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1 PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS ASCENSORES, PLATAFORMAS ELEVADORAS Y ESCALERAS MECÁNICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA. INDICE CAPITULO I CAPÍTULO II CAPITULO III CAPITULO IV CAPITULO V CAPITULO VI CAPITULO VII OBJETO Y CONDICIONES GENERALES OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A REALIZAR PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO PRESUPUESTO INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD. RÉGIMEN SANCIONADOR ANEXOS ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3 ANEXO 4 ANEXO 5 Inventario de equipos. Precios unitarios mano de obra. Horario de apertura distintas dependencias. Presupuesto. Ejemplo. Página1

2 CAPÍTULO I - OBJETO Y CONDICIONES GENERALES 1 - OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO El objeto del presente pliego es la definición de los requerimientos que se aplicarán en la realización del Servicio Integral de Mantenimiento Preventivo y Correctivo en los ascensores, plataformas elevadoras y escaleras mecánicas gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla. Mediante el establecimiento de las especificaciones que más adelante se desarrollan se persigue un doble objetivo: Por un lado poner de manifiesto las directrices por las que ha de regir la relación entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Empresa Adjudicataria en su aspecto Técnico. Por otro lado, establecer la normativa general del trabajo a realizar, marcando pautas a cada actuación, señalando niveles mínimos de calidad y de aceptación del trabajo realizado y, en general, delimitando el marco dentro del cual ha de desarrollarse la actividad de la Empresa Adjudicataria. 2 - ALCANCE DEL CONTRATO 2.1. INSTALACIONES Las instalaciones que serán objeto del Mantenimiento Preventivo y Correctivo se relacionan en el ANEXO 1, consistentes en escaleras mecánicas, ascensores y plataformas elevadoras. El mantenimiento y coste de implantación del sistema para la telecomunicación de los ascensores será por cuenta del adjudicatario mediante el equipamiento de tecnología móvil con comunicación bidireccional entre la cabina del ascensor y el puesto central del mantenedor, con tecnología multioperador que realice roaming automático al objeto de encontrar un operador alternativo en el caso de que la línea activa pierda cobertura. El sistema debe estar operativo aun en ausencia de suministro eléctrico el tiempo necesario para que cumpla su función. El plazo de implantación 1 MES, siendo los costes derivados de dichas actuaciones por parte del contratista CONOCIMIENTO DE LOS EQUIPOS En fase de licitación, las Empresas Ofertantes deberán certificar conocer los equipos para los que prestarán sus servicios en caso de adjudicación. Para lo cual se considera necesario que durante el período de preparación de ofertas se realice una visita a las Instalaciones. Es especialmente importante que las empresas ofertantes conozcan las instalaciones, así como los sistemas de comunicación instalados en la actualidad. No obstante la Ciudad Autónoma de Melilla podrá proporcionar, si procede, la última revisión realizada por una OCA. El contratista aceptará los aparatos elevadores e instalaciones electromecánicas en las condiciones de la fecha de la formalización del contrato, independientemente del estado en que se encuentren, siempre que estén operativos. No obstante se establecerá una partida de gasto inicial (6.240, IPSI incluido), de una sola vez, para reparaciones y mejoras que de acuerdo con los técnicos municipales se consideren oportunas, que será abonada al adjudicador una vez estén subsanadas todas las deficiencias Página2

3 detectadas bien mediante inspección por parte de los técnicos municipales bien por un Organismo de Control Autorizado. 3 - NORMATIVA APLICABLE El adjudicatario se comprometerá a cumplir los reglamentos y normas que regulan el mantenimiento de las instalaciones que se recogen en el presente Pliego, así como todos aquellos reglamentos aplicables en cada caso; normas UNE, disposiciones estatales, ordenanzas municipales y cualquier otra normativa específica vigente a lo largo del contrato, siendo la siguiente una relación no exhaustiva: Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos (parcialmente derogado). Orden de 23 de septiembre de 1987, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a ascensores electromecánicos (ITC) 24. Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores. Real Decreto 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley. Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM1 (ITC-AEM 1), «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Reglamento de desarrollo de la misma. En lo administrativo Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente Contrato. Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del presente Contrato. Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985 y Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Respecto al personal que emplee en la realización del servicio, el empresario contratante estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia tributaria, relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, quedando la Ciudad Autónoma de Melilla exonerada de responsabilidad por este incumplimiento. Página3

4 El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictadas por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento. 5 - SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Se efectuará un servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo continuo, integral y planificado, que será realizado íntegramente por la empresa adjudicataria. La coexistencia de los dos tipos de mantenimiento tiene como objetivo que los equipos instalados tengan un funcionamiento operativo sin interrupción todos los días de servicio. A efectos prácticos, se considerará alcanzado el objetivo para aquellos elementos cuyo Índice de Disponibilidad del elemento, definido en el CAPÍTULO IV - CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A REALIZAR, sea mayor o igual al 93% en el caso de las escaleras mecánicas, y mayor o igual al 95% para ascensores. 6 - REPUESTOS Y FUNGIBLES, DAÑOS. Las empresas licitantes deberán disponer de los repuestos necesarios y suficientes para evitar tiempos de no funcionamiento por ausencia de repuestos. Dichos tiempos podrán ser objeto de penalización sobre el importe establecido en el CAPÍTULO IV - CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A REALIZAR. Se incluirán como material fungible los focos, fluorescentes y balastos correspondientes a la iluminación de las cabinas de los ascensores y balaustradas de las escaleras, optimizando el consumo energético. En caso de que los equipos sufran daños por vandalismo, catástrofes naturales, o cualquier otro no incluido, la Ciudad Autónoma de Melilla asumirá el coste de reparación previa aceptación del presupuesto presentado dentro de las 48 horas siguientes al siniestro. En los casos en los que el daño producido obligue a la parada del equipo, el plazo de presentación del presupuesto se reducirá a 24 h. Mientras se lleve a cabo la reparación, y de forma provisional, se colocarán en la medida de lo posible elementos provisionales para continuar con la marcha del equipo. 7 - GARANTÍA DE LOS TRABAJOS Todas las intervenciones que se realicen en los accesos mecánicos definidos en este Pliego, estarán garantizados al menos durante DOS (2) años desde el momento en que se efectúe dicha operación. La garantía se entiende total, incluyendo los materiales aportados y la mano de obra, y afectará a todos los gastos que puedan ocasionar tales como transporte, desplazamiento de operarios, valor de la mano de obra, material e impuestos. Todas las piezas, accesorios y recambios que se empleen en los trabajos serán originales o estarán debidamente homologadas. Página4

