BOLETIN INFORMATIVO DEL SECTOR DE CONSERVACION, CIENCIA Y EDUCACION DE GALAPAGOS
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- Marta Pérez Jiménez
- hace 8 años
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1 En este número encontrará: Conferencia Judicialización de los derechos de la naturaleza de Néstor Cafferatta. Junta de Manejo Participativo (JMP): Pesca Artesanal Vivencial, Pesca Deportiva y pesca de langosta Reforma de la Ley Orgánica del Régimen Especial de Galápagos (LOREG). Mini Noticias del SCCE. MISIÓN - Representar la conservación, ciencia y educación de Galápagos en los foros pertinentes como: la Junta de Manejo Participativo de la Reserva Marina de Galápagos, el Consejo de Gobierno, etc. - Fortalecer el sistema de Manejo Participativo de la Reserva Marina de Galápagos y otras instancias de toma de decisiones de la provincia. - Promover en la comunidad la conservación de Galápagos SCCE y la Defensoría del Pueblo del Ecuador organizan Conferencia Judicialización de los derechos de la naturaleza La conferencia fue presentada por el jurista Néstor Cafferatta el 16 de agosto del 2013 en Puerto Ayora, y contó con la asistencia de servidores de la Función Judicial, autoridades locales, profesionales del derecho y comunidad. El objetivo del evento fue generar un espacio de reflexión acerca del ámbito y la aplicación de los derechos de la naturaleza en el marco constitucional vigente en nuestro país. En este contexto, el profesor Cafferatta saludó el reconocimiento constitucional de los derechos de la naturaleza en Ecuador y abogó por su efectiva aplicación en casos concretos, a través de la Función Judicial. El evento también contó con la participación del Director Nacional de los Derechos de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo, Abogado Wilton Guaranda y del Delegado Provincial de la Defensoría del Pueblo, Doctor Diego Viteri, quienes expusieron sobre el papel Defensorial en la promoción de los derechos de la naturaleza a nivel nacional y provincial. En el marco de la visita del profesor Cafferatta a Ecuador también se cumplieron reuniones de trabajo con el señor Defensor del Pueblo del Ecuador y con el Consejo de la Judicatura de Transición. En dichas reuniones el profesor Cafferatta enfatizó la importancia de especializar a la Función Judicial, a través de la creación de judicaturas ambientales. Junta de Manejo Participativo En la JMP del 4 de octubre del 2012 se trataron los siguientes temas: 1. Conocimiento, análisis y decisión de la regulación de Pesca Artesanal Vivencial. 1
2 2. Análisis, discusión y decisión al respecto de la modalidad turística de Pesca Deportiva que consta dentro del Reglamento de Turismo en Áreas Protegidas RETANP. PESCA ARTESANAL VIVENCIAL. La Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG) presentó su propuesta para la definición de la actividad turística de pesca vivencial con intención de: 1. Reducir la presión sobre los recursos pesqueros costeros (langosta, pepino). 2. Mejorar la condición socioeconómica de los pescadores activos mediante el cambio de actividad y de sus fuentes de ingreso. 3. Conservar la estructura y funcionalidad de los ecosistemas marinos. 4. Ofrecer un producto auténtico, competitivo y de calidad, como parte de la oferta turística de Galápagos. 5. Garantizar la sostenibilidad económica de la actividad. La definición consistió en lo siguiente: Actividad o producto turístico: La actividad turística de Pesca Vivencial consiste en un viaje a zonas de pesca de Galápagos, para la práctica y demostración de la actividad pesquera de los pescadores de Galápagos con la participación de los turistas utilizando las artes de pesca y embarcaciones autorizadas poniendo en valor a través de la interpretación del propio pescador y el guía naturalista, la cultura y modus vivendi de los pescadores. La actividad de pesca será complementada con la visita a un sitio de descanso para el turista según lo indique la Resolución, donde se podrá realizar snorkel para la observación subacuática o natación, panga ride, y caminata en la zona de playa. Como parte del producto turístico, al