NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.
|
|
- José Miguel Lozano Plaza
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 28/2016 (16 de diciembre 2016). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable Área de Fiscalidad El Nuevo Suministro inmediato de información del IVA (SSI). (Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido) El pasado 6 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 596/2016 por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el valor Añadido, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las modificaciones introducidas, entre otras de menor calado, se centran básicamente en el nuevo sistema de Suministro de Información Inmediata (SII), consistente en un proceso de suministro cuasi instantáneo de información, por el que determinados contribuyentes deberán remitir, a través de medios electrónicos, los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido en un plazo máximo de 4 días naturales desde que la factura es emitida, o en el caso de facturas recibidas, en un plazo de 4 días naturales desde su contabilización.
2 A pesar de que en la última reunión del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios, celebrada en Madrid el pasado 25 de octubre, se había informado que el sistema, del que la Agencia Tributaria venía trabajando desde 2014, no entraría en vigor el 1 de enero de 2017, sino que durante el ejercicio de 2017 se realizarían pruebas piloto y que, probablemente, no entraría en vigor hasta el 2018, el Real Decreto que nos ocupa establece que el sistema entrará en vigor el próximo 1 de julio de Como ya habíamos avanzado en nuestra Newsletter nº 1 del presente año (de fecha 11 de enero de 2016) en la presente Newsletter les reiteramos las principales características del SII, así como otras modificaciones de interés que presenta el citado Real Decreto. 1. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) ÁMBITO DE APLICACIÓN El nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente: - Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA) - Grandes Empresas - Grupos de IVA El nuevo SII también será aplicable a los sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo. INFORMACIÓN SOMETIDA AL SII Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación a través de la Sede electrónica de la AEAT, los siguientes Libros Registro: - Libro registro de facturas expedidas. - Libro registro de facturas recibidas. - Libro registro de bienes de inversión. - Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias. El suministro electrónico de los registros se realizará mediante un servicio web o a través de un formulario electrónico, conforme a los campos de registro que sean aprobados en la correspondiente Orden Ministerial (pendientes de definir a día de hoy). 2
3 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES Las declaraciones-liquidaciones correspondientes a las personas y entidades acogidas al SII, deberán presentarse durante los 30 primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente período de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de diciembre. PLAZOS PARA LA REMISIÓN ELECTRÓNICA DE LOS REGISTROS DE FACTURACIÓN A) Facturas expedidas Se remitirán en el plazo de 4 días naturales desde la expedición de la factura, salvo que se trate de facturas expedidas por el destinatario o por un tercero, en cuyo caso dicho plazo será de 8 días naturales. En ambos supuestos el suministro deberá realizarse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del Impuesto correspondiente a la operación que debe registrarse. B) Facturas recibidas Se remitirán en un plazo de 4 días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura y, en todo caso, antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes. En el caso de las operaciones de importación, los 4 días naturales se deberán computar desde que se produzca el registro contable del documento en el que conste la cuota liquidada por las aduanas y en todo caso antes del día 16 del mes siguiente al final del periodo al que se refiera la declaración en la que se hayan incluido. C) Determinadas operaciones intracomunitarias Se remitirán en un plazo de 4 días naturales, desde la fecha en la que se inicie la expedición o transporte, o en su caso, desde la fecha de recepción de los bienes a que se refieren (bienes muebles corporales para su utilización temporal o para realización de informes periciales, reparaciones y trabajos sobre los mismos). D) Información sobre bienes de inversión La totalidad de los registros se remitirán dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (hasta el 30 de febrero). 3
4 E) Rectificaciones registrales Antes del 16 del mes siguiente al final del periodo al que se refiera la liquidación en la que deban tenerse en cuenta. F) Operaciones a las que sea aplicable el régimen especial del criterio de caja Plazos generales sin perjuicio de los datos que deban suministrarse en el momento en que se efectúen los cobros o pagos. En el cómputo del plazo de 4 u 8 días naturales, se excluirán los sábados, los domingos y los declarados festivos nacionales. ELIMINACIÓN DE OTRAS OBLIGACIONES INFORMATIVAS Aquellos sujetos pasivos sometidos al SII no estarán obligados a presentar las declaraciones informativas: - Modelo 347 para el año Modelo 340 a partir de la declaración de julio Modelo 390 para el año CONTENIDO DE LOS LIBROS REGISTRO Libro registro de facturas expedidas En el libro registro de facturas expedidas se inscribirán, una por una, las facturas expedidas y se consignarán el número y, en su caso, serie, la fecha de expedición, la fecha de realización de las operaciones, en caso de que sea distinta de la anterior, el nombre y apellidos, razón social o denominación completa y número de identificación fiscal del destinatario, la base imponible de las operaciones y, en su caso, el tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, también la expresión «IVA incluido», la cuota tributaria y si la operación se ha efectuado conforme al régimen especial del criterio de caja, en cuyo caso, se deberán incluir las menciones específicas del mismo. 4
