto, las bases de cálculo por las que llegaron a los montos imputados a los capítulos y partidas de gasto, consideradas en su presupuesto.

8 6. De no presentar oportunamente el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, o de no hacerlo conforme a estos requisitos que se indican, la Secretaría interpretará que no se materializó la entrega de dicho documento, y que en consecuencia, queda en facultad de asignarles el techo presupuestal que a su juicio resulte conducente

9 CONTENIDO PRESENTACION REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS 1.- MARCO NORMATIVO Y TECNICO PROCESO DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN 3 Disposiciones Generales 3 Participantes en el Proceso 5 Etapas y Definiciones del Proceso 6 Proceso de Planeación 6 Proceso de Programación 7 Proceso Presupuestario 8 Dimensiones del Gasto LINEAMIENTOS DE GASTO ESPECÍFICOS Servicios Personales 12 Servicios Generales, Materiales y Suministros 13 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 15 Gasto de Inversión 16 Otros Lineamientos PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA) 23 Lineamientos de Integración 23 Estructuras Programáticas 25 Programas - Presupuesto e Indicadores 26 Actividades o Proyectos y Metas 28 NOTAS METODOLÓGICAS 33 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 41 GLOSARIO DE TERMINOS 43

10 ANEXOS CATALOGO DE DEPENDENCIAS CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO 57 DESCRIPCION DE CAPITULOS, CONCEPTO Y PARTIDA 3.- CATALOGO DE UNIDADES DE MEDIDA CATALOGO DE FINALIDADES, FUNCIONES Y SUBFUNCIONES CATALOGO DE PROGRAMAS Y SUBPROGRAMAS CATALOGO DE ACTIVIDADES O PROYECTOS PROGRAMAS SUJETOS A EVALUACION MEDIANTE INDICADORES RELACION DE CONGRUENCIA EJE RECTORES/PROGRAMAS 377

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13 1.- MARCO NORMATIVO Y TECNICO Marco Normativo Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora Ley de Planeación del Estado de Sonora Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público Estatal Ley General de Contabilidad Gubernamental (federal) Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles de la Administración Pública Estatal Decretos de Creación y/o Reglamentos Interiores vigentes Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sonora Ley Número 168, de la Fiscalización Superior para el Estado de Sonora Reglamento de la Ley del Presupuesto, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público Estatal Ley No. 162 de Participación Ciudadana del Estado de Sonora Marco Técnico Plan Nacional de Desarrollo Plan Estatal de Desarrollo Programas Sectoriales Programas Institucionales Estructuras Orgánicas vigentes Manual de Programación y Presupuestación 2012 Catálogo de Dependencias Clasificador por Objeto del Gasto Descripción de capítulos, conceptos y partidas Catálogo de Unidades de Medida 1

14 Catálogo de Finalidades, Funciones y Subfunciones Catálogo de Programas y Subprogramas Catálogo de Actividades o Proyectos Programas sujetos a evaluación mediante Indicadores 2

15 2.- PROCESO DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN Disposiciones Generales 1) El ejercicio de planeación, programación y presupuestación se realiza con base en los Artículos 7 al 13 del Capítulo II de la Ley del Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público Estatal. Es, por lo tanto, un proceso obligatorio del Gobierno del Estado que abarca tanto a los tres Poderes constitucionales como a los Organismos Autónomos. La programación-presupuestación del gasto público estatal comprende: I. Las acciones que realizan las Dependencias, Entidades, Poderes y Órganos Autónomos para dar cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, indicadores y metas derivadas de los planes de desarrollo nacional y estatal, los programas sectoriales e institucionales y demás programas que determine el Ejecutivo del Estado; y II. Las previsiones de gasto corriente, inversión física, inversión financiera, así como los pagos de pasivos que se requieran para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y de otra índole, estimados para el desarrollo de las acciones señaladas en la fracción anterior. III. Los Ejes Rectores, agendas, objetivos estratégicos, estrategias y líneas de acción del Plan Estatal de Desarrollo IV. Las políticas, objetivos estratégicos y estrategias establecidas en los programas sectoriales e institucionales , así como los programas especiales establecidos en las Dependencias y Entidades. V. Las políticas y lineamientos de gasto que determine el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría, para el ejercicio correspondiente. VI. Las demás disposiciones que dicte la Secretaría. 2) El presente Manual, es el instrumento administrativo que contiene las principales disposiciones que tienen como objetivo orientar a las Dependencias, Entidades, Poderes y Órganos Autónomos de la Administración Pública Estatal a través de las Direcciones Administrativas, Unidades de Planeación o áreas equivalentes, en la elaboración de sus Programas Operativos Anuales, la formulación de sus Anteproyectos de Presupuesto y la integración por parte de la Secretaría de Hacienda, del Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, que se presenta para su aprobación ante el H. Congreso del Estado. 3) Para la interpretación del presente Manual se entenderá por: Secretaría.- La Secretaría de Hacienda del Estado. 3

16 Presupuesto basado en Resultados.- Instrumento que en el ámbito de la Administración Pública Estatal permite: I. Vincular los programas presupuestarios y los objetivos estratégicos de las dependencias y entidades con el Plan Estatal de Desarrollo y sus programas; II. Implantar la matriz de indicadores como una herramienta de planeación estratégica para los programas presupuestarios que genere los indicadores, estratégicos y de gestión, que permitirán evaluar el logro de los resultados; III. Mejorar la programación para orientarla a resultados; IV. Incentivar una nueva dinámica organizacional al interior de las dependencias y entidades, vinculando las unidad y áreas responsables de la planeación, programación, presupuesto y evaluación, con las unidades administrativas encargadas de los programas presupuestarios, y V. Establecer la estructura básica del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) y sus principales componentes: i) evaluación para resultados de las políticas públicas y programas presupuestarios, ii) promover la eficiencia y eficacia institucional mediante un programa de mejoramiento de la gestión pública de mediano plazo, para modernizar y mejorar la prestación de los servicios públicos. Anteproyecto de Presupuesto.- Estimación preliminar sujeta a enmiendas o correcciones de los gastos a efectuar para el desarrollo de los programas de las Dependencias y Entidades del Sector Público. Para su elaboración se deben observar las normas, lineamientos y políticas de gasto que fije la Secretaría SIIAF (Sistema Integral de Información y Administración Financiera).- Sistema informático de registro de la información programática y presupuestal para la integración del Programa Operativo Anual y el Proyecto de Presupuesto de Egresos. Manual.- El Manual de Programación y Presupuestación Dependencias.- Las Secretarías de la Administración Pública Estatal Directa, incluyendo a sus respectivos órganos administrativos desconcentrados, la Procuraduría General de Justicia del Estado, así como las Unidades Administrativas que dependen directamente del Gobernador del Estado. Entidades.- Los Organismos Públicos Descentralizados, las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, los Fideicomisos Públicos, las Comisiones y demás órganos de carácter público que funcionen en el Estado. Estructura Programática.- Al conjunto de categorías y elementos sistemáticos que permiten relacionar el gasto público con los resultados; vincular las acciones del sector público con los programas; facilitar el diseño y el seguimiento de los planes y programas, así como, con las funciones encomendadas al gobierno. Las categorías programáticas estriban en disponer de una serie de conceptos y 4

17 definiciones presupuestales, que nos ayudan a organizar, presentar y controlar en sus términos el proceso presupuestal, de conformidad con el Plan de Gobierno trazado por la Administración Pública Estatal, por lo que dichas categorías programáticas enfocan las funciones, subfunciones, programas, subprogramas y proyectos, por medio de los cuales las diversas instancias del sector público estatal año con año dan cumplimiento a sus responsabilidades y a los mandatos dictados por la normatividad reguladora de su esfera de competencia. Los elementos programáticos permiten conocer la calidad de los productos o los servicios que se generan con los recursos, así como identificar los resultados, ya que proporcionan información objetiva con la que es posible evaluar el desempeño de los ejecutores de gasto para que el gobierno pueda rendir cuentas. Son los objetivos, la misión, los propósitos institucionales, los indicadores y las metas consideradas en el Plan Estatal de Desarrollo , que adquieren su expresión anual en los Programas Operativos y el Presupuesto de Egresos del Estado. Órganos Constitucionalmente Autónomos.- El Consejo Estatal Electoral del Estado de Sonora, el Tribunal Estatal Electoral y de Transparencia Informativa del Estado de Sonora y la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Poderes.- El Poder Legislativo representado por el H. Congreso del Estado y el Poder Judicial, integrado por el Supremo Tribunal de Justicia. Unidad Administrativa o de Planeación.- Área administrativa de las Dependencias y Entidades que entre otras funciones, tiene la responsabilidad de coordinar a las otras Unidades Administrativas en materia de planeación, programación y presupuestación, para la integración y ejecución de los Programas Operativos Anuales (PAs) y los anteproyectos de presupuesto. Participantes en el Proceso Con base en el marco legal vigente en la materia, el proceso se lleva a cabo con la participación de las diversas instancias ejecutoras de gasto dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos para la realización de sus Programas Operativos Anuales de Trabajo con los que dan cumplimiento a las funciones de su competencia, según se expresa en la siguiente relación: INSTITUCIONES APOYADAS PRESUPUESTALMENTE A) Poderes y Órganos Autónomos Congreso del Estado Supremo Tribunal de Justicia del Estado Comisión Estatal de Derechos Humanos Consejo Estatal Electoral del Estado de Sonora Tribunal Estatal Electoral y de Transparencia Informativa del Estado de Sonora 5

