NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY
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- Ana Isabel Lagos Rico
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1 NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNS/W/125/Rev.2 30 de marzo de 1992 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Servicios Original : español COMUNICACIÓN DE LA ARGENTINA Oferta condicional de la República Argentina en materia de compromisos iniciales en servicios Revisión La comunicación siguiente se distribuye a los miembros dei Grupo de Negociaciones sobre Servicios a petición de la Delegación Permanente de la República Argentina. Se acompaña una oferta revisada preliminar de compromisos iniciales relativa al futuro Acuerdo General sobre de Servicios. La oferta se ha elaborado en función de la estructura y contenido final dei acuerdo referido. Incluye referencias a la mayoría de los sectores y espera lograr un grado similar de compromiso de parte de otros interlocutores. La República Argentina se reserva el derecho de retirarla o modificarla si considera que no se ha llegado a un acuerdo de servicios, incluidos los compromisos iniciales y la aplicación dei tratamiento de la nación más favorecida, plenamente satisfactorio. La oferta está asimismo condicionada a la obtención de resultados significativos en las negociaciones en curso en otros grupos de negociación de la Ronda Uruguay de especial interés para la República Argentina. Por último, la República Argentina se reserva el derecho de rectificar la presente oferta a la luz dei resultado de las consultas que se están celebrando a nivel nacional asi como con otros países participantes. Notas aclaratorias personal: la oferta incluye la consolidación de las normas vigentes en la materia para el personal superior y especialistas que deseen acceder al país para prestar servicios en forma temporaria. Dichas normas toman en cuenta la experiencia profesional de los eventuales postulantes así como la naturaleza de sus lazos contractuales con firmas establecidas en plaza. SECRETARIA DEL GATT UR
2 Página 2 Personal superior: Gerentes: Personas dentro de una empresa u organización quienes primariamente la conducen, o bien a un departamento o a una subdivisión. Supervisan y controlan el trabajo de otros supervisores profesionales o empleados gerenciales. Tienen la autoridad para contratar o despedir, recomendar contratar o recomendar despedir u otras acciones vinculadas al área de personal tales como la promoción o licencias. Ejercen autoridad discrecional en las actividades diarias. Este ejercicio no incluye supervisores de primera línea (first line supervisors) a menos que tales empleados sean profesionales, como tampoco incluye a los empleados que primariamente desempeñan tareas necesarias para la provisión dei servicio. Ejecutivos: Personas dentro de la organización que primariamente conducen la administración. Ejercen un amplio espectro en materia de toma de decisiones y reciben solamente supervisión de dirección de altos niveles ejecutivos, dei directorio, o de los accionistas. No desarrollan directamente tareas relacionadas con la provisión dei/os servicio/s de la organización. Especialistas: Personas dentro de una empresa u organización que poseen conocimiento a un avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento derivado dei propietario de la organización de servicios, de técnicas de investigación en equipo o gerencia. Pueden incluirse en esta categoría a profesionales independientes. Adquisición de tierras: la oferta incluye la consolidación de las normas vigentes en la materia. La Ley de Fronteras, Decreto - Ley /44, ratificado por Ley 1913, considera conveniente que la adquisición de tierras en zonas de fronteras esté reservada a ciudadanos argentinos. La legislación de fronteras contempla la posibilidad, por vía de excepciones, que inversores, ya sean personas físicas y/o jurídicas extranjeras, accedan al dominio de tierras, previa autorización dei organismo competente en la materia, (Superintendencia Nacional de Fronteras dei Ministerio de Defensa). Razones cautelares: la provisión de servicios en algunos de los sectores indicados en la oferta -y en particular en los servicios bancarios y de seguros- está regulada por las entidades gubernamentales competentes, Banco Central de la República Argentina, Superintendencia de Seguros, Inspección General de Personas Jurídicas. Entre sus atribuciones se halla la de evaluar la conveniencia de autorizar o no la operatoria de nuevas entidades en el mercado atento a la situación de solvencia y antecedentes de dichas entidades y a la necesidad de preservar la estabilidad y solidez dei sistema financiero y monetario.
3 Página 3 SECTORES* SERVICIOS PROFESIONALES Y A LAS EMPRESAS Servicios profesionales 1 Servicios legales (A.a.-861) Auditoría y contabilidad (A.a.-862) Arquitectura (l.a.d.-8671) ingeniería (l.a.e.-8672) computación (l.b.-841/ ) La clasificación sectorial se basa en el documento MTN.GNS/W/120 de la Secretaría dei GATT de fecha 10 de julio de 199 Para la prestación de servicios profesionales se requiere reconocimiento de título profesional, matriculación en el Colegio respectivo y fijar domicilio legal en la Argentina.