5 En el caso de las personas y entidades acogidas al sistema SII, se incluirá además la siguiente información: a) Tipo de factura expedida, indicando si se trata de una factura completa o, simplificada. Los campos de registro electrónico que se aprueben por Orden Ministerial podrán exigir que se incluyan otras especificaciones que sirvan para identificar determinadas facturas, como el caso de las facturas expedidas por terceros, así como la identificación de aquellos recibos y otros documentos de uso en el ejercicio de la actividad empresarial o profesional. b) Identificación, en su caso, de si se trata de una rectificación registral. c) Descripción de las operaciones. d) En el caso de facturas rectificativas se deberán identificar como tales e incluirán la referencia a la factura rectificada o, en su caso, las especificaciones que se modifican. e) En el caso de facturas que se expidan en sustitución o canje de facturas simplificadas expedidas con anterioridad, se incluirá la referencia de la factura que se sustituye o de la que se canjea o, en su caso, las especificaciones que se sustituyen o canjean. f) Las menciones a regímenes especiales (agencias de viaje, de bienes usados, oro inversión grupos de entidades, criterio de caja, etc.) así como si se trata de facturación por el destinatario o si se trata de una inversión del sujeto pasivo. g) Periodo de liquidación de las operaciones que se registran. h) Indicación de que la operación está no sujeta o exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido. i) En el caso de que la factura haya sido expedida en virtud de un acuerdo de facturación de la AEAT, se incluirá la referencia a la autorización concedida. Libro registro de facturas recibidas En el libro registro de facturas recibidas se anotarán, una por una, las facturas recibidas y, en su caso, los documentos de aduanas y los demás indicados anteriormente. Se consignarán su número de recepción, la fecha de expedición, la fecha de realización de las operaciones, en caso de que sea distinta de la anterior y así conste en el citado documento, el nombre y apellidos, razón social o denominación completa y número de identificación fiscal del obligado a su expedición, la base imponible y, en su caso, el tipo 5
6 impositivo, la cuota tributaria y si la operación se encuentra afectada por el régimen especial del criterio de caja, en cuyo caso, se deberán incluir las menciones específicas del mismo. En el caso de las personas y entidades acogidas al sistema SII, se incluirá además la siguiente información: a) Número y, en su caso, serie que figure en la factura, que sustituirá al número de recepción utilizado por quienes no estén incluidos en el SII. b) Identificación, en su caso, de si se trata de una rectificación registral. c) Descripción de las operaciones. d) Las menciones a regímenes especiales (agencias de viaje, de bienes usados, oro inversión grupos de entidades, criterio de caja, etc.) así como si se trata de facturación por el destinatario, o si se trata de una inversión del sujeto pasivo, o si se trata de una adquisición intracomunitaria de bienes. e) Cuota tributaria deducible del periodo de liquidación en que se realiza la anotación y, en su caso, la regularización de la deducción por la aplicación del porcentaje de prorrata definitiva, sin que ello implique la modificación de la cuota deducible registrada. f) Periodo de liquidación en el que se registran las operaciones a que se refieren las facturas recibidas. g) En el caso de importaciones, se consignará la fecha de contabilización de la operación y el número del correspondiente documento aduanero (DUA). Los Libros Registros deberán permitir determinar con precisión en cada período de liquidación: - El importe total del Impuesto sobre el Valor Añadido que el sujeto pasivo haya repercutido a sus clientes. - El importe total del Impuesto soportado por el sujeto pasivo por sus adquisiciones o importaciones de bienes o por los servicios recibidos o, en su caso, por los autoconsumos que realice y, como novedad, la cuota tributaria deducible. 6
7 REGIMEN TRANSITORIO Durante el primer semestre de 2017, las personas o entidades para las que es de aplicación el nuevo sistema de llevanza de libros registros, estarán obligadas a seguir presentando el modelo 340 y la declaración-liquidación modelo 303 durante los plazos actuales, es decir, durante los 20 primeros días posteriores al periodo mensual de liquidación. Asimismo, dichas personas o entidades estarán obligadas a remitir antes del 1º de enero de 2018, los registros de facturación correspondientes al primer semestre de 2017, con el nuevo formato de detalle de información. Se establece que durante el segundo semestre del año 2017 se amplíe a 8 días naturales el plazo para la remisión electrónica de la información de los libros registro. OTRAS CUESTIONES Las personas y entidades que apliquen el SII y hayan optado por el cumplimiento de la obligación de expedir factura por el destinatario o un tercero, deberán comunicar mediante declaración censal (modelo 036) dicha opción, la fecha a partir de la cual la ejercen y, en su caso, la renuncia y fecha de efecto. Esta comunicación se podrá realizar a partir del mes de junio de A partir de 1 de enero de 2017, en el caso que el destinatario de las operaciones sea un empresario o profesional, la factura deberá remitirse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en el que se haya producido el devengo del impuesto. 