DIARIO OFI CIAL S U M A R I O. Pág Maradiaga, Cantón Candelaria Lempa y Acuerdo No. 3, emitido 20-21

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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL.- DE EL San SALVADOR Salvador, EN LA 5 de AMERICA Enero de CENTRAL DIARIO OFI CIAL DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López TOMO Nº 394 SAN SALVADOR, JUEVES 5 DE ENERO DE 2012 NUMERO 3 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ÓRGANO LEGISLATIVO Decreto No Disposición transitoria autorizando la portación de logos, pancartas y/o demás artículos de propaganda electoral, relacionados con el proceso eleccionario a celebrarse en el mes de marzo de Decreto No Se establecen límites entre los municipios de Guazapa y Suchitoto.... Decreto No Se concede permiso al Presidente de la Asamblea Legislativa, Othon Sigfrido Reyes Morales, para que acepte condecoración que le ha conferido la Honorable Asamblea Departamental de Antioquia de la República de Colombia.... Decretos Nos. 956 y Se concede permiso al Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, para que acepte condecoraciones que le han conferido los Ilustres Gobiernos de Panamá y de Guatemala.... ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Evangélica Mundial Maranatha y Acuerdo Ejecutivo No. 169, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos y Reconocimiento de estudios académicos.... S U M A R I O Pág ÓRGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 48-D, 994-D, 1023-D, 1118-D, 1134-D y 1255-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas.... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS Pág SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES Acuerdo No. 696-E Se ajusta la tasa por la actualización del registro a US$0.54, por cada megavatio hora generado o importado con fines comerciales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de renovación de su registro.... Acuerdo No. 697-E Se ajustan multas por infracciones cometidas por usuarios que consumen energía eléctrica.... ALCALDÍAS MUNICIPALES Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Caserío Maradiaga, Cantón Candelaria Lempa y Acuerdo No. 3, emitido por la Alcaldía Municipal de San Ildefonso, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Pág. Pág. SECCIÓN CARTELES OFICIALES Título de Dominio Carteles Nos.- C005697, C005698, C DE PRIMERA PUBLICACIÓN Aviso de Inscripción Aceptación de Herencia Cartel No.- C Cartel No María Vicenta Chicas Ramos. (3 v. alt.) Juicio de Ausencia DE SEGUNDA PUBLICACIÓN Aceptación de Herencia Cartel No. 5.- Raúl Mario Díaz Cañas.- (3 v. alt.) Cartel No. 6.- Miguel Ángel Suriano Torres y Otra.- (3 v. alt.) Cartel No. 7.- María Dolores Reyes López.- (3 v. alt.) Cartel No. 8.- Hilda Consuelo Martínez.- (3 v. alt.) Cartel No. 9.- Gloria Yolanda Alfaro Escobar y Otros.- (3 v. alt.) 30 Títulos Supletorios Cartel No Martina Hernández Martínez viuda de Romero.- (3 v. alt.) Cartel No Estado de El Salvador, en el Ramo de Obras Reposición de Certificados Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano.- (3 v. alt.) Carteles Nos.- F022596, F022597, F022598, F022599, Cartel No Estado de El Salvador, Ministerio de Obras Públicas.- (3 v. alt.) Cartel No Abdaly Guevara Martínez.- (3 v. alt.)... SECCIÓN CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACIÓN Declaratoria de Herencia Carteles Nos.- C005678, C005679, C005707, F022623, Sentencia de Nacionalidad F022632, F022645, F022654, F022669, F022700, F022703, F022711, F022717, F022718, F022730, F022736, F022739, F022742, F022745, F022749, F022750, F Aceptación de Herencia Carteles Nos.- C005680, C005700, C005704, F022646, F022692, F022708, F022758, C005701, C005706, C005708, F022682, F Título de Propiedad 34 Carteles Nos.- C005681, C Marca de Fábrica Carteles Nos.- C005703, F Nombre Comercial Carteles Nos. F022710, F Convocatorias Carteles Nos.- C005682, C005683, C005684, C005694, C005705, C Subasta Pública Cartel No. F F022600, F022601, F022602, F022603, F022604, F022605, F022606, F022607, F022609, F022610, F022611, F022613, F022614, F022615, F022616, F022617, F022665, F022666, F022673, F022684, F022685, F022686, F022687, F022688, F022690, F022691, F022693, F022695, F022723, F022725, F022726, F022731, F022759, F Disolución y liquidación de Sociedades Cartel No.- F Cartel No.- F Edicto de Emplazamiento Carteles Nos.- C005702, F Emblemas Cartel No.- F Marca de Servicios Carteles Nos.- C005729, F Reposición de Póliza de Seguro Cartel No.- F Carteles Nos.- C005692, C Título Supletorio Marca de Producto Carteles Nos.- F022733, F022771, C Carteles Nos.- C005685, C005686, C

3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Pág. 3 Pág. DE SEGUNDA PUBLICACIÓN Aceptación de Herencia Balances de Liquidación Cartel No.- C Carteles Nos.- C005532, C005533, F021884, Marca Industrial F021887, F021889, F021899, F021916, F021918, Carteles Nos.- C005543, C005545, C005549, C005550, F022005, F022006, F022037, F022038, F022068, C005551, C005552, C005553, C005554, C005555, C005556, F022113, F022124, F022147, F022155, F022175, C005557, C005558, C005559, C005560, C005562, C005583, F022177, F022245, F022261, F022264, F C Título de Propiedad Título Municipal Carteles Nos.- F021989, F021991, F022061, Cartel No.- F F022072, F022118, F022121, F022122, F022134, Otros F022135, F022140, F Cartel No.- F Marca de Servicios Título Supletorio Carteles Nos.- C005544, C005546, C005548, C005561, Carteles Nos.- F021915, F021925, F022063, C005575, C005579, F021949, F021967, F022114, F F022079, F022117, F Título de Dominio Marca de Producto Carteles Nos.- C005564, F021946, F022269, F022270, Cartel No.- F F022272, F Renovación de Marcas Carteles Nos.- C005534, C005539, C005540, C Marca de Fábrica Carteles Nos.- C005537, C005538, C005573, C005574, C005577, C005578, C005580, F021943, F Nombre Comercial Carteles Nos.- F022222, F022277, F Convocatorias Carteles Nos.- C005547, C Subasta Pública Carteles Nos.- F021942, F022043, F022089, F022090, F022143, C Reposición de Certificados Carteles Nos.- F022035, F Disminución de Capital Solicitud de Nacionalidad Cartel No.- F , 1363, 1398, 1461, 1531, 1547, 1637, 1643, 1672, 1688, 1691, 1708 y Reposiciones de títulos DE TERCERA PUBLICACIÓN SECCIÓN DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN Resoluciones Nos. 235, 532, 1065, 1103, 1177, 1250, 1344, MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Estatutos de los Sindicatos Independiente de Panificadores de El Salvador e Independiente de Vendedores de Literatura y Resoluciones Nos. 67 y 68, aprobándolos y confiriéndoles el Cartel No.- C carácter de persona jurídica

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que ante la legalización de nuevos Partidos Políticos y basados en el principio de igualdad, establecido en el Art. 3 de nuestra Constitución de la República, se vuelve necesario igualar las condiciones en las que participarán del proceso electoral a celebrarse el próximo año en cuanto a propaganda electoral se refiere; II.- Que la difícil situación económica por la que atraviesa el país y sus habitantes en general, también afecta a los distintos Partidos Políticos y a sus miembros que se alistan para participar del proceso antes referido; III.- Que una de las formas que permita la participación en condiciones favorables, del proceso electoral de Diputados y Concejos Municipales del próximo año, es valerse de los escasos recursos económicos y materiales con los que se cuentan y se prevé gastarlos en propaganda electoral, con la finalidad de dar a conocer los distintos logos, banderas, colores, candidatos, entre muchos otros factores, que integran la campaña electoral; IV.- Que ante lo antes planteado, se vuelve necesaria la emisión de una disposición transitoria que vuelva realidad lo considerado anteriormente; POR TANTO, En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: José Francisco Merino López, Alberto Armando Romero Rodríguez, Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Elizardo González Lovo, Mario Alberto Tenorio Guerrero, Luis Roberto Angulo Samayoa, Santos Eduviges Crespo, Rafael Antonio Jarquín, Reinaldo Antonio López Cardoza, Segundo Alejandro Dagoberto Marroquín Larios, César Humberto Solórzano Dueñas y Rubén Orellana, DECRETA, la siguiente Disposición Transitoria: Art. 1.- Autorízase la portación de logos, pancartas y/o demás artículos promocionales de propaganda electoral, en todos los vehículos propiedad privada de los particulares, partidos políticos o de sus miembros, relacionados con el proceso eleccionario a celebrarse en el mes de marzo del próximo año Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial y caducará una vez haya finalizado el proceso electoral del año 2012.

5 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO, San Salvador a los trece días del mes de octubre del año dos mil once. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO TERCER SECRETARIO QUINTA SECRETARIA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN QUINTO VICEPRESIDENTE MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO SÉPTIMO SECRETARIO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ CUARTO VICEPRESIDENTE CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA SEGUNDO SECRETARIO ROBERTO JOSÉ d'aubuisson MUNGUÍA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ SEXTA SECRETARIA NOTA: En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 97, incisos 3 y 4, del Reglamento Interior de este Órgano del Estado, se hace constar que el presente Decreto fue recibido el 28 de octubre de 2011, con observaciones hechas por el Presidente de la República, resolviendo esta Asamblea Legislativa, no aceptar dichas observaciones en la Sesión Plenaria del día veinte de diciembre del presente año. IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ, SEXTA SECRETARIA.

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil once. PUBLÍQUESE, DECRETO No. 946 CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el Departamento de San Salvador, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país. II. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites. III. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de límite municipal GUA- ZAPA SUCHITOTO con referencia No , la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte integral del mismo. IV. Que el Código Municipal en su Art. 23 establece que es facultad de la Asamblea Legislativa decretar la definición de los límites territoriales. V. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5 de la Constitución es competencia de este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.

7 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de POR TANTO: En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados César Humberto García Aguilera, Mario Antonio Ponce López, Gaspar Armando Portillo Benítez y de los exdiputados Noel Abilio Bonilla Bonilla, Isidro Antonio Caballero Caballero, José Ernesto Castellanos Campos, Roberto Eduardo Castillo Batlle, Nicolás García Alfaro, Vilma Celina García de Monterrosa, Jesús Grande, Marco Tulio Mejía Palma, Miguel Ángel Navarrete Navarrete y Héctor Ricardo Silva Argüello. DECRETA: Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de Guazapa y Suchitoto de los Departamentos de San Salvador y Cuscatlán, el siguiente: El trazo del límite municipal está formado por dos trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinados por cuatro puntos, numerados del uno al cuatro, por elemento natural hidrográfico; el segundo trayecto, formado de dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del cuatro al seis, por lindero de propiedad. Punto Trifinio de inicio. Está definido en la desembocadura de la quebrada San Lucas, sobre el río Acelhuate, contiguo al puente denominado San Francisco, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los municipios de Guazapa y Aguilares, ambos pertenecientes al departamento de San Salvador y Suchitoto, perteneciente al departamento de Cuscatlán. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y un mil setecientos ochenta y ocho punto treinta y cinco metros; Latitud igual, trescientos quince mil quinientos veintiséis punto ochenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Suchitoto, parcela ciento sesenta y cuatro, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos; para el municipio de Guazapa, parcela uno, del sector cero seis cero seis R cero uno; para el municipio de Aguilares, parcela ciento uno del sector cero seis cero uno R cero dos. Trayecto uno Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada San Lucas, aguas arriba, hasta interceptar el eje central de la calle que del cantón San Cristóbal conduce al cantón San Lucas, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de tres mil doscientos sesenta y ocho punto diez metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y cuatro punto ochenta y ocho metros; Latitud igual, trescientos doce mil doscientos noventa y nueve punto doce metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas uno, cincuenta y uno, ciento uno, doscientos uno (parte poniente) y trescientos cuarenta, todas del sector cero seis cero seis R cero uno; para el municipio de Suchitoto, parcelas ciento sesenta y cuatro (Ingenio San Francisco), ciento sesenta y siete y la cinco, todas de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, además de la doscientos uno (parte oriente), del sector cero seis cero seis R cero uno. Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada El Achiotal, aguas arriba, hasta llegar a interceptar el camino vecinal que de el caserío El Cerrito, conduce al caserío Valle Nuevo y Tres Ceibas, lugar donde se ubica el punto número tres, con una distancia aproximada de dos mil ciento setenta y ocho punto veintidós metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos trece punto diez metros; Latitud igual, trescientos once mil trescientos veintiocho punto trece metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas doscientos veintinueve, doscientos diecinueve, doscientos treinta y cuatro, doscientos treinta y tres, del sector cero seis cero seis R cero dos, parcela diecinueve, parte poniente de parcela ciento sesenta y dos, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, ciento sesenta y uno, de la hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, parcelas ciento

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 cinco, ciento tres, ciento dos, ciento catorce, ciento siete, ciento dieciséis, ciento cuatro, ciento ocho, ciento seis, ciento diez, del sector cero seis cero seis R cero tres, ubicadas en el cantón San Cristóbal; para el municipio de Suchitoto, parcelas quince, catorce, parte oriente de parcela ciento sesenta y dos de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, doscientos cuarenta y nueve, doscientos cincuenta y uno, doscientos cincuenta y tres, todas de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos. Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada El Achiotal, aguas arriba, hasta interceptar el lindero de propiedad que divide las parcelas trescientos cuarenta, del sector cero seis cero seis R cero tres, y la sesenta y nueve de la hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de mil seiscientos setenta y cinco punto noventa y seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis punto noventa y tres metros; Latitud igual, trescientos diez mil trescientos sesenta y tres punto noventa y cuatro metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas ciento diecisiete y trescientos cuarenta, del sector cero seis cero seis R cero tres; para el municipio de Suchitoto, parcelas doscientos cincuenta y cinco, doscientos cincuenta y seis, treinta y ocho, setenta y tres, setenta y cinco (parte oriente), setenta y seis, setenta y siete, setenta y ocho, ochenta, setenta y dos, sesenta y nueve, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos. Trayecto dos Tramo uno, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por lindero de parcela, hasta llegar a interceptar el lindero nororiente de la parcela trescientos treinta y tres, del sector cero seis cero seis R cero tres, lugar donde se ubica el punto número cinco, con una distancia de doscientos veinticinco punto veintidós metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos punto cincuenta y cinco metros; Latitud igual, trescientos diez mil ciento ochenta y tres punto veinte metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcela trescientos cuarenta, del sector cero seis cero seis R cero tres, del cantón Loma de Ramos; para el municipio de Suchitoto, parcela sesenta y nueve, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos. Tramo dos, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta llegar al lado oriente de la Loma El Caballito, donde se encuentra parte de la cabecera de la quebrada Azul, siendo éste el punto número seis. Con una distancia aproximada de tres mil doscientos treinta y tres punto noventa y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos dieciocho punto cero un metros; Latitud igual, trescientos ocho mil cuarenta y seis punto veintisiete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas trescientos treinta y tres que corresponde a la Loma de Ramos, del sector cero seis cero seis R cero tres, trescientos treinta y dos, ciento diecisiete, ciento dieciséis, ciento cuatro, doscientos cincuenta y cinco, todas del sector cero seis cero seis R cero cinco; para el municipio de Suchitoto, parcelas sesenta y nueve, ochenta y uno, de la hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos, parcelas seiscientos cincuenta y dos, doscientos setenta y uno, doscientos setenta y dos, todas de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno dieciocho quinientos. Punto Trifinio de Llegada. Será el que se describe como número seis, al mismo tiempo es mojón trifinio para los municipios de Suchitoto y San José Guayabal, ambos pertenecientes al departamento de Cuscatlán y Guazapa, perteneciente al departamento de San Salvador. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos dieciocho punto cero cuatro metros; Latitud igual, trescientos ocho mil cuarenta y seis punto veintisiete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcela doscientos cincuenta y cinco, del sector cero seis cero seis R cero cinco; para el municipio de Suchitoto, parcela seiscientos cincuenta y dos (parte norte), de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno dieciocho quinientos; para el municipio de San José Guayabal, parcela seiscientos cincuenta y dos (parte sur), de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno dieciocho quinientos.

9 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil once. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO TERCER SECRETARIO QUINTA SECRETARIA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN QUINTO VICEPRESIDENTE MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO SÉPTIMO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de enero del año dos mil doce. GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ CUARTO VICEPRESIDENTE CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA SEGUNDO SECRETARIO ROBERTO JOSÉ d'aubuisson MUNGUÍA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ SEXTA SECRETARIA PUBLÍQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación.

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Ref ACTA DE LÍMITE ENTRE LOS MUNICIPIOS DE GUAZAPA Y SUCHITOTO En el Centro Nacional de Registros a las diez horas y treinta minutos, del día primero del mes de octubre del año dos mil once, comparecen los infrascritos señor Juvenal Leiva Mejía, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, señor José Armando Barrera Rivera, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de Guazapa; señor Antonio Juan Javier Martínez Escobar, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, señor Juan Pablo Ramírez Guerra, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de Suchitoto; Doctor José Enrique Argumedo Casula, actuando en su calidad de Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR) y el Ingeniero Rigoberto Ovidio Magaña Chavarría, actuando en su calidad de Director del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional (IGCN); con el objeto de darle lectura y ratificación a los datos de la descripción técnica contenidos en la presente acta, en la cual ambas municipalidades han definido su respectivo límite jurisdiccional administrativo; según acuerdos municipales, por Suchitoto acta número doce, acuerdo número tres, de fecha veinte de julio del año dos mil seis y por Guazapa, acta número ocho, acuerdo número cuatro, de fecha veintiséis de junio de dos mil seis. DESCRIPCIÓN TÉCNICA El trazo del límite municipal está formado por dos trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinados por cuatro puntos, numerados del uno al cuatro, por elemento natural hidrográfico; el segundo trayecto, formado de dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del cuatro al seis, por lindero de propiedad. Punto Trifinio de inicio. Está definido en la desembocadura de la quebrada San Lucas, sobre el río Acelhuate, contiguo al puente denominado San Francisco, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los municipios de Guazapa y Aguilares, ambos pertenecientes al departamento de San Salvador y Suchitoto, perteneciente al departamento de Cuscatlán. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y un mil setecientos ochenta y ocho punto treinta y cinco metros; Latitud igual, trescientos quince mil quinientos veintiséis punto ochenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Suchitoto, parcela ciento sesenta y cuatro, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos; para el municipio de Guazapa, parcela uno, del sector cero seis cero seis R cero uno; para el municipio de Aguilares, parcela ciento uno del sector cero seis cero uno R cero dos. Trayecto uno Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada San Lucas, aguas arriba, hasta interceptar el eje central de la calle que del cantón San Cristóbal conduce al cantón San Lucas, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de tres mil doscientos sesenta y ocho punto diez metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y cuatro punto ochenta y ocho metros; Latitud igual, trescientos doce mil doscientos noventa y nueve punto doce metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas uno, cincuenta y uno, ciento uno, doscientos uno (parte poniente) y trescientos cuarenta, todas del sector cero seis cero seis R cero uno; para el municipio de Suchitoto, parcelas ciento sesenta y cuatro (Ingenio San Francisco), ciento sesenta y siete y la cinco, todas de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, además de la doscientos uno (parte oriente), del sector cero seis cero seis R cero uno. Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada El Achiotal, aguas arriba, hasta llegar a interceptar el camino vecinal que de el caserío El Cerrito, conduce al caserío Valle Nuevo y Tres Ceibas, lugar donde se ubica el punto número tres, con una distancia aproximada de dos mil ciento setenta y ocho punto veintidós metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos trece punto diez metros; Latitud igual, trescientos once mil trescientos veintiocho punto trece metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas doscientos veintinueve, doscientos diecinueve, doscientos treinta y cuatro, doscientos treinta y tres, del sector cero seis cero seis R cero dos, parcela diecinueve, parte poniente de parcela ciento sesenta y dos, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, ciento sesenta y uno, de la hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, parcelas ciento cinco, ciento tres, ciento dos, ciento catorce, ciento siete, ciento dieciséis, ciento cuatro, ciento ocho, ciento seis, ciento diez, del sector cero seis cero seis R cero tres, ubicadas en el cantón San Cristóbal; para el municipio de Suchitoto, parcelas quince, catorce, parte oriente de parcela ciento sesenta y dos de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno cero siete quinientos, doscientos cuarenta y nueve, doscientos cincuenta y uno, doscientos cincuenta y tres, todas de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos.

11 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada El Achiotal, aguas arriba, hasta interceptar el lindero de propiedad que divide las parcelas trescientos cuarenta, del sector cero seis cero seis R cero tres, y la sesenta y nueve de la hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de mil seiscientos setenta y cinco punto noventa y seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis punto noventa y tres metros; Latitud igual, trescientos diez mil trescientos sesenta y tres punto noventa y cuatro metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas ciento diecisiete y trescientos cuarenta, del sector cero seis cero seis R cero tres; para el municipio de Suchitoto, parcelas doscientos cincuenta y cinco, doscientos cincuenta y seis, treinta y ocho, setenta y tres, setenta y cinco (parte oriente), setenta y seis, setenta y siete, setenta y ocho, ochenta, setenta y dos, sesenta y nueve, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos. Trayecto dos Tramo uno, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por lindero de parcela, hasta llegar a interceptar el lindero nororiente de la parcela trescientos treinta y tres, del sector cero seis cero seis R cero tres, lugar donde se ubica el punto número cinco, con una distancia de doscientos veinticinco punto veintidós metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos punto cincuenta y cinco metros; Latitud igual, trescientos diez mil ciento ochenta y tres punto veinte metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcela trescientos cuarenta, del sector cero seis cero seis R cero tres, del cantón Loma de Ramos; para el municipio de Suchitoto, parcela sesenta y nueve, de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos. Tramo dos, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta llegar al lado oriente de la Loma El Caballito, donde se encuentra parte de la cabecera de la quebrada Azul, siendo éste el punto número seis. Con una distancia aproximada de tres mil doscientos treinta y tres punto noventa y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos dieciocho punto cero un metros; Latitud igual, trescientos ocho mil cuarenta y seis punto veintisiete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcelas trescientos treinta y tres que corresponde a la Loma de Ramos, del sector cero seis cero seis R cero tres, trescientos treinta y dos, ciento diecisiete, ciento dieciséis, ciento cuatro, doscientos cincuenta y cinco, todas del sector cero seis cero seis R cero cinco; para el municipio de Suchitoto, parcelas sesenta y nueve, ochenta y uno, de la hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno trece quinientos, parcelas seiscientos cincuenta y dos, doscientos setenta y uno, doscientos setenta y dos, todas de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno dieciocho quinientos. Punto Trifinio de Llegada. Será el que se describe como número seis, al mismo tiempo es mojón trifinio para los municipios de Suchitoto y San José Guayabal, ambos pertenecientes al departamento de Cuscatlán y Guazapa, perteneciente al departamento de San Salvador. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos dieciocho punto cero cuatro metros; Latitud igual, trescientos ocho mil cuarenta y seis punto veintisiete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Guazapa, parcela doscientos cincuenta y cinco, del sector cero seis cero seis R cero cinco; para el municipio de Suchitoto, parcela seiscientos cincuenta y dos (parte norte), de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno dieciocho quinientos; para el municipio de San José Guayabal, parcela seiscientos cincuenta y dos (parte sur), de hoja catastral cero siete trescientos setenta y uno dieciocho quinientos. Juvenal Leiva Mejía, Alcalde Municipal de Guazapa. José Armando Barrera Rivera, Síndico Municipal de Guazapa. Antonio Juan Javier Martínez Escobar, Alcalde Municipal de Suchitoto. Juan Pablo Ramírez Guerra, Síndico Municipal de Suchitoto. Dr. José Enrique Argumedo Casula, Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros. Ing. Rigoberto Ovidio Magaña Chavarría, Director del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional.

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 DECRETO No. 955 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que el 14 de diciembre de 2011, el Pleno Legislativo conoció la moción del Honorable Diputado Presidente de este Colegiado, Othon Sigfrido Reyes Morales, en el sentido se le conceda permiso para recibir la condecoración Orden al Mérito Cívico y Empresarial: "Mariscal Jorge Robledo", que le ha conferido la Honorable Asamblea Departamental de Antioquia de la República de Colombia, en reconocimiento a su trayectoria profesional y en su gestión en aras de la cooperación entre los pueblos de El Salvador y Colombia. II. Que de conformidad a lo establecido en el Ordinal 23º del Art. 131 de la Constitución, es procedente conceder el permiso solicitado. POR TANTO, en uso de su facultad constitucional establecida en el Art. 131, Ordinal 23º y a iniciativa del Diputado Presidente Othon Sigfrido Reyes Morales. DECRETA: Art. 1.- Concédese permiso al ciudadano salvadoreño y Presidente de la Asamblea Legislativa, Othon Sigfrido Reyes Morales, para aceptar la condecoración Orden al Mérito Cívico y Empresarial: "Mariscal Jorge Robledo", que le ha conferido la Honorable Asamblea Departamental de Antioquia de la República de Colombia. Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil once.- OTHON SIGFRIDO REYES MORALES CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRIMER VICEPRESIDENTE PRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ CUARTO VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN QUINTO VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA SEGUNDO SECRETARIO

13 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO TERCER SECRETARIO ROBERTO JOSÉ d'aubuisson MUNGUÍA CUARTO SECRETARIO QUINTA SECRETARIA VACANTE IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ SEXTA SECRETARIA MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO SÉPTIMO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. PUBLÍQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. HUGO ROGER MARTÍNEZ BONILLA, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.. DECRETO No LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que el 14 de diciembre de 2011, el Pleno Legislativo conoció la moción de la Diputada Jackeline Noemí Rivera Ávalos, en nombre del II. Director General de Protocolo y Órdenes, en el sentido se conceda permiso al Ministro de Relaciones Exteriores, Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla, para aceptar la Condecoración de la "Orden Vasco Núñez de Balboa", en el Grado de "Gran Cruz", que le ha conferido el Ilustre Gobierno de Panamá. Que de conformidad a lo establecido en el Ordinal 23º del Art. 131 de la Constitución, es procedente concederle el permiso solicitado. POR TANTO, en uso de su facultad constitucional establecida en el Art. 131, Ordinal 23º y a iniciativa de la Diputada Jackeline Noemí Rivera Ávalos. DECRETA: Art. 1.- Concédase permiso al ciudadano salvadoreño y Ministro de Relaciones Exteriores, Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla, para aceptar la Condecoración de la "Orden Vasco Núñez de Balboa", en el Grado de "Gran Cruz", que le ha conferido el Ilustre Gobierno de Panamá.

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. once. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO TERCER SECRETARIO QUINTA SECRETARIA VACANTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN QUINTO VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ CUARTO VICEPRESIDENTE CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA SEGUNDO SECRETARIO ROBERTO JOSÉ d'aubuisson MUNGUÍA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ SEXTA SECRETARIA MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO SÉPTIMO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. PUBLÍQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. HUGO ROGER MARTÍNEZ BONILLA, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.

15 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de DECRETO No LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que el 14 de diciembre de 2011, el Pleno Legislativo conoció la moción del Diputado Sigfrido Reyes Morales, en nombre del Director General de Protocolo y Órdenes, en el sentido se conceda permiso al Ministro de Relaciones Exteriores, Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla, para aceptar la Condecoración de la "Orden del Quetzal", en el Grado de "Gran Cruz", que le ha conferido el Ilustre Gobierno de Guatemala. II. Que de conformidad a lo establecido en el Ordinal 23 del Art. 131 de la Constitución, es procedente concederle el permiso solicitado. POR TANTO, en uso de su facultad constitucional establecida en el Art. 131, Ordinal 23 y a iniciativa del Diputado Sigfrido Reyes Morales. DECRETA: Art. 1.- Concédase permiso al ciudadano salvadoreño y Ministro de Relaciones Exteriores, Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla, para aceptar la Condecoración de la "Orden del Quetzal", en el Grado de "Gran Cruz", que le ha conferido el Ilustre Gobierno de Guatemala. Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil once. OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRESIDENTE CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO TERCER SECRETARIO QUINTA SECRETARIA QUINTO VICEPRESIDENTE CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA SEGUNDO SECRETARIO ROBERTO JOSÉ d'aubuisson MUNGUÍA CUARTO SECRETARIO IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ SEXTA SECRETARIA MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO SÉPTIMO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. PUBLÍQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. HUGO ROGER MARTINEZ BONILLA, Ministro de Relaciones Exteriores.

17 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACION 17 ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGELICA MUNDIAL MARANATHA. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Créase en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, la Iglesia Evangélica Mundial Maranatha, de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará IGLESIA EVANGELICA MUNDIAL MARANATHA, y que puede abreviarse I. E. M. M. Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La Iglesia Evangélica Mundial Maranatha se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II. FINES. Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán: a) Predicar la bendita palabra de Dios y ganar almas para Cristo. b) Formar Académicamente en el área de Teología a miembros creyentes y no creyentes. c) Que todos los miembros sigamos las enseñanzas dadas por nuestro señor y maestro Cristo Jesús. d) Fortalecer la unidad de todos los miembros en el cuerpo de Cristo. e) Servir en santidad a Dios y a todos los que lo necesiten. CAPITULO III. DE LOS MIEMBROS. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General. Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Iglesia. c) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia. Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Iglesia. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia. a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva, y estén de acuerdo con adoptar los presentes Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia. Art. 6.- La Iglesia Evangélica Mundial Maranatha, tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA. Art El gobierno de la Iglesia Evangélica Mundial Maranatha será ejercido por: a) La Asamblea General, y b) La Junta Directiva.

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Art La Asamblea General debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia, y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores. Art La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Iglesia. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Iglesia. c) Elaborar la Memoria Anual de labores de la Iglesia. Art La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales, en los que se requiera una mayoría diferente. Art Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto de su representado. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia. c) Aprobar, y/o modificar los Planes, Programas o Presupuesto Anual de la Iglesia. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación, de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia. g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art La dirección y administración de la Iglesia estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero, y dos Vocales. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de tres años, pudiendo ser reelectos. d) Promover la elaboración de Planes, Programas, Proyectos y Presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los comités o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Iglesia. g) Convocar a sesiones Ordinarias o Extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean de competencia de la Asamblea General. Art Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Tesorero, las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia. f) Velar por el principio fundamental de esta Iglesia; el cual es: Servir, apoyar y amar a los miembros y no miembros. g) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Art Son atribuciones del Secretario: Art La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Art El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar, será de tres miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. a) Llevar los libros de actas de sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia. c) Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas a la Iglesia.

19 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia. acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos, se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea General señale. Art Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Iglesia. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar. Art Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo 14 literal a) de estos Estatutos. CAPITULO VII. DEL PATRIMONIO. Art El patrimonio de la Iglesia estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquieran, y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. Los fondos de la Iglesia servirán única y exclusivamente para los fines de la misma y en ningún caso se podrán distribuir directa o indirectamente entre los miembros de la Iglesia. Art El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO VIII. DE LA DISOLUCION. Art No podrá disolverse la Iglesia Evangélica Mundial Maranatha, sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Art En caso de acordarse la disolución de la Iglesia Evangélica Mundial Maranatha, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas electas por la Asamblea General Extraordinaria que CAPITULO IX. DISPOSICIONES GENERALES. Art Para reformar o derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros de la Asamblea General convocada para tal efecto. Art La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros, y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una certificación del acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad. Art Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no comprendido en los Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art LA IGLESIA EVANGELICA MUNDIAL MARANA- THA, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO No. 169 San Salvador, 15 de agosto de Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGELICA MUNDIAL MARANATHA y que podrá abreviarse I.E.M.M., compuestos de TREINTA Y DOS ARTICULOS, fundada en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las ocho horas del día diecisiete de mayo del año dos mil once, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art. 34 numeral 6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquese en el Diario Oficial.- COMUNIQUESE.- EL MINISTRO DE GOBERNA- CION, GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS. (Registro No. F022678)

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACION ACUERDO No San Salvador, 27 de Mayo de 2011 EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó FRANCISCO ERNESTO PONCE BARAHONA, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Décimo Grado, realizados en el Turner High, Kansas City, Kansas, Estados Unidos de América en el año 2010, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 26 de Mayo de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Décimo Grado, obtenido por FRANCISCO ERNESTO PONCE BARAHONA, en el Turner High, Kansas City, Kansas, Estados Unidos de América. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Décimo Grado, cursados en el Turner High, Kansas City, Kansas, Estados Unidos de América, a FRANCISCO ERNESTO PONCE BARAHONA, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F022643) ACUERDO No San Salvador, 30 de Septiembre de 2011 EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó CARLOS AMIR SAADE ZELAYA, de nacionalidad salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Tercer Año de Secundaria, realizados en el Dublin Oak Academy, Wicklow, Irlanda en el año 2011, con los de Noveno Grado de nuestro país: II) Que según Resolución de fecha 22

21 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de de septiembre de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Tercer Año de Secundaria, obtenido por CARLOS AMIR SAADE ZELAYA, en el Dublin Oak Academy, Wicklow, Irlanda. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Tercer Año de Secundaria, cursados en el Dublin Oak Academy, Wicklow, Irlanda, a CARLOS AMIR SAADE ZELAYA, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Primer Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial, COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F022681) ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUS TI CIA ACUERDO No. 48-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha diecisiete de diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DENISSE PAMELA CAMPOS CUELLAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F022780) ACUERDO No. 994-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de septiembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha once de julio de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ISABEL CRISTINA ORTIZ SANTOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI- QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F022650)

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de septiembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha once de julio de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada VERONICA ESTHER RODRIGUEZ MELGAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F022652) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre de dos mil once.- El Tribunal con fecha veintinueve de agosto de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE ERNESTO VELASQUEZ MARTINEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F022637) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre de dos mil once.- El Tribunal con fecha quince de julio de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA CECILIA CORDOVA RUIZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI- QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F022705) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha seis de octubre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada GILMA TATIANA ALMAZAN RIVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU- NIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- L. C. DE AYALA G.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F024114) INSTITUCIONES AUTONOMAS SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES La SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES al público para efectos de Ley, HACE SABER: Que se emitió el acuerdo No. 696-E-2011 que en su parte resolutiva literalmente dice: En uso de sus facultades legales, de conformidad a los artículos 4, 5 literal a) de la Ley de Creación de la SIGET, 3 y 7 inciso 2 de la Ley General de Electricidad, esta Superintendencia,

23 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de ACUERDA: a) Ajustar la tasa por la actualización del Registro a CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$0.54) por cada megavatio hora generado o importado con fines comerciales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de renovación de su registro. b) La tasa ajustada por actualización del Registro que pagarán los operadores que importen o generen energía con fines comerciales, tiene vigencia desde el uno de diciembre de dos mil once hasta el treinta de noviembre de año dos mil doce. c) Publíquese el presente acuerdo. d) Notifíquese este acuerdo a todos los operadores inscritos en el Registro adscrito a la SIGET. L.E.M.M. Superintendente Rubricada. Es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser presentado en el Diario Oficial, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil once. LUIS EDUARDO MÉNDEZ M., SUPERINTENDENTE. (Registro No. F022777) La SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES al público para efectos de Ley, HACE SABER: Que se emitió el acuerdo No. 697-E-2011 que en su parte resolutiva literalmente dice En uso de sus facultades legales, de conformidad a los artículos 4, 5 literal a) de la Ley de Creación de la SIGET, 3, 103, 106, 108 y 109 de la Ley General de Electricidad, esta Superintendencia ACUERDA: a) Ajustar las multas para las infracciones graves a NUEVE MIL CINCUENTA Y SIETE 91/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 9,057.91) y las muy graves a NOVENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE 15/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 90,579.15). b) Ajustar las multas al usuario final que consuma energía eléctrica sin autorización del operador, o que incumpla con las condiciones contractuales a CIENTO OCHENTA Y UNO 16/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ ). c) Las multas ajustadas tendrán vigencia a partir del uno de diciembre del año dos mil once hasta el treinta de noviembre del año dos mil doce, las cuales deberán ser pagadas en dólares de los Estados Unidos de América. d) Publíquese el presente Acuerdo. L.E.M.M. Superintendente Rubricada. Es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser presentado en el Diario Oficial, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil once. LUIS EDUARDO MÉNDEZ M., SUPERINTENDENTE. (Registro No. F022779)

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 ALCALDÍAS MUNICIPALES ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL CASERIO MARADIAGA, CANTON CANDELARIA LEMPA, JURISDICCION DE SAN ILDEFONSO, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. CAPITULO UNO. DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO, FINES Y METAS. Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, Municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los Planes, Programas y Proyectos de interés social, cultural y económico y se denominará "Asociación de Desarrollo Comunal Caserío Maradiaga", Cantón Candelaria Lempa, Jurisdicción de San Ildefonso, Departamento de San Vicente, la cual podrá abreviarse "ADESCOMAR" que en los presentes Estatutos se llamará La Asociación. La cual adopta como símbolo dos círculos concéntricos bordeándolo en su alrededor con el nombre y domicilio de la Asociación, en su interior al lado derecho aparece una mata de maíz y al lado izquierdo una vaca, lo que representa el patrimonio agrícola y ganadero de la comunidad, y en el centro en la parte superior está situado un cerro que se encuentra en dicha comunidad, en la parte de abajo del círculo aparece una Escuela y el Pabellón Nacional que simbolizan la educación con que se conducirá la comunidad, en la parte inferior, en forma horizontal, aparece el Río Lempa, que se encuentra aledaño a la Comunidad Maradiaga, y en su base se encuentra la abreviatura ADESCOMAR con la que se identificará la Asociación Perforación de pozo e introducción de agua potable domiciliar. Introducción de energía eléctrica. Mejoramientos de caminos vecinales. Construcción de letrinas. Construcción de Casa Comunal. Proyecto de reforestación. Proyectos productivos. Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos 8. Programa de seguridad pública. previstos en Ordenanzas y Reglamentos Municipales, Ley del Desarrollo Comunal y estos Estatutos. Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Caserío Maradiaga, Cantón Candelaria Lempa, Jurisdicción de San Ildefonso, Departamento de San Vicente. c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal. d) Promover el Desarrollo de la comunidad conjuntamente con el Concejo Municipal, Organismos Gubernamentales y no Gubernamentales e Instituciones Autónomas, Organismos Internacionales privadas y/o personas jurídicas que participan en programas y proyectos de beneficio de las comunidades. Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por el Concejo Municipal de San Ildefonso, el desarrollo de hombres y mujeres es lo primero, procurando su formación integral, por medio de la Educación, la cultura, la economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización, factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las Instituciones Estatales, Empresas Privadas e Instituciones Internacionales. La Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo los siguientes Proyectos: 9. Programa de seguridad alimentaria. 10. Proyectos de alfabetización de adultos. 11. Introducción de alumbrado público. 12. Apoyo al centro escolar. 13. Apoyo en el área de salud. Art. 4.- Los fines de la Asociación son de carácter General: Son fines generales: a) La formación de hombres y mujeres en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal. b) Fomentar la solidaridad, cooperación, democracia y participación de sus miembros y todos los habitantes de la Comunidad Maradiaga. 14. Apoyo al deporte. CAPITULO DOS DE LOS SOCIOS Art. 6.-La calidad de los socios será: ACTIVOS, Y HONORARIOS.

