CAMPUS DE VERANO EN LOS BARRIOS RURALES CAMPUS DE VERANO EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LOS BARRIOS RURALES DE ZARAGOZA
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- Dolores Martín Sandoval
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1 CAMPUS DE VERANO EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LOS BARRIOS RURALES DE ZARAGOZA 1. INTRODUCCIÓN El presente documento va dirigido a diferentes asociaciones, entidades y empresas de servicios deportivos de la ciudad de Zaragoza, para informarles del proyecto de Campus de Verano que se pretende llevar a cabo en las instalaciones de los barrios rurales de Zaragoza en el verano de Cuando los niños terminan el colegio y comienzan la época de verano, disponen de un tiempo libre y de ocio excelente que debe ser orientado positivamente por los padres mediante la participación en actividades cargadas de valor lúdico, formativo y recreativo. Los espacios sociodeportivos que poseen los barrios, y los innumerables parajes naturales que hay en los mismos, los convierten en el marco idóneo para el desarrollo de las actividades anteriormente descritas. Promocionarlas, organizarlas y coordinarlas utilizando la infraestructura social de cada barrio (Instalaciones Deportivas, Centros de Tiempo Libre, Juntas Vecinales, etc.) es la tarea propuesta por el Servicio de Distritos a través de las asociaciones, entidades y empresas de servicios. Los criterios técnicos y económicos quedan explicados mediante el presente pliego (que no es el definitivo, sino un ejemplo), pero los planteamientos metodológicos y educativos serán explicados mediante una plica por las entidades organizadoras, y valorados en su justa medida por parte del servicio para su adjudicación final. 2. FORMA DE CONTRATACIÓN DE LOS CAMPUS. La contratación de las empresas o asociaciones organizadoras, se hará mediante contrato menor, convocando públicamente un concurso para su adjudicación. Se valorarán unos indicadores y se adjudicará la organización de las actividades en función de dicha valoración. El pliego se podrá recoger en las oficinas del Servicio de Distritos (C/ Pantano de la Sotonera nº 3) o mediante correo electrónico, poniéndose en contacto a través del teléfono TÉCNICAS. Cláusula 1. Organizadores. Podrán optar a organizar los campus de verano, asociaciones, entidades y empresas de servicios que estén legalmente constituidas. Cláusula 2. Extensión. Cada entidad podrá optar libremente a la organización de los campus en los barrios rurales de la zona oeste, en los de la zona este, o en ambos a la vez. (según anexo I). Cláusula 3. Objeto. Los organizadores se encargarán de la promoción, planificación y prestación de las actividades lúdico deportivas que se desarrollarán en cada uno de los barrios rurales (según anexo I). Cláusula 4. Tipo de contratación. La contratación se hará mediante contrato menor en función de las plicas recibidas, convocando un concurso y valorando los criterios contenidos en el presente pliego. Cláusula 5. Presupuesto y devengos. El gasto máximo estipulado para cada grupo de 25 niños (con dos monitores) en un barrio rural es de Los ingresos (cobrados directamente por el organizador a través de la Junta Vecinal del Barrio) serán de 40 / niño. El importe restante, así como el material deportivo, será tramitado por el Ayuntamiento de Zaragoza mediante facturas.
2 Cláusula 6. Fechas y horarios de realización. Las actividades se dividirán en quincenas, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, y habrá dos posibles turnos: 1º. Del 20 de junio al 1 de Julio. 2º. Del 4 al 15 de julio de Cláusula 7. Destinatarios. Las actividades irán destinadas a niños de entre 6 y 14 años. La participación en las actividades deberá ser mediante inscripción previa, autorización de los padres y previo ingreso de 40 en la cuenta corriente de la entidad organizadora. Cláusula 8. Lugar de realización. El uso preferente será de las instalaciones deportivas de los barrios, previa planificación y solicitud por parte de la entidad organizadora, sin perjuicio de los acuerdos que se puedan establecerse con la Junta Vecinal y los Centros de Tiempo Libre que existan en el barrio. La actividad y el lugar elegido deberá ser compatible con el resto de actividades organizadas y con el uso puntual de las piscinas municipales por parte de los usuarios, y por tanto no causará molestias a los mismos. Para la entrada en las piscinas, se expedirá un carnet personal por niño y quincena, que será depositado en la taquilla. Cláusula 9. Desarrollo de las actividades. El desarrollo de cada una de las actividades de los campus deberán contar siempre con la presencia de 2 monitores (1 monitor por cada 12,5 niños) y existirá un coordinador por parte de la entidad organizadora que será el enlace con el Ayuntamiento de Zaragoza y el responsable del buen funcionamiento de las actividades. La metodología de las actividades planteadas y su enfoque educativo, recreativo y deportivo será valorado en la plica que las entidades deberán remitir. Cláusula 10. Número de participantes. Habrá 25 niños en cada grupo, y éstos serán coordinados por 2 monitores. El número mínimo para que la actividad pueda dar comienzo será de 12 niños. Cláusula 11. Idoneidad de las actividades y cambios en la programación. Si una vez comenzadas las actividades, se produjeran circunstancias sobrevenidas que alteraran el funcionamiento o imposibilitaran la realización de las mismas, será necesaria la comunicación previa al Ayuntamiento de Zaragoza. Cláusula 12. Criterios de selección. Para la selección de la entidad o entidades organizadoras, se valorará, además del coste a la baja, la idoneidad de las actividades, las innovaciones que se planteen, la selección y contratación efectiva de los monitores que aseguren unos mínimos