18 Tribunal de lo Contencioso Administrativo B) Dependencias de la Administración Pública del Sector Central: Ejecutivo del Estado Secretaría de Gobierno Secretaría de Hacienda Secretaría de la Contraloría General Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Educación y Cultura Secretaría de Salud Pública del Estado Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano Secretaría de Economía Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura Procuraduría General de Justicia del Estado Secretaría Ejecutiva de Seguridad Pública Secretaría del Trabajo C) Organismos públicos descentralizados Instituto para la Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora (ISSSTESON) Etapas y Definiciones del Proceso Proceso de Planeación La planeación del desarrollo del Estado, es un proceso continuo, flexible e integral que genera una vinculación entre las actividades cotidianas con la dirección y rumbo deseado en el corto y mediano plazo, previsto en el Plan Estatal de Desarrollo. Permite a las instancias de decisión la posibilidad de definir anualmente la evolución que debe seguir su institución, para aprovechar en función de la situación que presenta el sector en el que actúan, las oportunidades actuales y futuras que ofrece el entorno, para orientar los programas y el presupuesto hacia el logro de resultados, siempre en el marco de las directrices generales trazadas en el Plan Estatal de Desarrollo. En esta etapa es preciso identificar cuales son las acciones prioritarias de la Administración 6

19 Pública Estatal así como los mecanismos de coordinación y concertación disponibles para llevarlos a cabo en el período que corresponde a esta responsabilidad institucional. Durante este proceso, las Dependencias, Entidades y Órganos Autónomos establecerán las directrices y definirán las estrategias, que les permitirán cumplir con los objetivos estratégicos planteados en el Plan Estatal de Desarrollo, Programas Sectoriales y Programas Institucionales, considerando la disponibilidad de recursos reales asignados. La Secretaría, a través de la Subsecretaría de Egresos, proporcionará la asesoría requerida por las Dependencias, Entidades y Órganos Autónomos, con la finalidad de proporcionar las herramientas necesarias para formular o reorientar su planeación operativa con visión estratégica POVE, haciendo énfasis en que cada institución se ajustará a la metodología de la planeación estratégica que fue desarrollada en los Talleres de Capacitación que a ese propósito se llevaron a cabo recientemente para obtener la información requerida. Proceso de Programación La programación se enlaza con la etapa de planeación a través de las categorías y elementos programáticos que establecen la finalidad específica hacia la que se dirigen los recursos públicos, lo que es esencial para determinar las responsabilidades que deben cumplir cada una de las Unidades Administrativas, con base en sus atribuciones y competencias que les señala el marco legal correspondiente, (Propósito Institucional), es en este ámbito donde estriba la responsabilidad del Estado de proporcionar a la sociedad, los beneficios de los bienes y servicios, generados por el accionar del sector público. En esta fase las Dependencias y Entidades deberán garantizar el cumplimiento de sus actividades sustantivas a través de una construcción congruente de objetivos, indicadores y metas; atendiendo a la estructura programática 2012, tiempos, responsables, instrumentos de acción y recursos necesarios para el logro de los objetivos fijados en el Plan Estatal de Desarrollo, los Programas Sectoriales y los Programas Institucionales. Al respecto, cada Dependencia y Entidad en la integración de su Programa Operativo Anual, está obligada a observar las normas y criterios que en la materia defina la Secretaría, tanto a través de este Manual como de la normatividad aplicable. Conforme a éstos, deben analizar sus funciones y atribuciones y examinar toda la información disponible para medir el alcance de sus acciones y alternativas de cumplimiento. Es en esta etapa donde se hará uso de los Elementos Programáticos que están asociados a la programación operativa y tienen el propósito de llevar a cabo la medición cualitativa del desempeño de las Dependencias, Entidades, Poderes y Órganos Autónomos. Dichos elementos están integrados por los siguientes componentes: Propósito Institucional o Misión, Objetivo Estratégico, Resultado Esperado, Indicador y Meta del indicador. 7

20 Proceso Presupuestario El proceso presupuestario consiste en un conjunto de actividades y herramientas que expresan en términos monetarios la cuantificación de los procesos y proyectos que forman parte de un programa presupuestario del Gobierno del Estado. A su vez, es un instrumento que permite que las decisiones involucradas incorporen sistemáticamente consideraciones sobre los resultados obtenidos y esperados por la aplicación de los recursos públicos, y que motiven a las Dependencias y Entidades a lograrlos, con el objeto de elevar la calidad del gasto público estatal y la rendición de cuentas, de conformidad con las expectativas de mejorar la calidad de vida de la población. El Proyecto de Presupuesto por Programas con Enfoque a Resultados del Gobierno del Estado de Sonora, pretende que las definiciones de los programas presupuestarios se deriven de un proceso secuencial alineado con la planeación programación, estableciendo los objetivos estratégicos, resultados esperados, metas e indicadores en esta lógica, a efecto de hacer más racional la asignación de recursos, considerando la evaluación del desempeño y la forma eficiente y transparente con la que las Dependencias y Entidades ejercen los recursos públicos. 8

21 Dimensiones Del Gasto Con independencia de la mayor o menor conciencia que tengamos de las implicaciones del proceso presupuestario, la realidad es que en los hechos el mismo conduce a la solución de tres interrogantes cruciales: Quién gasta?, En qué gasta? y Para qué se gasta? Mismas que igualmente se resuelven con mayor o menor eficacia, mediante la programación y asignación de recursos que se realiza en los diferentes niveles por los que asciende el proceso presupuestal hasta llegar a la definición del Proyecto del Presupuesto de Egresos, pero que en las Dependencias y Entidades da inicio con la actuación de las Unidades Ejecutoras del Gasto y Responsables de Programas. Así, para ilustrar en forma gráfica estas interrogantes esenciales que las instancias ejecutoras contribuyen a resolver internamente en las Dependencias y Entidades con sus propuestas para la conformación del Proyecto de Presupuesto, a continuación se presenta el esquema general de las tres clasificaciones de gasto que utiliza el proceso presupuestario. ADMINISTRATIVA Identifica al ejecutor directo de los recursos públicos, esta dimensión se representa por las Dependencias, Entidades y/o Unidades Responsables, que participan de la asignación de recursos en el Proyecto de Presupuesto de Egresos ECONÓMICA Permite conocer los insumos y los factores de producción que adquiere o contrata la Administración Pública Estatal para llevar a cabo la producción de bienes y la prestación 9

22 de servicios, así como la naturaleza de las erogaciones (gasto corriente o de capital). Se desagrega a través de los Capítulos de Gasto por su Objeto Económico que permite agrupar los recursos conforme a la naturaleza de las compras y adquisiciones del Estado. FUNCIONAL Determina en términos presupuestarios la finalidad estratégica de los recursos públicos y el tipo de actividades que lleva a cabo la Administración Pública Estatal. Los componentes de la clave presupuestaria que precisan las características de esta dimensión son: Finalidad, Función y Subfunción. Durante el proceso de presupuestación se asigna la estimación financiera anticipada de los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de los programas establecidos por las Dependencias, Entidades y Órganos Autónomos. 10

23 3.- LINEAMIENTOS DE GASTO ESPECÍFICOS 2012 Para determinar el presupuesto de Gasto Corriente Ante las previsibles limitaciones fiscales que condicionan la integración del Proyecto del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2012, la Secretaría, da a conocer a las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, las siguientes disposiciones que habrán de contribuir en la conformación de un presupuesto que haga énfasis en la austeridad y disciplina fiscal, lo cual supone un esfuerzo que se realiza desde las instituciones de gobierno, para mantener el equilibrio de las variables económicas y financieras del Estado, a fin de que sobre esa base continuemos el crecimiento económico sostenido. Así entonces, en vista de las circunstancias que es necesario encarar, estos Lineamientos que se dan a conocer a las Dependencias y Entidades, parten de la consideración de que, sin afectar la operación de la Administración Pública en el desempeño de sus funciones, en el presupuesto normal del Estado se tienen ciertas asignaciones relacionadas con aspectos que pueden suprimirse de los Anteproyectos de Presupuesto que habrán de presentarse a la Secretaría, a la luz de la necesidad de cumplir de manera ineludible con las obligaciones primarias y esenciales del Gobierno. Por lo anterior, el presupuesto ha de asignarse bien y gastarse mejor, ya que este es el imperativo que ha dictado el Titular del Ejecutivo Estatal Un Gobierno que gasta menos y hace más, por ello, las prioridades del gasto público se deben elegir de forma correcta, sopesando en orden de prelación las tareas que habrán de incorporarse al presupuesto, partiendo de la definición clara de los resultados que se esperan obtener con dicha asignación presupuestal. Para dar orden y congruencia a las acciones de la administración pública encaminadas al logro de los objetivos contenidos en el Plan Estatal de Desarrollo , las unidades ejecutoras conocedoras de las prioridades y objetivos de sus proyectos y con base en la experiencia de los ejercicios anteriores, elaborarán su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal Las unidades ejecutoras con estricto apego al marco jurídico y normativo aplicable al proceso de planeación, programación y presupuestación, formularán el Anteproyecto de Presupuesto ajustándose al techo financiero que la Secretaría les comunique, aplicando criterios de racionalidad de los recursos que deban asignar a cada proyecto, capítulo y partida del gasto, que les permita cumplir con las metas sustantivas comprometidas en su Programa Anual y en consecuencia a los proyectos en que participan de acuerdo a la Estructura Programática Las unidades responsables y las unidades ejecutoras, en sus respectivos ámbitos de competencia, durante la formulación del Anteproyecto de Presupuesto deberán verificar que las metas comprometidas estén orientadas a alcanzar los objetivos de los programas y proyectos en que participen. Los anteproyectos de presupuesto deben identificar los recursos para: 11