25 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Todos deben ser mayores de dieciocho años. a) Son Socios Activos: Todas las personas que reúnan los requisitos para ser miembros de esta Asociación. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y Comité de Mujeres. b) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o a la comunidad. Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue. CAPITULO TRES DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION Art. 8.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General, la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y Comité de Mujeres. Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de Socios Activos, pudiendo haber representación de Socios; pero cada Socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados. Art La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública. En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, Art La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces un Vice-Presidente un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico y al año con intervalos de seis meses, y Extraordinariamente cuando sea seis Vocales. convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afiliados a la Asociación. Art La Junta Directiva fungirá por un período de tres años. Art En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las Asambleas Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria. Art La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria se hará por medio de circular dirigida a los Socios con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda; indicando lugar, día y hora, en que se celebrará la Asamblea General. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los Socios que concurran. En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieran. b) Destituir por causas justificadas, a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sustitutos, asimismo, retirar la calidad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o pierdan su calidad de Socios. c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea conveniente. d) Otorgar la calidad de Socio Honorario. e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y Comité de Mujeres. f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios. g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que se dictaren. h) Cumplir las disposiciones que determine el Concejo Municipal. CAPITULO CUATRO. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada treinta días, y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente o Presidenta; para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos seis de sus miembros, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad. SON ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art Funciones del Presidente: a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 b) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva. c) Firmar los documentos de pago de la Tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el Presupuesto Anual. d) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, y presentar los informes correspondientes. Art Funciones del Vice-Presidente: a) Colaborar en todas las funciones del Presidente. b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, ya sea temporal o definitivamente. c) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue. d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen. e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labores. f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presenten. Art Funciones del Secretario de Actas: a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General, en las que se haga constar las actuaciones de la Asociación. b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación. c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convocatorias para Asamblea General. Art Funciones del Tesorero: a) El Tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación. f) Elaborar el anteproyecto del Presupuesto Anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General. g) En todo caso los gatos serán autorizados con su firma. h) Los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia. i) Las firmas del Presidente, el Tesorero y el Secretario/a de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos. j) Responder solidariamente con el Presidente y Secretario por el patrimonio y los fondos de la Asociación. Art Son atribuciones del Síndico: a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el Presidente, previa autorización de la Junta Directiva. b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores. c) Asesorar a los Asociados conforme a lo establecido en las leyes vigentes y darles asistencia legal. d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación. Art Funciones de los Vocales: a) Sustituir a los miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia, muerte o impedimento. b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva. c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad; en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los Vocales quién debe desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión. DE LA JUNTA DE VIGILANCIA b) Llevar los libros de la contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación. c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión del estado económico de la misma. d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si los hubiere. e) Recolectar la cuota de los Asociados. Art La Junta de Vigilancia será electa en la Asamblea General Extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva, y se constituirá con tres miembros; el período de funciones de la Junta iniciará, y se concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva. Art Las funciones de la Junta de Vigilancia serán de controlar, tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncia de los Asociados contra la Junta Directiva.

27 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Una vez recibida una denuncia de la Junta de Vigilancia iniciará una investigación, el resultado de ésta, será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado. Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes: a) Por mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación. Art La Junta de Vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión Extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente. CAPITULO CINCO. PATRIMONIO DE LA ASOCIACION. Art El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) El monto de las contribuciones que aporten los Socios. b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asociación. c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas. d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos. Art De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el 5% para formar el Fondo de Reserva a fin de incrementar Art La Asociación podrá disolverse cuando las tres cuartas partes de los socios así lo dispongan en la Asamblea General, y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de desarrollo comunal, preferentemente en la comunidad del domicilio de la Asociación, mientras no se realice su inversión el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal jurisdiccional. b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva. c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación. d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación. e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma. Art Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporal o definitivamente según la gravedad del caso. La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General, y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por la Asamblea General. el capital bancario a nombre de la Asociación, la que llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresar todo incremento Art Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva o disminución del mismo, dichos libros deberán ser autorizados por el Alcalde o Alcaldesa de la ciudad de San Ildefonso. nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá. CAPITULO SEIS. DISOLUCION DE LA ASOCIACION. En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior, acordada que fuere ésta se nombrará a los sustitutos. Art En caso de que la Junta Directiva no proceda de conformidad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, por lo menos un número de cinco Asociados podrá pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva los siguientes: CAPITULO SIETE. PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS. Art Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por la mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos Municipales y estos Estatutos. a) El nombramiento dentro de los miembros, la comisión investigadora. b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la suspensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las informaciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros, y en la misma sesión eligirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos. Art De las resoluciones establecidas por la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse los recursos de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de notificación, de las resoluciones de la Asamblea General, no admitirá ningún recurso. CAPITULO OCHO. DISPOSICIONES GENERALES Art La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la encuentra el Acuerdo número III, en Acta número TRES, de la sesión elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. ACUERDO NUMERO TRES.- EL CONCEJO MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Caserío Maradiaga, "ADESCOMAR", la que consta de Art Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior, CUARENTA ARTICULOS y no habiendo encontrado en ellos ninguna las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en disposición contraria a las Leyes de la República, el orden público, ni a forma definitiva. las buenas costumbres, por lo que de conformidad con el artículo treinta, numeral veintitrés y ciento diecinueve del Código Municipal, este Concejo Municipal ACUERDA: Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el Art Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el plan de trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva Junta Directiva. Art La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea General, podrá acordar la entrega de reconocimientos a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad. Art Dentro del organigrama de las estructuras organizativas de esta Asociación debe de organizarse un Comité de Mujeres el cual estará integrado por siete mujeres, con el objetivo de fomentar la participación activa de las mujeres y así velar por los derechos de la igualdad de las mujeres. Los cargos de dicho comité serán los siguientes: Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria, Síndica, Tesorera y dos Vocales. Y el período de dicho Comité será de tres años al igual de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia. Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL. CERTIFICA: Que a las páginas 35 y 43 del Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Oficina llevó durante el año 2000, se del Concejo Municipal de fecha primero de febrero del año dos mil, que literalmente dice: carácter de PERSONALIDAD JURIDICA.- Certifíquese.- M. J. C. de M.//.- A. Solano//.- F. E. L.//.- Porfirio Martínez//.- J. L. Rivera//.- A. L. R. Sra.- RUBRICADAS. Es conforme con su original con el cual se confrontó. Alcaldía Municipal: San Ildefonso, tres de enero del año dos mil doce.- MARIA JULIA CONSTANZA DE CRUZ, ALCALDESA MUNICIPAL. MARIA ZOILA RIVAS BERRIOS, Art Un reglamento interno determinará la forma de dar cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será propuesto por la Junta Directiva a la Asamblea General para su aprobación. SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F022727)

29 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN 29 ACEPTACIÓN DE HERENCIA EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante MIGUEL ANTONIO GÁMEZ CHICAS, quien fue de treinta años de edad, Empleado, salvadoreño, originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, y del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador, hijo de María Vicenta Chicas Ramos conocida por María Vicenta Chicas de Gámez y Pastor Gámez Pineda, quien falleció el día cuatro de julio de dos mil nueve. De parte de los señores MARÍA VICENTA CHICAS RAMOS CONOCIDA POR MARÍA VICENTA CHICAS DE GÁMEZ y PASTOR GÁMEZ PINEDA, en sus calidades de padres sobrevivientes del causante ACEPTACION DE HERENCIA a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento, Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias de San Salvador, a las quince horas del día cuatro de noviembre de dos de Aceptación de Herencia Intestada, promovidas por la Licenciada mil once.- LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUIN- SANDRA MARITZA SERRANO BARAHONA, Defensora Pública de TO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.- LICDA. Derechos Reales y Personales de la Procuraduría General de la República, CARMEN ELENA AREVALO GAMEZ, SECRETARIA. en representación del señor RAUL MARIO DIAZ CAÑAS conocido por MARIO DIAZ ECHEVERRIA y RAUL MARIO DIAZ ECHEVERRIA, y que por resolución de las diez horas del día cuatro de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante MARIO ADALBERTO DIAZ GONZALEZ, quien fue de veintinueve años de edad, soltero, ayudante de mecánico, originario de San Juan Tepezontes, departamento de La Paz, de nacionalidad salvadoreña, hijo de RAUL MARIO DIAZ CAÑAS conocido por MARIO DIAZ ECHEVERRIA y RAUL MARIO DIAZ ECHEVERRIA, y de María Telma González, ya fallecida, siendo el último domicilio del causante San Salvador, fallecido en esta ciudad el día tres de abril del año dos mil ocho; por parte de su padre RAUL MARIO DIAZ CAÑAS conocido por MARIO DIAZ ECHEVERRIA y RAUL MARIO DIAZ ECHEVERRIA, de sesenta y cinco años de edad, empleado, del domicilio de esta ciudad, a quien de conformidad al Art del Código Civil se le confirió la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así mismo en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho DE SEGUNDA PUBLICACIÓN MIGUEL ANTONIO GÁMEZ CHICAS, representado judicialmente por su Defensor Público Licenciada GLORIA MARGARITA RUIZ LÓPEZ, conocida por GLORIA MARGARITA RUIZ DE CANJURA. Se ha conferido al aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas y veinte minutos del día trece de diciembre de dos mil once.- Lic. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No Of. 3 v. alt. No. 5-2 EL INFRASCRITO JUEZ DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHUA- CHAPÁN: DR. JULIO CESAR FLORES. HACE SABER: Que por resolución pronunciada con fecha de las diez horas con nueve minutos del día treinta de noviembre del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las veintitrés horas con cuarenta y tres minutos del día veintidós de junio del año mil novecientos noventa y ocho, en el Hospital San Rafael de la ciudad de Santa Tecla, siendo su último domicilio el Municipio de Guaymango, departamento de Ahuachapán, herencia que dejó el señor BALVIN BENJAMIN TORRES SURIANO, de parte de los señores: MIGUEL ÁNGEL SURIANO TORRES y JUANA TORRES GONZALEZ, en calidad de padres sobrevivientes del causante.

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Y se ha nombrado interinamente a los aceptantes, representantes y administradores de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las diez horas con diez minutos del día treinta de noviembre del año dos mil once.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No. 6-2 MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDÍCIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN ANGEL REYES o JUAN ANGEL REYES LOPEZ, ocurrida el día tres de marzo del año dos mil nueve, en el Hospital Nacional de esta Ciudad, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora MARIA DOLORES REYES LOPEZ, en su carácter de hermana del referido causante. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho. Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas y diez minutos el día once de octubre del año dos mil once.- LIC. MA- NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No. 7-2 SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, promovidas por la Licenciada SANDRA MARITZA SERRANO BARAHONA, en su calidad de Defensora Público de Derechos Reales y Personales, actuando en representación de la señora HILDA CONSUELO MARTÍNEZ conocida por HILDA CONSUELO MARTÍNEZ DE PÉREZ, y que por resolución de las ocho horas del día veinticinco de noviembre de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante LUIS HUMBERTO LÓPEZ MARTÍNEZ, quien fue de cincuenta y tres años de edad, soltero, salvadoreño, hijo de EULALIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ y de HUMBERTO LÓPEZ, siendo su último domicilio el de San Salvador, fallecido el día catorce de agosto de dos mil diez; al haber tenido por aceptada la Herencia Intestada por parte de la señora HILDA CONSUELO MARTÍNEZ conocida por HILDA CONSUELO MARTÍNEZ DE PÉREZ, en su calidad de hermana del causante, a quien de conformidad al art del Código Civil, se le confirió la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así mismo, en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos. Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las nueve horas del día veinticinco de noviembre de dos mil once.- DR. SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.- LICDA. GABRIELA CAROLINA PALACIOS CRISTALES, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No. 8-2 LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN- TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cincuenta y tres minutos del día quince de noviembre del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ HERNÁN MERCADO LÓPEZ, quien fue de treinta años de edad, empleado, soltero, fallecido a las veintiún horas veinte minutos, del día dieciocho de mayo del presente año, en Calle Antigua a Soyapango, conocida como Agua Caliente, frente a casa número ciento noventa y dos - C, San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de El Congo, Departamento de Santa Ana, por parte de los señores GLORIA YOLANDA ALFARO ESCOBAR, como representante legal del menor JOSÉ EMMANUEL MERCADO ALFARO, DOLORES PÉREZ LÓPEZ, FLORENCIO MERCADO FIGUEROA, y RUTH ETELVINA MEJÍA HENRÍQUEZ, como representante legal de la menor KATHERINE DAYANA MER- CADO MEJÍA, representados judicialmente por la Licenciada ELSIE KARINA MONTES PINEDA, confiriéndoseles INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley comparezcan a este Juzgado a deducirlo. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, quince de noviembre del año dos mil once.- LIC. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA- RIO. Of. 3 v. alt. No. 9-2

31 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de TITULOS SUPLETORIOS LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS. DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince horas del día nueve de noviembre del año dos mil once.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora MARTINA HERNANDEZ MARTINEZ VIUDA DE ROMERO, de treinta y nueve años de edad, de Oficios Domésticos Viuda, Salvadoreña, originaria de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel y Residente en Cantón San Marcos, Caserío La Chorrera, Municipio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel; por medio de la Licenciada GILMA YOLANDA VÁSQUEZ SÁNCHEZ, en carácter de Defensora Pública de Derechos Reales y personales; solicitándolo a su favor TITULO SUPLETORIO de dos terrenos de naturaleza rústica, situados en Cantón San Marcos. Caserío La Chorrera, Municipio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel. EL PRIMERO de la capacidad superficial de TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA METROS CON NOVENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: sesenta y un metros con veinte centímetros colinda con la propiedad de la señora Santana Aguilar. cerco de piña, una parte de la colindante y otra parte de la solicitante; AL ORIENTE: Setenta metros con sesenta y un centímetros, colinda con las propiedades de los señores Ernesto Martínez, René Martínez, cerco de piña medianero una parte de los colindantes y otra de la solicitante: AL SUR: ciento cuatro metros con cincuenta y ocho centímetros, colinda con la propiedad del señor Santos Guevara, cerco de piña y alambre de la solicitante; y AL PONIENTE: Ciento doce metros con cincuenta y siete centímetros, colinda con la propiedad de Santón Guevara. cerco de piña de la solicitante y calle de por medio. EL SEGUNDO: de la capacidad superficial de DOSCIENTOS VEINTIUN METROS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRA- DOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: dieciocho metros con veintidós centímetros colinda con la Propiedad del señor René Martínez, cerco medianero de piñas piedras y palmas de coyol y quebrada de por medio, AL ORIENTE: veinticinco metros con sesenta y tres centímetros, colinda con la propiedad de la señora Estebana Martínez, cerco de piña de la colindante y callejón de por medio, AL SUR: nueve metros con cuarenta y un centímetros, colinda con la propiedad de la señora Estebana Martínez, callejón de por medio, AL PONIENTE: treinta metros con cuarenta y dos centímetros, colinda con la propiedad de la señora Bacilia Romero, cerco de piña medianero. Inmuebles que adquirió por Compra Verbal que le hizo a la señora ESTEBANA MARTINEZ, y los valúa, el primero en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA: y el segundo en la cantidad de MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Of. 3 v. alt. No LIC. JOAQUIN HUMBERTO PADILLA BONILLA, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA INTO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER; Que en este Juzgado se ha presentado la Licenciada ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, de cuarenta y siete años de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, solicitando a nombre del Estado de El Salvador, en el ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar llamado Almendro Mocho, del Cantón Potrerillos del Municipio de Nombre de Jesús, de una extensión superficial de TRES MIL NOVECIENTOS CINCO PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO SESENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, dicha porción de terreno es identificada en el proyecto como parcela número TREINTA Y UNO DEL SEGMENTO VEINTIUNO; y cuya descripción técnica se describe así: Partiendo del estacionamiento dos más cero cincuenta y uno punto cero cuatro; sobre el eje proyectado de la "CONSTRUCCION DE LA CARRETERA CA - CERO TRES, TRAMOS TRES Y CUATRO: PUENTE SOBRE EL RIO LEMPA EN NOMBRE DE JESUS", y con un rumbo Sur cero cinco grados veintinueve minutos cero nueve segundos Este, se miden ocho punto treinta y dos metros, para llegar al vértice Nor Poniente uno de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado Norte: Línea uno-dos: tramo recto de once punto sesenta y siete metros con rumbo Norte setenta y ocho grados cincuenta y seis minutos cuarenta y cinco segundos Este. Línea dos-tres: tramo recto de veinticuatro punto veintiséis metros con rumbo Norte ochenta y un grados treinta y siete minutos treinta y siete segundos Este. Línea tres-cuatro: tramo recto de nueve punto setenta metros con rumbo Norte ochenta y un grados treinta y seis minutos diecisiete segundos Este. Línea cuatro-cinco: tramo recto de tres punto veinticuatro metros con rumbo Norte ochenta grados cuarenta y cinco minutos cero un segundos Este. Línea cinco-seis: tramo recto de cincuenta y seis punto cincuenta y seis metros con rumbo Norte setenta y siete grados cuarenta y cuatro minutos quince segundos Este, colindando con terreno propiedad de MARCOS PORTILLO VIUDA DE SERRANO, con calle existente de por medio que viene de Potrerillos. Lado Oriente: Línea seis-siete: tramo recto de cinco punto cero dos metros

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 con rumbo Sur diez grados cero ocho minutos cero siete segundos Este. Línea siete-ocho: tramo recto de diez punto cero cinco metros con rumbo Sur setenta y un grados cincuenta y cinco minutos once segundos Oeste. Línea ocho-nueve: tramo recto de siete punto sesenta y siete metros con rumbo Sur sesenta y tres grados cincuenta y un minutos cuarenta y ocho segundos Oeste. Línea nueve-diez: tramo recto de ocho punto cero seis metros con rumbo Sur dieciséis grados cuarenta y dos minutos veintiún segundos Oeste. Línea diez-once: tramo recto de nueve punto cuarenta y tres metros con rumbo Sur cuarenta y cuatro grados diecinueve minutos treinta y tres segundos Este. Línea once-doce: tramo recto de doce punto veintiocho metros con rumbo Sur cuarenta y ocho grados diecisiete minutos catorce segundos Este. Línea doce-trece: tramo recto de quince punto noventa y seis metros con rumbo Sur treinta y nueve grados veinticinco minutos cuarenta segundos Este. Línea trece-catorce: tramo recto de dieciséis punto cincuenta y siete metros con rumbo Sur treinta y un grados cuarenta minutos veinte segundos Oeste. Línea catorce-quince: tramo recto de ochenta y seis punto treinta metros con rumbo Sur treinta y un grados quince minutos cero cuatro segundos Este, colindando con resto del inmueble general del cual se segrega la porción que se describe, propiedad de MARIA PRICILIA HERNANDEZ DE MARTINEZ. Lado Sur: Línea quince-dieciséis: tramo recto de cero punto cincuenta y cuatro metros con rumbo Sur cero ocho grados veintiséis minutos cuarenta y un segundos Oeste. Línea dieciséis-diecisiete: tramo recto de siete punto veintiún metros con rumbo Sur diecinueve grados treinta y dos minutos cincuenta y cinco segundos Oeste. Línea diecisiete-dieciocho: tramo recto de seis punto cincuenta metros con rumbo Sur cuarenta y seis grados cincuenta y cinco minutos cincuenta segundos Oeste, colindando con terreno propiedad de CARLOS ALBERTO DE PAZ URIAS, con Río Lempa de por medio. Lado Poniente: Línea dieciocho-diecinueve: tramo recto de noventa y dos punto sesenta y tres metros con rumbo Norte treinta y un grados quince minutos cero cuatro segundos Oeste. Línea diecinueve-veinte: tramo recto de dieciséis punto setenta y tres metros con rumbo Sur ochenta y cinco grados veintidós minutos treinta y dos segundos Oeste. Línea veinte-veintiuno: tramo recto de diez punto setenta y dos metros con rumbo Norte veintisiete grados veintiún minutos veinticuatro segundos Oeste. Línea veintiuno-veintidós: tramo recto de cinco punto cero cuatro metros con rumbo Norte veinticinco grados trece minutos veinticinco segundos Oeste. Línea veintidós-veintitrés: tramo recto de siete punto ochenta y nueve metros con rumbo Norte veintidós grados veintinueve minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste. Línea veintitrés-veinticuatro: tramo recto de siete punto setenta metros con rumbo Norte veintinueve grados cuarenta y un minutos catorce segundos Oeste. Línea veinticuatro-veinticinco: tramo recto de siete punto setenta y siete metros con rumbo Norte treinta y nueve grados cincuenta minutos cuarenta y cuatro segundos Oeste. Línea veinticinco-veintiséis: tramo recto de cuatro punto cero seis metros con rumbo Norte cincuenta y cinco grados cuarenta y nueve minutos diez segundos Oeste. Línea veintiséisveintisiete: tramo recto de cuatro punto cuarenta metros con rumbo Norte treinta y siete grados veinticuatro minutos cero cuatro segundos Oeste. Línea veintisiete-veintiocho: tramo recto de tres punto ochenta y ocho metros con rumbo Norte sesenta grados cuarenta y seis minutos veintiún segundos Oeste. Línea veintiocho-veintinueve: tramo recto de ocho punto diez metros con rumbo Norte setenta y un grados veintinueve minutos cero dos segundos Oeste. Línea veintinueve-treinta: tramo recto de doce punto treinta y siete metros con rumbo Norte ochenta grados cero cinco minutos cuarenta y siete segundos Oeste. Línea treinta-treinta y uno: tramo recto de ocho punto cero ocho metros con rumbo Norte ochenta y siete grados cero nueve minutos cincuenta y seis segundos Oeste. Línea treinta y uno-treinta y dos: tramo recto de cinco punto treinta y siete metros con rumbo Norte ochenta y un grados dieciocho minutos treinta y cinco segundos Oeste. Línea treinta y dos-treinta y tres: tramo recto de diez punto cincuenta y un metros con rumbo Sur setenta y cinco grados veinticinco minutos cuarenta y tres segundos Oeste. Línea treinta y tres-uno: tramo recto de cinco punto veintiocho metros con rumbo Norte cuarenta y siete grados cincuenta y cuatro minutos veintiocho segundos Oeste, colindando con resto del inmueble general del cual se segrega la porción que se describe, propiedad de MARIA PRICILIA HERNANDEZ DE MARTINEZ. Llegando con esta última distancia y rumbo al vértice uno donde se inició esta descripción. El inmueble antes descrito no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, ni es inscribible por no tener antecedente inscrito, y el cual fue adquirido por el Estado de El Salvador para el Derecho de Vía del Proyecto: "CONSTRUCCION DE LA CARRE- TERA CA - CERO TRES, TRAMOS TRES Y CUATRO: PUENTE SOBRE EL RIO LEMPA EN NOMBRE DE JESUS", del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, y de Vivienda y Desarrollo Urbano, por medio de COMPRA-VENTA efectuada a la señora MARIA PRICILA HERNANDEZ DE MARTINEZ, del domicilio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, quien es actual poseedora del inmueble antes descrito, por más de diez años, y dicho inmueble no es predio sirviente, ni dominante, no tiene carga ni derechos reales que respetar, ni está en proindivisión con persona alguna y fue adquirido por posesión de buena fe por el Estado de El Salvador en el Ramo de Obras Públicas, Transporte, y de Vivienda y Desarrollo Urbano, el cual se valora en la cantidad de SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez del día ocho de Diciembre del dos mil once.- Lic. JOAQUIN HUMBERTO PADILLA BONILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA.- Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No. 11-2

33 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA grados treinta y seis minutos cuarenta y tres segundos Este. Línea DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- TRECE-CATORCE: tramo recto de dos punto cincuenta y ocho metros PARTAMENTO DE MORAZAN, LICENCIADO JORGE ALBERTO con rumbo Norte veintisiete grados cuarenta y ocho minutos veintiún GUZMÁN URQUILLA, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY, segundos Este. Línea CATORCE-QUINCE: tramo recto de uno punto veintiún metros con rumbo Norte veintitrés grados cero nueve minutos diecinueve segundos Este. Línea QUINCE-DIECISEIS: tramo recto de HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, como Agente Auxiliar del dos punto cincuenta y tres metros con rumbo Norte veintiséis grados cincuenta y siete minutos cincuenta y nueve segundos Oeste. Línea señor Fiscal General de la República, en representación del Estado de DIECISEIS-DIECISIETE: tramo recto de dos punto cero cinco metros El Salvador, a través del Ministerio de Obras Públicas, a solicitar a su con rumbo Norte veinticuatro grados veintidós minutos cuarenta y ocho favor Título Supletorio de un terreno de Naturaleza rústica, situado en segundos Oeste. Línea DIECISIETE-DIECIOCHO: tramo recto de dos el Cantón Potrerillo, Jurisdicción de San Simón, Distrito de Osicala, punto cero cinco metros con rumbo Norte veintiún grados cuarenta y Departamento de Morazán, que se describe así: Partiendo del estacionamiento CUATRO MAS CIENTO SETENTA Y UNO PUNTO SEtres minutos cuarenta y seis segundos Oeste. Línea DIECIOCHO- DIECINUEVE: tramo recto de dos punto cero cuatro metros con rumbo SENTA Y TRES sobre el eje del Proyecto: DISEÑO/CONSTRUCCION Norte diecinueve grados cero cuatro minutos cuarenta segundos Oeste. DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO: Línea DIECINUEVE-VEINTE: tramo recto de cuatro punto cero tres DESVIO CIUDAD BARRIOS - OSICALA Y DELICIAS DE CONmetros con rumbo Norte diecisiete grados cero cero minutos cuarenta y CEPCION - CACAOPERA, y con un rumbo Norte cuarenta y ocho dos segundos Oeste. Línea VEINTE-VEINTIUNO: tramo recto de grados cincuenta y dos minutos cuarenta y dos segundos Oeste, se miden cuatro punto cero un metros con rumbo Norte dieciséis grados cincuenta y siete minutos cero cero segundos Oeste. Línea VEINTIUNO- veinticuatro punto diez metros, para llegar al vértice Sur Poniente UNO de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado Poniente: VEINTIDOS: tramo recto de cuatro punto cero un metros con rumbo Línea UNO- DOS: tramo recto de uno punto sesenta y cinco metros con Norte dieciséis grados cincuenta y siete minutos cero cero segundos rumbo Norte cuarenta y nueve grados veintiséis minutos cuarenta y Oeste. Línea VEINTIDOS-VEINTITRES: tramo recto de cuatro punto cinco segundos Este. Línea DOS-TRES: tramo recto de dos punto cincuenta y un metros con rumbo Sur treinta y nueve grados veinte minu- cero ocho metros con rumbo Norte diecisiete grados diecinueve minutos cincuenta segundos Oeste. Línea VEINTITRES-VEINTICUATRO: tos doce segundos Este. Línea TRES-CUATRO: tramo recto de uno tramo recto de dos punto cero ocho metros con rumbo Norte veinte punto setenta y seis metros con rumbo Sur cuarenta y cuatro grados grados cincuenta y dos minutos cincuenta segundos Oeste. Línea cuarenta minutos cuarenta y tres segundos Este. Línea CUATRO- VEINTICUATRO-VEINTICINCO: tramo recto de dos punto trece CINCO: tramo recto de uno punto setenta y cinco metros con rumbo metros con rumbo Norte dieciocho grados cincuenta y nueve minutos Sur cincuenta y un grados cero nueve minutos cuarenta y un segundos cero dos segundos Oeste. Línea VEINTICINCO-VEINTISEIS: tramo Este. Línea CINCO-SEIS: tramo recto de uno punto setenta y ocho recto de cuatro punto diez metros con rumbo Norte quince grados cincuenta y dos minutos veinte segundos Oeste. Línea VEINTISEIS- metros con rumbo Sur cincuenta y seis grados doce minutos veintisiete segundos Este. Línea SEIS-SIETE: tramo recto de uno punto setenta y VEINTISIETE: tramo recto de cuatro punto cero dos metros con rumbo nueve metros con rumbo Sur cincuenta y ocho grados cincuenta minutos treinta y ocho segundos Este. Línea SIETE-OCHO: tramo recto de Norte catorce grados veintiún minutos veinte segundos Oeste. Línea VEINTISIETE-VEINTIOCHO: tramo recto de dos punto cero cero uno punto setenta y siete metros con rumbo Sur sesenta y un grados metros con rumbo Norte trece grados cincuenta minutos veintitrés segundos Oeste. Línea VEINTIOCHO- VEINTINUEVE: tramo recto de veintiséis minutos trece segundos Este. Línea OCHO-NUEVE: tramo recto de uno punto noventa y dos metros con rumbo Sur sesenta y cuatro grados cero cuatro minutos cincuenta y dos segundos Este. Línea cuatro punto cero un metros con rumbo Norte trece grados treinta y dos minutos cero cuatro segundos Oeste, colindando con resto del inmueble NUEVE-DIEZ: tramo recto de uno punto sesenta y seis metros con general del cual se segrega la porción que se describe propiedad de rumbo Sur setenta y tres grados cero ocho minutos veintiocho segundos CANDIDA GARCIA. Lado Norte: Línea VEINTINUEVE-TREINTA: Este. Línea DIEZ-ONCE: tramo recto de uno punto veintiún metros con tramo recto de dos punto cero siete metros con rumbo Norte setenta y rumbo Norte ochenta y seis grados veintinueve minutos treinta y seis seis grados cero cinco minutos cero un segundos Este, colindando con segundos Este. Línea ONCE-DOCE: tramo recto de cuatro punto treinta y nueve metros con rumbo Norte cincuenta grados veintiséis minutos resto del inmueble general del cual se segrega la porción que se describe propiedad de CANDIDA GARCIA. Lado Oriente: Línea TREINTAcincuenta y un segundos Este. Línea DOCE-TRECE: tramo recto de TREINTA Y UNO: tramo recto de quince punto cincuenta y dos metros nueve punto cincuenta y nueve metros con rumbo Norte treinta y nueve con rumbo Sur trece grados cincuenta y cuatro minutos cincuenta y