final del día de pesca podrá ofrecer a los turistas la preparación de la pesca. La posición del SCCE en este punto es que la pesca vivencial sea regulada en función de normas que la diferencien claramente en el fondo y en la forma de otras actividades, operaciones o modalidades de pesca o de turismo, en particular de la modalidad Pesca Deportiva. En este contexto, el SCCE tiene la preocupación de que la pesca vivencial (como está planteada en la propuesta) sea mal entendida, interpretada o aplicada por parte de quienes quieran realizar actividades de pesca deportiva u otras que no prioricen la cultura y el modus vivendi de los pescadores, que sería el objetivo principal de la pesca vivencial. Esto ya ha ocurrido en el pasado. Los acuerdos alcanzados en este respecto fueron: 1.1 Aprobar la reformulación de la actividad de Pesca Artesanal Vivencial como una Actividad Tursística Especial de Operación Local con la denominación de Pesca Vivencial que luego de cumplir con los procedimientos de ley se regulará a través del RETANP. 1.2 Anexar la propuesta con las observaciones realizadas por los miembros del a JMP. PESCA DEPORTIVA. El SCCE recuerda que las referencias normativas a pesca deportiva han sido sistemáticamente expulsadas del ordenamiento jurídico ecuatoriano. El artículo 36 del RETANP es la única norma vigente sobre pesca deportiva, pero su aplicación depende de un reglamento. Hasta tanto, y en virtud del Acuerdo Ministerial No. 14 del año 2005, está prohibido todo tipo de actividades de pesca deportiva recreacional y turística en la RMG. El SCCE recalca que el tema de la pesca deportiva ha sido materia de análisis y preocupación por parte del Comité de Patrimonio Mundial. Por cuanto la pesca deportiva implica el ejercicio de una actividad que está reservada a pescadores artesanales y residentes de Galápagos, la posición del SCCE es que la pesca deportiva o de cualquier otra que tenga características de pesca deportiva, sea eliminada de la lista de operaciones turísticas en Galápagos, mediante derogatoria expresa en el RETANP, y que cualquier tipo de actividad, operación o modalidad que implique características de pesca deportiva sean 2
3 prohibidas de forma expresa en la norma que se adopte sobre pesca vivencial. Los acuerdos alcanzados en este respecto fueron: 2.1 Se propone derogar el Numeral 6 del Artículo 36 del RETANP referente a la modalidad de pesca deportiva. 2.2 Eliminar todo tipo de información, promoción referente a pesca deportiva en Galápagos. En la JMP del 26 de octubre del 2012 se trató el tema: 1. Análisis y decisión sobre la pesquería de langosta 2012, basados en el informe preliminar de los resultados de la pesquería de langosta espinosa temporada 2012, conforme lo estableció la segunda resolución de la JMP llevada a cabo el 17 de julio del presente año. Los acuerdos obtenidos fueron: 1.1 Apertura de la pesquería de langosta con una cuota de 18 toneladas, con un volumen de caputra de 14 toneladas de langosta roja y 4 toneladas de langosta verde; la pesquería iniciará el 5 de noviembre hasta el 30 de diciembre del 2012 y se favorecerá la comercialización de langosta entera y viva. Se establecerá las medidas de manejo adoptadas en la resolución de JMP del 17 de julio del presente año. 1.2 Recomendar la participación más activa del sector pesquero artesanal en la búsqueda de recursos para monitoreo poblacional de los recursos pesqueros de interés comercial. Caso Siempre Angelito A fines de agosto, autoridades de control y vigilancia del Estado ecuatoriano retuvieron la embarcación pesquera SIEMPRE ANGELITO IV, interceptada dentro de la RMG sin la autorización correspondiente y con más de veinte cuerpos de tiburones en su bodega. Después de solicitarlo por escrito, en aplicación de los derechos constitucionales de participación ciudadana, acceso a la justicia y derechos de la naturaleza, y en calidad de observador, el SCCE participó en la diligencia de inspección de la embarcación, donde se inspeccionó la operatividad del motor, el arte de pesca y los ejemplares de tiburón. Esta diligencia fue liderada por la Fiscalía Ambiental, participando