24 Atender el costo de las plantillas de personal autorizadas por la Secretaría, para lo cual deberán considerar las partidas que permitan dar cumplimiento a los compromisos laborales, que por ley deben pagarse a cada servidor público, además de los que a través de la firma de los convenios con los Sindicatos según corresponda, que el Gobierno del Estado deba pagar a través de cada unidad ejecutora; Presupuestar en su caso, los recursos necesarios para otorgar donativos y ayudas a terceros, así como los subsidios que se tengan contemplados; En el caso de las entidades públicas, costear los recursos para la adquisición de bienes muebles e inmuebles que requieran en la realización de los proyectos; y En el caso de las entidades públicas, establecer las fuentes de financiamiento. Para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto las unidades ejecutoras deberán observar lo siguiente: Realizar su anteproyecto a precios corrientes con cifras cerradas a pesos ajustados al mismo monto del presupuesto original aprobado 2011; Considerar todas las partidas presupuestarias que inciden en cada capítulo de gasto; Las dependencias deberán presupuestar en las partidas relacionadas con los gastos de comunicación social, los recursos notificados por la Secretaría, cuyo ejercicio para el año fiscal 2012 se llevará a cabo de acuerdo a la normatividad establecida; Para la etapa de captura del anteproyecto de presupuesto de egresos en el sistema, al momento de asignar la actividad ó proyecto que se requiera, se utilizará el catálogo de actividades o proyectos que estará disponible en el sistema, cuidando que la actividad o proyecto seleccionado guarde congruencia con los elementos programáticos que le antenceden. Servicios Personales 1) No se presupuestarán más plazas que las actualmente existentes. 2) Cuando se trate de la puesta en operación de infraestructura social y económica que signifique más bienes y servicios para la población, las Dependencias y Entidades agotarán la posibilidad de realizar reasignaciones de personal al interior de las mismas. Únicamente se presupuestarán nuevas plazas, cuando se haya agotado esta posibilidad y con autorización expresa del C. Gobernador. 3) Por principio ninguna plaza de nueva creación incorporará en su costo anual compensación alguna. Su previsible autorización estará sujeta a la autorización expresa otorgada por la Secretaría, en función de las justificaciones que en materia de productividad y desempeño las dependencias y entidades presentan como respaldo de tales solicitudes. 4) No se presupuestarán recursos para la promoción escalafonaria de personal de base y 12

25 de confianza, salvo las que puedan derivar de convenios sindicales. 5) De igual forma, las vacantes que se generen en el transcurso del ejercicio fiscal, no podrán utilizarse en lo que reste del año, salvo que sean plazas operativas. Los recursos liberados por esta circunstancia pasarán a formar parte de las economías presupuestales que la Secretaría podrá asignar a otras prioridades de gasto. 6) Salvo por los compromisos que deriven de obligaciones pactadas con los correspondientes sindicatos, no se presupuestarán recursos para el pago de seguros médicos o de cualquier otra índole que estén destinados a funcionarios. 7) No se incrementará el tabulador de sueldos que corresponde a los mandos medios y superiores, por lo que se mantendrán vigentes las remuneraciones del ) Para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, los recursos que se comuniquen como techo presupuestal para el capítulo 1000 Servicios Personales, son intransferibles. Servicios Generales y Materiales y Suministros 1) En materia de adquisiciones de vehículos, de equipos de cómputo y de comunicaciones, la política de la presente administración busca transitar de los procesos de compra tradicionales que conducen al aumento de inventario, a la adquisición de los servicios que a la administración proporcionen este tipo de bienes. Esto implica que en lo sucesivo las dependencias y entidades tendrán que minimizar los recursos presupuestales para compra, y privilegiar los que correspondan a la contratación multianual de servicios bajo la figura de Arrendamiento Financiero, misma que es recomendable los administradores comuniquen y promuevan con los proveedores de la administración pública, para que con su apoyo desarrollemos ésta práctica. 2) Asimismo, será responsabilidad de los administradores de las Dependencias y Entidades, planificar el uso racional y adecuado del parque vehicular a su cargo, a fin de que ello propicie un mayor ahorro en los recursos presupuestados para combustibles, lubricantes, aditivos y refacciones, así como los servicios que conlleva su mantenimiento y conservación. La Secretaría de Hacienda verificará en el transcurso del año, la puesta en práctica de estas disposiciones para el uso más eficiente de los recursos públicos. 3) En materia de servicios de comunicación por medio de teléfonos celulares, salvo por los requerimientos directos de las oficinas del Poder Ejecutivo, de los titulares de Dependencias y Entidades, así como de las áreas prioritarias de seguridad pública y procuración de justicia, no se presupuestarán recursos destinados a cubrir este servicio. Los casos no comprendidos en esta fracción que pudiesen ser considerados como necesarios, deberán contar con la justificación aprobada por los titulares. 4) Las Dependencias y Entidades, no presupuestarán recursos para el pago de servicios de asesoría externa, consultoría o capacitación de ninguna especie. En el transcurso del año las situaciones de está índole se tratarán directamente con la Secretaría de 13

26 Hacienda, quien podrá dictaminar en función de lo que permita la situación fiscal, así como de la valoración del servicio específico por contratar. Quedan excluidas de esta medida la Dictaminación por parte de despachos contables o jurídicos. 5) Para el próximo año, no se presupuestarán recursos generalizados para uniformes y vestuario que estén destinados al personal de las oficinas de gobierno, por lo que será responsabilidad de los titulares de las dependencias, verificar el uso adecuado de esta partida de gasto. 6) Las Dependencias y Entidades que no lleven relación directa con las actividades deportivas que fomente el Estado, no podrán presupuestar recursos en la partida correspondiente a Artículos Deportivos. 7) Para el próximo año, las Dependencias y Entidades operarán en los mismos espacios que se disponen al año 2011, de tal modo que no se presupuestarán recursos para el cambio de oficinas, particularmente si ello conlleva la contratación de servicios de arrendamiento de inmuebles. 8) En igual forma, la renovación para el próximo año de los contratos de arrendamiento, no podrán implicar un aumento mayor al índice inflacionario en las tarifas que se encuentran vigentes. En su defecto, cuando la realidad no se corresponda con esta finalidad, las áreas interesadas tendrán que buscar una alternativa que se apegue a las condiciones de austeridad que norman la asignación y uso de los recursos públicos para el próximo año. 9) Para el próximo año se operará con el mismo presupuesto que fue aprobado para el año 2011, en las partidas relacionadas con los servicios de Difusión e Información sobre la acción de gobierno. Asimismo, no se autorizarán recursos para la publicación de esquelas, pago de coronas ni envío de flores y presentes similares. 10) En igual forma, para el próximo año las dependencias y entidades mantendrán el mismo presupuesto que en 2011 se aprobó para las partidas en el concepto de Servicios de Traslado como son: Pasajes, Viáticos y Gastos de Camino, además de las relacionadas con el concepto de Servicios Oficiales Gastos Ceremoniales y de Orden Social; Congresos, Convenciones y Exposiciones, Gastos de Atención y Promoción. Los responsables de la administración del presupuesto, instrumentarán las estrategias conducentes para que estos recursos les permitan desarrollar sus funciones sin afectar la eficacia operativa de los programas sustantivos. En las correspondientes al concepto de Servicios de Traslado, es importante recordar que las tarifas vigentes son sólo el referente máximo a tener en consideración para la realización de comisiones, más no constituye ninguna obligación legal para que siempre e invariablemente los viáticos y gastos de camino se autoricen en el límite indicado. 11) No se presupuestarán recursos para Combustible de automóviles particulares, salvo 14

27 autorización expresa por parte de la Secretaría de Hacienda. Asimismo, será responsabilidad de los administradores de las Dependencias y Entidades, planificar el uso racional y adecuado del parque vehicular a su cargo, a fin de que ello propicie un mayor ahorro en los recursos presupuestados para combustibles, lubricantes, aditivos y refacciones, así como los servicios que conlleva su mantenimiento y conservación. La Secretaría, verificará en el transcurso del año, la puesta en práctica de estas disposiciones para el uso más eficiente de los recursos públicos. Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 1) Como se apunta en el tema de los Servicios Generales, Materiales y Suministros, la política del Estado ha dado un giro de la compra tradicional de vehículos y equipos de cómputo y comunicaciones, a la contratación de los servicios que los mismos proporcionen a la eficaz operación de las instancias del gobierno, lo cual se puede realizar bajo el concepto de Contrato Multianual de Servicios, que tiene significativas ventajas y por ende, es conveniente implantarlo en nuestra cultura administrativa, afin de que podamos ir reduciendo los inventarios relacionados con el parque vehicular y de equipo de cómputo y de comunicaciones. 2) De acuerdo con la nueva política en la materia, el próximo año las oficinas de gobierno, en vez de adquirir equipos de cómputo y comunicaciones, podrán contratar servicios multianuales. Lo que implica que los recursos correspondientes se presupuestarán en el capítulo 3000 de Servicios Generales, así como la aplicación de los procedimientos instituidos para su regulación. Se entiende entonces que conforme a esta nueva directriz en la materia, ya no será viable la reposición mediante compra, de los equipos que vayan quedando obsoletos o que hayan llegado al término de su vida útil. 3) En igual forma, a partir del próximo año se espera que empiecen a disminuir los inventarios relacionados con el parque vehicular,y que las dependencias y entidades hagan un uso mas intensivo de la figura de contratos multianuales de servicios, debiendo ocurrir lo mismo en lo concerniente a los servicios de cómputo y comunicaciones. 4) En la adquisición de computadoras portátiles (laptop), las dependencias y entidades deberán incorporar en su justificación los siguientes elementos indispensables para su trámite: a. La mejora potencial esperada para la gestión de gobierno. b. La relación de personal que tendrá el resguardo de los equipos adquiridos. c. El registro de inventario con el que quedará identificado el equipo que se planea adquirir, en el entendido de que si por alguna eventualidad, no se materializa dicha adquisición, tales registros serán cancelados explicando lo conducente. d. También para el próximo año, las dependencias y entidades operarán con el mismo mobiliario y condiciones de equipamiento colateral existente 15