2. OTRAS MEDIDAS Régimen de devolución del IVA a viajeros Se introduce con efectos a partir del 1 de enero de 2017 el proyecto denominado DIVA. El nuevo sistema, de carácter voluntario, se basa en la sustitución del diligenciado de la factura para acreditar la salida de la mercancía del territorio de la Comunidad por el sellado digital del documento electrónico de reembolso. Este documento electrónico de reembolso (formulario DIVA) se trata de un documento disponible en la Sede electrónica de la AEAT en el que se consignará los bienes 7
8 adquiridos, el IVA, la identidad, fecha de nacimiento y número de pasaporte del viajero. La página web de la AEAT recoge amplia información sobre el proyecto DIVA en la ruta: s/procedimientos_y_gestiones_en_la_aduana/viajeros/compras Devolucion_IVA/Pr oyecto_diva/proyecto_diva.shtml Régimen simplificado y régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP) Para el ejercicio 2017, se adaptan los límites que determinan la exclusión de los regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca. Los límites aplicables son los siguientes: En el caso del régimen simplificado, volumen de ingresos en el año inmediato anterior: Conjunto de actividades, excepto las agrícolas, forestales y ganaderas: euros Actividades agrícolas, forestales y ganaderas: euros. En el caso del REAGP, volumen de ingresos en el año inmediato anterior: Operaciones comprendidas en el régimen especial: euros Restantes actividades: euros. En ambos regímenes, volumen de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las relativas al inmovilizado: euros. Como siempre estamos a su disposición para resolver cualquier duda o ampliar la información que precisen. Un cordial saludo, Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable Área de Fiscalidad 8
BREVE RECAPITULACIÓN SOBRE EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) DEL IVA
BREVE RECAPITULACIÓN SOBRE EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) DEL IVA 9 de marzo de 2017 BREVE RECAPITULACIÓN SOBRE EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) DEL IVA Tal como informamos
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN,
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA E IMPULSO DEL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA GESTIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL
Más detallesNota sobre el Real Decreto 596/2016, de 2 de Diciembre.
Nota sobre el Real Decreto 596/2016, de 2 de Diciembre. 1 Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre
Más detallesNOVEDADES FISCALES: IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
NOVEDADES FISCALES: IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Diciembre 2016 APROBACIÓN DEL SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE LA INFORMACIÓN El pasado día 6 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial
Más detallesBarcelona, a 14 de diciembre de 2016
Regulación y entrada en vigor del Sistema Inmediato de Información (SII) a consecuencia de la aprobación del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre de 2016 El pasado martes 6 de diciembre de 2016 se
Más detallesC) Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA
C) Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA 1. Introducción Este Real Decreto, modifica los reglamentos del
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS DICIEMBRE 2016 INDICE I. INTRODUCCIÓN... 2 II. REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO... 9
NOVEDADES TRIBUTARIAS DICIEMBRE 2016 INDICE I. INTRODUCCIÓN... 2 II. REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO... 9 III. REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTUACIONES Y LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN E INSPECCIÓN
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII HACIENDA FORAL DE GIPUZKOA. Apunte Técnico 07/17 de fecha 5 de octubre de 2017
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII HACIENDA FORAL DE GIPUZKOA SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION - AEAT 1 NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN)
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA IRPF: consulta de datos fiscales RENO Resto accesos telemáticos Total Declaraciones 19.966.999 19.831.735 19.522.907 19.287.731 4.006.205 3.324.244
Más detallesAPROBADO EL NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN DEL IVA BASADO
APROBADO EL NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN DEL IVA BASADO EN EL SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) Y OTRAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE IVA En el BOE del día 06-12-2016, se ha publicado el Real Decreto
Más detallesNuevo sistema de suministro de información inmediata
Assessors Nuevo sistema de suministro de información inmediata José Mª Tocornal Inspector Agencia Estatal de la Administración Tributaria 7 de febrero de 2017 PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL
Más detallesEl nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:
Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido. El día 6 de diciembre de 2016 se ha publicado
Más detallesEL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) El Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA trae
Más detallesCIRCULAR NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII).