5 8 - TRABAJOS EXCLUIDOS Las reparaciones o sustituciones de elementos deteriorados motivadas por causas ajenas al funcionamiento normal del aparato (negligencia, vandalismo, inclemencias meteorológicas, mal uso de los aparatos). Los trabajos y suministros motivados por las modernizaciones o reformas solicitadas por la propiedad, o que en un futuro pudieran exigirse por organismos oficiales de rango, local, nacional o internacional, compañías de seguros, compañías suministradoras de electricidad, etc., así como los trabajos que se deriven de manipulaciones probadas en la instalación por personal ajeno al adjudicatario. Los trabajos y/o suministros de estructura, recubrimiento, cristales y/o paneles de balaustrada, pisaderas y elementos decorativos. Asimismo, queda excluida la sustitución de la cabina, paneles, techo, pasamanos, zócalo, lunas, suelos, puertas de camarín y exteriores y elementos decorativos. 9 - CONDICIONES GENERALES Todos los servicios contratados se prestarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cláusulas Administrativas Particulares, así como a lo dispuesto en el documento administrativo mediante el que se formalice el contrato y en el contenido de la proposición seleccionada. La adjudicataria estará obligada a aceptar, por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran las instalaciones objeto del contrato, sin que tenga derecho a reclamar compensación alguna por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Página5

6 CAPÍTULO II - OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES 1 - OBLIGACIONES COMUNES 1.1. Nombramiento de representantes Tanto la Ciudad Autónoma de Melilla como la empresa adjudicataria, designarán una persona que les represente, quedando constancia escrita de dicha designación Misiones de los representantes La comunicación entre las partes de cuantas circunstancias puedan producirse en detrimento de la calidad del servicio, el cumplimiento de horarios, de impedimentos u obstáculos originarios de los mismos y en general, de cuanto a juicio de ambas partes pueda acontecer en contradicción al estricto cumplimiento de las obligaciones que las partes contratantes han asumido. Cualquiera de estas comunicaciones se hará por escrito con la firma del "enterado" por la parte afectada. Semestralmente, o bien excepcionalmente a petición de las partes, se realizará una reunión de seguimiento y coordinación del contrato en las dependencias de la Ciudad Autónoma de Melilla. 2 - OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA Con independencia de las obligaciones derivadas del Contrato, ésta asume las siguientes: Primero.- Facilitar energía eléctrica y agua sin cargo para el Adjudicatario, y que le sea precisa para la prestación del servicio que contrata. Informará de la situación de puntos de abastecimiento, potencias, voltajes y caudales. Segundo.- Colaborar a que todo el personal asignado al servicio, tenga acceso a cada una de las dependencias y servicios de los locales a tratar y a todos los puntos de superficie. La colaboración se entiende en el sentido de tratar que no existan obstáculos que impidan la realización del servicio contratado, recabando de empleados, visitantes y público en general su concurso, cuando tal requerimiento sea necesario. Tercero.- La Ciudad Autónoma se obliga durante la vigencia del Contrato a establecer consignaciones presupuestarias suficientes para el pago de sus obligaciones. Cuarto.- La Ciudad Autónoma designará una persona con suficiente capacidad técnica, la cual controlará las actividades que este pliego se definan. Quinto.- El abono puntual al contratista adjudicatario, en la forma administrativamente procedente, de las sumas devengadas por la prestación de los servicios y trabajos que nos ocupan, y a la revisión, en el caso que legalmente así proceda, del precio de la adjudicación, siguiendo para ello, lo que se determine en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Sexto.- Asistirle en todos los impedimentos o dificultades que pudieran aparecer para la correcta prestación de todos los trabajos y operaciones objeto del presente Pliego de Condiciones. Página6