28 en 2011, por lo que no podrán presupuestar recursos para el cambio de mobiliario de oficinas y aspectos similares. Sabiendo de antemano que los aspectos aquí enunciados no agotan las posibilidades para suprimir asignaciones de recursos que resulten prescindibles, dada la magnitud de la restricción fiscal que se enfrenta, será responsabilidad de las dependencias y entidades, el revisar a conciencia el historial reciente de sus asignaciones presupuestales, a fin de asegurarse de que sus Anteproyectos de Presupuesto no contengan asignaciones de esta índole, pues de ser así, estaríamos limitando el espacio para las asignaciones al gasto de inversión en momentos que más se necesita del mismo, como factor de inducción de la inversión privada y de la generación de los empleos formales que tanto se requieren para los sonorenses. En todo caso, para los efectos del análisis que la Secretaría de Hacienda habrá de realizar de los Anteproyectos de Presupuesto que propongan las Dependencias y Entidades, es fundamental que establezcan el registro de las bases de cálculo por medio de las cuales llegaron a sus asignaciones de recursos a nivel de capítulos y partidas de gasto, anexándolos a dichos documentos, ya que esto facilitará en gran medida la comunicación entre nuestro personal técnico y los administradores del presupuesto en las dependencias y entidades. Gasto de Inversión Capítulo 6000 Obras Públicas: Los recursos de Inversión son asignados a las unidades responsables que conforman el gobierno estatal, quienes lo ejercerán con estricto apego a la normatividad de la materia. En el caso de que alguna unidad responsable realice convenios de obra pública con los municipios que involucren recursos presupuestarios, deberán firmar un convenio de reasignación de recursos públicos por cada obra, en el cual se especifique la aportación que corresponda a cada parte. Los recursos de inversión que se autoricen se destinarán prioritariamente a: V. La terminación de las obras públicas en proceso, especialmente a aquellas destinadas a proyectos de desarrollo social. VI. La asignación de recursos a nuevos proyectos se fundamentará en criterios que garanticen los servicios de educación, salud y asistencia social, seguridad pública y procuración de justicia, combate a la pobreza, desarrollo municipal e infraestructura básica urbana y rural, considerando a la población beneficiada y su relación costo beneficio. VII. Se podrán proponer nuevos proyectos de obra pública cuando estén evaluados sus efectos socioeconómicos y se tenga garantizada la disponibilidad de terrenos, así como los recursos técnicos y financieros para su operación. VIII. La asignación de recursos para obra pública requerirá la existencia del proyecto ejecutivo y del expediente técnico correspondiente. 16

29 IX. Los proyectos de inversión conjunta con los sectores social y privado, con los gobiernos federal, municipal y los de otras entidades federativas, para la ejecución de obras y proyectos de infraestructura y producción, se apegarán al marco normativo. De igual manera, los proyectos de inversión en obra pública atenderán los siguientes criterios: Las obras y acciones deberán de promover un desarrollo regional intersectorial de alto impacto para el desarrollo sustentable de las regiones y de la entidad. Es obligación de las dependencias y entidades públicas que llevan a cabo obras públicas, considerar en sus presupuestos los gastos de difusión, informando la fuente de financiamiento de los recursos, el programa, las metas y el plazo de ejecución, con la finalidad de orientar a la población sobre los beneficios de las mismas. Cuando existan obras cuya ejecución abarque varios ejercicios presupuestarios (Multianuales), las unidades responsables deberán presentar a la Secretaría el programa de ejecución de la obra en el que se establezca claramente el plazo para su ejecución, haciendo mención expresa de que la ejecución y pago en los años subsecuentes, estará sujeta a la aprobación del presupuesto de egresos por la H. Legislatura. Para promover una mejor y más eficiente asignación de los recursos presupuestarios en inversión pública, las Dependencias y Entidades deberán contar con un análisis costobeneficio de los proyectos y programas de inversión que muestren que son susceptibles de generar un beneficio social neto. Asimismo, se deberá de revisar las estrategias y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo con el objeto de identificar claramente sus directrices y con ello impulsar el gasto regional con base en los acuerdos definidos con el consenso de los gobiernos municipales y las instituciones federales a fin de realizar inversiones en infraestructura y llevar a cabo acciones estratégicas y prioritarias con alto impacto económico y social en las regiones del estado. Además de las directrices antes citadas, por el tipo de obras deberá considerarse en la Presupuestación el siguiente orden de prioridades: Obras Multianuales Obras en Proceso Refrendos Obras Nuevas que darán respuesta inmediata a demandas presentadas al Titular del Poder Ejecutivo. En este último punto también es importante que los responsables de las Dependencias y Entidades identifiquen apropiadamente estos componentes presupuestales, por otro lado, 17

30 también deberá preverse en la presupuestación los compromisos de aportación Estatal que tengan las dependencias en materia de Convenios que normalmente y anualmente se encuentran programados a suscribirse con las Dependencias Federales homólogas. En cuanto a la captura de la información correspondiente a las obras y acciones motivo de la presupuestación en el Módulo de Obra Pública del SIIAF, deberá considerarse lo siguiente: Identificar con claridad la Función, Subfunción, el Programa, Subprograma y Proyecto programático en el que se encuadran dichas obras. El nombre específico de la obra deberá corresponder en síntesis a lo que se pretende ejecutar. Proyección de metas. Identificar la localidad y municipio. En este último punto es importante que el gasto de inversión este perfectamente alineado a la planeación estatal y a los programas que de ella deriven, ya que esto evitará que con posterioridad a la aprobación del presupuesto, inmediatamente se tenga que replantear la asignación programática de los recursos aprobados, pues en la medida en que se incurre en fallas de está índole, estamos comprometiendo y debilitando la futura rendición de cuentas, al tener que proporcionar explicaciones innecesarias derivadas de cambios programáticos de los recursos aprobados. Otros Lineamientos Presupuesto y Normatividad Las normas presupuestales que rigen la aplicación de los recursos públicos, se han diseñado para el ejercicio del presupuesto en condiciones que se consideran como normales, dentro de un marco de austeridad, por lo cual hemos de suponer que su estricta aplicación no incide mayormente en la eficiencia y eficacia del gasto público. Lo anterior, dada la inviabilidad de establecer una normatividad que aplique en tiempos de austeridad y otra para tiempos de mayor holgura; por lo cual se impone la necesidad de que los tomadores de decisiones utilicen criterios apropiados en beneficio de la flexibilidad presupuestal, particularmente cuando se trate de la aplicación del gasto de inversión, donde habrá de vigilarse que las presentes restricciones no sean causa de subejercicio en la aplicación de los recursos. Ingresos Propios En lo concerniente al ejercicio de los ingresos propios captados por las entidades, aunque la Secretaría, no pueda negarles su disposición como parte de las facultades generales que le asisten para normar el ejercicio del presupuesto público, está en capacidad de revisar que dichos recursos se apliquen bajo criterios de racionalidad y conforme a los calendarios 18

31 establecidos, en la idea de impedir que mientras por un lado se afrontan presiones de gasto para las que el flujo de ingresos resulta insuficiente; por el otro, se acumulan disponibilidades que se aplican al margen de los calendarios que regulan el avance del ejercicio global, lo que se tratará de evitar mediante los mecanismos de control pertinentes. A los efectos de presupuestación del gasto con cargo a ingresos propios que realicen los organismos, seguirán los siguientes pasos: 1. Presentarán mediante oficio dirigido a la Subsecretaría de Ingresos, la proyección de Ingresos Propios que consideren para el ejercicio 2012, a fin de asegurar su inclusión en la Iniciativa de Ley de Ingresos. 2. En su oficio a la Subsecretaría de Egresos, marcarán copia para las áreas de Presupuesto y Evaluación, a fin de que tomen nota del monto que se tendrá como gasto con cargo a ingresos propios. 3. En el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos que presente la Dirección General de Política y Control Presupuestal, destacarán el componente de gasto financiado con cargo a ingresos propios, lo que ésta área cotejará contra la copia del oficio con anterioridad remitido a la Subsecretaría de Egresos. Con esto aseguraremos: I. Que los ingresos propios estén tanto en la parte de ingreso como en la del gasto, apreciando que sus montos sean iguales. II. Los organismos tendrán el respaldo de la Ley de Ingresos, para realizar legítimamente su cobro, ya que todo derecho al mismo, ha de materializarse y cuantificarse en la Ley de Ingresos de cada ejercicio Fiscal. Relativo a la asignación al gasto que los organismos y entidades sectorizados, realizarán de sus ingresos propios, salvo por lo que la Secretaría de Hacienda autorice como excepciones a la disposición que se comunica, bajo ninguna circunstancia podrán pagar con ellos plazas de personal de confianza en niveles y funciones de dirección, mucho menos compensaciones adicionales, aún cuando éstas se encuentren plenamente justificadas en las contribuciones de dicho personal al mejor logro de los objetivos y metas programados, como corresponde a la instrumentación del Presupuesto basado en Resultados, por cuyas premisas habrán de orientar su actuación los organismos y entidades. En su caso, tales estímulos al personal en niveles de confianza y funciones directivas, serán otorgados con cargo al subsidio otorgado por el Estado para la solventación del costo de su capítulo de Servicios Personales, con el alcance que su techo financiero permita y siempre con referencia en cuanto a montos permitidos, a lo que para la Administración Directa estableza el Decreto que apruebe el Presupuesto de Egresos, estando siempre sujetos a su revisión y evaluación por parte de la Secretaría, de tal modo que por su naturaleza, no podrán formar parte de su presupuesto regularizable solicitado al Estado en su Anteproyecto de Presupuesto. 19