CIRCULAR 11-2015 NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII). Les remitimos la presente nota a fin de informarles sobre una importante novedad que se introduce en el sistema de liquidación
Más detallesCurso sobre el Suministro Inmediato de Información SII. Profesora Ana Villa Sauci Abogada y Economista
Curso sobre el Suministro Inmediato de Información SII Profesora Ana Villa Sauci Abogada y Economista ana@villaterra.es Cuestiones a resolver 1. Normativa aplicable Real Decreto 596/2016, principales novedades
Más detallesSuministro Inmediato de Información (SII): Preguntas y Respuestas
Suministro Inmediato de Información (SII): Preguntas y Respuestas Diciembre 2016 Las implicaciones Como es conocido, el próximo 1 de julio de 2017, las grandes empresas y otras en declaración mensual del
Más detallesFLASH FISCAL. La AEAT cada vez más cerca: El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)
FLASH FISCAL La AEAT cada vez más cerca: El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) Barcelona, 23 de Febrero de 2017 El pasado 6 de diciembre de 2016 se aprobó el Real Decreto 596/2016,
Más detallesSuministro Inmediato de Información del IVA (SII)
Miembro de Nº 32 / Diciembre 2016 Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) El pasado 7 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización,
Más detallesLA AGENCIA TRIBUTARIA LANZA UN NUEVO SISTEMA PARA CONTROLAR EL IVA. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
LA AGENCIA TRIBUTARIA LANZA UN NUEVO SISTEMA PARA CONTROLAR EL IVA. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) El cambio planteado consiste en establecer la obligación de remitir el detalle de registro
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) N o v e d a d e s f i s c a l e s 2.0 1 7 D e p a r t a m e n t o F i s c a l 1 M o n f o r t y C a i x á s A s o c i a d o s, S.L. REAL DECRETO 596/2016,
Más detallesDepartamento de Gestión Tributaria. Madrid, 22 diciembre 2016
Madrid, 22 diciembre 2016 Suministro Inmediato de Información: análisis del nuevo sistema 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA. Se modifica el sistema
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA FOMENT DEL TREBALL (BARCELONA) 11-12-2015 IRPF: consulta de datos fiscales RENO Resto accesos telemáticos Total Declaraciones 19.966.999 19.831.735
Más detallesAgencia Tributaria SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (S.I.I.)
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (S.I.I.) 1 ÍNDICE CUESTIONES PÁGINA 1. Cómo se gestiona actualmente el IVA? 3 2. Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)? 5 3. Por qué se implanta
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN 1 Suministro Inmediato de Información: análisis del nuevo sistema 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA. Nuevo sistema
Más detallesNOVEDADES FISCALES Número 3/2015
Número 3/2015 2 NOVEDADES FISCALES INTRODUCCIÓN El pasado mes de julio, se publicó el Proyecto de Real Decreto para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto
Más detallesSuministro Inmediato de Información (S.I.I.)
Suministro Inmediato de Información (S.I.I.) Antes de ponernos a procesar la información a enviar dentro de este sistema debemos tener una información básica sobre este y configurar ciertas opciones dentro
Más detallesEl Sistema d Informació Immediata (SII) en l IVA
El Sistema d Informació Immediata (SII) en l IVA Aquesta informació es basa en la normativa i les consultes vigents a 29/03/2007 i està subjecte a possibles canvis PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR
Más detallesINSTRUCCIONES SOBRE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR EN LA DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340.
INSTRUCCIONES SOBRE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR EN LA DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340. La información se suministrará en un único fichero en el que se incluirá el contenido de los Libros Registro a
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Foro Asociaciones y Colegios de Prof. Tributarios: G.T para el impulso de la Colaboración Social 26 de noviembre de 2014 Asistencia al contribuyente Datos fiscales OBJETIVO
Más detallesSuministro Información Inmediata SII. Este documento es propiedad de BUFETE ESCURA Tel.:
Suministro Información Inmediata SII Suministro de Inmediato de Información (SII) Como continuación a las últimas circulares publicadas por Bufete Escura respecto del Sistema de Inmediato de Información
Más detallesSISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) Introducción La Hacienda Foral de Álava tiene previsto implantar, a partir de 1 de enero de 2018, un nuevo sistema de gestión del IVA basado
Más detallesGuía fácil sobre el SII
Guía fácil sobre el SII SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII 2 Guía fácil sobre el SII ÍNDICE 1. Qué es el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)?...3 2. A quién afectará este
Más detallesImpulso de los medios electrónicos para la gestión del IVA
DECRETO FORAL /2017, de, para el impulso de los medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado
Más detallesGuía OfiPro del SII Suministro Inmediato de Información del IVA
Guía OfiPro del SII Suministro Inmediato de Información del IVA Nota del autor Esta Guía explica brevemente qué es el SII, qué empresas deben acogerse a él y cómo empezar a aplicarlo. Hemos procurado hacer
Más detallesAfecta el SII a todos los sujetos pasivos del IVA?