7 3 - OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Primero.- El personal asignado al servicio contratado, deberá estar protegido mediante una Póliza de Seguros que cubra las contingencias de Accidentes de Trabajo dentro de la jornada laboral, considerando incluido en la misma el período de tiempo dedicado al transporte hasta el Centro de Trabajo. Así como el Riesgo Catastrófico dentro del Centro de Trabajo, incendio, explosión espontánea o provocada, caída de rayo etc. La empresa se compromete a exonerar a la Ciudad Autónoma de Melilla, de cualquier responsabilidad en este sentido, sin reclamación de cantidad alguna en caso de producirse el Riesgo Catastrófico. Segundo.- Los daños de cualquier clase por negligencia, impericia o imprudencia durante la realización de los servicios contratados que, por las razones expuestas se causen en las instalaciones o se produzcan a terceras personas o a las mercancías y materiales depositados en lugares inmediatos, serán de la entera responsabilidad de la Empresa, quien para la cobertura de los posibles daños, concertará con una Compañía de Seguros, póliza de Responsabilidad Civil, mínimo por siniestro. De dicha Póliza remitirá copia autenticada a la dirección de Trabajo y Ciudad Autónoma de Melilla. Tercero.- El personal empleado por la Empresa en la prestación de los servicios contratados, deberá estar, mientras permanezca en el centro de trabajo, correctamente uniformado y aseado, adoptando una actitud correcta y de esmerada educación hacia el resto de empleados de la propia empresa, visitantes y público en general. Cuarto.- El personal destinado a la ejecución del Servicio, será mantenido inalterable por el contratista, dentro de cada uno de los turnos señalados, tanto en días laborables, como festivos, por lo que la empresa dispondrá del personal suficiente y necesario en su plantilla, para cumplir las exigencias que precedan en orden a suplir ausencias por cualquier causa, teniendo en cuenta que el personal que sea preciso para la realización del servicio ostentará respecto del mismo, su condición de patrono en cuanto a derechos y obligaciones dimanantes de la relación laboral contractual, por lo que serán de su exclusiva responsabilidad, el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, Seguridad Social, y Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando entendido que en ningún caso, el personal que el Adjudicatario destine a la prestación del servicio podrá alegar derecho alguno frente a la Ciudad Autónoma, ya sea por finalización de contrato, por resolución del mismo o por cualquiera de las causas previstas para este tipo de contratas. A efectos de control para la seguridad del Centro de Trabajo, la Empresa se obliga a presentar la relación del personal con indicación del puesto de trabajo, así como cualquier modificación que con respecto al mismo haya de realizar durante su ejecución. Modificación que deberá ser autorizada por la Dirección del centro o dependencia. No podrá afectar a La Ciudad Autónoma de Melilla responsabilidad alguna o subsidiaria que derive de la relación laboral de quienes colaboren en el servicio, y si no obstante ello le fuese impuesto, bien al adjudicatario o a quien le suceda, por alguna autoridad, organismo o tribunal, se entiende que la Empresa vendrá obligada a resarcir a la Asamblea de La Ciudad Autónoma de Melilla del importe económico de dicha cantidad. Página7

8 Quinta.- Si el servicio contratado a criterio de la Ciudad Autónoma de Melilla debiese de ser aumentado de forma temporal o fija, la Empresa Adjudicataria estará obligada a cubrir la ampliación. Los precios de la ampliación serán los que rijan en el contrato vigente. Sexta.- Será obligación de cualquiera de los operarios de la empresa adjudicataria atender todos los trabajos relacionados con sus obligaciones, que de forma ocasional puedan presentarse y para los cuales sean requeridos por el representante de la Ciudad Autónoma. Séptima.- La empresa adjudicataria presentará listado de trabajadores junto con la fianza definitiva y en todo caso antes de la formalización del contrato. Octavo.- Para la realización de las Certificaciones mensuales, que realizará la Oficina Técnica designada por la Consejería de Medio Ambiente como responsable del control del servicio, la empresa adjudicataria, presentará los últimos recibos de la S.S. en su poder y el dimensionamiento de los operarios que ocupa en el servicio, esto será presentado entre el día 5 y 10 de cada mes. En el dimensionamiento deben venir los operarios que realizan los trabajos, con la misma especificación que en los recibos de la S.S., indicando al menos, número de horas por día, horario de trabajo, categoría y en el caso de Seguros Sociales compartidos por más operarios de la empresa en otros servicios, los indicados en el dimensionamiento, vendrán subrayados en los Recibos de la S.S. Noveno.- El contratista adjudicatario quedará obligado a disponer de todas los elementos de trabajo principales y auxiliares, utillaje, organización y personal adecuado y necesarios, para la adecuada y perfecta realización de todos los trabajos, servicios y operaciones objeto del presente Pliego de Condiciones. Décimo.- El contratista adjudicatario queda obligado a facilitar al responsable del control del servicio cuanta información o documentos le sean requeridos a efectos de control o controles estadísticos, o conocimiento de las operaciones o trabajos realizados, materiales utilizados, etc. Undécimo.- El contratista adjudicatario es responsable del total y exacto cumplimiento de los citados servicios, operaciones y trabajos, en consecuencia, no servirá de excusa las faltas que cometan los trabajadores que realicen trabajos o servicios para él. Duodécimo.- El contratista adjudicatario deberá aportar todo el personal especialista y elementos de trabajos principales y auxiliares, maquinaria, materiales, utillajes, etc., que se precisen para procurar la total y perfecta realización de los citados servicios y operaciones, de la forma, en las condiciones y en los plazos que se determinan en el presente Pliego de Condiciones. Todo el personal deberá tener las condiciones de preparación, aptitud y prácticas requeridas al objeto, debiendo ser sustituidos los que no las cumplan o completadas con las necesarias, a juicio del responsable del control del servicio. Décimo tercero.- El contratista adjudicatario deberá acreditar que dispone de los servicios de una persona debidamente cualificada y preparada para la dirección y organización de todos los trabajos y operaciones que se incluyen en el presente Pliego de Condiciones, y como responsable de los mismos, quien deberá resolver todos los problemas que surjan en el desempeño de sus funciones. Página8