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 nueve segundos Este. Línea TREINTA Y UNO- TREINTA Y DOS: tramo recto de treinta punto doce metros con rumbo Sur dieciocho grados cero cero minutos veintiún segundos Este, colindando con terreno propiedad de CONCEPCION DOLORES FUENTES VIUDA DE ESCOBAR, con calle que conduce a caserío Matazano. Línea TREIN- TA Y DOS-TREINTA Y TRES: tramo recto de uno punto noventa y dos metros con rumbo Sur catorce grados cero nueve minutos quince segundos Este, colindando con terreno propiedad de ESTADO Y GO- BIERNO DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, con calle de por medio que de Ciudad Barrios conduce a Osicala. Lado Sur: Línea TREINTA Y TRES- TREINTA Y CUATRO: tramo recto de cuatro punto cero dos metros con rumbo Sur treinta y tres grados treinta y tres minutos cuarenta y dos segundos Oeste. Línea TREINTA Y CUATRO- TREINTA Y CINCO: tramo recto de diez punto cuarenta y dos metros con rumbo Sur cuarenta y cinco grados veintisiete minutos veintidós segundos Oeste. Línea TREINTA Y CINCO- TREINTA Y SEIS: tramo recto de tres punto cuarenta y cuatro metros con rumbo Sur ochenta y siete grados veinte minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, colindando con terreno propiedad de YUDIT CELINA MONRROY DE FUENTES, con calle de por medio que de Ciudad Barrios conduce a Osicala. Línea TREIN- República, solicitando a su favor TITULO SUPLETORIO, sobre un TA Y SEIS- TREINTA Y SIETE: tramo recto de cinco punto treinta y siete metros con rumbo Norte ochenta grados veintiocho minutos treinta y cinco segundos Oeste. Línea TREINTA Y SIETE- TREINTA Y OCHO: tramo recto de siete punto treinta y dos metros con rumbo Y OCHO METROS CON DOS CENTIMETROS CUADRADOS, de las Norte cincuenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos cincuenta y nueve segundos Oeste. Línea TREINTA Y OCHO- UNO: tramo recto de cinco punto veintidós metros con rumbo Norte cuarenta grados cerco de piedra propio del solicitante; AL SUR: doce metros con Treinta treinta y tres minutos quince segundos Oeste, colindando con terreno propiedad de FRANCISCA ORTIZ DE ALVARADO, con calle que conduce a Iglesia Católica Cantón El Carrizal, llegando con esta última distancia y rumbo al vértice UNO donde se inició esta descripción. La extensión superficial de la porción de terreno antes descrita servirá para el derecho de vía del proyecto "DISEÑO/CONSTRUCCION DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO: DESVIO del solicitante.- Dicho inmueble fue adquirido por compra venta verbal CIUDAD BARRIOS - OSICALA Y DELICIAS DE CONCEPCION - CACAOPERA", dicha porción de terreno está identificada en el proyecto como parcela número TREINTA Y SIETE-B, de un área de CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO SESENTA Y DOS VARAS CUADRADAS. Dicha porción fue adquirida por el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, por medio de COMPRA-VENTA efectuada a la señora CANDIDA GARCIA, en el precio de TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO SE- TENTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Morazán, a las quince horas y quince minutos del día uno de Diciembre del Dos Mil Once.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor ABDALY GUEVARA MARTINEZ, de treinta y dos años de edad, soltero, agricultor en pequeño, salvadoreño, originario y residente en Cantón San Diego, Municipio de San Antonio del Mosco, departamento de San Miguel, por medio de la Licda. FRIDA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en su carácter de Defensora Pública de Derechos Reales y Personales en representación de la señora Procuradora General de la terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Diego, Caserío La Laguna del Municipio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de DOSCIENTOS OCHENTA medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide doce metros con ochenta centímetros, colindando con el señor DIONICIO VASQUEZ, centímetros, colindando con MATIAS CHICAS y SANTOS MARTINEZ, existe cerco de piedra propio del solicitante y calle de por medio; AL ORIENTE, mide veintiún metros con setenta y dos centímetros, colinda con DIONICIO VASQUEZ, cerco de piedra propio del solicitante y AL PONIENTE: mide veinticuatro metros con dieciocho centímetros, colindando con JOSE DESPOSORIO CABALLERO, cerco de piedra propio que le hiciera el titulante a la señora CECILIA VASQUEZ DE DIAZ, en el ario dos mil cinco; y lo valúa en la cantidad de QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las doce horas y treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil once.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No. 13-2

35 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACIÓN 35 DECLARATORIA DE HERENCIA ARMANDO ENRIQUE MORAN ALEMAN, Notario, de este domicilio, con oficina en Cuarta Avenida Sur entre Diecisiete y Diecinueve Calle Poniente, número seis A, Santa Ana. HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL, Notario, del domicilio de Masahuat, Departamento de Santa Ana. HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas de este día, se ha declarado al señor OSCAR ANTONIO ACOSTA MAN- ZANO, Heredero Definitivo con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora CARMEN DE JESÚS MANZANO VIUDA DE ACOSTA conocida por CARMEN DE JESÚS MANZANO, y quien falleció el día veintiuno de octubre del año dos mil diez, en la población de Masahuat, de este departamento, siendo éste su último domicilio; concediéndosele la representación y administración definitiva de la sucesión. Aviso al público para los efectos de ley. Librado en oficina Notarial ubicada en Barrio El Centro, de la Población de Santa Rosa Guachipilín, Departamento de Santa Ana, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil once. LIC. HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL, NOTARIO. 1 v. No. C HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL, Notario, del domicilio de Masahuat, Departamento de Santa Ana. HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas de este día, se ha declarado al señor CARLOS ALFREDO MIRA, Heredero Definitivo con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora ISABEL MIRA DE GUERRA, fallecida el día dieciocho de julio del año mil siete, en la Ciudad de Metapán, Departamento de Santa Ana, siendo éste su último domicilio; concediéndosele la representación y administración definitiva de la sucesión. Aviso al público para los efectos de ley. Librado en oficina Notarial ubicada en Barrio El Centro, de la Población de Santa Rosa Guachipilín, Departamento de Santa Ana, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil once. LIC. HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL, NOTARIO. 1 v. No. C HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las doce horas y cuarenta minutos del día dos de enero de dos mil doce, se ha declarado a la señora ANA ELIZABETH LEMUS DE PEREZ, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción, ocurriera en colonia Zacamil, de la ciudad de San Salvador, el día dieciséis de agosto del año de mil novecientos ochenta y seis, a cinco horas treinta minutos, a consecuencia de CUX PULMUNAR CRINICO, siendo San Salvador, su último domicilio, dejó la señora MARIA DOLORES AMANDA ARTIGA, quien fue conocida por AMANDA ARTIGA, MARIA DOLORES ATIGA y por DOLORES AMANDA ARTIGA, en su concepto de hija y por ende Heredera Abintestato de la referida causante; habiéndosele concedido la Administración y Representación Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se le avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la oficina del notario ARMANDO ENRIQUE MORAN ALEMAN, Santa Ana, dos de enero de dos mil doce. ARMANDO ENRIQUE MORAN ALEMAN, NOTARIO. 1 v. No. C GILBERTO RIVAS HERRERA, Notario, de este domicilio, con Oficina Profesional situada en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Edificio Viena, Local Once, Centro de Gobierno, al público. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, en esta ciudad, a las diez horas del día veintiocho de diciembre del año dos mil once, se han declarado a los señores ESTEBAN ORELLANA CRUZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente; y ELIGIA ELIZABETH; LILIAN GEANNINE y KRISSYA LIZBETH, todas de apellidos ORELLANA ZUNIGA, en su calidad e hijas legítimas de la causante, herederos definitivos Ab-Intestato con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunción dejó la señora LILIAN ELIZABETH ZUNIGA DE ORELLANA, fallecida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las cuatro horas del día veintidós de agosto del año dos mil once, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, y se les ha conferido a dichos herederos la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Lo anterior se hace saber al público por el presente y único aviso para los efectos de Ley.- Librado en mi Oficina Profesional, San Salvador, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. inventario, la Herencia Intestada que a su defunción en Zacatecoluca, Departamento de La Paz, su último domicilio, el día treinta de octubre del dos mil once, dejó el señor FERNANDO DIAZ AYALA, de parte de la señora MARIA JULIA DIAZ DE PINEDA, en concepto de hermana del causante.- GILBERTO RIVAS HERRERA, NOTARIO. 1 v. No. F RENE RIGOBERTO RIVERA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica, en Trece Calle Poniente, Condominio Centro de Gobierno, Local Trece, en esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución de las dieciocho horas de este mismo día, se ha declarado heredera definitiva y con beneficio de inventario, de la Herencia Intestada que dejó el señor MIGUEL ANGEL MEDRANO, conocido por MIGUEL ANGEL MEDRANO RAMIREZ, fallecido el día veintitrés de mayo del presente año, en el Hospital Pro-Familia de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a la señora MARIA CRISTINA BA- RRIOS DE MEDRANO, conocida por MARIA CRISTINA BARRIOS RIVERA, y por MARIA CRISTINA RIVERA BARRIOS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto le correspondían a los señores ANA ISABEL MEDRANO BARRIOS y MIGUEL ANGEL MEDRANO RIVERA, en sus calidades de hijos del causante; y se le ha conferido a la aceptante la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.- San Salvador, treinta y uno de diciembre del año dos mil once. LIC. RENE RIGOBERTO RIVERA HERNANDEZ, NOTARIO. Se le ha conferido a la aceptante, la Administración y Representación Definitiva de la sucesión. mil once. Librado en San Salvador, veintinueve de diciembre del año dos LIC. JAIME BENJAMIN TRABANINO LLOBELL, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, de este domicilio, con oficina profesional. ubicada en Cuarta Calle Oriente, número dieciocho, de esta ciudad, al público. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas de este mismo día, se ha declarado al señor FRANCISCO ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Heredero Definitivo Intestado con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida a las veintiún horas con treinta minutos del día tres de junio del presente año, en Barrio El Centro, Sexta Calle Poniente, casa número veintidós, de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, dejó el señor FRANCISCO ALBERTO RODRIGUEZ DURAN, en su concepto de hijo legítimo sobreviviente del de cujus, habiéndosele concedido la representación y administración definitiva intestada de la referida sucesión.- Librado en la ciudad de Aguilares, a treinta días del mes de diciembre del año dos mil once. LIC. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F JAIME BENJAMIN TRABANINO LLOBELL, Notario, de este domicilio, con oficina instalada en Boulevard Tutunichapa, Avenida Doctor Emilio Álvarez, Condominio Centro Profesional San Francisco, segunda Planta local número once, de esta Ciudad. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito, a las nueve horas del día veintinueve del mes de diciembre del año dos mii once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de JAIME ERNESTO QUINTANILLA HENRÍQUEZ, notario, de este domicilio, con despacho profesional en Avenida Bernal, Pasaje Quintanilla, número doscientos diez, Condominio QH, Local número nueve, Colonia Miramonte, en esta ciudad, al público. HACE SABER: Que por resolución definitiva de las diez horas y veinticinco minutos del día treinta de diciembre de dos mil once, pronunciada ante mis oficios de notario, ha sido DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, en la sucesión

37 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de testada de la señora Concepción Rodríguez de Argueta, conocida por Concepción Rodríguez Linares de Argueta Reyna, quien falleció en esta ciudad, el catorce de enero de dos mil cinco, con último domicilio en la ciudad de San Salvador, al señor ALFONSO ARGUETA, conocido por Alfonso Argueta Reyna, Alfonso Argueta Reina y Alfonso Reina, en concepto de heredero testamentario de la causante; habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de la sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en la oficina del notario en San Salvador, el treinta de diciembre de dos mil once. LIC. JAIME ERNESTO QUINTANILLA HENRÍQUEZ, NOTARIO. 1 v. No. F RUDY NELSON CHOTO RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con oficina profesional situada en Edificio Centro Profesional, segundo nivel local trece A, sobre Diecisiete Calle Poniente, Centro de Gobierno, de esta ciudad. 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día dos de enero del año dos mil doce, se ha declarado heredera definitiva ab-intestato con beneficio de inventario, del señor LUCIANO ANTONIO FORTIS ECHEVERRIA, falleció a las WILFREDO RIVAS, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en catorce horas y treinta minutos del día dos de noviembre del año dos Diecinueve Calle Poniente, Número trescientos quince, Edificio "MM", mil once, en Residencial Loma Linda, Pasaje uno, número nueve-a, de UNO, de esta ciudad. esta ciudad y departamento, el cual fue su último domicilio, a la señora HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a FLOR MARINA FORTIS ECHEVERRIA, en su concepto de hermana las diez horas del día dos de enero del año dos mil doce, se ha declarado del causante; y se le confirió a la heredera declarada la administración a los señores MARIA CONCEPCIÓN ANTILLÓN DE MELARA, y y representación definitiva de la sucesión. CARLOS ANTONIO ANTILLÓN EVANGELISTA, en concepto de Lo que se avisa al público para los efectos de ley. hijos sobrevivientes, que a su defunción, ocurrida en el Hospital San Librado en la oficina del Notario, en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día dos de enero del año dos mil doce. LIC. RUDY NELSON CHOTO RODRIGUEZ, NOTARIO. 1 v. No. F y cinco años de edad, jornalero, casado, salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero un millón ciento cincuenta y siete mil setecientos ocho-cero y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil diez-doscientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta y cuatro-ciento uno-tres, fallecido el día veinticuatro de diciembre del año dos mil nueve, en Colonia Jiboa, Cantón San Antonio Caminos, Jurisdicción de esta ciudad, departamento de San Vicente, siendo éste el lugar de su último domicilio, a la señora MARÍA JULIA HERNANDEZ DE BONILLA, mayor de edad, doméstica, del domicilio de esta ciudad, departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero cero cuatro siete tres seis nueve uno -dos y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil diez-doscientos veinte mil doscientos cuarenta y nueve -ciento uno-cero, en concepto de cónyuge del causante y como cesionaria del derecho hereditario que en la sucesión le correspondía a la señorita María Antonia Bonilla Hernández, como hija del causante y se le ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil. San Vicente, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA. Rafael, de la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, el día cinco de abril del año dos mil cuatro, a consecuencia de Corpulmonale E. P. O. C. Enfermedad Pulmón D., con asistencia del Doctor en Medicina Gabriel A. Villa, el día cinco de abril del año dos mil cuatro, siendo la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, lugar de su último domicilio, dejó la señora MARIA ROSA ANTILLÓN; habiéndoles concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL de este Distrito Judicial al público para los efectos de ley. Librado en San Salvador, a los tres días del mes de enero del año dos mil doce. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de diciembre del corriente año, se ha declarado heredero abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor PABLO DE LA CRUZ BONILLA RIVAS conocido por PABLO DE LA CRUZ BONILLA, quien fue de sesenta WILFREDO RIVAS, NOTARIO. 1 v. No. F022711

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con veinticinco minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor JUAN MIGUEL FUNES, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Jornalero, soltero, originario y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicente, de Nacionalidad Salvadoreña por nacimiento, fallecido sin otorgar testamento, A LAS OCHO HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DÍA TRECE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, en el Hospital Santa Gertrudis de la Ciudad de San Vicente, siendo Tepetitán el lugar de su último domicilio, a los señores ROSIBEL RAMÍREZ FUNES, de veintinueve años de edad, Doméstica y del domicilio de San Cayetano Istepeque en el Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número cero un millón quinientos noventa mil cuatrocientos cuarenta y cuatro- siete, con Número de Identificación Tributaria un mil doce- ciento diez mil ochocientos ochenta y uno- ciento uno- tres; MIRNA HAYDEE RAMÍREZ FUNES, de treinta y un años de edad, Doméstica y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número cero un millón novecientos diecisiete mil quinientos veintiséis- cero, con Número de Identificación Tributaria un mil doce- cien mil novecientos setenta y nueve- ciento uno- nueve; MARTHA MARÍA RAMÍREZ DE TORRES o MARTHA MARÍA RAMÍREZ FUNES, de treinta y cuatro años de edad, Doméstica y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero cincuenta y nueve mil treinta y dos- dos, con Número de Identificación Tributaria un mil doce- ciento sesenta y un mil doscientos setenta y seis- ciento dos- siete; MARTA GUADALUPE RAMÍREZ FUNES o MARTA GUADALUPE RAMÍREZ, de cuarenta años de edad, Doméstica y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número cero tres millones ciento cuarenta y nueve mil trescientos cuarenta y ocho- cero, con Número de Identificación Tributaria un mil doce- cero cincuenta y un mil ciento setenta- ciento uno- nueve; JULIA MARLENI RAMÍREZ DE PONCE o JULIA MARLENI RAMÍREZ; de cuarenta y cinco años de edad, Doméstica y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones setecientos dieciséis mil novecientos cuarenta y tres- cinco, con Número de Identificación Tributaria un mil doce-ciento un mil doscientos sesenta y cinco- ciento uno- cinco; y JOSÉ LORENZO FUNES RAMÍREZ, de cincuenta años de edad, Jornalero y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número, cero un millón novecientos treinta y cuatro mil doscientos veintiséis- cinco, con Número de Identificación Tributaria un mil doce- cero cincuenta mil novecientos sesenta- ciento uno- cinco, en concepto de hijos del causante. Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación definitivas de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil once.- DRA. ANA FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA. 1 v. No. F JORGE ALBERTO MARMOL MÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina Profesional ubicada en Cuarta Calle Oriente Número Dieciocho, de esta ciudad, al público. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas de este mismo día, se ha declarado a la señora LIDIA GUERRA AVILA, heredera Definitiva Intestada con beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día dos de noviembre de mil novecientos ochenta y tres, en Hostipal Rosales, de la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de Ahuachapán, su último domicilio, dejara el señor JOSÉ ANTONIO GALDAMEZ ESCOBAR, conocido por JOSÉ ANTONIO GALDAMEZ, en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios de los señores JOSÉ EVELIO DERAS, LIDIA ARACELY GALDAMEZ GUERRA, JOSÉ OSWALDO GUERRA GALDAMEZ, ANGELA LINA GUERRA GALDAMEZ, y MARÍA DE JESÚS GALDAMEZ GUERRA, quienes son hijos sobrevivientes del DE CUJUS, habiéndosele concedido la representación y administración definitiva intestada de la referida sucesión. Librado en la Ciudad de Aguilares, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil once. LIC. JORGE ALBERTO MARMOL MÉNDEZ, NOTARIO. 1 v. No. F LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de este día se ha declarado a los señores IGNACIA ESTELA ROMERO LÓPEZ, CARMELINA ROMERO DE BONILLA o CARMELINA ROMERO ARÉVALO, FERMÍN CRUZ ROMERO LÓPEZ, ARNOLDO ROMERO LÓPEZ y FRANCISCA ELSA ROMERO LÓPEZ, herederos beneficiarios e intestados de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSÉ BENITO ROMERO SARABIA, conocido por JOSÉ BENITO ROMERO, y por JOSÉ BENITO ROMERO SARAVIA, quien falleció el día veintiséis de enero de dos mil once, en el Cantón San Cristóbal Porrillo de la jurisdicción de Tecoluca, habiendo tenido como su último domicilio la Ciudad de Zacatecoluca. Confiérase a los herederos que se declaran la administración y representación definitivas de la sucesión.

39 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, uno de noviembre de dos mil once.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO. 1 v. No. F de enero de dos mil once, dejó don SALVATORE MASUCCI, quien fue de nacionalidad italiana, de setenta y dos años de edad, industrial y agricultor, de este domicilio; habiéndosele conferido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión citada. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. AVISA: Que por resolución de las diez horas con cuarenta y un minutos del día diecinueve de octubre del año dos mil once, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor RENÉ ALFREDO HENRÍQUEZ CASTILLO, con número de Documento Único de Identidad cero dos uno nueve cinco seis ocho cinco - cero y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos ocho - veintinueve diez sesenta y ocho - cero cero dos - tres, quien fue de cuarenta años de edad, estudiante, Soltero, fallecido el día doce de marzo del año dos mil nueve, siendo Cuscatancingo su último domicilio, de parte del señor IRVIN EMMANUEL HENRIQUEZ NEJAPA, en calidad de hijo sobreviviente del causante, con Número de Documento Único de Identidad cero cuatro cero nueve siete siete cuatro cuatro - uno y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - veintidós cero cinco ochenta y nueve - ciento cincuenta y uno - cero. Confiérase al aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión. Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndasele la certificación. JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas con cincuenta minutos del día diecinueve de año dos mil once.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- LIC. HILDEFONSO BONILLA RIVERA, SECRETARIO INTERINO. 1 v. No. F ILE MARÍA CALDERÓN GIRALT, Notario, con oficina situada en Residencial Claudia, Calle Principal Número Ocho-B, sobre Setenta y cinco Avenida Norte, Colonia Escalón, San Salvador. Librado en San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil once. ILE MARÍA CALDERÓN GIRALT, NOTARIO. 1 v. No. F JOSÉ ANTONIO MORALES EHRLICH, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Cincuenta y Siete Avenida Norte, Condominio Miramonte, Edificio C, Número Seis, San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día cuatro de Julio de dos mil once, se han declarado Herederos Definitivos, con Beneficio de Inventario de la herencia TESTAMENTARIA que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, el doce de Enero de dos mil once, siendo su último domicilio la Ciudad de San Salvador, dejó la causante señora MARÍA INES DURÁN DE DUARTE, conocida por INES DURAN DE DUARTE, INES DUARTE, de parte de los señores INES GUADALUPE DUAR- TE DE BELLOSO, JOSÉ ALEJANDRO DUARTE DURÁN, JOSÉ NAPOLEON DUARTE DURÁN, MARÍA EUGENIA DUARTE DE ESCAMILLA, MARÍA ELENA DUARTE DURÁN, ANA LORENA DUARTE DURÁN, aceptando la herencia en su calidad de herederos testamentarios de la causante; habiéndoles concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, el día cuatro de julio de dos mil once. JOSÉ ANTONIO MORALES EHRLICH, NOTARIO. 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída en esta ciudad, a las ocho horas del día diecisiete de diciembre de dos mil once se ha declarado a doña TERESA MARÍA PASCUALINA ANNIC- CHIARICO DE MASUCCI, en su calidad de cónyuge sobreviviente y en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a sus hijos PIETRO MASUCCI ANNICHIARICO, MARÍA TERESA MASUCCI ANNICCHIARICO y CLAUDIA MASUCCI DE QUIJANO, antes CLAUDIA MASUCCI ANNICCHIARICO, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario de la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio el pasado veinte GUILLERMO ANTONIO MORÁN AQUINO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Reparto Santa Fe, Calle Los Lirios casa número doce, final treinta y siete Avenida Norte, San Salvador, de esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintisiete del mes de agosto de dos mil once, se han declarado a los señores NESTOR FRANCISCO NAJARRO

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 ECHEVERRÍA, XIOMARA GUADALUPE NAJARRO ECHEVE- RRÍA y FRANCISCO JOSÉ NAJARRO ECHEVERRÍA, herederos definitivos con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la Ciudad de Soyapango, su último domicilio, el día catorce del mes de enero de mil novecientos noventa y seis, dejara la señora ANGELA ECHEVERRIA PEÑATE, en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante; habiéndoseles concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se le avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil once. GUILLERMO ANTONIO MORÁN AQUINO, NOTARIO. 1 v. No. F ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domicilio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente, Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la Ciudad de Ilobasco, 1 v. No. F Departamento de Cabañas. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída MARÍA IMELDA RIVAS DE AUCEDA, Notario, de este domicilio, a las nueve horas y cuarenta minutos del día uno de diciembre del año dos con Oficina en Calle Balber No. 1, Centro Comercial Guadalupe, Local mil once, se han declarado a los señores ANA BESSY HERNÁNDEZ 2-5, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, al público para los RODRÍGUEZ, ADELA MARINA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, ANA efectos de Ley. MARÍA RODRÍGUEZ DE HERNÁNDEZ, RONAL OMAR HERNÁN- DEZ RODRÍGUEZ, JAIME ERNESTO HERNÁNDEZ RIVAS, HUGO HACE SABER: Que por resolución de la suscrita proveída a las CÉSAR HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, y MARLON HUMBERTO nueve horas del día ocho de noviembre del año en curso, y habiendo HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, herederos definitivos con beneficio de transcurrido más de quince días de las publicaciones de los edictos Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción en el hospital de correspondientes, sin que persona alguna se haya presentado a mostrar esta ciudad, el día doce de diciembre de dos mil ocho, dejara el señor oposición, se ha declarado HEREDERA ABINTESTATO, a la señora JOSÉ HUMBERTO HERNÁNDEZ ROMERO, en sus conceptos de VICTORIA NOEMI GUADRON DE PEÑA o VICTORIA NOHEMY hijos del causante y la tercera en su calidad de cónyuge sobreviviente; GUADRON DE PEÑA, en su calidad de cónyuge del señor ABRAHAM habiéndoseles concedido le representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la Ciudad de Ilobasco, el día nueve de diciembre del año dos mil once. ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domicilio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente, Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas. HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída a las ocho horas y cuarenta minutos del día veinte de diciembre del año dos mil once, se ha declarado a la señora LIZANDRA DEL CARMEN FLORES REYES o LISANDRA DEL CARMEN FLORES REYES, heredera definitiva con Beneficio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción en la Ciudad de San Salvador, el día veintiséis de marzo del año dos mil once, dejara el señor JOSÉ ALBERTO REYES o JOSÉ ALBERTO REYES ROMERO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión mil doce. Por lo que se avisa al publico para los efectos de Ley. Librado en la Ciudad de Ilobasco, el día dos de enero del año dos ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, NOTARIO. PEÑA SANTOS, por tanto confiérase a la heredera la ADMINISTRA- CIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida SUCESIÓN, que a su defunción dejara el referido causante. Librado en la oficina de la suscrita Notario, San Juan Opico, a las once horas del día trece de diciembre de dos mil once. Entrelíneas: Juan- Vale. Enmendado: NOHEMY-Vale. ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, NOTARIO. LIC. MARÍA IMELDA RIVAS DE AUCEDA, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F022778

41 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de ACEPTACIÓN DE HERENCIA RINA MARGARITA ASCENCIO MUÑOZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en la Veintisiete Calle Poniente, Número Cuatrocientos Ocho. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las once horas con cuarenta minutos, del día veintiséis de diciembre del dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HERENCIA TESTAMENTARIA que a su defunción ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, de esta Jurisdicción, a las trece horas y diez minutos del día veintiséis de octubre del dos mil once, dejó el señor JOSE ELIAS RI- VERA GONZALEZ, de parte de las señoras MORENA ELIZABETH RIVERA DE MENDEZ, ELSA MARIBEL RIVERA HERNANDEZ y MAYRA AZUCENA RIVERA DE CORDOVA, en sus calidades de HEREDERAS TESTAMENTARIAS y como hijas sobrevivientes del causante les corresponden. Habiéndoseles conferido Interinamente la Administración y Representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada Oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en San Salvador, el día tres de enero del año dos mil doce. 1 v. No. C MARTA IRENE MONTERROSA FLORES DE BENAVIDES, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Edificio Centro de Gobierno, Tercera Planta, Local Treinta y Tres, Quince Calle Poniente, Centro de Gobierno, de esta ciudad; al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las diecisiete horas del día dieciséis de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora CONCEPCION HENRIQUEZ viuda DE JAIMES o CON- CEPCION HENRIQUEZ, fallecida en el Cantón Planes de Renderos, Jurisdicción de esta ciudad, su último domicilio, el día diecisiete de mayo de dos mil ocho, de parte del señor JUAN ANTONIO JAIMES HENRIQUEZ, en concepto de hijo de la causante. A quien se ha conferido la Administración y Representación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, se hace del conocimiento del público, a efecto de que las personas que consideren tener derecho a dicha herencia se presenten a hacerlo valer, en el plazo de quince días a partir de la tercera publicación de este edicto. Librado en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. DRA. MARTA IRENE MONTERROSA FLORES DE BENAVIDES, NOTARIO. 1 v. No. C WALTER ALEXANDER GUZMAN MARTINEZ, Notario, del domicilio de esta ciudad, con Oficina ubicada en Séptima Calle Poniente, número doscientos ocho, Barrio La Merced, de esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veinticinco de octubre del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de esta ciudad, a consecuencia de Atelectosia Pulmonar Bilateral, Neumonía, Sección Medular, a nivel de C2-C3, con asistencia médica; atendido por el Doctor Reynaldo Alexander Alvarenga Gómez, RINA MARGARITA ASCENCIO MUÑOZ, fallecido a las catorce horas veinte minutos, del día veintiséis de mayo de NOTARIO. dos mil once, de parte de la señora SONIA ELIZABETH ARGUETA DE SANCHEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida Oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la Oficina del Notario WALTER ALEXANDER GUZMAN MARTINEZ. En la ciudad de San Miguel, a las ocho horas del día tres de enero del año dos mil doce. WALTER ALEXANDER GUZMAN MARTINEZ, NOTARIO. 1 v. No. C005704

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 SILVIA YANETH AVALOS GALVEZ, Notaria, del domicilio de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, con Oficina en Residencial San Antonio, Avenida Los Bambúes, Número veinticinco, San Antonio Abad, San Salvador. Librado en la Oficina de la Notario LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES. En la ciudad de San Salvador, a las siete horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil once. HACE SABER: Que por resolución proveída a las dieciocho horas del día veinte de diciembre de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Jurisdicción de Jocoro, departamento de Morazán, el día veintinueve de septiembre de dos mil diez, dejó la señora MARIA ELENA SALMERON viuda DE RODRIGUEZ, de parte de la señora MARIA ELBA RODRIGUEZ SALMERON, como heredera intestada y a la vez cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que correspondían a los hijos y nietos de la causante. En consecuencia, se cita a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten a la referida Oficina, a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la última publicación del edicto respectivo. Librado en la Oficina de la suscrita Notaria Silvia Yaneth Avalos Gálvez, Teléfono , en San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil once. a las seis horas con cuarenta minutos del día veintidós de noviembre del dos mil once, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día seis de julio del dos mil once, dejó la señora MARCOS VISCARRA, de parte de la señora DEYSI ARACELY VISCARRA, en concepto de hija sobreviviente de la causante. Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida Oficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, NOTARIO. 1 v. No. F ANA GISELA BOLAÑOS RODRIGUEZ, Notario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador y con Oficina ubicada en Calle Circunvalación, Edificio Ciento Ochenta y Seis, Segunda Planta, Colonia Escalón, San Salvador. HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACION DE HERENCIA INTESTADA, promovidas ante mis Oficios Notariales, por los señores VICTOR EDUARDO JEREZ SAENZ y GLORIA INES SANCHEZ SAENZ, la HERENCIA INTESTADA, de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras LICDA. SILVIA YANETH AVALOS GALVEZ, Diligencias, por resolución proveída a las diez horas del día dos de enero del año dos mil doce, en la ciudad de San Salvador, se ha tenido por NOTARIO. aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la HERENCIA INTESTADA, que a su defunción ocurrida el día veintisiete de agosto del 1 v. No. F año dos mil once, en la ciudad y departamento de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador, del Departamento de San Salvador, dejó MIRIAM JUVENTINA SAENZ, conocida por MIRIAN JUVENTINA SAENZ, MIRIAN JUVENTINA SAENZ BENITEZ, LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, de este domicilio, MIRIAN NOEMI SAENZ, y por MIRIAN JUVENTINA SAENZ DE con Oficina ubicada en Kilómetro Ocho y Medio, Carretera a Planes SANCHEZ, en su calidad de hijos de la causante. de Renderos, Calle a Parque Residencial El Faro, Número Ocho, de Y en consecuencia como sus Únicos y Universales Herederos; esta ciudad. confiérasele a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los dos días del mes de enero del año dos mil doce. ANA GISELA BOLAÑOS RODRIGUEZ, NOTARIO. 1 v. No. F022708

43 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de MARTA SONIA PINEDA DE HERRERA, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Calle El Carmen, Residencial "Arcos del Carmen", número cinco, en esta ciudad, al público para los efectos de Ley. Y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, a fin que comparezcan a esta sede Judicial a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante mis Oficios Notariales, de conformidad con la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución proveída, a las diecisiete horas del día veintitrés de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de los señores MARIA DOLORES HUEZO DE CALLEJAS, MARTA REGINA BEATRIZ HUEZO DE MENA, CLAUDIA VIRGINIA HUEZO DE ROSALES, y ANTONIO JOSE HUEZO AVELAR, en su calidad de herederos testamentarios, que a su defunción ocurrida el día nueve de mayo del año dos mil once, en esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad y departamento de San Salvador, dejó el señor ANTONIO JOSE HUEZO SIMO. Habiéndosele conferido a los aceptantes la Administración y Representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley. Lo que se le avisa al público para los efectos de Ley. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de diciembre del año dos mil once. MARTA SONIA PINEDA DE HERRERA, NOTARIO. 1 v. No. F JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado, el día dieciséis de diciembre de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor JULIO ALBERTO BELTRÁN, quien fue de setenta y dos años de edad, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario de Santo Tomás, departamento de San Salvador, quien falleció el día diecinueve de abril de dos mil once, hijo de Jesús Beltrán, y cuyo último domicilio fue San Salvador, de parte del señor JULIO ALBERTO BELTRÁN MORENO, y del menor JULIO ANTONIO BELTRÁN CERNA, en calidades de hijo y nieto del causante, respectivamente. A quienes se les ha conferido en el carácter antes indicado, la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once horas y tres minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil once.- LIC. JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE XIOMARA AQUINO PALACIOS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO, al público. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con cincuenta y nueve minutos del día diez de noviembre del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante DOMINGO MOLINA GUILLEN, quien fue de cincuenta y siete años de edad, jornalero, soltero, fallecido el día cuatro de mayo del año dos mil once, siendo Ciudad Delgado, su último domicilio, de parte de los señores MARIA CONSUELO MOLINA URQUILLA, con número de Documento Único de Identidad cero tres cero cinco cinco cero cuatro siete-cinco, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos ocho-veintitrés cero cuatro setenta y seis-ciento uno-cuatro, y SANDRA PATRICIA MOLINA URQUILLA, con número de Documento Único de Identidad cero tres cinco cinco siete ocho cero tres-ocho, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero dos cero seis ochenta y seis-ciento diecinueve-uno, en calidad de hijas del causante y cesionarias de los derechos hereditarios del señor BENJAMIN RIVAS GUILLEN, conocido por BENJAMIN MOLINA y ESTEFANY ELIZABETH MOLINA VALLE, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos siete-dieciocho diez noventa y cinco-ciento uno-seis, en su calidad de hija del causante, quien es representada legalmente por su madre señora SANDRA ELIZABETH VALLE viuda DE SORIANO, con número de Documento Único de Identidad cero cero tres seis cero tres nueve cuatro-seis, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero uno cero dos sesenta y siete-ciento treintasiete. Todas ellas representadas por su Apoderado Licenciado MIGUEL EDUARDO PARADA RODEZNO. Confiéraseles a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas con diecisiete minutos del día diez de noviembre del año dos mil once.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO.- LIC. HILDEFONSO BONILLA RIVERA, SECRETARIO INTERINO. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes. 3 v. alt. No. C

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. Confiriéndosele al aceptante la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las doce horas quince minutos del día once de noviembre del dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día catorce de junio del año dos mil ocho, en la ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, dejó el causante señor FRANCISCO NAPOLEON JIRON SERRANO, conocido por FRANCISCO NAPOLEON JIRON, NAPOLEON JIRON, NAPOLEON JIRON SERRANO, NAPOLEON GIRON SERRANO y NAPOLEON GIRON, siendo su último domicilio, el de esta ciudad, de parte de las señoras MARIA ELISA RAMIREZ viuda DE JIRON, conocida por MARIA ELISA RAMIREZ, MARIA ELISA RAMIREZ RODRIGUEZ y por MARIA ELISA RODRIGUEZ RAMIREZ, y SANDRA GUADALUPE GIRON RAMIREZ, actuando según orden de mención en sus calidades de cónyuge e hija sobrevivientes del "de Cujus". Y se la ha conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales. Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las nueve horas veinte minutos de este mismo día, del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara a las doce horas veinte minutos del día once de noviembre del dos mil el causante MANUEL ANTONIO CERRITOS TORRES, conocido por once.- DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CI- MANUEL ANTONIO CERRITOS y por ANTONIO CERRITOS, quien VIL SUPLENTE DE SOYAPANGO.- LICDA. EDME GUADALUPE falleció a las ocho horas del día quince de febrero de mil novecientos CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA. ochenta y cuatro, en el Cantón Consolación, Jurisdicción de Suchitoto, siendo éste su último domicilio; de parte de los señores SANTOS AN- ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, Juez Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador Interino, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las ocho horas y nueve minutos de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte del señor JOSE LEONEL MONTERREY, con Documento Único de Identidad número y Número de Identificación Tributaria , en la herencia testada que a su defunción dejó la señora JOSEFA DEL CARMEN GUTIERREZ DE MONTERREY, con Documento Único de Identidad número , quien falleció el día diez de octubre de dos mil once, en el Hospital Central de San Salvador, en calidad de heredero testamentario. En consecuencia, se cita a aquellos que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en un término de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la tercera publicación de éste. Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las ocho horas y quince minutos del día dos de diciembre de dos mil once.- LIC. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO.- LICDA. MONICA SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. TONIO y MARIA BLAS, ambos de apellidos CERRITOS TORRES, 3 v. alt. No. C quienes actúan en su concepto de hijos de dicho causante. Se les ha conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las nueve horas veinticinco minutos del día catorce de diciembre de dos mil once.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