32 Asimismo, en relación a lo que ha venido ocurriendo en torno a lo dispuesto por el Artículo 32 del Reglamento para la Celebración de Sesiones de Organos de Gobierno de las Entidades de la Administración Pública Estatal, se les recuerda a los señores directores o equivalentes, que en todos aquellos asuntos relacionados con aspectos de carácter financiero y presupuestal, antes de someterlos a ACUERDO con sus Organos de Gobierno, deberán obtener la autorización o dictamen favorable de la Secretaría de Hacienda. Estructuras Administrativas y Programáticas Más allá del mandato ineludible de preparar y presentar anualmente al Congreso del Estado el Proyecto sobre el Presupuesto, el hecho de acercarnos a este momento, siempre es una oportunidad inmejorable para la revisión de estructuras administrativas y programas anuales, para asegurarnos de que son lo más apto para afrontar las demandas de la ciudadanía. De ahí que previamente a la formulación de los Anteproyectos de Presupuesto, es importante que los titulares de las Dependencias y Entidades, con el apoyo de sus colaboradores más cercanos, realicen este ejercicio de valoración de las estructuras administrativas y programas bajo las que habrán de desarrollar sus acciones, a fin de que se aseguren de que exista la debida correspondencia con el horizonte de los planes sectoriales e institucionales de mediano plazo que habrán de impulsar el desarrollo estatal los próximos años. De ello podrá provenir la definición de propuestas conducentes a la compactación o fusión de unidades administrativas que atiendan las responsabilidades de la función pública que les han sido encomendadas a las dependencias y entidades. Luego entonces, de presentarse esta situación al interior de las dependencias y entidades, sus Anteproyectos de Presupuesto incluirán los correspondientes anexos que describan los cambios de estructura administrativa previamente autorizados por la Secretaría de la Contraloría General y la Secretaría; argumentando desde luego, sobre las razones de los cambios incorporados, así como de los beneficios esperados, incluido su impacto presupuestal. Presupuesto con Perspectiva de Género El 25 de septiembre de 2008, se emitió la Ley Número 172, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado, teniendo por objeto regular, proteger y garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en Sonora así como proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten al Estado y a los municipios hacia el cumplimiento de dicha igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres. Así, en cumplimiento de lo dispuesto por esta Ley, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, deberán hacer un esfuerzo por identificar los componentes presupuestales que puedan identificarse con la configuración del Presupuesto con Perspectiva de Género. Para ello, es importante remitirse al Boletín Oficial Número 25, Sección IX, que contiene la Ley en cita, donde podrán encontrar los contenidos que la Ley le confiere a términos 20

33 como Acciones Afirmativas, Equidad de Género, Igualdad Sustantiva, Perspectiva de Género y Transversalidad, que son útiles para determinar si los programas que las Dependencias y Entidades tienen a su cargo, en alguna medida encuadran con el Presupuesto con Perspectiva de Género, lo que deberán hacer explícito y cuantificar en los Anteproyectos que presenten a la Secretaría. Ley General de Contabilidad Gubernamental Desde hace tiempo ha existido la necesidad de homologar toda una serie de procesos que son comunes a los tres órdenes de gobierno. En este contexto se explica que el 31 de diciembre de 2008 se haya publicado la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que habiendo surgido en el ámbito federal, es de observancia obligatoria para los tres órdenes de gobierno, al establecer como parte de su objeto (Artículo 1, Párrafo tercero) que los gobiernos estatales deberán coordinarse con los municipales para que éstos armonicen su contabilidad con base en esta Ley. De tal forma que los tres órdenes de gobierno deberán observar los mismos principios, criterios, métodos y guías contabilizadoras para el registro del ingreso, el gasto, la deuda y el patrimonio público, sobre lo cual la Ley fija compromisos y tiempos a ser cumplidos en el lapso de 2009 a 2012, fecha para la cual la Ley estima que se tendrá la construcción armonizada del sistema presupuestal y financiero que sostiene al Estado Mexicano. Si bien lo dispuesto por esta Ley Federal, no tiene aún ninguna implicación inmediata con el Proceso de Programación-Presupuestación 2012, si es importante valorar con anticipación la importancia de los aspectos que establece, así como los compromisos que implica avanzar en sus objetivos, que no son otros más que alcanzar por esta vía, una mejor fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos, así como medir mejor la eficiencia, economía y eficacia del gasto e ingreso público, la administración de la deuda pública, incluyendo las obligaciones contingentes, en una rendición de cuentas que efectivamente muestre los resultados de la gestión pública en cualquiera de sus tres ámbitos. En función de lo anterior, se espera que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, atiendan y apliquen puntualmente las orientaciones que proporcionan estos lineamientos, en previsión de la astringencia fiscal que vivirán las finanzas públicas durante el próximo año, lo cual nos obliga a una asignación y ejercicio inteligente de los recursos, con lo que en muy buena medida se podrán cubrir las expectativas primordiales de los sonorenses que a este gobierno toca atender. Presupuesto Basado en Resultados De acuerdo con lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria, que rige para el Gobierno Federal, desde el año 2008, en este ámbito de gobierno se están realizando esfuerzos programados para llegar a instituir en la práctica el uso del Presupuesto basado en Resultados (PbR), con el que se busca abrir el camino para homogenizar estos aspectos de la Administración Pública Federal con las entidades federativas, a la vez que precisar el impacto en el uso de los recursos públicos. 21

34 Al respecto, es importante avanzar en este terreno, en virtud de nuestra intensa relación con el gobierno federal que deriva de los programas y recursos federalizados. Cabe agregar que además del Presupuesto basado en Resultados, es necesario contar con un Sistema de Evaluación que comprenda la medición de resultados de las políticas públicas y los programas presupuestarios, que promueva la eficiencia y eficacia institucional mediante programas de mejoramiento de la gestión pública de mediano plazo. El Gobierno del Estado trabaja en ello, mediante la construcción del Sistema Integral de Evaluación de la Gestión Pública. 22

35 4.- PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA) Como se mencionó en los Aspectos Conceptuales, esta etapa del proceso de programaciónpresupuestación desemboca en la integración de un documento que traduce los lineamientos generales de la planeación del desarrollo económico y social del Estado en objetivos y metas concretas a desarrollar en el corto plazo, a nivel de DEPENDENCIA y UNIDAD RESPONSABLE, incluyendo los PODERES del ESTADO, definiendo la temporalidad y espacialidad de las acciones, para lo cual se asignan recursos en función de las disponibilidades y necesidades. A través del POA se detallará la siguiente información: Razón de ser de la Dependencia, Entidad, Poder u Órgano Autónomo a través de su PROPÓSITO INSTITUCIONAL, al nivel de Unidad Ejecutora. La alineación a los objetivos estratégicos del Plan Estatal de Desarrollo, Programas Sectoriales e Institucionales, que correspondan. Los objetivos de corto plazo a cumplir para el 2012, congruencia y continuidad con los objetivos de mediano y largo plazo de las estrategias y líneas de acción contenidos en los Programas Institucionales y Sectoriales correspondientes. Los resultados esperados en cada proyecto programático, Los indicadores de desempeño a través de los cuales se medirá el alcance de los resultados esperados. Las metas, destacando los elementos y acciones que se consideren más importantes, de acuerdo al presupuesto asignado, así como su calendarización durante el ejercicio Lineamientos de Integración El Programa Operativo Anual (POA) de cada Dependencia ó Entidad deberá presentar una Exposición de Motivos que desglose y desarrolle, principalmente, la siguiente información: Propósito principal de la Dependencia, Entidad, Poder u Órgano Autónomo, expresado a través de su Objetivo General, al nivel de Unidad Administrativa. Dicho objetivo se derivará de las atribuciones que establece su Reglamento Interior y demás documentos normativos. Los objetivos de corto plazo a cumplir para el 2012, de conformidad con los objetivos de mediano plazo contenidos en los Programas Institucionales y Sectoriales correspondientes. Los Programas Presupuesto y sus indicadores vinculados a ellos, con el costo total de cada uno de los Programas, a través de los cuales se medirá el alcance de los resultados esperados. 23

36 Las metas por Unidad Administrativa, destacando los elementos y acciones que se consideren más importantes, de acuerdo al presupuesto asignado, así como su calendarización durante el ejercicio Se recomienda que en la formulación de los Programas Operativos Anuales, se organicen grupos de trabajo coordinados por las Unidades Responsables o áreas equivalentes y la participación de representantes de cada una de las Unidades Administrativas, con la finalidad de que enfoquen sus esfuerzos al análisis de los problemas, necesidades y retos que enfrenta la Dependencia o Entidad en cada una de sus áreas sustantivas, generando alternativas de solución a través del proceso de planeación, programación y presupuestación. Posteriormente, la propuesta será presentada a los Titulares para su conocimiento, aprobación u observaciones, que mejoren los resultados del proceso de Programación- Presupuestación en su ámbito de responsabilidad. El esfuerzo del proceso presupuestario para el 2012 estará orientado a lograr la formulación de un Presupuesto de Egresos que desde la etapa de la programación refleje las acciones que corresponde realizar al Estado para atender las demandas de la sociedad y que al mismo tiempo pueda ser evaluado a partir de los resultados esperados que se deriven de su ejecución. Responderá también a la mejora constante de las políticas públicas y a los alcances del nuevo modelo de Gestión Pública para Resultados y del Presupuesto por Programas con Enfoque a Resultados. Por eso en este punto, es de suma utilidad que, en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos que presenten las Dependencias y Entidades, considere por una parte, la suma de recursos que representará su operación normal durante el año 2012, y por la otra, la suma de recursos que significará en su caso, la integración de nuevos proyectos que demanden recursos adicionales. En su caso, estos recursos adicionales que podrán ser autorizados en el Techo Financiero que se asigne, deberán asegurar el incremento de los beneficios que los sonorenses esperan de la aplicación de los recursos públicos. Cuando durante el ejercicio se autoricen a las Dependencias y Entidades recursos adicionales para llevar a cabo algún proyecto específico, deberán notificar a la Secretaría la modificación a los Programas Operativos Anuales, estableciendo los objetivos y metas que correspondan, antes de ejercer los mismos. Sobre este respecto, téngase en consideración que las diversas etapas que abarca el proceso presupuestario culmina con la entrega de la Cuenta Pública para su fiscalización, y en este sentido, debe ser un interés común de las instancias participantes y de la Secretaría, establecer los registros documentales que den cuenta de los cambios realizados a fin de utilizarlos en la elaboración de dicha Cuenta Pública. Como todo proceso de gran magnitud en el que intervienen diversos actores, éste se caracteriza por un entorno en el que la información disponible y la capacidad de su 24