9 Décimo cuarto.- Será de cuenta del contratista adjudicatario el abono a todo el personal a su servicio y/o cargo, de todos los devengos de cualquier orden que cause, conforme a la Reglamentación Laboral que le sea aplicable. Décimo quinto.- El contratista adjudicatario queda obligado al más exacto cumplimiento de todas las leyes y disposiciones legales vigentes en materia social, laboral y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener por tanto a todo el personal a su servicio debidamente legalizado, de acuerdo con las mismas. Décimo sexto.- La empresa o contratista adjudicatario estará obligado a resolver todas las reclamaciones que puedan presentarse en la Ciudad Autónoma de Melilla por posibles daños que puedan o pudieran producirse como consecuencia y durante la realización y prestación de los trabajos y servicios objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Décimo séptimo.- Serán a cargo del contratista adjudicatario todos los impuestos, derechos y tasas, tributos estatales y provinciales que gravan las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación del servicio objeto del presente contrato. Décimo octavo.- La subcontratación solo procederá en alguno de los siguientes casos: Exclusivamente para aquellos trabajos que deban ser ejecutados, por razones técnicas, por las empresas fabricantes o instaladores de los equipos o por otras empresas especializadas. El caso de empleo de subcontratas, se regirán por lo establecido en los artículos 227 y 228 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración. El contratista deberá comunicar a la Administración su intención de subcontratar, las partes del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, salvo si el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación. Página9

10 CAPÍTULO III - CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES 1 - DISPONIBILIDAD DE PERSONAL La Empresa Adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones. La Ciudad Autónoma de Melilla no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la Empresa Adjudicataria, durante el plazo de vigencia del Contrato, ni al término ni una vez extinguido el mismo. El/la Adjudicatario/a, no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene el Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución. 2 - VARIACIONES DE PLANTILLA Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc.; o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el Adjudicatario está obligado a comunicar por escrito tal hecho, a los Servicios Municipales. En la comunicación deberá incluirse además los siguientes datos: Identidad, D.N.I., tipo de contrato, antigüedad. Toda sustitución será realizada como mínimo, con personal de la misma cualificación y horario que tenía el sustituido. 3 - VESTUARIO Todo el personal empleado en la realización de los servicios, deberá estar perfectamente uniformado. Los/las licitadores/as presentarán un boceto con los tipos de uniforme que propongan para el personal. La calidad y cantidad del vestuario del personal deberá cumplir en todo momento lo establecido por los Convenios Colectivos y por la Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 4 - SEGURIDAD DEL PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL La adjudicataria deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, según la vigente normativa sobre Derecho del trabajo y Seguridad Social. Por otra parte, al inicio de la ejecución del contrato deberá presentar copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil suscritas que cubran posibles daños a terceros y a la propia Ciudad Autónoma en la realización de los trabajos contemplados durante toda la ejecución del contrato cuyo capital mínimo asegurado deberá ser de La Adjudicataria dotará a su personal de tantos equipos de protección individual y colectivos que sean necesarios, a fin de lograr la seguridad de los/las trabajadores/as frente a los riesgos derivados de su actividad. Página10

11 5 - ASEO Y DECORO DEL PERSONAL La Adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario, o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a los/las usuarios/as de las dependencias objeto del contrato. Tales hechos darán lugar a la imposición de las sanciones. 6 - FORMACIÓN DE PERSONAL, SEGURIDAD E HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS La adjudicataria deberá observar el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad de Higiene en el trabajo, así como los Servicios Médicos necesarios. Asimismo será por cuenta de la Adjudicataria la organización de las actividades de formación necesarias para la actualización permanente de la plantilla al servicio del contrato. 8 - OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO La Adjudicataria quedará obligado al cumplimiento de las obligaciones laborales que determine la legislación vigente, en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, puntualidad laboral, formación, seguridad e higiene, etc. Mensualmente adjuntará copia de los documentos TC1 Y TC2, sellados y autentificados por la entidad pagadora. El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos facultará al Ayuntamiento para la resolución del contrato. En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna a la Ciudad Autónoma de Melilla, sino sólo a la Contratista, por lo que pudiera provenir del incumplimiento de las obligaciones que el Adjudicatario tuviera contraídas con sus operarios/as o empleados/as, o de los daños que pudieran derivarse de la ejecución de las diversas prestaciones objeto del contrato. La Adjudicataria estará obligado a presentar los informes y estudios que sobre procedimientos, materiales, productos, ensayos, etc., le sean solicitados por los Servicios Técnicos y que evidentemente estén relacionados con los trabajos a desempeñar. Página11