45 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de TITULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor Héctor Manuel Cáceres Del Cid, de cuarenta y siete años de edad, Pintor, de este domicilio con Documento Unico de Identidad personal número cero cuatro millones novecientos diecinueve mil noventa - dos, y Número de Identificación Tributaria doce once - quince doce sesenta y tres - ciento tres - nueve, solicitando a su favor Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción de Mercedes Umaña, Distrito de Berlín, Departamento de Usulután, que tal inmueble lo adquirió este año mediante compra que hizo a Gilberto Cáceres, sobreviviente, motorista de este domicilio y tiene una capacidad superficial de SEISCIENTOS QUINCE PUNTO DOS MIL CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: al ORIENTE: veintiocho metros cuatrocientos veinticuatro milímetros, con Alberto Juárez, cerco de brotones de varias clases de por medio, al PONIENTE: diecisiete metros quinientos cincuenta y seis milímetros, con solar de José Napoleón Pleitez antes, hoy de Humberto Ostorga, calle de por medio, al SUR, veintinueve metros doscientos sesenta milímetros, con Manuel Juárez, antes, hoy Ernesto Juárez, carretera que conduce a Berlín y enlaza con la calle que conduce al Cantón La Puerta de por medio; y al NORTE: veinticuatro metros doscientos sesenta milímetros con Matilde de Jesús Rivas, antes, hoy Sonia Rivas, cerca de brotones de varias clases de por medio, todos los colindantes son de este domicilio y unida la posesión a la de su antecesor data más de diez años consecutivos de forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, valúa el inmueble en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES de los Estados Unidos de América, se avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de Mercedes Umaña, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil once.- ANTONIO ANGEL RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ELBA OLIMPIA RODRIGUEZ, SECRE- TARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F TITULO SUPLETORIO RICARDO PORTILLO CACERES, Notario, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador, con Oficina Situada en Barrio El Centro, Local número cuatro de esta ciudad; al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que a mi oficina Notarial se ha presentado el señor TOMAS HUMBERTO ESCOBAR ESCOBAR, mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, a promover diligencias de título supletorio, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en Cantón El Carmen, Jurisdicción de San Pedro Perulapán, departamento Cuscatlán de una extensión superficial de CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO CIN- CUENTA METROS CUADRADOS, que se describe así: AL NORTE: linda con EMILIO MARCIAL PEREZ; AL ORIENTE: colindando con EDMUNDO RODIL GONZALEZ y OSCAR MAURICIO GONZALEZ; AL SUR: colindando con INDALECIO DE JESUS ZEPEDA NIETO, EDMUNDO RODIL GONZALEZ y OSCAR MAURICIO GONZALEZ; y AL PONIENTE: colindando con SOCIEDAD LA CHACRA S.A. DE C.V., propiedad antes de JESUS PEÑA DE LEMUS. Todos los colindantes son del domicilio de El Carmen. El terreno no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras personas, que desde su adquisición por compra que hizo a la señora JESUS PEÑA DE LEMUS, mayor de edad, Doméstica, del domicilio de El Carmen, departamento de Cuscatlán, fallecida; lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida, pero carece de título inscrito, por lo cual comparece ante mis oficios notariales para que de conformidad a lo establecido en el Código Civil y la Ley de Notariado, seguidos que sean los trámites, se le extienda a su favor el título que solicita, valúa dicho inmueble en la suma de UN MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la ciudad de San Martín, a los dos días del mes de enero del dos mil doce. RICARDO PORTILLO CACERES, NOTARIO. 1 v. No. F SAYDA LISSETTE RAMIREZ TORRES, Notario, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con oficina establecida en Veintitrés Calle Poniente Colonia Layco, Edificio Ghirighello, local siete, San Salvador, AL PUBLICO, HACE SABER: Que a este Despacho Profesional se ha presentado la señora MIRNA DEL CARMEN ARGUETA MARTINEZ, de veintiocho años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones cuatrocientos sesenta y un mil novecientos treinta y uno-ocho, y con Número de Identificación Tributaria un mil doscientos trece-cero cincuenta y un mil ciento ochenta y tres-ciento dos-cero, promoviendo Diligencias de Título Supletorio de un terreno de naturaleza rural, situado en Cantón San Diego, del municipio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, de una extensión superficial de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TRES PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS equivalentes a TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: compuesto por dos tramos, el primero de treinta y dos punto diez metros y el segundo de veintiocho metros, linda con Juan Evangelista Argueta Argueta; AL NORTE: compuesto por tres tramos, el primero de ciento cinco punto setenta metros, el segundo de once metros y el tercero de ciento ochenta y seis punto veinte metros, linda con Francisco Márquez y José Antonio Márquez; AL PONIENTE: línea recta de ciento cinco metros, linda con Francisco Márquez, calle vecinal de por medio, y AL SUR: línea recta de doscientos ochenta y siete punto cincuenta metros, linda con Aquileo Martínez; dicho inmueble lo posee a

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 través de compraventa del derecho de posesión al señor Juan Evangelista Argueta Argueta. Que el Inmueble antes relacionado no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y desde su adquisición lo ha poseído de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, realizando durante todo ese tiempo actos legítimos de dueño, tales como sembrar árboles frutales, limpiarlo y cercarlo, así como darle mantenimiento a los cercos, siendo reconocida por los vecinos y colindantes como legítima dueña. Dicho Inmueble no tiene nombre conocido. Que dicho inmueble la compareciente lo valúa en UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que tengan interés para que se presenten a esta oficina, en el término de quince días, contados desde el día siguiente de la última publicación del presente edicto. Librado en la Oficina de la Notario Sayda Lissette Ramírez Torres, en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil once. SAYDA LISSETTE RAMIREZ TORRES, NOTARIO. 1 v. No. F LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora MARIA DE JESUS BENAVIDES DE GARCIA, de cuarenta y siete años de edad, costurera, del domicilio del Cantón Copetillos, Caserío La Hermita, con Documento Unico de Identidad personal número: cero tres millones cero veintiséis mil trescientos veintinueve guión ocho, Representado por su Apoderado General Judicial Licenciado Roberto Antonio Pérez Quintanilla, solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica situado en el Caserío La Hermita, Cantón Copetillos, de esta jurisdicción, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de QUINIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRA- DOS, que mide y linda: AL ORIENTE, mide treinta y dos punto cero cero metros, colindando con resto de terreno que le queda al vendedor señor Favio de Jesús Rodríguez Villatoro, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, mide veinticinco punto cero cero metros, colindando con terreno propiedad del señor Alfredo García, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE, mide doce punto cero cero metros, colindando con terreno de propiedad del señor Faustino Bonilla, calle de por medio; y AL SUR, mide treinta y cuatro punto cero cero metros, colindando con terreno propiedad del señor David Bonilla, cerco de alambre de por medio, en dicho inmueble existe construida una casa paredes de adobe y techo de tejas. Valúa el referido terreno en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió por compra venta de posesión material que le hiciera al señor Favio de Jesús Rodríguez Villatoro, quien es de sesenta y tres años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio del Cantón Copetillos, de esta jurisdicción, la cual fue realizada ante los oficios notariales de la Licenciada Gladis Esperanza Navas Rivera, a las doce horas del día veintitrés de marzo del año dos mil siete. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los dos días del mes de diciembre de dos mil once.-enmendado UNIDOS DE-Vale.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP- CION MARTINEZ, SECRETARIA. TITULO DE DOMINIO EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el Licenciado ROBERTO ANTONIO PÉREZ QUINTANILLA, en su Calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL ESPECIAL, y en representación de los señores EFRAIN CASTILLO, de setenta y dos años de edad, Profesor, DAVID ALFREDO CASTILLO CASTELLÓN, de treinta y dos años de edad, Arquitecto y ROSA CÁNDIDA CASTELLÓN DE CASTILLO, de sesenta y nueve años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educación, todos de este domicilio, Portadores de sus Documentos Unicos de Identidad Números en su orden: Cero dos millones seiscientos diecinueve mil setecientos uno guión uno, Cero dos millones ochocientos diecinueve mil ciento cincuenta y uno guión seis, y Cero dos millones cero ochenta y nueve mil quinientos setenta y cinco guión cero, con Números de Identificación Tributaria también en su orden: Un mil ciento nueve guión ciento veinte mil setecientos treinta y nueve guión cero cero uno guión cuatro, Un mil ciento nueve guión ciento ochenta mil ciento setenta y nueve guión ciento uno guión cinco, y Un mil ciento nueve guión cero treinta mil novecientos cuarenta y seis guión ciento uno guión uno, solicitando a favor de sus representados TITULO DE DOMINIO de Un lote y construcciones de naturaleza RUSTICA antes, ahora URBANA situado en la CALLE JOSE SIMEON CAÑAS, del BARRIO DOLORES, de la ciudad de JUCUAPA, Distrito del mismo nombre, Departamento de USULUTAN, identificado en el plano respectivo según Catastro como Casa Número DOS, el cual tiene las medidas y colindancias especiales siguientes: AL COSTADO NORTE: Mide once punto cero cero metros, colinda con terreno Propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educación, específicamente con el Centro Escolar Profesor Miguel Angel García, Calle de por medio, AL COSTADO ORIENTE: Mide treinta y uno punto noventa metros, colinda con terreno Propiedad de la señora Argelia Perdomo Viuda de Jarquín conocida por Argelia Perdomo de Jarquín, AL COSTADO SUR, Mide once punto cero cero metros, colinda con terreno Propiedad de los señores María Isaura Coreas de La O y Martín de La O, Calle de por medio; y AL COSTADO PONIENTE: Mide treinta punto treinta metros, colinda con terreno Propiedad de los señores María Margoth Romero de Hernández y José René Hernández.- Cabe aclarar que en dicho terreno se encuentra construida una casa de habitación de Sistema mixto con todos los servicios básicos en buen estado.- El referido Inmueble es de la Capacidad Superficial de: TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTO DIEZ METROS CUADRADOS.- Dicho Inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúan en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirieron el PRIMERO y la TERCERA

47 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de mediante compra venta verbal en el año un mil novecientos sesenta y uno, que les hizo a la señora DINORA ESMERALDA AMAYA ROSA conocida por DINORA AMAYA ROSA, por DINORA ESMERALDA ROSA y por ROSA DINORA AMAYA, actualmente de sesenta y tres años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad Número: Cero un millón ochocientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y siete guión siete, con Número de Identificación Tributaria Cero novecientos seis guión cero diez mil novecientos cuarenta y ocho guión cero cero uno guión dos; y el identificado como SEGUNDO lo adquirió mediante compra venta verbal que le hicieron sus Padres, señores EFRAIN CASTILLO y ROSA CANDIDA CASTELLON DE CASTILLO, en el año dos mil.- Que la posesión material que han ejercido y ejercen actualmente los poseedores sumada a la de su antecesora data más de cincuenta años para el PRIMERO y TERCERA y para el SEGUNDO más de treinta y dos años, y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna.- Los colindantes son de este Domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley. ALCALDIA MUNICIPAL; Jucuapa, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil once. PROF. JOSE MANUEL TURCIOS RUIZ, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE GUADALUPE CARBALLO RIVERA, SECRETARIO MUNICIPAL. RUIZ, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE GUADALUPE CARBALLO 3 v. alt. No. C RIVERA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el Licenciado ROBERTO ANTONIO PÉREZ QUINTANILLA, en su Calidad de EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: APODERADO GENERAL JUDICIAL ESPECIAL, y en representación del señor AMBROCIO VELÁSQUEZ REYES conocido por HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el Licenciado AMBROCIO VELÁSQUEZ, actualmente de setenta y seis años de edad, ROBERTO ANTONIO PÉREZ QUINTANILLA, en su Calidad de Agricultor en Pequeño, de este Domicilio, Portador de su Documento APODERADO GENERAL JUDICIAL ESPECIAL, y en representación Unico de Identidad Número: Cero un millón novecientos ochenta y dos de la señora ARGELIA PERDOMO VIUDA DE JARQUÍN conocida mil seiscientos noventa y cuatro guión dos, con Número de Identifica- por ARGELIA PERDOMO DE JARQUÍN, actualmente de sesenta y ción Tributaria: Un mil cuatrocientos once guión cero setenta y un mil doscientos treinta y siete guión ciento uno guión seis, solicitando a favor de su representado TITULO DE DOMINIO de Un lote y construcciones de naturaleza RÚSTICA, antes, ahora URBANA, situado en la CALLE ciento nueve guión ciento noventa y un mil doscientos cuarenta y seis JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, del BARRIO DOLORES, de la ciudad de JUCUAPA, Distrito del mismo nombre, Departamento de USULUTÁN, Identificado en el plano respectivo según Catastro como Casa Número CUATRO, el cual tiene las medidas y colindancias especiales siguientes: AL COSTADO NORTE: Mide once punto cero cero metros, colinda con terreno Propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educación, específicamente con el Centro Escolar Profesor Miguel Angel García, Calle de por medio, AL COSTADO ORIENTE: Mide veintiuno punto diecinueve metros, colinda terrenos Propiedad de los señores María Margoth Romero de Hernández y José René Hernández, AL COSTADO SUR: Mide dieciocho punto veinticinco metros, colinda con terreno Propiedad de las señoras Irma de La O, Fidelicia de La O y María Luisa Schaeuffer de Sol, Calle de por medio; y AL COSTADO PONIENTE: Mide veintiséis punto ochenta y cinco metros, colinda con terreno Propiedad de la señora Marina de Jesús Paiz.- Cabe aclarar que en dicho terreno se encuentra construida una casa de habitación de Sistema mixto con todos los servicios básicos en buen estado.- El referido Inmueble es de la Capacidad Superficial de: TRESCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS.- Dicho Inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año un mil novecientos ochenta y uno, que le hizo a la señora DINORA ESMERALDA AMAYA ROSA conocida por DINORA AMAYA ROSA, por DINORA ESMERALDA ROSA y por ROSA DINORA AMAYA, actualmente de sesenta y tres años de edad, Ama de Casa, de este Domicilio, con Documento Unico de Identidad Número: Cero un millón ochocientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y siete guión siete, con Número de Identificación Tributaria: Cero novecientos seis guión cero diez mil novecientos cuarenta y ocho guión cero cero uno guión dos.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesora data más de treinta años y sigue siendo en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna.- Los colindantes son de este Domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley. ALCALDIA MUNICIPAL: Jucuapa, a los veintidós días del mes de Diciembre del año dos mil once. PROF. JOSE MANUEL TURCIOS cinco años de edad, Secretaria, de este Domicilio, con Documento Unico de Identidad Número: Cero cero cero ochenta y ocho mil cuatrocientos quince guión tres, con Número de Identificación Tributaria: Un mil guión cero cero uno guión nueve, solicitando a favor de su representada TITULO DE DOMINIO de un Inmueble de naturaleza RÚSTICA, antes, ahora URBANA, situado en la AVENIDA FRANCISCO CAMPOS, del BARRIO DOLORES, de esta ciudad, Identificado en el plano respectivo como Casa Número QUINCE, aunque según Catastro, se Identifica como Casa Número UNO, el cual tiene las medidas y colindancias especiales siguientes: AL COSTADO NORTE: Mide once punto ochenta y cinco metros, colinda con terreno Propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educación, específicamente con el Centro Escolar Profesor Miguel Angel García, Calle de por medio, AL COSTADO ORIENTE: Mide treinta y dos punto treinta y tres metros, colinda con la Alcaldía Municipal de la ciudad de Jucuapa (antes) y con terrenos Propiedad de los señores Consuelo Guevara, Mario Fredy Cruz Alvarenga, Mario Jeser Cruz Morán, Fredy Alexander Cruz Morán, Ana María Victoria Santos, Manuel de Jesús Santos y Ana María Santos, Calle de por

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 medio, AL COSTADO SUR: Mide ocho punto cero cero metros, colinda con terreno Propiedad de la señora María Isaura Coreas de La O, Calle de por medio; y AL COSTADO PONIENTE: Mide veintinueve punto cincuenta y ocho metros, colinda con terreno Propiedad de los señores Efraín Castillo, David Alfredo Castillo Castellón y Rosa Cándida Castellón de Castillo.- Cabe aclarar que en dicho terreno se encuentra construida una casa de habitación de Sistema mixto con todos los servicios básicos en buen estado.- El referido inmueble es de la Capacidad Superficial de: TRESCIENTOS SIETE PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS.- Dicho Inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año un mil novecientos setenta y uno, que le hizo a la señora DINORA ESMERALDA AMAYA ROSA conocida por DINORA AMAYA ROSA, por DINORA ESMERALDA ROSA y por ROSA DINORA AMAYA, actualmente de sesenta y tres años de edad, Ama de Casa, de este Domicilio, con Documento Unico de Identidad Número: Cero un millón ochocientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y siete guión siete, con Número de Identificación Tributaria: Cero novecientos seis guión cero diez mil novecientos cuarenta y ocho guión cero cero uno guión dos.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesora data más de cuarenta y un años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna.- Los colindantes son de este Domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley. ALCALDIA MUNICIPAL: Jucuapa, a los veintidós días del mes de Diciembre del año dos mil once. PROF. JOSE MANUEL TURCIOS RUIZ, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE GUADALUPE CARBALLO RIVERA, SECRETARIO MUNICIPAL. AVISO DE INSCRIPCION 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO- NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA "FUERZAS PARA EL PROGRESO" DE RESPON- SABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPAFP" DE R.L., con domicilio en el municipio de Moncagua, departamento de San Miguel, obtuvo su Personalidad Jurídica el día diez de noviembre del año dos mil once, y fue inscrita en el libro ciento dos de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil quinientos treinta y seis del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil once. NOTIFIQUESE. LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO, JEFE DEL DEPARTAMENTO. JUICIO DE AUSENCIA 1 v. No. C MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL. HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el señor RICARDO ANTONIO ROSA CASTILLO, en su carácter personal; en contra de ANA RUBIDIA SORIANO DE MACHADO mayor de edad, de este domicilio, se ha presentado el señor antes mencionado en su carácter que comparece, manifestando que la demandada se ha ausentado de su domicilio, ignorándose su paradero, como si ha dejado procurador o representante legal que lo represente, por lo que se previene, que si lo tuviere se presente a este Juzgado comprobando dicha circunstancia, dentro de los quince días siguientes al de la última publicación de este aviso. ley. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Miguel, a las doce horas veintidós minutos del día uno de Diciembre del año dos mil once. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARA- DA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 1 v. No. C MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido por la Licenciada XENIA DANNELIA VALE GUTIERREZ, como Apoderada General Judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (ACACU DE R.L.), se ha presentado dicho Apoderada manifestando que el demandado, señor WILLIAN ELI MORALES o WILLIAN ELI MORALES GUZMAN, mayor de edad, empleado, del domicilio de esta ciudad, se ha ausentado del mismo, sin que se sepa si ha dejado procurador o representante legal para que lo represente, por lo que, si lo tuviere, se previene al procurador o representante legal del señor WILLIAN ELI MORALES o WILLIAN ELI MORALES GUZMAN, para que se presente en este juzgado comprobando dicha circunstancia, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este aviso. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas con veinte minutos del día veintiocho de noviembre del dos mil once.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 1 v. No. C005690

49 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de MARCA DE FABRICA No. de Expediente: GENERAL JUDICIAL de THELMA DEL CARMEN MONGE AYALA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Presentación: CLASE: 29. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ALONSO MENDEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO Consistente en: la palabra RUMBA y diseño, que servirá para: GENERAL JUDICIAL de DIZAC, SOCIEDAD ANONIMA DE AMPARAR: RON. Clase: 33. CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIZAC, S.A. DE C.V., de La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA dos mil once. DE FABRICA Y DE COMERCIO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, Consistente en: la palabra KOALA y diseño, que servirá para: SECRETARIO. AMPARAR: LECHE, PRODUCTOS LACTEOS Y SUSTITUTOS DE PRODUCTOS LACTEOS. Clase: v. alt. No. F La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil once. NOMBRE COMERCIAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil once. No. de Expediente No. de Presentación: MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OSCAR ADOLFO ALTAMIRANO LACAYO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DR. CLEAN SERVICE, SOCIEDAD ANONIMA DE LUCIA MARGARITA GALAN, CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DR. CLEAN SERVICE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del SECRETARIO. NOMBRE COMERCIAL, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 33. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO Consistente en: las palabras DR. CLEAN SERVICE y diseño, que se traducen al castellano como DOCTORES EN SERVICIO DE LIMPIEZA, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIEN- TO DEDICADO A TODO TIPO DE VENTA DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, JARDINERIA, FUMIGACION, MANTENIMIENTO EN PISCINAS Y CASCADAS.

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de diciembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FARID GALILEO AARON CASTILLO ROSCALA, en su calidad de APO- DERADO de RIGOBERTO ANTONIO FIGUEROA LEMUS, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras American MODA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA FABRICA- CION, VENTA, IMPORTACION, EXPORTACION, DE PRENDAS DE VESTIR Y TODOS SUS ACCESORIOS COMO PERFUMERIA, CALZADO, Y TODO LO RELACIONADO CON ATUENDOS PERSONALES ASI COMO PRODUCTOS PARA EL HOGAR Y DE PRIMERA NECESIDAD. La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil once. CONVOCATORIAS LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIO. CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Caja de Crédito de COLÓN, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos 223 y 228 y siguientes del Código de Comercio vigente y en cumplimiento a la atribución que les confieren las cláusulas VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGESIMA CUARTA Y TRIGESIMA CUARTA de la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir de las NUEVE HORAS CON TREINTA MI- NUTOS del día 10 de febrero de dos mil doce, en el Auditórium de la Caja de Crédito de Colón, ubicado en Avenida Las Américas, Calle principal, Ciudad Colón en PRIMERA CONVOCATORIA. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se hace SEGUNDA CONVOCATORIA para el día 12 de febrero de dos mil doce, a la hora y en el local antes señalado. Dicha Junta General de Accionistas se constituirá con las formalidades que establecen las Cláusulas DECIMA NOVENA, VIGESIMA, VIGESIMA SEGUNDA, VIGESIMA CUARTA, VIGÉSIMA QUIN- TA, VIGÉSIMA SEXTA Y VIGESIMA OCTAVA, de la Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223 del Código de Comercio Vigente, pan conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente: AGENDA 1. Integración del quórum de asistencia. 2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y los que faltaren por las causas que expresa las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modificación a su Escritura de Constitución de la Caja de Crédito.

51 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Integración de quórum legal. 4. Presentación de la memoria anual de la Junta Directiva de la Caja de Crédito, del Balance General al 31 de diciembre de 2011, del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2011, e Informe del Auditor Externo y Fiscal a fin de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas. 5. Aplicación de los Resultados del ejercicio. 6. Retiro voluntario de los socios de acuerdo a disposiciones legales. 7. Exclusión de socios de acuerdo a la cláusula séptima de la Escritura de Modificación a la Escritura de Constitución. 8. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fijación de sus honorarios. 10. Fijación de Dietas a los Miembros de Junta Directiva. 11. Elección de Director Suplente para cubrir vacante definitiva y reestructuración de Junta Directiva. El quórum legal se integrará en PRIMERA CONVOCATORIA con Quince de los Veintiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea General y en SEGUNDA CONVOCATORIA con los Representantes de Acciones que estuvieren presentes de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social. Colón, 03 de enero de ANA MIRIAN ESCOBAR DE LOBATO, DIRECTOR PRESIDENTE. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS DE ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, S.A. La Junta Directiva de ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA, convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, para el día lunes trece de febrero del año dos mil doce, en las oficinas, situadas en Alameda Roosevelt número tres mil ciento cuatro, de la ciudad de San Salvador, a partir de las diecisiete horas, para conocer y resolver los asuntos siguientes: 1. Lectura del Acta anterior. 2. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva; Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre del año 2011, Estado de Cambios en el Patrimonio de la Sociedad, a efecto de aprobarlos o improbarlos. 3. Informe del Auditor Externo. 4. Aplicación de resultados y distribución de utilidades. 5. Elección de los miembros de la Junta Directiva y fijación de sus emolumentos. 6. Elección del Auditor Externo y fijación de sus honorarios. 7. Elección del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. 8. Aceptación de los elegidos a los cargos anteriores. 9. Autorizaciones a que se refiere el Art. 275, numeral III, del Código de Comercio. 10. Asuntos Varios. Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. En caso de no haber quórum en la hora y fecha señaladas, por este mismo medio se convoca para el día martes catorce de febrero del año dos mil doce, a las diecisiete horas, en el mismo lugar, de acuerdo con la agenda anterior y la Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituida con cualquiera que sea el número de acciones que estén representadas y sus resoluciones se tomarán por LUIS DANYLO OVIEDO ORTIZ, mayoría de los votos presentes. DIRECTOR SECRETARIO. San Salvador, tres de enero del año dos mil doce. YESCENIA E. RIVERA DE BELTRAN, DIRECTOR PROPIETARIO. LUIS ALFREDO ESCALANTE, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS DE CORPORACION APOLO, S.A. DE C.V. La Junta Directiva de Corporación Apolo, Sociedad Anónima de Capital Variable, convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, para el día lunes trece de febrero del año dos mil doce, en las oficinas de Aseguradora Agrícola Comercial, S.A., situadas en Alameda Roosevelt número tres mil ciento cuatro, de la ciudad de San Salvador, a partir de las dieciocho horas, para conocer y resolver los asuntos siguientes: 1. Lectura del acta anterior. 2. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva; Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre del año 2011, el Estado de Cambios en el Patrimonio de la Sociedad, a efecto de aprobarlos o improbarlos. 3. Informe del Auditor Externo. 4. Aplicación y distribución de utilidades. 5. Elección del Auditor Externo y fijación de sus honorarios. 6. Elección del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. 7. Aceptación de los elegidos a los cargos anteriores. AGENDA 8. Autorizaciones a que se refiere el artículo 275, numeral III, 1. Integración del Quórum de Presencia. del Código de Comercio. 9. Asuntos Varios. Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. En caso de no haber quórum en la hora y fecha señaladas, por este mismo medio se convoca para el día martes catorce de febrero del año dos mil doce, a las dieciocho horas, en el mismo lugar, de acuerdo con la agenda anterior, y la Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituida, con cualquiera que sea el número de acciones que estén representadas y sus resoluciones se tomarán por CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Ciudad Barrios, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, en cumplimiento al Artículo 223, 228 y siguientes del Código de Comercio Vigente y en cumplimiento a la atribución que les confieren las cláusulas VIGESIMA SEGUNDA, VIGESIMA CUARTA y TRIGESIMA CUARTA de su escritura de modificación a su Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir de las catorce horas del día 4 de febrero del año dos mil doce, en el Edificio Social de la Caja de Crédito, ubicada en Calle 21 de Abril, Barrio El Centro de esta Ciudad, en primera convocatoria, en caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se establece segunda Convocatoria para el día 11 de febrero del año dos mil doce, a la hora y local antes señalados. Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establecen las cláusulas DECIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGESIMA QUINTA, VIGESIMA SEXTA Y VIGESIMA OCTAVA de la Escritura de Modificación a su Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223 Sección "C" Capítulo VII, Título II del Libro Primero del Código de Comercio Vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la Agenda. 2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su periodo y de los que faltaren por las causas que expresan las cláusulasvigesima, VIGESIMA PRIMERA Y TRIGESIMA PRIMERA de la Escritura de Modificación de la Caja de Crédito. 3. Integración de Quórum Legal. 4. Presentación de la Memoria Anual de la Junta Directiva de la Caja de Crédito, del Balance General al 31 de diciembre de 2011; del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, del Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2011, e Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal a fin de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas. mayoría de los votos presentes. 5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio. San Salvador, tres de enero del año dos mil doce. LUIS ALFREDO ESCALANTE, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C Retiro voluntario de los Socios de acuerdo a las disposiciones legales. 7. Presentación del Presupuesto y Plan de operaciones para el año Elección de Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fijación de sus honorarios. 9. Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.

53 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de El Quórum Legal se integrará, en primera convocatoria, con quince de los veintiocho Representantes de Acciones que forman la Junta General y en segunda convocatoria con los Representantes de Acciones que estuvieren presentes de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social. Ciudad Barrios, a los dos días del mes de enero de dos mil doce. 8. Nombramiento de los Auditores Externos, aceptación del cargo y fijación de sus emolumentos, para el ejercicio del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2012; 9. Nombramiento del Auditor Fiscal, aceptación del cargo y asignación de sus emolumentos, para el ejercicio económico del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2012; 10. Elección de Junta Directiva; y EDILBERTO HERNANDEZ AYALA, DIRECTOR PRESIDENTE. B) PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO SIMON TADEO HERNANDEZ LUNA, DIRECTOR PROPIETARIO. PROSPERO ANTONIO FERNANDEZ OLIVA, DIRECTOR SECRETARIO. 3 v. alt. No. C Para que haya quórum legal en la primera fecha de la convocatoria, se requerirá que estén presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones actualmente emitidas, o sean noventa y dos mil quinientas una acciones, respecto de los puntos de carácter ordinario. CONVOCATORIA Para conocer y resolver sobre los puntos de carácter extraordinario, La Junta Directiva de "ASEGURADORA POPULAR, SOCIEDAD ANONIMA", por este medio CONVOCA a sus Accionistas, para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria, que se llevará a cabo en las Oficinas Principales de la Sociedad, ubicadas en Paseo General Escalón número cinco mil trescientos treinta y ocho de la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del día viernes veinticuatro de Febrero de dos mil doce, conforme a la siguiente agenda: A) PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO 1. Verificación del quórum; 2. Elaboración del Acta de quórum respectiva; 3. Designación de Presidente y Secretario para esta Asamblea; 4. Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente al año 2011; 5. Balance General, Estado de Resultados, Estado de Flujos de Efectivo y Estado de Cambios en el Patrimonio, para el ejercicio social 1 de Enero a 31 de Diciembre de 2011; 11. Cualquier otro asunto que pueda ser legalmente considerado. 1. Aumento de Capital Social, según bases que establecerá la Junta General; 2. Modificación de la Cláusula Quinta del Pacto Social; y 3. Designación del Presidente o de un Ejecutor Especial para la formalización del acuerdo de Aumento de Capital y demás gestiones que deban realizarse. se requerirá que estén presentes o representadas, por lo menos, las tres cuartas partes de las Acciones, o sean ciento treinta y ocho mil setecientas cincuenta acciones, e igual proporción se requerirá para tomar resolución. Si no hubiere quórum en la primera fecha de convocatoria, la Junta se llevará a cabo en segunda fecha, en el mismo lugar, a la misma hora, el día sábado veinticinco de Febrero de dos mil doce. En esta segunda fecha de convocatoria, la Junta se considerará válidamente reunida, respecto de los puntos de carácter ordinario, cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por simple mayoría de los votos presentes; y respecto de los puntos de carácter extraordinario, el quórum necesario para celebrar sesión será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social, y el número de votos necesarios para tomar resolución será las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas. San Salvador, tres de Enero de dos mil doce. Dr. CARLOS ARMANDO LAHUD. 6. Informe de los Auditores Externos; PRESIDENTE. 7. Aplicación de Resultados del ejercicio anual al 31 de Diciembre de 2011; 3 v. alt. No. C

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Pedro Nonualco, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, constituida conforme lo establecen sus estatutos y en cumplimiento a la atribución que les confieren las cláusulas Vigésima Segunda y Vigésima Cuarta de su Escritura de Modificación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto Social vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a partir de las Nueve horas del día once de febrero del año dos mil doce, en las instalaciones de la Caja de Crédito de San Pedro Nonualco, ubicado en Calle Jesús Peña, Av. Guatemala, Barrio El Centro, San Pedro Nonualco, Departamento de La Paz, en PRIMERA CONVOCATORIA; en caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día doce de febrero a las diez horas en el local de la Asociación Cafetalera de El Salvador, ubicada en Calle Asociación Cafetalera, Barrio El Centro, de la Ciudad de San Pedro Nonualco. Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen las cláusulas 19º, 20º, 21º, 22º, 24º, 25º, 26º y 28º de la Escritura de Modificación a la Escritura de Constitución ya citada y los artículos 223, 228 y 229 Sección "C", Capítulo VII, título II del Libro Primero del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda. AGENDA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA 1. Integración del Quórum de Presencia. DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley. 2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y los que faltaren por las causas que expresan las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modificación a la Escritura HACE SABER: Que por Ejecución Forzosa seguida por el Licenciado Vidal Manuel Bonilla Ayala, con Documento Único de Identidad Número cero cero veintiuno sesenta y seis veintiséis - tres, en calidad de Constitución de la Caja. 3. Integración del Quórum Legal. 4. Apertura de la Sesión. 5. Presentación de la Memoria Anual de la Junta Directiva de la Caja de Crédito; el Balance General al 31 de diciembre de 2011; el Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2011; y el Informe del Auditor Externo, a fin de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas. 6. Aplicación de los resultados del ejercicio Retiro voluntario de los Socios de acuerdo a disposiciones legales. 8. Nombramiento del Auditor Externo y su respectivo suplente y fijación de sus emolumentos. 9. Nombramiento del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fijación de sus emolumentos. 10. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva. El Quórum Legal se integrará con quince de los veintiocho Representantes de Acciones que forman la Junta General Ordinaria en primera convocatoria y con los Representantes de Acciones presentes en segunda convocatoria de conformidad a los artículos 240 y 241 dei Código de Comercio Vigente y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social. En la Ciudad de San Pedro Nonualco, Departamento de la Paz, a los tres días del mes de enero de dos mil doce. SUBASTA PUBLICA MARIA ANA BLANCO DE RODRIGUEZ, DIRECTOR PRESIDENTE. BERTA ARGUETA DE VIDES, DIRECTOR SECRETARIO. CARLOS BURGOS ALFARO, DIRECTOR PROPIETARIO. 3 v. alt. No. C de Apoderado General Judicial de la señora Ana Gloria Ayala conocida por Ana Gloria Ayala Macías, mayor de edad, Secretaria, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero uno sesenta y dos veintiuno veintiséis - nueve y Número de Identificación Tributaria diez once - cero siete cero ocho cincuenta y uno - cero cero uno - seis, se venderá en pública subasta de conformidad a lo establecido en los Artículos seiscientos cincuenta y nueve y seiscientos sesenta y cinco del Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles, el cincuenta por ciento del inmueble de naturaleza urbana, hasta la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más una tercera parte que no debe de exceder de la cantidad de dinero reclamada Artículo seiscientos ocho del Código Procesal Civil y Mercantil, la propiedad del señor WILLIAM MOISES TORRES MEJIA, con Documento Único de Identidad Número cero dos treinta y nueve sesenta y siete treinta - dos, Número de Identificación Tributaria once cero dos cero cuatro cero tres sesenta y seis - ciento uno - ocho, ubicado en el Barrio El Calvario, de Berlín, Departamento de Usulután, Embargo Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente del Departamento de Usulután, bajo la Matrícula Número siete cinco cero ocho nueve uno siete ocho - cero cero cero cero cero, en el Sistema del Folio Real Automatizado en el Asiento seis de Embargo.