37 procesamiento son recursos limitados, por lo que se requiere exista una mejor alineación entre los objetivos que persiguen los distintos actores involucrados. En virtud de esto, el éxito de la estrategia requiere forzosamente de la identificación y cuantificación del impacto que la implementación de los programas genera en la sociedad, por lo que es importante que se haga uso de los INDICADORES ESTRATÉGICOS que las dependencias reportan para su integración en el Proyecto de Presupuesto de Egresos. La integración de dichos indicadores será abordada por separado, en el período que dure este proceso. Estructuras Programáticas La estructura programática aplicable para 2012 continuará conformándose a través de un arreglo que contiene las categorías para reflejar las acciones del sector público; es decir: Finalidad, Funciones, Subfunciones, Ejes Rectores, Programas y Subprogramas, así como la inclusión de categorías con un mayor nivel de detalle como son las Actividades ó Proyectos, que deberá además de reflejar la actividad institucional. Las Dependencias y Entidades deberán llevar a cabo este ordenamiento funcional a través de las claves programáticas mostradas en el SIIAF, con base en los Catálogos Programáticos vigentes Esta estructura programática ó presentación funcional tienen como objetivo explicar el para qué? del gasto público y desde esta perspectiva es el instrumento fundamental para pedir cuentas en términos de la eficiencia en la asignación y uso de los recursos públicos. Así, a través de ella se describe el quehacer público que va de lo más general, descrito en la Finalidad y en la Función, a lo más específico que se refleja en las Actividades ó Proyectos institucionales, de acuerdo a las competencias y atribuciones de cada Dependencia ó Entidad. En este punto cabe precisar, en lo que concierne al número de Actividades ó Proyectos que puede incorporar una Unidad Administrativa, lo más recomendable es que se reduzcan al mínimo, para no dispersar en este nivel la asignación del gasto por su objeto económico. Es importante señalar que, conforme a la Estructura Programática que se articula al proceso de planeación anual, los Programas Operativos se formulan por Dependencia y Unidad Administrativa, con asignación presupuestal al nivel de Actividad ó Proyecto, por lo que deberán definir de forma clara las metas a realizar en cada una, en congruencia con los montos estatales y federales asignados para garantizar su cumplimiento. En este nivel de la actividad programática y presupuestaria, se deben tener muy en cuenta las experiencias de ejercicios previos relacionados con aspectos tales como las adecuaciones presupuestales que pudieron haber surgido de una incorrecta asignación y/o programación de recursos, o bien, las posibles observaciones fincadas por las instancias de control y fiscalización, que pudieran sugerirnos la rectificación de procesos. 25

38 Programas - Presupuesto e Indicadores Para avanzar en la conformación de un Presupuesto con base en Resultados, se requiere forzosamente de la identificación y cuantificación del impacto que la implementación de ciertos programas genera en la sociedad, por lo que es INDISPENSABLE que se haga uso de INDICADORES para la medición de sus RESULTADOS Las Dependencias y Entidades están obligadas a integrar sus Programas Operativos plasmando con claridad los Programas-Presupuesto con Indicadores de resultados asociados a ellos, que se realizarán con los recursos estatales y federales previstos en el Presupuesto de Egresos. Los Programas Presupuesto de mayor peso específico dentro de la Dependencia o Entidad, que serán evaluados mediante Indicadores de Resultados asociados, aparecen en el Anexo 7 de este Manual. Los indicadores mencionados, asociados a los Programas Presupuesto contenidos en el Anexo 7, deberán provenir de aquellos indicadores estratégicos que forman parte de los Programas Sectoriales de Mediano Plazo que fueron elaborados por la Administración Pública Estatal, derivados de los 6 ejes rectores del PED I. Las Direcciones Generales de Administración y Control Presupuestal y/o áreas equivalentes, serán el enlace entre las Unidades Responsables de las Dependencias y Entidades y la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría, para llevar a cabo los trabajos de elaboración e integración del Programa Anual y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para su ejercicio en el II. Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a integrar sus Programas Anuales plasmando con claridad los objetivos, los resultados esperados, los indicadores y las metas que realizarán con los recursos estatales y federales previstos en el Presupuesto de Egresos. III. De conformidad con las orientaciones recibidas en el curso de capacitación, y a la luz de la experiencia tanto propia como de otros gobiernos, es recomendable que los indicadores para la evaluación del desempeño y de resultados, sean definidos y validados al más alto nivel, teniendo en cosideración aspectos como los siguientes: a) No es conveniente establecer indicadores para todas las actividades y funciones realizadas por las dependencias, unidades administrativas y entidades sectorizadas en las mismas, pues su consolidación a nivel gobierno conduce a un enorme cúmulo de indicadores, que en la mayoría de los casos sólo tienen sentido y son comprensibles para el personal y las áreas que los establecen, más no para la sociedad. b) Es desde la perspectiva de la sociedad a la que el Estado comunicará los resultados de la acción de gobierno y de la aplicación del Presupuesto de Egresos, de tal forma que la definición, selección y establecimiento de indicadores puedan comunicar algo relevante de las funciones y programas, siendo esto uno de los criterios cualitativos a seguir para fijar la cantidad de indicadores, tipo y naturaleza de los mismos, que a 26

39 juicio de los funcionarios de alto nivel, presenta a la sociedad la acción de gobierno llevada a cabo por las dependencias y entidades de la Administración. c) Internamente, las dependencias, sus unidades administrativas y entidades sectorizadas, en su caso, podrán establecer indicadores para efecto de medir aspectos que resulten de su particular interés, más no para utilizarlos en el seguimiento de los programas y proyectos estratégicos para los que el Congreso del Estado aprueba recursos presupuestales. d) Cabe agregar, que si se esta actuando conforme a las premisas de una planeación estratégica, la misma sugiere que se debe hacer uso productivo y eficiente de la energía y la inteligencia humana, dirigiendo la atención solo a aquello que del panorama de la Administración Pública Estatal, importa llevar a los primeros planos de la comunicación institucional. IV. Asimismo, se formularán metas por cada indicador estratégico asociado al Programa Presupuesto incluido en el Anexo 7. V. Las Dependencias y Entidades deberán ordenar las funciones y atribuciones que tienen asignadas, así como los objetivos y metas programados, de acuerdo a los recursos asignados a cada Unidad Responsable a través de las claves programáticas mostradas en el SIIAF, con base en los Catálogos Programáticos, especialmente la EP VI. Es importante que las Dependencias, Entidades, Poderes y Órganos Autónomos verifiquen la congruencia entre la información programática propuesta y los recursos asignados, con la finalidad de que se dé el debido seguimiento respecto a los resultados esperados. VII. Cuando durante el ejercicio se autoricen recursos extraordinarios a las dependencias, entidades y órganos autónomos, implicará reportar el incremento de sus acciones en los Programas Anuales. VIII. Considérese al respecto que durante el ejercicio, en la presentación de informes trimestrales, evaluaciones y rendición de cuentas, será más sencillo justificar la aplicación de los recursos públicos si los mismos se encuentran asociados con un aumento en metas y resultados, que se entregan a la sociedad. Esto resulta de fundamental importancia si consideramos que nos interesa ser calificados en función de lo que hacemos, lo cual es muy diferente a que se nos evalúe por lo que gastamos. IX. Las modificaciones a los Programas Anuales permitidas, únicamente serán las siguientes: Durante el primer trimestre del ejercicio: a. A las metas cuando se incremente la cantidad a realizar, por eficiencia o ampliación de los recursos. 27