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) Los empresarios o profesionales acogidos al SII están obligados a llevar a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los
Más detallesConsulta Vinculante V , de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo
Consulta Vinculante V1588-17, de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo LA LEY 1474/2017 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Obligaciones formales. Llevanza de los libros
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294 Martes 6 de diciembre de 2016 Sec. I. Pág. 85173 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 11575 Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora
Más detallesRÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA
RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA FORESTA 37, LOCAL IZQUIERDO Índice 1.- En que consiste? 2.- A partir de que fecha podrá aplicarse? 3.- Quién puede aplicar este régimen? 4.- Cuándo y cómo optar por
Más detallesESPECIALISTA EN IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) Curso monográfico elearning (150 horas)
Módulo I. Aspectos generales del IVA (11 horas) Tema 1. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Tema 2. Sujetos pasivos y obligados al pago. Repercusión del impuesto Tema 1. Operaciones sujetas al impuesto
Más detallesSuministro Inmediato de Información -SII- Normativa
Normativa Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA (BOE 6 de diciembre) Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo,
Más detallesSistema de Suministro de Información Inmediata (SII) Huelva, abril 2017
Sistema de Suministro de Información Inmediata (SII) Huelva, abril 2017 MARCO NORMATIVO REAL DECRETO 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos
Más detallesSistema de Suministro Inmediato de Informacion (SII)
Sistema de Suministro Inmediato de Informacion (SII) El pasado 6 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, cuya modificación más destacada
Más detallesGuía básica: Todo cuando debes saber del Suministro Inmediato de Información
1 2 Índice Todo cuanto debes saber del Suministro Inmediato de Información (SII) Descubre cómo va afectar a tu empresa este nuevo proceso de gestión del IVA que entrará en vigor en 2017. Qué es el SII....3
Más detallesNOTA NOVEDADES SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN REAL DECRETO 1075/2017, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN EL
NOTA NOVEDADES SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN REAL DECRETO 1075/2017, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1624/1992,
Más detallesRégimen Especial del Criterio de Caja (RECC), introducido por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores
Régimen Especial del Criterio de Caja (RECC), introducido por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores Fuente AEAT A partir de qué fecha puede aplicarse el RECC? Desde el 1 de
Más detallesLEGAL FLASH I FINANCIERO Y TRIBUTARIO
LEGAL FLASH I FINANCIERO Y TRIBUTARIO 19 DE DICIEMBRE DE 2016 NUEVO SISTEMA DE LLEVANZA DE LOS LIBROS REGISTROS DEL IVA A PARTIR DE 1 DE JULIO DE 2017 REAL DECRETO 596/2016 PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA
Más detallesDOCUMENTO SOMETIDO A TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA 11 DE OCTUBRE DE 2017
DOCUMENTO SOMETIDO A TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA 11 DE OCTUBRE DE 2017 PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICAN LA ORDEN HFP/417/2017, DE 12 DE MAYO, POR LA QUE SE REGULAN LAS ESPECIFICACIONES NORMATIVAS
Más detallesREGLAMENTO POR EL QUE SE REGULAN LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN
VICEGERENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA SERVICIO DE COORDINACIÓN Y APOYO AL ÁREA ECONÓMICA REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULAN LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN Real Decreto 1619/2012 de
Más detallesIMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) EL MODELO 303: IVA
Página 1 de 6 EL MODELO 303: IVA ACTUALIZACIÓN ENERO 2014: Tener en cuenta las novedades de AEAT en el modelo 303 a partir del 1 de enero de 2014 pinchando aquí. También puedes consultar la descripción
Más detallesPregunta 3: Cómo se calcula el volumen de operaciones a efectos de determinar resulta aplicable el RECC?