12 CAPÍTULO IV - CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A REALIZAR 1 - MANTENIMIENTO CORRECTIVO 1.1. DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS Durante la vida útil y cuando sea necesario para mantener la instalación en buenas condiciones de funcionamiento y seguridad se efectuará, sin cargo alguno de material y mano de obra, la reparación o sustitución, según criterios técnicos propuestos por el adjudicatario y con comunicación a los técnicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, de las piezas averiadas o desgastadas incluidas en la siguiente relación, empleando para ello recambios originales u homologados con calidad asegurada: Motores, engranajes de reductores o centrales oleodinámicas. Cilindros, pistones y válvulas. Elementos del cuadro de maniobra y selectores de piso. Dispositivos para el control de movimiento; variadores de frecuencia y encoders. Guías, amortiguadores, contrapesos y poleas de cualquier tipo. Limitadores de velocidad, electrofrenos y dispositivos de acuñamiento. Rodamientos para poleas, motores, generadores y máquinas. Cables o cintas planas de tracción, de!imitador de velocidad y selector de pisos. Cerraduras de puertas de piso y de cabina, y sus elementos de accionamiento. Rozaderas o rodaderas sobre las guías. Conducciones eléctricas para maniobra, incluso las de señalización luminosa tanto fijas como móviles. Carriles para deslizamiento de puertas, sus suspensiones y operadores. Equipos de emergencia: alarma, iluminación y/o rescatadores. Dispositivo de sobrecarga. Sistema de seguridad para movimientos incontrolados de la cabina. Elementos del sistema de comunicación bidireccional. Aceite de circuitos y lubricación. Todo el pequeño material no detallado anteriormente que por su uso se pueda deteriorar. Así mismo también se incluyen en el presente pliego el mantenimiento de cuartos de máquinas, huecos y fosos. Serán por cuenta de la empresa adjudicataria todos los trabajos de obras menores a realizar para mantener en perfecto estado los cuartos de máquinas, huecos y fosos de cada una de las instalaciones y subsanar cualquier deficiencia detectada en las revisiones periódicas, que podrán consistir en las siguientes reparaciones: Grietas. Pintura de paredes, techos, suelos (y puertas de piso en caso necesario). Fugas de agua. Inundaciones. Impermeabilizaciones. Iluminación. Trampillas, puertas y cerraduras de acceso. Señalizaciones de peligro. Página12

13 1.2. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y DOCUMENTACIÓN GENERADA Durante la realización de los trabajos de mantenimiento el adjudicatario procurará causar la mínima perturbación a los usuarios. Éstos se realizarán, a ser posible, fuera del horario de utilización establecido de funcionamiento diario. La comunicación de avería se realizará mediante aviso del conserje o encargado del edificio o por el técnico municipal designado. El adjudicatario dispondrá de un centro de control de averías que gestionará la resolución de la avería y asignará el técnico de mantenimiento más apropiado, en función de sus conocimientos técnicos, proximidad al punto de avería, carga de trabajo, etc. Los sistemas de aviso de incidencia en las instalaciones, deberán enviar, al momento de recibirse, un SMS al/los teléfono/s que se indicaran en el plan y aviso mediante a la dirección electrónica que se indique por la Ciudad Autónoma de Melilla, cuando se produzca una parada por avería de la instalación, así como cuando arranque el aparato al solucionarse definitivamente la avería. El adjudicatario deberá disponer de una base de datos de mantenimiento informatizada donde se registren los datos de la reparación efectuada, entre los que se encontrarán como mínimo: Fecha y hora de comunicación de incidencia Fecha y hora de comienzo reparación Avería. Causa de la Avería. Descripción de la reparación Mano de obra empleada Materiales utilizados Tiempo de resolución de la avería Observaciones Mensualmente el adjudicatario enviará junto con la factura de la instalación, un informe escrito de las reparaciones efectuadas en ese período, así como enviarlo electrónicamente. El adjudicatario deberá contar con un servicio de asistencia permanente para la atención de averías y emergencias. Sus horarios mínimos serán los siguientes: Mantenimiento y averías Lunes a sábado De 8:00 a Festivos De 8:00 a 19:00 Cuando se produzca una avería se realizará el pertinente aviso de avería que corresponda, contabilizándose a partir de este momento el tiempo de respuesta, entendiéndose como tal al tiempo transcurrido entre el aviso y la presencia del técnico en la instalación averiada. Página13

14 El tiempo de respuesta deberá ser: Averías escaleras mecánicas: inferior a 2 horas. Averías ascensores/plataformas: inferior a 2 horas salvo el rescate de personas atrapadas en ascensores: inferior a 1 hora. Las averías que no ocasionen parada de los equipos deberán estar resueltas en el plazo máximo de 1 semana, a contar desde el momento en que se realizó el aviso de avería. Las averías que pudieran ocasionar paradas incontroladas de los equipos deberán ser resueltas en 48 h. Los tiempos de parada de instalación por averías serán objeto de penalización cuando no se alcance el índice objetivo de Disponibilidad elemento tal y como se indica en el CAPÍTULO IV - CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A REALIZAR. Estas penalizaciones podrán no aplicarse siempre y cuando, a juicio de los técnicos municipales, se encuentren suficientes motivos que justifiquen la imposibilidad de efectuar las reparaciones dentro de los plazos estipulados. Así mismo prestará asistencia técnica a las Revisiones Generales Periódicas obligatorias (OCA o Servicio de Industria), cuando corresponda, informando fehacientemente con un mes de antelación para que la Ciudad Autónoma de Melilla pueda proceder a su realización REPUESTOS Y FUNGIBLES El Contratista entregará una lista detallada y valorada por tipo de máquina de los repuestos y fungibles que acopiará para cumplir los objetivos descritos en este Pliego. Se detallará como mínimo los elementos susceptibles de desgaste, cantidad almacenada, periodicidad de sustitución, coste de los materiales y tiempo de mano de obra. 2 - MANTENIMIENTO PREVENTIVO 2.1. DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS El Mantenimiento Preventivo se aplicará de acuerdo a un Plan de Mantenimiento que deberá elaborar el adjudicatario, con el propósito de conseguir de forma permanente un funcionamiento continuo y sin incidencias en todos los elementos recogidos en el presente Pliego. Una vez elaborado dicho Plan, se consensuará con los técnicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiéndose ser revisable durante el contrato si se comprueba que es incompleto o defectuoso, siendo responsabilidad del adjudicatario el mantenerlo permanentemente actualizado. En este Plan se especificarán las operaciones a realizar: revisiones, verificaciones, ajustes, sustituciones, limpiezas y, en general todas aquellas operaciones que eviten paradas intempestivas por fallo o mala conservación de los equipos, así como los procedimientos relativos a Salud Laboral. También se indicarán las frecuencias en el tiempo de los trabajos mencionados. Debe ser entregado en el PLAZO MÁXIMO DE UN MES para su aprobación, desde la firma del contrato. Ante averías o incidentes graves y/o repetitivos, el adjudicatario propondrá una reorganización de los planes elaborados para evitar en lo sucesivo la repetición de dichas incidencias. Página14