40 Durante el transcurso del año: b. Reducción o adecuación a las metas por las siguientes situaciones extraordinarias: Se presente una disminución de los ingresos del Gobierno del Estado o disminuyan o se retrasen las ministraciones de los recursos provenientes del Gobierno Federal. Ocurran desastres naturales u ocasionados por el hombre que requieran recursos económicos extraordinarios para financiar programas contingentes de auxilio y rehabilitación a favor de la población afectada. Se aprueben reformas o adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado que impliquen adecuaciones al presupuesto. X. Después de autorizados los programas y los presupuestos respectivos por el H. Congreso del Estado, la responsabilidad de su ejecución recaerá en los funcionarios encargados de la formulación del PA. Es importante reiterar que los responsables de las Dependencias y Entidades consideren si la nueva normatividad presupuestal que se ha generado (principalmente la relacionada con los Presupuestos Multianuales y las Asociaciones Público-Privadas), de alguna manera contribuyen a la realización de sus programas de trabajo, y de ser así, identificar en su caso, los proyectos que propongan realizar bajo estos esquemas, pues ello interesa incluso desde la perspectiva de la promoción y posicionamiento del gobierno ante la opinión pública. Actividades o Proyectos y Metas Se requiere establecer un OBJETIVO ESTRATÉGICO que defina la ACTIVIDAD O PROYECTO, o en su caso, de los objetivos y estrategias más particulares establecidos en los Programas Sectoriales e Institucionales las que referirán LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL a través de los PROCESOS Y PROYECTOS de manera concisa. Las Dependencias serán responsables de verificar que las Actividades Institucionales, invariablemente tengan asociados objetivos, resultados esperados, indicadores y metas, con el fin de garantizar que a las acciones estratégicas previstas en las Actividades Institucionales, se les pueda dar seguimiento, permitiendo la evaluación de los resultados alcanzados en la ejecución del presupuesto. Una adecuada construcción de metas programáticas, es requisito indispensable para generar una base sólida que ayude a las Dependencias y Entidades en el establecimiento jerárquico de las prioridades, obtener la eficiencia en la asignación de los recursos presupuestarios en función de las prioridades, y durante el ejercicio del presupuesto, a fin de alcanzar el cumplimiento de los objetivos estratégicos planteados en el Plan Estatal de Desarrollo Esta tarea, sin embargo, requiere efectuar una revisión continua al contenido de los 28

41 elementos programáticos, en especial respecto de los indicadores y metas establecidos, con el fin de verificar que estos sean los adecuados para llevar a cabo el seguimiento y la evaluación del desempeño en las Dependencias y Entidades. Adicionalmente, es importante considerar que al llevar a cabo la formulación de estos elementos, los mismos deberán estar perfectamente identificados con el contenido de las actividades institucionales (Procesos y Proyectos) Por ello es importante simplificar la descripción de las metas derivadas de las líneas de acción a incluir en el Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio 2011, así como utilizar el Catálogo de Unidades de Medida que contiene este Manual que evite la dispersión de términos para representar la meta programada, buscando que sean realmente representativas de la actividad que desarrolla la Administración Pública Estatal. De igual forma, en lo que se refiere a la redacción que actualmente presentan algunas Actividades o Proyectos incorporados por las dependencias al presupuesto 2011, es necesario que para el presupuesto 2012 realicen la redefinición y replanteamiento conceptual de los mismos, a fin de que la construcción de su redacción se encuentre más apegada al contenido de esta idea rectora, y no solo le permita a los programadores del presupuesto superar las barreras técnicas que nos impone el SIIAF. Con esta finalidad, a continuación se proporcionan las dos siguientes definiciones relativas a lo que debe constituir una Línea de Acción redactada de manera aceptable: Actividad o Proyecto: Directriz o criterio de orientación que reviste la mayor importancia relativa, al señalar las acciones esenciales a efectuar por las dependencias y entidades del sector en el contexto socioeconómico. En la vertiente obligatoria la Actividad o Proyecto direcciona las acciones fundamentales a los programas, subprogramas, proyectos, obras y actividades presupuestales. Estas son entonces las dos definiciones de Línea de Acción propuestas para que, a la luz de las mismas, las dependencias y entidades revisen y redefinan la redacción conforme a la que quedarán construidas las Líneas de Acción a las que estarán vinculados los recursos públicos solicitados para el ejercicio fiscal Así, para la descripción de las Metas para el 2012, se deberá asegurar que contemplan los siguientes aspectos: 1) Las metas deben ser altamente representativas del producto o resultado final que se busca dentro de la Actividad ó Proyecto programados. 2) Expresarse de manera sintetizada, en términos claros y sencillos. 3) Debe permitir la desagregación y cuantificación de las actividades sustantivas que se desprenden de la Actividad ó Proyecto. 4) Debe evitarse programar como Metas aquellas acciones cuyo cumplimiento no depende de la Unidad Administrativa responsable de su ejecución. 29

42 5) Es importante señalar que las actividades cotidianas e intermedias (tales como reuniones ú oficios, entre otras) no deben programarse como metas ya que solo incrementa el número de las mismas, sin aportar mayor valor al Programa Operativo correspondiente. 6) Las Unidades de Medida tales como Informe, Documento o Reporte solo podrán utilizarse en aquellos casos en los que se atiende una obligación legal. En su lugar, será necesario cuantificar los productos de la acción a realizar. Lo anterior deriva de la necesidad de justificar la relación entre las metas y el costo de la Actividad o Proyecto. 7) No deben programarse metas cuyas Unidades de Medida sean expresadas en porcentajes. Esto es, deben ser cuantificables en números absolutos, de modo tal que el total programado anual sea igual a la suma de los avances trimestrales previstos. Es importante señalar que la desagregación excesiva de actividades rutinarias para programarlas como metas solo incrementa el número de las mismas, sin aportar mayor valor al Programa Anual correspondiente. Por otra parte, debe cuidarse que la información que apoye la integración de los programas a realizar, sea consistente entre sí, y respondan a lo siguiente: Las Unidades de Medida deberán vincularse estrechamente en su significado, con la descripción de lo procesos y proyectos que devienen de las líneas de acción y de las metas correspondientes.- Esto significa que se deberá evitar traducir todas las actividades en metas como Informes, Reportes, Reuniones, Giras, Visitas de Supervisión, Integración de Documentos, etc, para utilizarlas exclusivamente en aquellos casos en los que se atiende una obligación legal. Para ello será necesario cuantificar los productos de la acción a realizar. Ser cuantificable en números absolutos.- Es decir, no se deberán programar metas cuyas Unidades de Medida sean expresadas sólo en porcentajes, con la salvedad de los resultados del indicador si su expresión es un porcentaje, una tasa o un promedio, en cuyo caso, de cualquier suerte llegar al resultado, supone haber establecido los números absolutos en las variables que lo conforman. Identificar con claridad la relación entre las acciones que se describen en la meta con el producto final.- Para lo cual deberá seleccionarse el término más representativo dentro del Catálogo de Unidades de Medida, o en su defecto, proponer su actualización con la incorporación de los elementos más adecuados de medición, según su juicio. La cuantificación de las metas, por su parte, deberá partir del análisis de su comportamiento real. Aquí cobra mayor relevancia el punto 4, señalado para la descripción de las mismas, ya que: Las metas que se reflejen en atención a la demanda deben programarse considerando las estadísticas de comportamiento histórico de los servicios prestados o actividades realizadas en ejercicios anteriores. 30

43 Se deberá programar con un sentido realista, con relación al presupuesto esperado, a fin de evitar al máximo la necesidad de reprogramar tanto las cantidades anuales como los calendarios trimestrales. Lo anterior es particularmente importante cuando se trata de metas nuevas o adicionales. Para efectos de calendarización, es necesario tener claridad respecto a los tiempos que requieren los procesos de licitación de obras o adquisiciones y, en su caso, la aprobación de modificaciones al marco legal que las haga posibles. La consistencia de las metas también será un aspecto de primer orden en la valoración metacosto-beneficio, por lo que deberá cuidarse que la definición y cuantificación de metas sea consistente con los recursos solicitados. Por todo lo anterior, es importante llevar a cabo un esfuerzo adicional que nos permita generar una programación cuya justificación se desprenda de su consistencia, pertinencia y claridad. Esta recomendación resulta aplicable no sólo al nivel de las metas asignadas a las Actividades ó Proyectos, sino también al costo de los programas o de las Unidades Responsables. Las modificaciones a los Programas Operativos Anuales permitidas, serán las siguientes: Durante el primer trimestre del ejercicio: A las metas cuando se modifique la cantidad a realizar, por variación de los recursos autorizados por el H. Congreso del Estado. A los indicadores, siempre y cuando la modificación afecte recursos de los Programas que se evalúan a través de ellos, así como los resultados por alcanzar. Con excepción de los casos anteriores, las modificaciones efectuadas a los Programas Operativos no afectarán la fórmula de cálculo del avance físico-financiero; esto es, su avance se medirá contra la meta ORIGINAL AUTORIZADA, salvo en los casos en que se trate de Metas NUEVAS, nó incluidas en el POA original. Es importante subrayar que el presupuesto podrá ser sometido a análisis detallados por el ciudadano común, por virtud de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, y en una valoración de la importancia de alguna meta se requiere, llevar a cabo un esfuerzo adicional que nos permita generar una programación que prácticamente se defienda por sí misma, en virtud de su consistencia, pertinencia y claridad, recomendación que resulta aplicable no sólo al nivel de las metas asignadas a las Líneas de Acción, sino también al costo de los programas o de las Unidades Responsables. 31