también las partes procesales (PNG y defensa de los procesados), así como personal técnico del PNG y la Armada Nacional. La captura de especies marinas protegidas es prohibida en Galápagos, así como la realización de actividades pesqueras no autorizadas. Los tiburones están protegidos por la legislación ecuatoriana y por tratados internacionales. En tal virtud, se ordenó la prisión preventiva de los sospechosos, para garantizar su comparecencia al proceso penal que se inició. El sistema judicial consideró la gravedad de la problemática; el Juez Primero de lo Penal de Galápagos, Benjamín Pineda Cordero, aplicó principios constitucionales para garantizar la inmediación, así como el derecho de los procesados a la defensa y la posibilidad de que el Estado inicie, tramite y concluya 3
4 un proceso, ya sea condenando o absolviendo a los involucrados. En una audiencia solicitada por los detenidos para revisar su detención con la finalidad de aplicar medidas sustitutivas a la prisión, el Juez Pineda mantuvo su decisión inicial y negó el pedido de sustitución de medidas. Esto significaría que los procesados permanecerían detenidos en Galápagos, una decisión fundamental porque ratifica la correcta aplicación de la ley y del concepto de interés público. Además es la primera vez, al menos en los últimos años, en que la justicia adopta una decisión que prioriza el interés público ambiental. Medidas estatales fueron tomadas para garantizar estándares mínimos mientras cumplen la prisión preventiva. El SCCE hizo seguimiento de la respuesta judicial ambiental con la finalidad de aportar argumentos jurídicos especializados en ecosistemas y especies protegidas Caso Iguanas El 8 de Julio del 2012, cuatro ejemplares de iguanas terrestres Conolophus subcristatus, fueron encontrados en la maleta de un turista alemán en el aeropuerto Seymur, en la isla Baltra. Al siguiente día se realizó la audiencia judicial, ordenando prisión preventiva al detenido e iniciando un proceso penal por presunto delito ambiental. El SCCE hizo un llamado a la Función Judicial local para que analice la solicitud de caución y la resuelva en función del interés público y del deber estatal de proteger el patrimonio natural del país. El SCCE insistió en la aplicación de la reforma al Código de Procedimiento Penal del año 2009, que incorpora la figura de la negativa de caución cando median las circunstancias de: interés público, gravedad del caso, o incentivo de fuga. En el caso iguanas se cumplieron las tres condiciones por las siguientes razones: a) Interés público: las iguanas son especies endémicas de Galápagos y están protegidas por el país desde También están enlistadas en la Convención CITES, ratificada por Ecuador en b) Gravedad: la población de iguanas es reducida, su captura representa desequilibrio ecosistémico. Adicionalmente, se han realizado enormes esfuerzos de conservación en Galápagos. c) Ruptura de la inmediación: El procesado no tiene ningún vínculo residencial, social ni laboral con la comunidad. El SCCE piensa que este caso determinaría el papel de la administración de justicia frente a casos que lesionan valores sociales y constitucionales de especial consideración para la sociedad ecuatoriana, como lo es la protección de las especies endémicas de nuestra región insular. El 13 de agosto, la ciudadanía galapagueña realizó un plantón exigiendo que la solicitud de fianza sea negada y que sea potencialmente usada como un medio para que el delito llegue a quedar impune. Ese mismo día, el SCCE presentó un escrito con argumentos jurídicos sobre la negativa de fianza, solicitando también ser oídos en la audiencia. El 17 de octubre, en la Corte Provincial del Guayas, en la ciudad de Guayaquil, tuvo lugar la audiencia para analizar el recurso de nulidad de este caso. La Fiscalía, la Dirección del Parque Nacional Galápagos y la defensa del procesado expusieron oralmente sus argumentos jurídicos. El 27 de noviembre, después de haberse negado un recurso de nulidad al procesado en la corte de 4
