Si el crédito que tiene asignado tu empresa no se consume durante el año en curso, se perderá. (No está permitido acumularlo de un año para otro).

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1 La información administrativa facilitada en este documento no sustituye a los textos legales publicados formalmente en el BOE o en la página oficial de la Fundación Estatal ( los cuales son los únicos documentos que dan fe de su autenticidad y contenido. El objetivo de este documento es tratar de explicar aquellas dudas relacionadas con la aplicación de la bonificación a todas aquellas personas que no están acostumbradas a lidiar con los escritos de la Administración. En caso de duda se debe siempre acudir a la fuente oficial. CUESTIONES GENERALES Qué es el Crédito de Formación Continua? Es el importe asignado por el estado a una empresa para formar a sus trabajadores. Ese crédito se gestiona descontando el importe de la factura de formación de los seguros sociales. Si el crédito que tiene asignado tu empresa no se consume durante el año en curso, se perderá. (No está permitido acumularlo de un año para otro). Cómo calcular el crédito disponible de una empresa? En la web de la Fundae te explica cómo calcularlo: Pincha en Cómo Bonificarte y a continuación en el Paso 1. Calcular tu crédito. O bien, puedes utilizar el simulador de la propia aplicación de la Fundación Estatal. Cuál es la bonificación máxima que puede aplicarse la empresa? El coste máximo que puede bonificar la empresa es el menor de: El resultado multiplicar: nº de horas curso x nº de alumnos x 7,5 /hora-alumno El crédito asignado. (Depende del nº de trabajadores de cada empresa) El importe total de la factura del curso. Qué requisitos deben cumplido las empresas para disfrutar de la bonificación? La empresa tiene: Que estar a bien con la TGSS. Que haber informado a la RLT (Representación legal de los trabajadores) sobre la acción formativa. Para ello tendrán que cumplimentar el formulario que les enviaremos antes de comenzar la formación. El alumno debe haber cumplido con los requisitos exigidos por la Fundación Estatal: Haber realizado el 75% de las horas formativas Haber realizado los exámenes. Haber recorrido todos los contenidos. Se tiene que haber notificado en su momento el inicio y fin de la acción formativa. (Inicio: 7 días antes del comienzo del curso- Fin: antes del 31 de Diciembre del año en curso).

2 Una vez finalizada la formación de un grupo, qué debemos hacer y en qué plazo? Desde campusmvp comprobaremos que el alumno haya cumplido con los requisitos exigidos (haber realizado el 75% de las horas formativas, haber realizado los exámenes del curso y haber recorrido todos los contenidos) para confirmar que el curso se puede bonificar. Una vez hayamos comprobado que se cumplen los requisitos por parte del alumno te pediremos que nos hagas llegar: Fotocopia del encabezado de la nómina del mes de inicio del curso. Acreditación en jornada laboral. (Solo en caso de que tengan obligación de cofinanciar un % de la formación.) Cuestionario Evaluación Calidad. (Debe cumplimentarse en bolígrafo distinto de negro y con fecha de finalización del curso) Cuando tengamos en nuestro poder la documentación solicitada cerraremos el grupo y te enviaremos los informes correspondientes para que tu empresa pueda descontar el importe de la factura de formación en los próximos seguros sociales. * La empresa podrá practicarse la bonificación a partir de la notificación de finalización del grupo formativo y hasta el último día hábil para poder presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico. Cuándo pueden las empresas aplicarse la bonificación? La empresa podrá practicarse la bonificación a partir de la notificación de finalización del grupo formativo y hasta el último día hábil para poder presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico. * La empresa debe encontrarse al corriente de pago en sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social. Cómo aplico en los TC la bonificación? A través del sistema RED se comunicarán las bonificaciones por formación profesional continua en el segmento EDTCA80 Bonificación SPEE formación continua". El importe de esta bonificación se acumulará en el segmento EDTCA60 "Suma de bonificaciones, subvenciones y compensaciones". En caso de que la liquidación de cuotas resulte a favor del usuario, la mera presentación de los documentos de cotización se considerará Solicitud de Saldo Acreedor y la TGSS tramitará la devolución del importe correspondiente. La empresa ha sufrido cambios durante el desarrollo del curso. Debo notificarlo? Aquellas empresas que con posterioridad al alta en la aplicación telemática sean objeto de un proceso de fusión, absorción o cualquier otra transformación societaria, incluyendo la cesión de trabajadores de una empresa a otra deben acreditarlo ante la Fundación Estatal con documentación muy concreta, entre ellas: escrituras públicas, inscripción en el registro etc. para proceder a actualizar los datos relativos a cuota, plantilla, formación, etc.