44 32

45 NOTAS METODOLÓGICAS La presente guía tiene por objeto facilitar la formulación y captura de la información requerida en el Sistema Integral de Información y Administración Financiera (SIIAF), para la integración del Programa Anual del Proyecto de Presupuesto de Egresos. Para ello se abordan los principales conceptos: Objetivos El objetivo describe en forma clara y concreta los propósitos que tratará de alcanzar en el transcurso del año la Dependencia o Entidad frente a un problema, necesidad o reto público, que desencadena una acción o decisión de gobierno. Se define como un enunciado detallado, preciso y conciso que identifica y expresa en forma cualitativa las finalidades hacia las que deben dirigirse los recursos y esfuerzos de las Instituciones o Unidades Responsables, en contribución al programa o proyecto programático que corresponda. Igualmente, se hace énfasis que el nivel operativo de los objetivos que aquí se describen es diferente al nivel táctico o estratégico de los objetivos institucionales, sectoriales y del Plan Estatal de Desarrollo, por lo que su construcción debe dar respuesta a las siguientes preguntas: Qué va a hacer la Institución o Unidad Responsable para cumplir con su misión? Cómo va a asegurar su contribución a los compromisos del sector? A través de que medio lo va a hacer? Para qué? Cuál es el resultado que se pretende alcanzar? Indicadores Para identificar el alcance y cumplimiento de los objetivos, estrategias y metas generales del Plan Estatal de Desarrollo y los programas que de éste se derivan, es necesario establecer metas específicas a través de indicadores para los distintos programas y proyectos que atienden las unidades responsables y ejecutoras. En ese sentido el Gobierno del Estado de Sonora realizará dos procesos: la programación de logros, productos y resultados en sus anteproyectos de presupuesto, y la valoración de alcances mediante el Sistema Integral de Evaluación de la Gestión Pública (SIEGESON). El SIEGESON tendrá como finalidad 1 registrar y presentar en forma sistemática el avance en el cumplimiento de los objetivos de los programas y proyectos que se establecen en la Estructura Programática. Este sistema permite, entonces, a las dependencias y entidades públicas: Establecer los compromisos y la magnitud de los retos a lograr para satisfacer las necesidades de la población. 1 Remitirse a los Lineamientos del SIEGESON (Boletín Oficial CLXXXVII, número 49, Sec. I, Lunes 20 de Junio de 2011) 33

46 Detectar y/o prevenir desviaciones que impidan el logro de los objetivos (mantener el control de la operación). Autoevaluarse y mejorar los servicios en la operación diaria. Evaluar el cumplimiento de sus objetivos estratégicos. Informar a la comunidad sobre los resultados de la gestión gubernamental. Es importante hacer notar que los indicadores responden a una metodología que ayuda a determinar parámetros alineados con la visión, misión, objetivos, estrategias, procesos y proyectos de mejora, que refleja una congruencia en su estructura, tanto vertical como horizontal (liga objetivos, categorías programáticas y logros). Lo anterior permitirá mejorar las etapas de planeación, programación y presupuestación, de los programas y proyectos que ejecutan las dependencias y entidades públicas del Gobierno Estatal, por lo que realizar un proceso de mejora en estos parámetros de medición es de suma importancia, para ello se presentan algunas líneas metodológicas y la estructura que agrupa la acción pública. Se entiende por indicador el parámetro cualitativo o cuantitativo de medición del cumplimiento de los objetivos, cualquiera que sea su nivel (operativo, táctico o estratégico). Se centran en los resultados finales; permiten medir el desempeño del quehacer público y su impacto en la sociedad. Resultan relevantes sólo si tienen relación directa con los propósitos de la institución; si es así, se pueden utilizar en la detección y prevención oportuna de desviaciones en el cumplimiento de los objetivos institucionales. Las dimensiones de los indicadores se refieren a las cualidades de medición que tendrá cada uno, existen diversas dimensiones de indicadores, pero los que se consideran en este proceso, son de: Cobertura, Calidad, Eficiencia, Alineación de Recursos e Impacto. Cobertura.- Miden el porcentaje de avance en la atención de la población objetivo con respecto al universo total de atención, planteado en el objetivo. Calidad.- Se orientan a medir los atributos del bien o servicio otorgado por el gobierno y la satisfacción de los usuarios o beneficiarios y representan una forma de legitimar el desempeño público. Eficiencia.- Miden la razón entre los recursos utilizados con respecto a los productos o servicios generados. Comparan una medida de resultado (salida), con una de insumo (entradas). Es de suma importancia para un gobierno que de cara a la sociedad se propone como compromiso presupuestal hacer más con menos recursos aplicados, de ahí que deba tomarse muy en cuenta para la identificación de logros de esta naturaleza en el cumplimiento de objetivos y metas valoradas por la sociedad. Alineación de recursos.- Se aplican para conocer si los recursos se han destinado de 34

47 manera oportuna y suficiente al cumplimiento de los objetivos; miden el grado de congruencia entre los recursos aprobados y el suministro oportuno de los mismos, o la equidad en su distribución. Impacto.- Corresponde a las mediciones del efecto que se espera sobre la población o universo objetivo. Cuantifica el logro del objetivo estratégico identificando el producto, servicio o sus efectos sobre la población a la cual se refiere. Como resultado del indicador utilizado, se entiende el logro que se pretende alcanzar durante un período determinado (un año), aún cuando sus mediciones pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales u otro periodo, expresado en forma numérica ya sea en forma absoluta o porcentaje, y el cual debe estar alineado al cumplimiento de los compromisos contemplados en el Plan Estatal de Desarrollo y los Programas Sectoriales e Institucionales, para el periodo , por ejemplo: El indicador de Cobertura del esquema completo de vacunación en menores de 1 año es igual al total de niños vacunados dividido entre el total de niños de ese rango de edad multiplicado por 100. O sea: niños vacunados / total de niños de ese rango x 100. En este caso, el resultado del indicador será el porcentaje que resulte de llevar a cabo la operación indicada por la fórmula para calcularlo. Así, la meta a plantearse a través de este indicador, lógicamente deberá indicar un porcentaje mayor al obtenido en el año actual, lo cual será logrado con apoyo de los recursos presupuestales autorizados al Programa correspondiente. La información básica requerida para proceder al trabajo de determinación de indicadores para los programas es la siguiente: 1) Identificación de los programas de la EP 2012 en que participa cada unidad ejecutora. 2) Determinación de los programas de la EP 2012 que tendrán asociados indicadores de medición del desempeño de programas y recursos presupuestales, para ser comunicados a la sociedad por su relevancia en algún aspecto de su calidad de vida del que interesa su seguimiento estratégico durante el transcurso de la presente Administración. En su caso, informar a la Secretaría sobre los indicadores que a partir del presupuesto 2012 dejarán de utilizarse revelando las razones por las que se llega a su eliminación, como puede ser, que no estén midiendo adecuadamente los resultados obtenidos; así como de los indicadores que consideran incorporar para el ejercicio 2012, mostrando de la misma manera los atributos por los que considera conveniente su incorporación. En todo lo cual es importante subrayar que no es necesario ni conveniente establecer indicadores para toda la actividad a realizar en el interior de las dependencias y entidades, antes bien, nos debe de interesar que los indicadores por los que nos inclinamos, no desluzcan ni desmerezcan en el agrupamiento consolidado que dará cuenta de los resultados de la acción de gobierno en su conjunto sino que por el contrario, la relación de unos con otros refuerce el valor agregado de un presupuesto orientado y enfocado a los resultados 35

48 esperados por la sociedad. Metas Por su parte, la meta es la expresión cuantitativa de los objetivos por alcanzar en el Ejercicio que se presupuesta. A su vez, debe representar un producto o resultado visible y entregable por la Unidad Responsable que la está programando. Es la expresión cuantitativa de alcance anual que permite avanzar hacia el cumplimiento del objetivo, representa la acción prioritaria que debe resolver la causa de un problema o crear las condiciones que se desean generar para promover un beneficio a la población. La selección y cuantificación de la meta es un trabajo de precisión, ya que durante el ejercicio habrán de ofrecerse las explicaciones respecto a las variaciones presentadas respecto a lo programado. Considérese a manera de ejemplo problemático, el reclamo social por los subejercicios que en ocasiones presentan las asignaciones para inversión en obras públicas y programas sociales. Para definir las metas y facilitar su seguimiento y evaluación, es necesario utilizar correctamente las unidades de medida, que haga posible la identificación de lo que se va a medir, con el significado de la Actividad ó Proyecto. Como apoyo debe utilizarse para ello el catálogo de Unidades de Medida que se anexa. Se construye considerando los siguientes puntos: Responder a la pregunta de hasta dónde se quiere avanzar en el cumplimiento del objetivo. Establecer la finalidad hacia donde se van a enfocar las acciones de la Dependencia, Entidad, Poder u Órgano Autónomo. Revelar el impacto de las acciones que se verán reflejadas en beneficio de la población. Aspectos Generales de Redacción La redacción de los elementos programáticos debe ser en forma impersonal (eliminar somos, nuestro(a), nosotros(as), etc.). Utilizar las palabras Estado, Entidad, Sonora o Sonorense, y no la combinación de las mismas, ya que resulta repetitivo (excepto en nombres oficiales). No redundar en mencionar el nombre de la Dependencia o Entidad, ya que se entiende que la información se refiere a la institución que la formula. Utilizar palabras completas, evitando las abreviaturas. Cuando se mencionen acrónimos o siglas, primero indicar su significado y entre paréntesis los mismos. Ser breves y concretos en las descripciones. 36

49 En el caso de campos limitados en el SIIAF, resumir la idea en palabras completas hasta obtener los caracteres requeridos. Estructura Programática y Clave Presupuestal(ejemplo) A fin de mostrar la manera en que se relacionan operativamente los componentes de la estructura programática con los de la clave presupuestal utilizada para la captura en el Sistema, a continuación se presenta el esquema de articulación lógica de estos componentes, dando como resultado la integración de los 24 dígitos comprendidos por la Clave Presupuestal, así como tambien se presentan los dos ejemplos básicos de su representación en el Sistema, de conformidad con los recursos que se presupuestan para las Unidades Administrativas de las dependencias, así como los recursos que dan origen a la integración a nivel gobierno del capítulo 4000 de Transferencias, Asignaciones y otras Ayudas. Ejemplos de aplicación de la clave programática 1. Para las Unidades Administrativas de las Dependencias. Es la representación del proceso de captura en el Sistema de los conceptos del Programa Operativo Anual a nivel de Unidad Administrativa. Para la mejor comprensión del sentido con el que se proponen las metas de las Entidades se aclara lo siguiente: todo parte de considerar que para el Sistema SIIAF, estas son las metas financieras con las que estará obligada la Dependencia Coordinadora de la Entidad, en 37

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