5 Guayaquil. El Juzgado dispuso el envío del expediente al Tribunal de Garantías Penales, quien debería convocar la audiencia de juzgamiento en las semanas subsecuentes en la que se emitiría la sentencia. Esta audiencia debía realizarse antes del 8 de enero del 2013, que es cuando caducaría la Prisión preventiva y el procesado quedaría en libertad por disposición constitucional. Las partes procesales (Fiscalía y PNG) acusatorias estaban claras en esto, y el 4 de enero se convocó la audiencia del caso. El 14 de enero el acusado fue finalmente declarado culpable por delito ambiental, haciendo así historia judicial en Galápagos. Socialización LOREG La socialización de la reforma a la Ley de Régimen Especial de Galápagos se dio en la semana del 23 al 27 de octubre del Los ciudadanos galapagueños de los cantones San Cristóbal, Santa Cruz e Isabela dieron a conocer a los Asambleístas miembros de la Comisión los problemas de la provincia y los cambios que deben realizarse a la propuesta de Reforma a la Ley. La Propuesta de Reforma a la LOREG se publicó con anticipación suficiente para que los ciudadanos de Galápagos pudieran conocer de primera mano el informe y realizar sus observaciones y propuestas antes de que sea debatida en la Asamblea Nacional del Ecuador. La Comisión de Gobiernos Autónomos y la Descentralización de la Asamblea Nacional del Ecuador se hicieron presentes en el salón del SECAP el 23 de octubre ante más de 130 ciudadanos y ciudadanas de Galápagos, quienes expresaron sus opiniones y preocupaciones sobre la LOREG. En los días subsecuentes se ejecutaron cuatro mesas de trabajo con los temas: a) Turismo y Productividad, b) Medio Ambiente y Biodiversidad, c) Institucional y, d) Migración. El SCCE estuvo presente en las primeras dos mesas mencionadas. El SCCE, además, presentó algunas observaciones, extraídas de aportes previos del sector a la reforma de la LOREG. Las observaciones fueron en lo referente al nuevo esquema de la JMP según la nueva LOREG, a la declaración de ingreso de especies exógenas y exportación ilícita de especies silvestres, a la especialización judicial en aspectos judiciales ambientales, y la protección de especies en áreas protegidas. A continuación se detallan los acuerdos de las mesas pertinentes. MESA DE MEDIO AMBIENTE Y BIODIVERSIDAD. Los acuerdos alcanzados en esta mesa fueron: 1. Solicitar que se especialice en temas ambientales y de legislación local a los actores y autoridades judiciales, militares, policiales y servidores públicos que lleguen a trabajar en las islas Galápagos, de tal manera que se convierta en política pública. 2. Se propone generar formularios de declaraciones para pasajeros que traen carga, en las que se indiquen los elementos que están transportando hacia o desde el archipiélago, así como la intención de su permanencia. 3. Se propone fortalecer el Sistema de Manejo Participativo para la RMG, permitiendo que los insumos generados sean tomados en cuenta y que sean implementados por la autoridad ambiental. En este punto, se propone mantener el esquema actual de la JMP, y que se reciban fondos mínimos suficientes que permitan el fortalecimiento del sistema. 4. Se solicita revisar lo que consta en la propuesta actual con referencia a la tasa para visitantes a Galápagos, y que se 5
6 mantenga una cifra fija que pueda ser reconsiderada cada 5 años. 5. Se propone plantear un mecanismo de rendición de cuentas y auditoría externa sin relación con Galápagos para la gestión de autoridades locales, con el objetivo de fortalecer la gestión institucional. MESA DE TURISMO Y PRODUCTIVIDAD. En esta mesa se propusieron ideas como: - Regulación de inversiones y aumentar la competitividad local para que empresas del exterior no resulten más beneficiadas que las locales - Análisis técnico de la posibilidad del aumento de sueldo (considerar cambios en la tasa de desempleo, en precios, etc. ) - Reforma del Consejo Sectorial de Producción para regular la fuga de capital creada por el testaferrismo, en especial en la parte turística. - Cobro de impuestos más elevados a empresas foráneas. - No renovar patentes de barcos de 100 personas, ya que éstos acaparan más de la mitad de las patentes mientras el beneficio económico no