15 A título orientativo, y sin menoscabo de otras tareas no especificadas, los alcances de Mantenimiento Preventivo abarcarán las siguientes actuaciones: Limpiezas y engrases de los componentes de los ascensores, escaleras mecánicas y plataformas. Ajustes y verificaciones. Comprobación de desgastes. Sustitución de fungibles, incluyendo focos, tubos fluorescentes y balastos de arranque, etc. Pruebas y comprobaciones. Comprobación de parámetros funcionales. Mantenimiento y limpieza de los cuadros eléctricos. Limpieza profunda mensual de peldaños, pasamanos y balaustradas de todos los tramos de escaleras. Mantenimiento de cuartos de máquinas, huecos y fosos. Cualquier otro trabajo que se considere necesario para alcanzar el índice de Disponibilidad objetivo EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y DOCUMENTACIÓN GENERADA El Mantenimiento Preventivo se realizará a partir de una planificación anual en la que se refleje en su totalidad las frecuencias de revisión para cada elemento (escalera mecánica, ascensor o plataforma), así como la descripción de las operaciones a ejecutar. El Mantenimiento Preventivo de los ascensores se realizará dentro del horario de apertura de los edificios que se detalla en el ANEXO 3. Con el propósito de poder llevar a cabo el control de los trabajos de Mantenimiento Preventivo, el adjudicatario entregará la planificación de los trabajos a realizar anualmente. En el caso de las escaleras mecánicas tendrá carácter trimestral, el adjudicatario entregarán la planificación de trabajos trimestrales a realizar, indicando la escalera a revisar así como el día previsto. En caso de que a lo largo del periodo sea necesario modificar la planificación, se deberá comunicar a los técnicos municipales. Para que la Ciudad Autónoma de Melilla conozca los trabajos de mantenimiento que se han realizado, el adjudicatario remitirá al técnico municipal que se determine, los partes de trabajo debidamente firmados por el técnico que ha realizado la revisión junto con la firma del encargado del edificio que aloja el elemento a mantener. Mensualmente el adjudicatario emitirá un informe de disponibilidad de las instalaciones, que se enviará junto con la facturación de los equipos EFECTIVIDAD Y CALIDAD DEL MANTENIMIENTO. La Ciudad Autónoma de Melilla realizará, a través de los técnicos municipales, los controles e inspecciones necesarios para establecer la efectividad de los trabajos de Mantenimiento Preventivo. Con el fin de cuantificar dicha efectividad de una forma objetiva y constante, se establece el concepto de Disponibilidad elemento, que se define como el cociente del número de horas útiles de Página15

16 funcionamiento de un elemento (ascensor, rampa o escalera mecánica) entre el número de horas teóricas necesarias de funcionamiento. La Disponibilidad elemento se expresará en (%). El nº horas teóricas será: Disponibilidad elemento = (nº horas útiles / nº horas teóricas)* 100 En el caso de las escaleras mecánicas las contabilizadas dentro del horario normal de funcionamiento que es de lunes a sábados de 8:00 a 20:00. El nº de horas teóricas mensuales de funcionamiento de estos elementos se establece en 312 h. (Anuales 3.744) En el caso de los ascensores y plataformas se computarán 10 horas diarias de lunes a sábados 260 horas teóricas mensuales. (Anuales 3.120) Se considerará inútil todo el tiempo que el elemento esté fuera de servicio debido a avería. El cálculo de las horas útiles de funcionamiento de un ascensor/rampa mecánica se establecerá a partir de los datos registrados en los partes de trabajo de mantenimiento correctivo y bases de datos relacionadas. La Disponibilidad elemento indicada en el informe mensual deberá por tanto coincidir con lo indicado en los partes de trabajo y en las bases de datos. El valor resultante de la Disponibilidad elemento se entiende para unas condiciones de trabajo normales, no computándose a efectos de penalizaciones, las situaciones extraordinarias como vandalismo, daños múltiples a las instalaciones por efecto de trabajos de terceros o por cualquier otra causa no imputable al contratista. Las horas de indisponibilidad no incluyen los tiempos de paro de la instalación cuando se esté realizando tareas de mantenimiento preventivo que ocupan parte de las horas de servicio, así como las inspecciones oficiales reglamentarias del Servicio de Industria. 3. SEGURIDAD LABORAL Y COORDINACIÓN EMPRESARIAL. En lo relativo a Salud laboral, el Contratista cumplirá con lo especificado en el RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades, especialmente en lo relativo a: Evaluación de los riesgos Acreditación de Información y formación a los trabajadores Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Página16

17 CAPÍTULO V - PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO El periodo o plazo de vigencia del contrato vendrá determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato. Página17