criterios de calidad, la consecución de objetivos sociales y educativos, y la propuesta de promoción de las actividades que aseguren la participación de los niños. Así mismo, se valorará la elaboración de folletos informativos a los padres, para que éstos conozcan los objetivos de las actividades que van a realizar sus hijos durante las dos semanas de duración del campus. Cláusula 13.Contratación del personal. Al producirse contrataciones de personas, éstas las realizará la entidad organizadora, adoptando para ello las medidas oportunas y la forma que estime más conveniente, pero siempre cumpliendo y ateniéndose a la legislación vigente. En cualquier caso el Ayuntamiento de Zaragoza no se responsabilizará de las consecuencias que pudiera ocasionar una contratación indebida o inexistente, manifestando que no existe relación laboral alguna entre la entidad organizadora y el Ayuntamiento de Zaragoza. Cláusula 14. Seguimiento y control. El Ayuntamiento de Zaragoza supervisará la prestación del servicio por parte de la entidad organizadora. Asimismo se procederá, por los procedimientos que se estime oportunos, al seguimiento de la asistencia y el desarrollo de las actividades. En cualquier caso los coordinadores deberán disponer de los medios de control y evaluación necesarios. En cualquier momento podrá ser requerida por el Ayuntamiento de Zaragoza información relativa del estado de aplicación, gestión y relación de los participantes en la actividad, así como los ingresos bancarios de los mismos. Cláusula 15. Evaluación del grado de satisfacción de los usuarios. El Ayuntamiento de Zaragoza entregará a la entidad organizadora una ficha de evaluación de la satisfacción que se entregará a los usuarios el último día de la actividad, y que deberá ser remitida al Ayuntamiento
3 al término de la actividad, junto con un informe de gestión del campus. Los resultados de esta evaluación se tendrán en cuenta para próximas ediciones. Cláusula 16. Seguros. El Ayuntamiento de Zaragoza cubre la Responsabilidad Civil y los daños a terceros que pudieran ocasionarse por el desarrollo de la actividad, además posee un protocolo de actuación ante emergencias en las piscinas municipales, que será utilizado en caso de necesidad, sin perjuicio de las pólizas que legalmente tenga suscritas las entidades organizadoras. Todo el material que se utilice en la actividad deberá contar con las debidas garantías de seguridad, y deberá ser cuidado, utilizado y almacenado con este criterio, evitando riesgos innecesarios derivados del mal uso por parte de los usuarios. Cláusula 17. Facturación. Teniendo en cuenta el presupuesto comentado en la cláusula 5, cobrando 40 a cada niño, y teniendo 25 niños, se consiguen aproximadamente unos ingresos de por grupo. La diferencia entre lo ingresado en concepto de inscripción y el precio por monitor ofertado por la empresa adjudicataria será tramitado mediante facturas dirigidas al Servicio de Distritos. Según bases de ejecución del presupuesto para el año 2005 (base 21), las facturas deberán contener los siguientes apartados: - Identificación del Ayuntamiento de Zaragoza. Identificación de la entidad que presta el servicio (nombre, razón social y N.I.F.). Número de certificación o factura. Descripción detallada. Departamento municipal proponente del gasto y receptor del servicio o suministro. Relación de precios unitarios, en su caso, y totales parciales, así como el importe total de la factura, diferenciando la base imponible, tipo del I.V.A. aplicable e importe total más I.V.A. En el caso de que la entidad esté exenta de I.V.A. deberá hacerse referencia a los motivos de exención. Fecha de emisión, firma y sello de la empresa. Cláusula 18. Utilización del gasto. La cuantía económica asignada para el desarrollo del campus, se utilizará para los gastos de prestación de las actividades y la compra de material fungible no deportivo, en ningún caso éste se utilizará para la adquisición de cualquier bien, mueble o inmueble. El material deportivo necesario para las actividades será por cuenta del Ayuntamiento de Zaragoza. Cláusula 19. Justificación del gasto y de los ingresos. Se hará por parte de la entidad organizadora mediante la presentación en el Ayuntamiento de Zaragoza de los comprobantes de los gastos realizados, en el que se indicará la cantidad totalmente gastada mediante la presentación de facturas, así como una declaración jurada de que los gastos señalados se han efectuado para el desarrollo de las actividades. Cláusula 20. Justificación de los ingresos. Se presentarán en el Ayuntamiento de Zaragoza los ingresos efectuados mediante original de extractos bancarios detallados. Cláusula 21. Consumos. Durante el desarrollo de la actividad no se podrá consumir ninguna sustancia que sea nociva para la salud. Tampoco estará permitida la promoción, ni la publicidad que incite al consumo. La tipología de la actividad deberá evitar la promoción de conductas de riesgo, y que inciten a la violencia en los niños. Cláusula 22. Promoción. Las actividades de difusión pública que se realicen antes del inicio de las actividades, deberán contar con la aprobación del Ayuntamiento de Zaragoza, y deberán además incluir la línea gráfica (logotipo) aprobados por este. El Ayuntamiento de Zaragoza podrá realizar una promoción global de las actividades de todos los barrios con motivo de la apertura de las piscinas de verano, teniendo en cuenta a las Juntas Vecinales de cada barrio y a las entidades organizadoras de las actividades. Cláusula 23. Plazos y lugar de entrega. Los adjudicatarios podrán recoger los pliegos en el Servicio de Distritos del Ayuntamiento de Zaragoza (C/ Pantano de la Sotonera, nº3) y entregar la plica correspondiente por correo electrónico en el plazo estipulado, en la dirección deportedistritos@ayto-zaragoza.es.