55 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince horas y cincuenta minutos del día ocho de diciembre del año dos mil once. LIC. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Ciudad Arce, de Ciudad Arce, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. REPOSICION DE CERTIFICADOS EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Ciudad Arce, de Ciudad Arce, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S. A. BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Altavista, de la ciudad de Ilopango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia San José de la Montaña, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F EL BANCO AGRICOLA, S. A. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Jiquilísco, de la ciudad de Usulután, AVISA: Que en su Agencia Lourdes, del Municipio de Colón, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 270 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S. A. BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

57 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de AVISA: Que en su Agencia Masferrer, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Y ATENCIÓN AL CLIENTE. BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Aguilares, de la ciudad de Aguilares, Certificado No , amparado con el registro No l4 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorro- GERENCIA DEPTO. DE DEPÓSITOS. gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. 3 v. alt. No. F En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISO San Salvador, 20 de diciembre de EL BANCO AGRICOLA, S. A. BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición de los Certificados arriba mencionados. AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA S.A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No Y ATENCION AL CLIENTE. del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación 3 v. alt. No. F del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISO San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F

59 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISA: Que en su Agencia Colón, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F AVISO BANCO AGRICOLA, S.A. EL BANCO AGRICOLA, S. A. VICTOR CANALES, AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que Y ATENCION AL CLIENTE. ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. 3 v. alt. No. F En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISO San Salvador, 20 de diciembre de EL BANCO AGRICOLA, S. A. BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Ciudad Arce, de Ciudad Arce, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del AVISO 3 v. alt. No. F San Salvador, 20 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F AVISO BANCO AGRICOLA, S.A. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 20 de diciembre de EL BANCO AGRICOLA, S. A. BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Sensuntepeque, de la ciudad de Sensuntepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito de Ahorro a Plazo, constituido el a 21 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. VICTOR CANALES, JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE. GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F

61 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de AVISO EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. AVISO SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del Certificado de Depósito a Plazo Fijo # Ag. Chalchuapa, emitido el día 07/01/2008 a un plazo de 90 días el cual devenga el 1.25% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia. San Salvador, 28 de diciembre del dos mil once. JULIO ALFONSO GARCIA INGLES, JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS. LIC. MÓNICA PILOÑA DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. F GERENTE DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA, SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS. 3 v. alt. No. F AVISO EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del Certificado de Depósito a Plazo Fijo # Ag. Chalchuapa, emitido el día 22/09/2008 a un plazo de 180 días el cual devenga el 1.05% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia. San Salvador, 28 de diciembre del dos mil once. COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Km. 10½ Carretera a Santa Tecla, se ha presentado el Asegurado por el Seguro de Vida Colectivo, Póliza VIBA , Certificado número notificando del extravío de dicho certificado. Que por haberse extraviado el antes referido certificado, de conformidad a lo establecido en la Condición General Vigésima Tercera, denominada "Reposición", de la Póliza arriba citada y a lo preceptuado por el Art del Código de Comercio, solicita la reposición de dicho certificado que originalmente fue emitido por una suma asegurada de VEINTE MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Santa Tecla, 14 de diciembre de SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia USULUTAN, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 30 de mayo de 2005, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 dei Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de JULIO ALFONSO GARCIA INGLES, JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS. LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia UNICENTRO, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 08 de junio de 2009, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado. SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia CHALATENANGO, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 21 de julio de 2011, a 90 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia SAN FRANCISCO GOTERA, se ha AVISA: Que en su agencia CHIRILAGUA, se ha presentado el presentado el propietario del certificado No del Depósito propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo a Plazo Fijo emitido el 01 de julio de 2010, a 180 días prorrogables, emitido el 13 de junio de 2011, a 180 días prorrogables, solicitando la solicitando la reposición de dicho certificado. reposición de dicho certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de San Salvador, 22 de diciembre de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

63 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 16 de enero de 2003, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado. SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia CHINAMECA, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 20 de agosto de 1998, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia METAPAN, se ha presentado el AVISA: Que en su agencia METAPAN, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 07 de septiembre de 2001, a 180 días prorrogables, solicitando emitido el 30 de agosto de 2001, a 360 días prorrogables, solicitando la la reposición de dicho certificado. reposición de dicho certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 22 de diciembre de San Salvador, 22 de diciembre de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 AVISO AVISO El Banco de Fomento Agropecuario, AVISA: que en su Agencia San Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito Número constituido el 07 de Marzo de 2011, para el plazo de 90 días prorrogables, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad con los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio. En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 28 de diciembre de ING. MODESTO ANTONIO VALLADARES, GERENTE DE AGENCIA SAN VICENTE. AVISO 3 v. alt. No. F El Banco de Fomento Agropecuario, AVISA: Que en su Agencia San Francisco Gotera, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el certificado de Depósito Número , constituido el 10 de agosto de 2011, para el plazo de 180 días prorrogables lo que hace del conocimiento del público para los efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del código de comercio. En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco, no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 23 de diciembre de El Banco de Fomento Agropecuario, AVISA: Que en su Agencia San Francisco Gotera, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el certificado de Depósito Número , constituido el 21 de agosto de 1996, para el plazo de 180 días prorrogables lo que hace del conocimiento del público para los efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del código de comercio. En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 27 de diciembre de FRANCISCO CHICAS FLORES, GERENTE DE AGENCIA SAN FRANCISCO GOTERA. AVISO 3 v. alt. No. F SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS, COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Km. 10½ Carretera a Santa Tecla, se ha presentado el Asegurado por el Seguro de Vida Colectivo, Póliza VIBA , Certificado número 7914 notificando del extravío de dicho certificado. Que por haberse extraviado el antes referido certificado, de conformidad a lo establecido en la Condición General Vigésima Tercera, denominada "Reposición", de la Póliza arriba citada y a lo preceptuado por el Art del Código de Comercio, solicita la reposición de dicho certificado que originalmente fue emitido por una suma asegurada de DIEZ MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y sino hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Santa Tecla, 23 de Diciembre de LIC. MONICA PILOÑA DE VELASQUEZ, FRANCISCO CHICAS FLORES, GERENTE DE AGENCIA SAN FRANCISCO GOTERA. GERENTE DE COMERCIALIZACION MASIVA. SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

65 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de AVISO DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (21847) emitido en Suc. Santa Rosa de Lima el 06 de junio de 1996, por valor original de 8, a un plazo de 60 días, el cual devenga el 12.50% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil once. LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS. AVISO 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD "MAMUT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE" QUE PUEDE ABREVIARSE MAMUT, S.A. DE C.V. HACE CONSTAR: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada en esta Ciudad, a las nueve horas, del día diecinueve del mes de diciembre del año dos mil once, asentada en Escritura Pública ante los oficios del Notario Rafael Antonio Belloso hijo, se adoptaron por unanimidad de la totalidad de accionistas, los acuerdos de: a) Disolver la Sociedad Mamut, Sociedad Anónima de Capital Variable, de conformidad con el artículo ciento ochenta y siete numeral cuarto del Código de Comercio y proceder a su liquidación; b) Nombrar como liquidadores de la Sociedad al doctor José Mario Bolaños Orellana, a la señorita Mariana Fermina Bolaños Meardi y al señor José Enrique Bolaños Meardi. Los liquidadores nombrados serán administradores y representantes de la Sociedad de conformidad con el artículo trescientos veintisiete del Código de Comercio; quienes entrarán en sus funciones después de la inscripción de este acuerdo en el Registro de Comercio; c) Fijar el plazo de hasta UN AÑO en que debe practicarse la liquidación de la Sociedad, contado a partir de la inscripción del presente acuerdo de disolución en el Registro de Comercio; se faculta al Presidente de la Sesión doctor José Mario Bolaños Orellana, para que suscriba la certificación del acta y el acuerdo de disolución que se ha de publicar EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas en el Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional, y en su se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. oportunidad, inscriba el presente Acuerdo de Disolución en el Registro de ( ) emitido en Suc. San Francisco Gotera el Comercio; pudiendo prorrogar por un año más el plazo si no se hubiere 05 de abril de 2010, por valor original de $2, a un plazo de 1 año, liquidado por acuerdo de la Junta General; d) Se nombra como Auditor el cual devenga el 2.250% de interés solicitando la reposición de dicho Externo y Fiscal al señor José Luis Rodríguez. certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de días después de la publicación de este aviso y si no hubiera ninguna la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer oposición, se procederá a la inscripción del acuerdo de disolución en el el certificado en referencia. Registro de Comercio. San Salvador, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil once. mil once. LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS. JOSE MARIO BOLAÑOS ORELLANA, PRESIDENTE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA. 3 v. alt. No. F v. No. F022659

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 SENTENCIA DE NACIONALIDAD no padece de enfermedades infectocontagiosas a folio ocho; d) Fotocopia EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. CERTIFICA: Que a folio treinta y ocho frente y vuelto DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente dice: NÚMERO TREINTA Y OCHO. En cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería vigente y habiéndose declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por el señor DOUGLAS JOSÉ LEZAMA CABALLERO, se hace el siguiente asiento: MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las diez horas con diez minutos del día dieciséis de septiembre del dos mil diez. Las presentes diligencias han sido promovidas por el señor DOUGLAS JOSE LEZAMA CABALLERO, de veintiocho años de edad, de sexo masculino, soltero, Comerciante, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad nicaragüense, originario de Puerto Morazán, Departamento de Chinandega, República de Nicaragua, lugar donde nació el día veinticuatro de mayo de mil novecientos ochenta y dos, portador de su Carné de Identificación de Residente Centroamericano número tres nueve cuatro tres dos, inscrito en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus padres responden a los nombres de DOUGLAS JOSÉ LEZAMA MORALES y MARIELY AMPARO CABALLERO TORREZ, ambos del domicilio de San Salvador, de nacionalidad nicaragüense, sobrevivientes. LEÍDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I. Que el peticionario en su solicitud de folio tres en lo pertinente manifiesta que por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador; desde el día doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve, es su deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad para lo cual presenta para de Pasaporte vigente, a folio nueve al doce. II. Que recibida la solicitud por auto de folio dieciséis, se dio por admitida, según lo establecido en la Ley de Extranjería; y se mandó a pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho y doscientos veintinueve del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédesele al señor DOUGLAS JOSÉ LEZAMA CABALLERO, de las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑO por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y tener domicilio fijo en El Salvador. El favorecido conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución de la República. INSCRÍBASE ESTA RESOLUCIÓN EN EL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO. Certifíquese, confróntese y dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. NOTIFÍQUESE. JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. RUBRICADA Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las diez horas con cinco minutos del día siete de enero de dos mil once. JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. RUBRICADA ES CONFORME con el original de la sentencia pronunciada a favor del señor DOUGLAS JOSÉ LEZAMA CABALLERO y con el Asiento en Libro de personas, que adquieren la nacionalidad salvadoreña por nacimiento, con los cuales se confrontó, en el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, San Salvador a las diez horas con veinte minutos del día siete de enero de dos mil once. que se agregue la documentación siguiente: a) Certificación Partida de Nacimiento, debidamente autenticada, a folios cuatro al seis, b) Fotocopia confrontada con su original de su Carné de Identificación de Residente Centroamericano, a folio siete; c) Constancia médica, expedida por la Dra. Yasira Ivet González de Rodríguez, en la que consta que el peticionario JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. 1 v. No. F022653

67 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de EDICTO DE EMPLAZAMIENTO JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR, EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR, LICENCIADO ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, A LA DEMANDADA SEÑORA GLORIA LILIAN GUADRON DE VILLANUEVA. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil fue promovido, por el Doctor LUIS ALFONSO MENDEZ RODRIGUEZ, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando en su calidad personal, en contra de las señoras CONCEPCION SOLANO ORANTES y LILIAN GUADRON DE VILLANUEVA. En virtud de que el Licenciado MENDEZ RODRIGUEZ, en el carácter antes expresado, ignora el paradero de la demandada señora GLORIA LILIAN GUADRON DE VILLANUEVA, así como se ignora si tiene apoderado, curador o representante legal, para que la represente en el proceso, y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, nacional donde poder realizar dicho acto de comunicación, en razón de lo procedente es que sea emplazada por medio de edictos, a fin de que ejerza su derecho de defensa en el referido proceso. hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en Abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art. 69 Inc. 1º CPCM; y de no contar con recursos económicos suficientes acuda a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal, de conformidad al Art. 75 CPCM. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las catorce horas y veinte minutos del día tres de noviembre del dos mil once.- LIC. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ SUPLENTE TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LICDA. ANGELA ROSIBEL MARCELA ESCOLAN ROMERO, SECRETARIA INTE- RINA. HACE SABER: Que se dió inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número de referencia 351( PE-4CM1)- 1RC, promovido por el Licenciado FERNANDO ANTONIO FLORES ESPÍNOLA, en calidad de Apoderado General Judicial de la CAJA DE CRÉDITO DE SUCHITOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RES- PONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CAJA DE CRÉDITO DE SUCHITOTO, DE R.L. DE C.V., pudiendo ser ubicado el Apoderado en: Colonia Médica, Diagonal Dr. Arturo Romero, número ciento treinta, edificio Oqueli, segunda planta, local número cinco, Ciudad de San Salvador o al telefax: ; y la cooperativa demandante en: Segunda Avenida Norte y Segunda Calle Poniente, Suchitoto, Departamento de Cuscatlán; en contra del señor DINO LIBERALE, mayor de edad, técnico en mecánica, de nacionalidad Italiana, del domicilio de San Salvador, y de Cividale del Fríuli, República de Italia, con carné de identificación personal número: Cero treinta y dos guión noventa y uno, y Número de Identificación Tributaria: Nueve mil quinientos treinta y uno guión veintisiete cero cinco cincuenta y tres guión cero cero uno siete. Que no fue posible emplazar personalmente al señor DINO LIBERALE, por no contar con una dirección en el territorio ello, conforme a lo establecido en los Arts. 181 y 186 C.Pr.C.M., se le emplaza por este medio, concediéndosele un plazo de DIEZ DÍAS, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se En consecuencia, emplácese a la señora GLORIA LILIAN presente a este Juzgado a contestar la demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere se procederá a nombrarle un CURADOR AD LITEM, GUADRON DE VILLANUEVA, a fin de que comparezca a este Tribunal para que lo represente en el presente proceso, Art. 186 C.Pr.C.M. Los en el plazo de diez días hábiles siguientes a la tercera publicación de documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda suscrita este edicto, a contestar la demanda. por el Licenciado FERNANDO ANTONIO FLORES ESPÍNOLA; 2) Testimonio de la Escritura Pública de Contrato de Mutuo con Primera Adviértase a la demandada que al contestar la demanda deberá Hipoteca Abierta, otorgado por el señor DINO LIBERALE a favor de la darle cumplimiento a lo regulado el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá CAJA DE CRÉDITO DE SUCHITOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CAJA DE CRÉDITO DE SUCHITOTO, DE R.L. DE C.V., suscrito el dieciocho de enero de dos mil uno; 3) Escritura de Poder General Judicial con Clausula Especial, otorgada por CAJA DE CRÉDITO DE SUCHITOTO, DE R.L. DE C.V., a favor del Licenciado FERNANDO ANTONIO FLORES ESPÍNOLA. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley correspondientes. Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MER- CANTIL: San Salvador, a las ocho horas con diez minutos del día veintiuno de noviembre del año dos mil once.- LIC. JOSE MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL.- LIC. JACQUELINE XIOMARA AQUINO PALACIOS, SECRETARIA. 1 v. No. C v. No. F022770

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 EMBLEMA MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HERMINIA JOSEFA LOPEZ DE JUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BERESA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE que se abrevia: BERESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA. Consistente en: Diseño que se identificará como salón, que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, UBICADOS EN VARIAS ZONAS DEL PAIS, TENIENDO SU REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de ESTABLECIMIENTO PRINCIPAL EN AVENIDA SAN MARTIN NUMERO DOS - CINCO LOCALES C Y D, MUNICIPIO DE SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, DEDICADO A LA EXPLOTACION DE SERVICIOS DE BELLEZA. La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado TERESA BIBIANA FLORES DE DIAZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DIFLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIFLO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. Consistente en: Las palabras PLAZA MADRID y diseño, que servirá para: AMPARAR: AGENCIAS DE ALQUILER [PROPIEDADES INMOBILIARIAS]. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del año dos mil once. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de diciembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. trece de diciembre del año dos mil once. 3 v. alt. No. C MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 44. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARYCAR- MEN AREVALO MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

69 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. Aviso La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado OLINDA GRACIELA ROMERO DE MONJARAS, del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su Póliza de seguro de vida 8840 emitida el 27/09/ v. alt. No. F CLASE: 05. REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA JOSE AVISO PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado REINA MARIBEL MENDEZ DE GALDAMEZ, del domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida emitida el 13/03/2008. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada Consistente en: Un diseño, que servirá para: AMPARAR: SER- San Salvador, 26 de diciembre de VICIOS MEDICO VETERINARIO. Clase: 44. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ, mil once. RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil once. 3 v. alt. No. C LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. MARCA DE PRODUCTO FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. No. de Expediente: Póliza. No. de Presentación: ESTABLECIMIENTOS ANCALMO, S.A. DE C.V., que se abrevia: ANCALMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. MEGA BRAIN San Salvador, 26 de diciembre de ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ, RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS. 3 v. alt. No. C Consistente en: Las palabras MEGA BRAIN, se traduce al castellano la palabra Brain como cerebro, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil once.

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Consistente en: Las palabras Silver JEANS, que se traduce al HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA JOSE castellano como PANTALONES VAQUEROS DE PLATA, que servirá PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ESTABLECIMIENTOS ANCALMO, S.A. DE C.V., que se abrevia: para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS ANCALMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. DE SOMBRERERÍA. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos MEGA SEX REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Consistente en: Las palabras MEGA SEX, la palabra Sex se traduce Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, al castellano como sexo, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. mil once. La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil once. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUBEN AN- TONIO CONTRERAS FLORES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. mil once. veintiséis de octubre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

71 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de ACEPTACION DE HERENCIA Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las doce horas y quince minutos del día quince de Noviembre del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante DOLORES PORTILLO, conocido por DOLORES PORTILLO HERNANDEZ, de parte del señor REIMUNDO HERNANDEZ PORTILLO, por derecho propio en calidad de hijo del mencionado causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y dos años de edad, jornalero, originario y del domicilio de San Simón, hijo de Pedro Hernández, y Juana de Jesús Portillo; falleció a las seis horas y cinco minutos del día ocho de Septiembre del año dos mil nueve, en el Cantón Carrizal, de la Jurisdicción de San Simón, Departamento de Morazán siendo esta misma población lugar de su último domicilio.- Se le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se 3 v. alt. No. C presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación este edicto en el expresado periódico. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco DE SEGUNDA PUBLICACIÓN Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día diecisiete de Noviembre de Dos Mil Once. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE 2 DE 1ª INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL SUPLENTE. HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado, a las quince horas y treinta minutos del día once de noviembre del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ISRAEL GOMEZ PALOMO, quien fue de cuarenta y tres años de edad, comerciante, divorciado, Salvadoreño, originario del domicilio de Chirilagua, departamento de San Miguel, hijo de CAYETANO GOMEZ y FILOMENA PALOMO; fallecido a las diez horas del día dos de septiembre del dos mil once, siendo su último domicilio en Colonia Quezada, Avenida B, número 9, de la ciudad de San Miguel; de parte de la señora FILOMENA PALOMO, en calidad de madre del causante. Confiérasele a la aceptante en el carácter aludido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente y se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto. Lo que se pone a disposición del público para los efectos de Ley. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, a las quince horas y cincuenta minutos del once de noviembre del año dos mil once.- LIC. RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora ROSA EMMA CARRANZA HERNANDEZ, conocida por ROSA ENMA CARRANZA HERNANDEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora CIRIACA HERNANDEZ RODRIGUEZ, conocida por CIRIACA HERNANDEZ y por SIRIACA HERNANDEZ, quien fue de noventa años de edad, oficios domésticos, soltera, salvadoreña, originaria y del domicilio de Santa Clara, departamento de San Vicente, habiendo fallecido a las cuatro horas del día diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, en el Cantón San Juan de Merinos, Jurisdicción de Santa Clara, de este departamento, siendo la ciudad de Santa Clara, departamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante MARIA TRANSITO HERNANDEZ CORTES, conocida por MARIA TRANSITO HERNANDEZ CORTEZ, TRANSITO HERNANDEZ, y por MARIA TRANSITO HERNANDEZ, quien falleció el día catorce de junio de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón Los Zacatillos, de la Jurisdicción de San Juan Nonualco, su último domicilio; por parte del señor ROBERTO AMADEO MERINO HERNANDEZ, en concepto de hijo de la causante. Nómbrase al aceptante interinamente, Administrador y Representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, esta ciudad, al público para los efectos de Ley. comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta Oficina JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diez de agosto de dos de Notariado, a las once horas del día nueve del corriente mes y año, mil once.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. VAQUERANO UMAÑA, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ELADIO EDILBERTO VAQUERANO, conocido también por ELADIO HEDILBERTO VAQUERANO y por EDILBERTO VAQUERANO VENTURA, quien fue de cuarenta y seis años de edad, jornalero, salvadoreño, soltero, originario de Apastepeque, departamento de San Vicente, falleció el día veintisiete de enero de mil novecientos ochenta y nueve, en Apastepeque, departamento de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del causante. Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis días del mes de diciembre del dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F JUAN HECTOR LARIOS LARIOS, Notario, de este domicilio, con Oficina en Condominio Héroes Norte, Edificio "D", Segunda Planta, Local dos-diecinueve, Boulevard Los Héroes y Veinticinco Calle Poniente, en se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor EDGARDO JOSE BAUTISTA HERNANDEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora TERESA DE JESUS HERNÁNDEZ DE MUÑOZ, quien fue de treinta y seis años de edad, Secretaria, y falleció en Residencial San Luis, Número dos, Block Número Diez, casa número ciento cuatro F, San Salvador, Departamento de San Salvador, el día diez de julio de dos mil tres, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador, Departamento del mismo nombre; en su calidad de hijo de la causante y además como Cesionario de los derechos que le correspondían al señor Edwin Mauricio Muñoz Palucho, en su calidad de cónyuge de la causante. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinticinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora NORA PATRICIA Se ha conferido al aceptante la Administración y Representación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

73 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Cítase a los que se crean con derecho a la referida sucesión, para que dentro del término de quince días, contados desde el siguiente al de la tercera y última publicación del edicto respectivo, comparezcan ante el suscrito Notario a manifestar si aceptan o repudian la herencia intestada dejada por la referida causante o a alegar igual o mejor derecho. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, Morazán, a las quince horas del día nueve de noviembre de dos mil once.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SE- GUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. Librado en esta Oficina de Notariado, a las nueve horas del día diez de diciembre del dos mil once. LIC. JUAN HECTOR LARIOS LARIOS, NOTARIO. 3 v. alt. No. F LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día siete de noviembre de dos mil once, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante MARIA EULOGIA PORTILLO DE GUEVARA, conocida por MARIA EULOGIA PORTILLO, de parte del señor JUAN BAUTISTA GUEVARA ARGUETA, como cesionario de los bienes que le correspondían a la señora SANTOS VITALIA GUEVARA DE GUEVARA, quien a la fecha de su fallecimiento era de sesenta y ocho años de edad, casada, de oficios domésticos, originaria de Meanguera, y del domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña, hija de Leopoldo Portillo y María Manuela Chicas; falleció el día ocho de septiembre del dos mil once, en el Cantón El Triunfo, de la Jurisdicción de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, siendo éste el lugar de su último domicilio. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, AL PU- BLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las quince horas y cinco minutos del día diecisiete de noviembre del dos mil once, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó la causante AGUSTINA AMAYA DE GUEVARA, de parte de los señores JORGE GUEVARA DIAZ, de ochenta y cuatro años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Osicala, con Documento Único de Identidad Número cero uno cero ocho cuatro nueve cuatro cuatro-ocho; y Número de Identificación Tributaria Número mil trescientos quince-doscientos veinte mil cuatrocientos veintisiete-cero cero uno-cuatro; y EDWIN ALFREDO GUEVARA AMAYA, de treinta y siete años de edad, comerciante, del domicilio de Osicala, portador de su Documento Único de Identidad Número cero tres siete nueve ocho cuatro dos cero-uno, y Número de Identificación Tributaria mil trescientos quince-ciento cincuenta mil cuatrocientos setenta y cuatro-ciento trestres; el primero por derecho propio que le corresponde en calidad de cónyuge sobreviviente, y el segundo como hijo de la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y cinco años de edad, de oficios del hogar, originaria y del domicilio de Osicala, Morazán, hija de María de Los Ángeles Amaya; falleció el día dieciocho de noviembre del dos mil cinco, en Osicala, Departamento de Morazán; siendo en este mismo lugar su último domicilio. Se le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la Administración y Representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se le confirió a los aceptantes antes mencionados y en la forma establecida, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este aviso. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a los veintiún días del mes de noviembre del dos mil once.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil, Santa Ana, al público en general. HACE SABER: Que se han promovido en esta sede Judicial por el Licenciado LUIS ALCIDES CALDERÓN MORÁN, diligencias Judiciales no Contenciosas de Aceptación de Herencia Testada sobre los bienes que a su defunción dejara la señora ROSA VIRGINIA RAMÍREZ HERRERA viuda DE HERRERA, conocida por ROSA VIRGINIA RAMÍREZ viuda DE HERRERA, ROSA RAMÍREZ DE HERRERA, ROSA VIRGINIA RAMÍREZ y por ROSA RAMÍREZ, quien fuera de ochenta y ocho años de edad, de oficios domésticos, viuda, del domicilio de esta ciudad, del mismo Departamento, quien falleció habiendo otorgado testamento abierto, el día veintidós de abril de dos mil once, siendo su último domicilio el de esta ciudad, habiéndose aceptado herencia con Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, beneficio de inventario por parte de las señoras TERESA HERCILIA a las quince horas diez minutos del día once de noviembre de dos mil HERRERA RAMÍREZ, conocida por TERESA ERCILIA HERRERA once.- DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL RAMÍREZ, BLANCA ESTELA HERRERA DE ROSALES, MARINA INTERINO.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, ESPERANZA HERRERA RAMÍREZ, conocida por MARINA ESPE- SECRETARIA. RANZA HERRERA y GLORIA LILIAN HERRERA RAMÍREZ, en calidad de herederas testamentarias, y NOMBRÁNDOSELES A LAS MISMAS COMO ADMINISTRADORAS Y REPRESENTANTES 3 v. alt. No. F INTERINAS DE LA SUCESIÓN antes señalada, de conformidad a lo establecido en el artículo 1163 del Código Civil. Lo que se hace del conocimiento público para que pueda hacerse presente a este Juzgado, dentro del plazo de quince días, contado a partir de la última publicación, las personas que se crean con derecho a la herencia que a su defunción dejara la referida causante. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ INTERINO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del día once de noviembre de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el dieciséis de febrero del año dos mil nueve, en la ciudad de Soyapango, dejó el causante señor PABLO PEREIRA GUERRA, siendo su último domicilio el de esa misma ciudad, de parte del señor JAVIER ENRIQUE PEREIRA URBANO, como hijo sobreviviente del causante y cesionario de derechos hereditarios otorgado por los señores TERESA DE JESUS URBANO DE PEREIRA, PABLO ANTONIO PEREIRA URBANO y MANUEL DE JESUS PEREIRA URBANO, en su calidad de esposa e hijos del causante. Y se le ha conferido al aceptante la Administración y Representación Interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil once.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que en las presentes Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada clasificadas en este Juzgado, bajo el Número Único de Expediente DV-2CM1, promovidas por la Licenciada WENDOLLYN MARÍA DELGADO MARTÍNEZ, en calidad de Apoderada General Judicial del señor MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ ALVARADO, conocido por MIGUEL ÁNGEL ALVARADO y por MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ HERNÁNDEZ, de cuarenta y cuatro años de edad, albañil, de este domicilio y de la ciudad de Alexandría, Estado de Virginia, de los Estados Unidos de América, portador de su

75 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Documento Único de Identidad Número Cero tres millones seiscientos sesenta y ocho mil ciento dieciocho-cinco, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero doscientos uno-ciento treinta y un mil doscientos sesenta y seis-ciento uno-uno; y sobre el cual se ha proveído resolución de las quince horas veinticinco minutos del día once de octubre del corriente año, en la que se ha tenido por aceptada INTERINAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de parte del señor MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ ALVARADO, conocido por MIGUEL ÁNGEL ALVARADO y por MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ HERNÁNDEZ, en calidad de hijo y cesionario de los derechos que le correspondían a la señora BERNARDA VELÁSQUEZ DE HERNÁNDEZ, conocida por BERNARDA VELÁSQUEZ HERNÁNDEZ sobre la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejara el causante señor JESÚS HER- NÁNDEZ, quien era de ochenta y seis años de edad, al momento de fallecer el día diez de octubre del año dos mil diez, casado, Agricultor en Pequeño, siendo su último domicilio Cantón La Parada, Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa Ana. Al aceptante se le confiere Interinamente la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes, a la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial de conformidad al Art. siendo su último domicilio el Barrio San Sebastián, Altos del Palmar, Santa Ana, por parte de la señora ZOILA DEL TRÁNSITO GUZMÁN RODRÍGUEZ, por medio de su Representante Procesal, Licenciada MILTA BEATRIZ HERNÁNDEZ DE MENDOZA. Confiriéndosele INTERINAMENTE la Administración y Representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley comparezcan a este Juzgado a deducirlo. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, veinticinco de agosto del año dos mil once.- LICDA. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PÉREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY del Código Civil. AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas y veinte minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a MERCANTIL: Santa Ana, a las quince horas treinta minutos del día su defunción dejó el causante VICTOR MANUEL CRUZ o VICTOR once de octubre del año dos mil once.- LIC. RODRIGO ERNESTO MANUEL CRUZ HERNANDEZ, quien falleció el día once de octubre BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER- del año dos mil seis, en Hospital General del Instituto Salvadoreño del CANTIL, SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS. Seguro Social, en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el Municipio de El Carmen, Departamento de Cuscatlán, de parte SECRETARIO. de las menores ZULMA GISSELLA y DALIANA BEDALY, ambas de apellidos CRUZ CRUZ, quienes son representadas legalmente por 3 v. alt. No. F su madre señora CARMEN ELENA CRUZ, conocida por CARMEN ELENA CRUZ HERNANDEZ, ambas menores en calidad de hijas del referido causante. LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN- TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las once horas cincuenta minutos del día veinticinco de agosto del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ, quien fue de ochenta y un años de edad, Herrero, soltero, fallecido a las dos horas del día veintitrés de febrero de dos mil seis, Habiéndoseles conferido a las aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y veinticinco minutos del día doce de octubre del año dos mil once.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las doce horas con cuarenta minutos del día dieciséis de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor MARIO ERNESTO HERNANDEZ SANCHEZ, ocurrida el día veintitrés de octubre de dos mil diez, en esta ciudad, siendo el municipio de Zaragoza, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARINA ANTONIA NAVARRO VIUDA DE HERNANDEZ y de las menores MARINA ALEJANDRA y VALERIA LINDAURA, ambas de apellidos HERNANDEZ NAVARRO, la primera, en calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MARIA PETRONA SANCHEZ CASTILLO y FRANCISCO ANTONIO HERNANDEZ, en calidad de padres; y las demás, en calidad de hijas, todos, respecto del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas y trece minutos del día doce de diciembre de dos mil once.- Enmendadodieciséis-Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETA- RIA. HACE SABER: Que por resolución de las once horas con cincuenta minutos del día veinte de octubre de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor CELESTINO CUBIAS DURAN conocido por JOSE CELESTINO CUBIAS DURAN, ocurrida el día diecisiete de enero de dos mil nueve, en el Hospital Nacional San Rafael de la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio el de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, quien fue de ochenta años de edad, soltero, motorista, de nacionalidad salvadoreña, originario de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de parte de los señores MIGUEL ANGEL CUBIAS DURAN y BLANCA LINDA TOBIAS DE CUBIAS, el primero en su calidad de tutor del incapaz señor JUAN ROBERTO CUBIAS RAMOS en su calidad de hijo sobreviviente del causante y la segunda en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que a su defunción dejara el referido causante y que le correspondían a la SEÑORA MARIA VIRGINIA CUBIAS DURAN en su calidad de hermana del causante. Se le ha conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el día siguiente a la tercera Publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla a las doce horas con cinco minutos del día veinte de octubre de dos mil once.- Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- Licda. ROSA ANGELICA HERNANDEZ EUCEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado a las nueve horas y treinta minutos del día seis de diciembre del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora DIONICIA 3 v. alt. No. F VILLALTA PORTILLO, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, soltera, de oficios domésticos, de nacionalidad Salvadoreña, originaria de Moncagua, Departamento de San Miguel, hija de los señores ROMAN VILLALTA Y SABINA PORTILLO; fallecida a las catorce horas y veinticinco minutos del día veintisiete de julio del año mil novecientos LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO ochenta y dos, siendo su último domicilio en la ciudad de Moncagua, CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA. Al público Departamento de San Miguel; de parte de la señora REINA MARIA para los efectos de ley, VILLALTA TREJO, en calidad de hija de la causante. Confiérasele a la aceptante en el carácter aludido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente y se CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto. Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LAS NUEVE HORAS Y CINCUENTA MINUTOS DEL DIA SEIS DE DICIEM- BRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.- Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

77 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas veintiséis minutos del día seis de diciembre de dos mil once; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las diez horas del día treinta de mayo de dos mil ocho, en el Cantón Llano La Laguna, de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio; dejó el señor ADAN AGUIÑADA DURAN, de parte de la señora MARÍA ANTONIA RODRIGUEZ, en calidad de cesionaria de los Derechos que le correspondían a la señora Mirna Leticia Rodríguez Aguiñada, en su carácter de hija del causante.- Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas veintisiete minutos del día seis de diciembre de dos mil once.- Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. causante, señor TOMAS AGUILAR conocido por TOMAS AGUILAR LINARES, quien fue de setenta y nueve años de edad, pensionado o 3 v. alt. No. F MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana: AL PÚBLICO EN GENERAL, HACE SABER QUE: Se han promovido por la Licenciada BLAN- CA AMPARO CUBAS AVENDAÑO, diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas con Beneficio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara la señora MARÍA LUZ ALVARADO MENA o MARÍA LUZ ALVARADO, quien falleció sin haber dejado testamento, a las once horas con veinticinco minutos, del día veinte de febrero del año dos mil diez, siendo su último domicilio la Colonia San Marcos, ciudad de Santa Ana, del departamento de Santa Ana, habiéndose tenido por aceptada la herencia antes referida por parte del señor JOSÉ ROBERTO ALVARADO, en su carácter de hijo sobreviviente, a quien además se nombró COMO ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE INTERINO de dicha sucesión, el día veinticinco de octubre del corriente año. Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse presentes a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia que a su defunción dejara la referida causante. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad de Santa Ana, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil once.- Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINA DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDALIA ES- PERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los efectos de ley; HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el jubilado, soltero, fallecido el día veintinueve de mayo del año dos mil once a las diez horas, en Cantón Natividad de esta jurisdicción siendo ese su último domicilio; de parte del señor TOMAS ROBERTO ARRIOLA, en su calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía al señor LUIS ADAN ARRIOLA AGUILAR, como hijo sobreviviente del causante; quien actúa por medio de su Apoderada General Judicial, Licenciada EDITH ESTELA GONZALEZ PORTILLO, a quien se le nombró INTERINAMENTE representante y administrador de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que en el término de ley comparezcan a este Juzgado a deducirlo. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, treinta de noviembre de dos mil once.- Licda. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- Lic. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JUAN PIO HERNÁNDEZ GUZMÁN conocido por JUAN PIO HERNÁNDEZ, quien fue de sesenta y ocho años de edad, jornalero, soltero, de nacionalidad salvadoreña, de origen y domicilio de Moncagua, Departamento de San Miguel, hijo de Felipe Hernández y Ana María Guzmán, ambos ya fallecidos; fallecido a las diecisiete horas y treinta minutos del día dieciocho de junio de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón El Valle Alegre de la jurisdicción de Moncagua, Departamento de San Miguel, siendo este municipio su último domicilio; de parte de los señores JUAN CARLOS RIVAS HERNANDEZ y ANA MARIA RIVAS HERNÁNDEZ, en calidad de hijos del causante. Se les ha conferido a los aceptantes en el carácter aludido, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto. 3 v. alt. No. F Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de Ley. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LAS QUINCE HORAS Y VEINTE MINUTOS DEL DIA CINCO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL ONCE.- Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- Licda. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA DE ARMENIA; SONSONATE. HACE SABER: Que a las catorce horas y veinte minutos de este día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el señor MANUEL ERNESTO ALDANA ROJAS, quien era de treinta y nueve años de edad, motorista, casado, del domicilio de Armenia, departamento de Sonsonate, falleció a las nueve horas con cincuenta minutos del día veintidós de enero del año dos mil once; de parte de las señoras DORA DEL CARMEN ROJAS DE NAVAS conocida tributariamente por DORA DEL CARMEN ROJAS DE ALDANA, en su calidad de madre sobreviviente y DEISY MARLENE CABRERA HENRÍQUEZ en su calidad de cónyuge y como representante de los menores MANUEL ER- NESTO, JULIA CAROLINA y BRAYAN RICARDO, todos de apellido ALDANA CABRERA en calidad de hijos del expresado causante. Se nombró interinamente a las señoras antes referidas administradoras y representantes de la sucesión del causante MANUEL ERNESTO ALDANA ROJAS, en la calidad indicada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil once.- Lic. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA.- Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOAQUIN MANFREDI BONILLA, que falleció el día dos de septiembre de mil novecientos setenta y ocho, en el cantón San José Abajo, jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de la señora ALBERTINA NAVIDAD VIUDA DE BONILLA o ALBERTINA NAVIDAD; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión de que se trata. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil once.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