18 CAPÍTULO VI - PRESUPUESTO 1 - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto total de licitación es de ,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS CON CERO CENTIMOS DE EURO) (IPSI incluido), con un importe de IPSI de ,00 (DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS CON CERO CENTIMOS DE EURO). Queda desglosado y justificado en el ANEXO VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO El valor estimado del contrato es de ,00 (QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS CON CERO CENTIMOS DE EURO) (IPSI incluido), con un importe de IPSI de ,00 (VEINTE MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS CON CERO CENTIMOS DE EURO). Queda desglosado y justificado en el ANEXO REVISIÓN DE PRECIOS Queda exceptuada la revisión de precios de las certificaciones que correspondan al primer año de ejecución del contrato y al primer 20% de su ejecución, no computándose a estos efectos la parte del contrato correspondiente a posibles prórrogas. La realización de los expedientes de revisión de precios no se realizará con carácter mensual, sino que se realizará una revisión al final de cada año revisable, a partir de la publicación oficial de los índices. Es decir, para el presente contrato, de 2 años de plazo, se realizará una única revisión de precios al final del contrato. En caso de existir prórrogas, se realizará al final de cada año su correspondiente expediente de revisión de precios, con los mismos criterios establecidos en el presente apartado. La aplicación de dicha revisión se hará certificación a certificación, aplicando el índice de incremento que corresponda de acuerdo con los datos del INE entre el mes de adjudicación del contrato y el mes que se certifica; aplicando a dicho índice una reducción del 85%. Si la primera certificación a la que es aplicable la revisión de precios, ésta no procediera al período del mes completo, se aplicará la prorrata correspondiente entre el número de días del mes con derecho a revisión y el número total de meses, con la aplicación del mismo coeficiente reductor del 85%. 4 - FORMA DE ABONO DE LOS SERVICIOS Para la realización de las Certificaciones mensuales, que realizará la Oficina Técnica designada por la Consejería de Medio Ambiente como responsable del control del servicio, la empresa adjudicataria, presentará los últimos recibos de la S.S., en su poder y el dimensionamiento de los operarios que ocupa en el servicio, esto será presentado entre el día 5 y 10 de cada mes. En el dimensionamiento deben venir los operarios que realizan los trabajos, con la misma especificación que en los recibos de la S.S., indicando al menos, número de horas por día, horario de trabajo, Página18

19 categoría y en el caso de Seguros Sociales compartidos por más operarios de la empresa en otros servicios, los indicados en el dimensionamiento, vendrán subrayados en los Recibos de la S.S. Se emitirán mensualmente certificaciones en función de los servicios realmente prestados, conforme a los cuadros de precios ofertados por la empresa, que sirven de base para la proposición económica, y que formarán parte del contrato. 5 - VARIACIONES DEL INVENTARIO La Dirección Técnica notificará por escrito al contratista cualquier alteración que se produzca en la relación de instalaciones, por alta o baja de cualquier elemento electromecánico o de elevación en los edificios de la Ciudad Autónoma. Cuando se produzca alguna alteración, tanto al alza como a la baja, en el número de aparatos elevadores objetos del contrato, se comunicará a la empresa adjudicataria dicha alta o baja, pasando a formar parte del contrato. Dada la estructura desglosada de la proposición económica, basada en precios unitarios en función de múltiples parámetros que pueden presentar los equipos, estas variaciones en el inventario podrán ser asumidas por los precios unitarios del contrato y por la previsión económica establecida en el propio presupuesto; por lo que dichas variaciones no tendrán consideración de modificación del contrato. En el ANEXO 5 se adjunta, a modo de ejemplo, la valoración que se haría de forma mensual de una equipo que se incorporara al contrato una vez iniciado éste y, por tanto, no incluido inicialmente en el ANEXO 1. Página19

20 CAPÍTULO VII - INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD. RÉGIMEN SANCIONADOR 1 - SISTEMAS DE CONTROL La verificación del cumplimiento de los servicios se realizará mediante un sistema de control de las prestaciones, que afectará a: Mantenimiento Preventivo. Mantenimiento Correctivo. Plan de Trabajo. 2 - INFRACCIONES 2.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Las infracciones vendrán determinadas en función del índice Disponibilidad elemento (De), expresado en % y definido en el presente Pliego, en función, además, del elemento que se trate: ascensores, escaleras mecánicas y plataformas elevadoras. La determinación o no de la infracción se realizará de forma mensual y serán acumulativas si se producen en distintos elementos en el mismo período de control. Las distintas infracciones, en función de cada elementos y el índice mensual de Disponibilidad elemento (De), se recogen en la tabla adjunta: ELEMENTO Ascensores Plataformas elevadoras Escaleras mecánicas INFRACCIÓN Disponibilidad elemento (De) (%) mensual LEVE 95 > De 90 GRAVE 90 > De LEVE 95 > De 90 GRAVE 90 > De LEVE 93 > De 90 MEDIA 90 > De 85 GRAVE 85 > De 80 MUY GRAVE 80 > De 2.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO Las infracciones vendrán determinadas en función de los tiempos de respuesta de asistencia técnica, independientemente del tipo de elemento. El período de control establecido será el trimestre. ELEMENTO INFRACCIÓN Incumplimiento en el tiempo de respuesta de asistencia técnica Ascensores - Plataformas elevadoras - Escaleras mecánicas LEVE GRAVE hasta 3 incumplimientos / trimestre hasta 2 infr. LEVES / trimestre Página20