llega a Galápagos. - Renovar patentes turísticas a empresas locales. - Aporte de las empresas de un porcentaje de sus ganancias para fondo de educación, cultura, ciencia, etc. - Extender la economía social solidaria a otros sectores (p.ej. sector agropecuario) - Incluir en la ley un capítulo de producción, ya que solo existe de turismo y conservación. - Hacer un equipo de trabajo entre la DNPG, el CCG y los asambleístas. Que los asambleístas no definan todo para Galápagos. - Mejorar la regulación de la entrada de mano de obra por el CGG. - Evitar prácticas de monopolio de empresas turísticas. - Impedir introducción de productos que hay en Galápagos. - Trato diferencial a empresas turísticas pequeñas, medianas y grandes, dando preferencia a las locales. - Fijar tasa de ingreso a Galápagos. - Prohibir la venta de artesanías en los barcos para evitar competencia con los artesanos de los pueblos. - Crear de los consejos de planificación en donde está representado el sector turismo con el fin de participar en la fijación de la tasa de ingreso en conjunto con la DPNG. - Aplicar 50% de descuento en pasajes aéreos para residentes; igualmente, que haya descuento en transporte inter-islas. - Resolver la problemática de agua y salud. - Incentivar empresas verdes. - Crear de colegios técnicos para crear mano de obra necesaria en Galápagos. - Fomentar de la cultura isleña y de mar. Al momento no hay por las restricciones de la RMG. - Incluir glosario de términos. - Evitar uso del término concesión; reemplazarlo por cupo, titular, contrato, u otro. - Que haya concordancia entre LOREG y otras normas, en especial la Constitución y normas internacionales. - Aclarar el alcance del Artículo Prohibir que guías del continente trabajen en Galápagos. - Aclarar qué obras civiles requieren licencia ambiental (que incluye estudio de impacto ambiental) y cuáles requieren ficha ambiental. - Aclarar porcentajes de inversión foránea y local en las empresas. - Reconsiderar el Artículo 67 de la LOREG vigente. - Establecer que la educación sea bilingüe. 6
7 Mini Noticias del SCCE Reunión con el Consejo de la Judicatura: El viernes 26 de octubre, la coordinación de la mesa ambiental convocó una reunión con el sector para discutir el tema de la especialización judicial. En la reunión se informó que ya está convocada la creación del juzgado ambiental para Galápagos. Esto implica un gran logro para el sector ya que se llevaba un par de años insistiendo en eso; sin embargo, la convocatoria fue hecha con poca diversidad de criterios, además de que los perfiles de los postulantes no fueron los ideales. Le tocará al sector ofrecer o conseguir algún tipo de capacitación una vez creado el juzgado. Participación del sector en el IV Congreso Penal Ambiental en Quito: A principios de noviembre del 2012 la Fiscalía General del Estado organizó el Congreso junto con la red latinoamericana del ministerio público, donde participaron también el sector, representado por Hugo Echeverría, y el PNG para presentar el caso Galápagos. Se expusieron temas, con una muy buena complementación de las tres partes, sobre el papel de la sociedad civil en casos de delito ambiental, lo difícil que es tomar decisiones respecto a delitos ambientales, y se dio un ejemplo de una intercepción de embarcación ilegal en Galápagos. La presencia del sector ayudó a que se le conociera mejor, y a mostrar la forma en que actúa. Esto es muy importante. Este es un boletín trimestral que se difunde de forma electrónica principalmente, y se lo puede distribuir libremente. Para mayor información sobre cualquiera de estos temas, contacte con: czapatae@fundargalapagos.org, o llame al teléfono Contenido: Andrés Gánem Diseño y Edición: Carlos Zapata Este boletín es posible gracias al proyecto Protección de la Biodiversidad Nativa de Galápagos financiado por la Unión Europea y ejecutado por FUNDAR Galápagos y otros socios del proyecto. Las opiniones que esta publicación expresa, no reflejan necesariamente las opiniones de la Comisión Europea y otros socios. Puerto Ayora, Galápagos. 1 de abril de
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