4 ANEXO I. La relación de los barrios rurales en los que se pretende realizar la actividad del campus deportivo es la siguiente: BARRIOS ZONA OESTE - Casetas. - Garrapinillos. - Miralbueno. - Monzalbarba. BARRIOS ZONA ESTE - Montañana Peñaflor. - Movera. - San Gregorio. - San Juan de Mozarrifar. - Villamayor. ANEXO II. En el presente anexo se expone mediante una tabla, la infraestructura existente en el barrio, que será susceptible de utilización para el desarrollo de las actividades. BARRIOS RURALES HABITANTES INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS INFRAESTRUCTURAS SOCIALES CASETAS CDM y PDM Centro de Tiempo Libre Pabellón Sociocultural GARRAPINILLOS CDM y PDM Centro de T. Libre Saltapillos LA CARTUJA BAJA CDM y PDM Centro de T. Libre La Cigüeña MIRALBUENO CDM Centro de T. Libre Birabolas Pabellón Sociocultural MONZALBARBA CDM y PDM Centro de T. Libre Gusaramix MOVERA CDM Pabellón Sociocultural PEÑAFLOR 900 CDM Pabellón Sociocultural SAN GREGORIO 480 CDM y PDM Centro de T. Libre El Goyo S.JUAN MOZARR CDM y PDM Pabellón Sociocultural VILLAMAYOR CDM Para obtener una mayor información acerca de las instalaciones deportivas, se puede entrar en y para encontrar más datos acerca de los barrios rurales, o las direcciones de los órganos administrativos, se puede consultar la página web del Ayuntamiento de Zaragoza:
5 ANEXO III. La metodología de las actividades será la siguiente: OBJETIVOS - Satisfacer las necesidades físico-recreativas de los niños de los barrios rurales en los primeros días de los meses de verano. - Fomentar el buen uso del tiempo de ocio de los más pequeños. - Fomentar la práctica de actividad física por parte de los niños. - Crear unos hábitos de vida saludables. - Mejorar las relaciones personales y sociales de los niños de los barrios CONTENIDOS - Actividad Física (fútbol sala, baloncesto, balonmano, voleibol, natación, etc). - Juegos Educativos (tanto en las instalaciones deportivas, como en los locales del anexo II). - Otras actividades propuestas e innovadoras. PROCESO DE INSCRIPCIÓN Se realizará a través de las Juntas Vecinales, con la entrega de: - Inscripción rellenada (elaborada por la entidad organizadora). - Fotocopia del DNI o libro de familia (para comprobar la edad del usuario). PRESUPUESTO GASTOS 50 horas x 20 /hora = /monitor x 2= /actividad INGRESOS - Resguardo del pago efectuado a la cuenta corriente de la entidad. 40 /niño x 25 niños/grupo = /actividad Los restantes se pagarán mediante facturas El presupuesto explicado es meramente orientativo, ya que se tendrá muy en cuenta la oferta a la baja de la empresa adjudicataria. CONTRATACIÓN DE LOS MONITORES A poder ser, se realizará mediante un contrato legalizado y se requerirá un nivel de titulación con las siguientes prioridades: 1. Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. 2. Maestro Especialista en Educación Física. 3. Técnicos Deportivos (Formación Profesional). 4. Técnicos Deportivos (de la especialidad a impartir). 5. Monitores de Tiempo Libre, etc. 6. Otros. Estos monitores deberán poseer unos conocimientos prácticos (además de teóricos) que deberán ser tenidos en cuenta por la entidad que realice la consiguiente contratación, y deberán percibir por la prestación de las actividades una cantidad mínima de 10 euros/hora. Esta cantidad irá en función de la titulación y la capacidad de los monitores.
a viernes) del periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de Agosto ambos inclusive.
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