4 Página 4 SERVICIOS DE COMUNICACIONES : : Servicies de Courier (B.-7512) l. Telecomunicaciones a-g. SL>BVicios básicos (C.-7521/ ) h-o. Servicios o de valor agregado (C ) 3, Audiovisuales (D.-9611/3) CONSTRUCCIONES Construcción de edificios (A.-512) Instalación y ensamblaje (C ) Trabajos de terminación y otros (E ) SERVICIOS DE DISTRIBUCIO" Franchis i ^ (4.D.-892y; A los fines de transparencia se Indica que los envíos Internos y externos están sujetos al pago de tasas establecidas por la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos. 3 Existen proveedores monopolistas en servicios básicos. La República Argentina velará por el fiel cumplimiento de las disposiciones dei artículo VIII dei Acuerdo Marco en lo que hace a servicios de valor agregado.
5 Página 5 OTROS SERVICIOS A LAS EMPRESAS Publicidad, excluido servicios de publicidad 4 audiovisual (l.f.a.-871) Estudios de mercado y de opinión (l.f.b.-864) administración gerencia y Servicios vincí liados/ con la minería (l.f.h ) Limpieza de edificios (l.f ) convenciones y relaciones púb de icas A los servicios de publicidad audiovisuales se les aplicará el tratamiento previsto en materia de servicios audiovisuales.
6 Página 6 SERVICIOS FINANCIEROS Seguros Vida 5 (7.A.a.-8121) No-Vida 5 (7.A.a.-8129) Reaseguro (7.A.c ) Banca (7.B) 6 a excepción de las operaciones gubernamentales y de las empresas dei Estado Aceptación de depósitos (7.B.a ) Otorgamiento de prestamos (7.B.D ) Pagos y transmisión de dinero (7.B.d ) Garantías y obligaciones contractuales (avales) (7.B.e ) Intercambio comercial en la Bolsa o en un mercado de cara al público (7.B.f) Instrumentos dei mercado monetario (7.B.f ) Moneda extranjera (7.B.f ) asesoramlento financiero (7.B.K ó 8133)
7 Página 7 SERVICIOS FINANCIEROS (Cont.) Provisión y transferencia de información financiera (7.B.L.-8131) OTROS (7.C.) Nuevos servicios financieros TURISMO Y SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO Hoteles y restaurantes (9.A.-641/643) Agencias de turismo y operadores turísticos (9.B.-7471/2) Guías de turismo y otros (9.C-D.7472) La Resolución N B 1828 de la Superintendencia de Seguros dispone la suspensión transitoria de solicitudes de autorización de nuevas entidades. a 'La Resolución N fi dei Directorio dei Banco Central dispone la suspensión transitoria de solicitudes de autorización de nuevas entidades financieras. Se excluye de las condiciones especificadas en esta oferta, las operaciones financieras llevadas a cabo por el Gobierno y las empresas dei Estado, que podrán efectuarlas en las entidades que designen. c 'Queda a criterio dei Banco Central de la República Argentina la autorización para prestar nuevos servicios financieros por parte de entidades establecidas en plaza. d, A los fines de transparencia se informa que no existen restricciones para la transferencia de pagos Internacionales relacionados con el establecimiento o la expansión de la presencia comercial en la Argentina, o la terminación-reducción de operaciones, o la remesa de utilidades o la provisión transfronterlza de servicios financieros. e 'A los fines de transparencia se Informa que no existe ninguna discriminación entre los bancos de capital nacional y extranjero para adquirir sucursales de entidades liquidadas. A los fines de transparencia se Informa que no existe prohibición para la Instalación de cajeros automáticos. Estos deben estar supervisados por sucursales de bancos debidamente autorizadas. g 'A los fines de transparencia se informa que la operatoria con cheque de viajero está reservada a las entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina para operar en cambios. A los fines de transparencia se Informa que las entidades extranjeras establecidas en la República Argentina pueden hacer llegar sus opiniones respecto a regulaciones y disposiciones bajo estudio. Deberá mantenerse en el país la información procesada de modo que pueda ser consultada por la entidad supervisora competente.
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