3 El cambio de representante legal debe ser siempre comunicado a la Fundación en el momento en qué se produzca acreditando el mismo con las escrituras de apoderamiento. El cambio de domicilio también debe ser comunicado en el momento en qué se produzca. PARA LOS QUE QUIERAN SABER MÁS. Colectivos prioritarios El cumplimiento del porcentaje de colectivos prioritarios únicamente es exigible para las empresas de más de 250 trabajadores. Cofinanciación privada El porcentaje de cofinanciación privada varía en función de la plantilla; dicha cofinanciación debe cumplirse respecto a la totalidad del crédito y no para cada grupo. La cofinanciación privada puede cumplirse de dos formas: La empresa asume el coste directamente, con lo que descuenta dicho coste del importe a bonificar. La empresa asume el coste indirectamente: el alumno realiza parte del curso en su jornada laboral. El coste de dichas horas realizadas en horario de trabajo debe cubrir el coste de cofinanciación privada. Qué se considera coste bonificable? El coste bonificable es el importe total de la factura de formación (incluidos los gastos de gestión de la bonificación), a no ser que la empresa esté obligada a cofinanciar. (Ver punto anterior) Se consideran bonificables los costes de personal? Los costes salariales de los trabajadores que reciben la formación en jornada laboral NO se consideran bonificables, pero se computarán para cumplir con la cofinanciación privada exigida. Se pueden justificar las horas de formación de un curso online dentro de la jornada laboral? Sí, el alumno tendrá en todo momento acceso a sus estadísticas de acceso. Así, al finalizar el curso podrá cumplimentar el formulario con las horas de formación durante la jornada. Cómo se calcula el coste salarial de los trabajadores que reciben formación en jornada laboral? Como regla general, se hallará en base a la masa salarial de la empresa bonificada, teniendo a disposición de los órganos de control competentes para su acreditación las copias de los TC's correspondientes al año anterior, pero también puede ser calculado individualmente con el coste/hora de cada uno de los trabajadores que han realizado el grupo bonificado. Por otro lado, siempre que sea objeto de requerimiento, se debe aportar no solo la documentación acreditativa, sino también el detalle del cálculo.

4 Es admisible la imputación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como coste formativo bonificable? Como regla general, no es admisible la imputación del IVA como coste formativo bonificable, excepto para las entidades exentas o no sujetas a dicho impuesto. Son admisibles las facturas electrónicas? La acreditación de los gastos también podrá acreditarse mediante facturas electrónicas siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario (Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido). Es necesario que la factura del curso bonificado esté pagada para que la empresa se aplique la bonificación? Sí, es necesario: 1. Por política de empresa no se dará acceso al alumno a los contenidos de ningún curso que no haya sido pagado previamente. 2. Los pagos correspondientes a la actividad formativa bonificada deberán estar realizados antes del último día hábil para la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico que corresponda. En el caso de facturas rectificativas de otras emitidas anteriormente debe aportarse el correspondiente abono de la factura que se sustituye? Si se trata de subsanar requisitos de contenido es suficiente con remitir un anexo sellado y firmado por el proveedor que complete la información. Si se trata de requisitos formales, se debe remitir el documento sustitutivo rectificativo tal y como establece la normativa. Las facturas de los cursos bonificados a efectos de cofinanciación privada deben reunir los mismos requisitos que los cursos bonificados a efectos de bonificación? Si, deben reunir exactamente los mimos requisitos. En el caso de que seas una entidad organizadora y quieras contratar un curso para una empresa cliente, a nombre de quién debe ser emitida la factura? Desde la entrada en vigor del RD-ley 4/2015 de 22 de marzo, el centro de impartición (campusmvp) está obligado a facturar directamente a la entidad organizadora (vosotros) y ésta será la que facture a la empresa bonificada (vuestro cliente). Cuánto tiempo se debe conservar la documentación relativa a la formación bonificada? Las empresas bonificadas deberán mantener la documentación justificativa de las acciones de formación sobre las que se hayan disfrutado de bonificaciones durante un período mínimo de 4 años a contar desde el momento de la bonificación. Qué deben hacer las empresas si suspenden su actividad económica o se disuelven antes de que pasen esos 4 años? Las empresas que, sin haber transcurrido el período establecido para mantener la documentación justificativa de las bonificaciones aplicadas, decidan suspender su actividad económica o disolverse, deberán remitir copia de la misma a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

5 Actuaciones de seguimiento y control Las empresas que han sido objeto de actuaciones de seguimiento y control pueden ver disminuido el crédito conciliado como resultado de las desviaciones o incidencias detectadas en las mismas. Qué documentación contable se debe aportar en caso de inspección? Se debe aportar la documentación de la empresa que se ha aplicado la bonificación que acredite el ingreso, el pago y el gasto. En todos los casos, deben quedar claramente identificados los importes requeridos o acompañar detalle que permita dicha identificación. Asimismo, dicha documentación se debe acompañar de los soportes justificativos correspondientes (facturas, nóminas, extractos bancarios, mayores contables, etc.). Qué es la comprobación de resultados? Es el proceso en el que se cruza la información sobre la comunicación realizada por la empresa a través de la aplicación telemática del SEPE, con la bonificación practicada por ésta según información facilitada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Como resultado de dicha comparación, la comunicación puede ser: Conforme. Las cantidades bonificadas son iguales o inferiores a las comunicadas a la Fundación. No conforme. Las bonificaciones practicadas ante la TGSS son superiores a las comunicadas a la Fundación. Las causas de esta diferencia son comunicadas, por escrito, a la entidad bonificada, para su posible alegación o subsanación de errores. Qué datos se tienen en cuenta en la comprobación de las bonificaciones aplicadas? En la fase de comprobación de las bonificaciones aplicadas, se tienen en cuenta los siguientes datos: Importe máximo bonificable de cada grupo finalizado. Bonificaciones aplicadas: la TGSS remite periódicamente información relativa a las bonificaciones que se han aplicado las empresas en concepto de formación profesional (se recuerda que dichas bonificaciones deben ser realizadas con el número de clave correcto para que sean tenidas en cuenta). Cumplimiento de la cofinanciación privada. Crédito asignado. Cumplimiento del total de los colectivos prioritarios. Cumplimiento del deber de información a la RLT. Cruce de la vida laboral de los participantes finalizados. Resultado de las actuaciones de seguimiento y control: La empresa que resulte obligada a la devolución de parte o toda la bonificación aplicada en la TGSS podrá proceder al reintegro en periodo voluntario (con carácter previo a la comunicación del resultado de la conciliación) o una vez recibido el resultado, siempre y cuando no presente aclaraciones al mismo.

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