21 2.3. PLAN DE TRABAJO Se considerará infracción el incumplimiento del plazo previsto de UN MES en la entrega de dicho Programa de Trabajo, contado a partir de la fecha de inicio de la prestación del servicio. 3 - RÉGIMEN SANCIONADOR Queda determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato. Melilla, enero de 2015 El Director General de Gestión Técnica de Medio Ambiente El Técnico de la Oficina Técnica de Industria y Energía Javier Facenda Fernández José Carlos Medero Ramírez Página21

22 ANEXO 1 - INVENTARIO EQUIPOS Página22

23 ASCENSORES RAE UBICACIÓN AÑO Fabricante / modelo TIPO Nº Paradas 672 Palacio de la Asamblea (antiguo Palacio de Justicia) 2006 OTIS Electro-Mecánico Mercado Central 2001 OTIS Electro-Mecánico Mercado Central 2001 OTIS Electro-Mecánico Palacio de la Asamblea 2000 OTIS Hidráulico Cementerio Municipal 2006 MANHEWER Hidráulico Torreón de las Cabras 1997 MANHEWER Electro-Mecánico Hospital del Rey 2000 OTIS Electro-Mecánico Ludoteca Pinares 2009 MANHEWER Hidráulico Comedor San Francisco 2001 MANHEWER Hidráulico Consejería Bienestar Social 1994 OTIS Hidráulico Torre de la Vela 2012 OTIS Electro-Mecánico Nuevo Biblioteca 2015 OTIS Electro-Mecánico Escuela Municipal de Música 1997 OTIS Electro-Mecánico Aulas culturales de mayores 1997 OTIS Electro-Mecánico Colegio León Sola 2011 EMBARBA Hidráulico Guardería Infanta Leonor 2010 THYSSENKRUPP Electro-Mecánico Colegio Enrique Soler 1996 OTIS Electro-Mecánico Colegio Anselmo Pardo 2001 MANHEWER Hidráulico Colegio especial Reina Sofía 2003 MANHEWER Hidráulico Colegio Practicas (Eduardo Morillas) 1988 OTIS Hidráulico Colegio Juan Caro 1992 OTIS Hidráulico Consejería de Economía y Hacienda 2012 THYSSENKRUPP Electro-Mecánico ColegioPedro de Estopiñan 2009 ORONA Electro-Mecánico Colegio Buen Consejo 1999 OTIS Hidráulico Colegio Buen Consejo 1999 OTIS Hidráulico Colegio Real 2003 OTIS Hidráulico Consejería Educación 2004 OTIS Electro-Mecánico Colegio Velázquez 2003 OTIS Hidráulico Escuela de Enseñanzas Artísticas 2009 OTIS Electro-Mecánico Pab. Guillermo García Pezi THYSSENKRUPP Electro-Mecánico Pab. Guillermo García Pezi THYSSENKRUPP Electro-Mecánico Pabellón J. Imbroda 2014 OTIS Electro-Mecánico Consejería Fomento 2000 OTIS Hidráulico Consejería Adm. Públicas 2011 EMBARBA Electro-Mecánico PLATAFORMAS ELEVADORAS TIPO UBICACIÓN AÑO Salv. Esc. Palacio de la Asamblea 2011 Fabricante / modelo VIMEC Easy moving V64 Salv. Esc. Torre de la Vela Electro-Mecánico TIPO Nº Paradas Carga (Kg) Carga (Kg) Electro-Mecánico Salv. Esc. Auditorium Carvajal VIMEC Easy moving V64 Electro-Mecánico Elev. Fijo Piscina Municipal 2011 Electro-Mecánico ESCALERAS MECÁNICAS RAE UBICACIÓN AÑO Fabricante / modelo TIPO 01/00 Mercado Central 2000 OTIS Electro-Mecánico 02/00 Mercado Central 2000 OTIS Electro-Mecánico Escalones Página23

24 ANEXO 2 - PRECIOS UNITARIOS MANO DE OBRA Página24

25 CATEGORÍA Técnico Mantenimiento JORNADA LABORABLE Precio / hora normal (8:00-20:00 h.) Precio / hora nocturna (20:00-8:00 h.) JORNADA FESTIVO Precio / hora (Todo el día) 36,24 72,48 72,48 Página25

26 ANEXO 3 - HORARIO APERTURA DISTINTAS DEPENDENCIAS Página26

27 DEPENDENCIA DIRECCIÓN HORARIO UTILIZACIÓN HORARIO APERTURA Palacio de la Asamblea Plaza de España s/n 8:00-19:00 h. Palacio de la Asamblea (antiguo Palacio de Justicia) Cementerio Municipal Purísima Concepción C/ Pablo Vallescá 8:00-19:00 h. C/ Padre Lerchundi 8:00-19:00 h. Torreón de las Cabras Acceso Melilla La Vieja 8:00-21:00 h. Mercado Central Colegios Escuela de Enseñanzas Artísticas C/ García Cabrelles Plaza Daoiz y Velarde (Lunes a Sábado) 8:00-20:00 h. (Lunes a Viernes) 8:00-20:00 h. (Lunes a Viernes) 8:00-20:00 h. (Lunes a Sábado) 8:00-20:00 h. 8:00-13:00 h. 16:00 a 19:00 h. (Lunes a Viernes) 8:00-13:00 h. (Sábados y Festivos) 16:00 a 19:00 h. (Lunes a Miércoles) 8:00-15:00 h. (Jueves a Sábado) 16:00 a 19:00 h. (Lunes a Sábado) 9:00-15:00 h. (Estos horarios son informativos, pudiendo presentar modificaciones durante el proceso de licitación. La empresa adjudicataria deberá actualizar los mismos en su Plan de Trabajo). Página27

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