79 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.- HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las once horas del día catorce de Diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor OSCAR SANTIAGO ROMERO, quien fue de cincuenta y siete años de edad, Albañil, originario de San Gerardo, Departamento de San Miguel, y del Domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de OFELIA RAMÍREZ; quien falleció a las nueve horas y treinta minutos del día dos de Julio del año dos mil nueve; de parte de la señora MARÍA DEL CARMEN RAMÍREZ VIUDA DE ROMERO, conocida por MARÍA DEL CARMEN RAMÍREZ CHAVEZ, MARÍA DEL CARMEN RAMÍREZ DE ROMERO, MARIA DEL CARMEN CHÁVEZ DE ROMERO, y por MARÍA DEL CARMEN CHÁVEZ, de treinta y dos años de edad, ama de casa, del Domicilio de Jucuapa, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones quinientos cincuenta y dos mil ochocientos noventa y uno guión dos; y Tarjeta de Identificación Tributaria número uno uno uno cinco guión cero uno cero cuatro siete nueve guión uno cero tres guión ocho; en concepto de cónyuge del causante y cesionaria de los Derechos Hereditarios que le treinta y seis segundos Oeste con una distancia de dos punto veinticin- correspondían al señor OSMÍN ANTONIO ROMERO BRIZUELA, en co metros; colindando con resto con pared de por medio, Tramo dos, concepto de hijo del Causante. Art. 988 N 1 del C.C. Norte Diez grados cuarenta y cinco minutos cero dos segundos Oeste Confiérase a la heredera declarada en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades Norte cero siete grados treinta y siete minutos veintitrés segundos Oeste con una distancia de siete punto setenta y cuatro metros; Tramo tres, y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los con una distancia de ocho punto veinte metros, colindando con Efraín que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a Membreño con pared de por medio, LINDERO PONIENTE; partiendo deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de del vértice Sur poniente está formado por un tramo con los siguientes la tercera publicación del presente edicto. rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cincuenta y dos grados once Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las once horas veinte minutos del día catorce de Diciembre del dos mil once.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO. DE PROPIEDAD y DOMINIO; de un inmueble de Naturaleza Urbano, situado en el Barrio El Centro de esta ciudad de Guatajiagua, Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de: CERO HECTAREAS, CIENTO NOVENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE; partiendo del vértice Nor Poniente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias. Tramo uno, Sur sesenta y cinco grados cero cuatro minutos diecisiete segundos Este con una distancia de punto sesenta y siete metros, Tramo dos Norte treinta y tres grados cuarenta y ocho minutos cero cinco segundos Este con una distancia de punto noventa y un metros; Tramo tres, Sur cincuenta y nueve grados cincuenta y seis minutos doce segundos Este con una distancia de cinco punto cuarenta y tres metros, colindando con Esperanza Martínez calle de por medio, LINDERO ORIENTE; partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur veintisiete grados cuarenta y siete minutos cero seis segundos Oeste, con una distancia de veinticuatro punto treinta y ocho metros, colindando con resto con pared de por medio, LINDERO SUR; partiendo del vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte ochenta y ocho grados veinte minutos minutos cuarenta y nueve segundos Este con una distancia de trece punto cero ocho metros, colindando con Efraín Aguirre con pasaje de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.- En el inmueble antes descrito se encuentra construida una casa de sistema mixto, piso de ladrillo, techo de tejas, con servicio de energía eléctrica y agua potable. Lo adquirió por medio de Compraventa Privada, otorgada en el año novecientos noventa y dos, a través de compra venta privada ante los oficios del Doctor Catalino 3 v. alt. No. F Claros Sandoval, otorgada por el señor JOSÉ OSCAR PORTILLO, ya fallecido. El inmueble anterior lo estima en la cantidad de MIL QUI- NIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; lo que se avisa al público para los efectos de ley. TITULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el señor FREDY VITELIO PORTILLO BENITEZ, de las generales conocidas en las presentes diligencias; solicitando a su favor la extensión de TITULO ALCALDIA MUNICIPAL: Guatajiagua, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil Once.- BERNARDINO ROMERO GAVIDIA, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. ROSA AMINTA MORA- LES DE MEDRANO, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la señora TEODO- LINDA MARTÍNEZ MARTÍNEZ, de las generales conocidas en las presentes diligencias; solicitando a su favor la extensión de TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO; de un inmueble de Naturaleza Urbano, situado en el Barrio El Centro, de esta ciudad de Guatajiagua, Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de: CERO HECTÁREAS, DOSCIENTOS VEINTE PUN- TO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y seis grados cuarenta y tres minutos cuarenta y siete segundos Este, con una distancia de diez punto veintisiete metros; Tramo dos, Sur cero tres grados dieciséis minutos cincuenta y dos segundos Este con una distancia de tres punto cero cinco metros; colindando con Esperanza Martínez, con calle de por medio; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur veintidós grados cincuenta y cinco minutos cuarenta y cinco segundos Oeste, con una distancia de nueve punto noventa metros; Tramo dos, Sur veinticuatro grados cuarenta y ocho minutos treinta y seis segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto diecinueve metros, colindando con Oscar Arcides Fuentes, con calle de por medio; LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte ochenta y un grados cuarenta y nueve minutos veintisiete segundos Oeste con una distancia de doce punto cero nueve metros, colindando con resto de pared de por medio; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte veintitrés grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta y cuatro segundos Este, con una distancia de veintiún punto setenta y cuatro metros, colindando con Lote Numero Dos, con pared de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.- En el inmueble antes descrito se encuentra construida una casa de bahareque, piso de ladrillo, techo de tejas, con servicio de energía eléctrica y agua potable. Lo adquirió por medio de Compraventa Privada, otorgada en el año mil novecientos noventa y uno, ante los oficios del Doctor Catalino Claros Sandoval, otorgada por el señor JOSÉ OSCAR PORTILLO. El inmueble anterior lo estima en la cantidad de MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. HACE SABER: Que el señor NAPOLEON RODRIGUEZ PI- NEDA, conocido por WALTER RODRIGUEZ, de cuarenta y siete años de edad, Empleado, de este domicilio, con residencia actual en Los Ángeles, California, en los Estados Unidos de Norte América, con Pasaporte número B veinte setenta y seis sesenta y nueve, expendido por la Dirección General de Migración, el uno de octubre de dos mil seis, y Número de Identificación Tributaria: Cero ochocientos cinco-doscientos treinta mil quinientos sesenta y cuatro-ciento uno-tres; solicita TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble URBANO sin número, situado en Calle a La Manzana, lugar denominado El Zapote, de esta jurisdicción; del cual, es dueño y actual poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, y tiene un área aproximada de DOSCIENTOS VEINTIDÓS PUNTO DOSCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, siete metros cincuenta centímetros línea recta, cerco de alambre del terreno que se describe, lindando con Irma Amanda Blanco y Roberto de Jesús Beltrán, calle de por medio; AL NORTE, en veintiún metros veinticinco centímetros, lindando con Fidel Rojas Campos, Carretera Litoral de por medio; AL PONIENTE, en veintidós metros sesenta y seis centímetros, línea recta, linda con José Roberto Pineda, José Alexander y José Roberto Pineda Pineda; y AL SUR, veinte metros línea recta linda con María Inocenta López de de la Cruz; y del cual no posee título de propiedad inscrito a su favor, en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie y lo adquirió por venta que le hiciera su difunta madre señora MARIA SARA RODRIGUEZ, en el mes de julio de mil novecientos noventa y tres, pero por motivos ajenos a su voluntad carece del documento de venta por habérsele extraviado, pero teniendo desde esa misma fecha y de buena fe, la posesión del inmueble, de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, y que unida a la de su antecesora es superior a diez años. El inmueble lo estima en un valor de OCHO MIL DOLARES de los Estados Unidos de América. ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA, catorce de diciembre de dos mil once. DR. MARVIN ULISES RODRIGUEZ ALVAREZ, ALCALDE MUNICIPAL. LICDA. ANA DELMY DE JESUS GALLARDO, SECRETARIA MUNICIPAL. ALCALDIA MUNICIPAL: Guatajiagua, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once.- 3 v. alt. No. F BERNARDINO ROMERO GAVIDIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. ROSA AMINTA MORALES DE MEDRANO, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN PABLO TACACHICO.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el interesado señor DOUGLAS VLADIMIR CORTEZ ALVARENGA, de treinta y tres años de edad, empleado, del domicilio de El Paisnal, departamento de La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad Número:

81 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de cero tres millones cuatrocientos noventa y siete mil quinientos quince Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. seis, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Cero seiscientos Alcaldía Municipal de San Pablo Tacachico, departamento de La cinco ciento ochenta mil seiscientos setenta y ocho ciento tres dos, Libertad, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil solicitando TITULO DE PROPIEDAD a su favor, de un inmueble de once.- naturaleza urbana, situado en el Barrio La Cruz, Final Calle Principal Oriente, sin número, municipio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, el cual según Certificación de la Denominación Catastral ARISTIDES ALVARADO MEJIA, Oficina de Mantenimiento Catastral de La Libertad, es de un área de ALCALDE MUNICIPAL. DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO VEINTITRES METROS CUADRADOS equivalente a TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PUNTO TRECE VARAS CUADRADAS, con las MANFREDI GUARDADO RIVERA, medidas y colindancias siguientes: LADO SUR: En seis tramos rectos, el primero, distancia de cinco punto veintitrés metros, colindando con SECRETARIO MUNICIPAL. José Santos Aguilar Portillo y Final Segunda Calle Oriente de por medio; el segundo, distancia de cuatro punto setenta y dos metros; el tercero, 3 v. alt. No. F distancia de trece punto cincuenta y siete metros; el cuarto, distancia de doce punto noventa y nueve metros; el quinto, distancia de cero punto ochenta y seis metros; y el sexto, distancia de seis punto ochenta y ocho metros, colindando en estos cinco tramos con propiedad de Jesús Josefina Bonilla; LADO PONIENTE: En cinco tramos, el primero, LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE distancia de uno punto trece metros; el segundo, distancia de trece punto PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARtrece metros; el tercero, distancia de catorce punto cero cinco metros; el TAMENTO DE MORAZAN.- cuarto, distancia de diecisiete punto noventa y cinco metros; y el quinto, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada EMMA LETICIA AMAYA DE SANCHEZ, conocida por EMMA distancia de seis punto cero dos metros, colindando en todos los tramos con propiedad de María Dolores Méndez de Bonilla; LADO NORTE: En LETICIA AMAYA GOMEZ, en calidad de Apoderada General Judicial siete tramos, el primero: distancia de dieciséis punto veinticinco metros, del señor NEFTALI PEREZ VASQUEZ, solicitando TITULO DE colindando con propiedad de Elisa María Solís Blanca y Calle Principal PROPIEDAD, de un terreno de naturaleza urbana, donde está ubicado Oriente de por medio; el segundo, distancia de cero punto cuarenta y el Cementerio y una Cancha de football, situado en Barrio Concepción, cinco metros; el tercero, distancia de nueve punto noventa y tres metros; de la ciudad de Chilanga, departamento de Morazán, de la capacidad el cuarto, distancia de tres punto treinta metros; el quinto, distancia de superficial de CATORCE MIL CUATROCIENTOS NUEVE PUNTO trece punto sesenta y uno metros; el sexto, distancia de tres punto sesenta OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y y siete metros; y el séptimo, distancia de uno punto cuarenta y ocho colindancias siguientes: AL NORTE: Consta de Siete Tramos: Tramo metros, colindando en estos últimos seis tramos con propiedad de Isabel Uno, con una distancia de doce punto sesenta y seis metros; Tramo Dos, Alvarenga; y LADO ORIENTE: En cinco tramos, el primero, distancia con una distancia de quince punto sesenta y dos metros; Tramo Tres, de quince punto cincuenta y seis metros; el segundo, distancia de trece con una distancia de dieciséis punto cincuenta y siete metros; Tramo punto treinta y ocho metros; el tercero, distancia de once punto cero Cuatro, con una distancia de diez punto cero nueve metros; Tramo Cinco, con una distancia de cuarenta y uno punto setenta y ocho metros; seis metros; el cuarto, distancia de veinticinco punto cero uno metros; y el quinto, distancia de nueve punto cuarenta y un metros, colindando Tramo Seis, con una distancia de treinta y cuatro punto cincuenta y un en todos los tramos con propiedad de Balbina Alvarenga. Todos los metros, y Tramo Siete, con una distancia de veinticuatro punto cero tres colindantes son de este domicilio. El predio descrito no es dominante, ni metros, con Predio Municipal y Manuel Rodríguez, los divide pared de sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está ladrillo de por medio; AL ORIENTE: Consta de Dos Tramos: Tramo en proindivisión con otras personas y lo adquirí por parte de la señora Uno, con una distancia de treinta y nueve punto sesenta y dos metros; Isabel Alvarenga, quien es mayor de edad, ama de casa, y del domicilio Tramo Dos, con una distancia de treinta punto dieciocho metros, con de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, quien está viva, Manuel Rodríguez, los divide pared de ladrillo de por medio; AL SUR: mediante contrato de palabra, y he poseído el inmueble en forma quieta, Consta de Ocho Tramos: Tramo Uno, con una distancia de veinticinco pacífica y no interrumpida desde que lo compré, posesión que unida a punto cuarenta y dos metros; Tramo Dos, con una distancia de veinticuatro punto cuarenta y cuatro metros; Tramo Tres, con una distancia la de su anterior propietario es superior a veinte años. Dicho inmueble carece de antecedente registral inscrito en el Registro de la Propiedad de treinta punto cero dos metros; Tramo Cuatro, con una distancia de Raíz e Hipotecas del departamento de La Libertad, tal y como consta treinta y uno punto cincuenta metros; Tramo Cinco, con una distancia de en la referida Certificación Catastral. El solicitante valora el inmueble veintitrés punto ochenta y cuatro metros; Tramo Seis, con una distancia en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS de sesenta punto cincuenta y dos metros; Tramo Siete, con una distancia DE AMÉRICA. de cinco punto setenta y cuatro metros; y Tramo Ocho, con una distancia

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 de treinta y uno punto treinta metros, con Manuel Rodríguez, y Ángel Benítez, los divide pared de ladrillo de por medio; y AL PONIENTE: Consta de Diez Tramos: Tramo Uno, con una distancia de dieciséis punto cuarenta y ocho metros; Tramo Dos, con una distancia de nueve punto ochenta y un metros; Tramo Tres, con una distancia de doce punto veinticinco metros; Tramo Cuatro, con una distancia de diecinueve punto diecinueve metros; Tramo Cinco, con una distancia de catorce metros; Tramo Seis, con una distancia de nueve punto sesenta metros; Tramo Siete, con una distancia de siete punto diecisiete metros; Tramo Ocho, con una distancia de veintinueve punto ochenta metros; Tramo Nueve, con una distancia de veintiséis punto sesenta y cinco metros; Tramo Diez, con una distancia de treinta y siete punto dieciséis metros; con Paula Vásquez, Víctor Vásquez, y terrenos que antes eran de Roberto Vásquez, calle de por medio y con predio Municipal, los divide pared de ladrillo de por medio.- Valuando el Inmueble en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el inmueble lo obtuvo por compraventa en forma verbal de la posesión que le hizo al señor Manuel Rodríguez.- Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a las catorce horas y treinta minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil once.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE 3 v. alt. No. F LETICIA AMAYA GOMEZ; en calidad de Apoderada General Judicial, del señor NEFTALI PEREZ VASQUEZ, quien es el Alcalde Municipal por medio; AL SUR: Consta de dos tramos con las distancias siguientes: Tramo uno, con una distancia de dieciocho punto diez metros; tramo dos, con una longitud curva de seis punto sesenta y ocho metros, colindando en estos tramos con terreno de Alberto Ferrufino, Josefa Rosa y Julia Sánchez, los divide calle de por medio; y AL PONIENTE: Consta de dos tramos con las distancias siguientes: Tramo uno, con una distancia de cuarenta y uno punto veinticinco metros; tramo dos, con una longitud curva de siete punto dieciséis metros, colindando en este tramo con el Centro Escolar, los divide calle de por medio. Que dicha posesión es ejercida por la Municipalidad desde hace más de treinta años; el terreno antes descrito lo valúan en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, a las quince horas diez minutos del treinta de noviembre de dos mil once.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO. JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR- TAMENTO DE MORAZAN.- HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada EMMA LETICIA AMAYA DE SANCHEZ, conocida por EMMA BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI- LETICIA AMAYA GOMEZ, en calidad de Apoderada General Judicial MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA- del señor NEFTALI PEREZ VASQUEZ, solicitando TITULO DE MENTO DE MORAZAN. PROPIEDAD, de un terreno de naturaleza urbana, donde está ubicado HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada EMMA LETICIA AMAYA DE SANCHEZ, conocida por EMMA Chilanga, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de el Estadio Municipal, situado en Barrio Concepción, de la ciudad de SIETE MIL TRESCIENTOS DOCE PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: de Chilanga; solicitando TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble Consta de un tramo con una distancia de setenta y un punto treinta y de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Concepción, de la ciudad de dos metros, con Oscar Lazo, los divide pared de ladrillo de por medio; Chilanga, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de UN AL ORIENTE: Consta de un tramo con una distancia de ciento seis MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE PUNTO OCHENTA Y OCHO punto ochenta y nueve metros, con Jaime Ramírez, los divide pared de METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ladrillo de por medio; AL SUR: Consta de un tramo con una distancia NORTE, consta de dos tramos con las distancias siguientes: Tramo uno, de setenta y cuatro punto sesenta y ocho metros, con Gloria Navarrete, con una distancia de veintiuno punto cero cinco metros; tramo dos, con Santa Navarrete, Angelina Mata y José Martínez, los divide calle de una longitud curva de siete punto setenta y cinco metros, colindando en por medio; y AL PONIENTE: Consta de un tramo con una distancia de estos tramos con el Juzgado de Paz de Chilanga, Casa de La Cultura y con inmueble propiedad de la señora CATALINA SARAVIA, los divide noventa y cinco punto cero tres metros, con Vinia Hernández, Iglesia calle principal de por medio; AL ORIENTE: Consta de dos tramos con del Séptimo Día, Francisca González, Julia Hernández y terreno de la las distancias siguientes: Tramo uno, con una distancia de cuarenta y uno Alcaldía Municipal, los divide calle de por medio.- Valuando el Inmueble punto treinta y dos metros; tramo dos, con una longitud curva de seis en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS punto diecisiete metros, colindando en estos tramos con la Clínica del DE AMÉRICA.- Que dicha posesión siempre ha sido ejercida por la Ministerio de Salud e Iglesia Parroquial de Chilanga, los divide calle de Municipalidad desde hace setenta años.

83 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a las quince horas y treinta minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil once.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor LUIS ALONSO BONILLA RIVERA, de cuarenta años de edad, Empleado, de este domicilio, solicitando título de propiedad de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en Barrio El Niño, de esta Ciudad, constante de una extensión superficial de CINCUENTA Y CUATRO METROS VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide cuatro metros sesenta y cinco centímetros, colinda con inmueble de los señores Milagro del Socorro Melara de Cerón y Abel Eduardo Benítez Melara, hoy de José Julián Benítez Melara, calle de por medio; AL SUR, mide diez metros cuarenta y cinco centímetros, colindando con inmueble de Tránsito Salas de Menéndez; AL PONIENTE, mide cuatro metros diez centímetros, colindando con inmueble de la señora Tránsito Salas de Menéndez; y AL NORTE, mide doce metros sesenta centímetros, colindando con inmueble de la señora Concepción Hidalgo. Este inmueble lo adquirió por compra que le hiciere a la señora ELIA HERMENEGILDA HIDALGO ESCOBAR, conocida por CARMEN HIDALGO, el día once de julio del dos mil uno, mediante Escritura Pública otorgada por el Notario MIRIAN ESTELA MELARA SALAS, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor LUIS ALONSO BONILLA RIVERA, de cuarenta años de edad, Empleado, de este domicilio, solicitando título de propiedad de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en Barrio El Calvario, de esta Ciudad, constante de una extensión superficial de CIENTO CUARENTA Y DOS METROS NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIEN- TE, mide seis metros cuarenta y tres centímetros, colinda con inmueble de las señoras María Mirtala Figueroa de Navas y Teresa Joachín, calle de por medio; AL SUR, compuesto de tres tiros: El primero, mide siete metros ochenta centímetros; el segundo tiro mide seis metros veintidós centímetros; y el tercer tiro mide veintiún metros noventa centímetros, colindando con inmuebles de los señores: Rosa Henríquez Rivera, Rosa Albertina Marroquín de Barahona, Luis Alonso Rivera, Blanca Celina Rivera de Rivas y Rosa Amelia Martínez de Mejía; AL PONIENTE, mide tres metros, colindando con inmueble del señor José Orlando Salas Melara; y AL NORTE, mide veintiún metros veinticinco, centímetros, colindando con inmueble del señor José Orlando Preza Sandoval. Este inmueble lo adquirió por compra que le hiciere al señor JUAN ANDRES SALAS, el día nueve de mayo del dos mil dos, mediante Escritura Pública otorgada por el Notario Juan Carlos Chévez; todos sus colindantes son de este domicilio, y lo estima en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil once. ING. MAURICIO ARTURO VILANOVA, ALCALDE MUNICIPAL. MIRIAN ESTELA MELARA SALAS, SECRETARIA MUNICIPAL. Juan Carlos Chévez; todos sus colindantes son de este domicilio, y lo estima en TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE 3 v. alt. No. F AMERICA. Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil once. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. ING. MAURICIO ARTURO VILANOVA, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor ALCALDE MUNICIPAL. Francisco Humberto Fuentes Peraza, de sesenta y cinco años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero uno seis uno dos cuatro cero ocho-dos y Número de Identificación Tributaria cero dos cero siete-uno siete cero nueve cuatro cinco-cero cero uno-cuatro; actuando en su calidad de Apoderado Administrativo con Cláusula Especial; solicitando se le extienda Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción, Calle 15 de Septiembre, Número Zona 1, de la ciudad de Suchitoto, del Departamento de Cuscatlán a favor de la señora Rina Isabel Alas Ardón, de sesenta y cuatro años de edad, secretaria, del domicilio de Hyastville, Estado de Marykand, Estados Unidos de América, portadora de su Documento Único cero tres cuatro cuatro ocho nueve uno siete-uno y con Número de Identificación Tributaria cero siete uno cinco- uno ocho

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 uno uno cuatro seis- cero cero uno-tres; de una extensión aproximada de CUATROCIENTOS DOS PUNTO CERO UNO METROS CUA- DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, rumbo sur veintitrés grados, siete minutos siete segundos Este y distancia de diecisiete punto treinta metros, linda con terreno de Evangelina Alas de Acosta; AL NORTE, rumbo Norte, setenta y cinco grados, treinta y dos minutos ocho segundos Este y distancia de treinta y tres punto treinta y dos metros, linda con terreno de Jeannette Janowsk de Hasbún, Gonzalo Pérez Menjívar; AL PONIENTE, rumbo Norte quince grados, dieciocho minutos treinta y cinco segundos Este y distancia de cuatro punto cero cero metros, linda con propiedad de Jeannette Janowsk de Hasbún, calle de por medio, llegando de esta forma al esquinero donde se comenzó la presente descripción; AL SUR, rumbo Norte ochenta y nueve grados, treinta y cuatro minutos cuarenta y siete segundos Oeste y distancia de dieciséis punto veinticinco metros, continúa con rumbo Norte, ochenta y cuatro grados, cuatro minutos treinta y cuatro segundos Oeste y distancia de diecisiete punto cuarenta metros, continúa con rumbo Norte setenta y cuatro grados treinta minutos cuarenta segundos Oeste y distancia de seis punto ochenta metros, linda con terrenos de Sandra Josefina Recinos, calle de por medio, Julia Rutilia Martínez Arteaga, calle de por medio, Nicolasa Lilian Martínez, Ana Delmy Martínez de López, Mario Ernesto Solórzano Martínez. En el inmueble descrito existe construida una casa de adobe y tejas. Lo valúa en la cantidad de VEINTISIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE sesenta y dos metros, colindando en ambos tramos con propiedad de AMÉRICA. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con terceras personas. Lo adquirió por compra que le hizo a la señora con propiedad de José Adiel Flores. Todos los colindantes son de este María Graciela Casco de Landaverde, el tres de octubre del dos mil domicilio. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene ocho, por medio de escritura pública, celebrada en San Salvador, ante los Oficios Notariales de Francisco Humberto Fuentes Peraza. Todos LIC. ANTONIO JUAN JAVIER MARTINEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. REYNALDO ANTONIO PINEDA POCASANGRE, SECRETARIO MUNICIPAL. Libertad, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero cero ciento treinta y un mil ochocientos treinta y nueve -seis, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero doscientos diez - cero sesenta mil ciento cuarenta y cinco - ciento cuatro - cuatro, solicitando TITULO DE PROPIEDAD a su favor, de un inmueble de naturaleza rural, situado en el Cantón Moncagua, Caserío Malpaneca, Sin Número, municipio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, el cual según Certificación de la Denominación Catastral Oficina de Mantenimiento Catastral de La Libertad, es de un área de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS equivalente a QUINIENTOS TREINTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y TRES VA- RAS CUADRADAS, con las medidas y colindancias siguientes: LADO NORTE: En tres tramos rectos; el primero, distancia de seis punto treinta y nueve metros; el segundo, distancia de uno punto veintiuno metros; y el tercero, distancia de doce punto sesenta metros; colindando en todos los tramos con propiedades de los señores María Antonia Galdámez de Molina y Cipriano Alejandro Molina Rivera, con calle de por medio; LADO ORIENTE: En tres tramos; el primero, distancia de siete punto doce metros; el segundo, distancia de cero punto noventa y ocho metros; y el tercero, distancia de once punto treinta y cinco metros, colindando en todos los tramos con propiedades de Cruz Isabel Mejía Juárez y Domingo Velasco; LADO SUR: En dos tramos; el primero, distancia de diecinueve punto treinta metros; y el segundo, distancia de cero punto Pedrina del Carmen Guevara de Ayala; y LADO PONIENTE: En un solo tramo recto, distancia de veinte punto cero nueve metros, colindando cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con otras personas y lo adquirí por parte de la señora María Consuelo los colindantes son de este domicilio y se avisa al público para efectos Gómez, quien es mayor de edad, de oficios domésticos, y del domicilio de ley. de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, quien está viva, mediante contrato de palabra, y he poseído el inmueble en forma quieta, Alcaldía Municipal de Suchitoto, a veintidós de noviembre de dos pacífica y no interrumpida desde que lo compré, posesión que unida a mil once. la de su anterior propietario es superior a diez años. Dicho inmueble carece de antecedente registral inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departamento de La Libertad, tal y como consta en la referida Certificación Catastral. El solicitante valora el inmueble en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN PABLO TACACHICO.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la interesada señora CANDELARIA DE JESÚS FUNES DE RIVAS conocida por CANDELARIA FUNES DE RIVAS, de sesenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Alcaldía Municipal de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil once.- ARISTIDES ALVARADO MEJIA, ALCALDE MUNICIPAL. MANFREDI GUARDADO RIVERA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F

85 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de TÍTULO SUPLETORIO BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI- MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA- MENTO DE MORAZÁN. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y cincuenta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil once.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1 DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor ÁNGEL ALFONSO ESPINAL JUÁREZ, en calidad de Apoderado General Judicial, con Cláusula Especial del señor CARLOS SIMÓN FERNÁNDEZ FLORES; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de DOS INMUEBLES, de naturaleza rústica, situados en el Caserío Los Salvadoreños, del Cantón Piedra Parada, de la Jurisdicción de Chilanga, Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; Primer Inmueble: De la capacidad superficial de TRES MIL TREINTA Y CINCO METROS CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Noventa y tres metros noventa centímetros, linda con terrenos de Lucio Cruz y Victoria Flores, calle de por medio; AL NORTE: treinta y cuatro metros ochenta centímetros, linda con terrenos que antes fueron de Maximiliano Salvador Claros, hoy de Silveria Flores, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: setenta y dos las características siguientes: EL PRIMERO, de una extensión superficial metros, veinte centímetros, linda con terrenos de José María Salvador, representado por Elena Salvador, cerco de alambre de por medio; Y AL SUR: treinta y ocho metros treinta centímetros, linda con terrenos que que linda: AL NORTE, con Domingo Méndez; AL SUR, con Audelino antes fueran de Maximiliano Salvador Claros, hoy de José María Salvador, representado por Elena Salvador, cerco de alambre de por medio, por medio; y AL PONIENTE, con Ildefonso Méndez Galdámez, calle de Santos, río de por medio; AL ORIENTE, con Serapio Méndez, río de hasta llegar donde se comenzó a describir el primer lindero. Dentro de por medio. EL SEGUNDO, de una extensión superficial de TRECE MIL este inmueble existen construidas dos casas construidas las cuales son SETECIENTOS CUARENTA PUNTO QUINIENTOS SETENTA Y de techo de tejas y duralita, paredes de ladrillo, piso de ladrillo que es OCHO METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con Alejandro propiedad del titulante. Dicho inmueble lo valora en el precio de CINCO Cabrera Hernández; AL SUR, con Eliseo Calderón, calle de por medio; MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, AL ORIENTE, con Santos Figueroa; y AL PONIENTE, con Víctor el referido inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material Méndez, calle de por medio. Los referidos inmuebles no se encuentran otorgada por el señor INES SALVADOR CLAROS. EL SEGUNDO en proindivisión con persona alguna, y los valúa en la cantidad de MIL INMUEBLE: de la capacidad de OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES DÓLARES cada uno. METROS CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veintiún metros, linda con terrenos de Bernardino González Martínez, cerco de piedra de por medio, AL NORTE: treinta metros, linda con terrenos de Maximiliano Salvador Claros, antes, hoy de Silveria Flores, calle y cerco de piedra de por medio; AL SUR: Treinta y dos metros, en parte con el lote primero que se acaba de describir como también con Victoria Flores, cimiento de piedra de por medio, hasta llegar donde se comenzó a describir. Dentro de este terreno existe una casa construida techo de tejas, paredes de adobe, piso natural, propiedad del titulante; dicho inmueble lo adquirió por venta que le hiciera el señor ENCARNACIÓN FERNÁNDEZ CLAROS; y lo valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. 3 v. alt. No. F JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPÁN. HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado el señor SANTIAGO MÉNDEZ CALDERÓN, quien es de sesenta y un años de edad, agricultor, de este domicilio; por medio de su Apoderado Licenciado CARLOS ROLANDO SOLITO ACOSTA, solicitando se extienda a su favor Título Supletorio de dos inmuebles de naturaleza rústica, incultos, situados en Cantón La Isla, de esta comprensión, con de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con cincuenta minutos del día treinta de abril del dos mil nueve.- LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO. LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor MARDOQUEO MILTON ANTONIO ROMERO FLORES, como Apoderado General HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado el Licenciado LÓPEZ LÓPEZ; promoviendo Título Supletorio; sobre un inmueble Judicial de la señora ROSA ELVA ARGUETA, a solicitar a favor de de naturaleza, rústica, situado en Cantón Cuntan de la Jurisdicción ésta TÍTULO SUPLETORIO sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Llano Grande, del Cantón Corralito, de la Jurisdicción de Corinto, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán; de la de Izalco, Departamento de Sonsonate, identificado como PARCELA NÚMERO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS, de una extensión capacidad superficial de NOVECIENTOS DIEZ PUNTO SEISCIENTOS superficial de SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al NORTE, cuarenta y tres metros veintitrés centíme- PUNTO CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ME- TROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: al NORTE, con tros, linda con José Pilar Velásquez Villatoro; al SUR, cuarenta y tres inmueble del señor Jaime Enrique Portillo Herrera; al ORIENTE, con metros con cincuenta centímetros, linda con terreno del señor Ramón inmuebles del señor Mardoqueo López López; al SUR: con inmuebles Villatoro, calle de por medio; al PONIENTE, veinte metros, linda con del señor Mardoqueo López López y al PONIENTE, con inmueble del José Pilar Velásquez Villatoro; y al ORIENTE, veintidós metros, linda señor Francisco Alberto Mezquita. El inmueble descrito no es predio con el señor Eliseo López.- Inmueble en el cual está construida una casa sirviente ni dominante, no tiene carga ni derecho real que respetar, no de ladrillo, techo de tejas de ocho metros por cinco metros.- La señora esta en proindivisión con ninguna persona y adquirió la posesión del Rosa Elva Argueta, adquirió dicho inmueble por Compra Venta de la mismo, a través de DONACIÓN VERBAL, hecha por el señor HECTOR posesión material por Escritura Pública que le efectuó el señor SERGIO BALTAZAR HURTADO ESCOBAR, posesión que ha ejercido en forma ARGUETA. quieta, pacífica e ininterrumpida, que aunada a la posesión del señor Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y treinta minutos del día veinticinco HURTADO ESCOBAR, supera más de los diez años, sin haber sido perturbado por persona alguna; inmueble sobre el cual ejerce todos los de noviembre de dos mil once.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN actos a que da lugar el derecho de dominio, como cultivarlo, recolectar URQUILLA, JUEZ 2. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. ROSA los frutos, cercarlo y otros actos. En vista que dicho inmueble carece ERMELINDA GUTIERREZ SÁNCHEZ, SECRETARIA. de título inscrito en el Registro de la Propiedad y no se ha inscrito por carecer de antecedente; es por ello que viene en su carácter ya relacionado, en base al artículo 699 y siguientes del Código Civil, a promover 3 v. alt. No. F DILIGENCIAS CIVILES DE TÍTULO SUPLETORIO a favor de su Poderdante señor MARDOQUEO LÓPEZ LÓPEZ; a fin de que en sentencia definitiva y en base a la prueba pertinente y útil, se apruebe el informativo y se ordene la inscripción del inmueble antes descrito, en el Registro correspondiente. Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil once.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI- MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA- MENTO DE MORAZÁN. HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado la Licenciada EMMA LETICIA AMAYA DE SÁNCHEZ, conocida por EMMA LETICIA AMAYA GÓMEZ, en su carácter de Apoderada General Judicial del señor NEFTALÍ PÉREZ VÁSQUEZ, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de DOS PORCIONES DE TERRENO de naturaleza RÚSTICA, donde está ubicado EL CEMENTERIO MUNICIPAL del cantón Piedra Parada, situado en el Cantón Piedra Parada de la jurisdicción de Chilanga, Departamento de Morazán; de la extensión superficial la PRIMERA PORCIÓN de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUE- VE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