PREGUNTAS FRECUENTES WEB AGENCIA TRIBUTARIA RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA (RECC) Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores Pregunta 1: A partir de qué fecha puede aplicarse
Más detallesEL NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
EL NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN El día 1 de enero de 2013 se aplicó el nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012). Con ello, España se adapta a una
Más detallesSERVINET SISTEMAS Y COMUNICACIÓN S.L CRITERIO DE CAJA. Régimen Especial del Criterio de Caja
SERVINET SISTEMAS Y COMUNICACIÓN S.L CRITERIO DE CAJA Régimen Especial del Criterio de Caja Información relacionada con el Régimen Especial del Criterio de Caja en que entra en vigor el 1 de Enero de 2014
Más detallesI.- MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DEL IVA (RIVA)
Barcelona, 10 de diciembre de 2013. Estimados clientes, Modificaciones tributarias introducidas por el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, por el que se modifica el Reglamento del IVA y otros reglamentos
Más detallesClaves del nuevo Sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA
Claves del nuevo Sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA Objetivos Características del SII Contenido Colectivo obligado Fechas de Implantación Ventajas de la implantación del SII Para
Más detallesDEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS
I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Diputación Foral de Álava DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS Decreto Foral 56/2017, del Consejo de
Más detallesRégimen especial del criterio de caja en el IVA (RECC).
Régimen especial del criterio de caja en el IVA (RECC). Viernes, 29 de Noviembre de 2013 El próximo 1 de enero de 2014 entra en vigor el régimen especial del criterio de caja para el IVA. Este régimen
Más detallesIVA.RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA. Dependencia Regional Gestión Tributaria Valencia
IVA.RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA Dependencia Regional Gestión Tributaria Valencia NORMATIVA Directiva 2006/112/CE del IVA arts 66 y 167 bis (Directiva 2010/45/UE) Ley 14/2013 de 27 de septiembre,
Más detallesIVA diferido Preguntas frecuentes:
IVA diferido Preguntas frecuentes: 1. Qué modificaciones legales se han producido en relación con el IVA de importación para el ejercicio 2015? A raíz de la modificación operada en la Ley del IVA por la
Más detallesSII Facturas recibidas Página 1
Página 1 Detalle de datos a SUMINISTRAR para las s recibidas o MODIFICAR las transmitidas (contenidos actualizados a la versión 0.7) Datos/ Agrupación Descripción Valores permitidos Es OBLIGATORIO? Datos
Más detallesNuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA
Nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA Nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA 1. Sistema SII... 2 1.1. Qué es?... 2 1.2. A qué afecta?... 2 1.3.
Más detallesKRITERERP - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
SUMINISTRO INMEDIATO DE Recuerda INFORMACIÓN nuestro hashtag! (SII) 1 BIENVENIDOS AL WEBINAR SII: QUÉ ES Y QUÉ IMPLICA? ROGAMOS MÁXIMA PUNTUALIDAD A LOS ASISTENTES AL FINALIZAR HABRÁ UN TURNO DE PREGUNTAS
Más detallesQuiter Servicios Informáticos S. L.
Quiter Servicios Informáticos S. L. NOTA INFORMATIVA (II) Novedades Quiter Fecha: 03/04/2017 Página 1 Índice INTRODUCCIÓN... 3 REGISTROS DE FACTURACIÓN... 5 Libro de registro de facturas emitidas...6 Libro
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Proyecto de DECRETO FORAL por el que se modifican el reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y el reglamento que regula las obligaciones de facturación. EXPOSICIÓN
Más detallesNOVEDADES FISCALES DEL REAL DECRETO 828/2013, DE 25 DE OCTUBRE
NOVEDADES FISCALES DEL REAL DECRETO 828/2013, DE 25 DE OCTUBRE SUMMA 4 ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.P. Calle Almagro, 31, 5º derecha. 28010. Madrid. Teléfono 91 110 21 00 Fax 91 391 00 82 Novedades
Más detallesSII Facturas recibidas Página 1
Página 1 Detalle de datos a SUMINISTRAR para las s recibidas o MODIFICAR las Datos periodo Ejercicio Período El Ejercicio deberá estar comprendido entre el año actual y cuatro años anteriores Si el Ejercicio
Más detallesRÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA EN EL IVA. Se trata de un nuevo régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que
RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA EN EL IVA. Se trata de un nuevo régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que permite retrasar el devengo y la consiguiente declaración e ingreso
Más detallesSuministro Inmediato de Información (SII) Solución KaisEVO para el nuevo SII con la Agencia Tributaria. Solución integral para la industria cárnica
Suministro Inmediato de Información (SII) Solución KaisEVO para el nuevo SII con la Agencia Tributaria Solución integral para la industria cárnica Qué es el SII? El Consejo de ministros del pasado día
Más detallesNOVEDADES EN DECLARACIONES INFORMATIVAS 2011 Y OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS
NOVEDADES EN DECLARACIONES INFORMATIVAS 2011 Y OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre Reglamento General de las Actuaciones y Procedimientos de Gestión e Inspección (RD
Más detallesNewsLetter Asesoría Financiera, S.A.
NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 8/2015 (23 de enero de 2015). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable del Área de Fiscalidad Opción por el nuevo sistema de ingreso
Más detallesKRITERERP - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
SUMINISTRO INMEDIATO DE Recuerda INFORMACIÓN nuestro hashtag! (SII) 1 BIENVENIDOS AL WEBINAR SII: QUÉ ES Y QUÉ IMPLICA? SE RUEGA MÁXIMA PUNTUALIDAD A LOS ASISTENTES AL FINALIZAR HABRÁ UN TURNO DE RUEGOS
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA En Sii estamos preparados. 1 En qué consiste el Suministro Inmediato de Información? Consiste en un cambio del sistema de gestión actual del IVA, mediante el
Más detallesINSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 371. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO RÉGIMEN GENERAL Y SIMPLIFICADO Declaración trimestral final
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 371 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO RÉGIMEN GENERAL Y SIMPLIFICADO Declaración trimestral final (1) Identificación Si dispone de etiquetas identificativas, adhiera
Más detallesEjemplos prácticos sobre el SII
Ejemplos prácticos sobre el SII INDICE 1. PLAZOS DE ENVIO DE LA INFORMACIÓN Y PERÍODO IMPOSITIVO. 2. CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR. Pág. 2 2.1 Venta de mercancía. 3 2.2 Compra de mercancía.
Más detallesArtículo 2. Objeto y contenido de la información a suministrar en el Libro registro de facturas expedidas.
ORDEN FORAL /2017, de, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del Impuesto
Más detallesImplantación del Suministro Inmediato de Información a efectos del IVA
Implantación del Suministro Inmediato de Información a efectos del IVA Introducción El pasado 6 de diciembre de 2016 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto 596/2016, de 2
Más detallesINFORMACIÓN FISCAL 4º TRIMESTRE DE 2016
INFORMACIÓN FISCAL 4º TRIMESTRE DE 2016 I.- DECLARACIONES FISCALES HABITUALES DE PROFESIONALES CORRESPONDIENTES AL CUARTO TRIMESTRE DE 2014 Y RESÚMENES ANUALES DE DICHO AÑO. 1.- RETENCIONES A EMPLEADOS
Más detallesORDEN FORAL /2017, de, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por que
ORDEN FORAL /2017, de, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del Impuesto
Más detallesNota Informativa EL NUEVO CRITERIO DE CAJA EN EL IGIC/IVA
Nota Informativa EL NUEVO CRITERIO DE CAJA EN EL IGIC/IVA Con la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se introduce el régimen especial del criterio de caja, régimen basado
Más detallesPROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA
CIRCULAR FISCAL 8 de julio de 2016 En los plazos que a continuación se indican deben efectuarse las declaraciones-ingreso de los Impuestos que a continuación se relacionan: PROFESIONALES Y EMPRESARIOS
Más detallesMÓDULO COMPLETO PREGUNTAS FRECUENTAS SII
MÓDULO COMPLETO PREGUNTAS FRECUENTAS SII MÓDULO COMPLETO 1 Mayo-17 Pág. 2 DE 6 A continuación se detallan algunas preguntas que pueden surgir sobre la implantación del Sistema Inmediato de Informacion
Más detallesNOVEDADES TÉCNICAS EN INFORMATIVAS 2016 Y OTROS SERVICIOS. Delegación Especial de Cataluña 1
NOVEDADES TÉCNICAS EN INFORMATIVAS 2016 Y OTROS SERVICIOS Delegación Especial de Cataluña 1 Nuevo Portal de Informativas 2016 http://www.agenciatributaria.es/aeat.internet/inicio/la_agencia_tributaria/campanas/_campanas_/declaraciones_informativas/declaraciones_informativas.shtml
Más detallesAgencia Tributaria. Proyecto de Orden sometido a trámite de Información Pública. Fecha 06/02/2017 Página 1
PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS ESPECIFICACIONES NORMATIVAS Y TÉCNICAS QUE DESARROLLAN LA LLEVANZA DE LOS LIBROS REGISTRO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA
Más detallesCálculo y presentación del modelo 390: Impuesto sobre el valor añadido: resumen anual
SBConta.NET: Modelo 390, ejercicio 2017 1 Cálculo y presentación del modelo 390: Impuesto sobre el valor añadido: resumen anual 1 Ámbito de aplicación y requisitos técnicos La documentación del presente
Más detallesIVA DE CAJA (Ley 14/2013 de emprendedores)
EL RÉGIMEN R ESPECIAL DE IVA DE CAJA (Ley 14/2013 de emprendedores) 1 IVA DE CAJA. ÁMBITO SUBJETIVO (art. 163 decies) Se pueden acoger al mismo personas físicas, jurídicas y entidades que sean sujetos
Más detallesMÓDULO COMPLETO TIPOS DE FACTURAS EMITIDAS Y RECIBIDAS MÓDULO COMPLETO 1