87 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de AL ORIENTE: mide treinta y dos metros, colinda con Gonzalo Cruz y propiedad de la compareciente, hoy de María Magdalena Alvarado de Paulino Mata, los divide cerco de alambre de por medio; AL NORTE: López, servidumbre de dos metros de ancho a dar a la calle pública y AL mide setenta y nueve metros, colinda con Margarita Argueta, los divide SUR: mide quince metros y linda con terreno de la compareciente, hoy cerco de piña y alambre de la colindante de por medio; AL PONIENTE: de la señora María Magdalena Alvarado de López.- Dicho inmueble lo cincuenta metros, colinda con terreno de Margarita Argueta los divide adquirió por compra que hizo a la señora MARÍA ROSA MENDOZA, el cerco de piña y alambre propio de por medio y AL SUR: mide setenta y día veintidós de enero de mil novecientos noventa y siete, por lo que datan nueve metros, colinda con la segunda porción, los divide camino vecinal más de diez años de poseerlo en forma quieta pacífica e interrumpida, no de por medio.- SEGUNDA PORCIÓN: de la capacidad superficial de está en proindivisión, no tiene nombre especial alguno, es dominante, OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS no sirviente y lo valúa por la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- mide setenta y siete metros, colinda con Gonzálo Cruz y Paulino Mata, Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas los divide cerco de alambre de los colindantes de por medio; AL NORTE: y treinta minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil once.- cien metros, colinda con primera porción, los divide camino vecinal de por LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ medio; AL SUR: mide ciento treinta metros, colinda con Bivian Flores ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO. e Isidro Flores, los divide calle que conduce del Cantón El Chaparral al Caserío Los Flores de por medio.- El inmueble descrito lo obtuvo la 3 v. alt. No. F Municipalidad por medio de DONACIÓN que le hicieron los señores FRANCISCO SÁNCHEZ, BRAULIO FERNÁNDEZ y CUPERTINO FLORES; lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. TÍTULO DE DOMINIO Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día uno de diciembre DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA de dos mil once.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO 1. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE DE CHALATENANGO. ZUNIGA, SECRETARIA. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado Julio Vidal Alas Rivas, en su calidad de Apoderado General Judicial 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado el Licenciado RAFAEL ORLANDO GUEVARA VILLALTA, en su carácter de Apoderado General Judicial de la señora ELBA ANTONIA ENRI- QUEZ DE GARCÍA, conocida por ELBA ANTONIA HENRÍQUEZ, de la Alcaldía Municipal, calle municipal de por medio; LINDERO solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, no ejidal, inculto de topografía plana con construcciones el cual se encuentra ubicado en el Punto de la Loma de la Quebrada de La Pita, y al sur del Barrio El Calvario, de la población de Paraíso de Osorio, Departamento de La Paz, porción de terreno de una capacidad superficial de DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS; y por el rumbo Sur de Oriente a Poniente de las medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE: quince metros y linda con solar de Rafael Alvarado, hoy de María Magdalena Alvarado de López, AL NORTE: mide quince metros y linda con terreno de Cecilia Hernández, y Dionicio García, Cecilia Hernández, Benedicto García Velásquez y Dolores Araceli López Escobar, AL ORIENTE: mide quince metros y linda con del Concejo Municipal de San Ignacio, solicitando Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el casco urbano de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, denominado como parque: Situada en Barrio El Centro, Calle Municipal Poniente, de una extensión MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO superficial de UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE PUNTO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. CINCUENTA METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes; LINDERO ORIENTE: mide en línea recta treinta y nueve punto sesenta metros y colinda con propiedad de la Iglesia Católica; LINDERO NORTE: mide en línea recta cuarenta y seis metros y colinda con edificio PONIENTE: mide en línea recta treinta y cuatro punto cuarenta metros y colinda con propiedad de Caja de Crédito de San Ignacio, calle de por medio y LINDERO SUR: mide en línea recta cuarenta y cuatro metros y linda con propiedad de Rosa Martínez Hernández y Arturo Vásquez, calle de por medio. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, a los diecinueve días del mes de septiembre del dos mil once.- DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 RENOVACIÓN DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: MARCAS, consistente en la palabra "SHEE"; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. CLASE: 10. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS GIAN- CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO- RIOS PISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de AVENIDA ESPAÑA #1840 COLONIA MODERNA, C.P , GUADALAJARA, JALISCO, MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra UREOPLAST; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de julio del año dos mil once. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de julio del año dos mil once. GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADOR. RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JULIO ROBERTO GUERRA ROMERO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de INVERSIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "REAL"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil once. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JULIO ROBERTO GUERRA ROMERO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de INVERSIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

89 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 20. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COTTER & COMPANY, del domicilio de 2740 CLYBOURN AVENUE, CHICAGO, ILLINOIS , ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS "True Value" ESCRITAS EN LETRAS DE CARTA DE COLOR NEGRO, DE LAS CUALES LAS LETRAS "T" Y "V" SON MAYUSCULAS Y LAS DEMAS SON MINUSCULAS; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 20 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, MARCA DE FÁBRICA SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de INVERSIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES CENTROAMERICANAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de junio del año dos mil once. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: SECRETARIO. No. de Presentación: CLASE: 29. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES CENTRO- AMERICANAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, SUNCROP Consistente en: la expresión SUNCROP, que servirá para: AM- PARAR: GRASAS, MANTECAS Y ACEITES COMESTIBLES, ASÍ COMO MARGARINAS Y OTROS SIMILARES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil once. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. DEDIET Consistente en: la palabra DEDIET, que servirá para: AMPARAR: LECHE MATERNIZADA, ACEITES, MARGARINAS Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 No. de Expediente: No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Presentación: CLASE: 18, 20, 24, 25, 27. CLASE: 18, 20, 24, 25, 27. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE TOMAS HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL CALDERON GONZALEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ARIELA RAQUEL SUSTER CASTILLEJOS, de nacionalidad SAL- de ARIELA RAQUEL SUSTER CASTILLEJOS, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. DE COMERCIO. Consistente en: La palabra EQUENCE y diseño, que servirá para: Consistente en: La palabra equence y diseño, que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y GUARNICIONERÍA; SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y GUARNICIONERÍA; CARTERAS DE BOLSILLO. Clase: 18. Para: AMPARAR: MUE- CARTERAS DE BOLSILLO. Clase: 18. Para: AMPARAR: MUE- BLES, ALMOHADAS, ESPEJOS, MARCOS; PRODUCTOS, NO BLES, ALMOHADAS, ESPEJOS, MARCOS; PRODUCTOS, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES DE MADERA, CORCHO, COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA, CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR, ESPUMA DE MAR, SUCEDÁNEOS CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR, ESPUMA DE MAR, SUCEDÁNEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLÁSTICAS. DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLÁSTICAS. Clase: 20. Para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES Clase: 20. Para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ROPA DE CAMA Y NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ROPA DE CAMA Y DE MESA. Clase: 24. Para: AMPARAR: VESTIDOS, CALZADOS, DE MESA. Clase: 24. Para: AMPARAR: VESTIDOS, CALZADOS, SOMBRERERÍA; ROPA INTERIOR. Clase: 25. Para: AMPARAR: SOMBRERERÍA; ROPA INTERIOR. Clase: 25. Para: AMPARAR: ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEUM Y OTROS ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEUM Y OTROS REVESTIMIENTOS DE SUELOS; TAPICERÍAS MURALES QUE REVESTIMIENTOS DE SUELOS; TAPICERÍAS MURALES QUE NO SEAN DE MATERIAS TEXTILES. Clase: 27. NO SEAN DE MATERIAS TEXTILES. Clase: 27. mil once. La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil once. La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

91 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. que se abrevia: INSERCOM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA SALOME PROA, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. ARGOS REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: La palabra Q' Frijol!! y diseño, sobre la palabra FRIJOL considerada en forma individual no se le otorga exclusividad, que servirá para: AMPARAR: FRIJOLES (HARINAS), CAFÉ, TE, Consistente, en: La expresión ARGOS, que servirá para: AMPA- CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DE RAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NÁUTICOS, CAFÉ; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTI- PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; COS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL MIEL, JARABE DE MELEZA; LEVADURA, POLVOS PARA ES- (INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSE- PONJAR; SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ÑANZA; APARATOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CON- TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN DEL SONIDO O IMÁGENES; mil once. SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APA- Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, RATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS once de noviembre del año dos mil once. CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos REGISTRADORA. mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, SECRETARIA. ocho de diciembre del año dos mil once. 3 v. alt. No. C MARIA DAFNE RUIZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SIGFRE- DO EDGARDO FIGUEROA CRUZ, en su calidad de APODERADO de ILUMINACION CONTINENTAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SIGFREDO EDGARDO FIGUEROA NAVARRETE, en su calidad de APODE- RADO GENERAL JUDICIAL de INDUSTRIAS Y SERVICIOS COMESTIBLES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Consistente en: La palabra LUXLITE y diseño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, DE CALEFACCIÓN,

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 DE PRODUCCIÓN DE VAPOR, DE COCCIÓN, DE REFRIGERA- CIÓN, DE SECADO, DE VENTILACIÓN, DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA E INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. EL INFRASCRITO REGISTRADOR REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 21. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de NOODLE TIME, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. BENIHANA Consistente en: La palabra BENIHANA, que servirá para: AMPA- RAR: PLATOS PARA SERVIR, TAZONES, TENEDORES, CUCHA- RAS, PINZAS, BANDEJAS, CUCHARONES Y PLATOS FUENTES NO DE METALES PRECIOSOS; TAZONES PARA ARROZ JAPONÉS NO DE METAL PRECIOSO; PALILLOS, SOPORTES DE PALILLOS Y ESTUCHES PARA PALILLOS; SALEROS Y PIMENTEROS; JUE- GOS DE TÉ; TAZAS PARA SAKE Y BOTELLAS PARA SERVIR NO DE METAL PRECIOSO. Clase: 21. mil once. La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado GIANCAR- LO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de CARLOS SAINZ RODRIGUEZ, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. Consistente en: Las palabras DOG POWER y diseño, que se traducen al castellano como CAN PODER, que servirá para: AMPARAR: ALIMENTOS PARA ANIMALES, BEBIDAS PARA ANIMALES DE COMPAÑIA, OBJETOS COMESTIBLES Y MASTICABLES PARA ANIMALES, PRODUCTOS PARA CAMA DE ANIMALES Y PRODUCTOS PARA LA CRIA DE ANIMALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ANTONIO BELLOSO ALFARO conocido por RAFAEL ANTONIO BELLOSO HIJO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDI-

93 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de CIAL de VELVET SPOON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VELVET SPOON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL. Velvet Spoon La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, Consistente en: Las palabras Velvet Spoon, que se traduce al castellano como cuchara de terciopelo, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA FABRICACION DE HELADOS CONSUMO HUMANO, UBICADO EN PASEO GENERAL ESCALON, REDONDEL MASFERRER, EDIFICIO MASFERRER, LOCALES 23 Y 24 SEGUNDA PLANTA, SAN SALVADOR, DE- PARTAMENTO DE SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAZMIN BUKELE GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL. REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAZMIN BUKELE GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de MARIA DAFNE RUIZ, PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL. REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. Consistente en: La expresión YAZZ ÚNICA COMO TU y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR, VENTA DE PRODUC- TOS TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR. La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil once. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: La palabra YAZZ y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA FA- BRICACION DE PRENDAS DE VESTIR, VENTA DE PRODUCTOS TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 CONVOCATORIAS CONVOCATORIA CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Sociedad ACASEBI, SOCIEDAD ANÓNI- MA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA, para conocer asuntos de carácter ordinario, a celebrarse en Final Colonia Las Magnolias, Pasaje Pleitez, Número Nueve, Cantón El Matazano, Soyapango, Departamento de San Salvador, el día miércoles veinticinco de Enero del año dos mil doce, a las catorce horas en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día jueves veintiséis de enero del mismo año, a la misma hora y en el mismo lugar. PUNTOS ORDINARIOS 1. Establecimiento del Quórum. 2. Lectura y aprobación del Acta anterior. 3. Memoria de labores de ACASEBI, S.A. DE C.V. leída por el señor Presidente. 4. Dictamen de Estados Financieros por el señor Auditor. 5. Aprobación del Balance General de la Sociedad, Estados de Pérdidas y Ganancias del año 2011, a fin de aprobar o improbar los dos primeros y tomar las medidas que juzgue oportuna. 6. El nombramiento de Auditor Externo y Auditor Fiscal para el Ejercicio 2012 y la fijación de sus emolumentos. 7. Distribución o capitalización de utilidades del ejercicio Para que la Junta General de Accionistas se considere legalmente reunida en la primera fecha de convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINARIOS, deberán estar representados, por lo menos, la mitad más una de las acciones que tenga derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidas, cuando se adopten por la mayoría de los votos presentes. En la segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Confiamos contar con su asistencia; pero en caso que no le fuere posible asistir, le rogamos haga llegar su representación al Departamento de Control de Accionistas de esta Sociedad, situada en Final Colonia Las Magnolias, Pasaje Pleitez, Número Nueve, Cantón El Matazano, Soyapango, Departamento de San Salvador. Sociedad ACASEBI, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. Soyapango, 20 de diciembre del La Junta Directiva de LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS S. A., por este medio convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en primera convocatoria el día martes catorce de febrero del año dos mil doce, a las dieciocho horas en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en la Avenida Olímpica, número tres mil trescientos treinta y tres, de esta ciudad. De no reunirse en esa fecha y hora señalada por falta de quórum necesario para hacerlo, la sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas se llevará a cabo en segunda convocatoria, el día miércoles quince de febrero del año dos mil doce a las dieciocho horas, en el Hotel Holiday lnn, Urbanización y Boulevard Santa Elena, Antiguo Cuscatlán. El quórum de asistencia en primera convocatoria será de la mitad más una de las acciones presentes y/o representadas, y sus resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. En segunda convocatoria será constituida la sesión, cualquiera que sea el número de acciones presentes y/o representadas, y sus resoluciones se tomarán por la mayoría de votos presentes. La agenda de la sesión será la siguiente: I. Establecimiento y Verificación del quórum. II. Conocimiento de la Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General, Estado de Resultados, Estado de cambios en el patrimonio a fin de aprobar los Estados Financieros y el informe del Auditor Externo correspondiente al ejercicio III. Elección de miembros de la Junta Directiva, propietarios y suplentes y fijación de plazo y sus emolumentos. IV. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, propietario y suplente para el año 2012 y fijación de sus emolumentos. V. Aplicación de resultados. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil once. ING. EDUARDO ENRIQUE CHACON BORJA, JOSE GERTRUDIS LAZO ROJAS, PRESIDENTE. DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de SUBASTA PUBLICA ésta instancia, sobre Un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Nicolás Lempa, Jurisdicción de Tecoluca, Departamento de San Vicente, identificado como Lote número tres del Polígono "L" ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ del Proyecto de Lotificación BRISAS DEL LEMPA, el cual se describe así: lote número tres del Polígono "L" de una extensión superficial CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, de doscientos cincuenta punto cero metros cuadrados, equivalentes a trescientos cincuenta y siete punto setenta y un varas cuadradas, partiendo del mojón número uno que es esquinero Norponiente, donde se HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por BANCO DE LOS TRABAJADORES SALVADOREÑOS, Interceptan los linderos de: Lote número tres del Polígono J con calle de cinco metros de ancho de por medio y Lote número dos del Polígono SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA L, se miden los rumbos y distancias que se describen así: Al Norte: un DE CAPITAL VARIABLE, a través de su Apoderada General Judicial tramo recto; del mojón número uno con rumbo Sureste cuarenta y ocho Licenciada SANTOS YANIRA CRUZ, contra la señora MARÍA JULIA grados dieciséis minutos cincuenta y un segundos y distancia de diez VÁSQUEZ LINARES, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, metros cero centímetros se llega al mojón número dos, colindando por un inmueble ubicado en HACIENDA LAS MERCEDES, RESIDENCIAL este lado con: Lote número tres del Polígono J, y Lote número seis del VILLA PALMERA, POLÍGONO UNO, LOTE NÚMERO TREINTA Polígono J, ambas con calle de cinco metros de ancho de por medio; Y NUEVE, de la jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de La AL ORIENTE: un tramo recto; del mojón número dos con rumbo Libertad, de una extensión superficial de OCHENTA Y CUATRO PUN- Suroeste cuarenta y un grados cuarenta y cuatro minutos veinticinco TO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, inscrito a favor segundos y distancia de veinticinco metros cero centímetros se llega al de la señora MARÍA JULIA VÁSQUEZ LINARES, bajo la Matrícula mojón número tres, colindando por este lado con: lote número cuatro TRES CERO CERO NUEVE CERO CINCO DOS SIETE-CERO CERO del Polígono L; Al SUR: con tramo recto, del mojón número tres con CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de rumbo Noroeste cuarenta y ocho grados diecinueve minutos veinticinco la Cuarta Sección del Centro. segundos y distancia de diez metros cero centímetros se llega al mojón Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes. número cuatro, colindando por este lado con: Lote número doce del LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, Polígono L; AL PONIENTE: un tramo recto; del mojón número cuatro a las ocho horas y veinte minutos del día veinte de Octubre de dos mil con rumbo Noreste cuarenta y un grados cuarenta y tres minutos treinta once.- Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, segundos y distancia de veinticinco metros cero centímetros se llega al JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- Licda. JACQUELINE JOmojón número uno, donde se inició la presente descripción, colindando HANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA. por este lado con: Lote número dos del Polígono L; el cual se encuentra inscrito a favor de: MARCOS MENJIVAR MELARA, bajo la Matrícula número: uno tres - cero cero uno cinco nueve ocho - cero cero cero, 3 v. alt. No. F inscripción número: uno - uno - uno registrado en el Sistema de Folio Real. Quien quiera hacer posturas que ocurran que se admitirán siendo legal. Librado en el Juzgado de lo Civil de Usulután, a los diecinueve EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL días del mes de octubre del dos mil once.- Lic. JOSE ANTONIO DE USULUTAN, LICENCIADO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, Al público GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN para los efectos de ley, HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos de este día, se ha ordenado la venta en pública subasta en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado JOSÉ CARLOS DÍAZ, de LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ treinta y un años de edad, Abogado, de este domicilio; actuando como DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. Apoderado General Judicial del señor RAFAEL ARTURO DURAN VILLALTA de sesenta y tres años de edad, Pensionado o Jubilado, de este domicilio, contra el señor: MARCOS MENJIVAR MELARA, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido de setenta y cinco años de edad, mecánico, de este domicilio, a quien por la Licenciada ANA DOLORES MUÑOZ FLORES, como Apoderada se le reclama la cantidad de CINCO MIL DOLARES, en concepto de General Judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO capital líquido reclamado, más los intereses y las costas procesales de Y CRÉDITO COMUNAL "DOCTOR JOSÉ ANTONIO RUIZ", DE

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 RESPONSABILIDAD LIMITADA, en contra de la demandada señora LICENCIADO CARLOS SANCHEZ LOPEZ, Juez Suplente de Primera MARIA VIRGINIA CASTILLO o MARIA VIRGINIA CASTILLO DE Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San CAÑAS, ahora MARIA VIRGINIA CASTILLO DE CORTEZ, quien es Vicente. AL PUBLICO: para los efectos de ley: representada por medio de su Curador Ad-Litem nombrada Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, se venderá en pública Subasta en este Tribunal el inmueble embargado a la demandada, consistente en el inmueble siguiente: de naturaleza Urbana y construcciones HACE SABER: Que en el presente Juicio Civil Ejecutivo, promovido por la Licenciada ANA DOLORES MUÑOZ FLORES, de generales que contiene, marcado con el número UNO DEL BLOCK TRES, de la conocidas en el presente Juicio como Apoderada de la ASOCIACIÓN Sub- Parcelación del POLIGONO "A", de la Urbanización denominada COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COMUNAL "DOCTOR REPARTO SANTA MARTA, situado en el kilómetro once, punto tres, JOSE ANTONIO RUIZ" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que de la Carretera Troncal del Norte, Jurisdicción de Apopa, Departamento se abrevia "ACODJAR DE R.L." en contra de los señores FAUSTO de San Salvador, el cual se describe así: Lote uno del Block tres, de la NIETO AGUILAR y RUBEN ELIODORO SANCHEZ MISMIT; SE Sub-Parcelación del Polígono "A", con una extensión superficial de CIEN- HA ORDENADO LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA EN ESTE TO DOCE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS JUZGADO; en el inmueble garante de naturaleza rústica ubicado en equivalentes a CIENTO SESENTA PUNTO NOVENTA Y CUATRO Cantón La Loma, de San Pedro Perulapán, del Departamento de Cuscatlán, VARAS CUADRADAS, y se localiza así: Partiendo de la intersección de la extensión superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO de los ejes de la Avenida Santa Marta y la Carretera Troncal del Norte, se PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, el cual según mide sobre el eje de este último una distancia de sesenta y cinco metros descripción técnica se describe de la siguiente manera: partiendo del cincuenta centímetros con rumbo sur treinta y cuatro grados cuarenta y vértice Nor-Poniente, se definen los siguientes tramos: LADO NORTE: ocho punto ocho minutos Este, con deflexión derecha de noventa grados un tramo con rumbo Nor Oriente treinta y nueve grados, cincuenta y siete con rumbo Sur cincuenta centímetros se llega al vértice Nor- Este del minutos catorce segundos y distancia diez punto sesenta y tres metros, lote que se describe, el cual mide y linda: AL ESTE: con una distancia de linda en este rumbo con terrenos de Pablo Vásquez, LADO ORIENTE: seis metros cuarenta y cinco centímetros con rumbo Sur, treinta y cuatro dos tramos así: con rumbo suroriente cuarenta y cuatro grados cuarenta grados cuarenta y ocho punto ocho minutos Este, lindando con propiedad y seis minutos y cuatro segundos y distancia dieciséis punto cuarenta y de Joaquín Méndez y Carretera Troncal del Norte de veinticinco metros siete metros, y rumbo suroriente, cuarenta y nueve grados dos minutos de ancho de por medio; AL SUR: con una distancia de trece metros trece segundos y distancia siete punto cuarenta y nueve metros, linda cuarenta y cuatro centímetros con rumbo sur veinte grados dieciséis en este rumbo con terrenos de RAYMUNDO MEJIA, calle nacional de punto cero minutos Oeste, lindando con propiedad de Manuel Ardón, por medio. LADO SUR: un tramo con rumbo surponiente, treinta grados antes sucesión de Guillermo Meléndez; AL OESTE: con una distancia de con cuarenta y siete minutos diez segundos y distancia de nueve punto catorce metros con rumbo Norte treinta y cuatro grados cuarenta y ocho ochenta y nueve metros, linda en este rumbo, con terrenos de Santos punto ocho minutos Oeste, lindando con lote dos del Block tres, de la Franco. LADO PONIENTE tres tramos así: con rumbo norponiente misma Sub-Parcelación; y AL NORTE: con una distancia de once metros cincuenta y un grados veintidós minutos cincuenta y seis segundos, con rumbo Norte cincuenta y cinco grados once punto dos minutos Este, y distancia de trece punto cuarenta y un metros, rumbo norponiente, lindando con lote uno del block dos y estacionamiento de uso común de cuarenta y cuatro grados treinta y dos minutos cincuenta y tres segundos y distancia de ocho punto sesenta metros y rumbo norponiente, la misma Sub-Parcelación, con pasaje Cristina de cinco metros de ancho de por medio. Dicho inmueble antes relacionado se encuentra inscrito cuarenta y siete grados trece minutos veintiséis segundos y distancia de bajo la matrícula número seis cero uno uno cuatro tres cero ocho- cero tres punto cuarenta y nueve metros, linda en este rumbo con terrenos cero cero cero cero, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la de MARIA GUADALUPE NIETO. Llegando a este punto se cierra el Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. polígono cuya área interna se mencionó anteriormente, la propiedad está afectada por una servidumbre al lado sur con ancho de uno punto veinte Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las ocho horas y cuarenta y dos minutos del día cinco de julio del año dos mil diez.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F metros. El inmueble descrito tiene construcciones, el citado inmueble se encuentra inscrito a favor del demandado FAUSTO NIETO AGUILAR, bato la matrícula número , asiento uno, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Ciudad de San Salvador. El inmueble referido se encuentra valuado por la cantidad de ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTE DOLARES CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA ($ 11, ), lo anterior según peritaje realizado el seis de octubre del año dos mil once, además, se encuentra Hipotecado bato la matrícula número , asiento 2 que corresponde al inmueble ubicado en Cantón La Loma, EXP. CAR , corres-

97 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de pondiente a la ubicación Geográfica, La Loma de San Pedro Perulapán del Departamento de Cuscatlán, a favor de Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito Comunal "Dr. JOSE ANTONIO RUIZ".- JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a las quince horas y cincuenta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil once.- Lic. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Licda. MILAGRO AURORA ALVARADO DE LINARES, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas y cuarenta minutos del día veintiocho de abril del presente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada Elsy tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de Elizabeth Gálvez Sánchez, en calidad de apoderada de SCOTIABANK VEINTIDÓS PUNTO TREINTA Y TRES METROS; LINDERO SUR, EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora TELVIA partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRESCIENTOS RUTH MORENO MONGE, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE DOCE PUNTO TREINTA Y TRES METROS; LINDERO PONIENTE, SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE:"""""""""Un inmueble de partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las naturaleza antes rústica hoy urbana, situado en Chacaguaste o Chancala, siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINCE PUNjurisdicción de Mejicanos, departamento de San Salvador, en donde se ha TO SETENTA Y DOS METROS; Tramo dos con una distancia de DIEZ desarrollado la Urbanización Residencial Altos del Escorial, de la cual PUNTO OCHENTA Y DOS METROS, con lo que se llega al vértice forma parte el lote que se identifica con el número CINCO del polígono Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se J, que tiene las medidas siguientes: AL NORTE: cinco punto cincuenta encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de metros; AL ORIENTE: trece punto setenta y cinco metros; AL SUR: la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS cinco punto cincuenta metros; AL PONIENTE: trece punto setenta y cinco metros y con área de setenta y cinco punto seiscientos veinticinco metros cuadrados. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la NUEVE CINCO NUEVE CERO CERO CERO CERO CERO. LOTE señora TELVIA RUTH MORENO MONGE, bajo la Matrícula Número NÚMERO CIENTO SIETE: Según su Escritura es de una Capacidad , del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Superficial de CERO DOS HECTÁREAS TREINTA Y CUATRO Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador."""""""" Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas y veinte minutos del día diecisiete de mayo de dos mil once.- Enmendado-PONIENTE-Vale.- más enmendados-proveída-jurisdicción- Urbanización-Sección-Valen.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que por ejecución promovida por el Licenciado SAMUEL HERNANDEZ MOLINA, como Apoderado General Judicial de la SOCIEDAD AGROCAMPESTRE, S.A. DE C.V., en contra del señor SALVADOR FRANKLIN LARA VILLALOBOS, a efecto de que se le cancele cantidad de dólares, intereses convencionales y costas procesales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará los inmuebles siguientes: LOTE NÚME- RO TREINTA Y DOS: Según su Escritura es de una capacidad superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS TREIN- TA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y TRES METROS; LIN- DERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un ÁREAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRES MIL QUINIENTOS DIEZ PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, es decir, VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS VEINTE PUNTO CUAREN- TA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDE- RO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRESCIENTOS DIEZ PUNTO TRECE METROS; LINDERO ORIEN- TE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de OCHENTA Y CINCO PUNTO SETENTA Y UN METROS; LINDERO SUR, par-

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 tiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRESCIENTOS CUA- RENTA PUNTO DIEZ METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SESENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y UNO METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS NUEVE SEIS UNO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIEN- TO SESENTA Y OCHO. Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS VEINTIÚN ÁREAS SETEN- TA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS TRES MIL CIENTO DIE- CIOCHO PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, es decir, DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIEN- TOS TREINTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SESENTA Y CUATRO PUNTO CERO SIETE METROS; LINDE- RO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS; con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CIN- LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado CUENTA Y SEIS PUNTO DIECISÉIS METROS; LINDERO PONIEN- TE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CERO SIETE CINCO OCHO SIETE CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO VEINTITRÉS: Según su Escritura es de una Capaci- TA Y OCHO METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es dad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIEN- TOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUA- DRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CIN- CUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y UNO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOSCIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO SETENTA Y TRES ME- TROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por cuatro tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS, tramo dos con una distancia de OCHO PUNTO TREINTA Y DOS METROS, tramo tres con una distancia de VEINTIDÓS PUN- TO CINCUENTA Y OCHO METROS, tramo cuatro con una distancia de VEINTITRÉS PUNTO SETENTA Y SEIS METROS, con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CERO OCHO CERO UNO SEIS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO DIECIOCHO. Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁREAS DOCE ÁREAS CUA- RENTA Y UN PUNTO CERO TRES CENTIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO VEINTISÉIS VARAS CUADRADAS, es decir, VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO CERO TRES partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS, las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y tramo dos con una distancia de SIETE PUNTO SETENTA Y TRES NUEVE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS; con lo que se llega METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Y CINCO METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice distancia de QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUARENTA Y CUATRO PUNTO OCHEN- donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CERO OCHO CERO DOS SEIS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO VEINTICINCO: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁ- REAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente

99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de VEINTICUATRO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOSCIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO OCHENTA METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por tres tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SEIS PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS, tramo dos con una distancia de SEIS PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS, tramo tres con una distancia de DOCE PUNTO VEINTISIETE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO TRES CERO CUATRO SIETE CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO NUEVE: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁREAS TREINTA Y CUATRO ÁREAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CINCUENTA equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRES MIL QUINIENTOS DIEZ PUNTO SETENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, es decir, VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS VEINTE PUNTO CUAREN- TO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO TA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDE- MANZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO PUN- RO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de NUEVE METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRESCIENTOS DIECIOCHO PUNTO OCHENTA del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes Y CUATRO METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATRO PUNTO TREINTA Y OCHO METROS, tramo dos con una distancia de DIEZ PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO TRES CERO CUATRO OCHO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO SESENTA Y TRES: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS VEINTIÚN ÁREAS SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS TRES MIL CIENTO DIECIOCHO PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, es decir, DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECISÉIS PUNTO VEINTISÉIS METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de OCHENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y SIETE PUNTO SESEN- TA Y OCHO METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de OCHENTA Y SEIS PUNTO OCHEN- TA Y TRES METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO SIETE CUATRO Y SEIS: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUN- TO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y DOS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS CUA- formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y CINCO PUNTO VEINTITRÉS METROS, RENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y DOS METROS; LINDERO tramo dos con una distancia de CUARENTA Y OCHO PUNTO CERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRECE PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS; LINDERO SUR, partiendo distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS CUA- RENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y DOS METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de NUEVE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS; tramo dos con una distancia de SIETE PUNTO CUARENTA Y TRES METROS, con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción.- Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO SIETE OCHO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO SESENTA: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁ- REAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SE- TECIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO VEINTIDÓS ME- TROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECISIETE PUNTO VENTIDÓS METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIEN- TOS SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de VEINTE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS; con lo que se llega al vértice noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número SIETE CERO CERO TRES la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automati- CINCO TRES OCHO UNO CERO CERO CERO CERO CERO.- zado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO TRES LOTE NÚMERO NOVENTA Y SEIS: Según su Escritura es de una capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁREAS TREINTA Y CUATRO ÁREAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO CEN- Capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁREAS TREINTA Y TIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRES MIL CUATRO ÁREAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO CEN- QUINIENTOS DIEZ PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUA- DRADAS, es decir, VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS VEINTE roriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUARENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y UNO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está uno con una distancia de CUARENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO VEINTE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SESENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO TRES CINCO TRES OCHO CERO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO SESENTA Y UNO.- Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUN- TO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO PUN- TO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS SETEN- TA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRECE PUNTO CERO UN METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS NOVENTA PUNTO SETENTA Y SIETE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECINUEVE PUNTO CUARENTA Y UNO METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de CERO CINCO SEIS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO NOVENTA Y CUATRO.- Según su Escritura es de una TIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRES MIL QUINIENTOS DIEZ PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUA- PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se DRADAS, es decir, VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS VEINTE describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está distancia de CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO SESEN- formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una TA Y UN METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice no- distancia de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO VEINTE METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo Y NUEVE METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y TRES METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CINCUENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA Y SIETE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO TRES CERO CINCO OCHO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE

101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de NÚMERO CIENTO CUARENTA Y SEIS.- Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS VEINTIÚN ÁREAS SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO CEN- TIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS TRES MIL CIENTO DIECIOCHO PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUA- DRADAS, es decir, DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SESENTA Y NUEVE PUNTO SESENTA Y SEIS METROS; LINDE- RO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y UNO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS; LINDE- RO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SESEN- TA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y UNO PUNTO SESENTA Y SIETE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real dos CUARENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y CUATRO; con lo Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO OCHO TRES CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO DIECINUEVE: Según su Escritura es de una Capacidad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS TREIN- VENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS; LINDE- RO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una VEINTICINCO PUNTO CINCUENTA Y UNO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CIENTO NO- VENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS, tramo dos con una distancia de VEINTISIETE PUNTO NOVENTA Y NUE- VE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO OCHO CUATRO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO NOVENTA Y UNO: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁREAS DOCE ÁREAS CUARENTA Y UN PUNTO CERO TRES CENTIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO VEINTISÉIS VARAS CUADRADAS, es decir, VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS CUAREN- TA Y UNO PUNTO CERO TRES METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CERO CERO METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECINUEVE PUNTO TREINTA Y SEIS METROS, tramo dos con una distancia de VEINTICINCO PUNTO OCHENTA Y DOS METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS CUARENTA PUNTO VEINTISEIS METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIEZ PUNTO DIEZ METROS, tramo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, CUATRO DOS OCHO OCHO SEIS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CINCUENTA Y CUATRO: Según su Escritura TA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SEdecir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS SENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CIENTO NO- VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está distancia de CUATROCIENTOS SETENTA PUNTO VEINTIDÓS METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOCE PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO VEINTISIE- TE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SIETE PUNTO CUARENTA Y SIETE ME- TROS, tramo dos con una distancia de DIECISÉIS PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO SIETE DOS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO CA- TORCE: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁREAS TREINTA Y CUATRO ÁREAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS TRES MIL QUINIENTOS DIEZ PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, es decir, VEINTITRÉS MIL CUA- TROCIENTOS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS CINCO PUN- TO SETENTA Y DOS METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por cinco tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECISIETE PUNTO CERO CINCO METROS, tramo dos TREINTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS, tramo tres CINCUENTA Y CINCO PUNTO OCHEN- TA METROS, tramo cuatro QUINCE PUNTO VEINTE METROS, tramo cinco VEINTIUNO PUNTO VEINTICUATRO METROS; Y OCHO METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice no- LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un roriente está formado por siete tramos con las siguientes distancias: tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO NOVENTA METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado tramo tres NUEVE PUNTO CERO DOS METROS, tramo cuatro DIEpor dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distan- CISÉIS PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS, tramo cinco DOCE cia de CINCO PUNTO SETENTA METROS, tramo dos CINCUENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SIETE METROS; con lo que se llega al NÚMERO SESENTA Y CUATRO: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS TA Y DOS METROS, tramo dos con una distancia de VEINTIOCHO equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIEN- TOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUA- DRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CIN- CUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS VEINTICUATRO PUNTO TREINTA Y TRES ME- TROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINCE PUNTO SESENTA METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTO CERO CINCO METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIEZ PUNTO CERO TRES METROS, tramo dos con una distancia de DIEZ PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO OCHO OCHO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO SESENTA Y SEIS: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO UN HECTÁREAS CINCUEN- TA Y NUEVE ÁREAS VEINTICUATRO PUNTO CERO OCHO CENTIÁREAS equivalentes a CERO DOS MANZANAS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, es decir, QUINCE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CERO OCHO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOSCIENTOS NUEVE PUNTO SETENTA Tramo uno con una distancia de VEINTIUNO PUNTO SETENTA Y TRES METROS, tramos dos NUEVE PUNTO DIECINUEVE METROS, PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS, tramo seis VEINTIUNO PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS, tramo siete ONCE PUNTO vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble TREINTA Y UNO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas suroriente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS METROS, tramo dos OCHENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y Tramo uno con una distancia de SETENTA Y OCHO PUNTO ONCE OCHO SEIS CINCO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE SIETE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CINCUENTA Y UNO PUNTO TREIN- PUNTO CUARENTA METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS OCHO OCHO NUEVE CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO SETENTA Y TRES: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS VEINTIÚN ÁREAS SE- TENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS TRES MIL CIENTO DIE- CIOCHO PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, es decir, DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA

103 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de VEINTI- TRÉS PUNTO VEINTICINCO METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por tres tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de VEINTISIETE PUNTO OCHENTA Y UN METROS, tramo dos CINCO PUNTO CERO UN METROS, tramo tres TREINTA Y TRES PUNTO TREIN- TA Y OCHO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CINCUENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TRECE PUNTO OCHENTA Y DOS METROS, tramo dos CUARENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y DOS METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS NUEVE CERO UNO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CIENTO TREINTA Y OCHO: Según su Escritura es de una Capacidad Superfi- su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO DOS HECTÁ- cial de CERO CERO HECTÁREAS VEINTIÚN ÁREAS SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS TRES MIL CIENTO DIECIOCHO TRES MIL QUINIENTOS DIEZ PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, es decir, DOS CUADRADAS, es decir, VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, TA Y CUATRO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SETENTA PUNTO CERO SEIS ME- distancias: Tramo uno con una distancia de CUATROCIENTOS SE- TROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y DOS METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS SIETE NUEVE DOS CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO CINCUENTA Y UNO: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CIN- CUENTA Y DOS CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MAN- ZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, es decir, SEIS MIL OCHO- CIENTOS UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRA- DOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO CERO DOS METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECISÉIS PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINIENTOS VEINTITRÉS PUNTO TREINTA Y CINCO METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DOCE PUNTO TREINTA Y NUEVE ME- TROS, con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS SIETE NUEVE SIETE CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO OCHENTA Y CINCO: Según REAS TREINTA Y CUATRO ÁREAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS equivalentes a CERO TRES MANZANAS VEINTE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norpo- partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo con las niente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SETENTA PUN- uno con una distancia de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE TO VEINTE METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice PUNTO SESENTA Y OCHO METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguien- nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y UNO PUNTO CUAREN- tes distancias: Tramo uno con una distancia de CUARENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS; LINDERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes TENTA Y SEIS PUNTO METROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUARENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO DOS SIETE NUEVE OCHO CERO CERO CERO CERO CERO.- LOTE NÚMERO TREINTA Y OCHO: Según su Escritura es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS SESENTA Y OCHO ÁREAS CERO UN PUNTO CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 equivalentes a CERO CERO MANZANAS NUEVE MIL SETECIEN- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de TOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUA- ley. DRADAS, es decir, SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO PUNTO CIN- CUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de las diez horas y diez minutos del día uno de diciembre de dos mil once.- CUATROCIENTOS SESENTA PUNTO CUARENTA Y OCHO ME- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. TROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO. formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de QUINCE PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS; LIN- 3 v. c. No. C DERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CUA- TROCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO SESENTA Y DOS ME- REPOSICION DE CERTIFICADOS TROS; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECISÉIS PUNTO CERO NUEVE METROS; con lo que AVISO se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 carretera a Automatizado bajo la Matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DOS SIETE NUEVE CINCO CERO CERO CERO CERO CERO.- DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 285PLA , solicitando la LOTE NÚMERO CIENTO TREINTA Y CUATRO: Según su Escritura reposición de dicho CERTIFICADO por OCHOCIENTOS 00/100 es de una Capacidad Superficial de CERO CERO HECTÁREAS VEIN- (US$ ). TIÚN ÁREAS SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público CENTIÁREAS equivalentes a CERO CERO MANZANAS TRES MIL en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días CIENTO DIECIOCHO PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUAdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna DRADAS, es decir, DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe Así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por SANTA ANA, Miércoles, 14 de Diciembre de un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de CINCUENTA Y NUEVE PUNTO SESENTA Y OCHO METROS; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de TREINTA Y DOS PUNTO CUARENTA Y DOS METROS; LIN- DERO SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por un tramo con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de SETEN- 3 v. alt. No. F TA PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS; LINDERO PONIEN- TE, partiendo del vértice sur poniente está formado por dos tramos con las siguientes distancias: Tramo uno con una distancia de DIECIOCHO LORENA ELIZABETH DE ARGUETA, BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, AGENCIA SANTA ANA CENTRO. PUNTO CERO CINCO METROS, tramo dos DIECINUEVE PUNTO DIECIOCHO METROS; con lo que se llega al vértice Noroeste, que es AVISO donde se inició la descripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 carretera a número SIETE CERO CERO CUATRO DOS SIETE NUEVE SEIS Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE CERO CERO CERO CERO CERO.- Inscritos en el Centro Nacional DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 027PLA , solicitando la de Registros de la Segunda Sección del Centro del Departamento de San reposición de dicho CERTIFICADO por DOS MIL DOLARES 00/100 Vicente. (US$ 2,000.00).

105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. SAN SALVADOR, Miércoles, 21 de Diciembre de ELEONORA MARTINEZ, BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, DISMINUCIÓN DE CAPITAL AGENCIA CARIBE. 3 v. alt. No. F La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA ALDESA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INMOBILIARIA ALDESA, S.A. DE C.V., del domicilio de Soyapango, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento treinta y un mil doscientos noventa y uno-ciento uno- tres, al público. HACE SABER: Que por acuerdo tomado en Junta General Extraordinaria de Accionista celebrada en la Ciudad de San Salvador, el día diecinueve de agosto de dos mil diez, según Acta número DIECINUEVE, por unanimidad de votos emitidos por los accionistas presentes y repre- BALANCE DE LIQUIDACIÓN ACTIVO PPLG EL SALVADOR HOLDINGS, S. A. DE C. V.- EN LIQUIDACIÓN BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2011 (EXPRESADO EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) PATRIMONIO sentados que conforman el Quórum se acordó: Reducir el capital social mínimo hasta la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, acciones que se encuentran totalmente suscritas y pagadas. Modificar el valor de las acciones a múltiplos de UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; cambiar el domicilio de la sociedad al Municipio de Colón, Departamento de La Libertad; y ampliar el período de nombramiento de la Junta Directiva a TRES años; así como adecuar el pacto social a las demás modificaciones del Código de Comercio. Hágase saber para los efectos del Artículo treinta, ciento ochenta y uno y siguiente del Código de Comercio, y remítase certificación del inventario realizado por el Auditor Externo de la sociedad a la oficina que ejerce vigilancia del Estado, para los efectos de Ley. San Salvador, veinte de Diciembre del dos mil once. LIC. CLAUDIA DUARTE DE VÁSQUEZ, SECRETARIA. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS INMOBILIARIA ALDESA, S.A. DE C.V. CORRIENTE $ - CAPITAL SOCIAL Y SUPERAVIT $ - Capitalización de deuda 22, Pérdida de ejercicios anteriores (22,857.14) PPL Global LLC (22,834.29) PPL Global Cayman LLC (22.85) 3 v. alt. No. C TOTAL ACTIVO $ - TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ - CARLOS MAXIMILIANO PÉREZ MARTÍNEZ, LIQUIDADOR. JORGE LEONEL MORÁN GONZÁLEZ, CONTADOR. AUDITORES Y CONSULTORES DE NEGOCIOS, S.A. de C.V. AUDITOR EXTERNO REG. No v. alt. No. C

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 MARCA INDUSTRIAL No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. EL INFRASCRITO REGISTRADOR CLASE: 04. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: la palabra KENWORTH y diseño, que servirá para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y SU USO EN LUBRICANTES COMERCIALES PARA PARTES DE ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES (INCLUIDA LA GASOLI- NA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACIÓN; LUBRICANTES INDUSTRIALES; CON PRODUCTOS QUIMICOS Y/O PRODUCTOS BIOLÓGICOS. COMPOSICIONES A BASE DE PETRÓLEO PARA ABSORBER EL Clase: 04. POLVO PARA SU USO EN LUBRICANTES COMERCIALES PARA PARTES DE VEHÍCULOS, CAMIONES, TRACTORES-REMOL- HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Kenworth Consistente en: la palabra Kenworth, que servirá para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES (INCLUIDA LA GASOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILU- MINACIÓN; LUBRICANTES INDUSTRIALES; COMPOSICIONES A BASE DE PETRÓLEO PARA ABSORBER EL POLVO PARA VEHICULOS, CAMIONES, TRACTORES-REMOLQUES Y AUTO- BUSES; COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES MEZCLADOS once. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil QUES Y AUTOBUSES; COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de MEZCLADOS CON PRODUCTOS QUÍMICOS Y/O PRODUCTOS Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, BIOLÓGICOS. Clase: 04. ocho de junio del año dos mil once. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, once. REGISTRADOR. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIO. ocho de junio del año dos mil once. 3 v. alt. No. C JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, CLASE: 07. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR

107 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, KW Consistente en: las letras KW y diseño, que servirá para: AMPA- RAR: MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES); ACO- PLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO PARA VEHICULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRICOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS; ALTERNADORES PARA VEHICULOS TERRESTRES Y ARRANQUES PARA MOTORES; CABRIAS (CABRESTAN- TES); CARGADORES Y APILADORES DE TRONCOS, GRUAS Y UNIDADES PLANETARIAS (SISTEMA DE ACCIONAMIENTO ROTATIVO) QUE INCORPORAN TODOS LOS ENGRANAJES DE TRANSMISION (QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TE- RRESTRES) Y/O EMBRAGUES; PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS; RADIADORES DE REFRIGERACION PARA VEHICULOS. Clase: 07. once. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. Consistente en: las letras KW, que servirá para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES (INCLUIDA LA GASOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILU- MINACIÓN; LUBRICANTES INDUSTRIALES; COMPOSICIONES A BASE DE PETRÓLEO PARA ABSORBER EL POLVO PARA SU USO EN LUBRICANTES COMERCIALES PARA PARTES DE VEHICULOS, CAMIONES, TRACTORES-REMOLQUES Y AUTO- BUSES; COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES MEZCLADOS CON PRODUCTOS QUÍMICOS Y/O PRODUCTOS BIOLÓGICOS. Clase: 04. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil once. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. EL INFRASCRITO REGISTRADOR SECRETARIO. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de 3 v. alt. No. C la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Consistente en: las letras KW y diseño, que servirá para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO;

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 COMBUSTIBLES (INCLUIDA LA GASOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILU- MINACIÓN; LUBRICANTES INDUSTRIALES; COMPOSICIONES A BASE DE PETROLEO PARA ABSORBER EL POLVO PARA SU USO EN LUBRICANTES COMERCIALES PARA PARTES DE VEHICULOS, CAMIONES, TRACTORES-REMOLQUES Y AUTO- BUSES; COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES MEZCLADOS CON PRODUCTOS QUIMICOS Y/O PRODUCTOS BIOLOGICOS. Clase: 04. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, KW Consistente en: las letras KW, que servirá para: AMPARAR: MA- QUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES); ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO PARA VEHICULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRICOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS; ALTERNADORES PARA VEHICULOS TERRESTRES Y ARRAN- QUES PARA MOTORES; CABRIAS (CABRESTANTES); CARGA- DORES Y APILADORES DE TRONCOS, GRÚAS Y UNIDADES PLANETARIAS (SISTEMA DE ACCIONAMIENTO ROTATIVO) QUE INCORPORAN TODOS LOS ENGRANAJES DE TRANSMI- SION (QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES) Y/O EMBRAGUES; PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS; RADIADORES DE REFRIGERACION PARA VEHICULOS. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Kenworth Consistente en: la palabra Kenworth, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EX- CEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES); ACOPLA- MIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO PARA VEHICULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRICOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS; ALTERNADORES PARA VEHICULOS TERRESTRES Y ARRANQUES PARA MOTORES; CABRIAS (CABRESTAN- TES); CARGADORES Y APILADORES DE TRONCOS, GRUAS Y UNIDADES PLANETARIAS (SISTEMA DE ACCIONAMIENTO ROTATIVO) QUE INCORPORAN TODOS LOS ENGRANAJES DE TRANSMISION (QUE NO SEAN PARA VEHÍCULOS TE- RRESTRES) Y/O EMBRAGUES; PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS; RADIADORES DE REFRIGERACION PARA VEHICULOS. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once.

109 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, REGISTRADOR. SECRETARIO. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. C SECRETARIO. No. de Expediente: v. alt. No. C No. de Presentación: CLASE: 07. No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR CLASE: 12. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro.de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: la palabra KENWORTH y diseño, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MOTO- RES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES); ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO PARA VEHICULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRICOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS; ALTERNADORES PARA VEHICULOS TERRESTRES Y ARRANQUES PARA MOTORES; CABRIAS (CABRESTANTES); CARGADORES Y APILADORES DE TRONCOS, GRUAS Y UNIDA- DES PLANETARIAS (SISTEMA DE ACCIONAMIENTO ROTATIVO) QUE INCORPORAN TODOS LOS ENGRANAJES DE TRANSMISION (QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES) Y/O EMBRA- GUES; PARTES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS; RADIADORES DE REFRIGERACION PARA VEHICULOS. Clase: 07. Consistente en: la palabra KENWORTH y diseño, que servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TE- RRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA; MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VEHÍCULOS TERRESTRES DE MOTOR Y PARTES ESTRUCTURALES Y ACCESORIOS, CORRESPONDIENTES; CA- MIONES Y TRACTORES DE MOTOR; SEMI-REMOLQUE DE UNA O DOBLE EJE Y REMOLQUE DE DOS Y TRES EJES UTILIZADO PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍA; CAMIONES CISTER- NA Y OTROS TIPOS DE CAMIONES A SABER: (CAMIÓN DE BOMBEROS, MEZCLADORA DE CONCRETO, EXCAVADORAS DE SUCCIÓN) PARA DENTRO Y FUERA DE LA CARRETERA; CAMIONES PARA MINAS A CIELO ABIERTO (PARA EXPLO- TACIÓN MINERAS QUE DESARROLLAN EN LA SUPERFICIE DE TERRENO) Y VAGONES DE FERROCARRIL; SISTEMAS DE FRENOS PARA VEHÍCULO; PANTALLA PROTECTORA DE INSECTOS COMO PARTE ESTRUCTURAL DE LOS VEHÍCULOS;

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 PIEZAS METÁLICAS PARA VEHÍCULOS, A SABER: BORDES METÁLICOS DECORATIVO Y PROTECTORES PARA INTERIOR Y EXTERIOR DEL AUTOMÓVIL; SISTEMAS DE DIRECCIÓN Y SUSPENSIÓN Y PARTES PARA. SISTEMAS DE DIRECCIÓN Y PARA VEHÍCULOS; A SABER: BIELAS DE TORSIÓN PARA EL SISTEMA DE SUSPENSIÓN, ROTULA SUPERIOR, ROTULA INFE- RIOR, ROTULA CON BRAZO DE CONTROL, KIT DE CASQUILLOS, COJINETES DE ROTULAS INTERNO, COJINETES DE ROTULAS EXTERNO, MANGUITOS, BRAZO LIBRE, BARRAS CENTRALES, KIT DE BARRAS ESTABILIZADORES, ENCHUFES INFERIORES (CASQUILLOS INTERNOS) Y BRAZOS PITMAN. Clase: 12. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil once. TORES, TRANSMISOR, SENSORES, LUCES INTERMITENTES, JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, ALAMBRES, CABLEADO DE ARNESES, BOBINAS ELECTRICAS, REGISTRADOR. CONECTORES ELECTRICOS, FUSIBLES Y SEÑALES DE DIREC- CION PARA VEHICULOS, TODOS LOS ANTES MENCIONADOS CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, COMO PIEZAS DE REPUESTO Y ACCESORIOS PARA CAMIONES SECRETARIO. 3 v. alt. No. C La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, TICOS, GEODESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICION, DE SEÑALIZACION, DE CONTROL (INSPECCION), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCION, DISTRIBU- CION, TRANSFORMACION, ACUMULACION, REGULACION O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACION, TRANSMISION O REPRODUCCION DE SONIDO O IMAGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS, DISCOS ACUSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS Y MECANISMOS PARA APA- RATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; BATERIAS, CARGADORES PARA BATERIAS, ACCESORIOS Y CABLES PARA BATERIAS, CABLES PARA ARRANCAR MOTORES Y RELES, COMPONEN- TES ELECTRICOS PARA VEHICULOS, A SABER: INTERRUP- Y REMOLQUES. Clase: 09. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra KENWORTH y diseño, que servirá para: JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAU- 3 v. alt. No. C

111 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Kenworth Consistente en: la palabra Kenworth, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEO- DÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APA- RATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CON- TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; BATERÍAS, CAR- GADORES PARA BATERÍAS, ACCESORIOS Y CABLES PARA BATERÍAS, CABLES PARA ARRANCAR MOTORES Y RELÉS, COMPONENTES ELÉCTRICOS PARA VEHÍCULOS; A SABER: INTERRUPTORES, TRANSMISOR, SENSORES, LUCES INTER- MITENTES, ALAMBRES, CABLEADO DE ARNESES, BOBINAS ELÉCTRICAS, CONECTORES ELÉCTRICOS, FUSIBLES Y SEÑA- LES DE DIRECCIÓN PARA VEHÍCULOS, TODOS LOS ANTES MENCIONADOS COMO PIEZAS DE REPUESTO Y ACCESORIOS PARA CAMIONES Y REMOLQUES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: las letras KW y diseño, que servirá para: AM- PARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAUTI- COS, GEODESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICION, DE SEÑALIZACION, DE CONTROL (INSPECCION), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCION, DISTRIBU- CION, TRANSFORMACION, ACUMULACION, REGULACION O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACION, TRANSMISION O REPRODUCCION DE SONIDO O IMAGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS, DISCOS ACUSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS Y MECANISMOS PARA APA- RATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; BATERIAS, CARGADORES PARA BATERIAS, ACCESORIOS Y CABLES PARA BATERIAS, CABLES PARA ARRANCAR MOTORES Y RELES, COMPONEN- TES ELECTRICOS PARA VEHICULOS, A SABER: INTERRUP- TORES, TRANSMISOR, SENSORES, LUCES INTERMITENTES, ALAMBRES, CABLEADO DE ARNESES, BOBINAS ELECTRICAS, CONECTORES ELECTRICOS, FUSIBLES Y SEÑALES DE DIREC- CION PARA VEHICULOS, TODOS LOS ANTES MENCIONADOS COMO PIEZAS DE REPUESTO Y ACCESORIOS PARA CAMIONES Y REMOLQUES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIO. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA, KW Consistente en: las letras KW, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEO- DÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APA- RATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CON- TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APA- RATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; BATERÍAS, CARGADORES PARA BATERÍAS, ACCESORIOS Y CABLES PARA BATERÍAS, CABLES PARA ARRANCAR MOTORES Y RELÉS, COMPONENTES ELÉCTRICOS PARA VEHÍCULOS, A SABER: INTERRUPTORES, TRANSMISOR, SENSORES, LUCES INTERMITENTES, ALAM- BRES, CABLEADO DE ARNESES, BOBINAS ELÉCTRICAS, CO- NECTORES ELÉCTRICOS, FUSIBLES Y SEÑALES DE DIRECCIÓN PARA VEHÍCULOS, TODOS LOS ANTES MENCIONADOS COMO PIEZAS DE REPUESTO Y ACCESORIOS PARA CAMIONES, Y REMOLQUES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, KW Consistente en: las letras KW, que servirá para: AMPARAR: VE- HÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA; MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VEHÍCULOS TERRESTRES DE MOTOR Y PARTES ESTRUCTU- RALES Y ACCESORIOS, CORRESPONDIENTES; CAMIONES Y TRACTORES DE MOTOR; SEMI-REMOLQUE DE UNA O DOBLE EJE Y REMOLQUE DE DOS Y TRES EJES UTILIZADO PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍA; CAMIONES CISTERNA Y OTROS TIPOS DE CAMIONES A SABER: (CAMIÓN DE BOMBEROS, MEZCLADORA DE CONCRETO, EXCAVADORAS DE SUCCIÓN) PARA DENTRO Y FUERA DE LA CARRETERA; CAMIONES PARA MINAS O CIELO ABIERTO (PARA EXPLOTACIÓN MINERAS QUE DESARROLLAN EN LA SUPERFICIE DE TERRENO) Y VAGONES DE FERROCARRIL; SISTEMAS DE FRENOS PARA VEHÍCULO; PANTALLA PROTECTORA DE INSECTOS COMO PARTE ES- TRUCTURAL DE LOS VEHÍCULOS; PIEZAS METÁLICAS PARA VEHÍCULOS, A SABER: BORDES METÁLICOS DECORATIVO Y PROTECTORES PARA INTERIOR Y EXTERIOR DEL AUTOMÓVIL; SISTEMAS DE DIRECCIÓN Y SUSPENSIÓN Y PARTES PARA SISTEMAS DE DIRECCIÓN Y PARA VEHÍCULOS; A SABER: BIELAS DE TORSIÓN PARA EL SISTEMA DE SUSPENSIÓN, ROTULA INFERIOR, ROTULA DE BRAZO DE CONTROL, KIT DE CASQUILLOS, COJINETES DE ROTULAS INTERNO, COJINETES DE ROTULAS EXTERNO, MANGUITOS, BRAZO LIBRE, BARRAS CENTRALES, KIT DE BARRAS ESTABILIZADORES, ENCHUFES INFERIORES (CASQUILLOS INTERNOS) Y BRAZOS PITMAN. Clase: 12. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de junio del año dos mil once. REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIO. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

113 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 19. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de MICROFLOOR S.R.L., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: la palabra Microfloor y diseño, que servirá para: AMPARAR: ARCILLA, ARENISCA DE CONSTRUCCIÓN, BETÚN [MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN], CAL, MARGAS CALCÁREAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y REVESTIMIENTO DE CAL- ZADAS, CANTOS RODADOS, CEMENTO, CHAMOTA, CONCRE- TO, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS, CONS- TRUCCIONES NO METÁLICAS, CONSTRUCCIONES TRANSPOR- Consistente en: la palabra ALTENSE y diseño, que servirá para: TABLES NO METÁLICAS, CORCHO AGLOMERADO, ENLUCIDOS AMPARAR: DETERGENTES QUE NO SEAN PARA PROCESOS [MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN], FIELTRO PARA LA DE FABRICACIÓN NI PARA USO MÉDICO; PREPARACIONES CONSTRUCCIÓN, GRANITO, ELEMENTOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; CREMAS DE HORMIGÓN, REVESTIMIENTOS DE MUROS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, REVESTIMIENTOS DE PARED NO PARA CALZADO; BETUNES PARA CALZADO. Clase: 03. METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, REVESTIMIENTOS DE CEMENTO IGNÍFUGOS, REVESTIMIENTOS EXTERIORES DE VINILO [MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN], REVESTIMIEN- TO NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, SUELOS NO METÁLICOS, YESO. Clase: 19. once. La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA FRAN- CISCA LÓPEZ LINARES, en su calidad de APODERADO de Productos Palca, Sociedad Anónima, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil diez. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil diez. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, veinte de octubre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, SECRETARIO. REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 No. de Expediente: TITULO MUNICIPAL No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE PANCHIMALCO, al público HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Victoria's Secret Stores Brand Management, Inc., de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, VICTORIA'S SECRET ANGEL Consistente en: las palabras VICTORIA'S SECRET ANGEL, que se traducen al castellano como Victoria's Secreto Angel, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL Y PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, PRINCIPALMENTE, PERFUMES, AGUAS PERFUMADAS, AGUA DE COLONIA, AGUAS DE TOCA- DOR, AGUAS PERFUMADAS PARA EL CUERPO, ROCÍOS PARA Gloria Ortiz Miranda. LADO NORTE: mide siete metros, linda con EL CUERPO, AEROSOLES PARA EL CUERPO, PREPARACIONES PARA RESTREGAR EL CUERPO, PRODUCTOS DE BURBUJAS REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil once. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSÉ RAÚL PÉREZ CAÑÉNGUEZ, de sesenta y cuatro años de edad, jornalero, del domicilio de Panchimalco, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos catorce mil ciento sesenta y un mil guión dos, y Número de Identificación Tributaria cero quinientos once guión ciento veintiún mil ciento cuarenta y seis guión ciento uno guión siete. Solicitando TITULO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza URBANA, situado en Barrio El Concepción de esta jurisdicción, según ficha catastral extendida a los siete días del mes de octubre del corriente año, identificado como parcela número trescientos cuarenta. Que tiene las medidas y linderos siguientes: LADO PONIENTE: mide trece metros, linda con propiedad de la señora Ana propiedad de Fernando Antonio Martínez, calle de por medio. LADO ORIENTE, mide doce metros linda con propiedad del señor Luis Gustavo PARA EL BAÑO, GEL PARA LA DUCHA, JABÓN LÍQUIDO PARA Chacón Vásquez. LADO SUR, mide diez metros, linda con propiedad EL CUERPO, JABONES PARA EL CUERPO, MANTEQUILLAS de la señora Carolina Martínez de Méndez. La referida propiedad tiene PARA EL CUERPO, CREMAS PARA EL CUERPO, LOCIONES una extensión superficial de CIENTO NUEVE PUNTO CERO OCHO PARA EL CUERPO, Y POLVOS PARA EL CUERPO; CREMAS PARA LAS MANOS, LOCIONES PARA LAS MANOS, JABONES METROS CUADRADOS, dicho inmueble no es sirviente ni dominante, PARA LAS MANOS. Clase: 03. no tiene carga, ni derecho reales, no está en proindivisión con ninguna persona, el inmueble lo adquirió por compraventa que le hizo la señora La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil once. Francisca Peña Alberto, según testimonio de Escritura Pública, otorgada ante los oficios del Doctor Pedro Antonio Mancía Cerritos, con fecha dieciséis de septiembre del año mil novecientos setenta y siete. Teniéndolo en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de treinta años consecutivos. Y lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 10,000.00). Se le Comunica al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal: Panchimalco, 07 de noviembre de dos mil EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. once.- MARIO MELÉNDEZ PORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL.- LICDA. KEYLA BECSABET FLORES ESCOBAR, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

115 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de OTROS MARCA DE SERVICIOS DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 37. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado el Julio Vidas Alas Rivas, en su calidad de Apoderado General Judicial EL INFRASCRITO REGISTRADOR. del Síndico Municipal señor Alfredo Reyes Gutiérrez representando la Alcaldía Municipal de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERde un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Barrio El Centro, TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Calle Municipal Poniente, Municipio de San Ignacio, Departamento de Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de Chalatenango, de extensión superficial de UN MIL CIENTO OCHENTA la MARCA DE SERVICIOS. METROS CUADRADOS, cuya descripción es como sigue: LINDERO ORIENTE: En línea de tres tiros: el primero de nueve punto setenta y Kenworth nueve metros; el segundo tiro de noventa y tres centímetros, y el tercer tiro de doce punto setenta y nueve metros, linda con propiedad de Manuel Consistente en: la palabra Kenworth, que servirá para: AMPARAR: Vásquez; LINDERO NORTE: mide treinta y siete punto cincuenta y un SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN; SERVICIOS DE REPARACIÓN; metros, en línea recta, linda con propiedad de Manuel Vásquez, y Rosa SERVICIOS DE INSTALACIÓN; SERVICIO DE ASISTENCIA EN Madrid, paredes de sistema mixto de por medio, propias de la municipalidad; LINDERO PONIENTE: mide treinta y cuatro punto cuarenta CASO DE AVERÍAS DE VEHÍCULO (REPARACIÓN) Y SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE, PRIN- metros, en línea recta, linda con propiedad de Cajas de Crédito, dividido por Calle Principal; y LINDERO SUR: mide cuarenta y cuatro metros lindando con propiedad de Rosa Martínez Hernández y Arturo Vásquez, en línea recta y está dividido por la Calle Urbana. En el inmueble descrito se encuentra construido el Edificio de la Alcaldía Municipal, Casa de la Cultura y Casa Comunal de San Ignacio, y lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas o derechos reales que deban respetarse y no se encuentra en proindivisión alguna con otras personas, y lo posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y de buena fe, ejerciendo actos de dominio sin que nadie le interrumpa como construir los edificios mencionados. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los treinta días del mes de Septiembre del dos mil once.- DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ CIPALMENTE, CAMIONES DE CARGA MEDIANA Y PESADA, TRACTORES, AUTOBUSES Y REMOLQUES; SERVICIOS DE ASISTENCIA EN CARRETERA PARA LOS MISMOS; SERVICIOS DE ENGRASE DE VEHÍCULOS; SERVICIOS DE TRATAMIENTO PREVENTIVO CONTRA LA HERRUMBRE PARA CAMIONES Y VEHÍCULOS DE MOTOR. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F v. alt. No. C

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 No. de Expediente: No. de Presentación: Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. CLASE: 37. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. KW Consistente en: las letras KW, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN; SERVICIOS DE REPARACIÓN; SERVICIOS DE INSTALACIÓN; SERVICIO DE ASISTENCIA EN CASO DE AVERÍAS DE VEHÍCULO (REPARACIÓN) Y SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE, PRIN- CIPALMENTE, CAMIONES DE CARGA MEDIANA Y PESADA, TRACTORES, AUTOBUSES Y REMOLQUES; SERVICIOS DE ASISTENCIA EN CARRETERA PARA LOS MISMOS; SERVICIOS DE ENGRASE DE VEHÍCULOS; SERVICIOS DE TRATAMIENTO PREVENTIVO CONTRA LA HERRUMBRE PARA CAMIONES Y VEHÍCULOS DE MOTOR. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, REGISTRADOR. nueve de junio del año dos mil once. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. Consistente en: las letras KW y diseño, que servirá para: AMPA- RAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN; SERVICIOS DE REPARA- CIÓN; SERVICIOS DE INSTALACIÓN; SERVICIO DE ASISTENCIA EN CASO DE AVERÍAS DE VEHÍCULO (REPARACIÓN) Y SER- VICIOS DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE, PRINCIPALMENTE, CAMIONES DE CARGA MEDIANA Y PESA- DA, TRACTORES, AUTOBUSES Y REMOLQUES; SERVICIOS DE ASISTENCIA EN CARRETERA PARA LOS MISMOS; SERVICIOS DE ENGRASE DE VEHÍCULOS; SERVICIOS DE TRATAMIENTO PREVENTIVO CONTRA LA HERRUMBRE PARA CAMIONES Y VEHÍCULOS DE MOTOR. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil once. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 37. No. de Presentación: CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBER- TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PACCAR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO

117 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de de LASHOU HK LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. LASO Consistente en: la palabra LASO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PROMOCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS DE OTRAS PERSONAS PROPORCIONANDO UN SITIO WEB QUE OFRECE CUPONES, DESCUENTOS, INFORMACIÓN PARA LA COMPARACIÓN DE PRECIOS, REVISIÓN DE PRODUCTOS, ENLACES A SITIOS WEB DE VENTA DE OTROS Y LA INFOR- MACIÓN DE DESCUENTO; SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y MER- CADEO, PRINCIPALMENTE, PROMOCIONANDO LAS MARCAS, PRODUCTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS; LA ORGANIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE VENTAS EN LÍNEA PARA LOS NEGOCIOS Y SERVICIOS DE PUBLICIDAD PARA TERCEROS; PLANIFICA- CIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE MERCADEO, LA PROMOCIÓN O PUBLICIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS A TERCEROS; LA ADMINISTRACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESCUENTO DE COMPRAS EN GRUPO, PRINCIPALMENTE, PROPORCIONANDO UN GRUPO DE COMPRAS Y PLATAFORMA DE DESCUENTO EN LO CUAL PRODUCTOS CON DESCUENTO O SERVICIOS SON INTERCAMBIADOS POR VOLUMEN DE COMPRAS DE LOS CONSUMIDORES. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, 3 v. alt. No. C diecinueve de octubre del año dos mil once. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, SECRETARIO. Consistente en: la palabra Omnisport y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA DE ELECTRODOMÉSTICOS Y EQUIPOS DE OFICINA, ESPECIALMENTE: LAVADORAS, CO- CINAS, TELEVISORES, EQUIPOS DE SONIDO, COMPUTADORAS, ROPEROS, CAMAS, AUTOESTEREOS, JUEGOS DE SALA Y JUEGOS DE COMEDOR. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil once. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, en su calidad de APODERA- No. de Expediente: DO de MANANTIAL DE IDEAS, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, No. de Presentación: solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSÉ PAREDES MOLINA, en su calidad de APODERADO de OM- NISPORT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de Consistente en: la palabra PUBLIPAN y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIA- LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil once. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de BALEADAS EXPRESS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA BEA- TRIZ MAJANO LAÍNEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. Consistente en: la frase ABM CONSULTING y diseño, en donde CONSULTING se traduce al castellano como CONSULTORÍA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, DE CO- MUNICACIÓN ESTRATÉGICA, MERCADEO Y RELACIONES PÚBLICAS. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de diciembre del año dos mil once. Consistente en: las palabras BALEADAS EXPRESS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil once. 3 v. alt. No. F

119 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 5 de Enero de No. de Expediente: No. de Presentación: en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. CLASE: 41. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado KARLA MALEY GUZMÁN MENDOZA hoy KARLA MALEY GUZMÁN DE MARTÍNEZ, en su calidad de APODERADO de FUNDACIÓN ANTONIO E. NASSER PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO Y SOCIAL, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. Consistente en: las palabras BECAS TUTORIA y diseño, que servirá para: AMPARAR: APOYO A LA EDUCACIÓN DE NIÑOS Y JOVENES COMO UN PROGRAMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de octubre del año dos mil once. No. de Expediente: MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F Consistente en: las palabras Talapo azul y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE RESTAURANTE Y SALA DE TÉ. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil once. MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSÉ FRANCISCO GUERRERO CHACÓN, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. No. de Presentación: CLASE: 43. BRAMIX EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HUGO ANTO- NIO ZAMBRANA VELÁSQUEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, Consistente en: la palabra BRAMIX, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394 EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAZMIN BUKELE GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 21. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSA MIRIAM GRANDE AYALA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: las palabras CEPILLOS PATY y diseño, que servirá para: AMPARAR CEPILLOS, MATERIALES PARA LA FABRICA- CIÓN DE CEPILLOS. Clase: 21. La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de diciembre del año dos mil once. ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la expresión YAZZ y diseño, que servirá para: AMPARAR: VESTIDOS, CALZADOS, SOMBRERERÍA. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil once. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 18. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAZMIN BUKELE GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: la expresión YAZZ y diseño, que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; BAULES Y MALETAS, SOMBRILLAS, FUSTAS Y GUARNICIO- NERIA. Clase: 18. La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil once. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

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