MÓDULO COMPLETO TIPOS DE FACTURAS EMITIDAS Y RECIBIDAS MÓDULO COMPLETO 1 1. Introducción... 3 2. Facturas Emitidas... 3 3. Facturas Recibidas... 7 BELCRILUX 2 1. Introducción En este documento se detallan
Más detallesFiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC DGT: N.º CONSULTA VINCULANTE: V1037/2015 SUMARIO:
BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC053780 DGT: 31-03-2015 N.º CONSULTA VINCULANTE: V1037/2015 SUMARIO: IVA. Inversión del sujeto pasivo. Comercialización de consolas y programas de
Más detallesDECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES (MODELO 347)
DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES (MODELO 347) A. Ámbito Subjetivo: 1) Están obligados a presentar declaración (1), las personas físicas o jurídicas, públicas (2) o privadas, que desarrollen actividades
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES SII (versión 1.0) 1. CUESTIONES GENERALES 7
PREGUNTAS FRECUENTES SII (versión 1.0) Índice. 1. CUESTIONES GENERALES 7 1.1. Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)? 7 1.2. Por qué se implanta el Suministro Inmediato de Información (SII)?
Más detallesREGÍMENES ESPECIALES DEL IVA
REGÍMENES ESPECIALES DEL IVA Regímenes especiales Régimen simplificado. Régimen especial del recargo de equivalencia Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca Régimen especial de las agencias
Más detallesSII Facturas expedidas Página 1
Página 1 Detalle de datos a suministrar para las s expedidas o modificar las transmitidas (contenidos actualizados a la versión 0.7) Datos/ Agrupación Descripción Valores permitidos Es OBLIGATORIO? Datos
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Departamento de Gestión Tributaria SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN: ANÁLISIS DEL NUEVO SISTEMA 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se modifica el sistema de llevanza de los
Más detallesSII QUICK ELEMENT SII SOLUCIÓN QUICK ELEMENT
SII QUICK ELEMENT SII SOLUCIÓN QUICK ELEMENT QS QE SII building SUMINISTRO INMEDIATO INFORMACIÓN QUÉ ES EL SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN El Suministro Inmediato de Información (SII) es un cambio
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Departamento de Gestión Tributaria 1 ASPECTOS GENERALES DEL S.I.I. Departamento de Gestión Tributaria 2 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema
Más detallesIVA e Impuesto de Sociedades
IVA e Impuesto de Sociedades Información del curso Título: IVA e Impuesto de Sociedades Código: GO026 Horas: 56 Objetivos Obtener una visión global del impuesto que permita al alumno aplicar sus conocimientos
Más detallesAgencia Tributaria SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (S.I.I.)
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (S.I.I.) 1 ÍNDICE CUESTIONES PÁGINA 1. Cómo se gestiona actualmente el IVA? 3 2. Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)? 5 3. Por qué se implanta
Más detallesDEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS
I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Diputación Foral de Álava DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS Decreto Foral 30/2014, del Consejo de
Más detallesZUGASTI ABOGADOS
ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com Calle Miguel Ángel nº 22 Av. Blas Infante nº 8-3º 6 28010 MADRID 29631 BENALMADENA 913081904 952442049 asesoría@zugasti-abogados.com NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
Más detallesCUESTIÓN-PLANTEADA: Aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo establecido en el artículo 84.Uno.2º, letra g) de la Ley 37/1992.
Consulta Vinculante DGT de Fecha de Salida: 31/03/2015 La mercantil consultante se dedica a la comercialización, entre otros productos, de consolas y programas de videojuegos, recibiendo de sus clientes
Más detallesPROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA
CIRCULAR FISCAL 10 de julio de 2012 En los plazos que a continuación se indican deben efectuarse las declaraciones-ingreso de los Impuestos que a continuación se relacionan: PROFESIONALES Y EMPRESARIOS
Más detallesNuevo SII - Suministro Inmediato de Información. Cómo abordamos un proyecto SII en SAP?
Nuevo SII - Suministro Inmediato de Información Cómo abordamos un proyecto SII en SAP? Índice SII - Suministro Inmediato de Información Cómo abordamos un proyecto SII en SAP? Normativa SII Aspectos Relevantes
Más detalles